La Ley de Competencia de El Salvador fue aprobada en 2004 para promover la competencia. La Superintendencia de Competencia es responsable de hacer cumplir esta ley e investigar posibles infracciones. En los primeros 20 meses, la Superintendencia procesó 25 investigaciones relacionadas con carteles, abuso de posición dominante y fusiones. La ley fue reformada en 2007 para fortalecer las facultades de investigación y sanción de la Superintendencia, incluyendo mayores multas y la capacidad de ordenar recursos estructurales. La reforma también incl
Fortalecimiento de la Ley de Competencia en El Salvador
1. Art. 05-08
Artículo publicado en Competition and Antitrust
Review 2008
Superintendencia de
Competencia de El Salvador
Por Celina Escolán Suay, Superintendente de Competencia.
La Ley de Competencia que está vigente a partir del primero de enero de 2006, fue aprobada el 26 de noviembre de 2004. Su
objetivo es promover, proteger y garantizar la competencia. La Ley creó la Superintendencia de Competencia, la cual es una
institución técnica e independiente. De conformidad con esta Ley el Superintendente es responsable de la fase de investigación y
ha sido investido con las facultades legales para requerir de los agentes todo tipo de documento; llamar y entrevistar a las personas
relacionadas con la investigación; realizar inspecciones; examinar libros, y registros; pedir copias juramentadas, retener
documentos o registros por un periodo que no exceda los diez días, de ser necesario.
Una vez concluida la fase de investigación se integra un archivo, el cual se envía al Consejo de Directores, que es la entidad
responsable de emitir sentencia, dentro de los 12 meses después de iniciada la investigación ex – oficio o de presentada la queja.
La Superintendencia sopesa varios factores antes de imponer una sanción, tales como la severidad de la infracción, y los daños
causados. Toda infracción a la Ley será penada con una multa, que no exceda los 5,000 salarios mínimos mensuales para el área
urbana en el sector industrial, equivalentes a US$ 852.000.000 millones. La Ley obliga a controlar las concentraciones económicas
para cualquiera que entre otras cosas intente fusionar, adquirir y consolidar su negocio total o parcialmente, cuando sus activos
combinados o ingresos totales sobrepasan los US$102,240m y US$122,688m respectivamente.
La Superintendencia ha procesado 25 investigaciones, entre ellos a dos carteles, 15 abusos de posición dominante, 2 prácticas
entre no competidores; y 6 fusiones, en poco más de un año de vigencia de la Ley de Competencia. La Autoridad ha sancionado a
un cartel relacionando operaciones de intermediación de productos y servicios, así como abusos de posición dominante y ha
ordenado el cese de dichas prácticas en sectores estratégicos como el de los combustibles líquidos, distribución eléctrica y
mercadeo. Además, la Superintendencia ha emitido recomendaciones de política pública relacionadas con adquisiciones y
contratos del sector público. Con base en la experiencia ganada al aplicar la Ley de Competencia, se consideró necesario revisarla
y proponer su reforma, a fin de fortalecer la institución, así como sus facultades preventivas e investigativas, dándole a la
Autoridad las atribuciones suficientes para actuar de manera efectiva a favor de la competencia y conformar un sistema de
penalizaciones capaz de disuadir a los agentes económicos de cometer prácticas anti competitivas.
El Proyecto de Reforma se presentó el primero de junio de 2007 a la Asamblea Legislativa y fue aprobada el 18 de octubre de
2007 gracias al consenso logrado entre todos los sectores de la sociedad salvadoreña acerca del trabajo técnico y eficiente de la
Superintendencia durante sus 20 meses de operación. En cuanto se refiere a la aplicación de la Ley, la reforma fortalece las
facultades tanto del Superintendente durante el proceso de investigación como las del Consejo de Directores durante la fase de
resolución. A fin de mejorar la eficiencia de las investigaciones para obtener información precisa y confiable, actualmente se
permiten los allanamientos y requisas, previa una autorización judicial. Adicionalmente, la reforma enviste a la Superintendencia
con la facultad de dictar recursos, así como condiciones y obligaciones estructurales, cuando sea necesario.
La reforma endurece el sistema punitivo, incluyendo multas más altas proporcionales a la severidad de la práctica anti competitiva
cometida, a fin de aumentar el efecto disuasivo de infringir la Ley de Competencia. Estas multas pueden llegar hasta el 6% de las
ventas anuales totales del infractor, o hasta el 6% de sus activos durante el año fiscal anterior, o una multa equivalente al mínimo
de 2 veces y al máximo de 10 veces las ganancias estimadas producto de la práctica anti competitiva, la que sea mayor. Las
sanciones económicas han sido incluidas para los agentes que no cumplen con la obligación de solicitar la autorización previa a
una fusión, o con aquellos que no cumplen con las condiciones impuestas por la resolución que la autoriza, y para aquellos que no
cumplen con los recursos ordenados. Las atribuciones de abogacía se otorgan para emitir opiniones (ex – oficio a solicitud de
terceros), respecto de proyectos de Ley, regulaciones, adquisiciones y contratos públicos que pudiesen limitar, restringir o impedir
la competencia de manera significativa.
La reforma a la Ley aprobada incluye un programa de indulgencia que permite la reducción de las penas que de otra manera se
aplicarían a los participantes en una actividad anti competitiva.