3. PROGRAMA DEL CURSO
1.1.-Identifica el concepto económico y jurídico de los actos
de comercio.
1.2.-Identifica los distintos actos de comercio según sus
requisitos, prohibiciones y legalidades vigentes.
1.3.-Identifica los distintos tipos de Contratos Comerciales de
acuerdo a sus características, considerando la normativa
vigente.
4. 1.4.-Describen los deberes y derechos del comerciante
en el ámbito legal.
1.5.-Relaciona los aprendizajes alcanzados para su
formación valórica y ética profesional.
1.6.- Diferencia la persona natural de la persona
jurídica de acuerdo a sus características y legislación
vigente.
5. PROGRAMA DEL CURSO
SOCIEDADES COMERCIALES
1.7.-Caracteriza los distintos tipos de sociedades
de persona y de capital, de acuerdo su
clasificación y normativa vigente.
1.8.-Relaciona las ventajas y desventajas de una
sociedad de personas y EIRL, considerando
legislación vigente
6. PROGRAMA DEL CURSO
SOCIEDADES COMERCIALES
1.9.-Caracteriza los contribuyentes EIRL según
el Código de Comercio.
1.10.- Realiza trabajos propuestos a través del
trabajo en equipo.
7. PROGRAMA DEL CURSO
LEY 20.720
1.11.-Distingue los sujetos activos y pasivos en el
proceso de quiebra en una empresa.
8. PROGRAMA DEL CURSO
LEY 20.720
1.12.-Identifica el procedimiento legal y sus causales
en el proceso de quiebra en una empresa.
1.13.-Identifica el procedimiento de la terminación de
la quiebra en las empresas.
1.14.-Reconoce el impacto de la quiebra de acuerdo a
las consecuencias legales.
1.15.-Colabora activamente en la dinámica de la clase
por la importancia del tema.
9. PROGRAMA DEL CURSO
LEY 20.720
1.16.-Identifica los distintos instrumentos
mercantiles vigentes de acuerdo a sus
características.
10. PROGRAMA DEL CURSO
TÍTULOS DE CRÉDITO
1.17.-Distingue los tipos de títulos de créditos
disponibles en el mercado de acuerdo a sus
características.
12. PROGRAMA DEL CURSO
1.19.-Distingue formalidades legales de los
documentos mercantiles según normativa
vigente.
1.20.-Reconoce la importancia de proceder con
responsabilidad y prolijidad en su quehacer
profesional.
14. Martes 14
“El Derecho está en todas partes y en todo
momento”
A lo largo de la vida de una persona…
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15. ¿Cuál es el fin del derecho?
■ Es un instrumento de dominación, que lo que busca es
perpetuar la lucha de clases, para perpetuar la dominación
de una clase rica y dominante.
■ Para que determinados gobiernos, tengan el control de la
vida y de los ciudadanos.
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16. ¿Cómo se ordena el Derecho?
■ Se ordena, por medio de normas jurídicas.
■ Como por ejemplo:
1.- La Constitución políticas de la República
2.- Leyes Orgánicas
3.- Las leyes ordinarias (DL o D con Fuerza de Ley)
4.- Reglamentos, Ordenanzas.
5.- Sentencias judiciales
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18. ¿Quién dicta las Normas Jurídicas?
El poder Legislativo
¿Quién administra las Normas Jurídicas?
El poder Judicial.
¿Cómo se compone el poder judicial?
Tribunales de primera Instancia
Tribunales especiales (Laborales, Familia, TTA, etc.)
Tribunales de segunda Instancia (Corte de Apelaciones)
Corte Suprema.
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19. ¿Cuáles son los Tribunales de primera instancia?
HAY QUE DISTINGUIR:
1.- Tribunales CIVILES
2.-Tribunales PENALES
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20. ¿Cuáles son los Tribunales CIVILES?
Son aquellos tribunales que conocen, juzgan y hacen
ejecutar lo juzgado.
En relación a materias pecuniarias.
Ejemplo: Juicios Ejecutivos, por no pago de obligaciones
civiles.
Tribunales civiles.
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21. ¿Cuáles son los Tribunales PENALES?
Son aquellos tribunales que Conocen, Juzgan y hacen
ejecutar lo juzgado.
En relación a materias delictuales.
Ejemplo: Penas privativas de libertad, por la comisión de un
delito.
- Juzgados de Garantía
- Tribunal Oral en lo penal
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22. ¿Cuáles son las Cortes de Apelaciones?
Son aquellos tribunales que conocen y fallan materias
relativas a segunda instancia.
Ejemplo: Recurso de apelación de una Sentencia dictada en
tribunal Civil de Primera Instancia.
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23. ¿Cuál es la Corte Suprema?
Es aquel tribunal de justica, que se encarga de conocer y
fallar, todos los Recursos de Casación en la forma y el fondo.
No es instancia.
Tiene por finalidad confirmar los fallos dictados en la Corte
de Apelaciones o en los tribunales de primera instancia.
O anular los fallos, que se dictaron en los tribunales de
primera instancia o en la Corte de Apelaciones.
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24. ¿En caso de controversia qué tribunal conoce en primera
instancia. En Derecho Comercial?
Los tribunales civiles, conocen materias relacionadas con
conflictos en Derecho Comercial.
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26. ¿Qué es una persona?
Persona:
“Es todo ser capaz de ADQUIRIR derechos y
CONTRAER obligaciones”.
Desde el punto de vista jurídico:
“Persona y hombre”
Son conceptos sustancialmente diferentes.
La palabra hombre da cuenta de una realidad
biológica.
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27. ¿Cómo se clasifican las personas?
Las personas se clasifican en:
1. Personas naturales y
2. Personas jurídicas
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28. ¿Cómo define la ley a las PERSONAS NATURALES?
Art. 55º del Código Civil
“Todo individuo de la especie humana, cualquiera sea su
edad, sexo, estirpe o condición.
Divídanse en chilenos y extranjeros”
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30. ¿Qué son los atributos de la personalidad?
Son todas aquellas características inherentes a la persona.
Toda persona, por el hecho de ser persona tiene estas
características, desde que nace.
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31. Estos atributos, que se refieren
tanto a las personas naturales
como a las jurídicas (con
algunas salvedades), son los
siguientes:
32. 1º La capacidad de goce.
2º La nacionalidad.
3º El nombre.
4º El domicilio.
5º El estado civil.
6º El patrimonio.
33. LA CAPACIDAD
La doctrina la define:
Es la aptitud legal
que se tiene
para ser titular de derechos.
Para ejercer derechos
y contraer obligaciones
por sí mismos,
sin el ministerio
ni la autorización de otro
37. En cambio: La Capacidad de
ejercicio…
Esta es la más importante.
Es la aptitud legal
que tienen las personas
para ejercer derechos y
contraer obligaciones por sí mismos,
sin el ministerio
ni la autorización de otro.
38.
39.
40.
41. ¿Cuál es el sentido de las
incapacidades?.
Son normas de protección.
El legislador quiere protegerlo.
43. Personas jurídicas
Persona ficticia, capaz de ejercer derechos y
contraer obligaciones civiles, y de ser
representada judicial y extrajudicialmente. Las
personas jurídicas son de dos especies:
corporaciones y fundaciones de beneficencia
pública.