1. Historia del Delito y del Castigo en la Edad
Contemporánea
Grado en Criminología
PRIMER CURSO
SEMESTRE 1
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Capítulo II. Los orígenes de la ciencia
penal en España
• Orígenes de la ciencia penal CESARE BECCARIA
• Orígenes de su transformación Juristas (s. XVI y XVII)
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Capítulo II. Los orígenes de la ciencia
penal en España
I. PRECISIONES TERMINOLÓGICAS
Dentro de lo penal distinguimos en cada etapa 3 conceptos
independientes (pero muy relacionados):
- El Derecho penal
- La Política criminal
- Ciencia del Derecho Penal o dogmática
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Capítulo II. Los orígenes de la ciencia
penal en España
- EL DERECHO PENAL: orden normativo o conjunto de
PRECEPTOS JURÍDICO-POLÍTICOS que establecen en un
ordenamiento dado los delitos, las penas y demás
consecuencias de la vulneración del sistema.
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Capítulo II. Los orígenes de la ciencia
penal en España
- LA POLÍTICA CRIMINAL: criterios que desde una
perspectiva política o ideológica orientan la elaboración y
aplicación de un Derecho penal determinado.
- CIENCIA DEL DERECHO PENAL O DOGMÁTICA: estudio
sistemático y crítico DE LAS INSTITUCIONES que integran un
Derecho penal dado.
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Capítulo II. Los orígenes de la ciencia
penal en España
II. PUNTO DE PARTIDA Y CONTEXTO
El Derecho (desde las Partidas) es concebido como una
función del Estado, con FINALIDAD de generar orden,
para cuya guarda se constituye la autoridad (y no de
venganza).
La IGLESIA tuvo una influencia profunda y duradera,
definiendo el delito como pecado por el que había que
pasar por una penitencia (arrepentimiento y reinserción).
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Capítulo II. Los orígenes de la ciencia
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También el Derecho penal tuvo una importante influencia del
DERECHO ROMANO.
CONCEPTO DE SOBERANÍA: por el que se atribuía el ius
puniendi (potestad sancionadora) al monarca absoluto. Lo
estudiaron muchísimos teólogos y juristas como Francisco de
Vitoria, Alfonso de Castro, Covarrubias…
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penal en España
• La ciencia del Derecho español careció de
perfil propio hasta finales del siglo XV,
definida por la ciencia jurídica italiana.
• Universidades como Salamanca aportaron
un enorme avance.
• La ciencia penal no aparecería en España
hasta el s. XVI.
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Capítulo II. Los orígenes de la ciencia
penal en España
III. LA CIENCIA PENAL EN LOS SIGLOS XVI Y XVII
La CIENCIA DEL DERECHO PENAL presentó en sus orígenes un
carácter ancilar (mediante adaptaciones desde la Filosofía y
Teología).
2 ámbitos principales de reflexión:
• La teoría del fundamento de la ley penal y su obligatoriedad
• La teoría y los fines de la pena
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Capítulo II. Los orígenes de la ciencia
penal en España
2 ÁMBITOS PRINCIPALES DE REFLEXIÓN:
• La teoría del fundamento de la ley penal y su
obligatoriedad:
• El DERECHO A CASTIGAR pertenecía en exclusiva al rey y
a su administración de justicia.
• La teoría y los fines de la pena:
• Elaboración como CATEGORÍAS ABSTRACTAS de los
conceptos de culpa, delito, expiación, libre albedrío…
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Capítulo II. Los orígenes de la ciencia
penal en España
La CIENCIA PENAL ESPAÑOLA, no inquisitoria, nació en los
siglos XVI y XVII vinculada, a la floreciente teología y filosofía.
Existen MUCHOS Y VARIADOS AUTORES, clasificados en:
A. TEÓLOGOS: Alfonso de Castro; Domingo de Soto; Orozco;
Martín de Azpilicueta; Vázquez de Menchaca; Padre Juan de
Mariana; Francisco Suárez
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B. FILÓSOFOS: Francisco Suárez; Juan Luis Vives; Fox Morcillo
C. JURISTAS QUE ESCRIBIERON OBRAS DE DOCTRINA PENAL:
Julio Claro; Hugo de Celso; Covarrubias y Leyva; Luis de Molina;
García de Saavedra; Antonio Gómez Salcedo
D. JURISTAS DE LA PRÁCTICA: Francisco de la Pradilla Barnuevo;
Juan de la Peña; Plaza y Moraza; Matheu y Sanz; Cerdán de
Tallada; Benadino Sandoval; Castillo de Bobadilla
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Capítulo II. Los orígenes de la ciencia
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E. MORALISTAS Y MÉDICOS QUE CULTIVARON LA
ANTROPOLOGÍA JURÍDICA: Jerónimo Merola; Gerónimo Cortés;
Miguel Lafuente
F. PENALISTAS DEL DERECHO PENAL CATALÁN: Antonio Oliba;
Luis de Peguera; Ripoll; Miguel Ferrer y Caldero; Vilosa: Cáncer
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ALFONSO DE CASTRO (Zamora 1495-Salamanca 1558)
• Monje franciscano
• Profesor de teología en Salamanca
• Intervino en el Concilio de Trento por designación de Felipe II
• Estudió el delito de herejía
• Fue precursor de BECCARIA
• OBRAS: De justa haereticorum punitione y De potestate legis
poenalis
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DOMINGO DE SOTO (Segovia 1496-Salamanca 1560)
• Teólogo
• Autor de De iustitia et dei
• Confesor de Carlos V
• Representante en el Concilio de Trento
• Trabajó sobre el premio y la pena (son los dos astros que
gobiernan el universo)
• Creía que en ocasiones era necesaria la Pena de muerte
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ALFONSO DE OROZCO (Oropesa 1500-Madrid 1591)
• Teólogo
• De la orden de San Agustín
• Predicador de Carlos V y de Felipe II
• Confesor de Ana de Austria
• OBRAS: Regalis institutio ortodoxis ómnibus, potissime
Regibus et Principibus perutilis
• Cree en la eliminación del delincuente en cuanto a un
miembro podrido corrompe a los demás.
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MARTIN DE AZPILICUETA (Pamplona 1493 – Roma 1586)
• Teólogo y filósofo
• Obtuvo la Cátedra de Prima de la Universidad de Salamanca
• Conocido como el “Doctor Navarro”
• Considerado el primer canonista español del s.XVI
• Fue rector de a Universidad de Coimbra
• OBRAS: De Finibiis humanorum actium
• Confesor de Felipe II
• Defendió al Obispo Carranza en proceso frente Santo Oficio
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JULIO CLARO (Italia 1525 – Zaragoza 1575)
• Estuvo al servicio de Felipe II, nombrándolo Consejero de
Estado.
• OBRAS: Receptarum sentemtiarum opus / Práctica Civil y
Criminal (1666). Con una gran influencia del Derecho
Romano.
• Trata los maleficios, los delitos que merecen la muerte o
mutilaciones, clasifica las penas en corporales/no
corporales. Consigna que nadie debe ser castigado por el
delito de otro
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Capítulo II. Los orígenes de la ciencia
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DIEGO DE COVARRUBIAS (Toledo 1512 – Madrid 1577)
• Discípulo de Martín de Azpilicueta
• Estudió Derecho Canónico y Civil
• Un gran jurista de la práctica
• Importantes cargos con Carlos V y Felipe II.
• Presidente del Consejo de Castilla
• Representante de las tesis españolas en el Concilio de Trento
• Rechaza la licitud de las penas corporales y de la pena de
muerte sobre los parientes del condenado.
• Tentativa vs Consumación ¿igual/resultado diferente?
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Capítulo II. Los orígenes de la ciencia
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LOS CONTENIDOS
Reflexionaron sobre:
• La controversia del Derecho a castigar
• La obligatoriedad de los estatutos penales (¿la ley civil
obliga?)
• Construyeron una teoría jurídica del delito y del delincuente
• El delito como entidad abstracta y metafísica
• La graduación de la responsabilidad y las circunstancias
modificativas de la capacidad de obrar (atenuantes,
eximentes)
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Capítulo II. Los orígenes de la ciencia
penal en España
LOS CONTENIDOS
Estudiaron también:
• Al delincuente bajo el aspecto biológico
• Los fines de la pena y la corrección al delincuente
• La intimidación o la eliminación del delincuente (miembro
podrido)
• La pena de muerte (¿las penas a galeras eran pena de
muerte encubierta?)
• Delito de herejía, la magia y nigromancia, tortura/tormento…
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Capítulo II. Los orígenes de la ciencia
penal en España
IV. LA CIENCIA PENITENCIARIA
Surge en el s. XVI, como parte del Derecho penal gracias a
obras de Bernardino Sandoval (autor del Tratado del cuidado
que se debe tener con los presos pobres, 1564) y Tomás Cerdán
de Tallada (autor de La Visita a la cárcel y de los presos, 1574).
Posteriormente se publicaron otras obras del estudio de la
ciencia penitenciaria, todas ellas nacidas por la preocupación
por el hombre, el culto al trabajo, el espíritu productivo y el
utilitarismo.
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Capítulo II. Los orígenes de la ciencia
penal en España
IV. LA CIENCIA PENITENCIARIA
En la Edad Moderna se enfocaba la
Ciencia Penitenciaria como LA CÁRCEL
como lugar en el que el preso había de
permanecer a la espera de juicio, y
donde podía conseguirse todo por dinero,
porque el oro abría puertas, quitaba
grillos y proporcionaba comodidades.
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Capítulo II. Los orígenes de la ciencia
penal en España
LA VISITA A LA CÁRCEL Y DE LOS
PRESOS
Tomás Cerdán de Tallada
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Capítulo II. Los orígenes de la ciencia
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LA VISITA A LA CÁRCEL Y DE LOS PRESOS (Tomás Cerdán de
Tallada) destaca de manera singular.
• Es más que una descripción a una prisión.
• Una de las descripciones del régimen penitenciario español
más completa del s. XVI
• Inspeccionó servicios, asesoró a reclusos y observó
necesidades mediante visitas a cárceles por 12 años.