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UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO XAVIER -   FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS   Y   POLÍTICAS

2010
                                                                           Jorge Machicado




                                TRABAJO
                            CONTRATO DE
TABLA DE CONTENIDOS
9.       CONTRATO DE TRABAJO ......... 4                             9.15      Normas Sobre Contratos ................. 10
9.1      ¿Contrato O Relación de trabajo?... 4                       9.16      Interpretación................................... 10
9.2      Concepto ........................................... 5      9.17      Estabilidad laboral ........................... 10
9.3      Naturaleza. Teorías ............................ 5          9.18      Contrato Con Residencia Distinta .. 10
9.4      Antecedentes históricos ................... 5               9.19 Sustitución De Patronos ................... 11
9.5      Características................................... 5          9.19.1  Tiempo Del Contrato................ 11
                                                                       9.19.2  Contrato A Plazo No Renovable
9.6      Validez Jurídica ................................. 6                   ..................................................... 11
9.7      Eficacia Jurídica ................................ 6          9.19.3  Contrato Renovable Por Una
                                                                               Sola Vez ...................................... 11
9.8      Forma.................................................. 6
                                                                     9.20      Prueba del Contrato De Trabajo..... 12
9.9      Terminación del Contrato de Trabajo
         7                                                           9.21      Función de la Inspectoría De Trabajo
                                                                               12
9.10 Modalidades ...................................... 7
  9.10.1 Contrato de trabajo indefinido 7                            9.22      Certificado De Trabajo .................... 12
  9.10.2 Contrato De Trabajo Por Tiempo                              9.23      La Tácita Reconducción ................. 12
         Determinado................................ 7
  9.10.3 Contrato De Trabajo Por                                     9.24      Periodo De Prueba........................... 12
         Realización De Obra O Servicio 8                            9.25      Estabilidad en el Empleo................. 12
  9.10.4 Contrato colectivo ..................... 8
                                                                     9.26 Efectos del DS 21060 en el contrato
9.11 Contrato De Aprendizaje .................. 9                    de trabajo .................................................... 12
  9.11.1 Forma ............................................ 9
  9.11.2 Obligación del empleador........ 9                          9.27      Obligaciones Del Empleador ......... 12

9.12 Perfeccionamiento Técnico De                                    9.28 Derechos Y Obligaciones Del
Trabajadores.................................................. 9     Trabajador.................................................... 13

9.13     Contrato De Enganche ..................... 9
9.14     Situación Del Menor Y La Mujer...... 10


COMO CITAR
                                                 MACHICADO, Jorge; Contrato de Trabajo, Sucre, Bolivia:
                                                 USFX® Universidad San Francisco Xavier, 2010,
                                                 http://jorgemachicado.blogspt.com/2010/01/ct.html



                                                 Contrato de Trabajo. Modalidades

                                                 Formato:         17 x 24 cm.
                                                 Núm. de páginas: 13




                                              Jorge Machicado, Contrato de Trabajo                                                    2
Deposito legal en la Biblioteca Nacional de Bolivia Nº 2010-16276


USFX® UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO XAVIER
      Autor: © JORGE MACHICADO

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                                              Jorge Machicado, Contrato de Trabajo   3
CONTRATO
         DE TRABAJO                                                    http://jorgemachicado.blogspt.com/2010/01/ct.html


                                                                                          By Jorge Machicado



9. CONTRATO                                                                                           DE
 TRABAJO
9.1 ¿Contrato O Relación de trabajo?


S
    i estamos de acuerdo con el concepto civilista del contrato: éste es un acuerdo de
    voluntades generador de obligaciones, veremos que en el llamado Contrato De Tra-
    bajo existe una injusticia, porque ambos contratantes no son iguales, hay una dife-
rencia esencial, uno es inmensamente rico económicamente y la otra parte no tiene nada
más que su fuerza de trabajo1. Es por esto que se rechaza el término de Contrato de Tra-
bajo, y más bien se acepta que entre ambos sólo hay una relación de trabajo. Aún otros
van más adelante llamando al Derecho del Trabajo como Derecho de la Relación del Tra-
bajo.




1
  Fuerza De Trabajo. Conjunto de capacidades físicas e intelectuales que el hombre pone en acción durante el proceso
de producción de bienes materiales. (NIKITIN, P., Economía Política, Medellín: Pepe, 3ra, 1973, pagina 61).



                                        Jorge Machicado, Contrato de Trabajo                                          4
compra venta hay traspaso del derecho de
Actualmente por la Teoría de la Necesidad
                                                                  propiedad, cosa que no se da, si así fuera
y la Teoría del Riesgo ya no se puede con-
                                                                  se volvería servidumbre, a la esclavitud.
siderar como contrato de trabajo, sino sólo
                                                                  No hay enajenación de la fuerza de traba-
una Relación Laboral. En Derecho del Tra-
                                                                  jo.
bajo la autonomía de la voluntad2 aun exis-
te pero ya no es absoluta sino sólo relativa.                     El contrato de trabajo es una sociedad
                                                                  entre el empleador y el trabajador. La
9.2 Concepto                                                      cuota parte del trabajador es su fuerza de
                                                                  trabajo. Es rechazado porque en esta so-
Contrato De Trabajo. Es una convención
                                                                  ciedad una de sus asociados no recibe
por el cual una persona llamada trabajador
                                                                  parte del lucro, sino sólo un salario.
(obrero y empleado) se obliga a poner su
actividad profesional al servicio de otra                         El contrato de trabajo es un mandato. No
persona llamada empleador y a trabajar                            es así porque no siempre hacen lo que
bajo la subordinación y dependencia de                            dice el mandante.
este, mediando una remuneración denomi-
nada salario3. La convención es el género,                        9.4 Antecedentes históricos
el contrato, la especie.
                                                                  El contrato de trabajo tiene origen en dos
                                                                  instituciones romanas: la Locatio conductio
9.3 Naturaleza. Teorías                                           operis y la Locatio Conductio Operarum
El contrato de trabajo es un arrendamien-                         La Locatio conductio operis o Arrenda-
to. El trabajador entrega su fuerza de tra-                       miento o Locación de Obras tiene origen
bajo para que el empleador lo aproveche.                          en el trabajo del artesano libre de Roma
Es rechazado porque en el arrendamiento                           que se conceptualiza como un contrato
existe desplazamiento de la cosa, y la                            consensual mediante el cual una de las
fuerza de trabajo no se desprende nunca                           partes es obligada a efectuar una obra
del trabajador.                                                   determinada, por encargo de otra, y ésta a
El contrato de trabajo es una compra ven-                         pagar un precio por ella.
ta. El trabajador vende su fuerza de trabajo                      La Locatio Conductio Operarum o Contrato
al empleador. Es rechazado porque no hay                          de Arrendamiento de Servicios tiene su
un precio sino un salario, además en la                           origen en la esclavitud de Roma y consistía
                                                                  en el alquiler del esclavo para que realice
2
   Autonomía de la voluntad absoluta. Potestad que                algún servicio a otra persona que pagaba
tienen los individuos para regular sus derechos y obliga-         un canon al amo, por eso se conceptualiza
ciones mediante el ejercicio de su libre albedrío, repre-
sentada en convenciones o contratos que los obliguen
                                                                  a la Locatio Conductio Operarum como un
como la ley misma y siempre que lo pactando no sea                contrato consensual que tiene lugar cuan-
contrario a la ley, a la moral, al orden publico o a las          do una de las partes se obliga a prestar un
buenas costumbres.                                                servicio y la otra a pagarle por éste un
3
  Salario. (Del latín salarium, pago simbólico en moldes
                                                                  precio en dinero.
de sal por el amo al servicio doméstico) Remuneración
que percibe el empleado o trabajador (obrero) en dinero,
en pago a su trabajo, incluyendo en esta denominación las         9.5 Características
comisiones y participación en los beneficios, cuando estos
envisten carácter permanente (DR, 39). Todo servicio              Subordinación. El trabajador acata las
dependiente debe ser remunerado (CPE, 5) en dinero y no           instrucciones del empleador durante la
en especie. Las remuneraciones pueden por Hora (EUA),             vigencia del contrato.
por Día (jornal), por Semana, por Mes (sueldo), por reali-
zación de Obra; o seguir las costumbres como ser la apar-
cería, el apartido (entregar la mitad de la reproducción del      Dependencia. Existe un vínculo entre em-
ganado o de una cosecha). La diferencia del salario con el        pleador y empleado que determina que la
sueldo está, en que el sueldo se paga por mes, en el salario      economía de éste último se encuentre su-
no interesa; puede pagarse incluso por semana, 15 días,
etc.



                                           Jorge Machicado, Contrato de Trabajo                            5
jeta al ejercicio de los derechos y cumpli-                •     Personal. La labor a ser desarro-
miento de obligaciones bilaterales. .                            llada por el empleado es indelega-
                                                                 ble “intuito personae”.
Exclusividad. El trabajador en forma ex-
clusiva prestará su fuerza de trabajo en              9.7 Eficacia Jurídica
favor del empleador, no debiendo mante-
                                                      El contrato de trabajo requiere para alcan-
ner relación laboral alguna con otro em-
                                                      zar eficacia jurídica, debe ser refrendado4
pleador.
                                                      por la autoridad del trabajo o la administra-
                                                      tiva, en defecto de aquella (LGT, 22; DR,
Onerosidad. La relación laboral tiene co-
                                                      14, 84).
mo objeto para el empleador el cumpli-
miento de una obligación y para el em-                El contrato de trabajo celebrado por escri-
pleado la remuneración.                               to, requiere para alcanzar eficacia jurídica,
                                                      ser refrendado por el inspector del Trabajo,
9.6 Validez Jurídica                                  o en su defecto, por la autoridad adminis-
                                                      trativa superior del lugar (DR, 14).
Para la validez jurídica de los contratos
debe tener en cuenta los siguientes requi-
sitos:                                                9.8 Forma
                                                      El contrato individual de trabajo deberá
   •   Capacidad. Que es la aptitud legal
                                                      contener las siguientes estipulaciones
       para adquirir derechos y contraer
                                                      (SANDOVAL R., Isaac et. al., Legislación Del
       obligaciones, que se la adquiere a
                                                      Trabajo, Ley General Del Trabajo, Decreto
       los 18 años. La relativa a los 14
                                                      Reglamentario De La LGT, Código Proce-
       años.
                                                      sa De Trabajo, La Paz: MundyColor, 1992,
   •   Consentimiento. Las partes mani-               paginas 30-66):
       fiestan externamente la formaliza-                  1. Nombres y apellidos y razón social
       ción de un acuerdo. Es la concilia-                    del contratante.
       ción recíproca de dos voluntades
       opuestas sobre un objeto de interés                 1. Edad, nacionalidad, estado civil y
       jurídico.                                              domicilio del trabajador.
                                                           2. Naturaleza del servicio y el lugar
   •   Objeto cierto. Se determina el mo-
                                                              donde será prestado.
       tivo del contrato, debiendo ésta ser
       factible de realizarse. Para el em-                 3. Determinación de si el trabajo o
       pleador el trabajo mismo, para el                      servicio se efectuará por unidad de
       trabajador el salario.                                 tiempo por obra, por tarea o a des-
                                                              tajo, por dos o más de estos siste-
   •   Causa lícita. Que la voluntad de                       mas.
       las partes expresada en el contrato,
       se sujete a las buenas costumbres,                  4. Monto. forma y período de pago de
       el derecho y la moral. Motivo que                      la remuneración acordada.
       induce a contratar, siempre debe                    5. Plazo de contrato.
       ser lícita Lo que es objeto para el                 6. Lugar y fecha del contrato inscrip-
       empleador es causa para el traba-                      ción de sus herederos, con indica-
       jador, y viceversa.                                    ción de nombre edad, para los efec-
   •   Forma. Que el contrato se ajuste y                     tos de las disposiciones concernien-
       respete las normas y acuerdos de
       facción del contrato y lo establecido
       entre las partes intervinientes (es-           4
                                                       Refrendar. Autorizar un despacho u otro do-
       critos, verbales o tácitos).                   cumento por medio de la firma de persona hábil
                                                      para ello.


                               Jorge Machicado, Contrato de Trabajo                               6
tes a la reparación de los riesgos                     9.10.1      Contrato                  de      trabajo
         profesionales.                                               indefinido
Los contratos de trabajo se suscribirán en                      Contrato de trabajo indefinido. Modali-
papel común, quedando exentos del uso                           dad del contrato de trabajo y consiste en
de timbres, por tratarse de actos de servi-                     una prestación laboral de tracto sucesivo
cio social (DR, 15) y a la expiración de                        pero puede extinguirse por mutuo consen-
todo contrato y solicitud verbal del trabaja-                   timiento de las partes o voluntad unilateral
dor, el patrono le otorgará en papel común,                     de una de las partes siempre bajo la forma-
un certificado que exprese(DR, 16):                             lidad del preaviso6.
    1. la fecha de ingreso,
    2. la de salida,                                            Significa que el trabajador no podrá ser
    3. la clase de trabajo ejecutado,                           removido de su empleo. Este contrato de
    4. la causa del retiro,                                     tiempo indefinido es la modalidad más co-
    5. la conducta observada.                                   rriente en la industria y consiste en que se
                                                                cumple todos días (de tractus sucesivo),
                                                                pero puede terminar en cualquier momen-
9.9 Terminación del Contrato                                    to, por:
    de Trabajo                                                      • mutuo consentimiento, o
El contrato se rompe por inasistencia o el                          • voluntad unilateral, este último debe
abandono injustificado del trabajo cuando                                cumplir con la formalidad del pre-
excedan de seis días hábiles seguidos (Art.                              aviso, si no hay tal de proporciona
7 Ley de 21 de diciembre de 1948; Art. 6                                 una indemnización7 a la parte per-
DS 1592 de 19 abril 1949; Art. 25 DS 3691                                judicada.
de 3 abril 1954) excepto cuando ocurran
las siguientes situaciones:                                     9.10.2     Contrato De Trabajo
    • Periodos de enfermedad.                                         Por Tiempo Determinado
    • Vacaciones Anuales.                                       Contrato De Trabajo Por Tiempo Deter-
    • Períodos de descanso pre-post na-                         minado. Modalidad del contrato de trabajo
        tal.
    • Licencias concedidas por el patrón
                                                                plazo o término (evento futuro cierto de cuya llegada
    • Interrupciones originadas por cau-                        depende el ejercicio o extinción de un derecho) y el modo
        sas ajenas a la voluntad del traba-                     (CC, 507). Sus características son: Expresos. No se pre-
        jador.                                                  sumen, debe estar establecido por las partes o por la ley.
    • Servicio militar                                          Excepcionales. Por regla los efectos son inmediatos. Acci-
                                                                dentales. Porque un acto jurídico, este con o sin modalida-
    • Tiempo que dura la suspensión de                          des surte efectos. Por eso los autores modernos lo denomi-
        labores por lock out (Cierre de fa-                     nan elementos accidentales de los actos jurídicos.
                                                                6
        brica por el empleador, en es si una                       Preaviso. Comunicación que hace el trabajador o el
        huelga empresarial) o huelga legal.                     patrón para romper la relación laboral o rescindir un
                                                                contrato de trabajo, a fin de que el empleador pueda
    • Cualquier suspensión autorizada                           buscar otro reemplazante o el trabajador pueda ir bus-
        por Ley.                                                cando otro empleo. El preaviso de retiro para obreros y
                                                                empleados será de 90 días después de 3 meses de trabajo
                                                                ininterrumpido (LGT, 12; Modificado por el DS 6813 de 3
9.10 Modalidades                                                julio 1964). Si el retiro del trabajador se hace sin los 90
Un Contrato de trabajo también puede                            días de preaviso el patrono deberá pagar 3 meses de de-
estar supeditado a las Modalidades de los                       sahucio. Desahucio. Compensación en dinero al trabaja-
                                                                dor por despido intempestivo y que consiste en una suma
Actos jurídicos5.                                               pagable de 3 meses de sueldo por el perjuicio de quedar
                                                                sin trabajo, búsqueda de otro empleo y la incertidumbre
5
  Modalidades De Los Actos Jurídicos. Modificaciones            de ya no poder encontrar otro.
                                                                7
introducidas por ley o por las partes del acto jurídico, a        Indemnización. Derecho de orden público que se tradu-
los efectos inmediatos del acto jurídico. Y son de tres         ce en una compensación económica al trabajador por el
clases: condición (evento futuro incierto de cuya realiza-      desgaste físico e intelectual que realizó a favor del em-
ción depende el nacimiento o extinción de un derecho),          pleador durante la ejecución de sus labores.



                                         Jorge Machicado, Contrato de Trabajo                                            7
en virtud del cual trabajador debe concluir                     Artículo 9 DR. No habrá lugar a desahucio ni indemniza-
el trabajo en un tiempo determinado y con-                      ción cuando exista una de las siguientes causales:
                                                                     a) Perjuicio material causado con intención en las
cluye con el vencimiento del plazo estipu-                               máquinas, productos o mercaderías.
lado en el contrato. Su origen esta en la                            b) Revelación de secretos industriales.
locatio operis o Arrendamiento de Obra.                              c) Omisiones o imprudencias que afectan ala
                                                                         higiene y seguridad industrial.
En estos contratos no hay periodo de                                 d) Inasistencia injustificada de más de tres días
prueba, es mas estos contratos se los                                    consecutivos o más de seis en el curso de un
pacta después de este periodo tampoco                                    mes.
                                                                     e) Incumplimiento total o parcial del contrato de
hay preaviso.                                                            trabajo o del Reglamento Interno de la empresa.
Si el empleador rompe antes de tiempo,                               f) Retiro voluntario del trabajador, antes de los
                                                                         términos fijados en el artículo 13 de la LGT o en
(ante tempus) y es injustificada, paga el                                el contrato.
desahucio, si es justificada no paga (LGT,                           g) Abuso de confianza, robo o hurto por el trabaja-
16; DR, 9). El trabajador también puede                                  dor.
romper el contrato apoyándose en alguna                              h) Vías de hecho, injurias, o conducta inmoral en el
                                                                         trabajo.
de las causales de terminación del contrato
                                                                     i) Abandono en masa del trabajo, siempre que los
de trabajo (LGT, 16).                                                    trabajadores no obedecieran a la intimación de la
Artículo 16 LGT.- No habrá lugar a desahucio ni indem-                   autoridad competente.
nización cuando exista una de las siguientes causales:          Concordado con:
     a) Perjuicio material causado con Intención en los            ⎯ Artículo 16 LGT.
          instrumentos de trabajo.                                 ⎯ Ley de 21 de diciembre de 1948, DR.
     b) Revelación de secretos industriales,
                                                                       19 de abril de 1949
     c) Omisiones o imprudencias que afecten a la segu-
          ridad o higiene Industrial,                              ⎯ Ley de 23 de noviembre de 1944
     d) Inasistencia injustificada de más de tres días, e          ⎯ DL de 6 de junio de 1951
          incumplimiento total o parcial del convenio,             ⎯ DS de 9 de marzo de 1937
     e) Retiro voluntario del trabajador,
     f) Robo hurto por el trabajador.
Concordado con:
   ⎯ De la suspensión de los efectos de los                     9.10.3     Contrato De Trabajo
       contratos de trabajo: DS 1592 de 19                            Por Realización De Obra O
       abril 1949, reglamentario de la ley de                         Servicio
       21 diciembre 1948.
   ⎯ Ampliación a los períodos de ejercicio                     Si hay subordinación y dependencia se
       sindical y cesantía por causas político-                 adscribe al Contrato de Trabajo por tiempo
       sindicales: DS 17286 de 18 de marzo                      determinado, si no hay dependencia ni
       de 1980.                                                 subordinación estamos frente a un Contra-
   ⎯ Aclaración de la antigüedad durante la                     to de Locación de Obra o Servicio, pero de
       cesantía: RM 255/80 de 21 de abril de                    carácter civil y regido por normas del Códi-
       1980.                                                    go Civil (Contrato de Obra: CC, 732 - 749).
   ⎯ Derogatoria de los incisos d) y f) del
       Art. 16 de la LGT: Ley de 23 de no-
       viembre de 1944.
                                                                9.10.4             Contrato colectivo
   ⎯ Despido masivo por abandono del tra-                       Contrato colectivo. Convenio entre uno o
       bajo: DL. 2565 de 6 de junio de 1951.                    más patronos y un sindicato, federación o
   ⎯ Retiro indirecto por rebaja de sueldos:                    confederación sindicatos de trabajadores,
       DS de 9 de marzo de 1937.                                con el objeto de determinar condiciones
   ⎯ Despido previo proceso administrativo                      generales bajo o de reglamento (DR, 17;
       para trabajadores de bancos: DL de 24                    “Normas de contrato colectivo de trabajo”
       de mayo de 1937.                                         véase DS 05051 de 1 octubre 1958; “finali-
   ⎯ Resolución de la Superintendencia de                       zación del contrato colectivo de trabajo”,
       Bancos reglamentaria del DL de 24 de                     véase ley de 13 diciembre 1956).
       mayo de 1937: Resolución de 1 de ju-
       nio de 1955.                                             El contrato colectivo no sólo obliga a quie-
                                                                nes lo celebrado, sino a los obreros que


                                         Jorge Machicado, Contrato de Trabajo                                           8
después se adhieran a él por escrito, y a              9.11.2              Obligación              del       em-
quienes posteriormente ingresan al sindi-              pleador
cato contratante (LGT, 23)
                                                       El empleador está obligado a conceder al
El patrono que emplee trabajadores afilia-             aprendiz las horas necesarias para su con-
dos a asociaciones de trabajadores estará              currencia a la escuela. En caso de acci-
obligado a celebrar con ellas contratos de             dente o enfermedad del aprendiz dará avi-
trabajo cuando lo soliciten (LGT, 27; DR,              so a sus representantes legales, sin perjui-
17, 18, 19, 20; DS. 05051; Ley 13 diciem-              cio de prestarle las primeras atenciones
bre 1956 Art. 13).                                     médicas (LGT, 30, DR, 21 y 22).
El contrato colectivo de trabajo deberá ser            Todo contrato de aprendizaje deberá ser
obligatoriamente celebrado por escrito y               refrendado por el Inspector de Trabajo, en
registrado ante el Inspector de Trabajo                el que también intervendrá a su conclusión
(DR, 18).                                              para examinar su cumplimiento (DR, 21).
Sólo los sindicatos federaciones o confede-            Todo contrato de aprendizaje consignará
raciones sindicatos de trabajadores con                bajo la responsabilidad del patrono, el
personería jurídica reconocida por el Su-              cumplimiento del primer período del Artícu-
premo Gobierno, organizados de acuerdo                 lo 30 de la Ley sobre asistencia escolar, en
a la Ley General del Trabajo y a su regla-             caso de incumplimiento del patrono se le
mento podrán suscribir validamente contra-             condenará al pago de salarios por todo el
tos colectivos (DR, 19).                               tiempo que duró la prestación del servicio
La representación de todo sindicato, fede-             del aprendiz (DR, 22; LGT, 28, 29, 30;
ración o confederación de sindicatos de                Código del Menor, 216, 217, 218, 219, 220
trabajadores será ejercida conforme a sus              y 221).
estatutos (LGT, 23, 24, 25, 26 27; DS de 1
Noviembre 1958; Ley de 13 diciembre                    9.12 Perfeccionamiento Técnico
1956).                                                      De Trabajadores
                                                       Las empresas que tengan más de 500 tra-
9.11 Contrato De Aprendizaje                           bajadores, subvendrán los gastos para que
Contrato de aprendizaje. Aquel en virtud               un trabajador o el hijo de un trabajador,
del cual el patrono se obliga a enseñar                siga estudios de perfeccionamiento técnico
prácticamente, por sí o por otro, un oficio o          en centros de enseñanza nacionales o
industria, utilizando el trabajo del que               extranjeros. El beneficiado deberá ser boli-
aprende, con o sin retribución, y por tiempo           viano y podrá ser escogido por el patrono o
fijo que no podrá exceder de dos años. Se              a indicación del sindicato. La pensión se
comprende el aprendizaje del comercio y                suspenderá por conclusión de los estudios
de las faenas que utilicen motores mecáni-             o reprobación en exámenes. En ambos
cos (LGT, 28)                                          casos el patrono deberá subvencionar a
                                                       otro trabajador (LGT, 78).
9.11.1        Forma                                    Mas normativa jurídica acerca este acápite
El contrato de aprendizaje se celebrará por            del contrato de aprendizaje puede encon-
escrito. En él sólo se presume la mutua                trarse en:
prestación de servicios; la remuneración y             http://www.cinterfor.org.uy/public/spanish/region/ampro/cint
                                                       erfor/temas/dialogo/relabyfp/legisl/i.htm
demás modalidades del contrato se estipu-
larán expresamente (LGT, 29).
                                                       9.13 Contrato De Enganche
                                                       Contrato de enganche. Aquel que tiene
                                                       por objeto la contratación de trabajadores,
                                                       por persona distinta del patrono, para las



                                Jorge Machicado, Contrato de Trabajo                                              9
faenas que generalmente deben cumplirse               9.15 Normas Sobre Contratos
lejos de su residencia habitual. (LGT, 31).
                                                      El contrato en materia civil siempre es es-
Esa persona distinta solo puede ser el Es-            crito si la cuantía es mayor a Bs. 200. En
tado. Se prohíbe a los intermediarios (DS             materia laboral se acepta el contrato oral
288 de 4 abril 1945 Art. 3) a no ser que              por razones de analfabetismo, es más fre-
estos intermediarios estén autorizados por            cuente que el contrato escrito. Por eso se
el Estado (DR, 23).                                   aplica el Principio in dubio pro operario8 y
                                                      el Principio de la Inversión de la Prueba.
Si se contrata en un lugar distinto al de la
residencia del trabajador, el patrono sufra-
gará los gastos razonables de viaje y reto-           9.16 Interpretación
mo (LGT, 9; DS 2340 de 11 enero 1951).                La interpretación se refiere al uso de los
                                                      dos principios: el Principio in dubio pro
Antecedentes: Ley De Enganche. Ley De                 operario, significa que el juez debe aplicar
Enganche (16 noviembre 1896). Con el                  toda la normativa que sea favorable al tra-
auge de la explotación del caucho en el               bajador. Y el Principio De La Inversión De
noreste boliviano se había contratado tra-            La Prueba, significa que el empleador el
bajadores sin la garantía de retorno. Razón           indicado para probar que el trabajador ac-
por la que se dicta esta ley. Establece:              tuó con culpa o dolo y por esta razón ser
    • Pulpería                                        suspendido de su empleo. El trabajador no
    • Salario justo, y obligación de man-             tiene que probar nada.
        dar una porcentaje a la familia del
        trabajador.                                   9.17 Estabilidad laboral
    • Garantía del retorno.                           El Decreto Supremo 21060 en su Art. 55
    • No adelanto de sueldo. Este era el              omite esta disposición. “Las empresas y
        mecanismo para endeudar al traba-             entidades del sector público y privado po-
        jador, por lo que no podía volver             drán libremente convenir o rescindir contra-
        donde su familia.                             tos de trabajo con estricta sujeción a la Ley
                                                      General del Trabajo y su Decreto Regla-
9.14 Situación Del Menor Y La                         mentario. Se abrogan los Decretos Supre-
     Mujer                                            mos 7072 de 23 de Febrero de 1965, 9190
                                                      de 23 de Abril de 1970, 17289 de 18 de
En Derecho Laboral el vocablo menor se
                                                      Marzo de 1980 y Decreto Ley 17610 de 17
refiere al que está entre los 14 a 18 años.
                                                      de Septiembre de 1980.”(Art. 55º. “Titulo III
La edad mínima fue fijada en la 1ª Confe-
                                                      Del Régimen Social, Capitulo I Del Empleo
rencia del Trabajo de 1919. Puede trabajar
                                                      y De La Relocalizacion”).
pero bajo autorización de sus padres o
institución que lo tiene a su cargo.
                                                      9.18 Contrato Con Residencia
La mujer antes de la Reforma Constitucio-
nal del 30 de octubre de 1938 era una in-
                                                           Distinta
capaz relativa (menor, casada). Luego con             Si se contrata en un lugar distinto al de la
la reforma por el Principio de la Igualdad            residencia del trabajador, el patrono sufra-
Jurídica puede contratar en materia labo-             gará los gastos razonables de viaje y reto-
ral.                                                  mo (LGT, 9; DS 2340 de 11 enero 1951).
Para la protección se establecen normas               8
como: la mujer no podrá trabajar en luga-               Principio in dubio pro operario (‘en caso de duda
                                                      apóyese al trabajador’) Valoración de lo justo por una
res insalubres, no puede realizar trabajos            sociedad que en caso de duda en cuanto a al sentido y
nocturnos, su jornada laboral no excederá             alcance de todas las normas jurídicas aplicables a las
las 7 horas diarias y 40 semanales.                   relaciones de trabajo y de seguridad deben ser interpreta-
                                                      das en la forma que resulte más beneficiosa para el traba-
                                                      jador o beneficiarios.



                               Jorge Machicado, Contrato de Trabajo                                         10
9.19 Sustitución De Patronos                            No están permitidos más de dos contratos
                                                        plazo fijo, tampoco están permitidos con-
La sustitución de patronos no afecta la
                                                        tratos a plazos en tareas propias perma-
validez de los contratos existentes, el susti-
                                                        nentes de la empresa. En caso de eviden-
tuido será responsable hasta los 6 meses
                                                        ciarse la infracción de prohibiciones por el
después de la transferencia, a no ser que
                                                        empleador, se dispondrá que el contrato a
el anterior ya haya indemnizado por el
                                                        plazo fijo convierta en contrato de tiempo
tiempo anterior trabajado (LGT, 11; D.S.
                                                        indefinido (DL 16187, Art. 2; Resolución
1592 de 19 abril 1949 Art. 8).
                                                        Ministerial 193/72 de 15 mayo 1972)
“En caso de substitución de patronos si el
                                                        Las indemnizaciones por tiempo de paga-
transferente indemniza el trabajador por el
                                                        dos por terminación de contrato suscrito a
tiempo que estuvo a su servicio, el cómpu-
                                                        plazo fijo para ocupaciones permanentes,
to de la antigüedad con relación al sucesor
                                                        se reputarán como anticipo de liquidación
hará desde el día siguiente al último cu-
                                                        final, siempre que hubiera discontinuidad
bierto por la indemnización sin considerar
                                                        alguna entre uno y otro contrato, conside-
período de prueba alguno. En el caso con-
                                                        rándose c fecha original la de la primera
trario, el trabajador conservará la antigüe-
                                                        contratación (DL 16187, Art. 4)-
dad ganada al servicio del anterior patro-
no.”(D.S. 1592 de 19 abril 1949 Art. 8).
                                                        9.19.3     Contrato    Renovable
9.19.1         Tiempo Del Contrato                            Por Una Sola Vez
El contrato podrá pactarse por (LGT, 12):               La R.M. Nº 283 del 13 de junio de 1962
    a) tiempo indefinido,                               dice: El contrato de trabajo pacta esen-
    b) cierto tiempo,                                   cialmente por tiempo indefinido. Sin em-
    c) o realización de obra o servicio.                bargo, podrá ser limitado en su duración si
                                                        así lo impone la naturaleza misma de la
“El contrato de trabajo puede celebrarse en             obra a ejecutarse o del servicio a prestar-
forma oral o escrita por tiempo indefinido o,           se. En este caso el contrato deberá ser
a plazo fijo, por temporada por realización             forzosa t imprescindiblemente suscrito en
de obra o servicio, condicional o eventual.”            forma escrita y su duración no excederá de
(Decreto ley 16187 de 16 febrero 1979 Art.              un año; podrá ser renovado por una sola
1).                                                     vez, siempre que el empleador ante la au-
Estas disposiciones han sido modificadas                toridad administrativa competente la nece-
por el Art. 55 del D.S. 21060 que determina             sidad absoluta de renovación que en nin-
la libre contratación. Dice: “Las empresas y            gún caso se extenderán por más de un
entidades del sector público y privado po-              año. Si vencido el término estipulado sub-
drán libremente convenir o rescindir contra-            sisten las actividades para las que el traba-
tos de trabajo”.                                        jador contratado, se operará la tácita re-
                                                        conducción del contrato por tiempo indefi-
9.19.2    Contrato A Plazo No                           nido.
      Renovable                                         La R.M. 193/72 de 15 de mayo de 1972
 “El contrato de trabajo puede celebrarse               dice:
en forma oral o escrita por tiempo indefini-                 a) Los contratos de trabajo pactados
do o, a plazo fijo, por temporada por reali-                    sucesivamente por un- lapso menor
zación de obra o servicio, condicional o                        al término de prueba o por plazos fi-
eventual.” (Decreto ley 16187 de 16 febre-                      jos que sean renovados periódica-
ro 1979 Art. 1).                                                mente; adquirirán la calidad de con-
A falta de estipulación escrita se presume                      tratos a plazo indefinido a partir de
que es por tiempo indefinido salvo prueba                       la segunda contratación y siempre
en contrario.


                                 Jorge Machicado, Contrato de Trabajo                             11
que se trate de realización de labo-            en el contrato inicial. Si la tácita reconduc-
       res propias del giro de la empresa.             ción se da por 2 veces se convierte en
                                                       Contrato de Trabajo a Plazo Indefinido.
   b) A excepción de los trabajadores por
      temporada que necesariamente                     En los contratos a plazo fijo se entenderá
      quedan cesantes durante cierto                   existir reconducción si el trabajador conti-
      tiempo del año, caso en el que de-               núa sirviendo vencido el término del con-
      berá preferirse la recontratación de             venio (LGT, 21)
      los trabajadores que prestaron sus
      servicios anteriormente.                         9.24 Periodo De Prueba
Últimamente se hizo una práctica del con-              Periodo De Prueba. Demostración de ido-
trato a plazo fijo para evitar el pago de be-          neidad, capacidad y calidad para desem-
neficios sociales, en virtud a ello es que la          peñar su trabajo para el conocimiento del
Ley dispone: “Que si se evidencian más de              empleador durante un término de 89 días.
dos contratos consecutivos, se considera
                                                       Se lo elimina en 1980 en razón a que la
que el contrato es indefinido y por este tipo
                                                       capacidad e idoneidad se lo prueba con el
de contratos se deben pagar beneficios
                                                       título de la profesión. Pero es repuesto por
sociales seguros y otros.”
                                                       el DS 21060..
9.20 Prueba del Contrato De                            9.25 Estabilidad en el Empleo
     Trabajo                                           La estabilidad en el empleo garantiza el
La prueba es el documento escrito del                  planeamiento de la vida futura. La estabili-
contrato de trabajo, lo tiene que demostrar            dad se pierde con el DS 21060-
el empleador, se sigue el Principio de la
Inversión de la Prueba. Si es oral puede               9.26 Efectos del DS 21060 en el
demostrar por todos los medios de prueba,
testifical, pericial, etc.                                  contrato de trabajo
                                                       Sus efectos son:
9.21 Función de la Inspectoría                            1. Desaparecen los Contratos por
                                                              tiempo indefinido.
     De Trabajo                                           2. Desaparece la estabilidad laboral.
Su función es fiscalizar la relación obrero               3. Implanta la libre contratación.
patronal y en lo referente al finiquito se                4. Aumenta la productividad de las fá-
encarga de darle el visto bueno al mismo.                     bricas.
Esta Inspectoría es parte de El Ministerio                5. Se incrementa el trabajo a destajo.
de Trabajo y Desarrollo Laboral.                          6. Trabajo por obra en domicilio. (con
                                                              el consiguiente ahorro de energía
9.22 Certificado De Trabajo                                   para el empleador).
Documento que establece la idoneidad y                    7. Desaparecen las bonificaciones.
profesionalidad del trabajador y que por
ley debe entregar el empleador y que tiene             9.27 Obligaciones Del Emplea-
la finalidad de acreditar esa idoneidad para               dor
la búsqueda de un nuevo empleo.
                                                       Son efectos del contrato de trabajo:
                                                          1. Dar ocupación plena al trabajador.
9.23 La Tácita Reconducción                               2. Salario justo por sus servicios. De-
Tácita reconducción. Repetición del con-                      be permitir alimentación adecuada.
trato pactado. Opera cuando vencido el                    3. Mantener las maquinas en perfecto
plazo del trabajador continúa prestando                       estado de funcionamiento.
servicios, e implica la renovación del con-
trato por un plazo igual que al estipulado


                                Jorge Machicado, Contrato de Trabajo                              12
4. Respetar la jornada laboral. Las                      14. Las fábricas de los rubros de vinos
    horas extraordinarias deben ser                          y alcoholes no pueden dar cupos a
    remuneradas.                                             sus trabajadores. Los subsidios en
5. Proveer Certificado de Buena Con-                         especie son permitidos cuando la
    ducta.                                                   pobreza le lleva a comprar otra co-
6. Proveer Posta Sanitaria.                                  sa al requerido. Por ejemplo se da
7. Cumplir con las indemnizaciones.                          subsidio de leche porque si se le
8. Permitir que el trabajador cumpla                         daría en dinero el trabajador com-
    con responsabilidades familiares en                      praría otra cosa, no leche. Además
    caso de enfermedad de alguno de                          un subsidio no es parte de un sala-
    los suyos.                                               rio, ya que su leif motiv es dar ali-
9. Trato cordial hacia el trabajador.                        mento al lactante.
10. No aceptar padrinazgos. Esto crea
    relación de preferencia. La LGT es              9.28 Derechos Y Obligaciones
    el marco de las relaciones entre
    ambos.
                                                         Del Trabajador
11. Utilizar el idioma de la mayoría de             Entre sus Derechos están:
    los trabajadores. (Esta ya desecha-                1. Vacación pagada, descanso domi-
    da).                                                   nical para reponer energías.
12. No acosar sexualmente al trabaja-                  2. Jornada laboral de solo 8 horas.
    dor.                                               3. Derecho a la libre asociación profe-
13. No vender productos que produce                        sional(CPE, 7).
    la fabrica a los trabajadores. Ya que              4. Derecho a no ser acosado sexual-
    con esto se ata al trabajador, lo lle-                 mente.
    va a endeudarse, además no recibe                  5. Entre sus Obligaciones están:
    el salario en dinero. Disminuye el                 6. Preservar el capital.
    salario, ya que el producto es ven-                7. Respeto al empleador.
    dido en el mercado a precios más                   8. No asistir al trabajo en estado de
    bajos que al trabajador. Se prohíbe                    embriaguez o drogado.
    totalmente el pago en especie.                     9. Ejercer sus funciones a cabalidad.
                                                       10. Respeto al contrato de trabajo.




                             Jorge Machicado, Contrato de Trabajo                              13

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  • 1. UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO XAVIER - FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS 2010 Jorge Machicado TRABAJO CONTRATO DE
  • 2. TABLA DE CONTENIDOS 9. CONTRATO DE TRABAJO ......... 4 9.15 Normas Sobre Contratos ................. 10 9.1 ¿Contrato O Relación de trabajo?... 4 9.16 Interpretación................................... 10 9.2 Concepto ........................................... 5 9.17 Estabilidad laboral ........................... 10 9.3 Naturaleza. Teorías ............................ 5 9.18 Contrato Con Residencia Distinta .. 10 9.4 Antecedentes históricos ................... 5 9.19 Sustitución De Patronos ................... 11 9.5 Características................................... 5 9.19.1 Tiempo Del Contrato................ 11 9.19.2 Contrato A Plazo No Renovable 9.6 Validez Jurídica ................................. 6 ..................................................... 11 9.7 Eficacia Jurídica ................................ 6 9.19.3 Contrato Renovable Por Una Sola Vez ...................................... 11 9.8 Forma.................................................. 6 9.20 Prueba del Contrato De Trabajo..... 12 9.9 Terminación del Contrato de Trabajo 7 9.21 Función de la Inspectoría De Trabajo 12 9.10 Modalidades ...................................... 7 9.10.1 Contrato de trabajo indefinido 7 9.22 Certificado De Trabajo .................... 12 9.10.2 Contrato De Trabajo Por Tiempo 9.23 La Tácita Reconducción ................. 12 Determinado................................ 7 9.10.3 Contrato De Trabajo Por 9.24 Periodo De Prueba........................... 12 Realización De Obra O Servicio 8 9.25 Estabilidad en el Empleo................. 12 9.10.4 Contrato colectivo ..................... 8 9.26 Efectos del DS 21060 en el contrato 9.11 Contrato De Aprendizaje .................. 9 de trabajo .................................................... 12 9.11.1 Forma ............................................ 9 9.11.2 Obligación del empleador........ 9 9.27 Obligaciones Del Empleador ......... 12 9.12 Perfeccionamiento Técnico De 9.28 Derechos Y Obligaciones Del Trabajadores.................................................. 9 Trabajador.................................................... 13 9.13 Contrato De Enganche ..................... 9 9.14 Situación Del Menor Y La Mujer...... 10 COMO CITAR MACHICADO, Jorge; Contrato de Trabajo, Sucre, Bolivia: USFX® Universidad San Francisco Xavier, 2010, http://jorgemachicado.blogspt.com/2010/01/ct.html Contrato de Trabajo. Modalidades Formato: 17 x 24 cm. Núm. de páginas: 13 Jorge Machicado, Contrato de Trabajo 2
  • 3. Deposito legal en la Biblioteca Nacional de Bolivia Nº 2010-16276 USFX® UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO XAVIER Autor: © JORGE MACHICADO Esta publicación no puede ser reproducida, ni en todo ni en parte, ni registrada en, o trasmitida por, un sistema de recupe- ración de información, en ninguna forma y por ningún medio, sea mecánico, fotoquímico, electrónico, magnético, electrop- tico, por fotocopia, o cualquier otro, sin el permiso previo por escrito de los editores. Any reproduction y/o diffusion, total or partial, for any means of this document is forbidden and will be punished by criminal law, except for the proprietor's previous written consent. Equipo técnico de edición: Diseño, Diagramación e Verónica Guzmán, Impresión: Ramiro Lizondo. Printed in Bolivia – Impreso en Bolivia Jorge Machicado, Contrato de Trabajo 3
  • 4. CONTRATO DE TRABAJO http://jorgemachicado.blogspt.com/2010/01/ct.html By Jorge Machicado 9. CONTRATO DE TRABAJO 9.1 ¿Contrato O Relación de trabajo? S i estamos de acuerdo con el concepto civilista del contrato: éste es un acuerdo de voluntades generador de obligaciones, veremos que en el llamado Contrato De Tra- bajo existe una injusticia, porque ambos contratantes no son iguales, hay una dife- rencia esencial, uno es inmensamente rico económicamente y la otra parte no tiene nada más que su fuerza de trabajo1. Es por esto que se rechaza el término de Contrato de Tra- bajo, y más bien se acepta que entre ambos sólo hay una relación de trabajo. Aún otros van más adelante llamando al Derecho del Trabajo como Derecho de la Relación del Tra- bajo. 1 Fuerza De Trabajo. Conjunto de capacidades físicas e intelectuales que el hombre pone en acción durante el proceso de producción de bienes materiales. (NIKITIN, P., Economía Política, Medellín: Pepe, 3ra, 1973, pagina 61). Jorge Machicado, Contrato de Trabajo 4
  • 5. compra venta hay traspaso del derecho de Actualmente por la Teoría de la Necesidad propiedad, cosa que no se da, si así fuera y la Teoría del Riesgo ya no se puede con- se volvería servidumbre, a la esclavitud. siderar como contrato de trabajo, sino sólo No hay enajenación de la fuerza de traba- una Relación Laboral. En Derecho del Tra- jo. bajo la autonomía de la voluntad2 aun exis- te pero ya no es absoluta sino sólo relativa. El contrato de trabajo es una sociedad entre el empleador y el trabajador. La 9.2 Concepto cuota parte del trabajador es su fuerza de trabajo. Es rechazado porque en esta so- Contrato De Trabajo. Es una convención ciedad una de sus asociados no recibe por el cual una persona llamada trabajador parte del lucro, sino sólo un salario. (obrero y empleado) se obliga a poner su actividad profesional al servicio de otra El contrato de trabajo es un mandato. No persona llamada empleador y a trabajar es así porque no siempre hacen lo que bajo la subordinación y dependencia de dice el mandante. este, mediando una remuneración denomi- nada salario3. La convención es el género, 9.4 Antecedentes históricos el contrato, la especie. El contrato de trabajo tiene origen en dos instituciones romanas: la Locatio conductio 9.3 Naturaleza. Teorías operis y la Locatio Conductio Operarum El contrato de trabajo es un arrendamien- La Locatio conductio operis o Arrenda- to. El trabajador entrega su fuerza de tra- miento o Locación de Obras tiene origen bajo para que el empleador lo aproveche. en el trabajo del artesano libre de Roma Es rechazado porque en el arrendamiento que se conceptualiza como un contrato existe desplazamiento de la cosa, y la consensual mediante el cual una de las fuerza de trabajo no se desprende nunca partes es obligada a efectuar una obra del trabajador. determinada, por encargo de otra, y ésta a El contrato de trabajo es una compra ven- pagar un precio por ella. ta. El trabajador vende su fuerza de trabajo La Locatio Conductio Operarum o Contrato al empleador. Es rechazado porque no hay de Arrendamiento de Servicios tiene su un precio sino un salario, además en la origen en la esclavitud de Roma y consistía en el alquiler del esclavo para que realice 2 Autonomía de la voluntad absoluta. Potestad que algún servicio a otra persona que pagaba tienen los individuos para regular sus derechos y obliga- un canon al amo, por eso se conceptualiza ciones mediante el ejercicio de su libre albedrío, repre- sentada en convenciones o contratos que los obliguen a la Locatio Conductio Operarum como un como la ley misma y siempre que lo pactando no sea contrato consensual que tiene lugar cuan- contrario a la ley, a la moral, al orden publico o a las do una de las partes se obliga a prestar un buenas costumbres. servicio y la otra a pagarle por éste un 3 Salario. (Del latín salarium, pago simbólico en moldes precio en dinero. de sal por el amo al servicio doméstico) Remuneración que percibe el empleado o trabajador (obrero) en dinero, en pago a su trabajo, incluyendo en esta denominación las 9.5 Características comisiones y participación en los beneficios, cuando estos envisten carácter permanente (DR, 39). Todo servicio Subordinación. El trabajador acata las dependiente debe ser remunerado (CPE, 5) en dinero y no instrucciones del empleador durante la en especie. Las remuneraciones pueden por Hora (EUA), vigencia del contrato. por Día (jornal), por Semana, por Mes (sueldo), por reali- zación de Obra; o seguir las costumbres como ser la apar- cería, el apartido (entregar la mitad de la reproducción del Dependencia. Existe un vínculo entre em- ganado o de una cosecha). La diferencia del salario con el pleador y empleado que determina que la sueldo está, en que el sueldo se paga por mes, en el salario economía de éste último se encuentre su- no interesa; puede pagarse incluso por semana, 15 días, etc. Jorge Machicado, Contrato de Trabajo 5
  • 6. jeta al ejercicio de los derechos y cumpli- • Personal. La labor a ser desarro- miento de obligaciones bilaterales. . llada por el empleado es indelega- ble “intuito personae”. Exclusividad. El trabajador en forma ex- clusiva prestará su fuerza de trabajo en 9.7 Eficacia Jurídica favor del empleador, no debiendo mante- El contrato de trabajo requiere para alcan- ner relación laboral alguna con otro em- zar eficacia jurídica, debe ser refrendado4 pleador. por la autoridad del trabajo o la administra- tiva, en defecto de aquella (LGT, 22; DR, Onerosidad. La relación laboral tiene co- 14, 84). mo objeto para el empleador el cumpli- miento de una obligación y para el em- El contrato de trabajo celebrado por escri- pleado la remuneración. to, requiere para alcanzar eficacia jurídica, ser refrendado por el inspector del Trabajo, 9.6 Validez Jurídica o en su defecto, por la autoridad adminis- trativa superior del lugar (DR, 14). Para la validez jurídica de los contratos debe tener en cuenta los siguientes requi- sitos: 9.8 Forma El contrato individual de trabajo deberá • Capacidad. Que es la aptitud legal contener las siguientes estipulaciones para adquirir derechos y contraer (SANDOVAL R., Isaac et. al., Legislación Del obligaciones, que se la adquiere a Trabajo, Ley General Del Trabajo, Decreto los 18 años. La relativa a los 14 Reglamentario De La LGT, Código Proce- años. sa De Trabajo, La Paz: MundyColor, 1992, • Consentimiento. Las partes mani- paginas 30-66): fiestan externamente la formaliza- 1. Nombres y apellidos y razón social ción de un acuerdo. Es la concilia- del contratante. ción recíproca de dos voluntades opuestas sobre un objeto de interés 1. Edad, nacionalidad, estado civil y jurídico. domicilio del trabajador. 2. Naturaleza del servicio y el lugar • Objeto cierto. Se determina el mo- donde será prestado. tivo del contrato, debiendo ésta ser factible de realizarse. Para el em- 3. Determinación de si el trabajo o pleador el trabajo mismo, para el servicio se efectuará por unidad de trabajador el salario. tiempo por obra, por tarea o a des- tajo, por dos o más de estos siste- • Causa lícita. Que la voluntad de mas. las partes expresada en el contrato, se sujete a las buenas costumbres, 4. Monto. forma y período de pago de el derecho y la moral. Motivo que la remuneración acordada. induce a contratar, siempre debe 5. Plazo de contrato. ser lícita Lo que es objeto para el 6. Lugar y fecha del contrato inscrip- empleador es causa para el traba- ción de sus herederos, con indica- jador, y viceversa. ción de nombre edad, para los efec- • Forma. Que el contrato se ajuste y tos de las disposiciones concernien- respete las normas y acuerdos de facción del contrato y lo establecido entre las partes intervinientes (es- 4 Refrendar. Autorizar un despacho u otro do- critos, verbales o tácitos). cumento por medio de la firma de persona hábil para ello. Jorge Machicado, Contrato de Trabajo 6
  • 7. tes a la reparación de los riesgos 9.10.1 Contrato de trabajo profesionales. indefinido Los contratos de trabajo se suscribirán en Contrato de trabajo indefinido. Modali- papel común, quedando exentos del uso dad del contrato de trabajo y consiste en de timbres, por tratarse de actos de servi- una prestación laboral de tracto sucesivo cio social (DR, 15) y a la expiración de pero puede extinguirse por mutuo consen- todo contrato y solicitud verbal del trabaja- timiento de las partes o voluntad unilateral dor, el patrono le otorgará en papel común, de una de las partes siempre bajo la forma- un certificado que exprese(DR, 16): lidad del preaviso6. 1. la fecha de ingreso, 2. la de salida, Significa que el trabajador no podrá ser 3. la clase de trabajo ejecutado, removido de su empleo. Este contrato de 4. la causa del retiro, tiempo indefinido es la modalidad más co- 5. la conducta observada. rriente en la industria y consiste en que se cumple todos días (de tractus sucesivo), pero puede terminar en cualquier momen- 9.9 Terminación del Contrato to, por: de Trabajo • mutuo consentimiento, o El contrato se rompe por inasistencia o el • voluntad unilateral, este último debe abandono injustificado del trabajo cuando cumplir con la formalidad del pre- excedan de seis días hábiles seguidos (Art. aviso, si no hay tal de proporciona 7 Ley de 21 de diciembre de 1948; Art. 6 una indemnización7 a la parte per- DS 1592 de 19 abril 1949; Art. 25 DS 3691 judicada. de 3 abril 1954) excepto cuando ocurran las siguientes situaciones: 9.10.2 Contrato De Trabajo • Periodos de enfermedad. Por Tiempo Determinado • Vacaciones Anuales. Contrato De Trabajo Por Tiempo Deter- • Períodos de descanso pre-post na- minado. Modalidad del contrato de trabajo tal. • Licencias concedidas por el patrón plazo o término (evento futuro cierto de cuya llegada • Interrupciones originadas por cau- depende el ejercicio o extinción de un derecho) y el modo sas ajenas a la voluntad del traba- (CC, 507). Sus características son: Expresos. No se pre- jador. sumen, debe estar establecido por las partes o por la ley. • Servicio militar Excepcionales. Por regla los efectos son inmediatos. Acci- dentales. Porque un acto jurídico, este con o sin modalida- • Tiempo que dura la suspensión de des surte efectos. Por eso los autores modernos lo denomi- labores por lock out (Cierre de fa- nan elementos accidentales de los actos jurídicos. 6 brica por el empleador, en es si una Preaviso. Comunicación que hace el trabajador o el huelga empresarial) o huelga legal. patrón para romper la relación laboral o rescindir un contrato de trabajo, a fin de que el empleador pueda • Cualquier suspensión autorizada buscar otro reemplazante o el trabajador pueda ir bus- por Ley. cando otro empleo. El preaviso de retiro para obreros y empleados será de 90 días después de 3 meses de trabajo ininterrumpido (LGT, 12; Modificado por el DS 6813 de 3 9.10 Modalidades julio 1964). Si el retiro del trabajador se hace sin los 90 Un Contrato de trabajo también puede días de preaviso el patrono deberá pagar 3 meses de de- estar supeditado a las Modalidades de los sahucio. Desahucio. Compensación en dinero al trabaja- dor por despido intempestivo y que consiste en una suma Actos jurídicos5. pagable de 3 meses de sueldo por el perjuicio de quedar sin trabajo, búsqueda de otro empleo y la incertidumbre 5 Modalidades De Los Actos Jurídicos. Modificaciones de ya no poder encontrar otro. 7 introducidas por ley o por las partes del acto jurídico, a Indemnización. Derecho de orden público que se tradu- los efectos inmediatos del acto jurídico. Y son de tres ce en una compensación económica al trabajador por el clases: condición (evento futuro incierto de cuya realiza- desgaste físico e intelectual que realizó a favor del em- ción depende el nacimiento o extinción de un derecho), pleador durante la ejecución de sus labores. Jorge Machicado, Contrato de Trabajo 7
  • 8. en virtud del cual trabajador debe concluir Artículo 9 DR. No habrá lugar a desahucio ni indemniza- el trabajo en un tiempo determinado y con- ción cuando exista una de las siguientes causales: a) Perjuicio material causado con intención en las cluye con el vencimiento del plazo estipu- máquinas, productos o mercaderías. lado en el contrato. Su origen esta en la b) Revelación de secretos industriales. locatio operis o Arrendamiento de Obra. c) Omisiones o imprudencias que afectan ala higiene y seguridad industrial. En estos contratos no hay periodo de d) Inasistencia injustificada de más de tres días prueba, es mas estos contratos se los consecutivos o más de seis en el curso de un pacta después de este periodo tampoco mes. e) Incumplimiento total o parcial del contrato de hay preaviso. trabajo o del Reglamento Interno de la empresa. Si el empleador rompe antes de tiempo, f) Retiro voluntario del trabajador, antes de los términos fijados en el artículo 13 de la LGT o en (ante tempus) y es injustificada, paga el el contrato. desahucio, si es justificada no paga (LGT, g) Abuso de confianza, robo o hurto por el trabaja- 16; DR, 9). El trabajador también puede dor. romper el contrato apoyándose en alguna h) Vías de hecho, injurias, o conducta inmoral en el trabajo. de las causales de terminación del contrato i) Abandono en masa del trabajo, siempre que los de trabajo (LGT, 16). trabajadores no obedecieran a la intimación de la Artículo 16 LGT.- No habrá lugar a desahucio ni indem- autoridad competente. nización cuando exista una de las siguientes causales: Concordado con: a) Perjuicio material causado con Intención en los ⎯ Artículo 16 LGT. instrumentos de trabajo. ⎯ Ley de 21 de diciembre de 1948, DR. b) Revelación de secretos industriales, 19 de abril de 1949 c) Omisiones o imprudencias que afecten a la segu- ridad o higiene Industrial, ⎯ Ley de 23 de noviembre de 1944 d) Inasistencia injustificada de más de tres días, e ⎯ DL de 6 de junio de 1951 incumplimiento total o parcial del convenio, ⎯ DS de 9 de marzo de 1937 e) Retiro voluntario del trabajador, f) Robo hurto por el trabajador. Concordado con: ⎯ De la suspensión de los efectos de los 9.10.3 Contrato De Trabajo contratos de trabajo: DS 1592 de 19 Por Realización De Obra O abril 1949, reglamentario de la ley de Servicio 21 diciembre 1948. ⎯ Ampliación a los períodos de ejercicio Si hay subordinación y dependencia se sindical y cesantía por causas político- adscribe al Contrato de Trabajo por tiempo sindicales: DS 17286 de 18 de marzo determinado, si no hay dependencia ni de 1980. subordinación estamos frente a un Contra- ⎯ Aclaración de la antigüedad durante la to de Locación de Obra o Servicio, pero de cesantía: RM 255/80 de 21 de abril de carácter civil y regido por normas del Códi- 1980. go Civil (Contrato de Obra: CC, 732 - 749). ⎯ Derogatoria de los incisos d) y f) del Art. 16 de la LGT: Ley de 23 de no- viembre de 1944. 9.10.4 Contrato colectivo ⎯ Despido masivo por abandono del tra- Contrato colectivo. Convenio entre uno o bajo: DL. 2565 de 6 de junio de 1951. más patronos y un sindicato, federación o ⎯ Retiro indirecto por rebaja de sueldos: confederación sindicatos de trabajadores, DS de 9 de marzo de 1937. con el objeto de determinar condiciones ⎯ Despido previo proceso administrativo generales bajo o de reglamento (DR, 17; para trabajadores de bancos: DL de 24 “Normas de contrato colectivo de trabajo” de mayo de 1937. véase DS 05051 de 1 octubre 1958; “finali- ⎯ Resolución de la Superintendencia de zación del contrato colectivo de trabajo”, Bancos reglamentaria del DL de 24 de véase ley de 13 diciembre 1956). mayo de 1937: Resolución de 1 de ju- nio de 1955. El contrato colectivo no sólo obliga a quie- nes lo celebrado, sino a los obreros que Jorge Machicado, Contrato de Trabajo 8
  • 9. después se adhieran a él por escrito, y a 9.11.2 Obligación del em- quienes posteriormente ingresan al sindi- pleador cato contratante (LGT, 23) El empleador está obligado a conceder al El patrono que emplee trabajadores afilia- aprendiz las horas necesarias para su con- dos a asociaciones de trabajadores estará currencia a la escuela. En caso de acci- obligado a celebrar con ellas contratos de dente o enfermedad del aprendiz dará avi- trabajo cuando lo soliciten (LGT, 27; DR, so a sus representantes legales, sin perjui- 17, 18, 19, 20; DS. 05051; Ley 13 diciem- cio de prestarle las primeras atenciones bre 1956 Art. 13). médicas (LGT, 30, DR, 21 y 22). El contrato colectivo de trabajo deberá ser Todo contrato de aprendizaje deberá ser obligatoriamente celebrado por escrito y refrendado por el Inspector de Trabajo, en registrado ante el Inspector de Trabajo el que también intervendrá a su conclusión (DR, 18). para examinar su cumplimiento (DR, 21). Sólo los sindicatos federaciones o confede- Todo contrato de aprendizaje consignará raciones sindicatos de trabajadores con bajo la responsabilidad del patrono, el personería jurídica reconocida por el Su- cumplimiento del primer período del Artícu- premo Gobierno, organizados de acuerdo lo 30 de la Ley sobre asistencia escolar, en a la Ley General del Trabajo y a su regla- caso de incumplimiento del patrono se le mento podrán suscribir validamente contra- condenará al pago de salarios por todo el tos colectivos (DR, 19). tiempo que duró la prestación del servicio La representación de todo sindicato, fede- del aprendiz (DR, 22; LGT, 28, 29, 30; ración o confederación de sindicatos de Código del Menor, 216, 217, 218, 219, 220 trabajadores será ejercida conforme a sus y 221). estatutos (LGT, 23, 24, 25, 26 27; DS de 1 Noviembre 1958; Ley de 13 diciembre 9.12 Perfeccionamiento Técnico 1956). De Trabajadores Las empresas que tengan más de 500 tra- 9.11 Contrato De Aprendizaje bajadores, subvendrán los gastos para que Contrato de aprendizaje. Aquel en virtud un trabajador o el hijo de un trabajador, del cual el patrono se obliga a enseñar siga estudios de perfeccionamiento técnico prácticamente, por sí o por otro, un oficio o en centros de enseñanza nacionales o industria, utilizando el trabajo del que extranjeros. El beneficiado deberá ser boli- aprende, con o sin retribución, y por tiempo viano y podrá ser escogido por el patrono o fijo que no podrá exceder de dos años. Se a indicación del sindicato. La pensión se comprende el aprendizaje del comercio y suspenderá por conclusión de los estudios de las faenas que utilicen motores mecáni- o reprobación en exámenes. En ambos cos (LGT, 28) casos el patrono deberá subvencionar a otro trabajador (LGT, 78). 9.11.1 Forma Mas normativa jurídica acerca este acápite El contrato de aprendizaje se celebrará por del contrato de aprendizaje puede encon- escrito. En él sólo se presume la mutua trarse en: prestación de servicios; la remuneración y http://www.cinterfor.org.uy/public/spanish/region/ampro/cint erfor/temas/dialogo/relabyfp/legisl/i.htm demás modalidades del contrato se estipu- larán expresamente (LGT, 29). 9.13 Contrato De Enganche Contrato de enganche. Aquel que tiene por objeto la contratación de trabajadores, por persona distinta del patrono, para las Jorge Machicado, Contrato de Trabajo 9
  • 10. faenas que generalmente deben cumplirse 9.15 Normas Sobre Contratos lejos de su residencia habitual. (LGT, 31). El contrato en materia civil siempre es es- Esa persona distinta solo puede ser el Es- crito si la cuantía es mayor a Bs. 200. En tado. Se prohíbe a los intermediarios (DS materia laboral se acepta el contrato oral 288 de 4 abril 1945 Art. 3) a no ser que por razones de analfabetismo, es más fre- estos intermediarios estén autorizados por cuente que el contrato escrito. Por eso se el Estado (DR, 23). aplica el Principio in dubio pro operario8 y el Principio de la Inversión de la Prueba. Si se contrata en un lugar distinto al de la residencia del trabajador, el patrono sufra- gará los gastos razonables de viaje y reto- 9.16 Interpretación mo (LGT, 9; DS 2340 de 11 enero 1951). La interpretación se refiere al uso de los dos principios: el Principio in dubio pro Antecedentes: Ley De Enganche. Ley De operario, significa que el juez debe aplicar Enganche (16 noviembre 1896). Con el toda la normativa que sea favorable al tra- auge de la explotación del caucho en el bajador. Y el Principio De La Inversión De noreste boliviano se había contratado tra- La Prueba, significa que el empleador el bajadores sin la garantía de retorno. Razón indicado para probar que el trabajador ac- por la que se dicta esta ley. Establece: tuó con culpa o dolo y por esta razón ser • Pulpería suspendido de su empleo. El trabajador no • Salario justo, y obligación de man- tiene que probar nada. dar una porcentaje a la familia del trabajador. 9.17 Estabilidad laboral • Garantía del retorno. El Decreto Supremo 21060 en su Art. 55 • No adelanto de sueldo. Este era el omite esta disposición. “Las empresas y mecanismo para endeudar al traba- entidades del sector público y privado po- jador, por lo que no podía volver drán libremente convenir o rescindir contra- donde su familia. tos de trabajo con estricta sujeción a la Ley General del Trabajo y su Decreto Regla- 9.14 Situación Del Menor Y La mentario. Se abrogan los Decretos Supre- Mujer mos 7072 de 23 de Febrero de 1965, 9190 de 23 de Abril de 1970, 17289 de 18 de En Derecho Laboral el vocablo menor se Marzo de 1980 y Decreto Ley 17610 de 17 refiere al que está entre los 14 a 18 años. de Septiembre de 1980.”(Art. 55º. “Titulo III La edad mínima fue fijada en la 1ª Confe- Del Régimen Social, Capitulo I Del Empleo rencia del Trabajo de 1919. Puede trabajar y De La Relocalizacion”). pero bajo autorización de sus padres o institución que lo tiene a su cargo. 9.18 Contrato Con Residencia La mujer antes de la Reforma Constitucio- nal del 30 de octubre de 1938 era una in- Distinta capaz relativa (menor, casada). Luego con Si se contrata en un lugar distinto al de la la reforma por el Principio de la Igualdad residencia del trabajador, el patrono sufra- Jurídica puede contratar en materia labo- gará los gastos razonables de viaje y reto- ral. mo (LGT, 9; DS 2340 de 11 enero 1951). Para la protección se establecen normas 8 como: la mujer no podrá trabajar en luga- Principio in dubio pro operario (‘en caso de duda apóyese al trabajador’) Valoración de lo justo por una res insalubres, no puede realizar trabajos sociedad que en caso de duda en cuanto a al sentido y nocturnos, su jornada laboral no excederá alcance de todas las normas jurídicas aplicables a las las 7 horas diarias y 40 semanales. relaciones de trabajo y de seguridad deben ser interpreta- das en la forma que resulte más beneficiosa para el traba- jador o beneficiarios. Jorge Machicado, Contrato de Trabajo 10
  • 11. 9.19 Sustitución De Patronos No están permitidos más de dos contratos plazo fijo, tampoco están permitidos con- La sustitución de patronos no afecta la tratos a plazos en tareas propias perma- validez de los contratos existentes, el susti- nentes de la empresa. En caso de eviden- tuido será responsable hasta los 6 meses ciarse la infracción de prohibiciones por el después de la transferencia, a no ser que empleador, se dispondrá que el contrato a el anterior ya haya indemnizado por el plazo fijo convierta en contrato de tiempo tiempo anterior trabajado (LGT, 11; D.S. indefinido (DL 16187, Art. 2; Resolución 1592 de 19 abril 1949 Art. 8). Ministerial 193/72 de 15 mayo 1972) “En caso de substitución de patronos si el Las indemnizaciones por tiempo de paga- transferente indemniza el trabajador por el dos por terminación de contrato suscrito a tiempo que estuvo a su servicio, el cómpu- plazo fijo para ocupaciones permanentes, to de la antigüedad con relación al sucesor se reputarán como anticipo de liquidación hará desde el día siguiente al último cu- final, siempre que hubiera discontinuidad bierto por la indemnización sin considerar alguna entre uno y otro contrato, conside- período de prueba alguno. En el caso con- rándose c fecha original la de la primera trario, el trabajador conservará la antigüe- contratación (DL 16187, Art. 4)- dad ganada al servicio del anterior patro- no.”(D.S. 1592 de 19 abril 1949 Art. 8). 9.19.3 Contrato Renovable 9.19.1 Tiempo Del Contrato Por Una Sola Vez El contrato podrá pactarse por (LGT, 12): La R.M. Nº 283 del 13 de junio de 1962 a) tiempo indefinido, dice: El contrato de trabajo pacta esen- b) cierto tiempo, cialmente por tiempo indefinido. Sin em- c) o realización de obra o servicio. bargo, podrá ser limitado en su duración si así lo impone la naturaleza misma de la “El contrato de trabajo puede celebrarse en obra a ejecutarse o del servicio a prestar- forma oral o escrita por tiempo indefinido o, se. En este caso el contrato deberá ser a plazo fijo, por temporada por realización forzosa t imprescindiblemente suscrito en de obra o servicio, condicional o eventual.” forma escrita y su duración no excederá de (Decreto ley 16187 de 16 febrero 1979 Art. un año; podrá ser renovado por una sola 1). vez, siempre que el empleador ante la au- Estas disposiciones han sido modificadas toridad administrativa competente la nece- por el Art. 55 del D.S. 21060 que determina sidad absoluta de renovación que en nin- la libre contratación. Dice: “Las empresas y gún caso se extenderán por más de un entidades del sector público y privado po- año. Si vencido el término estipulado sub- drán libremente convenir o rescindir contra- sisten las actividades para las que el traba- tos de trabajo”. jador contratado, se operará la tácita re- conducción del contrato por tiempo indefi- 9.19.2 Contrato A Plazo No nido. Renovable La R.M. 193/72 de 15 de mayo de 1972 “El contrato de trabajo puede celebrarse dice: en forma oral o escrita por tiempo indefini- a) Los contratos de trabajo pactados do o, a plazo fijo, por temporada por reali- sucesivamente por un- lapso menor zación de obra o servicio, condicional o al término de prueba o por plazos fi- eventual.” (Decreto ley 16187 de 16 febre- jos que sean renovados periódica- ro 1979 Art. 1). mente; adquirirán la calidad de con- A falta de estipulación escrita se presume tratos a plazo indefinido a partir de que es por tiempo indefinido salvo prueba la segunda contratación y siempre en contrario. Jorge Machicado, Contrato de Trabajo 11
  • 12. que se trate de realización de labo- en el contrato inicial. Si la tácita reconduc- res propias del giro de la empresa. ción se da por 2 veces se convierte en Contrato de Trabajo a Plazo Indefinido. b) A excepción de los trabajadores por temporada que necesariamente En los contratos a plazo fijo se entenderá quedan cesantes durante cierto existir reconducción si el trabajador conti- tiempo del año, caso en el que de- núa sirviendo vencido el término del con- berá preferirse la recontratación de venio (LGT, 21) los trabajadores que prestaron sus servicios anteriormente. 9.24 Periodo De Prueba Últimamente se hizo una práctica del con- Periodo De Prueba. Demostración de ido- trato a plazo fijo para evitar el pago de be- neidad, capacidad y calidad para desem- neficios sociales, en virtud a ello es que la peñar su trabajo para el conocimiento del Ley dispone: “Que si se evidencian más de empleador durante un término de 89 días. dos contratos consecutivos, se considera Se lo elimina en 1980 en razón a que la que el contrato es indefinido y por este tipo capacidad e idoneidad se lo prueba con el de contratos se deben pagar beneficios título de la profesión. Pero es repuesto por sociales seguros y otros.” el DS 21060.. 9.20 Prueba del Contrato De 9.25 Estabilidad en el Empleo Trabajo La estabilidad en el empleo garantiza el La prueba es el documento escrito del planeamiento de la vida futura. La estabili- contrato de trabajo, lo tiene que demostrar dad se pierde con el DS 21060- el empleador, se sigue el Principio de la Inversión de la Prueba. Si es oral puede 9.26 Efectos del DS 21060 en el demostrar por todos los medios de prueba, testifical, pericial, etc. contrato de trabajo Sus efectos son: 9.21 Función de la Inspectoría 1. Desaparecen los Contratos por tiempo indefinido. De Trabajo 2. Desaparece la estabilidad laboral. Su función es fiscalizar la relación obrero 3. Implanta la libre contratación. patronal y en lo referente al finiquito se 4. Aumenta la productividad de las fá- encarga de darle el visto bueno al mismo. bricas. Esta Inspectoría es parte de El Ministerio 5. Se incrementa el trabajo a destajo. de Trabajo y Desarrollo Laboral. 6. Trabajo por obra en domicilio. (con el consiguiente ahorro de energía 9.22 Certificado De Trabajo para el empleador). Documento que establece la idoneidad y 7. Desaparecen las bonificaciones. profesionalidad del trabajador y que por ley debe entregar el empleador y que tiene 9.27 Obligaciones Del Emplea- la finalidad de acreditar esa idoneidad para dor la búsqueda de un nuevo empleo. Son efectos del contrato de trabajo: 1. Dar ocupación plena al trabajador. 9.23 La Tácita Reconducción 2. Salario justo por sus servicios. De- Tácita reconducción. Repetición del con- be permitir alimentación adecuada. trato pactado. Opera cuando vencido el 3. Mantener las maquinas en perfecto plazo del trabajador continúa prestando estado de funcionamiento. servicios, e implica la renovación del con- trato por un plazo igual que al estipulado Jorge Machicado, Contrato de Trabajo 12
  • 13. 4. Respetar la jornada laboral. Las 14. Las fábricas de los rubros de vinos horas extraordinarias deben ser y alcoholes no pueden dar cupos a remuneradas. sus trabajadores. Los subsidios en 5. Proveer Certificado de Buena Con- especie son permitidos cuando la ducta. pobreza le lleva a comprar otra co- 6. Proveer Posta Sanitaria. sa al requerido. Por ejemplo se da 7. Cumplir con las indemnizaciones. subsidio de leche porque si se le 8. Permitir que el trabajador cumpla daría en dinero el trabajador com- con responsabilidades familiares en praría otra cosa, no leche. Además caso de enfermedad de alguno de un subsidio no es parte de un sala- los suyos. rio, ya que su leif motiv es dar ali- 9. Trato cordial hacia el trabajador. mento al lactante. 10. No aceptar padrinazgos. Esto crea relación de preferencia. La LGT es 9.28 Derechos Y Obligaciones el marco de las relaciones entre ambos. Del Trabajador 11. Utilizar el idioma de la mayoría de Entre sus Derechos están: los trabajadores. (Esta ya desecha- 1. Vacación pagada, descanso domi- da). nical para reponer energías. 12. No acosar sexualmente al trabaja- 2. Jornada laboral de solo 8 horas. dor. 3. Derecho a la libre asociación profe- 13. No vender productos que produce sional(CPE, 7). la fabrica a los trabajadores. Ya que 4. Derecho a no ser acosado sexual- con esto se ata al trabajador, lo lle- mente. va a endeudarse, además no recibe 5. Entre sus Obligaciones están: el salario en dinero. Disminuye el 6. Preservar el capital. salario, ya que el producto es ven- 7. Respeto al empleador. dido en el mercado a precios más 8. No asistir al trabajo en estado de bajos que al trabajador. Se prohíbe embriaguez o drogado. totalmente el pago en especie. 9. Ejercer sus funciones a cabalidad. 10. Respeto al contrato de trabajo. Jorge Machicado, Contrato de Trabajo 13