Este ensayo resume la situación del derecho agrario en Venezuela a la luz de la Constitución y el Plan de la Patria. Explica que el derecho agrario está vinculado con el derecho ambiental debido a factores como la tierra, el agua y los bosques. También describe cómo la Constitución promueve la agricultura sostenible, la seguridad alimentaria y el derecho de propiedad. Finalmente, analiza algunos objetivos del Plan de la Patria relacionados con la preservación de recursos naturales y la protección del medio amb
1. i
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL
DE LOS LLANOS OCCIDENTALES
“EZEQUIEL ZAMORA”
PROGRAMA ESTUDIOS AVANZADOS
ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO AGRARIO Y AMBIENTAL
ENSAYO
SITUACIÓN DEL DERECHO AGRARIO EN VENEZUELA A LA LUZ
DE LOS PRECEPTOS CONSTITUCIONALES Y LOS
POSTULADOS DEL PLAN DE LA PATRIA
Autor: Inés M. Morón
Asesor: Dr. Carlos Terán
Acarigua, Agosto 2021
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ENSAYO
Situación del Derecho Agrario en Venezuela a la luz de los preceptos
Constitucionales y los postulados del Plan de la Patria
Reconocer los alcances del derecho agrario en la actualidad, habría
mucho que hacer y que cumplir de hecho la tierra habla por sí misma, sin
embargo en este ensayo solo se sitúa mi perspectiva del derecho agrario en
Venezuela a la luz de los preceptos Constitucionales y los postulados del
Plan de la Patria y en particular respecto de sus grandes desafíos, en
especial si se trata del derecho agrario y ambiental no tanto de los nuevos
rumbos de la agricultura sino de su correspondiente ciencia jurídica que han
sido política de estado y necesarios para la humanidad. Ello puede ser
incluso gratificante en estos precisos momentos cuando la humanidad se
encuentra en el alba del nuevo siglo y del nuevo milenio, en una época muy
especial, indudablemente dispuesta para grandes cambios y donde debe
meditarse mucho sobre esta era de transición.
El Derecho Agrario como rama de nuestro ordenamiento jurídico se
relaciona con otras ramas del derecho, entre ellas con el Derecho Ambiental
ya que tiene elementos que lo vinculan indudablemente con el medio
ambiente: la tierra, los bosques, el agua, el aire, entre otros. La producción
agrícola tiene una fuerte dependencia de factores materiales, reconociendo
el derecho agrario es un derecho joven, con un contenido bastante amplio,
en el cual se incluyen las normas relativas a la protección del medio
ambiente en la actividad agropecuaria.
No obstante, el derecho agrario ha adquirido nuevas dimensiones en la
contemporaneidad, entre las que podemos mencionar: combatir la
degradación de la naturaleza donde el derecho agrario con el Derecho
Ambiental juegan un papel fundamental a partir de una visión transversal del
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hombre respecto al medio ambiente. Ya que indiscutiblemente existe un
vínculo constatable de ciertas instituciones agrarias para la correcta gestión
del ambiente.
Si las actividades agrarias se realizan de forma consciente teniendo en
cuenta la importancia de la esfera ambiental, actuando de forma racional,
aprovechando y conservando los recursos naturales, etc., los resultados
mejorarían considerablemente, y por consiguiente, también favorecería un
mejor desarrollo de la agricultura. De forma tal, que se garanticen las
necesidades e intereses de las generaciones futuras, y en definitiva se cuide
y preserve el medio ambiente.
Continuando con este hilo de pensamiento, considero significativo señalar
los preceptos Constitucionales como eje normativo agrario aborda cuatro
aspectos de la estructura agraria nacional. Primero, la naturaleza sustentable
de la agricultura. Segundo, la importancia de la seguridad alimentaria.
Tercero, la participación del Estado en el desarrollo agrario y por último el
derecho de propiedad.
La Constitución en su artículo 305, señala: "El Estado promoverá la
agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral a
fin de garantizar la seguridad alimentaria de la población". Se
denota constitucionalmente cómo se incorpora el concepto de agricultura
sustentable como base del desarrollo productivo y vincula la estrategia de
desarrollo.
El artículo 307 de la Constitución Bolivariana enuncia como precepto
fundamental del ordenamiento jurídico agrario, las principales acciones que
debe emprender el Estado para fomentar y promover la actividad agrícola y
el uso óptimo de la tierra mediante la dotación de las obras de
infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia
técnica. Destaca el artículo la importancia de la actividad agrícola como
medio de generar empleo y garantizar a la población campesina un nivel
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adecuado de bienestar. El propósito y razón del precepto constitucional
obliga a ciertas reflexiones y consideraciones en torno a la percepción que se
debe tener sobre la función del Estado en el desarrollo agrícola enuncia
como precepto fundamental del ordenamiento jurídico agrario, las
principales acciones que debe emprender el Estado para fomentar y
promover la actividad agrícola y el uso óptimo de la tierra y asistencia
técnica. Destaca el artículo la importancia de la actividad agrícola como
medio de generar empleo y garantizar a la población campesina un nivel
adecuado de bienestar.
El precepto constitucional obliga a ciertas reflexiones y consideraciones
sobre la función del Estado en el desarrollo agrícola, así el artículo 127 que
establece: Es un derecho y un deber de cada generación proteger y
mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda
persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de
un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá
el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos
ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas
de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser
patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la
materia.
En este sentido, el estado desarrollará una política de ordenación del
territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales,
sociales, culturales, económicas, políticas, de acuerdo con las premisas del
desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación
ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este
ordenamiento.
Por esta razón hay un elemento realmente novedoso en el derecho
agrario y ambiental y es la actual preocupación del estado y del mundo
entero en ocuparnos más que preocuparnos en la búsqueda de una
5. 4
reivindicación a la jurisprudencia como fuente del derecho. Esto constituye la
base para crear un auténtico sistema legal que responda eficazmente.
Es así que vemos plasmado como objetivos nacionales dentro del Plan de
la Patria 2025 en su dimensión contextual de la democracia espacial y
economía espacial, la especialización económica del espacio para el
socialismo y liberación de los factores productivos; las formas territoriales del
gobierno económico; escala subregional, motores para la diversificación
económica y asiento territorial de la agenda económica bolivariana contenido
como objetivo nacional numeral 1.2 que especifica consolidar la defensa y
soberanía en la preservación y uso de los recursos naturales estratégicos,
con especial énfasis en los hidrocarburíferos, mineros y acuíferos, entre
otros.
Así mismo, el objetivo 5 establece: Contribuir con la preservación de la
vida en el planeta y la salvación de la especie humana Incorporación plena
del ecosocialismo como elemento fundamental del Socialismo Bolivariano,
frente a la crisis del sistema depredador del capitalismo, insostenible
ecológica y socialmente. En este sentido, no solo se trata de la lucha contra
el cambio climático, sino aún más del desarrollo de una doctrina práctica de
defensa de la vida en el planeta.
Teniendo como objetivo nacional numeral 5.2. Proteger y defender la
soberanía permanente del estado sobre su patrimonio y riquezas naturales
para el beneficio supremo de nuestro pueblo, que será su principal garante,
así como una contribución a la vida en el planeta. Y el objetivo 5.3: Defender
y proteger el patrimonio histórico y cultural venezolano. Así como el objetivo
5.4. Contribuir a la conformación de un gran movimiento mundial para
contener las causas y reparar los efectos del cambio climático que ocurren
como consecuencia del modelo capitalista depredador.
En este sentido, el derecho agrario es concebido para una sociedad
pluralista, comprometida con la justicia social, el desarrollo económico y la
6. 5
protección del ambiente, razón por el cual ofrece todas las posibilidades
jurídicas que van a regular la acción del estado con los empresarios y
productores para promover el desarrollo tanto en las actividades de
producción corno en las conexas a ella (transformación, industrialización y
comercialización de productos agrícolas).
Sin embargo, son variados los problemas ambientales que se evidencian
en la esfera agraria, entre ellos podemos hacer alusión a: la contaminación
de las aguas, que es un recurso de vital importancia para la sociedad y la
naturaleza, ya que forma parte, en un tanto por ciento elevado, de la
constitución de todos los seres vivos.
La contaminación de los suelos, a través de la utilización masiva de
abonos químicos, pesticidas, plaguicidas, etc. que ha contaminado
numerosas tierras y aguas, que han quedado inservibles para la agricultura.
Incluso, la acumulación de desechos (industriales y humanos), que es otro de
los problemas ambientales, provoca la contaminación de los suelos. Además,
en caso de que esta acumulación de desechos se produzca cerca de los
asentamientos poblacionales puede afectar hasta a los seres humanos.
Por tanto, el derecho agrario es un derecho de actividad dinámico,
cambiante y versátil. El hecho técnico que lo caracteriza evoluciona
rápidamente gracias a factores endógenos y exógenos y las relaciones
juridicialmente relevantes que giran en torno a él varían a la luz de los
nuevos acontecimientos. Ante este dinamismo propio de lo agrario, cuya
función interpretativa en la aplicación de la ley rejuvenece actualmente a las
viejas normas promulgadas bajo contextos históricos superados.