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AZAÑERO, et al




      LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS
       NATURALES EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN DEL PERÚ(1)
                                                  Valentín Bartra Abensur*



       RESUMEN
          El medio ambiente provee el entorno necesario para la vida humana, flora y fauna. Los recursos naturales,
       patrimonio de la nación, constituyen los elementos materiales necesarios para satisfacer nuestros requerimientos de
       alimentación, vestido, vivienda, energía y demás productos de la población peruana actual pero también deben de
       garantizar el bienestar de las generaciones futuras. Estamos tomando prestado hoy lo que pertenece a los jóvenes
       y niños que nacerán en el Perú que deberán también tener lo necesario para su bienestar.
           El fin del Estado es proveer el Bien Común, es decir el Bienestar General. Es pues su principal deber proteger el
       medio ambiente, entorno esencial de la vida y los recursos naturales que satisfacen las necesidades vitales de todos
       los habitantes del Perú.
           En el Perú se ha consagrado la protección del medio ambiente desde el nivel más alto del ordenamiento jurídico al
       incluir su regulación en las cartas políticas de manera expresa, así lo comprobamos en la Constitución de 1979, 1993
       y los artículos recientemente aprobados de la reforma de la Constitución.
          Esta corriente de la protección del medio ambiente al más alto nivel jurídico se puede también comprobar en una
       breve revisión de la legislación comparada de varias constituciones contemporáneas.
       Palabras clave: Medio ambiente, recursos naturales, rol del Estado, derechos fundamentales.


       ABSTRACT
          Our environment provides the necesary conditions for human life, flora and fauna. The natural resources, the
       nation´s assets, constitute the necesary material elements to satisfy our requirements for food, clothing, housing,
       energy and other essencials for the present peruvian populationn but mut also guarantee the well being of the future
       generations. We are borrowing now from the young and children of tomorrow that must have also the necessary for
       their well being and development.
          The purpose of the State is to provide the Common Good, the General Wellfare. Thus its main duty is to protect
       the environment, essencial conditions for life and the natural resources wich satisfy the vital needs of all the
       inhabitants of Perú.
           In Perú the protection of the environment has been placed at the highest level of the legal structure by including
       its regulation in the polítical charters explicitly, as can be seen in the Constitutions of 1979, 1993 and the recently
       approved artícles of the constitutional reform.
         This trend of protecting the environment at the legal zenith can be also corroborated in a brief review of the
       comparative legislation of several contemporary constitutions.
       Key words: Environment, natural resources, role of the State, fundamental rights




                                                                      tido, vivienda, energía y demás productos de la
I. INTRODUCCIÓN
                                                                      población peruana actual, pero también deben de
                                                                      garantizar el bienestar de las generaciones futu-
     El medio ambiente provee el entorno necesa-
                                                                      ras. Estamos tomando prestado hoy lo que perte-
rio para la vida humana, flora y fauna. Los recur-
                                                                      nece a los jóvenes y niños que nacerán en el Perú
sos naturales, patrimonio de la nación, constituyen
                                                                      que deberán también tener lo necesario para su
los elementos materiales necesarios para satisfa-
                                                                      bienestar.
cer nuestros requerimientos de alimentación, ves-


*   Presidente del Instituto Andino y Amazónico de Derecho Ambiental.
(1) Según la Reforma Constitucional.


                                                                                                                                  9
LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN DEL PERÚ


   El fin del Estado es proveer el bien común, es                     ambiente de los países vecinos hasta grandes áreas
decir el bienestar general. Es pues su principal de-                  que abarcan continentes enteros.
ber proteger el medio ambiente, entorno esencial
                                                                          Las normas de protección del medio ambiente se
de la vida y los recursos naturales que satisfacen las
                                                                      han incorporado en el nivel más alto del ordena-
necesidades vitales de todos los habitantes del Perú.
                                                                      miento jurídico, es decir, en las constituciones de
                                                                      muchos países. Nuestro país no ha sido ajeno a esta
    En nuestro país, esta protección se hace evidente a
                                                                      evolución. Para los efectos de este trabajo, señala-
nivel constitucional desde 1979 cuando se regula por
                                                                      ré a manera de punto de partida la carta política de
primera vez en el Artículo 123° el derecho de todos
                                                                      1993. En ella por primera vez se incorpora “el dere-
los peruanos a habitar en un ambiente saludable.
                                                                      cho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado
                                                                      al desarrollo de su vida” dentro del catalogo de de-
    Cap. 79 Art. 123°: “Todos tienen el derecho de
                                                                      rechos Fundamentales, como lo vemos en el inciso
habitar en ambiente saludable, ecológicamente equi-
                                                                      22 que dice:
librado y adecuado para el desarrollo de la vida y la
preservación del paisaje y la naturaleza. Todos tie-
                                                                          “Art. 2°.- Toda persona tiene derecho:
nen el deber de conservar dicho ambiente. Es obli-
gación del Estado prevenir y controlar la contamina-                     Inc. 22 … a gozar de un ambiente equilibrado y
ción ambiental.”                                                      adecuado al desarrollo de su vida”.

   Años después, luego de la Cumbre de la Tierra                         En la Carta de 1993, al igual que en la Carta de
que se dio en Río de Janeiro en 1992, esta protec-                    1979, la protección del medio ambiente y los recur-
                                                                      sos naturales están regulados dentro del régimen
ción se amplió mediante sendos artículos expresa-
                                                                      económico. Así lo vemos en los Artículos 66°, 67°,
dos en la Carta Política de 1993. Este proceso conti-
                                                                      68° y 69°.
núa hasta el día de hoy mediante el proceso de Re-
forma Constitucional establecida mediante la Ley
                                                                         “Art. 66°.- Los recursos naturales renovables y
27600 del 15 diciembre 2001.
                                                                      no renovables, son patrimonio de la nación. El Esta-
                                                                      do es soberano en su aprovechamiento.”
   El presente trabajo apunta a trasladar las pro-
puestas en relación con el Régimen Económico de la
                                                                           Por ley orgánica se fijan las condiciones de su
Constitución en lo que respecta a la protección del
                                                                      utilización y de su otorgamiento a particulares. La
medio ambiente y los recursos naturales con el pro-
                                                                      concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto
pósito de que las mismas contribuyan al análisis y al
                                                                      a dicha norma legal.
debate de la reforma de la Constitución.

                                                                         Art. 67°.- El Estado determina la política nacional
                                                                      del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus
II. ANTECEDENTES
                                                                      recursos naturales.
    La preocupación por el medio ambiente ha esta-
                                                                         Art. 68°.- El Estado está obligado a promover la
do presente en las diferentes etapas del desarrollo
                                                                      conservación de la diversidad biológica y de las áreas
de la humanidad como se aprecia en artículos del
                                                                      naturales protegidas.
Código de Hamurabi, en el derecho griego y roma-
no, derecho bizantino hasta nuestros días. El medio                       Art. 69°.- El Estado promueve el desarrollo soste-
ambiente, entorno de vida, los recursos naturales                     nible de la Amazonía con una legislación adecuada.
para la satisfacción de las necesidades humanas y
la construcción del progreso han sido objeto de la
protección de estados y gobernantes mediante nor-                     III. LEGISLACIÓN COMPARADA
mas que han tenido una perspectiva economicista,
consideraciones de protección de derecho fundamen-                        A partir de UNCED, La Cumbre de la Tierra, con-
tales hasta de seguridad nacional.                                    vocada por las Naciones Unidas y realizada en
                                                                      Estocolmo en junio de 1972, se inició una mayor
    Es a partir de la revolución industrial que los efec-             toma de conciencia y preocupación por el cuidado y
tos de las acciones humanas adquieren magnitudes                      protección del medio ambiente. Se puede decir que
y características cuyos efectos se empiezan a notar                   la protección del medio ambiente ha constituido una
y a preocupar por sus graves consecuencias. El tema                   corriente mundial. A manera de ejemplos haremos
ambiental es de naturaleza global y no está circuns-                  un breve recorrido por diversas constituciones de
crito a un particular territorio. Las emanaciones y                   América y Europa para observar algunos rasgos y
                                                                      tendencias comunes.
vertimientos tóxicos en un país afectan el medio


10
BARTRA


                                                               IV. Exigir en forma de ley para la instalación de
    En los artículos constitucionales seleccionados se
                                                                   obra o actividad potencialmente causadora
puede apreciar la preocupación por las generacio-
                                                                   de significativa degradación al medio am-
nes futuras y la responsabilidad de los funcionarios
                                                                   biente, estudio previo de impacto ambien-
y la sociedad en su conjunto.
                                                                   tal, el que se dará publicidad.
a) Constitución de Cuba de 1976                                V.   Controlar la producción, la comercialización
                                                                    y empleo de técnicas, métodos y substan-
Art. 27°.- Para asegurar el bienestar de los ciuda-                 cias que comporten riesgo para la vida, la
danos y la sociedad, el Estado protege la naturale-                 calidad de vida y el medio ambiente.
za. Incumbe a los órganos competentes y además a
                                                               VI. Promover la educación ambiental en todos
cada ciudadano velar porque sean mantenidas lim-
                                                                   los niveles de enseñanza y la concientización
pias las aguas y la atmósfera y que se proteja el
                                                                   pública para la preservación del medio am-
suelo, la flora y la fauna.
                                                                   biente.
                                                               VII. Proteger la fauna y la flora en forma de ley,
b) Constitución de España de 1978
                                                                    y limitar las prácticas que coloquen en ries-
                                                                    go su función ecológica, provoquen la extin-
Art. 45°.-
                                                                    ción de especies, o, sometan a los animales
1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio                  a crueldades.
   ambiente adecuado para el desarrollo de la per-
                                                           2. Aquél que explora recursos minerales queda obli-
   sona, así como el deber de conservarlo.
                                                              gado a recuperar el medio ambiente degradado
2. Los poderes públicos velarán por la utilización ra-        de acuerdo con solución técnica exigida por el
    cional de todos los recursos naturales, con el fin        órgano público competente en la forma de ley.
    de proteger y mejorar la calidad de vida y defen-      3. Las conductas y actividades lesivas al medio am-
    der y restaurar el medio ambiente, apoyándose             biente sujetarán a los infractores, personas físi-
    en la inexcusable solidaridad colectiva.                  cas o jurídicas a sanciones penales y administra-
3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado            tivas, independientemente de la obligación de re-
   anterior, en los términos que la ley fije, se esta-        parar los daños causados.
   blecerán sanciones penales o, en su caso, admi-         4. La floresta amazónica brasilera, la mata atlánti-
   nistrativas, así como la obligación de reparar el          ca, la sierra del mar, el pantanal de Matto Grosso
   daño causado.                                              y la zona costera son patrimonio nacional, y su
                                                              utilización se dará en forma de ley dentro de con-
c) Constitución de Brasil de 1988
                                                              diciones que aseguren la preservación del medio
                                                              ambiente, inclusive en cuanto al uso de los re-
   Art. 225°.- Todos tienen derecho a un medio am-
                                                              cursos naturales.
biente ecológicamente equilibrado, bien de uso co-
                                                           5. Son indisponibles las tierras desocupadas o arren-
mún del pueblo y esencial a la saludable calidad de
                                                              dadas por los estados, por acciones
vida, imponiéndose al poder público y a la colectivi-
                                                              discriminatorias, necesarias a la protección de
dad el deber de defenderlo y preservarlo para las
                                                              los ecosistemas naturales.
presentes y futuras generaciones.
                                                           6. Las usinas que operen con reactor nuclear debe-
1. Para asegurar la efectividad de ese derecho, in-
                                                              rán tener sus localizaciones definidas en ley fe-
   cumbe al poder público:
                                                              deral, sin la cual no podrán ser instaladas.
   I. Preservar y restaurar los procesos ecológicos
                                                           d) Constitución de Colombia de 1991
      esenciales y proveer el manejo ecológico de
      las especies y ecosistemas;
                                                              Art. 79°.- Todas las personas tienen el derecho a
   II. Preservar la diversidad y la integridad del pa-
                                                           gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la
       trimonio genético del país y fiscalizar las enti-
                                                           participación de la comunidad en las decisiones que
       dades dedicadas a la investigación y manipu-
                                                           puedan afectarlo.
       lación de material genético;
   III. Definir, en todas las unidades de la federa-           Es deber del Estado proteger la diversidad e in-
        ción, espacios territoriales y sus componen-       tegridad del ambiente, conservar las áreas de espe-
        tes a ser especialmente protegidos, siendo la      cial importancia ecológica y fomentar la educación
        alteración y supresión solamente a través de       para el logro de esos fines.
        ley, prohibida cualquier utilización que com-
        prometa la integridad de los atributos que jus-       Art. 80°.- El Estado planificará el manejo y apro-
        tifiquen su protección.                            vechamiento de los recursos naturales, para garan-

                                                                                                             11
LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN DEL PERÚ


tizar su desarrollo sostenible, su conservación, res-                     “Conciente de la responsabilidad hacia las gene-
tauración o sustitución.                                              raciones futuras, el Estado protegerá las bases na-
                                                                      turales de la vida mediante legislación y en concor-
    Además, deberá prevenir y controlar los factores                  dancia con la ley y la justicia, por medio de acciones
de deterioro ambiental, imponer las sanciones lega-                   ejecutivas y judiciales, todo dentro del marco del
les y exigir la reparación de los daños causados. Así                 orden constitucional”.
mismo, cooperará con otras naciones en la protección
de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas.                 f) Constitución de Ecuador de 1996

    Art. 81°.- Queda prohibida la fabricación, im-                        Art. 44°.- El Estado protege el derecho de la po-
portación, posesión y uso de armas químicas, bio-                     blación a vivir en un medio ambiente sano y
lógicas y nucleares, así como la introducción al te-                  ecológicamente equilibrado, que garantice un desa-
rritorio nacional de residuos nucleares y desechos                    rrollo sustentable. Se declara de interés público y se
tóxicos.                                                              regulará conforme a la ley:
                                                                      a) La preservación del medio ambiente, la conser-
   El Estado regulará el ingreso al país y la salida de
                                                                         vación de los ecosistemas, la biodiversidad y la
él de los recursos genéticos, y su utilización, de
                                                                         integridad del patrimonio genético del país;
acuerdo con el interés nacional.
                                                                      b) La prevención de la contaminación ambiental, la
                                                                         explotación sustentable de los recursos natura-
    Art. 82°.- Es deber del Estado velar por la pro-
                                                                         les y los requisitos que deban cumplir las activi-
tección de la integridad del espacio público y por su
                                                                         dades públicas y privadas que puedan afectar al
destinación al uso común, el cual prevalece sobre el
                                                                         medio ambiente; y,
interés particular. Las entidades públicas participa-
rán en la plusvalía que genere su acción urbanística                  c) El establecimiento de un sistema de áreas natu-
y regularán la utilización del suelo y del espacio aé-                   rales protegidas y el control del turismo recepti-
reo urbano en defensa del interés común.                                 vo y ecológico.

                                                                          Art. 45°.- Se prohíbe la fabricación, importación,
   El artículo que sigue, es de contenido netamente
                                                                      tenencia y uso de armas químicas biológicas y nu-
económico, tiene una importante relación con la pro-
                                                                      cleares así como la introducción al territorio nacio-
tección refleja del medio ambiente por la asignación
                                                                      nal de residuos nucleares y desechos tóxicos.
de los costos que acarrea la contaminación.

                                                                         Art. 46°.- La Ley tipificará las infracciones y re-
    Art. 338°.- En tiempo de paz, solamente el Con-
                                                                      gulará los procedimientos para establecer las res-
greso, las asambleas departamentales y los conce-
                                                                      ponsabilidades administrativas, civiles y penales que
jos distritales y municipales podrán imponer contri-
                                                                      correspondan a las personas naturales o jurídicas,
buciones fiscales o parafiscales. La ley, las ordenan-
                                                                      nacionales o extranjeras por la acciones u omisio-
zas y los acuerdos deben fijar, directamente, los
                                                                      nes en contra de las normas de protección al medio
sujetos activos y pasivos, los hechos y las bases
                                                                      ambiente.
gravables, y las tarifas de los impuestos. La ley, las
ordenanzas y los acuerdos pueden permitir que las
                                                                          Art. 47°.- El Estado ecuatoriano será responsa-
autoridades fijen la tarifa de las tasas y contribucio-
                                                                      ble por los daños ambientales en los términos seña-
nes que cobren a los contribuyentes, como recu-
                                                                      lados en el Art. 23° de la Constitución
peración de los costos de los servicios que les
presten o participación en los beneficios que les pro-
                                                                          Art. 48°.- Sin perjuicio del derecho de los ofendi-
porcionen; pero el sistema y el método para definir
                                                                      dos y los perjudicados, cualquier persona natural o
tales costos y beneficios, y la forma de hacer su
                                                                      jurídica podrá ejercer las acciones contempladas en
reparto, deben ser fijados por la ley, las ordenanzas
                                                                      la Ley, para la protección del medio ambiente.
o los acuerdos. Las leyes, ordenanzas o acuerdos
que regulen contribuciones en las que la base sea el
resultado de hechos ocurridos durante un periodo
                                                                      IV. EL PROYECTO DE LA REFORMA DE LA
determinado, no pueden aplicarse sino a partir del
                                                                      CONSTITUCIÓN
periodo que comience después de iniciar la vigencia
de la respectiva ley, ordenanza o acuerdo.
                                                                          Con fecha 15 de diciembre de 2001 se promulgó la
                                                                      Ley N° 27600 por la que se dio inicio a la Reforma de
e) Ley Básica de Alemania de 1994
                                                                      la Constitución de 1993. Este proceso continúa en su
                                                                      etapa de debate parlamentario al cual la ciudadanía y
    Art. 20°.- (Protección de las bases naturales de
                                                                      las instituciones pueden hacer llegar sus aportes.
la vida)

12
BARTRA


   En el actual proyecto de reforma se sigue la fór-          En el proyecto de reforma de la constitución, al
mula iniciada en la carta del 1993 de incluir dentro       igual que en la actual carta política, la protección del
de los Derechos fundamentales el derecho a gozar           medio ambiente y los recursos naturales está regu-
de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.          lada dentro del régimen económico.

   Art. 69°.- Derecho a un medio ambiente salu-            Artículo 131º.- Aprovechamiento de Recursos Naturales
dable.
                                                              Los recursos naturales, renovables y no renova-
    Toda persona, en forma individual o colectiva,         bles, son patrimonio de la Nación.
tiene derecho al uso y goce sostenible de los recur-
sos naturales, habitar en un ambiente saludable,              El Estado es soberano en su aprovechamiento.
ecológicamente equilibrado y adecuado para el de-
sarrollo y preservación de las distintas formas de              Por ley orgánica se fijan las concesiones de su
vida, del paisaje y la naturaleza.                         utilización y de su otorgamiento a particulares. Las
                                                           concesiones otorgan a su titular un derecho real,
   El Estado, con participación de la sociedad, debe       sujeto a dicha norma legal.
de cuidar y hacer respetar la sustentabilidad de los re-
cursos naturales del país. Adoptar medidas en orden
                                                           [Propuesta adicional]
de asegurar una adecuada armonía entre la actividad
                                                              Por ley pueden presentarse para el Estado o na-
económica y los pueblos y territorios en los que ésta
                                                           cionales.”
se lleve a cabo, así como promover una cultura
ecológica para las presentes y futuras generaciones.
                                                           Análisis del Proyecto de Reforma Constitucional
Análisis del         Proyecto        de     Reforma
                                                              Rescatamos del texto del proyecto el reconoci-
Constitucional
                                                           miento que los recursos naturales son patrimonio
                                                           de la Nación. Sin embargo, creemos que deja un
    Este texto se refiere al derecho de uso y goce y
                                                           vacío muy grande que seria llenado por interpreta-
de habitar en un ambiente saludable que permita la
                                                           ción en lo que se refiere a los recursos genéticos
preservación de la vida y del paisaje. También pres-
                                                           [ver constituciones de Brasil, Colombia, Ecuador].
cribe que el Estado con ayuda de la sociedad debe
cuidar y hacer respetar la sostenibilidad de los re-
                                                              Advertimos otro vacío en torno al tipo de aprove-
cursos, además de adoptar medidas que aseguren
                                                           chamiento ya que no se hace referencia al uso sos-
la adecuada armonía entre la actividad económica y
                                                           tenido o racional ni se tiene en cuenta a las futuras
los pueblos. En la última parte ambos promueven
                                                           generaciones [ver constitución del Brasil].
una cultura ecológica para las generaciones futuras.

    Si bien el texto propuesto avanza con respecto al      Artículo 132º.- Política Nacional Ambiental
texto del Art. 2°, Inc. 22 de la Carta de 1993, éste
deja abiertos varios vacíos que serán llenados por             El Estado determina la política nacional ambien-
interpretaciones diversas.                                 tal del ambiente. Promueve el uso sostenido de los
                                                           recursos naturales y la calidad ambiental.

Nuestra propuesta:
                                                           [Propuestas alternativas]
   [Cap. I Principios Fundamentales]                          Adicionar: (…) a través de un organismo publico
                                                           descentralizado de la más alta jerarquía.
    Art. 1°.- El fin supremo del Estado es proveer el
                                                              No crear ningún organismo.
bienestar a todas las personas residentes en el Perú
y protegerlas en su vida, salud, honra, bienes, creen-
                                                           Análisis del         Proyecto        de     Reforma
cias y demás derechos y libertades.
                                                           Constitucional
    Art. 2°.- La corresponsabilidad del Estado en las
                                                              Según este articulo, el uso sostenido de los re-
infracciones contra el medio ambiente y bienes jurí-
                                                           cursos naturales es promovido por el Estado. Es decir,
dicos colectivos, en la persona de sus funcionarios,
                                                           que el Estado Peruano no obliga ni garantiza el uso
que recibirán las mismas sanciones y penas que los
                                                           sostenido ni racional, sólo lo promueve. Creemos
infractores determinados judicialmente. El funciona-
                                                           que la acción del Estado no puede quedar solo en
rio quedará indemne sólo si puede demostrar su de-
                                                           promover.
bida diligencia.

                                                                                                              13
LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN DEL PERÚ


    En lo que se refiere a determinar la política na-                    1. La vida, en un ambiente adecuado para su
cional ambiental relegando ésta a normas de menor                     desarrollo pleno, así como a su identidad, integri-
jerarquía creemos que se deja un enorme vacío en                      dad moral, psíquica y física. El concebido es sujeto
lo que corresponde a la responsabilidad del Estado                    de derecho en todo cuanto le favorece.
y sus funcionarios por omisión a la protección de
                                                                      x) La protección de nuestra cultura nacional y los
nuestro entorno de vida [Ver constituciones de Es-
                                                                         conocimientos ancestrales.
paña, Brasil, Colombia, Ecuador].
                                                                      y) La educación ambiental en todos los niveles y
                                                                         modalidades.
Artículo 133º.- Protección estatal de la diversidad                   z) Que el Estado asegure y garantice nuestro desa-
biológica                                                                rrollo sostenible.

   La diversidad biológica es un recurso estratégico
                                                                      [Sección III Del Medio Ambiente]
para la nación, el Estado promueve la conservación
y uso sostenible de las áreas naturales protegidas.
                                                                          Art.131.- El Estado protege el derecho de la po-
                                                                      blación a vivir en un medio ambiente sano y
   Promueve el desarrollo sostenible de la amazonía
                                                                      ecológicamente equilibrado, que garantice un desa-
con una legislación adecuada.
                                                                      rrollo sustentable. Se declara de interés público y se
                                                                      regulará conforme a la ley:
Análisis del            Proyecto          de     Reforma              a) La preservación del entorno adecuado para la vida
Constitucional                                                           con el cuidado estricto de la calidad del aire, agua,
                                                                         mares, suelos, humedales, bosques tropicales y
    En este articulo se reconoce a la diversidad bio-                    secos y demás ecosistemas propios del país;
lógica como un recurso estratégico, no queda claro
                                                                      b) La preservación de la biodiversidad en todos los
el significado del término en este contexto, pero
                                                                         pisos y espacios ecológicos y la integridad del
deja un vacío al considerar a los recursos genéticos
                                                                         patrimonio genético del país;
como patrimonio de la Nación [ver constituciones de
                                                                      c) La prevención de la contaminación ambiental,
Brasil, Colombia, Ecuador].
                                                                         mediante la exigencia de presentación de estu-
                                                                         dios de impacto ambiental para toda actividad
    Según el texto, el proyecto promueve, no garan-
                                                                         pública o privada y su difusión pública, además
tiza ni se obliga, la conservación únicamente de áreas
                                                                         de la aplicación del principio precautorio;
naturales protegidas, hay un vacío en cuanto a otras
áreas de importancia o los paisajes, la practica del                  d) La gestión sustentable del patrimonio natural, que
ecoturismo o áreas de nuestro legado cultural [ver                       garantice la disponibilidad y calidad para las ge-
constitución de Ecuador].                                                neraciones futuras, así como los requisitos que
                                                                         deban cumplir las actividades públicas y privadas
   Opinamos que el texto: “Promueve el desarrollo                        que puedan afectar al medio ambiente;
sostenible de la amazonía con una legislación ade-                    e) La protección de la integridad del patrimonio
cuada” debería ser eliminado. En su lugar se debe                        genético nacional, la fiscalización de toda actividad
de especificar que el Estado garantiza el desarrollo                     realizada por instituciones publicas o privadas, na-
sostenible (esto es en todo el territorio y no sólo en                   cionales o extranjeras que traten de la manipula-
una región discriminando al resto).                                      ción genética y el estricto control de entrada y sali-
                                                                         da de todo el material genético del país;
                                                                      f) El establecimiento de un sistema de áreas natu-
Nuestra propuesta
                                                                         rales protegidas y la promoción y control del tu-
                                                                         rismo receptivo y ecológico;
   Dada la importancia para la vida y futuro de la
                                                                      g) La restauración de los espacios impactados por
nación de la protección del medio ambiente y los
                                                                         cualquier tipo de actividad, realizada por perso-
recursos naturales que dentro de la constitución
                                                                         nas naturales o jurídicas, públicas, privadas o ex-
aparezca además en la sección de derechos funda-
                                                                         tranjeras;
mentales, en el capitulo de deberes y derechos y
                                                                      h) Las acciones en defensa de los efectos adversos
garantías y en una sección especializada.
                                                                         del cambio climático producido por el hombre y
                                                                         dentro y fuera de nuestras fronteras;
[Cap. II Derechos, Deberes y Garantías]                               i) El uso preferente de energías renovables y ener-
                                                                         gías alternativas limpias, así como la producción
     Art. 11.- Todo peruano tiene derecho a:                             industrial más limpia;

14
BARTRA


j) Las buenas prácticas y hábitos que tengan como             Pero en dicho documento ya se advierten vacíos
   propósito reducir la producción de residuos y de-      que en nuestra opinión deben ser cuidadosamente
   sechos en toda actividad de agentes económicos         discutidos; consideramos que es el deber de la ciu-
   públicos y privados, individuales y colectivos;        dadanía a través de sus instituciones y la universi-
                                                          dad peruana hacer consciente de dichos vacíos a los
k) La estrecha colaboración en temas ambientales con
                                                          legisladores y sus asesores.
   los países con los que compartimos frontera común.

    Art. 132°.- Las fuentes, productos y frutos de ori-       No se define o establece la responsabilidad de
gen natural que se encuentren dentro del territorio       los funcionarios es precisamente en la protección
o posesiones del Estado, dentro del subsuelo, en el       del medio ambiente que es el entorno que posibilita
suelo o sobresuelo constituyen Patrimonio de la Na-       la vida donde los funcionarios y representantes de-
ción. Su uso y aprovechamiento, solo podrá ser po-        ber de responsabilidad por omisión en el cumpli-
sible de manera racional y sostenible, atendiendo         miento de sus deberes.
las necesidades de las comunidades donde se en-
                                                              Los alimentos, medicinas naturales, áreas de re-
cuentren, el interés general de la Nación y preser-
                                                          creación y ecoturismo que ofrece nuestra rica
vando el interés de las generaciones futuras, bajo el
                                                          biodiversidad son los elementos que sirven para dar
estricto cumplimiento de la Constitución y las leyes
                                                          bienestar y seguridad a nuestra gente. Tienen ade-
pertinentes.
                                                          más el potencial de asegurar nuestra proyección a
   Art. 133°.- Se prohíbe la fabricación, importa-        la economía mundial por la demanda y el valor que
ción, tenencia y uso de armas químicas biológicas y       tienen. Nuestros productos nacionales contribuyen
nucleares así como la introducción al territorio na-      con el resto de la humanidad de muchas maneras.
cional de residuos nucleares y desechos tóxicos.
                                                              Es sentido y conocido por todos, las grandes
    Art. 134°.- Se prohíbe la introducción al territo-    falencias que adolece el cuidado de nuestro entorno
rio nacional de especies exóticas animales, vegeta-       de vida, a esto se suma la precaria protección del
les, hongos, líquenes u otros que puedan tener efec-      patrimonio genético, garantía de nuestra seguridad
tos adversos conocidos o en aplicación del principio,     alimentaria, y base económica sostenible que junto
salvo normativa expresa debidamente sustentada.           a nuestros minerales e hidrocarburos nos dan pre-
                                                          sencia en los mercados mundiales.
   Art. 135°.- La Ley tipificará las infracciones y re-
gulará los procedimientos para establecer las res-            Históricamente hemos perdido grandes oportu-
ponsabilidades administrativas, civiles y penales que     nidades por la visión miope y escasa de unos pocos.
correspondan a las personas naturales o jurídicas,        Hablan por sí solos los casos conocidos del caucho,
nacionales o extranjeras por las acciones u omisio-       guano, quinina, salitre entre otros y recientemente
nes en contra de las normas de protección al medio        la alpaca, el yacón, uña de gato, maca, etc. Nuestro
ambiente.                                                 patrimonio nacional resulta saqueado y depredado
                                                          por la poca visión de los operadores del Estado que
    Art. 136°.- El Estado peruano estará obligado a       abdican en su deber de velar por los intereses de
indemnizar a particulares y comunidades por los da-       todos. No es posible que pocos funcionarios actúen
ños al medio ambiente que resulten de los actos de        de manera tan irresponsable y queden impunes por
funcionarios y empleados en el desempeño de sus           falta de un mayor control del soberano, a nombre
cargos. La responsabilidad penal de tales funciona-       del cual dicen actuar. Recordemos que el pueblo
rios y empleados será determinada por los jueces          peruano es el único dueño de su patrimonio y su
competentes sin perjuicios de responsabilidades ci-       destino.
viles y administrativas que hubiere lugar.
                                                              Las penosas situaciones descritas tienen su ori-
   Art. 137°.- Sin perjuicio del derecho de los ofen-     gen en la pobre protección y regulación que emana
didos y los perjudicados, cualquier persona natural       de la Constitución Política, ley de leyes, cúspide del
o jurídica podrá ejercer las acciones contempladas        ordenamiento jurídico nacional. La Constitución
en la Ley, para la protección del medio ambiente.         entrona a la persona humana como el centro y la
                                                          razón de ser del Estado; el punto central es que el
                                                          fin del Estado es el bienestar general y para ser co-
V. A MANERA DE CONCLUSIÓN                                 herentes, sólo un medio ambiente saludable nos per-
                                                          mitirá gozar de la vida, salud y desarrollo; sí como
  Debemos entender que se tiene solo un docu-             el adecuado cuidado del patrimonio natural garanti-
mento base para la discusión parlamentaria.               zará nuestra viabilidad económica.


                                                                                                           15
LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN DEL PERÚ


    Advertimos graves vacíos e incoherencias que se                   tal a gozar de un ambiente sano y saludable; aplica-
han venido repitiendo en las últimas cartas políticas                 ción del principio precautorio ...
desde 1979. Hoy, con un proceso de reforma en mar-
                                                                          Si bien la actual Constitución reconoce y regula a
cha, es imprescindible que el órgano encomendado
                                                                      los recursos naturales renovables y no renovables
por el Estado para ser el rector de la política ambien-
                                                                      como patrimonio de la nación conviene ampliar esta
tal del país cumpla con su deber de salir al frente con
propuestas que realmente protejan el patrimonio de                    protección a la integridad del patrimonio genético.
todos los peruanos así como el derecho fundamental a                  Además conviene replantear su ubicación actual
gozar de un ambiente sano y saludable.                                enmarcada dentro del [Régimen Económico] a una
                                                                      mejor ubicación dentro de los [DERECHOS que tene-
    Si bien en la frondosa legislación ambiental pe-                  mos como peruanos]. La actual ubicación perpetúa una
ruana existen valiosas normas en favor del medio                      visión limitada y economicista de nuestro patrimonio.
ambiente y del patrimonio genético, al no tener éste
rango constitucional devienen en débiles y a veces                       Nuestro derecho a disponer de manera sosteni-
en inoperantes. Citaré a manera de ejemplo el no-                     ble de nuestro patrimonio natural debe plasmarse
torio incumplimiento del Art. 31° del CMARN de en-                    en la reforma constitucional para dejar ya, de re-
señar de manera obligatoria sus alcances en todos                     partir pobreza y entremos al siglo XXI con esperan-
los niveles y modalidades de la educación peruana.                    za, seguridad ambiental, seguridad alimentaria y
Esta y otras valiosas normas contenidas en el CMARN                   seguridad económica.
tendrían verdadera fuerza si emanaran del manda-
to constitucional.                                                        Es nuestro deber mirar a largo plazo. Está en
                                                                      juego el futuro que dejaremos a nuestros hijos y
    Con preocupación y alarma advertimos que en el                    nietos. Estamos tomando prestado de ellos el patri-
texto de la reforma que se pretende aprobar, nada                     monio natural que debemos devolver, lo no renova-
se hace al respecto. La Constitución tiene naturale-                  ble en forma de infraestructura y obras permanen-
za especial de norma fundante creada mediante el
                                                                      tes y lo renovable con la garantía de sostenibilidad y
consenso y pensada con un horizonte de largo plazo
                                                                      el cuidado adecuado.
que otorgue estabilidad y seguridad jurídica. Una Car-
ta Política que no asegure la protección de nuestro
patrimonio genético, asegure y garantice nuestro                      VI. BIBLIOGRAFÍA
desarrollo sostenible, devendrá rápidamente en
                                                                      1. Constitución Política del Perú. Lima, 1979.
ilegitima. Para evitar que esto suceda se deben sub-
                                                                      2. Constitución Política del Perú. Lima, 1993.
sanar los siguientes vacíos: protección de la integri-
                                                                      3. Propuesta de Reforma de la Constitución. Lima,
dad del patrimonio genético; sanciones penales,
                                                                         2002.
administrativas y civiles para los que dañen al Medio
                                                                      4. Declaración de UNCED. Estocolmo, 1972.
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pacto ambiental para toda obra; restauración de los                   5. Agenda 21. Río de Janeiro, 1992.
espacios impactados por cualquier actividad; pro-                     6. Constitución de Cuba. Cuba, 1976.
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                                                                      7. Constitución de España. España, 1978.
ambiental; responsabilidad del Estado por acción u
                                                                      8. Constitución de Brasil. Brasil, 1988.
omisión en cuidar el MA; acciones en defensa ante
                                                                      9. Constitución de Colombia. Colombia, 1991.
los efectos adversos del cambio climático producido
                                                                      10. Ley Básica de Alemania. Alemania, 1994.
por el hombre; que el Estado asegure y garantice
nuestro desarrollo sostenible y el derecho fundamen-                  11. Constitución de Ecuador. Ecuador, 1996.




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  • 1. AZAÑERO, et al LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN DEL PERÚ(1) Valentín Bartra Abensur* RESUMEN El medio ambiente provee el entorno necesario para la vida humana, flora y fauna. Los recursos naturales, patrimonio de la nación, constituyen los elementos materiales necesarios para satisfacer nuestros requerimientos de alimentación, vestido, vivienda, energía y demás productos de la población peruana actual pero también deben de garantizar el bienestar de las generaciones futuras. Estamos tomando prestado hoy lo que pertenece a los jóvenes y niños que nacerán en el Perú que deberán también tener lo necesario para su bienestar. El fin del Estado es proveer el Bien Común, es decir el Bienestar General. Es pues su principal deber proteger el medio ambiente, entorno esencial de la vida y los recursos naturales que satisfacen las necesidades vitales de todos los habitantes del Perú. En el Perú se ha consagrado la protección del medio ambiente desde el nivel más alto del ordenamiento jurídico al incluir su regulación en las cartas políticas de manera expresa, así lo comprobamos en la Constitución de 1979, 1993 y los artículos recientemente aprobados de la reforma de la Constitución. Esta corriente de la protección del medio ambiente al más alto nivel jurídico se puede también comprobar en una breve revisión de la legislación comparada de varias constituciones contemporáneas. Palabras clave: Medio ambiente, recursos naturales, rol del Estado, derechos fundamentales. ABSTRACT Our environment provides the necesary conditions for human life, flora and fauna. The natural resources, the nation´s assets, constitute the necesary material elements to satisfy our requirements for food, clothing, housing, energy and other essencials for the present peruvian populationn but mut also guarantee the well being of the future generations. We are borrowing now from the young and children of tomorrow that must have also the necessary for their well being and development. The purpose of the State is to provide the Common Good, the General Wellfare. Thus its main duty is to protect the environment, essencial conditions for life and the natural resources wich satisfy the vital needs of all the inhabitants of Perú. In Perú the protection of the environment has been placed at the highest level of the legal structure by including its regulation in the polítical charters explicitly, as can be seen in the Constitutions of 1979, 1993 and the recently approved artícles of the constitutional reform. This trend of protecting the environment at the legal zenith can be also corroborated in a brief review of the comparative legislation of several contemporary constitutions. Key words: Environment, natural resources, role of the State, fundamental rights tido, vivienda, energía y demás productos de la I. INTRODUCCIÓN población peruana actual, pero también deben de garantizar el bienestar de las generaciones futu- El medio ambiente provee el entorno necesa- ras. Estamos tomando prestado hoy lo que perte- rio para la vida humana, flora y fauna. Los recur- nece a los jóvenes y niños que nacerán en el Perú sos naturales, patrimonio de la nación, constituyen que deberán también tener lo necesario para su los elementos materiales necesarios para satisfa- bienestar. cer nuestros requerimientos de alimentación, ves- * Presidente del Instituto Andino y Amazónico de Derecho Ambiental. (1) Según la Reforma Constitucional. 9
  • 2. LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN DEL PERÚ El fin del Estado es proveer el bien común, es ambiente de los países vecinos hasta grandes áreas decir el bienestar general. Es pues su principal de- que abarcan continentes enteros. ber proteger el medio ambiente, entorno esencial Las normas de protección del medio ambiente se de la vida y los recursos naturales que satisfacen las han incorporado en el nivel más alto del ordena- necesidades vitales de todos los habitantes del Perú. miento jurídico, es decir, en las constituciones de muchos países. Nuestro país no ha sido ajeno a esta En nuestro país, esta protección se hace evidente a evolución. Para los efectos de este trabajo, señala- nivel constitucional desde 1979 cuando se regula por ré a manera de punto de partida la carta política de primera vez en el Artículo 123° el derecho de todos 1993. En ella por primera vez se incorpora “el dere- los peruanos a habitar en un ambiente saludable. cho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida” dentro del catalogo de de- Cap. 79 Art. 123°: “Todos tienen el derecho de rechos Fundamentales, como lo vemos en el inciso habitar en ambiente saludable, ecológicamente equi- 22 que dice: librado y adecuado para el desarrollo de la vida y la preservación del paisaje y la naturaleza. Todos tie- “Art. 2°.- Toda persona tiene derecho: nen el deber de conservar dicho ambiente. Es obli- gación del Estado prevenir y controlar la contamina- Inc. 22 … a gozar de un ambiente equilibrado y ción ambiental.” adecuado al desarrollo de su vida”. Años después, luego de la Cumbre de la Tierra En la Carta de 1993, al igual que en la Carta de que se dio en Río de Janeiro en 1992, esta protec- 1979, la protección del medio ambiente y los recur- sos naturales están regulados dentro del régimen ción se amplió mediante sendos artículos expresa- económico. Así lo vemos en los Artículos 66°, 67°, dos en la Carta Política de 1993. Este proceso conti- 68° y 69°. núa hasta el día de hoy mediante el proceso de Re- forma Constitucional establecida mediante la Ley “Art. 66°.- Los recursos naturales renovables y 27600 del 15 diciembre 2001. no renovables, son patrimonio de la nación. El Esta- do es soberano en su aprovechamiento.” El presente trabajo apunta a trasladar las pro- puestas en relación con el Régimen Económico de la Por ley orgánica se fijan las condiciones de su Constitución en lo que respecta a la protección del utilización y de su otorgamiento a particulares. La medio ambiente y los recursos naturales con el pro- concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto pósito de que las mismas contribuyan al análisis y al a dicha norma legal. debate de la reforma de la Constitución. Art. 67°.- El Estado determina la política nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus II. ANTECEDENTES recursos naturales. La preocupación por el medio ambiente ha esta- Art. 68°.- El Estado está obligado a promover la do presente en las diferentes etapas del desarrollo conservación de la diversidad biológica y de las áreas de la humanidad como se aprecia en artículos del naturales protegidas. Código de Hamurabi, en el derecho griego y roma- no, derecho bizantino hasta nuestros días. El medio Art. 69°.- El Estado promueve el desarrollo soste- ambiente, entorno de vida, los recursos naturales nible de la Amazonía con una legislación adecuada. para la satisfacción de las necesidades humanas y la construcción del progreso han sido objeto de la protección de estados y gobernantes mediante nor- III. LEGISLACIÓN COMPARADA mas que han tenido una perspectiva economicista, consideraciones de protección de derecho fundamen- A partir de UNCED, La Cumbre de la Tierra, con- tales hasta de seguridad nacional. vocada por las Naciones Unidas y realizada en Estocolmo en junio de 1972, se inició una mayor Es a partir de la revolución industrial que los efec- toma de conciencia y preocupación por el cuidado y tos de las acciones humanas adquieren magnitudes protección del medio ambiente. Se puede decir que y características cuyos efectos se empiezan a notar la protección del medio ambiente ha constituido una y a preocupar por sus graves consecuencias. El tema corriente mundial. A manera de ejemplos haremos ambiental es de naturaleza global y no está circuns- un breve recorrido por diversas constituciones de crito a un particular territorio. Las emanaciones y América y Europa para observar algunos rasgos y tendencias comunes. vertimientos tóxicos en un país afectan el medio 10
  • 3. BARTRA IV. Exigir en forma de ley para la instalación de En los artículos constitucionales seleccionados se obra o actividad potencialmente causadora puede apreciar la preocupación por las generacio- de significativa degradación al medio am- nes futuras y la responsabilidad de los funcionarios biente, estudio previo de impacto ambien- y la sociedad en su conjunto. tal, el que se dará publicidad. a) Constitución de Cuba de 1976 V. Controlar la producción, la comercialización y empleo de técnicas, métodos y substan- Art. 27°.- Para asegurar el bienestar de los ciuda- cias que comporten riesgo para la vida, la danos y la sociedad, el Estado protege la naturale- calidad de vida y el medio ambiente. za. Incumbe a los órganos competentes y además a VI. Promover la educación ambiental en todos cada ciudadano velar porque sean mantenidas lim- los niveles de enseñanza y la concientización pias las aguas y la atmósfera y que se proteja el pública para la preservación del medio am- suelo, la flora y la fauna. biente. VII. Proteger la fauna y la flora en forma de ley, b) Constitución de España de 1978 y limitar las prácticas que coloquen en ries- go su función ecológica, provoquen la extin- Art. 45°.- ción de especies, o, sometan a los animales 1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio a crueldades. ambiente adecuado para el desarrollo de la per- 2. Aquél que explora recursos minerales queda obli- sona, así como el deber de conservarlo. gado a recuperar el medio ambiente degradado 2. Los poderes públicos velarán por la utilización ra- de acuerdo con solución técnica exigida por el cional de todos los recursos naturales, con el fin órgano público competente en la forma de ley. de proteger y mejorar la calidad de vida y defen- 3. Las conductas y actividades lesivas al medio am- der y restaurar el medio ambiente, apoyándose biente sujetarán a los infractores, personas físi- en la inexcusable solidaridad colectiva. cas o jurídicas a sanciones penales y administra- 3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado tivas, independientemente de la obligación de re- anterior, en los términos que la ley fije, se esta- parar los daños causados. blecerán sanciones penales o, en su caso, admi- 4. La floresta amazónica brasilera, la mata atlánti- nistrativas, así como la obligación de reparar el ca, la sierra del mar, el pantanal de Matto Grosso daño causado. y la zona costera son patrimonio nacional, y su utilización se dará en forma de ley dentro de con- c) Constitución de Brasil de 1988 diciones que aseguren la preservación del medio ambiente, inclusive en cuanto al uso de los re- Art. 225°.- Todos tienen derecho a un medio am- cursos naturales. biente ecológicamente equilibrado, bien de uso co- 5. Son indisponibles las tierras desocupadas o arren- mún del pueblo y esencial a la saludable calidad de dadas por los estados, por acciones vida, imponiéndose al poder público y a la colectivi- discriminatorias, necesarias a la protección de dad el deber de defenderlo y preservarlo para las los ecosistemas naturales. presentes y futuras generaciones. 6. Las usinas que operen con reactor nuclear debe- 1. Para asegurar la efectividad de ese derecho, in- rán tener sus localizaciones definidas en ley fe- cumbe al poder público: deral, sin la cual no podrán ser instaladas. I. Preservar y restaurar los procesos ecológicos d) Constitución de Colombia de 1991 esenciales y proveer el manejo ecológico de las especies y ecosistemas; Art. 79°.- Todas las personas tienen el derecho a II. Preservar la diversidad y la integridad del pa- gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la trimonio genético del país y fiscalizar las enti- participación de la comunidad en las decisiones que dades dedicadas a la investigación y manipu- puedan afectarlo. lación de material genético; III. Definir, en todas las unidades de la federa- Es deber del Estado proteger la diversidad e in- ción, espacios territoriales y sus componen- tegridad del ambiente, conservar las áreas de espe- tes a ser especialmente protegidos, siendo la cial importancia ecológica y fomentar la educación alteración y supresión solamente a través de para el logro de esos fines. ley, prohibida cualquier utilización que com- prometa la integridad de los atributos que jus- Art. 80°.- El Estado planificará el manejo y apro- tifiquen su protección. vechamiento de los recursos naturales, para garan- 11
  • 4. LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN DEL PERÚ tizar su desarrollo sostenible, su conservación, res- “Conciente de la responsabilidad hacia las gene- tauración o sustitución. raciones futuras, el Estado protegerá las bases na- turales de la vida mediante legislación y en concor- Además, deberá prevenir y controlar los factores dancia con la ley y la justicia, por medio de acciones de deterioro ambiental, imponer las sanciones lega- ejecutivas y judiciales, todo dentro del marco del les y exigir la reparación de los daños causados. Así orden constitucional”. mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas. f) Constitución de Ecuador de 1996 Art. 81°.- Queda prohibida la fabricación, im- Art. 44°.- El Estado protege el derecho de la po- portación, posesión y uso de armas químicas, bio- blación a vivir en un medio ambiente sano y lógicas y nucleares, así como la introducción al te- ecológicamente equilibrado, que garantice un desa- rritorio nacional de residuos nucleares y desechos rrollo sustentable. Se declara de interés público y se tóxicos. regulará conforme a la ley: a) La preservación del medio ambiente, la conser- El Estado regulará el ingreso al país y la salida de vación de los ecosistemas, la biodiversidad y la él de los recursos genéticos, y su utilización, de integridad del patrimonio genético del país; acuerdo con el interés nacional. b) La prevención de la contaminación ambiental, la explotación sustentable de los recursos natura- Art. 82°.- Es deber del Estado velar por la pro- les y los requisitos que deban cumplir las activi- tección de la integridad del espacio público y por su dades públicas y privadas que puedan afectar al destinación al uso común, el cual prevalece sobre el medio ambiente; y, interés particular. Las entidades públicas participa- rán en la plusvalía que genere su acción urbanística c) El establecimiento de un sistema de áreas natu- y regularán la utilización del suelo y del espacio aé- rales protegidas y el control del turismo recepti- reo urbano en defensa del interés común. vo y ecológico. Art. 45°.- Se prohíbe la fabricación, importación, El artículo que sigue, es de contenido netamente tenencia y uso de armas químicas biológicas y nu- económico, tiene una importante relación con la pro- cleares así como la introducción al territorio nacio- tección refleja del medio ambiente por la asignación nal de residuos nucleares y desechos tóxicos. de los costos que acarrea la contaminación. Art. 46°.- La Ley tipificará las infracciones y re- Art. 338°.- En tiempo de paz, solamente el Con- gulará los procedimientos para establecer las res- greso, las asambleas departamentales y los conce- ponsabilidades administrativas, civiles y penales que jos distritales y municipales podrán imponer contri- correspondan a las personas naturales o jurídicas, buciones fiscales o parafiscales. La ley, las ordenan- nacionales o extranjeras por la acciones u omisio- zas y los acuerdos deben fijar, directamente, los nes en contra de las normas de protección al medio sujetos activos y pasivos, los hechos y las bases ambiente. gravables, y las tarifas de los impuestos. La ley, las ordenanzas y los acuerdos pueden permitir que las Art. 47°.- El Estado ecuatoriano será responsa- autoridades fijen la tarifa de las tasas y contribucio- ble por los daños ambientales en los términos seña- nes que cobren a los contribuyentes, como recu- lados en el Art. 23° de la Constitución peración de los costos de los servicios que les presten o participación en los beneficios que les pro- Art. 48°.- Sin perjuicio del derecho de los ofendi- porcionen; pero el sistema y el método para definir dos y los perjudicados, cualquier persona natural o tales costos y beneficios, y la forma de hacer su jurídica podrá ejercer las acciones contempladas en reparto, deben ser fijados por la ley, las ordenanzas la Ley, para la protección del medio ambiente. o los acuerdos. Las leyes, ordenanzas o acuerdos que regulen contribuciones en las que la base sea el resultado de hechos ocurridos durante un periodo IV. EL PROYECTO DE LA REFORMA DE LA determinado, no pueden aplicarse sino a partir del CONSTITUCIÓN periodo que comience después de iniciar la vigencia de la respectiva ley, ordenanza o acuerdo. Con fecha 15 de diciembre de 2001 se promulgó la Ley N° 27600 por la que se dio inicio a la Reforma de e) Ley Básica de Alemania de 1994 la Constitución de 1993. Este proceso continúa en su etapa de debate parlamentario al cual la ciudadanía y Art. 20°.- (Protección de las bases naturales de las instituciones pueden hacer llegar sus aportes. la vida) 12
  • 5. BARTRA En el actual proyecto de reforma se sigue la fór- En el proyecto de reforma de la constitución, al mula iniciada en la carta del 1993 de incluir dentro igual que en la actual carta política, la protección del de los Derechos fundamentales el derecho a gozar medio ambiente y los recursos naturales está regu- de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. lada dentro del régimen económico. Art. 69°.- Derecho a un medio ambiente salu- Artículo 131º.- Aprovechamiento de Recursos Naturales dable. Los recursos naturales, renovables y no renova- Toda persona, en forma individual o colectiva, bles, son patrimonio de la Nación. tiene derecho al uso y goce sostenible de los recur- sos naturales, habitar en un ambiente saludable, El Estado es soberano en su aprovechamiento. ecológicamente equilibrado y adecuado para el de- sarrollo y preservación de las distintas formas de Por ley orgánica se fijan las concesiones de su vida, del paisaje y la naturaleza. utilización y de su otorgamiento a particulares. Las concesiones otorgan a su titular un derecho real, El Estado, con participación de la sociedad, debe sujeto a dicha norma legal. de cuidar y hacer respetar la sustentabilidad de los re- cursos naturales del país. Adoptar medidas en orden [Propuesta adicional] de asegurar una adecuada armonía entre la actividad Por ley pueden presentarse para el Estado o na- económica y los pueblos y territorios en los que ésta cionales.” se lleve a cabo, así como promover una cultura ecológica para las presentes y futuras generaciones. Análisis del Proyecto de Reforma Constitucional Análisis del Proyecto de Reforma Rescatamos del texto del proyecto el reconoci- Constitucional miento que los recursos naturales son patrimonio de la Nación. Sin embargo, creemos que deja un Este texto se refiere al derecho de uso y goce y vacío muy grande que seria llenado por interpreta- de habitar en un ambiente saludable que permita la ción en lo que se refiere a los recursos genéticos preservación de la vida y del paisaje. También pres- [ver constituciones de Brasil, Colombia, Ecuador]. cribe que el Estado con ayuda de la sociedad debe cuidar y hacer respetar la sostenibilidad de los re- Advertimos otro vacío en torno al tipo de aprove- cursos, además de adoptar medidas que aseguren chamiento ya que no se hace referencia al uso sos- la adecuada armonía entre la actividad económica y tenido o racional ni se tiene en cuenta a las futuras los pueblos. En la última parte ambos promueven generaciones [ver constitución del Brasil]. una cultura ecológica para las generaciones futuras. Si bien el texto propuesto avanza con respecto al Artículo 132º.- Política Nacional Ambiental texto del Art. 2°, Inc. 22 de la Carta de 1993, éste deja abiertos varios vacíos que serán llenados por El Estado determina la política nacional ambien- interpretaciones diversas. tal del ambiente. Promueve el uso sostenido de los recursos naturales y la calidad ambiental. Nuestra propuesta: [Propuestas alternativas] [Cap. I Principios Fundamentales] Adicionar: (…) a través de un organismo publico descentralizado de la más alta jerarquía. Art. 1°.- El fin supremo del Estado es proveer el No crear ningún organismo. bienestar a todas las personas residentes en el Perú y protegerlas en su vida, salud, honra, bienes, creen- Análisis del Proyecto de Reforma cias y demás derechos y libertades. Constitucional Art. 2°.- La corresponsabilidad del Estado en las Según este articulo, el uso sostenido de los re- infracciones contra el medio ambiente y bienes jurí- cursos naturales es promovido por el Estado. Es decir, dicos colectivos, en la persona de sus funcionarios, que el Estado Peruano no obliga ni garantiza el uso que recibirán las mismas sanciones y penas que los sostenido ni racional, sólo lo promueve. Creemos infractores determinados judicialmente. El funciona- que la acción del Estado no puede quedar solo en rio quedará indemne sólo si puede demostrar su de- promover. bida diligencia. 13
  • 6. LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN DEL PERÚ En lo que se refiere a determinar la política na- 1. La vida, en un ambiente adecuado para su cional ambiental relegando ésta a normas de menor desarrollo pleno, así como a su identidad, integri- jerarquía creemos que se deja un enorme vacío en dad moral, psíquica y física. El concebido es sujeto lo que corresponde a la responsabilidad del Estado de derecho en todo cuanto le favorece. y sus funcionarios por omisión a la protección de x) La protección de nuestra cultura nacional y los nuestro entorno de vida [Ver constituciones de Es- conocimientos ancestrales. paña, Brasil, Colombia, Ecuador]. y) La educación ambiental en todos los niveles y modalidades. Artículo 133º.- Protección estatal de la diversidad z) Que el Estado asegure y garantice nuestro desa- biológica rrollo sostenible. La diversidad biológica es un recurso estratégico [Sección III Del Medio Ambiente] para la nación, el Estado promueve la conservación y uso sostenible de las áreas naturales protegidas. Art.131.- El Estado protege el derecho de la po- blación a vivir en un medio ambiente sano y Promueve el desarrollo sostenible de la amazonía ecológicamente equilibrado, que garantice un desa- con una legislación adecuada. rrollo sustentable. Se declara de interés público y se regulará conforme a la ley: Análisis del Proyecto de Reforma a) La preservación del entorno adecuado para la vida Constitucional con el cuidado estricto de la calidad del aire, agua, mares, suelos, humedales, bosques tropicales y En este articulo se reconoce a la diversidad bio- secos y demás ecosistemas propios del país; lógica como un recurso estratégico, no queda claro b) La preservación de la biodiversidad en todos los el significado del término en este contexto, pero pisos y espacios ecológicos y la integridad del deja un vacío al considerar a los recursos genéticos patrimonio genético del país; como patrimonio de la Nación [ver constituciones de c) La prevención de la contaminación ambiental, Brasil, Colombia, Ecuador]. mediante la exigencia de presentación de estu- dios de impacto ambiental para toda actividad Según el texto, el proyecto promueve, no garan- pública o privada y su difusión pública, además tiza ni se obliga, la conservación únicamente de áreas de la aplicación del principio precautorio; naturales protegidas, hay un vacío en cuanto a otras áreas de importancia o los paisajes, la practica del d) La gestión sustentable del patrimonio natural, que ecoturismo o áreas de nuestro legado cultural [ver garantice la disponibilidad y calidad para las ge- constitución de Ecuador]. neraciones futuras, así como los requisitos que deban cumplir las actividades públicas y privadas Opinamos que el texto: “Promueve el desarrollo que puedan afectar al medio ambiente; sostenible de la amazonía con una legislación ade- e) La protección de la integridad del patrimonio cuada” debería ser eliminado. En su lugar se debe genético nacional, la fiscalización de toda actividad de especificar que el Estado garantiza el desarrollo realizada por instituciones publicas o privadas, na- sostenible (esto es en todo el territorio y no sólo en cionales o extranjeras que traten de la manipula- una región discriminando al resto). ción genética y el estricto control de entrada y sali- da de todo el material genético del país; f) El establecimiento de un sistema de áreas natu- Nuestra propuesta rales protegidas y la promoción y control del tu- rismo receptivo y ecológico; Dada la importancia para la vida y futuro de la g) La restauración de los espacios impactados por nación de la protección del medio ambiente y los cualquier tipo de actividad, realizada por perso- recursos naturales que dentro de la constitución nas naturales o jurídicas, públicas, privadas o ex- aparezca además en la sección de derechos funda- tranjeras; mentales, en el capitulo de deberes y derechos y h) Las acciones en defensa de los efectos adversos garantías y en una sección especializada. del cambio climático producido por el hombre y dentro y fuera de nuestras fronteras; [Cap. II Derechos, Deberes y Garantías] i) El uso preferente de energías renovables y ener- gías alternativas limpias, así como la producción Art. 11.- Todo peruano tiene derecho a: industrial más limpia; 14
  • 7. BARTRA j) Las buenas prácticas y hábitos que tengan como Pero en dicho documento ya se advierten vacíos propósito reducir la producción de residuos y de- que en nuestra opinión deben ser cuidadosamente sechos en toda actividad de agentes económicos discutidos; consideramos que es el deber de la ciu- públicos y privados, individuales y colectivos; dadanía a través de sus instituciones y la universi- dad peruana hacer consciente de dichos vacíos a los k) La estrecha colaboración en temas ambientales con legisladores y sus asesores. los países con los que compartimos frontera común. Art. 132°.- Las fuentes, productos y frutos de ori- No se define o establece la responsabilidad de gen natural que se encuentren dentro del territorio los funcionarios es precisamente en la protección o posesiones del Estado, dentro del subsuelo, en el del medio ambiente que es el entorno que posibilita suelo o sobresuelo constituyen Patrimonio de la Na- la vida donde los funcionarios y representantes de- ción. Su uso y aprovechamiento, solo podrá ser po- ber de responsabilidad por omisión en el cumpli- sible de manera racional y sostenible, atendiendo miento de sus deberes. las necesidades de las comunidades donde se en- Los alimentos, medicinas naturales, áreas de re- cuentren, el interés general de la Nación y preser- creación y ecoturismo que ofrece nuestra rica vando el interés de las generaciones futuras, bajo el biodiversidad son los elementos que sirven para dar estricto cumplimiento de la Constitución y las leyes bienestar y seguridad a nuestra gente. Tienen ade- pertinentes. más el potencial de asegurar nuestra proyección a Art. 133°.- Se prohíbe la fabricación, importa- la economía mundial por la demanda y el valor que ción, tenencia y uso de armas químicas biológicas y tienen. Nuestros productos nacionales contribuyen nucleares así como la introducción al territorio na- con el resto de la humanidad de muchas maneras. cional de residuos nucleares y desechos tóxicos. Es sentido y conocido por todos, las grandes Art. 134°.- Se prohíbe la introducción al territo- falencias que adolece el cuidado de nuestro entorno rio nacional de especies exóticas animales, vegeta- de vida, a esto se suma la precaria protección del les, hongos, líquenes u otros que puedan tener efec- patrimonio genético, garantía de nuestra seguridad tos adversos conocidos o en aplicación del principio, alimentaria, y base económica sostenible que junto salvo normativa expresa debidamente sustentada. a nuestros minerales e hidrocarburos nos dan pre- sencia en los mercados mundiales. Art. 135°.- La Ley tipificará las infracciones y re- gulará los procedimientos para establecer las res- Históricamente hemos perdido grandes oportu- ponsabilidades administrativas, civiles y penales que nidades por la visión miope y escasa de unos pocos. correspondan a las personas naturales o jurídicas, Hablan por sí solos los casos conocidos del caucho, nacionales o extranjeras por las acciones u omisio- guano, quinina, salitre entre otros y recientemente nes en contra de las normas de protección al medio la alpaca, el yacón, uña de gato, maca, etc. Nuestro ambiente. patrimonio nacional resulta saqueado y depredado por la poca visión de los operadores del Estado que Art. 136°.- El Estado peruano estará obligado a abdican en su deber de velar por los intereses de indemnizar a particulares y comunidades por los da- todos. No es posible que pocos funcionarios actúen ños al medio ambiente que resulten de los actos de de manera tan irresponsable y queden impunes por funcionarios y empleados en el desempeño de sus falta de un mayor control del soberano, a nombre cargos. La responsabilidad penal de tales funciona- del cual dicen actuar. Recordemos que el pueblo rios y empleados será determinada por los jueces peruano es el único dueño de su patrimonio y su competentes sin perjuicios de responsabilidades ci- destino. viles y administrativas que hubiere lugar. Las penosas situaciones descritas tienen su ori- Art. 137°.- Sin perjuicio del derecho de los ofen- gen en la pobre protección y regulación que emana didos y los perjudicados, cualquier persona natural de la Constitución Política, ley de leyes, cúspide del o jurídica podrá ejercer las acciones contempladas ordenamiento jurídico nacional. La Constitución en la Ley, para la protección del medio ambiente. entrona a la persona humana como el centro y la razón de ser del Estado; el punto central es que el fin del Estado es el bienestar general y para ser co- V. A MANERA DE CONCLUSIÓN herentes, sólo un medio ambiente saludable nos per- mitirá gozar de la vida, salud y desarrollo; sí como Debemos entender que se tiene solo un docu- el adecuado cuidado del patrimonio natural garanti- mento base para la discusión parlamentaria. zará nuestra viabilidad económica. 15
  • 8. LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN DEL PERÚ Advertimos graves vacíos e incoherencias que se tal a gozar de un ambiente sano y saludable; aplica- han venido repitiendo en las últimas cartas políticas ción del principio precautorio ... desde 1979. Hoy, con un proceso de reforma en mar- Si bien la actual Constitución reconoce y regula a cha, es imprescindible que el órgano encomendado los recursos naturales renovables y no renovables por el Estado para ser el rector de la política ambien- como patrimonio de la nación conviene ampliar esta tal del país cumpla con su deber de salir al frente con propuestas que realmente protejan el patrimonio de protección a la integridad del patrimonio genético. todos los peruanos así como el derecho fundamental a Además conviene replantear su ubicación actual gozar de un ambiente sano y saludable. enmarcada dentro del [Régimen Económico] a una mejor ubicación dentro de los [DERECHOS que tene- Si bien en la frondosa legislación ambiental pe- mos como peruanos]. La actual ubicación perpetúa una ruana existen valiosas normas en favor del medio visión limitada y economicista de nuestro patrimonio. ambiente y del patrimonio genético, al no tener éste rango constitucional devienen en débiles y a veces Nuestro derecho a disponer de manera sosteni- en inoperantes. Citaré a manera de ejemplo el no- ble de nuestro patrimonio natural debe plasmarse torio incumplimiento del Art. 31° del CMARN de en- en la reforma constitucional para dejar ya, de re- señar de manera obligatoria sus alcances en todos partir pobreza y entremos al siglo XXI con esperan- los niveles y modalidades de la educación peruana. za, seguridad ambiental, seguridad alimentaria y Esta y otras valiosas normas contenidas en el CMARN seguridad económica. tendrían verdadera fuerza si emanaran del manda- to constitucional. Es nuestro deber mirar a largo plazo. Está en juego el futuro que dejaremos a nuestros hijos y Con preocupación y alarma advertimos que en el nietos. Estamos tomando prestado de ellos el patri- texto de la reforma que se pretende aprobar, nada monio natural que debemos devolver, lo no renova- se hace al respecto. La Constitución tiene naturale- ble en forma de infraestructura y obras permanen- za especial de norma fundante creada mediante el tes y lo renovable con la garantía de sostenibilidad y consenso y pensada con un horizonte de largo plazo el cuidado adecuado. que otorgue estabilidad y seguridad jurídica. Una Car- ta Política que no asegure la protección de nuestro patrimonio genético, asegure y garantice nuestro VI. BIBLIOGRAFÍA desarrollo sostenible, devendrá rápidamente en 1. Constitución Política del Perú. Lima, 1979. ilegitima. Para evitar que esto suceda se deben sub- 2. Constitución Política del Perú. Lima, 1993. sanar los siguientes vacíos: protección de la integri- 3. Propuesta de Reforma de la Constitución. Lima, dad del patrimonio genético; sanciones penales, 2002. administrativas y civiles para los que dañen al Medio 4. Declaración de UNCED. Estocolmo, 1972. Ambiente; obligación de presentar estudio de im- pacto ambiental para toda obra; restauración de los 5. Agenda 21. Río de Janeiro, 1992. espacios impactados por cualquier actividad; pro- 6. Constitución de Cuba. Cuba, 1976. tección de los conocimientos ancestrales; educación 7. Constitución de España. España, 1978. ambiental; responsabilidad del Estado por acción u 8. Constitución de Brasil. Brasil, 1988. omisión en cuidar el MA; acciones en defensa ante 9. Constitución de Colombia. Colombia, 1991. los efectos adversos del cambio climático producido 10. Ley Básica de Alemania. Alemania, 1994. por el hombre; que el Estado asegure y garantice nuestro desarrollo sostenible y el derecho fundamen- 11. Constitución de Ecuador. Ecuador, 1996. 16