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El documento presenta orientaciones para la inclusión de estudiantes con discapacidad en la universidad, definiendo conceptos como diversidad y discapacidad, y describiendo tipos como discapacidad motora, auditiva, visual y cognitiva. Además, expone el marco legal venezolano que garantiza el derecho a la educación inclusiva basado en la igualdad y no discriminación.
Presentación Proyecto # 54 Premio Eureka 2011 Mención Innovatividad Técnica
Documentación Proyecto # 3 Premios Eureka 2011 mención Innovatividad Social
1.
2.
3. Elaborado por: Tutor:
Briceño Oriana Luzma López
Departamento: Desarrollo Integral
Cátedra: Servicio Comunitario
4. Tabla de Contenido
- Prólogo
- Orientaciones de Uso
- Conceptos Generales
- Marco Legal
- Justificación
- Hacia la docencia inclusiva
- Estrategias para el docente
- Referencias
- Agradecimientos
5. Prólogo
En el año 2009, fui a una defensa de tesis que
indudablemente, mi vida cambió; el tesista era Juan
Carlos*, un chico muy conocido que estudió Psicología
y su huella nos dejó.
En esa defensa aprendí el significado de la vivencia del
proceso de inclusión de estudiantes con discapacidad y me
sensibilicé, con este grandioso tema, que tocó mi corazón y
al cual me quise dedicar.
Así fue que comprendí que a lo largo de la historia,
las personas han hecho círculos para dejarlos afuera...
*Juan C. Durán: egresado unimetano
con discapacidad motora
6. Prólogo
Y en un día muy soleado, por El Samán caminando,
me topé con Cesar Zambrano* y llegué a una reflexión:
Si alguien hizo un círculo, para dejarlos fuera…
yo haré uno más grande, para incluirlos a todos.
Y así surgió este Proyecto para atender la diversidades,
y para no excluir a nadie debido a su condición,
porque ante todo, somos personas y tenemos un corazón.
Corazón que este Manual, pretende sensibilizar
para que todos nos comprometamos, con esta labor
social, de incluir al Unimetano que presente discapacidad.
*Cesar Zambrano: estudiante unimetano
con discapacidad motora
7. Orientaciones de Uso
Este Manual pretende brindar algunas orientaciones
teórico-prácticas en cuanto a la socialización e inclusión de
las personas con discapacidad.
En el presente documento encontrarán definiciones
importantes y estrategias que se deben emplear para
relacionarse con las personas con discapacidad dentro del
campus universitario. Así mismo se presentará el Marco
Legal que propone la inclusión de estas personas como un
requisito obligatorio dentro de las instituciones educativas.
10. Definición de
Diversidad
El concepto de Diversidad ha ido evolucionando cada vez
más, desde concebir la diversidad como una diferencia o
condición “especial” hasta concebirla actualmente como una
heterogeneidad en los alumnos y alumnas y en sus condiciones
de aprendizaje porque cada individuo es único. La Diversidad
contempla a los estudiantes con discapacidad o con
Necesidades Educativas Especiales (N.E.E.)
11. Definición de
Diversidad
La Atención a la Diversidad según UNICEF,
UNESCO y Fundación HINENI (2000), implica que
“cualquier alumno (…) que encuentre barreras para
progresar en relación con los aprendizajes escolares,
por la causa que fuere, reciba las ayudas y recursos
especiales que necesite, ya sea de forma temporal o
permanente, en el contexto educativo más
normalizado posible”. (p. 4).
12. Definición de
Discapacidad
Según la Ley para Personas con Discapacidad (art. 5), se
entiende por discapacidad la “condición compleja del ser
humano constituida por factores biopsicosociales, que evidencia
una disminución o supresión temporal o permanente, de alguna
de sus capacidades sensoriales, motrices o intelectuales que
puede manifestarse en ausencias, anomalías, defectos, pérdidas
o dificultades para percibir, desplazarse sin apoyo, ver u oír,
comunicarse con otros o integrarse a las actividades de
educación o trabajo (…)”
(CONAPDIS, 2008, p. 5).
15. Discapacidad
Motora
Se define como "discapacidad físico motora a la
dificultad para realizar actividades motoras
convencionales, ya sea regional o general; es aquella
discapacidad, en los miembros superiores y/o inferiores,
que generalmente implica problemas de desplazamiento
y/o de manipulación. Observándose en personas que
padecen paraplejia, tetraplejia, parálisis cerebral,
distrofias musculares, esclerosis lateral o múltiple,
hemiplejias parciales, etc."
(CONAPDIS, 2008, p. 8)
16.
17. Discapacidad
Auditiva
Se define como discapacidad auditiva "la
dificultad que tienen algunas personas para
captar los sonidos emitidos a su alrededor“
(CONAPDIS, 2008, p. 7).
18.
19. Discapacidad
Visual
La discapacidad visual hace referencia a la "ausencia
completa o casi completa del sentido de la vista, puede estar
causada por un obstáculo que impide la llegada de los rayos
de luz hasta las terminaciones del nervio óptico, o por
enfermedad del nervio óptico o del tracto óptico, o por
enfermedad o alteración en las áreas cerebrales de la visión.
Esta discapacidad puede ser permanente o transitoria,
completa o parcial o aparecer sólo en situaciones
ambientales de poca luz"
(CONAPDIS, 2008, p.9).
20.
21. Discapacidad
Cognitiva: Asperger
La discapacidad cognitiva "se manifiesta en una capacidad
por debajo de la media que aparece generalmente durante la
infancia y que se manifiesta en una alteración del desarrollo,
problemas de aprendizaje y dificultad en la adaptación social"
(CONAPDIS, 2008, p. 10)
El Síndrome de Asperger es un Trastorno Generalizado del
Desarrollo, el cuál puede considerarse como una de las
discapacidades cognitivas.
22. Asperger
Según el DSM IV (APA, 2000), los criterios para diagnosticar el
Síndrome de Asperger son los siguientes:
A. Dificultades cualitativas de interacción social que se manifiestan
como al menos dos de las siguientes:
1) Dificultades acusadas en el uso de múltiples comportamientos no verbales,
tales como contacto visual, expresión facial, posturas de cuerpo y gestos para
regular la acción social.
2) Incapacidad para establecer relaciones con iguales, adecuadas a su nivel de
desarrollo.
3) Ausencia de la búsqueda espontánea para compartir placer, intereses o
logros, con otras personas (por ejemplo: no mostrar, traer o señalar objetos de
interés).
4) Ausencia de reciprocidad social o emocional.
23. Asperger
B. Patrones de comportamiento, intereses y actividades
restringidos, repetitivos y estereotipados, que se manifiestan de
al menos una de las siguientes maneras:
1) Preocupación absorbente, repetitiva y estereotipada, restringida a uno
o más temas de interés, que es anormal en su intensidad o en su enfoque.
2) Adherencia aparentemente inflexible a rutinas o rituales específicos y
no funcionales.
3) Manierismos motores estereotipados y repetitivos (por ej.:
retorcimiento o aleteo de dedos y/o manos o movimientos complejos con
el cuerpo).
4) Preocupación persistente con partes de objetos.
24. Asperger
C. El trastorno causa una discapacidad clínicamente
significativa en el área social, ocupacional y en otras áreas
importantes del desarrollo.
D. No existe un retraso clínicamente significativo en el lenguaje
(por Ej.: palabras sueltas a la edad de 2 años, frases a los 3 años).
E. No existe un retraso clínicamente significativo para su edad
cronológica, en el desarrollo cognitivo o de habilidades de auto-ayuda
o comportamiento adaptativo (salvo en la interacción social) o de
curiosidad por el entorno.
F. No se cumplen los criterios de otro Trastorno Generalizado del
Desarrollo, o de Esquizofrenia. (p. 43)
26. Marco Legal
CONSTITUCIÓN BOLIVARIANA DE VENEZUELA (CBV)
DE 1999.
Artículo 19: El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio
de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable,
indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía
son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con la
Constitución, los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por
la República y las leyes que los desarrollen.
(Asamblea Nacional de Venezuela, 1999, p. 5)
27. Marco Legal
Este artículo, garantiza el respeto por los
derechos humanos para todos los venezolanos, sin
discriminación de ningún tipo.
28. Marco Legal
CONSTITUCIÓN BOLIVARIANA DE VENEZUELA (CBV) DE 1999.
Artículo 21: Todas las personas son iguales ante la ley, y en consecuencia:
No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la
condición social (…) La ley garantizará las condiciones (...) para que la igualdad
ante la ley sea real y efectiva; adoptará medidas positivas a favor de personas
o grupos que puedan ser discriminados, marginados o vulnerables; protegerá
especialmente a aquellas personas que por alguna de las condiciones antes
especificadas, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y
sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan (…)
(Asamblea Nacional de Venezuela, 1999, p. 5)
29. Marco Legal
En este artículo, al igual que en el anterior, se
habla de la igualdad de todos los venezolanos ante
la ley, la igualdad de condiciones y la protección
contra la discriminación.
30. Marco Legal
CONSTITUCIÓN BOLIVARIANA DE VENEZUELA (CBV) DE 1999.
Artículo 81: Toda persona con discapacidad o necesidades especiales tiene
derecho al ejercicio pleno y autónomo de sus capacidades y a su integración
familiar y comunitaria. El Estado, con la participación solidaria de las familias
y la sociedad, les garantizará el respeto a su dignidad humana, la equiparación
de oportunidades, condiciones laborales satisfactorias, y promueve su
formación, capacitación y acceso al empleo acorde con sus condiciones, de
conformidad con la ley. Se les reconoce a las personas sordas o mudas el
derecho a expresarse y comunicarse a través de la lengua de señas.
(Asamblea Nacional de Venezuela, 1999, p. 20)
31. Marco Legal
Este artículo, habla específicamente de las
personas con necesidades educativas especiales
y del derecho al ejercicio pleno tanto de sus
capacidades como de la integración social; así
mismo, se menciona El Estado como órgano
que debe garantizar la equiparación de
oportunidades y condiciones de las personas
con discapacidad.
32. Marco Legal
CONSTITUCIÓN BOLIVARIANA DE VENEZUELA (CBV) DE 1999.
Artículo 102: La educación es un derecho humano y un deber social
fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. (…) La educación es un
servicio público (…) con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada
ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad
democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación
activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social (…) con
la participación de las familias y la sociedad (…)
(Asamblea Nacional de Venezuela, 1999, p. 26)
33. Marco Legal
Este artículo hace mención de la educación como
un derecho humano fundamental para desarrollar
el potencial creativo de cada persona y el ejercicio
pleno de su personalidad; la finalidad de la
educación es la transformación social, a partir de
la participación activa de familias y comunidades.
Esta transformación social, en el caso de la
educación inclusiva, partiría de incluir a los
estudiantes con discapacidad en las universidades.
34. Marco Legal
CONSTITUCIÓN BOLIVARIANA DE VENEZUELA (CBV) DE 1999.
Artículo 103: Toda persona tiene derecho a una educación integral, de
calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más
limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. (…) La
ley garantizará igual atención a las personas con necesidades especiales o con
discapacidad y a quienes se encuentren privados de su libertad o carezcan de
condiciones básicas para su incorporación y permanencia en el sistema
educativo. (…)
(Asamblea Nacional de Venezuela, 1999, p. 26)
35. Marco Legal
En este artículo, se menciona la importancia de
garantizar la igualdad de condiciones y
oportunidades de todas las personas, mediante la
educación y se hace mención a la atención de las
personas con discapacidad dentro del sistema
educativo.
36. Marco Legal
LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN (LOE) DE 2009
Artículo 3. Principios y valores rectores de la educación: La
presente Ley establece como principios de la educación (…) la igualdad entre
todos los ciudadanos y ciudadanas sin discriminaciones de ninguna índole (…) el
respeto a los derechos humanos, la práctica de la equidad y la inclusión (…) Se
consideran como valores fundamentales: (…) la tolerancia, (…) el respeto a la
diversidad propia de los diferentes grupos humanos (…)
(Asamblea Nacional de Venezuela, 2009, p.1)
37. Marco Legal
Este artículo expone que uno de los principios
de la educación es la igualdad de todos los
venezolanos, sin discriminación alguna,
respetando los derechos humanos y bajo la
práctica de la inclusión, respetar la diversidad
propia de cada individuo.
38. Marco Legal
LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN (LOE) DE 2009
Artículo N° 6. Competencias del Estado Docente: El Estado, a través
de los órganos nacionales con competencia en materia Educativa, ejercerá la
rectoría en el Sistema Educativo. En consecuencia: Garantiza (…) El acceso al
Sistema Educativo a las personas con necesidades educativas o con
discapacidad, mediante la creación de condiciones y oportunidades (…)
(Asamblea Nacional de Venezuela, 2009, p.1)
39. Marco Legal
En este artículo, se menciona que El Estado
debe garantizar que todas las personas con
discapacidad puedan ingresar al Sistema
Educativo, mediante la creación de condiciones y
oportunidades (inclusión).
40. Marco Legal
LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN (LOE) DE 2009
Artículo 14. La educación: La educación es un derecho humano y un
deber social fundamental concebida como un proceso de formación integral (...)
inclusiva y de calidad (…) solidaria en los procesos de transformación individual
y social (…) La didáctica está centrada en los procesos que tienen como eje la
investigación, la creatividad y la innovación, lo cual permite adecuar las
estrategias, los recursos y la organización del aula, a partir de la diversidad de
intereses y necesidades de los y las estudiantes (…)
(Asamblea Nacional de Venezuela, 2009, p. 3)
41. Marco Legal
Este artículo hace referencia a la educación
como un proceso integral e inclusivo, que sirve
como medio para la transformación social e
individual y que parte de la diversidad de
necesidades e intereses de todos los estudiantes.
42. Marco Legal
REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY ORGÁNICA DE
EDUCACIÓN (RGLOE) DE 1999.
Artículo 32: El régimen educativo de los planteles y servicios de educación
especial se establecerá a través de (…) la atención en planteles y servicios
propios de la modalidad y la atención combinada en planteles y servicios del
régimen ordinario y planteles y servicios de la modalidad (…)
(Asamblea Nacional de Venezuela, 1999, p. 7)
43. Marco Legal
Este artículo menciona que se pueden atender
a las personas con discapacidad tanto en
instituciones especializadas (educación especial),
como en instituciones regulares (educación
superior).
44. Marco Legal
RESOLUCIÓN 1765: NORMAS PARA EL INGRESO Y
PERMANENCIA DE LOS ALUMNOS EN LOS PLANTELES
OFICIALES Y PRIVADOS DE LOS NIVELES PREESCOLAR, BÁSICA,
MEDIA DIVERSIFICADA Y PROFESIONAL.
Artículo 2: A los fines de permitir el ingreso o la permanencia de un
alumno en un plantel educativo, no podrán establecerse como condicionantes:
la edad, el promedio de calificaciones, la situación de repitiente, embarazo,
conducta o disciplina, credo, estado civil de los padres, uniformes y útiles
escolares, así como ninguna otra limitación que no esté legalmente establecida.
(Ministerio de Educación, 1996)
45. Marco Legal
En el artículo anterior, se evidencia que no
debe establecerse ningún tipo de limitación, que
no esté legalmente establecida, para permitir el
ingreso o permanencia de un estudiante dentro
de una institución educativa; por ende, no se le
puede impedir el acceso o permanencia a un
estudiante con discapacidad, dentro de una
institución universitaria.
46. Marco Legal
RESOLUCIÓN 2005: NORMAS PARA LA INTEGRACIÓN
ESCOLAR
Artículo 1: Los planteles educativos oficiales y privados, en los
diferentes niveles y modalidades del sistema educativo, deberán
garantizar el ingreso, prosecución escolar y culminación de estudios
de los educandos con necesidades educativas especiales, previo
cumplimiento de los requisitos exigidos para su integración escolar.
(Ministerio de Educación, 1996)
47. Marco Legal
Este artículo, hace referencia a que los planteles
regulares (universidades) deben permitir el
ingreso (integración) de los estudiantes con
discapacidad, garantizando así la prosecución y
culminación de estudios (inclusión) de los mismos.
48. Marco Legal
RESOLUCIÓN 2005: NORMAS PARA LA INTEGRACIÓN
ESCOLAR
Artículo 2: “Para el ingreso, prosecución escolar y culminación de estudios
de los alumnos con necesidades educativas especiales, los planteles educativos
contarán con los servicios de apoyo internos o externos requeridos para la
integración escolar de aquéllos (…)”
(Ministerio de Educación, 1996)
49. Marco Legal
Este artículo complementa al anterior,
aportando que las instituciones deben contar con
apoyo multidisciplinario a la hora de atender las
necesidades educativas especiales de sus
estudiantes. De aquí la importancia de constituir
una Unidad de Atención a la Diversidad.
50. Marco Legal
RESOLUCIÓN 2005: NORMAS PARA LA INTEGRACIÓN
ESCOLAR
Artículo 3: “Los planteles educativos oficiales y privados de los diferentes
niveles y modalidades del sistema educativo deberán (…) adaptar el diseño
curricular en atención a las características de los educandos con necesidades
educativas especiales”
(Ministerio de Educación, 1996)
51. Marco Legal
Por último, este artículo
destaca la necesidad de las
adaptaciones curriculares dentro
del proceso de inclusión.
52. Marco Legal
LEY PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (LPD) DE 2007.
Artículo 4: Los principios que rigen las disposiciones de la presente Ley son
(…) igualdad (…) equidad (…) integración, no segregación, no discriminación (...)
respeto por la diferencia y aceptación de la diversidad humana, respeto por las
capacidades en evolución de los niños y niñas con discapacidad, accesibilidad,
equiparación de oportunidades (…)
(Asamblea Nacional de Venezuela, 2007, p. 4)
53. Marco Legal
El artículo anterior, menciona como
principios de la LPD, la igualdad, la
integración, el respeto a la diversidad,
la no discriminación, la accesibilidad y
la equiparación de oportunidades; cada
uno de estos principios se pueden lograr
mediante una buena práctica inclusiva.
54. Marco Legal
LEY PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (LPD) DE 2007.
Artículo 8: La atención integral a las personas con discapacidad se refiere
a las políticas públicas, elaboradas con participación amplia y plural de la
comunidad, para (…) la integración y la inclusión de las personas con
discapacidad, garantizándoles una mejor calidad de vida, mediante el pleno
ejercicio de sus derechos, equiparación de oportunidades, respeto a su dignidad
y la satisfacción de sus necesidades en los aspectos sociales, económicos,
culturales y políticos, con la finalidad de incorporar a las personas con
discapacidad a la dinámica del desarrollo de la Nación. La atención integral
será brindada a todos los estratos de la población urbana, rural e indígena, sin
discriminación alguna.
(Asamblea Nacional de Venezuela, 2007, p. 7)
55. Marco Legal
Este artículo menciona que la
atención integral de las personas con
discapacidad o con necesidades
educativas especiales, debe ir dirigida
hacia la inclusión de estas personas en
todos los ámbitos: social, educativo,
familiar, comunitario, etc.
56. Marco Legal
LEY PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (LPD) DE 2007.
Artículo 16: Toda persona con discapacidad tiene derecho a asistir a una
institución o centro educativo para obtener educación, formación o
capacitación. No deben exponerse razones de discapacidad para impedir el
ingreso a institutos de educación regular básica, media, diversificada, técnica o
superior (…)
(Asamblea Nacional de Venezuela, 2007, p. 11)
57. Marco Legal
Este artículo expone claramente que no se
deben exponer razones de discapacidad para
impedir el ingreso de personas con
discapacidad en instituciones regulares, por lo
tanto, las universidades están en la obligación
de admitir a estas personas y garantizar su
proceso de inclusión.
58. Marco Legal
LEY PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (LPD) DE 2007.
Artículo 18: El Estado regulará las características, condiciones y
modalidades de la educación dirigida a personas con discapacidad, atendiendo
a las cualidades y necesidades individuales de quienes sean cursantes o
participantes, con el propósito de brindar, a través de instituciones de
educación especializada, la formación y capacitación necesarias, adecuadas a las
aptitudes y condiciones de desenvolvimiento personal, con el propósito de
facilitar la inserción en la escuela regular hasta el nivel máximo alcanzable en el
tipo y grado de discapacidad específica.
(Asamblea Nacional de Venezuela, 2007, p. 12)
59. Marco Legal
En este artículo, se menciona el rol
del Estado como ente encargado de
la actualización docente en cuanto a
materia de inclusión se refiere.
61. Justificación
El Marco Legal expuesto anteriormente justifica que en la
Universidad Metropolitana se realice un Proyecto de
Atención a la Diversidad, destacando así la importancia de
realizar una campaña informativa y un Manual para
sensibilizar a la comunidad Unimetana.
En este sentido es importante manejar estrategias que
nos permitan socializar con las personas con discapacidad,
para poder así incluirlas al ámbito social y educativo.
63. Una docencia inclusiva
* Los objetivos son los mismos para todos los alumnos, siendo la
didáctica la que debe adaptarse a todos y cada uno en función de
sus capacidades y necesidades:
1) Establecer y utilizar las técnicas más idóneas de
enseñanza a distancia, así como ensayar nuevos modelos
educativos al servicio de los alumnos con necesidades
especiales. Las nuevas tecnologías proporcionarán ventajas
a las personas con discapacidad y contribuirán a
“normalizar” su actividad y su autonomía.
Fuente: ANUIES (2002).
64. Una docencia inclusiva
2) Los profesores-investigadores como los
estudiantes, sean personas con o sin
discapacidad, serán apoyados para mejorar su
formación y práctica docente.
3) Formación de especialistas con una visión
integral que geste alternativas de prevención,
diagnóstico, rehabilitación, apoyo e inclusión,
que beneficien a las personas con discapacidad,
utilizando los avances de la tecnología actual.
Fuente: ANUIES (2002).
65. Una docencia inclusiva
4) Se requiere del apoyo comprometido de las
autoridades en todos los niveles y ámbitos de la
sociedad, y en particular, de las instituciones
educativas para hacer viable la docencia e
investigación hacia la comprensión e inclusión de
la diversidad.
Fuente: ANUIES (2002).
66. Una docencia inclusiva
5) A partir del diagnóstico de profesores con
experiencia en la inclusión, difundir experiencias
innovadoras y facilitar el intercambio y
comunicación entre los docentes que están
involucrados directamente con la atención a la
diversidad.
Fuente: ANUIES (2002).
67. Una docencia inclusiva
6) Es importante una formación e
información permanente del profesorado en
los aspectos que mejoren su práctica
cotidiana y en materia de discapacidad, con
el fin de que conozcan de qué manera
adecuar el acceso al currículum ordinario.
Especialmente formación previa a cada
inicio de curso; comenzar por los grupos
donde haya alumnos con discapacidad.
Fuente: ANUIES (2002).
68. Una docencia inclusiva
7) Comprometerse a una campaña
sensibilizadora de la inclusión. Si los maestros no
tienen una actitud positiva hacia la inclusión es
muy difícil, si no imposible, que aquella se logre.
La actitud de los profesores incide en la de los
alumnos.
Fuente: ANUIES (2002).
69. Una docencia inclusiva
* El otro aspecto del apartado de docencia, es el del acceso al
currículum, esto es, de qué manera lograr que los estudiantes con
discapacidad puedan acceder a los cursos regulares.
Las adaptaciones de acceso al currículum son:
modificaciones o provisión de recursos en los medios
personales, materiales y su organización, así como en
la comunicación que facilitan que el alumno pueda
desarrollar el currículum ordinario (Arnáiz, P. 2000).
Fuente: ANUIES (2002).
70. Una docencia inclusiva
Para el logro de ello:
1) Hay que desarrollar adaptaciones de acceso
al currículum, que permitan adecuar la
metodología mediante los materiales didácticos,
los cuales beneficien no sólo a los alumnos con
discapacidad sino a todos.
Fuente: ANUIES (2002).
71. Una docencia inclusiva
2) Escuchar las demandas que proponen desde
sus perspectivas los estudiantes con discapacidad
y de ellas partir para realizar las adaptaciones
de acceso al currículum correspondiente.
3) Las adecuaciones de acceso al currículum
deben ser trasladadas a la programación del
aula. Cada profesor podrá elaborar las
modificaciones pertinentes para cumplir con los
contenidos de la materia impartida.
Fuente: ANUIES (2002).
72. Una docencia inclusiva
4) Utilizar materiales adaptados que ayuden a
los alumnos con discapacidad a participar en las
actividades didácticas que se han diseñado,
teniendo en cuenta que deben permitir a todos
los alumnos participar en ellas.
Se recomienda compartirlo en los ámbitos
colegiados y dedicados a la formación docente.
Fuente: ANUIES (2002).
73. Una docencia inclusiva
5) Los profesores deben decidir junto con los
estudiantes con discapacidad, la mejor forma de
cómo evaluar lo que ellos han realizado para que
los alumnos aprendan; igualmente,
determinarán qué aprendizajes han adquirido, a
través de la realización de dicha evaluación
adaptada a las necesidades educativas que
surjan de los alumnos con discapacidad.
Fuente: ANUIES (2002).
74. Una docencia inclusiva
6) Es conveniente que la atención
cuando se requiera, sea más
personalizada para elevar los logros
educativos.
Fuente: ANUIES (2002).
75. Una docencia inclusiva
7) Se recomienda guiarse por las estrategias
de la didáctica multisensorial, la cual se
comprende como “un método pedagógico de
interés general para la enseñanza y aprendizaje
de las ciencias [...] que utiliza todos los sentidos
humanos posibles para captar información del
medio que nos rodea e interrelaciona estos datos
a fin de formar conocimientos multisensoriales
completos y significativos” (Soler, M., 1999).
Fuente: ANUIES (2002).
78. Discapacidad Motora
1) Diferenciar los distintos niveles de
competencia que presenta el alumno en las
diversas áreas o contenidos y establecer los
grados de exigencia apropiados a cada nivel.
2) Ofrecer oportunidades para un mayor
protagonismo en las interacciones en grupo.
Fuente: Junta de Extremadura (2005b).
79. Discapacidad Motora
3) Recuerde que quienes utilizan
aparatos (sillas de ruedas, muletas, etc.)
suelen considerar sus aparatos como
una extensión de su cuerpo; no los
coloque fuera del alcance del usuario.
Fuente: CONAPDIS (2006).
80. Discapacidad Motora
4) Las sillas de ruedas abarcan más espacio
que las sillas convencionales y los salones de clase
tienen que escogerse y arreglarse con esto en
mente. Trate de dejar suficiente espacio para
que el usuario de la silla de ruedas se sitúe al
frente o atrás del resto del grupo.
Fuente: Maingon (2008).
81. Discapacidad Motora
5) Algunos estudiantes se fatigan por causa
del esfuerzo físico extra que se requiere para
llevar a cabo tareas ordinarias y se les debe
dar un tiempo para descansar,
particularmente en las evaluaciones o
asignaciones de tiempo.
6) Los apuntes o grabaciones de clases pueden
ayudar a aquellos que han perdido sesiones o
que tienen dificultad para escribir.
Fuente: Maingon (2008).
82. Discapacidad Motora
7) Priorizar métodos que favorezcan la
experiencia directa para compensar las
dificultades que el estudiante tiene en la
interacción con el medio.
8) Potenciar estrategias de aprendizaje
cooperativo.
9) Hacer diversas organizaciones grupales.
Fuente: Ministerio de Educación
Nacional (2006b).
83. Discapacidad Motora
10) Seleccionar trabajos y actividades que
requieran la participación de cada miembro de un
grupo para su consecución.
11) Establecer una dinámica de responsables en
distintas tareas del aula y elegir la responsabilidad
adecuada para el estudiante con discapacidad
motora.
12) Establecer una dinámica de ayuda entre los
estudiantes.
Fuente: Ministerio de Educación
Nacional (2006b).
84. Discapacidad Motora
13) Presentar los contenidos por los distintos
canales de entrada de la información.
14) Emplear estrategias que favorezcan la
motivación intrínseca para el aprendizaje.
15) Trabajar dentro de una estructura
individual, pero no competitiva, en la que el
estudiante atribuya el éxito no sólo a sus
capacidades, sino también a su propio esfuerzo.
Fuente: Ministerio de Educación
Nacional (2006b).
85. Discapacidad Motora
16) Trabajar dentro de una estructura de tipo
cooperativo donde el estudiante con discapacidad
motora, independientemente del grado de aportación
en la tarea, comparta el éxito del grupo.
17) Emplear diferentes estrategias para centrar la
atención.
Fuente: Ministerio de Educación
Nacional (2006b).
86. Discapacidad Motora
18) Controlar las condiciones ambientales del aula
por los efectos que pueden ejercer en el estudiante con
discapacidad motora respecto a la atención. Evitar
ruidos y sonidos bruscos.
19) Cuidar que en la colocación de trabajos, láminas,
murales y en la exposición de los materiales didácticos
se logre un clima relajante y no una excesiva
estimulación visual.
Fuente: Ministerio de Educación
Nacional (2006b).
87. Discapacidad Motora
20) Utilizar láminas y murales con dibujos
claros, bien perfilados y que contrasten con su
fondo.
21) Dirigirse de frente al estudiante en las
exposiciones orales.
Fuente: Ministerio de Educación
Nacional (2006b).
88.
89. Discapacidad Auditiva
1) Es fundamental que el estudiante mire el
rostro del profesor mientras éste habla.
2) Se debe procurar no dar explicaciones o
informaciones básicas e importantes mientras se
camina por la clase o se escribe en la pizarra.
Fuente: Junta de Extremadura (2006).
90. Discapacidad Auditiva
3) Resulta beneficioso anticipar la información;
comentar a la clase qué es lo que se va a trabajar ese
día y comentarlo también antes de cada actividad,
además de dirigirse al estudiante después de una
explicación general a la clase.
Ofrecer con anticipación a los alumnos con
discapacidad auditiva los materiales que se impartirán
en clase, un resumen asequible y /o esquema de lo que
se verá en la siguiente sesión.
Fuente: Junta de Extremadura (2006).
91. Discapacidad Auditiva
4) Potenciar las explicaciones visuales como
acetatos, power point, películas subtituladas,
etc. y apoyarse en materiales gráficos: esquemas,
diagramas, modelos, cetatos, medios visuales
con subtítulos, entre otros.
Fuente: ANUIES (2002).
92. Discapacidad Auditiva
5) Hablar al estudiante utilizando frases
sencillas, aunque completas y
gramaticalmente correctas. No hablarle
utilizando palabras sueltas o un estilo
telegráfico demasiado simplificado.
Fuente: Junta de Extremadura (2006).
93. Discapacidad Auditiva
6) Verificar constantemente su comprensión,
de lo contrario explicarlo en otras palabras,
proporcionándole de esta forma la misma
oportunidad de participación que al resto de sus
compañeros.
Fuente: ANUIES (2002).
94. Discapacidad Auditiva
7) Es preciso vocalizar claramente pero sin
exageraciones que deformen la posición que
adoptan nuestros labios cuando emitimos los
diferentes sonidos del habla.
8) El ritmo ha de ser moderado y sin
movimientos exagerados de la boca.
Fuente: Junta de Extremadura (2006).
95. Discapacidad Auditiva
9) Se debe procurar que el estudiante se
siente junto a un compañero oyente que se haya
distinguido por su mayor acercamiento o
empatía hacia él.
Fuente: Junta de Extremadura (2006).
96. Discapacidad Auditiva
10) Realizar las explicaciones siempre de
frente a la clase, utilizando todos los
recursos expresivos y gestuales que estén al
alcance. Los ojos, manos y cuerpo del
docente le dirán aquello que no puede
entender a través de palabras.
Pero la expresión facial y el lenguaje
corporal deben coincidir con el contenido
del mensaje oral.
Fuente: Junta de Extremadura (2006).
97. Discapacidad Auditiva
11) Tener en cuenta que al estudiante con
discapacidad auditiva le resulta imposible
atender simultáneamente a dos fuentes de
información. No podrá estar observando su libro
y al mismo tiempo “escuchar” al profesor, por
ejemplo.
Fuente: Junta de Extremadura (2006).
98. Discapacidad Auditiva
12) La comunicación es actividad compartida. El profesor
debe realizar un esfuerzo por hacerle comprender aquello que
desea expresar, pero también hacer un esfuerzo por entender lo
que el estudiante quiere decir, concediéndole el tiempo preciso
para hacerlo. Si se le escucha, aprenderá a escuchar. Si se hace
un esfuerzo por entenderle, deseará comunicarse.
Fuente: Junta de Extremadura (2006).
99. Discapacidad Auditiva
13) Exámenes: de preferencia no realizarlos de forma oral y
en los casos de realizarlo de manera escrita, se aconseja, por
una parte la adecuación de las preguntas en términos sencillos
sin que esto implique el empobrecimiento de su nivel. Y por otra
parte, sería conveniente que los exámenes se presentaran como
de opción múltiple, asociación y preguntas directas, estas
últimas deberán presentarse también de manera escrita.
Las instrucciones a seguir deberán ser concretas y explícitas,
considerando los tiempos de duración y las formas de contestar.
Todo esto pensando en que se pretende evaluar el nivel de los
conocimientos sin que estos, debido a las barreras de
comunicación, se vean infravalorados.
Fuente: ANUIES(2002).
100. Discapacidad Auditiva
14) Hay que tener siempre en cuenta
las siguientes estrategias, para que el
estudiante saque el mayor provecho
posible a la lectura labiofacial:
a) En la medida de lo posible, distribuir
las mesas en “u” para facilitar el acceso a
la lectura labial.
Fuente: Junta de Extremadura (2006).
101. Discapacidad Auditiva
b) Hablarle lo más cerca posible, frente a él y
a su altura, para que pueda vernos los labios.
c) Si el profesor tiene barba o bigote, el
estudiante tendrá dificultades para la lectura
labiofacial.
Fuente: Junta de Extremadura (2006).
102. Discapacidad Auditiva
d) Colocar al estudiante de espaldas a la luz
natural que debe dar de frente en la cara del
hablante.
e) El profesor debe procurar no realizar
explicaciones o dar informaciones básicas
mientras camina por la clase o escribe en la
pizarra.
Fuente: Junta de Extremadura (2006).
103. Discapacidad Auditiva
f) Evitar colocar lápices, bolígrafos, papeles, o
las propias manos, delante de los labios o junto
a la cara.
g) Tener en cuenta que resulta difícil hacer
labiolectura más allá de los 2,5 metros - 3
metros.
Fuente: Junta de Extremadura (2006).
104. Discapacidad Auditiva
h) La lectura labial es una actividad fatigosa,
pues exige mucha atención y concentración.
Prestar atención a la aparición de indicios de
cansancio.
i) Los estampados y las franjas brillantes en la
ropa o las paredes pueden resultar distractores
si el estudiante está leyendo los labios.
Fuente: Maingon (2008).
105.
106. Discapacidad Visual
1) Se recomienda partir de lo concreto y
particular, hasta llegar a lo global y general.
2) Es básico que el estudiante con
discapacidad visual parcial, lo aproveche al
máximo. Por lo tanto, hay que facilitarles, por
tanto, unas condiciones óptimas de luz,
contraste, ayudas ópticas y no ópticas tales
como lupas, atriles, flexo...
Fuente: Junta de Extremadura (2005a).
107. Discapacidad Visual
3) El estudiante con discapacidad visual
necesita ir explorando por partes los objetos
hasta descubrirlos o conocerlos. Este carácter
analítico de la exploración táctil implica, por
tanto, un aprendizaje más lento, por lo
tanto el docente debe tener paciencia.
Fuente: Junta de Extremadura (2005a).
108. Discapacidad Visual
4) Los aprendizajes que se adquieren por
imitación directa están fuera del alcance
del estudiante con discapacidad visual. Al
no existir la imitación, es imprescindible
guiarles físicamente hasta que consiga estos
aprendizajes.
Fuente: Junta de Extremadura (2005a).
109. Discapacidad Visual
5) Toda presentación de apoyos didácticos de
tipo gráfico utilizado en el aula debe ser descrito
y explicado pormenorizadamente.
6) Si ya se cuenta con el apoyo tecnológico
específico, proporcionar los exámenes,
resúmenes, etc, en braille, o bien en modalidad
auditiva o electrónica para ser decodificado en
el formato específico.
Fuente: ANUIES(2002).
110. Discapacidad Visual
7) Procurar mantener el mobiliario del aula
en el mismo lugar y de haber modificaciones,
notificarle al estudiante previamente.
8) Preguntar siempre a los alumnos las
formas más convenientes para su aprendizaje. El
alumno será un buen guía.
Fuente: ANUIES(2002).
111. Discapacidad Visual
9) Es necesario que las instrucciones sean
claras y precisas. No es bueno decir “hacia
allá” a alguien que no puede ver cuando
usted está señalando algo. Una vez que al
estudiante se le ha dado la información
acerca de la amplitud de la habitación, es
más útil decir “hacia la puerta” o “al fondo
de la habitación”, o guiar la mano de la
persona si es lo más apropiado.
Fuente: Maingon (2008).
112. Discapacidad Visual
10) Los diagramas impresos y los materiales
impresos son más fáciles de descifrar si están
clara y simplemente en un papel no grasoso,
con color y tono de alto contraste;
preferiblemente buena tinta negra sobre papel
blanco.
Fuente: Maingon (2008).
113. Discapacidad Visual
11) Algunos estudiantes hallarán útil grabar
sus discursos. No se alarme si ellos solicitan
hacer esto ya que puede ser la forma más
eficiente para ellos de revisar el material y las
ideas expuestas.
Fuente: Maingon (2008).
114.
115. Tx. de Asperger
1) Los estudiantes pueden hallar imposible o
difícil de entender el lenguaje abstracto y las
metáforas. Trate de emplear lenguaje literal
siempre que sea posible y sea explícito acerca de
precisamente a qué se refiere Ud.
2) Puede ayudar el proveer tiempo extra al
estudiante inmediatamente después de la
sesiones en grupo para chequear que las mismas
han sido entendidas, especialmente al comienzo
del curso.
Fuente: Maingon (2008).
116. Tx. de Asperger
3) Algunos estudiantes pueden hallar
dificultad en el trabajo en grupo. Si es posible y
apropiado, considere formas alternativas de
completar las asignaciones para hacer en grupo.
4) El estudiante tal vez quiera sentarse en el
mismo lugar cada sesión. Si así es el caso, trate
de asegurar que el arreglo de los pupitres o
mesas no varíe demasiado entre sesiones.
Fuente: Maingon (2008).
117. Tx. de Asperger
5) Los estudiantes con autismo o
Asperger usualmente se apoyarán
fuertemente en una rutina. Esto
puede implicar dificultad durante los
períodos de evaluación, o en los
trabajos de campo donde las rutinas
son necesariamente rotas. Asegúrese
de que los estudiantes hablen de esto
con Ud. o su profesor asesor en aras
de estar preparados.
Fuente: Maingon (2008).
118. Tx. de Asperger
6) Los estudiantes pueden beneficiarse
también de la oportunidad de observar la
estructura de los papeles de examen antes de la
evaluación en sí, de manera que cualquier
confusión pueda ser aclarada y minimizada la
ansiedad.
Fuente: Maingon (2008).
119. Tx. de Asperger
7) El lenguaje técnico y la rúbrica de los
papeles del examen necesitan ser ambos
explícitos y literales. Para algunos estudiantes
los exámenes de escogencia múltiple pueden ser
particularmente confusos, otras alternativas
pueden ser apropiadas.
Fuente: Maingon (2008).
120. Tx. de Asperger
8) Empleo de apoyos visuales en
cualquier proceso de enseñanza. Las
personas con Asperger destacan por ser
buenos “pensadores visuales”. Procesan,
comprenden y asimilan mucho mejor la
información que se les presenta de
manera visual.
Fuente: Asociación Asperger España (2007).
121. Tx. de Asperger
9) Enseñar de manera explícita habilidades y
competencias que por lo general no suelen requerir una
enseñanza formal y estructurada.
Con las personas con Asperger no podemos dar nada por
supuesto. Habilidades como saber interpretar una mirada,
ajustar el tono de voz para enfatizar el mensaje que
queremos transmitir, respetar turnos conversacionales
durante los intercambios lingüísticos, etc., van a requerir
una enseñanza explícita y la elaboración de programas
educativos específicos.
Fuente: Asociación Asperger España (2007).
122. Tx. de Asperger
10) Dar pautas de actuación, estrategias, formas de
actuar concretas en lugar de instrucciones de carácter
general poco precisas.
11) Utilizar técnicas instructivas y materiales que
favorezcan la experiencia directa.
12) Emplear ayuda directa y demostraciones o modelado
en lugar de largas explicaciones.
Fuente: Ministerio de Educación
Nacional (2006a).
123. Tx. de Asperger
13) Secuenciar los objetivos y contenidos en
orden creciente de dificultad, descomponiendo
las tareas en pasos intermedios adaptados a sus
posibilidades. Algunos necesitan que se les enseñe
cosas que otros aprenden espontáneamente.
14) Otros necesitan que se pongan en
práctica estrategias didácticas individualizadas.
Fuente: Ministerio de Educación
Nacional (2006a).
125. Referencias
American Psychiatric Association (APA). (2000). Manual
Psiquiátrico y Estadístico de los Trastornos
Mentales DSM - IV. Barcelona: Masson
127. Referencias
Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de
Educación Superior (ANUIES). (2002). Manual para la
integración de personas con discapacidad en las Instituciones de
educación superior. México: Autor.
128. Referencias
Cohen, J. (s.f.). Reglas de etiqueta frente a una persona con
discapacidad. Editorial United Spinal Association
129. Referencias
Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad
(CONAPDIS). (2008). Manual Instructivo para Accesibilidad de las
Personas con Discapacidad. Caracas, Venezuela: Ministerio del
Poder Popular para la Participación y la Protección Social.
130. Referencias
Junta de Extremadura (2005a). Guía para la Atención
Educativa del Alumnado con Ceguera y Deficiencia Visual (p. 18).
Extremadura, España: Consejería de Educación, Ciencia y
Tecnología.
131. Referencias
Junta de Extremadura (2005b). Guía para la Atención
Educativa del Alumnado con Deficiencia Motora (p. 18).
Extremadura, España: Consejería de Educación, Ciencia y
Tecnología.
132. Referencias
Junta de Extremadura (2006). Guía para la Atención
Educativa del Alumnado con Deficiencia Auditiva (pp. 17-18).
Extremadura, España: Consejería de Educación, Ciencia y
Tecnología.
133. Referencias
Maingon, R. (2008). Estrategias para la enseñanza de
estudiantes con discapacidad. Caracas, Venezuela: Universidad
Central de Venezuela.
134. Referencias
Ministerio de Educación Nacional (2006a). Orientaciones
pedagógicas para la atención educativa a estudiantes con
discapacidad cognitiva. Bogotá, Colombia: Autor.
135. Referencias
Ministerio de Educación Nacional (2006b). Orientaciones
pedagógicas para la atención educativa a estudiantes con
discapacidad motora. Bogotá, Colombia: Autor.
136. Referencias
UNICEF, UNESCO y Fundación HINENI. (2000). Hacia el
desarrollo de escuelas inclusivas. Manuscrito no publicado, Chile.
138. Agradecimientos a:
-Prof. Maricarmen Pérez de Servicios Estudiantiles UNIMET
- Prof. Mireya Durán de la Escuela de Educación UNIMET
- Prof. Ana González de la Escuela de Idiomas Modernos UNIMET
- Lic. Diana Fernández de Fundación Paso a Paso
- Fabiola Ruggiero, Vicepresidente del Consejo de Educación
UNIMET