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Al iniciarse un nuevo año fiscal, un gran universo de personas naturales que se desempeñan en nuestro país ejerciendo actividades gravadas con el IVA (venta de bienes corporales muebles, prestación de servicios, juegos de azar), y otras que tienen pensado iniciar ese tipo de actividades, empiezan a preguntarse cuales son los requisitos que deberán cumplirse.  para poder ejercer dichas actividades dentro de lo que la norma denomina el “Régimen simplificado del IVA” (régimen bajo el cual solo se les exige inscribirse oportunamente en el RUT, y actualizarlo cuando sea necesario, pero se les exonera de facturar y de cobrar el IVA). REGIMEN DEL IVA EN COLOMBIA
Sabemos que la mayoría de tenderos, panaderos y otras Personas Naturales que desarrollan actividades similares operan sus negocios bajo el Régimen Simplificado del IVA, pues así no facturan ni cobran el IVA.
Pero también sabemos que muchos superan los topes de ventas que los harían pertenecer al Régimen Común. Y lo podemos inferir por los volúmenes de mercancías que les vemos exhibidas y por la velocidad con que las rotan. El exceder dichos topes también los haría declarar renta.
LOS INGRESOS BRUTOS DEL 2007, POR TODO CONCEPTO, NO DEBIERON SUPERAR LOS $29.364.000El artículo 592 del ET es claro: si los Ingresos Brutos suman los 1.400 UVT, se debe declarar renta. Y dichos ingresos incluyen las ventas en general, intereses ganados en bancos, herencias recibidas etc.
ESTAR OBLIGADO A DECLARAR A RENTA NO SIEMPRE SIGNIFICA TENER QUE PASARSE AL RÉGIMEN COMÚNAunque exceder ese tope de Ingresos Brutos nos obligaría a declarar renta del año 2007, no necesariamente estaríamos obligados a pertenecer al Régimen Común durante el 2008: para que estemos obligados a cambiar de régimen, debemos superar los $83.896.000 (4000 UVT x 20.974
QUE SU PATRIMONIO BRUTO A DICIEMBRE 31 DE 2007 NO EXCEDIÓ LOS $94.383.000.  Esta cifra la calculamos así: 4.500 UVT x $20.974  Y ojo: el Patrimonio Bruto es la suma de todos sus bienes personales, cuentas por cobrar y mercancías, calculadas hasta antes de restar las deudas que pesen sobre ellos.
4 REQUISITOS PARA SER EXONERADOS DE DECLARARLos otros cuatro requisitos que la Persona Natural del Régimen Simplificado del IVA dedicada a la venta de bienes en sus tiendas, o cacharrerías  panaderías también debe cumplir en su totalidad para quedar exonerada de tener que presentar la declaración de renta.
QUE SUS CONSUMOS CON TARJETAS DE CRÉDITO NO HAYAN EXCEDIDO EN EL 2007 LOS $58.727.000. Esta cifra la calculamos así: 2.800 UVT x 20.974.  No importa que los consumos sean para mercancías del negocio, o para asuntos totalmente personales.
QUE SUS COMPRAS Y CONSUMOS TOTALES CONSOLIDADOS NO HAYAN EXCEDIDO EN EL 2007 LOS $58.727.000  Este total incluye las mercancías del negocio y compras meramente personales; además, el total debe consolidar todas las formas de adquisición que haya usado para realizarlas -tarjetas de crédito, débito, o efectivo, o cheque. Y de nuevo lo recordamos: las grandes empresas le reportan a la DIAN quién hace las compras y por cuánto valor.
QUE SUS CONSIGNACIONES BANCARIAS DURANTE EL 2007, COMBINADO CON SUS APERTURAS DE CDTS O DEMÁS TÍTULOS FINANCIEROS DURANTE EL 2007, NO  HAYAN EXCEDIDO LOS $94.383.000.  El cálculo sale de: 4.500 UVT x $20.974
WILSON JAVIER BEJARANOEDWARD VALENCIA SANCHEZ ENTIDADES HOSPITALARIAS CONTABILIDAD 23 ABRIL 2011

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  • 1. Al iniciarse un nuevo año fiscal, un gran universo de personas naturales que se desempeñan en nuestro país ejerciendo actividades gravadas con el IVA (venta de bienes corporales muebles, prestación de servicios, juegos de azar), y otras que tienen pensado iniciar ese tipo de actividades, empiezan a preguntarse cuales son los requisitos que deberán cumplirse. para poder ejercer dichas actividades dentro de lo que la norma denomina el “Régimen simplificado del IVA” (régimen bajo el cual solo se les exige inscribirse oportunamente en el RUT, y actualizarlo cuando sea necesario, pero se les exonera de facturar y de cobrar el IVA). REGIMEN DEL IVA EN COLOMBIA
  • 2. Sabemos que la mayoría de tenderos, panaderos y otras Personas Naturales que desarrollan actividades similares operan sus negocios bajo el Régimen Simplificado del IVA, pues así no facturan ni cobran el IVA.
  • 3. Pero también sabemos que muchos superan los topes de ventas que los harían pertenecer al Régimen Común. Y lo podemos inferir por los volúmenes de mercancías que les vemos exhibidas y por la velocidad con que las rotan. El exceder dichos topes también los haría declarar renta.
  • 4. LOS INGRESOS BRUTOS DEL 2007, POR TODO CONCEPTO, NO DEBIERON SUPERAR LOS $29.364.000El artículo 592 del ET es claro: si los Ingresos Brutos suman los 1.400 UVT, se debe declarar renta. Y dichos ingresos incluyen las ventas en general, intereses ganados en bancos, herencias recibidas etc.
  • 5. ESTAR OBLIGADO A DECLARAR A RENTA NO SIEMPRE SIGNIFICA TENER QUE PASARSE AL RÉGIMEN COMÚNAunque exceder ese tope de Ingresos Brutos nos obligaría a declarar renta del año 2007, no necesariamente estaríamos obligados a pertenecer al Régimen Común durante el 2008: para que estemos obligados a cambiar de régimen, debemos superar los $83.896.000 (4000 UVT x 20.974
  • 6. QUE SU PATRIMONIO BRUTO A DICIEMBRE 31 DE 2007 NO EXCEDIÓ LOS $94.383.000. Esta cifra la calculamos así: 4.500 UVT x $20.974 Y ojo: el Patrimonio Bruto es la suma de todos sus bienes personales, cuentas por cobrar y mercancías, calculadas hasta antes de restar las deudas que pesen sobre ellos.
  • 7. 4 REQUISITOS PARA SER EXONERADOS DE DECLARARLos otros cuatro requisitos que la Persona Natural del Régimen Simplificado del IVA dedicada a la venta de bienes en sus tiendas, o cacharrerías panaderías también debe cumplir en su totalidad para quedar exonerada de tener que presentar la declaración de renta.
  • 8. QUE SUS CONSUMOS CON TARJETAS DE CRÉDITO NO HAYAN EXCEDIDO EN EL 2007 LOS $58.727.000. Esta cifra la calculamos así: 2.800 UVT x 20.974. No importa que los consumos sean para mercancías del negocio, o para asuntos totalmente personales.
  • 9. QUE SUS COMPRAS Y CONSUMOS TOTALES CONSOLIDADOS NO HAYAN EXCEDIDO EN EL 2007 LOS $58.727.000 Este total incluye las mercancías del negocio y compras meramente personales; además, el total debe consolidar todas las formas de adquisición que haya usado para realizarlas -tarjetas de crédito, débito, o efectivo, o cheque. Y de nuevo lo recordamos: las grandes empresas le reportan a la DIAN quién hace las compras y por cuánto valor.
  • 10. QUE SUS CONSIGNACIONES BANCARIAS DURANTE EL 2007, COMBINADO CON SUS APERTURAS DE CDTS O DEMÁS TÍTULOS FINANCIEROS DURANTE EL 2007, NO HAYAN EXCEDIDO LOS $94.383.000. El cálculo sale de: 4.500 UVT x $20.974
  • 11. WILSON JAVIER BEJARANOEDWARD VALENCIA SANCHEZ ENTIDADES HOSPITALARIAS CONTABILIDAD 23 ABRIL 2011