El documento describe varios criterios para clasificar los títulos de crédito, incluyendo si son públicos o privados, nominados o innominados, únicos o con copias, simples o complejos, principales o accesorios, completos o incompletos, individuales o seriales, de crédito o de pago, abstractos o causales, de crédito, participación o representativos, y nominativos, a la orden o al portador. Explica que los títulos privados son los emitidos por particulares.