2. 4.5 LA ABOGACÍA, PROCURACIÓN Y PATROCINIO, DIFERENCIA
El sistema judicial mexicano distingue dos figuras que en apariencia son idénticas: el
licenciado en derecho y el abogado; entre ambos hay ciertas diferencias que se explicarán a
continuación.
El licenciado en derecho es el grado universitario que es concedido al profesional al concluir
sus estudios. Para la obtención del respectivo título de licenciado en derecho, se deben cubrir
los requisitos administrativos exigidos por la Dirección General de Profesiones, dependiente
de la Secretaria de Educación Pública.
3. El abogado será el licenciado en derecho dedicado a asesorar, patrocinar y representar a sus clientes
ante los tribunales. La forma en la que es posible representar a los clientes es a través del patrocinio
o bien de la procuración judicial, figuras que a continuación se explican.
4. PATROCINIO
Es la función desarrollada por el abogado y de la que se desprende la asesoría, orientación, guía,
consejo profesional, además de la obligación de firmar, en los asuntos que así se requiera, como
abogado patrono, y asistir al cliente en las audiencias o actos procesales y hablar por él.
Lo anterior se materializa en los expedientes de los juzgados, cuando en las audiencias señalan dar
el “uso de la palabra” o “de la voz” ya sea al actor o al demandado; acto seguido se menciona: “[…] y
quien por voz de su abogado refiere […]”. Esto indica que el abogado patrono no puede tener la
referida voz si no se encuentra presente su cliente.
5. PROCURACIÓN
Esta figura es de vital importancia y reviste una enorme responsabilidad, ya que el procurador no sólo
realizará funciones de asesoría y consejo, entre otras Muchas otras, sino que fungirá como si fuera la
propia parte a la que representa.
El caso típico de la procuración la observamos en los juicios ejecutivos mercantiles, cuyo documento
básico será un título de crédito, que generalmente se trata de un pagaré. Cuando la parte actora
decide que sea el abogado quien gestione todas las actuaciones relativas a la recuperación de lo
consignado en el citado documento, deberá anotar en la parte trasera del mismo las palabras
“endoso en procuración a favor de”. A continuación insertará el nombre completo y los apellidos del
procurador, y estampará su firma como signo inequívoco de su voluntad.