Este documento describe el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos en Colombia. El sistema establece comités a nivel nacional, territorial y escolar para garantizar la protección de los derechos de los estudiantes y abordar situaciones de violencia o acoso en las escuelas. También describe la Ruta de Atención Integral y los protocolos que deben seguirse para la prevención, promoción y atención de tales casos.
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
Presentación ley 1620 rutas
1. Sistema Nacional de Convivencia Escolar y
Formación para el Ejercicio de los Derechos
Humanos, la Educación para la Sexualidad y la
Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar
2. Ámbitos: Preescolar, básica y media
NNA (niños, niñas y adolescentes):
Reconocimiento de NNA como SUJETOS DE
DERECHOS
C-E (Comunidad educativa): Responsable de
formar para el ejercicio de los mismos.
3. SISTEMA
Permite articulación institucional.
Garantiza protección integral de
NNA en espacios educativos.
Crea Ruta de Atención Integral.
Posibilita
educación
para
la
convivencia escolar.
Crea mecanismos de prevención.
4. Estructura del Sistema
Nacional
• Comité Nacional de Convivencia
Escolar
Territorial
• Comités distritales, municipales y
departamentales de convivencia
escolar
Escolar
• Comité de convivencia de cada
establecimiento
5. Comité Nacional de
Convivencia Escolar
El Ministro de Educación Nacional, o el Viceministro de Educación, quien lo presidirá.
El Ministro de Salud y Protección Social o un Viceministro delegado.
El Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o un Subdirector delegado.
El ente coordinador del Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente.
El Director de la Policía de Infancia y Adolescencia o un Comandante delegado.
El Ministro de Cultura o un Viceministro delegado.
El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o un Viceministro
delegado.
El Presidente de la Asociación Colombiana de Facultades de Educación (Ascofade).
El Presidente de la Asociación Nacional de Escuelas Normales Superiores (Asonens).
El Director Ejecutivo de las Asociación Colombiana de Universidades (Ascun).
Defensor del Pueblo o su delegado.
El rector de la institución educativa oficial con los más altos puntajes en las pruebas
SABER 11 del año anterior.
El rector de la institución educativa privada con los más altos puntajes en las pruebas
SABER 11 del año anterior.
7. Funciones Comité Nacional
de Convivencia Escolar
Operación del Sistema.
Articulación de políticas.
Recomendaciones para mejoramiento
de Ruta de Atención Integral y garantizar
su adopción.
Definición de acciones a partir de
reportes del Sistema de Información
Unificado.
8. Funciones comités departamentales,
distritales y municipales
Armonizar acciones del Sistema con políticas de su respectiva
jurisdicción.
Garantizar implementación de Ruta de Atención Integral.
Contribuir a procesos de formación –desarrollo de
competencias ciudadanas.
Fomentar el desarrollo de Proyectos Pedagógicos /orientados
a construcción de ciudadanía y educación para el ejercicio
de derechos sexuales y reproductivos.
Coordinar el registro oportuno en el Sistema de Información
Unificado.
10. Comité Escolar de Convivencia
El rector del establecimiento educativo, quien preside
el Comité.
El personero estudiantil.
El docente con función de orientación.
El coordinador cuando exista este cargo.
El Presidente del Consejo de Padres de Familia.
El Presidente del Consejo de Estudiantes.
Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de
convivencia escolar.
Parágrafo. El comité podrá invitar con voz pero sin voto
a un miembro de la comunidad educativa
conocedor de los hechos, con el propósito de
ampliar información.
11. Funciones Comité Escolar de
Convivencia
Identificar, documentar, analizar y resolver conflictos.
Liderar acciones de convivencia.
Convocar a un espacio de conciliación para
resolución de conflictos (Por solicitud C-E o por
oficio). Estudiante acompañado de padre, madre,
acudiente o compañeros de establecimiento.
Activar Ruta de Atención Integral.
Seguimiento a disposiciones del manual de
convivencia.
Presentar informes de casos que haya conocido.
Darse
reglamento
(sesiones,
procedimientos,
elección y permanencia de docente que lidera
estrategia de convivencia escolar).
12. Funciones del Comité Escolar de Convivencia
Activar Ruta de Atención Integral para la Convivencia
Escolar
Frente a:
Situaciones
especiales de
conflicto.
Acoso escolar.
Conductas de alto
riesgo de violencia.
Vulneración de
derechos sexuales y
reproductivos.
No se pueden
resolver (según
manual de
convivencia) porque:
•Trascienden el
ámbito escolar.
•Revisten
características de la
comisión de una
conducta punible.
Por lo tanto,
atendidas por
otras
instituciones
que hacen
parte del
Sistema y de
la Ruta.
13. Responsabilidades del
establecimiento educativo
Implementar el Comité Escolar de Convivencia.
Desarrollar componentes de prevención, promoción
protección, a través del manual de convivencia.
y
Aplicar la Ruta de Atención Integral.
Revisar y ajustar al PEI, manual de convivencia y Sistema de
Evaluación
de
Estudiantes,
anualmente,
en
proceso
participativo que involucre a la C-E.
Identificar factores de riesgo de la convivencia escolar.
Desarrollar estrategias de promoción de la convivencia escolarEvaluación y seguimiento.
14. Responsabilidades del rector
Liderar Comité Escolar de Convivencia.
Incorporar componentes de prevención, promoción,
protocolos y procedimientos para la implementación
de la Ruta de Atención Integral.
Liderar ajuste del PEI, manual de convivencia,
sistema de evaluación en proceso participativo.
Reportar casos de acoso, violencia escolar y
vulneración de derechos sexuales y reproductivos de
NNA.
15. Responsabilidades de los docentes
Identificar, reportar y realizar seguimiento a
casos de acoso escolar, violencia y vulneración
de derechos sexuales y reproductivos.
Transformación de prácticas pedagógicasambientes democráticos y tolerantes.
Participar en proceso de formación.
Contribuir a la construcción y aplicación del
manual de convivencia.
16. Carácter
obligatorio,
hacen parte de
PEI-PEC.
En todos los
niveles del E-E.
Formulados y
gestionados por
los docentes de
todas las áreas y
grados.
PP
Implementación
de programas
para el
desarrollo de
derechos
humanos,
sexuales y
reproductivos
(según
lineamientos
que se definan).
PP
PP
Proyectos pedagógicos
Construcción
colectiva C-E.
No en
asignatura
específica.
Explícitos en el
currículo tiempo
y condiciones
destinados a
estos proyectos.
17. Proyectos pedagógicos
Para educación sexual:
Desarrollo gradual según edad (Ley
115-94).
Educación para el ejercicio de DD. HH:
Implica vivencia y práctica en la
cotidianidad escolar (conflicto como
oportunidad).
18. Otras entidades
Salud:
• EPS enlace con E.E. para acompañamiento a estudiantes
víctimas y victimarios.
• Promoción salud sexual. IPS y EPS reporte al Sistema Unificado de
Información casos de maltrato, violencia o vulneración de
derechos.
ICBF:
• Atender a NNA en ejercicio y restablecimiento de derechos.
• Recibe denuncia y adopta medidas de emergencia y
protección con NNA víctimas de delitos o cuando lleguen de
activación de la Ruta.
• Medidas de protección
mediante comisarías de familia
(cuando se agote instancia de Comité Escolar de Convivencia).
• Reportar al Sistema de Información Unificado casos que le sean
remitidos.
19. Otras entidades
Mincultura:
Estrategias para prevención (arte, recreación y cultural).
Personeros:
Atender casos no resueltos por Comité Escolar de Convivencia.
Repartir casos que les sean remitidos.
Sistema
de
Responsabilidad
Penal
para
Adolescentes:
Intervenir en casos que trascienden el ámbito escolar y revisten
características de la comisión de una conducta punible que,
según la Ruta, sean remitidos por ICBF, comisaría de familia o
personeros.
20. Manual de convivencia
Reto: identificar nuevas formas y alternativas
para incentivar y fortalecer la convivencia
escolar.
Obligatorio cumplimiento en establecimientos
educativos privados y públicos.
Es un componente del PEI.
Educador:
orientador
y
mediador
en
situaciones conflictivas; detección temprana.
Estudiante: rol activo. Se deben definir
acciones para manejo de situaciones.
La familia participa en revisión y ajuste.
21. Manual de convivencia
Incluir Ruta de Atención Integral y protocolos.
Derechos y obligaciones de C-E.
Debido proceso.
Herramientas construidas, evaluadas y ajustadas por C-E.
Principios, definiciones y responsabilidades de la Ley 1620.
MEN reglamentará lineamientos para que se incorporen
disposiciones necesarias para el manejo de conflictos y
conductas que afecten la convivencia.
22. Sistema de Información Unificada de
Convivencia escolar
Identificación, registro y seguimiento de
casos de acoso, violencia escolar y
vulneración de derechos sexuales y
reproductivos que afecten a NNA.
Se debe garantizar el derecho a la
intimidad y la confidencialidad.
Estudio, información e investigaciones:
base
para
toma
de
cisiones
y
reorientación de programas.
23. Ruta de atención integral
Define procesos y protocolos que deben
seguir entidades del Sistema en todos los
casos en que sea vea afectada la
convivencia escolar y los derechos.
24. Ruta de atención integral
Si la intimidación es por medios
electrónicos, el docente reporta al
Comité Escolar de Convivencia para
activar protocolo respectivo.
El enlace con rectores es la Policía de
Infancia y Adolescencia.
25. Ruta de atención integral
Promoción (determina calidad del clima escolar).
Prevención (causas de la violencia).
Atención (asistencia según protocolos). Solo involucra a
actores diferentes a la C.E. cuando la gravedad del
hecho sobrepasa la función misional del
establecimiento educativo.
Seguimiento (reporte al Sistema de Información
Unificado).
26. Protocolos de la Ruta
Inicia con la identificación de la situación por acoso
o violación escolar.
Se remite al Comité Escolar de Convivencia:
documentar ,analizar y atender según manual de
convivencia.
Comité Escolar de Convivencia activa componente de
atención de la Ruta, por parte de víctima o quien
conozca.
27. Protocolos de la Ruta de Atención
Integral
Agotada instancia, los casos que no puedan
resolver por vías establecidas en manual de
convivencia y requieran otras entidades,
trasladar rector al ICBF, comisario de familia,
personero o Policía de Infancia y Adolescencia.
Reglamentación
6
meses:
postulados,
protocolos, estrategias y mecanismos de
protocolos. Se deben actualizar cada 2 años.
28. Consideraciones mínimas de
protocolos
Puesta en conocimiento de los hechos por parte de
directivas, docentes y estudiantes involucrados.
Conocimiento de los hechos a padres de víctimas y
generadores de hechos violentos.
Buscar alternativas de solución, procurando
conciliación cuando proceda, garantizando el
debido proceso, promoviendo participación y
respeto por los DD HH.
Garantizar atención integral y seguimiento.