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Sesión 10 historia del delito 2017
1. Historia del Delito y del Castigo en la Edad
Contemporánea
Grado en Criminología
PRIMER CURSO
SEMESTRE 1
1
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL HOMICIDIO EN EL DERECHO ROMANO
• En las primeras DEFINICIONES DE HOMICIDIO se define como
el que diera muerte a un hombre, teniendo que mediar
intención de matar a alguien, considerándose como tal crimen
incluso si, a pesar de querer matar a alguien solo se consiga
herirlo.
• EL DOLO ES CUALIFICADOR DEL HECHO.
• El ACTO DE MATAR A ALGUIEN CON VOLUNTAD DE HACERLO,
es delito de homicidio y como tal se castiga con pena de
muerte (excepto el niño y el loco)
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL HOMICIDIO EN LA PRIMERA EDAD MEDIEVAL
• La VOLUNTAD DE MATAR a alguien es el elemento calificador
del delito de homicidio por el que debe ser castigado el autor
del mismo con pena de muerte.
• Como circunstancia ESPECIALMENTE DETESTABLE es el señor
que mata a su siervo sin razón, por crueldad.
• El juez sostiene que SI EL SIERVO COMETIÓ PECADO por el que
merezca la pena capital puede ser aplicada por su señor, quien
también le puede guardar muerte.
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL HOMICIDIO EN LA PRIMERA EDAD MEDIEVAL
EL DERECHO ESPECIAL DE LA ALTA EDAD MEDIA
• La incorporación de Hispania al Islam pactó que el derecho
musulmán se aplicaría exclusiva a creyentes islámicos.
• CONTEXTO: Desarrollo de la vida diaria con una gran pobreza,
economía doméstica de carácter agrícola y ganadero, sin
comercio activo. Gran inseguridad y aislamiento, nivel cultural
ínfimo. Ausencia de un poder político fuerte.
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL HOMICIDIO EN LA PRIMERA EDAD MEDIEVAL
EL DERECHO ESPECIAL DE LA ALTA EDAD MEDIA
Es una respuesta ante una nueva necesidad social de una
autotutela, dando lugar a situaciones como:
• Venganza de sangre: responsabilidad de todos los
parientes en el caso de delito perpetrado por alguno de
ellos
• Fiadores en determinados supuestos: ámbito vecinal
El homicidio es sancionado con pena de muerte en los fueros
municipales. Unida a la pérdida de los bienes del homicida.
INIMICUS (declaración que conlleva poder darle muerte)
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL HOMICIDIO EN LA PRIMERA EDAD MEDIEVAL
EL DERECHO ESPECIAL DE LA ALTA EDAD MEDIA
• No habrá consecuencias penales para el que
mata a alguien que le pretendía robar. Actúa
en legítima defensa.
• Tampoco está penalizada la muerte
ocasionada a alguien por accidente en juego
de bodas o boforda, o por competición de
caballos, ya que no existe la intencionalidad
de dar muerte.
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL HOMICIDIO EN LA PRIMERA EDAD MEDIEVAL
LA ACTUACIÓN DE LOS PARIENTES DE LA VÍCTIMA
• Los PARIENTES tienen especial protagonismo en el tema del
homicidio.
• El proceder a la venganza de un pariente, al que alguien a
matado, es tanto UN DERECHO que tienen sus parientes como
UN DEBER de los mismos.
• Para ello es necesario que desafíen al homicida con la
presentación de UNA QUERELLA, que tiene efecto de
DECLARACIÓN JUDICIAL DE ENEMISTAD. Debía ser realizado un
domingo ante el Concejo y ser pregonado.
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL HOMICIDIO EN LA PRIMERA EDAD MEDIEVAL
LA ACTUACIÓN DE LOS PARIENTES DE LA
VÍCTIMA
La declaración de INIMICITIA tiene
consecuencias:
• Pago de una cantidad de dinero en concepto
de CALOÑA a los parientes del muerto
• El destierro del culpable
• La venganza de sangre (a ejercer por los
parientes del muerto, y que sigue aun tras el
pago de la sanción económica)
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL RENACIMIENTO MEDIEVAL Y MODERNO. EL
SISTEMA DEL DERECHO COMÚN
El IUS COMMUNE
• Alberto Gandino (1250-1310) sostiene la misma
definición sobre el homicidio de la LEX CORNELIA DE
SICARIIS.
• “Es homicida el que mata a un hombre con dolo”,
excepto dementes y niños. Tampoco será
penalizado el que mata a un desertor o un
delincuente común, o en defensa propia persona o
de lo que es suyo o si ocurre como resultado de una
pelea.
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL RENACIMIENTO MEDIEVAL Y MODERNO. EL SISTEMA DEL
DERECHO COMÚN
El IUS COMMUNE
Iulius Clarus (1525-1575) afirma que existen cuatro tipos de
homicidio: NECESSITATE, CAFU, CULPA Y DOLO
• El cometido per casu es sin culpa
• El cometido per culpa es el causado sin dolo
Es CRIMEN DOLOSO el realizado de la manera que sea, PERO
SIEMPRE EX PROPOSITO, ANIMO OCCIDENDI. A su autor se le
impone PENA MÁXIMA.
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL RENACIMIENTO MEDIEVAL Y MODERNO. EL SISTEMA DEL
DERECHO COMÚN
El IUS COMMUNE
Además, será sancionado IURE CANONICO: pena de excomunión
si el homicida es laico o de deposición de oficio y beneficio, si es
clérigo.
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL RENACIMIENTO MEDIEVAL Y
MODERNO. EL SISTEMA DEL DERECHO
COMÚN
LA LEGISLACIÓN REAL. LAS PARTIDAS
(1256-1265)
Dedica las 16 leyes del titulo 8 de su Partida
7 al contenido De los omezillos. Se puede
producir, tortizeramente, con derecho y por
ocasión.
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL RENACIMIENTO MEDIEVAL Y MODERNO. EL SISTEMA DEL
DERECHO COMÚN
LA LEGISLACIÓN REAL. LAS PARTIDAS (1256-1265)
NO MERECE PENA DE HOMICIDA aquel que mata a otro:
- Halla a un hombre yaciendo con su mujer
- Ladrón nocturno en casa
- El que deserta
- El que quema o destruye casa y propiedades de alguien
- Ladrón conocido o robador de caminos
- Loco o desmemoriado
- Menor
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL RENACIMIENTO MEDIEVAL Y MODERNO. EL SISTEMA DEL
DERECHO COMÚN
LA LEGISLACIÓN REAL. LAS PARTIDAS (1256-1265)
MERECEN LA PENA DE HOMICIDA:
• Quien hace prácticas médicas que lleva a la muerte al
paciente
• Los vendedores de hierbas para matar
• La mujer que provoca el aborto
• Los que castran siervos
• Los que castigan a sus hijos o siervos con intención de
matarlos
• Dar armas a otros sabiendo que las utilizarán para matar
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL HOMICIDIO Y SU CUALIFICACIÓN EN LOS C. PENALES
• 1822:
• Distingue la muerte dada a una personas voluntariamente,
con premeditación y con voluntad de matarla.
• HOMICIDIO VOLUNTARIO: cometido espontáneamente,
con intención de matar a una persona
Exceptuados de pena:
- Muerta dada a otro para salvar la honra de su hija
- Legítima defensa, muerte al salteador nocturno…
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL HOMICIDIO Y SU CUALIFICACIÓN EN LOS C. PENALES
• 1848:
TITULO 9 - DELITOS CONTRA LAS PERSONAS. Se deduce el
contenido esencial por exclusión, sin definición clara.
• El artículo 323 habla de la CADENA PERPETUA A MUERTE:
aplicable siempre que concurriese además premeditación o
ensañamiento (quedando fuera el parentesco).
• Cuando medie parentesco, o no actúe con situaciones dadas,
será un HOMICIDIO SIMPLE -> Pena de reclusión temporal.
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL HOMICIDIO Y SU CUALIFICACIÓN EN LOS C. PENALES
• 1848:
La FIGURA DEL ASESINATO se mantiene como un delito de
homicidio agravado por una serie muy amplia de circunstancias.
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL ASESINATO
En el Código Penal actual (1995), artículo 139 se establece que:
Será castigado con la pena de prisión de 15 a 25 años, como reo
de asesinato, el que matare a otro concurriendo alguna de las
circunstancias siguientes:
• Alevosía
• Precio recompensa o promesa
• Ensañamiento, aumentando deliberadamente e
inhumanamente el dolor del ofendido
• Para facilitar la comisión de otro delito, o para evitar
que se descubra
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL ORIGEN DEL TÉRMINO ASESINATO
El TÉRMINO ASESINATO era desconocido en el antiguo Derecho.
Su ORIGEN está en el tiempo de las Cruzadas, etimológicamente
de la palabra árabe “asis” (insidias).
• La conducta que la disposición eclesiástica sanciona es la de
aquellos que HACEN MATAR A ALGUIEN POR MEDIO DE
ASESINOS PORQUE MATAN NO SOLO SU CUERPO, TAMBIÉN
LAS ALMAS.
• Al no esperar la muerte no pueden poner a buen recaudo su
alma.
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
LA RECEPCIÓN DEL ASESINATO EN
PARTIDAS
PARTIDAS 7, 27, 3: De los
desesperados que matan a sí mismos,
o a otros por algo que les den, e de los
bienes dellos.
Identifica y califica al asesino por
matar por mandato y por precio o
traición.
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL ASESINATO EN LA LITERATURA JURÍDICA
• Los prácticos del s. XVI tratan al delito de asesinato de
una forma marginal, sin elaborar grandes comentarios.
• Se sigue considerando la definición de Partidas.
ALONSO DE LA PEÑA, hace dos referencias al asesinato en su
tratado, al hablar de “matar por dinero”. Destaca, además su
gravedad (entre otros motivos por su preocupación religiosa).
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL ASESINATO EN LA LITERATURA
JURÍDICA
COVARRUBIAS: El asesino no puede ser
beneficiario de la inmunidad que confiere
acogerse a la protección de la iglesia.
El asesinato es un homicidio proditorio,
una traición. El homicida proditorio es el
que mata a una persona que no es
“enemiga”:
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL ASESINATO EN LA LITERATURA JURÍDICA
AUTORES DE LOS SIGLOS XVII Y XVIII
Farinaccius (italiano) y Mateu Sanz (valenciano), en el siglo XVII
hacen una buena construcción del asesinato.
FARINACCIUS entiende bien que la esencia del asesinato es
matar por mandato. Y afirma que comete asesinato aunque no se
haya hecho entrega material del precio. Para él, basta con una
promesa de dinero, o una PROMESA DE ALGO.
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL ASESINATO EN LA LITERATURA
JURÍDICA
AUTORES DE LOS SIGLOS XVII Y XVIII
MATHEU Y SANZ: Afirma también que
el asesino es el que mata por dinero. El
mandante como el mandatario tienen
que tener pena de asesino. Equipara
mandante y mandatario.
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL ASESINATO EN LA LITERATURA JURÍDICA
AUTORES ANTERIORES A LA CODIFICACIÓN
En el s. XVIII parece que se vuelve a la
interpretación medieval de asesinato,
estableciendo una identificación ente
asesinato y traición (califican el asesinato
con arreglo a las Partidas).
Dispone pena de muerte A LOS QUE
MANDAN MATAR Y A LOS QUE MATAN
POR MANDATO DE OTROS.
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL ASESINATO EN LOS CÓDIGOS PENALES
Los códigos del periodo constitucional español recogen una serie
de CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES que hacen que el hecho de
matar merezca la consideración de asesinato.
Estas son:
• Alevosía
• Actuar por precio o promesa remuneratoria
• Por medio de inundación, incendio o veneno
• Actuar con premeditación
• Con ensañamiento, aumentando deliberada e
inhumanamente el dolor del ofendido
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL ASESINATO EN LOS CÓDIGOS PENALES
• El Código Penal de 1822 enumera y califica como circunstancias
una serie de situaciones que hacen que el hecho de matar a
una persona sea asesinato.
• Art. 609: son asesinatos los que matan a otra persona no solo
voluntariamente, con premeditación y con intención de
matarla, sino también con alguna de las circunstancias
siguientes.
LO DEFINE EN NEGATIVO, DE MANERA CONFUSA.
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Capítulo X. EL HOMICIDIO Y EL ASESINATO
EL ASESINATO EN LOS CÓDIGOS PENALES
• La INFLUENCIA EUROPEA no sólo se aprecia en este primer
código penal de 1822, sino que empapa todo el pensamiento
doctrinal.
• También afirma que se COMPRENDE EL HOMICIDIO ALEVOSO
Y EL PAGADO, ampliándolo y añadiendo diferentes
puntualizaciones posteriormente.
• Todos los cuerpos legales (excepto 1822) coinciden en señalar
las circunstancias que cualifican el delito de asesinato.