Gaceta
Parlamentaria
Año XIX Palacio Legislativo de San Lázaro, lunes 5 de septiembre de 2016 Número 4611
Lunes 5 de septiembre
CONTENIDO
Comunicaciones
De la diputada Laura Beatriz Esquivel Valdés
De la Secretaría de Gobernación, con la que remite
similar de la SRE por la que informa que el presi-
dente de la República, licenciado Enrique Peña Nie-
to, se ausentará del territorio nacional del viernes 2
al lunes 5 de septiembre de 2016, a fin de participar
en la Cumbre de Líderes del Grupo de los 20, en
Hangzhou, China
De la Secretaría de Gobernación, con la cual remite
similar de la de Economía con el informe estadístico
sobre el comportamiento de la inversión extranjera
directa en México durante el periodo enero-junio de
2016
Del Banco de México, con la que remite el informe
en que se analizan la inflación, la evolución econó-
mica y el comportamiento de los indicadores econó-
micos del país en el trimestre abril-junio de 2016
De la Comisión Nacional de los Derechos Humanos,
con la que remite el Pronunciamiento sobre Antece-
dentes Penales
Iniciativas
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Fede-
ral de los Trabajadores al Servicio del Estado, de la
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia, de la Ley del Servicio Profesio-
nal de Carrera de la Administración Pública Fede-
ral, de la Ley General para la Igualdad entre Muje-
res y Hombres y de la Ley Federal para prevenir y
eliminar la Discriminación, recibida de la diputada
Ana Georgina Zapata Lucero, del Grupo Parlamen-
tario del PRI, en la sesión de la Comisión Perma-
nente del miércoles 31 de agosto de 2016
Que expide la Ley General de Transporte Sustenta-
ble Urbano y Suburbano y adiciona las fracciones
IV al artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto Especial
sobre Producción y Servicios, y XI al artículo 2 de
la Ley de Coordinación Fiscal, recibida de la dipu-
tada Sofía González Torres, en nombre de los legis-
ladores del Grupo Parlamentario del PVEM, en la
sesión de la Comisión Permanente del miércoles 31
de agosto de 2016
Que adiciona los artículos 95 Bis de la Ley del Se-
guro Social y 41 Bis de la Ley del Instituto de Se-
guridad y Servicios Sociales de los Trabajadores
del Estado, recibida de la diputada Rosalina Maza-
ri Espín, del Grupo Parlamentario del PRI, en la se-
sión de la Comisión Permanente del miércoles 31
de agosto de 2016
Que adiciona la fracción XII al artículo 6 de la Ley
General de Salud y el artículo 116 de la Ley Gene-
ral de Transparencia y Acceso a la Información Pú-
4
4
6
7
8
8
15
24
31
Pase a la página 2
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 20162
blica, recibida de la diputada Rosalina Mazari Es-
pín, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión
de la Comisión Permanente del miércoles 31 de
agosto de 2016
Que reforma el artículo 215, fracción V, y adiciona
un párrafo al artículo 216 de la Ley General de Sa-
lud, recibida de la diputada Rosalina Mazari Espín,
del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la
Comisión Permanente del miércoles 31 de agosto
de 2016
Actas
De la Comisión de Desarrollo Social, circunstan-
ciada de la séptima reunión de junta directiva, pro-
gramada para el martes 23 de agosto de 2016
De la Comisión de Desarrollo Social, circunstan-
ciada de la reunión ordinaria llevada a cabo el mar-
tes 23 de agosto de 2016
Informes
Del diputado Vitalico Cándido Coheto Martínez,
sobre el noveno periodo de sesiones del Mecanis-
mo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas de la ONU, efectuado del lunes 11 al
viernes 15 de julio de 2016 en Ginebra, Suiza
Convocatorias
De la Comisión de Relaciones Exteriores, a la reu-
nión del grupo de trabajo de Naciones Unidas so-
bre los derechos humanos y las empresas, que se
efectuará el lunes 5 de septiembre, a las 13:00 ho-
ras
De la Comisión de Energía, a la reunión de junta
directiva que tendrá lugar el martes 6 de septiem-
bre, a las 9:00 horas
De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables,
a la séptima reunión ordinaria, que tendrá verifica-
tivo el martes 6 de septiembre, a las 9:30 horas
De la Comisión de Energía, a la novena reunión or-
dinaria, que se efectuará el martes 6 de septiembre,
a las 9:30 horas
Del Grupo de Amistad México-Venezuela, a la reu-
nión de instalación, que se llevará a cabo el martes
6 de septiembre, a las 9:30 horas
De la Comisión de Agua Potable y Saneamiento, a
la reunión de junta directiva que se realizará el mar-
tes 6 de septiembre, a las 10:00 horas
Del Grupo de Amistad México-Serbia, a la reunión
de instalación, que se efectuará el martes 6 de sep-
tiembre, a las 10:00 horas
Del Grupo de Amistad México-Cuba, a la primera
reunión ordinaria, que tendrá lugar el martes 6 de
septiembre, a las 10:30 horas
De la Comisión Especial de puertos y marina
mercante, a la reunión de instalación, que se lle-
vará a cabo el martes 6 de septiembre, a las 12:00
horas
Del Grupo de Amistad México-República de Ango-
la, al acto de instalación, que se realizará el martes
6 de septiembre, a las 17:00 horas
Del grupo de trabajo en materia de medio ambien-
te, a la tercera reunión, que tendrá lugar el martes 6
de septiembre, al término de la sesión del pleno
De la Comisión de Ganadería, a la novena reunión
ordinaria, que tendrá verificativo el miércoles 7 de
septiembre, a las 9:00 horas
Del Grupo de Amistad México-Tailandia, al acto de
instalación, que se realizará el miércoles 7 de sep-
tiembre, a las 9:00 horas
Del Grupo de Amistad México-Filipinas, al acto de
instalación, por celebrarse el miércoles 7 de sep-
tiembre, a las 10:00 horas
Del Grupo de Amistad México-Panamá, a la reu-
nión de instalación, por celebrarse el miércoles 7 de
septiembre, a las 10:00 horas
De la Comisión de Agua Potable y Saneamiento, a
la octava reunión ordinaria, que se realizará el
miércoles 7 de septiembre, a las 13:00 horas
35
42
43
43
48
49
49
49
49
49
50
50
50
51
51
51
52
52
52
52
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria3
De la Comisión de Población, a la quinta reunión
ordinaria, que se llevará a cabo el jueves 8 de sep-
tiembre, a las 9:00 horas
Del Grupo de Amistad México-España, a la reu-
nión de instalación, que tendrá lugar el jueves 8 de
septiembre, a las 12:00 horas
Del Grupo de Amistad México-Georgia, a la reu-
nión de instalación, que se efectuará el miércoles
14 de septiembre, a las 10:00 horas
Del Grupo de Amistad México-Trinidad y Tobago,
al acto de instalación, que se llevará a cabo el mar-
tes 20 de septiembre, a las 17:00 horas
Invitaciones
Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pú-
blica, al foro El Poder Legislativo y su rol en el
proceso presupuestario, que se llevará a cabo el lu-
nes 5 y el martes 6 de septiembre, de las 10:00 a las
20:00 horas y de las 9:30 a las 12:30
De la Comisión de Economía, al segundo Taller de
reglas de operación del Fondo Nacional del Em-
prendedor 2016, que se realizará el miércoles 14
de septiembre, a las 10:00 horas
Del diputado Miguel Alva y Alva, al primer Foro
Nacional de Desarrollo Rural Sustentable y Rique-
za Productiva del Cultivo de Agave, Nopal y Sábi-
la como Recurso Alternativo para Reactivar la
Economía del Campo, que se llevará a cabo el lu-
nes 19 de septiembre, a partir de las 11:00 horas
Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pú-
blica, al foro La economía mexicana: situación ac-
tual, retos y perspectivas, que se llevará a cabo el
martes 20 y el miércoles 21 de septiembre, de las
9:30 a las 15:00 horas
De la diputada Patricia Elena Aceves Pastrana, al
simposio Proyectos, realidades y utopías: 100
años de la Facultad de Química de la UNAM, que
se llevará a cabo el jueves 29 de septiembre, a las
9:00 horas
Del Centro de Estudios de Derecho e Investigacio-
nes Parlamentarias, al diplomado Los derechos po-
líticos y su tutela, que el Centro de Capacitación Ju-
dicial Electoral impartirá desde el jueves 29 de sep-
tiembre
De la Comisión de Puntos Constitucionales, al di-
plomado Análisis político y campañas electorales,
que con la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales
de la Universidad Nacional Autónoma de México,
se llevará a cabo los lunes, miércoles y viernes com-
prendidos de la fecha al 9 de diciembre, de las 8:00
a las 10:00 horas
Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pú-
blica, al sexto Premio nacional de investigación so-
cial y de opinión pública
53
53
53
53
54
54
54
55
55
55
59
62
Comunicaciones
DE LA DIPUTADA LAURA BEATRIZ ESQUIVEL VALDÉS
Palacio Legislativo de San Lázaro,
30 de agosto de 2016.
Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva
Presidente de la Mesa Directiva
de la Cámara de Diputados
Presente
Distinguido Presidente:
De conformidad con lo que establecen los artículos 6,
fracción XVI, y 12 del Reglamento de la Cámara de
Diputados, me permito solicitar licencia por tiempo
indefinido al cargo de diputada federal del Grupo Par-
lamentario de Morena, que desempeño desde el 1 de
septiembre de 2015. Lo anterior, con efectos a partir
del jueves 1 de septiembre del presente año.
Quiero aprovechar para agradecerle sus atenciones, así
como de mis compañeras diputadas y compañeros di-
putados.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Diputada Laura Beatriz Esquivel Valdés (rúbrica)
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2016.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Para los efectos correspondientes, hago de su conoci-
miento que en sesión celebrada en esta fecha, el pleno
de la comisión permanente aprobó el siguiente acuerdo:
Único. Se concede licencia a la diputada Laura Be-
atriz Valdés Para separarse de sus funciones legisla-
tivas por tiempo indefinido.
Atentamente
Senador Roberto Gil Zuarth (rúbrica)
Presidente
(Aprobado en votación económica. Agosto 31 de 2016.)
DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, CON EL QUE RE-
MITE SIMILAR DE LA SRE POR LA QUE INFORMA QUE EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, LICENCIADO ENRIQUE PE-
ÑA NIETO, SE AUSENTARÁ DEL TERRITORIO NACIONAL DEL
VIERNES 2 AL LUNES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2016, A FIN DE
PARTICIPAR EN LA CUMBRE DE LÍDERES DEL GRUPO DE
LOS 20, EN HANGZHOU, CHINA
Ciudad de México, a 30 de agosto de 2016.
Integrantes de la Mesa Directiva
De la Comisión Permanente del
Congreso de la Unión
Por este conducto y para los efectos del artículo 88 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-
canos, me permito remitir copia del oficio número
DEP-1106/16, signado por el maestro Jorge Alberto
Cortés Green, director general de Coordinación Políti-
ca de la Secretaría de Relaciones Exteriores, mediante
el cual el ciudadano presidente de la República, licen-
ciado Enrique Peña Nieto, informa que se ausentará
del territorio nacional a partir del viernes 2 de sep-
tiembre al lunes 5 de septiembre de 2016, para partici-
par en la Cumbre de Líderes del Grupo de los 20
(G20), en Hangzhou, China, atendiendo a la invitación
del presidente de la República Popular China.
El Presidente Enrique Peña Nieto participará en la
Cumbre de Líderes del Grupo de los Veinte, que se lle-
vará a cabo en Hangzhou, en la República Popular
China, los días 4 y 5 de septiembre de 2016.
El G20 es el foro más importante de coordinación in-
ternacional de política económica y finanzas entre las
veinte principales economías del mundo. Reúne a 19
Estados y la Unión Europea, que por su tamaño o por
su importancia sistémica, tienen un papel fundamental
en la economía mundial, e incluye tanto a países des-
arrollados como a economías emergentes. Los miem-
bros del G20 representan el 85% de la economía glo-
bal, el 80% del comercio internacional y dos terceras
partes de la población mundial.
México presidió el G20 en 2012 y fue sede de la Cum-
bre de Líderes, que se efectuó en Los Cabos en junio
de ese año. El Presidente Enrique Peña Nieto ha parti-
cipado en las Cumbres de Líderes de San Petersburgo,
Rusia, en 2013; Brisbane, Australia, en 2014; y Antal-
ya, Turquía, en 2015.
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 20164
Durante el presente año, China preside el G20 y sus
prioridades son abrir una nueva ruta para el creci-
miento económico, lograr una gobernanza económica
y financiera global más efectiva y eficiente, fortalecer
el comercio internacional y la inversión, y generar un
desarrollo incluyente e interconectado, con el objetivo
de sentar las bases para una economía mundial inno-
vadora, fortalecida, interconectada e incluyente.
La Cumbre de Hangzhou contará con cinco sesiones
de trabajo, y al finalizar los Líderes del G20 emitirán
una declaración en la que se consignarán los principa-
les acuerdos alcanzados, para conducir a la economía
mundial hacia un crecimiento fuerte, sostenido y equi-
librado, y asegurar una mayor estabilidad financiera.
La pertenencia de México al G20 es estratégica, pues
refleja el peso de la economía mexicana en el sistema
económico mundial. La participación del presidente
de la República en la Cumbre de Líderes permitirá a
México seguir siendo parte, al más alto nivel, del pro-
ceso más importante de toma de decisiones en materia
de economía internacional, y aprovechar el privilegia-
do espacio de diálogo que representa el G20 para im-
pulsar los temas de interés para nuestro país.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterar-
les la seguridad de mi consideración distinguida.
Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
y Acuerdos Políticos
México, DF, a 30 de agosto de 2016.
Licenciado Felipe Solís Acero
Subsecretario de Enlace
Legislativo y Acuerdos Políticos
Secretaría de Gobernación
Presente
Estimado señor subsecretario,
Por instrucciones de la secretaria de Relaciones Exte-
riores, maestra Claudia Ruíz Massieu Salinas, con fun-
damento en el artículo 16, fracciones I, inciso c) y III,
del Reglamento Interior de la SRE, en apego a las fa-
cultades de la Subsecretaría a su digno cargo y en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 88 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexica-
nos, solicitó a usted ser el amable conducto para infor-
mar a la Mesa Directiva de la Comisión Permanente
del honorable Congreso de la Unión que el ciudadano
presidente de la República, licenciado Enrique Peña
Nieto, se ausentará del territorio nacional a partir del
viernes 2 de septiembre al lunes 5 de septiembre de
2016, para participar en la Cumbre de Líderes del Gru-
po de los 20 (G20), en Hangzhou, China, atendiendo a
la invitación del presidente de la República Popular
China.
Participación en la Cumbre de Líderes del Grupo
de los Veinte
El presidente Enrique Peña Nieto participará en la
Cumbre de Líderes del Grupo de los Veinte (G20), que
se llevará a cabo en Hangzhou, en la República Popu-
lar China, los días 4 y 5 de septiembre de 2016. El G20
es el foro más importante de coordinación internacio-
nal de política económica y finanzas entre las veinte
principales economías del mundo. Reúne a 19 Estados
y la Unión Europea, que por su tamaño o por su im-
portancia sistémica, tienen un papel fundamental en la
economía mundial, e incluye tanto a países desarrolla-
dos como a economías emergentes. Los miembros del
G20 representan el 85 por ciento de la economía glo-
bal, el 80 por ciento del comercio internacional y dos
terceras partes de la población mundial.
México presidió el G20 en 2012 y fue sede de la Cum-
bre de Líderes de Los Cabos en junio de ese año. El
Presidente Enrique Peña Nieto ha participado en las
Cumbres de Líderes de San Petersburgo, Rusia, en
2013; Brisbane, Australia, en 2014; y Antalya, Tur-
quía, en 2015.
Durante el presente año, China preside el G20 y sus
prioridades son abrir una nueva ruta para el creci-
miento económico, lograr una gobernanza económica
y financiera global más efectiva y eficiente, fortalecer
el comercio internacional y la inversión, y generar un
desarrollo incluyente e interconectado, con el objetivo
de sentar las bases para una economía mundial inno-
vadora, fortalecida, interconectada e incluyente.
La Cumbre de Hangzhou contará con cinco sesiones
de trabajo. En la primera, “Fortaleciendo la coordina-
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria5
ción de políticas y forjando una nueva ruta para el cre-
cimiento”, los mandatarios revisarán el estado de la
economía mundial y discutirán el papel de la innova-
ción, la nueva revolución industrial, la economía digi-
tal y las reformas estructurales en el crecimiento eco-
nómico.
La segunda sesión se centrará en las medidas para lo-
grar una gobernanza económica y financiera global
más efectiva y eficiente, incluyendo la reforma de la
arquitectura financiera internacional, la regulación fi-
nanciera, el financiamiento verde, la política fiscal y la
cooperación internacional en materia tributada, la go-
bernanza energética y la lucha contra la corrupción.
En la tercera sesión, “Comercio internacional e inver-
sión sólidos”, se discutirán estrategias para impulsar el
crecimiento del comercio internacional, fortalecer el
sistema mu1tilateral de comercio, mejorar la coheren-
cia de las políticas de inversión y promover cadenas
globales de valor más incluyentes.
La cuarta sesión, sobre desarrollo incluyente e interco-
nectado se ocupará de las contribuciones del G20 a la
implementación de la Agenda 2030 de desarrollo sos-
tenible, la industrialización en África y países menos
desarrollados, las políticas para fomentar la creación de
empleos dignos y la seguridad alimentaria. Finalmente,
en la quinta sesión se analizarán otros asuntos que afec-
tan a la economía mundial, como los retos a la salud
global, la lucha contra el terrorismo, el cambio climáti-
co y la atención del fenómeno de los refugiados: Al fi-
nalizar la cumbre, los Líderes del G20 emitirán una De-
claración en la que se consignarán los principales
acuerdos alcanzados, para conducir a la economía
mundial hacia un crecimiento fuerte, sostenido y equi-
librado, y asegurar upa mayor estabilidad financiera.
La pertenencia de México al G20 es estratégica, pues
refleja el peso de la economía mexicana en el sistema
económico mundial. La participación del presidente
de la República en la Cumbre de Líderes permitirá a
México seguir siendo parte, al más alto nivel, del pro-
ceso más importante de toma de decisiones en materia
de economía internacional, y aprovechar el privilegia-
do espacio de diálogo que representa el G 20 para im-
pulsar los temas de interés para nuestro país.
Una vez concluido el viaje del Presidente de la Repú-
blica, se enviará a esa soberanía un informe con los re-
sultados de las actividades realizadas, en los términos
del propio artículo 88 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Agradeciendo de antemano su valioso apoyo y consi-
deración, quedo de usted.
Atentamente
Maestro Jorge Alberto Cortés Green (rúbrica)
Director General de Coordinación Política
(Remitida a la Comisión de Relaciones Exteriores. Agosto 31 de
2016.)
DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, CON LA CUAL RE-
MITE SIMILAR DE LA DE ECONOMÍA CON EL INFORME ES-
TADÍSTICO SOBRE EL COMPORTAMIENTO DE LA INVERSIÓN
EXTRANJERA DIRECTA EN MÉXICO DURANTE EL PERIODO
ENERO-JUNIO DE 2016
Ciudad de México, a 30 de agosto de 2016.
Integrantes de la Mesa Directiva
De la Comisión Permanente
Del Congreso de la Unión
Presentes
Por este medio, con fundamento en lo dispuesto en la
fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal y en el artículo 27,
fracción IV, de la Ley de Inversión Extranjera, me per-
mito hacer de su conocimiento que mediante el oficio
número 113. 2016. DGVP. 250, el licenciado Édgar
Alejandro Guerrero Flores, director general de Vincu-
lación Política de la Secretaría de Economía, remite el
informe estadístico sobre el comportamiento de la in-
versión extranjera directa en México durante el perio-
do enero-junio de 2016.
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 20166
Por lo anterior les acompaño para los fines proceden-
tes copia del oficio a que me he referido y del anexo
que en él se cita para que por su amable conducto se-
an remitidos a las Cámaras de Diputados y de Senado-
res del Congreso de la Unión.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterar-
les la seguridad de mi consideración distinguida.
Atentamente
Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
y Acuerdos Políticos
México, Distrito Federal, a 30 de agosto de 2016.
Licenciado Felipe Solís Acero
Subsecretario de Enlace Legislativo
Y Acuerdos Políticos de la
Secretaría de Gobernación
Presente
Como es de su conocimiento, de conformidad con el
artículo 27, fracción IV, de la Ley de Inversión Ex-
tranjera, es atribución del secretario ejecutivo de la
Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras presen-
tar al Congreso de la Unión un informe estadístico so-
bre el comportamiento de la inversión extranjera en el
país que incluya los sectores económicos y las regio-
nes en que ésta se ubica.
Por lo anterior, respetuosamente me permito enviar a
usted dos ejemplares del informe estadístico sobre el
comportamiento de la inversión extranjera directa en
México durante el periodo enero-junio de 2016 para
que por su amable conducto sea remitido al Congreso
de la Unión.
Sin otro particular, le envío un cordial saludo.
Atentamente
Licenciado Édgar Alejandro Guerrero Flores (rúbrica)
Director General de Vinculación Política
(Remitida a la Comisión de Economía. Agosto 31 de 2016.)
DEL BANCO DE MÉXICO, CON LA QUE REMITE EL INFOR-
ME EN QUE SE ANALIZAN LA INFLACIÓN, LA EVOLUCIÓN
ECONÓMICA Y EL COMPORTAMIENTO DE LOS INDICADORES
ECONÓMICOS DEL PAÍS EN EL TRIMESTRE ABRIL-JUNIO
Ciudad de México, 31 de agosto de 2016.
Secretarios de la Comisión Permanente
Del Honorable Congreso de la Unión
Presentes
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 51,
fracción II, de la Ley del Banco de México, me com-
place enviar a la Comisión Permanente del honorable
Congreso de la Unión, el informe en el que se analiza
la inflación, la evolución económica y el comporta-
miento de los indicadores económicos del país en el
trimestre abril-junio de dos mil dieciséis, así como la
ejecución de la política monetaria y, en general, las ac-
tividades del Banco de México durante dicho periodo,
en el contexto de la situación económica nacional e in-
ternacional. Ruego a ustedes dar el trámite que corres-
ponda en los términos establecidos por los ordena-
mientos aplicables.
Atentamente
Doctor Agustín Guillermo Carstens Carstens (rúbrica)
Gobernador
(Remitida a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Agosto 31
de 2016.)
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria7
DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMA-
NOS, CON LA QUE REMITE EL PRONUNCIAMIENTO SOBRE
ANTECEDENTES PENALES
Ciudad de México, a 29 de agosto de 2016.
Senador Roberto Gil Zuarth
Presidente de la Mesa Directiva
Del Senado de la República
Honorable Congreso de la Unión, LXIII Legislatura
Presente
Distinguido señor senador:
El 8 de agosto del año en curso, con fundamento en los
artículos 102, Apartado B, de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 6o., fracciones VII,
VIII, XII y XIII, así como 15, fracción VIII, de la Ley
que rige la actuación de esta Comisión Nacional de los
Derechos Humanos, y que la faculta para impulsar ac-
ciones encaminadas a reforzar la protección y obser-
vancia plena de los derechos humanos, a través de re-
comendaciones, diagnósticos y opiniones, entre otros
documentos que constituyen un referente para ello, se
emitió el Pronunciamiento sobre Antecedentes Pena-
les, previo análisis y aprobación del Consejo Consulti-
vo de este Organismo Autónomo, en sesión ordinaria
celebrada el 8 de agosto de 2016.
Derivado de lo anterior, me permito enviarlo anexo al
presente, en espera de que éste contribuya a orientar
las políticas públicas que garanticen el respeto por los
derechos humanos de las personas que han sido priva-
das de la libertad en centros de reclusión.
Sin otro particular, reitero a usted la seguridad de mi
consideración distinguida.
Atentamente
Licenciado Luis Raúl González Pérez (rúbrica)
Presidente
(Remitida a la Comisión de Derechos Humanos. Agosto 31 de
2016.)
Iniciativas
QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FE-
DERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO,
DE LA LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA
VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, DE LA LEY DEL SERVICIO
PROFESIONAL DE CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚ-
BLICA FEDERAL, DE LA LEY GENERAL PARA LA IGUAL-
DAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y DE LA LEY FEDERAL
PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN, RECIBI-
DA DE LA DIPUTADA ANA GEORGINA ZAPATA LUCERO,
DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESIÓN DE
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 31 DE AGOS-
TO DE 2016
Quien suscribe, Georgina Zapata Lucero, diputada fe-
deral a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión,
integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revo-
lucionario Institucional, con fundamento en lo dis-
puesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como
en los artículos 6o., fracción I, 77 y 78 del Reglamen-
to de la Cámara de Diputados, somete a la considera-
ción del pleno de esta honorable asamblea la siguiente
iniciativa con proyecto de decreto por el que se refor-
man diversas disposiciones de la Ley Federal de los
Trabajadores al Servicio del Estado, de la Ley General
de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violen-
cia, de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, de la Ley General pa-
ra la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de la Ley
Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación en
materia de igualdad salarial entre mujeres y hom-
bres,al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
A pesar de los muchos avances libertarios y democrá-
ticos que se registran desde hace más de dos siglos, so-
bre todo en las sociedades occidentales, lo cierto es
que la consecución de tales prerrogativas ha avanzado
de manera diferenciada, dependiendo del tiempo y las
circunstancias, pero también de los destinatarios de las
normas. Si bien es cierto la promesa de libertad y jus-
ticia heredada de la Era de la Ilustración es en parte
una utopía, en tanto que sus objetivos siempre van a
estar pendientes de cumplimentarse por entero, no po-
demos renunciar a trabajar por la consecución de los
ideales de igualdad, pues sólo ello nos llevará por la
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 20168
ruta del progreso en democracia, de la libertad con jus-
ticia social.
Estados Unidos de América mostró al continente que
la independencia y la democracia eran fines al alcance
de la mano, pero éstos fueron negados a los esclavos y
a los varones carentes de una renta suficiente para
ejercer sus derechos políticos. La India, tras obtener su
emancipación hace casi setenta años, prohibió el siste-
ma de castas, pero ello no significó el final de la dis-
criminación de un sector de la población al que se le
conoce peyorativamente como el de los “intocables”.
En México, la construcción de la nueva nación signi-
ficó el despojo a los pueblos indígenas a todo lo largo
del siglo XIX, cuando no su combate con fines de ex-
tinción. Ejemplos de lo anterior abundan en todo el
planeta.
Vistos así, los movimientos emancipadores constitu-
yen procesos sociales complejos que por alguna u otra
razón dejan desprovistos de su manto protector a de-
terminados sectores de la población, sea por pragma-
tismo político, incomprensión o franco desprecio. Em-
pero, existe un elemento que es constante en todas las
luchas humanas, no importando el momento histórico
o la geografía. Nos referimos a la discriminación hacia
las mujeres, la cual se manifiesta de formas diversas
de sometimiento, sean económicas, políticas o fami-
liares.
Cierto es que la causa de las mujeres dista de ser nue-
va en occidente, pues desde finales del siglo XIX se
vino gestando el movimiento sufragista que terminó
por obtener el voto femenino. La Revolución Mexica-
na trajo como una de sus muchas consecuencias el re-
conocimiento de los derechos de las mujeres,lo que se
vio reflejado en una marejada de reformas constitucio-
nales y legislativas tendentes a ubicar en una situación
de igualdad a los sexos masculino y femenino. Nom-
bres como los de Elvia Carrillo Puerto, Juana Belem
Gutiérrez de Mendoza, Dolores Jiménez y Muro, Ma-
ría Hernández Zarco, Aurora Martínez viuda de Garza
y Elisa Acuña Rosseti, unidos a la imagen popular de
las anónimas soldaderas nos recuerdan una lucha que,
a pesar de los años transcurridos, sigue siendo tan vi-
gente como el primer día.
Cuesta trabajo entender por qué la gesta por la igual-
dad de las mujeres sigue siendo válida a pesar de los
avances que hoy se reflejan en la cotidianeidad de mi-
llones de hogares en el país. Resulta difícil aceptar por
qué, a pesar de tantas normas aprobadas y políticas
públicas puestas en marcha, es necesario porfiar en un
tema que a muchos y muchas pudiera llegarles a cau-
sar hastío. La razón es una y simple: porque las muje-
res siguen siendo discriminadas en México. Discrimi-
nadas, sí, porque sus derechos no son ejercidos a la par
de los de los varones.
Hablamos de mujeres violentadas física o verbalmen-
te en los espacios públicos, de amas de casa que viven
en un infierno disfrazado de hogar, de ancianas despo-
jadas de su patrimonio y dignidad por sus propias fa-
milias, de niñas indígenas que son vendidas como si
fueran mercancías u obligadas a trabajar sin la espe-
ranza de una vida mejor fundada en el trabajo y el mé-
rito propio. Empleadas a quienes sus jefes les dictan
normas sobre el vestir, partiendo de la falacia de que
no son personas, sino causa del deseo masculino. Ser-
vidoras públicas desprovistas de la confianza de sus
superiores por usar faldas y no pantalones. Reclusas
abandonadas por sus familias y parejas, y por ello sin
esperanza ni fe en la reinserción social. Por eso deci-
mos que en México se discrimina a las mujeres. Por
eso insistimos en la vigencia del tema. Por eso es que
no vamos a dejar de hablar sobre esta disparidad e in-
equidad.
La discriminación hacia las mujeres se expresa de for-
mas tan variadas que resulta difícil mencionar un es-
pacio en el que ésta no se ejerza. Sin embargo, una de
los que más preocupación nos debe causar es la que se
ejerce en el ámbito laboral, pues en la medida en que
se reducen o cancelan las posibilidades de desarrollo
económico a las mujeres, se perpetuará un sistema de
dominación que, por anacrónico, ya debiera haber des-
aparecido desde hace mucho.
De acuerdo con el Programa Sectorial de Trabajo y
Previsión Social 2013-2018, una quinta parte de las
mujeres ocupadas, 20.6 por ciento, sufre discrimina-
ción laboral. El 53.4 por ciento de éstas han tenido me-
nos oportunidades que un hombre para obtener un as-
censo. Una de cada 10 mujeres ocupadas ha sufrido
incidentes de violencia laboral por embarazo a lo lar-
go de su vida.
Una de las principales columnas de la relación laboral
es el salario, pues su monto, periodicidad y evolución
reflejan la salud financiera de las empresas, el entorno
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria9
en que éstas producen y el desarrollo de las personas
que ahí prestan sus servicios, por lo que no es de ex-
trañar que sea justo en este ámbito donde se presenta
la discriminación hacia las mujeres. México se sitúa,
de entre 135 países, en el lugar 105 en materia de
igualdad de ingresos entre mujeres y hombres; 104 en
igualdad salarial por trabajo de igual valor y 113 en
participación económica y de oportunidades labora-
les.1 De acuerdo con la Comisión Económica para
América Latina y el Caribe (Cepal), el ingreso laboral
de las mujeres en América Latina equivale a 70 por
ciento del ingreso de los hombres.2
Por su parte, el Programa Nacional para la Igualdad de
Oportunidades y No Discriminación contra las Muje-
res 2013-2018 señala que los índices de discrimina-
ción salarial por ocupación y sector de actividad mues-
tran que las mujeres ganan un 30.5 por ciento menos
que los varones en ocupaciones industriales, 16.7 por
ciento menos como comerciantes y 15.3 por ciento
menos como profesionales. Por sector de actividad el
índice es de casi 20 por ciento en el comercio, de 18.1
por ciento en la industria manufacturera, de poco más
de 14 por ciento en la construcción y de más de 10.8
por ciento en los servicios sociales.
Asimismo, el Programa señalado en el párrafo prece-
dente refiere que 56 por ciento de los hombres dueños
de micro-negocios tienen ingresos de tres o más sala-
rios mínimos, mientras sólo 29 por ciento de las muje-
res alcanzan esos ingresos; las ganancias promedio
mensuales de los micro-negocios dirigidos por varo-
nes ascienden a 6 mil 802 pesos y por mujeres a 2 mil
947 pesos.
Esta situación resulta en demasía preocupante porque
tiende a mantener en estado de postración económica
a las mujeres y porque resulta contraria a las leyes vi-
gentes. Recordemos que el artículo 4o. de la Consti-
tución Política de los Estados Unidos Mexicanos es-
tablece que el varón y la mujer son iguales ante la
ley, mientras que el diverso 123 dispone en su apar-
tado A, fracción VII, que para trabajo igual debe co-
rresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni
nacionalidad; disposición ésta última que resulta
concordante con lo previsto en el apartado B, frac-
ción V, del mismo dispositivo, el cual estipula que, a
trabajo igual corresponderá salario igual, sin tener en
cuenta el sexo.
Tales normas constitucionales fueron proyectadas por
el legislador ordinario en los artículos 2, 56, 86 y 164
de la Ley Federal del Trabajo, los cuales mencionan lo
siguiente:
Artículo 2o. …
La igualdad sustantiva es la que se logra eliminan-
do la discriminación contra las mujeres que menos-
caba o anula el reconocimiento, goce o ejercicio de
sus derechos humanos y las libertades fundamenta-
les en el ámbito laboral. Supone el acceso a las mis-
mas oportunidades, considerando las diferencias
biológicas, sociales y culturales de mujeres y hom-
bres.
Artículo 56. Las condiciones de trabajo basadas en
el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y
hombres en ningún caso podrán ser inferiores a las
fijadas en esta Ley y deberán ser proporcionales a la
importancia de los servicios e iguales para trabajos
iguales, sin que puedan establecerse diferencias y/o
exclusiones por motivo de origen étnico o naciona-
lidad, sexo, género, edad, discapacidad, condición
social, condiciones de salud, religión, opiniones,
preferencias sexuales, condiciones de embarazo,
responsabilidades familiares o estado civil, salvo
las modalidades expresamente consignadas en esta
ley.
Artículo 86. A trabajo igual, desempeñado en pues-
to, jornada y condiciones de eficiencia también
iguales, debe corresponder salario igual.
Artículo 164. Las mujeres disfrutan de los mismos
derechos y tienen las mismas obligaciones que los
hombres.
Tales normas también se encuentran plasmadas en
la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del
Estado, en cuyos artículos 14 y 33 se puede apreciar
lo siguiente:
Artículo 14. Serán condiciones nulas y no obliga-
rán a los trabajadores, aún cuando las admitieren
expresamente, las que estipulen:
IV. Un salario inferior al mínimo establecido para
los trabajadores en general, en el lugar donde se
presten los servicios,
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201610
Artículo 33. El sueldo o salario será uniforme para
cada uno de los puestos consignados en el catálogo ge-
neral de puestos del gobierno federal y se fijará en los
tabuladores regionales, quedando comprendidos en los
presupuestos de egresos respectivos.
En este sentido, y si a nivel normativo ya se encuentra
prohibida la inequidad salarial entre hombres y muje-
res, ¿qué causa es la que genera la permanencia de es-
te fenómeno? La primera de ellas, sin lugar a dudas,
son los vicios existentes en la cultura laboral de nues-
tro país, situación que es reconocida en el Programa
Sectorial de Trabajo y Previsión Social 2013-2018, en
el cual se menciona que “la discriminación y la des-
igualdad en las oportunidades de empleo están estre-
chamente relacionadas con la cultura,” por lo que se
busca “promover una cultura laboral donde el sexo, la
edad, la discapacidad, el estado de salud o cualquier
otra condición, no sean obstáculo para la inclusión la-
boral; donde la responsabilidad social de los centros
de trabajo con los sectores más desfavorecidos de la
sociedad sea un valor. Una cultura que reconozca las
capacidades y habilidades de todas las personas en el
desempeño de su actividad laboral y que promueva la
igualdad, la justicia y la dignidad como principios in-
trínsecos en el ejercicio del derecho al trabajo.”
La segunda causa que explica la prevalencia de este
fenómeno lo es una deficiencia en la redacción de las
normas aplicables en nuestro país, pues hasta el mo-
mento no existe un concepto uniforme que sirva para
englobar la desigualdad que se registra entre los ingre-
sos de los varones y las mujeres. Cierto es que habla-
mos de palabras, pero éstas “no son inocentes ni im-
punes”, como bien decía el escritor portugués José
Saramago, máxime cuando se trata de incorporarlas a
las leyes que rigen la convivencia humana.
Es por esta razón que proponemos a través de la pre-
sente incorporar una idea a las normas que buscan pre-
servar la equidad entre los sexos al momento de reci-
bir las contraprestaciones que por virtud de una
relación laboral les corresponden: la igualdad salarial,
entendida ésta como un principio por el que las y los
trabajadores de una empresa o establecimiento que
desempeñen la misma clase de trabajo, bajo idénticas
condiciones, tendrán derecho a percibir igual remune-
ración, sin que para ello exista cualquier trato prefe-
rencial o discriminatorio o puedan establecerse dife-
rencias o exclusiones por motivo de género, edad,
discapacidad, condición social, condiciones de salud,
religión, opiniones, preferencias sexuales, condiciones
de embarazo, responsabilidades familiares o estado ci-
vil, salvo las modalidades expresamente consignadas
en la ley.
Dicho concepto, como transcribimos en otra parte de
la presente, ya se encuentra previsto de alguna forma
en el artículo 2 de la Ley Federal de Trabajo, pero
nuestra intención es adicionarlo a otros ordenamientos
aplicables a fin de armonizar su contenido y coadyu-
var a su aplicación efectiva.
La inclusión de tal término resulta concordante con el
artículo 1º de nuestra Carta Magna, el cual establece,
por una parte, que en los Estados Unidos Mexicanos
todas las personas gozarán de los derechos humanos
reconocidos en la propia Constitución y en los tratados
internacionales de los que el Estado Mexicano sea par-
te, así como de las garantías para su protección, cuyo
ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en
los casos y bajo las condiciones que la propia Ley
Fundamental establece y, por la otra, que las normas
relativas a los derechos humanos se interpretarán de
conformidad con esta Constitución y con los tratados
internacionales de la materia favoreciendo en todo
tiempo a las personas la protección más amplia.
La propuesta se vigoriza a la luz de lo dispuesto en di-
versos instrumentos internacionales que constituyen
derecho vigente para el Estado Mexicano, entre los
cuales se encuentran los Convenios de la Organización
Internacional del Trabajo número 111sobre la Discri-
minación (empleo y ocupación); 169 sobre Pueblos In-
dígenas y Tribales, y100 relativo a la Igualdad de Re-
muneración entre la Mano de Obra Masculina y la
Mano de Obra Femenina por un Trabajo de Igual Va-
lor.
De igual forma, el Sistema Interamericano de Dere-
chos Humanos prevé en el Protocolo de San Salvador
y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, So-
ciales y Culturales el principio de igualdad salarial.
Dicha inclusión también viene a ser un reconocimien-
to de lo previsto en varias entidades de la República,
cuyos poderes legislativos han incluido el multicitado
concepto en las leyes dirigidas a procurar la igualdad
entre mujeres y hombres, como por ejemplo, Quintana
Roo, Nayarit, Yucatán y San Luis Potosí.
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria11
La inclusión del principio de igualdad salarial también
resulta acorde con los Objetivos del Milenio formula-
dos por la Organización de las Naciones Unidas y com-
partidos por el Estado Mexicano, entre los cuales se
encuentra el tercero, el cual busca promover la igual-
dad entre los sexos y el empoderamiento de la mujer.
La reforma que se propone a través de la presente ini-
ciativa también es acorde con diversas tesis aisladas
emitidas por el Poder Judicial de la Federación, y de
las cuales se retoma el concepto de igualdad salarial, a
saber:
Época: Novena Época
Registro: 186849
Instancia: Segunda Sala
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su
Gaceta
Tomo XV, Mayo de 2002
Materia(s): Constitucional, Laboral
Tesis: 2a. LXII/2002
Página: 310
Seguro social. El artículo 128 de la ley relativa,
vigente hasta el treinta de junio de mil novecien-
tos noventa y siete, que establece los supuestos
conforme a los cuales se actualiza el estado de
invalidez de un asegurado, no viola el principio
de igualdad salarial, previsto por el artículo 123,
fracción VII, de la Constitución federal. El pre-
cepto constitucional citado prevé el principio de
igualdad salarial, conforme al cual los trabajadores
de una empresa o establecimiento que desempeñen
la misma clase de trabajo, bajo idénticas condicio-
nes, tienen derecho a percibir igual remuneración,
es decir, este principio no permite un trato preferen-
cial o discriminatorio en cuanto al monto del sala-
rio que deben recibir los trabajadores ubicados en
igualdad de circunstancias. En este sentido, el artí-
culo 128 de la Ley del Seguro Social, que establece
los supuestos conforme a los cuales un trabajador
asegurado se encuentra en estado de invalidez, no
transgrede el mencionado principio constitucional,
ya que de su texto no deriva facultad alguna del pa-
trón para reducir el salario de aquél cuando vuelve
a su antiguo empleo al no haber obtenido la pensión
por invalidez, ni menos aún a otorgarle una retribu-
ción inferior a la que reciben los demás trabajado-
res ubicados en idénticas condiciones.
Amparo directo en revisión 1800/2001. Refugio So-
lís Pantoja. 8 de marzo de 2002. Unanimidad de
cuatro votos. Ausente: José Vicente Aguinaco Ale-
mán. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano.
Secretario: Alberto Miguel Ruiz Matías.
Época: Novena Época
Registro: 921273
Instancia: Segunda Sala
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Apéndice (actualización 2002)
Tomo I, Jur. Acciones de Inconstitucionalidad y
C.C.
Materia(s): Constitucional
Tesis: 201
Página: 426
Seguro Social. El artículo 128 de la ley relativa,
vigente hasta el treinta de junio de mil novecien-
tos noventa y siete, que establece los supuestos
conforme a los cuales se actualiza el estado de in-
validez de un asegurado, no viola el principio de
igualdad salarial, previsto por el artículo 123,
fracción VII, de la Constitución federal.
El precepto constitucional citado prevé el principio
de igualdad salarial, conforme al cual los trabaja-
dores de una empresa o establecimiento que des-
empeñen la misma clase de trabajo, bajo idénticas
condiciones, tienen derecho a percibir igual remu-
neración, es decir, este principio no permite un tra-
to preferencial o discriminatorio en cuanto al mon-
to del salario que deben recibir los trabajadores
ubicados en igualdad de circunstancias. En este
sentido, el artículo 128 de la Ley del Seguro Social,
que establece los supuestos conforme a los cuales
un trabajador asegurado se encuentra en estado de
invalidez, no transgrede el mencionado principio
constitucional, ya que de su texto no deriva facul-
tad alguna
del patrón para reducir el salario de aquél cuando
vuelve a su antiguo empleo al no haber obtenido la
pensión por invalidez, ni menos aún a otorgarle una
retribución inferior a la que reciben los demás tra-
bajadores ubicados en idénticas condiciones.
Amparo directo en revisión 1800/2001.-Refugio
Solís Pantoja.-8 de marzo de 2002.-Unanimidad de
cuatro votos. Ausente: José Vicente Aguinaco Ale-
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201612
mán.-Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano.-
Secretario: Alberto Miguel Ruiz Matías.
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta,
Novena Época, Tomo XV, mayo de 2002, página
310, Segunda Sala, tesis 2a. LXII/2002.
De ser aprobada la iniciativa que ahora se sujeta a la
consideración de esta Honorable Cámara de Diputa-
dos, también se contribuiría a alcanzar el objetivo
planteado por la administración del presidente Enrique
Peña Nieto(la primera que plasma la perspectiva de
género a nivel programático), el cuales consiste en fo-
mentar la igualdad salarial y la promoción de cuadros
femeninos en el sector público y que se encuentra
plasmado en los programas Nacional para la Igualdad
de Oportunidades y No Discriminación contra las Mu-
jeres y Sectorial de Trabajo y Previsión Social, ambos
aplicables para el periodo 2013–2018.
No omito mencionar que si bien es cierto la principal
preocupación que nos ocupa es la igualdad de género
reflejada en el salario, debemos reconocer que ésta se
expresa, mutatis mutandis, en detrimento de los dere-
chos de diversos grupos vulnerables que de igual ma-
nera la padecen, por lo que la presente iniciativa tam-
bién busca insertar el precepto de la igualdad salarial
en otros ordenamientos.
Las mexicanas de hace un siglo se lanzaron a la lucha
por una doble causa: el triunfo de la Revolución y el
cumplimiento de las promesas generadas por ésta. Ha
pasado una centuria y algunas de éstas siguen pen-
dientes de cumplimentarse a cabalidad, entre ellas, la
concerniente a la igualdad para las mujeres. El tiempo
transcurrido no ha sido en vano, ya que nuestra situa-
ción dista mucho de parecerse a la existente a princi-
pios del siglo XX. Es nuestra obligación como legisla-
doras traer tal gesta al presente para proyectarla hacia
el futuro y así contribuir a la construcción de un país
más justo y democrático, más incluyente y tolerante.
Por lo anterior, someto a la consideración del pleno el
siguiente proyecto de
Decreto
Artículo Primero. Se reforma el artículo 33 de la Ley
Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, pa-
ra quedar como sigue:
Artículo 33. …
Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior,
los titulares deberán atender al principio de igual-
dad salarial, que es aquél por el que las y los traba-
jadores que desempeñen la misma clase de trabajo,
bajo idénticas condiciones, tendrán derecho a per-
cibir igual remuneración, sin que para ello exista
cualquier trato preferencial o discriminatorio o
puedan establecerse diferencias o exclusiones por
motivo de género, edad, discapacidad, condición
social, condiciones de salud, religión, opiniones,
preferencias sexuales, condiciones de embarazo,
responsabilidades familiares o estado civil, salvo las
modalidades expresamente consignadas en la ley.
Artículo Segundo. Se reforma el artículo14 de la Ley
General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia, para quedar como sigue:
Artículo 14. Las entidades federativas en función de
sus atribuciones tomarán en consideración:
I. …
II. …
III. Promover y difundir en la sociedad que el hos-
tigamiento sexual y el acoso sexual son delitos;
IV. Diseñar programas que brinden servicios reedu-
cativos integrales para víctimas y agresores, y
V. Promover el respeto al principio de igualdad
salarial, que es aquél por el que las y los traba-
jadores que desempeñen la misma clase de tra-
bajo, bajo idénticas condiciones, tendrán dere-
cho a percibir igual remuneración, sin que para
ello exista cualquier trato preferencial o discri-
minatorio o puedan establecerse diferencias o
exclusiones por motivo de género, edad, discapa-
cidad, condición social, condiciones de salud, re-
ligión, opiniones, preferencias sexuales, condi-
ciones de embarazo, responsabilidades
familiares o estado civil, salvo las modalidades
expresamente consignadas en la ley.
Artículo Tercero. Se reforma el artículo 42 de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administra-
ción Pública Federal, para quedar como sigue:
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria13
Artículo 42. …
Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior,
la secretaría deberá atender al principio de igual-
dad salarial, que es aquél por el que las y los traba-
jadores que desempeñen la misma clase de trabajo,
bajo idénticas condiciones, tendrán derecho a per-
cibir igual remuneración, sin que para ello exista
cualquier trato preferencial o discriminatorio o
puedan establecerse diferencias o exclusiones por
motivo de género, edad, discapacidad, condición
social, condiciones de salud, religión, opiniones,
preferencias sexuales, condiciones de embarazo,
responsabilidades familiares o estado civil, salvo las
modalidades expresamente consignadas en la ley.
Artículo Cuarto. Se reforma el artículo 34 de la Ley
General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres,
para quedar como sigue:
Artículo 34. …
XI. …
d) El respeto al principio de igualdad salarial,
que es aquél por el que las y los trabajadores
que desempeñen la misma clase de trabajo,
bajo idénticas condiciones, tendrán derecho a
percibir igual remuneración, sin que para ello
exista cualquier trato preferencial o discrimi-
natorio o puedan establecerse diferencias o
exclusiones por motivo de género, edad, dis-
capacidad, condición social, condiciones de
salud, religión, opiniones, preferencias sexua-
les, condiciones de embarazo, responsabilida-
des familiares o estado civil, salvo las modali-
dades expresamente consignadas en la ley.
e) Las demás consideraciones en materia de
salubridad, protección y prevención de la
desigualdad en el ámbito laboral, y
XII. …
Artículo Quinto. Se reforma el artículo 20 de la Ley
Federal para prevenir y eliminar la Discriminación,
para quedar como sigue:
Artículo 20. Son atribuciones del Consejo:
I. a LIV. …
LV. Proponer modificaciones al Estatuto Orgánico;
LVI. Promover el respeto al principio de igualdad
salarial, que es aquél por el que las y los trabaja-
dores que desempeñen la misma clase de trabajo,
bajo idénticas condiciones, tendrán derecho a
percibir igual remuneración, sin que para ello
exista cualquier trato preferencial o discrimina-
torio o puedan establecerse diferencias o exclu-
siones por motivo de género, edad, discapacidad,
condición social, condiciones de salud, religión,
opiniones, preferencias sexuales, condiciones de
embarazo, responsabilidades familiares o estado
civil, salvo las modalidades expresamente consig-
nadas en la ley, y
LVII. Las demás establecidas en esta ley, en el Es-
tatuto Orgánico y en otras disposiciones aplicables.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día si-
guiente al de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
Notas
1 Reporte del Índice Global de Brechas de Género (WEF 2012).
2 Cepal-División de Asuntos de Género, El aporte de las mujeres
a la igualdad en América Latina y el Caribe.
Dado en el salón de sesiones de la Comisión Perma-
nente del Honorable Congreso de la Unión a 31 de
agosto de 2016.
Diputada Ana Georgina Zapata Lucero (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social. Agosto 31
de 2016.)
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201614
QUE EXPIDE LA LEY GENERAL DE TRANSPORTE SUSTEN-
TABLE URBANO Y SUBURBANO Y ADICIONA LAS FRACCIO-
NES IV AL ARTÍCULO 2O.-A DE LA LEY DEL IMPUESTO ES-
PECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS, Y XI AL
ARTÍCULO 2 DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL, RECI-
BIDA DE LA DIPUTADA SOFÍA GONZÁLEZ TORRES, EN
NOMBRE DE LOS LEGISLADORES DEL GRUPO PARLAMEN-
TARIO DEL PVEM, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PER-
MANENTE DEL MIÉRCOLES 31 DE AGOSTO DE 2016
Quien suscribe, diputada Sofía González Torres, en
nombre de los diputados federales integrantes del
grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de
México en la LXIII Legislatura del Congreso de la
Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción
II, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 55, fracción II, y 56 del Reglamento pa-
ra el Gobierno Interior del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos, presenta iniciativa con
proyecto de decreto por el que se expide la Ley Ge-
neral de Transporte Sustentable Urbano y Suburba-
no; se adiciona una fracción IV al artículo 2o.A de la
Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Ser-
vicios; y se adiciona una fracción XI al artículo 2 de
la Ley de Coordinación Fiscal, al tenor de la si-
guiente:
Exposición de Motivos
Nuestro país experimentó un proceso intenso de urba-
nización durante el siglo XX y los primeros años del
XXI. De acuerdo con el Catálogo del Sistema Urbano
Nacional de 2012, México contaba en 1 mil 900 con
únicamente 33 ciudades de más de 15 mil habitantes.
En ellas residían 1.4 millones de personas, es decir,
10.4 por ciento del total poblacional. En contraste, en
2005 existían 358 ciudades con 65.6 millones de per-
sonas, esto es, 70 por ciento. Así nuestra nación ha ad-
quirido un perfil predominantemente urbano.
Dicha dinámica poblacional ha ejercido una presión
constante sobre la calidad del aire. Tan sólo entre 2010
y 2013, se estima que la contaminación de éste generó
costos aproximados de 14 mil millones de pesos, de
los cuales, 11 mil 500 están asociados a pérdidas de
productividad en la economía y 2 mil 500 a gastos en
salud por muertes prematuras y hospitalizaciones para
atender diversos problemas respiratorios y cardiovas-
culares de los residentes de las zonas urbanas.1
Uno de los factores más evidentes de contaminación
ha sido el crecimiento excesivo del parque vehicular,
así como su uso indiscriminado, que es alentado por la
ausencia de políticas integrales de transporte, que fa-
vorezcan la movilidad urbana y la salud. Las contin-
gencias ambientales que se vivieron recientemente en
la Ciudad de México o el progresivo empeoramiento
de la calidad del aire en ciudades como Mexicali,
Cuernavaca, Monterrey o Tijuana, entre otras, que re-
gistran tasas elevadas de hospitalizaciones y consultas
médicas atribuibles a la contaminación, son señales
claras de que algo se está haciendo mal.
Hoy, más que nunca, resulta primordial que la pobla-
ción tenga acceso a sistemas de transporte eficientes y
a una infraestructura urbana acorde con ellos que, por
una parte, haga realidad el derecho de la movilidad pa-
ra todos y, por otra, contribuya a la descarbonización
de la economía y al cumplimiento de los compromisos
internacionales suscritos por México en materia de
cambio climático.
En este orden de ideas, la presente iniciativa propone
expedir la Ley General de Transporte Urbano y Su-
burbano, a fin de incrementar las inversiones en trans-
porte sustentable con la colaboración de los tres ámbi-
tos de gobierno.
La iniciativa que se somete a consideración tiene las
siguientes características:
A) Crea un Fondo Nacional de Inversiones para el
Transporte Sustentable Urbano y Suburbano, como
fideicomiso que será operado por el Banco Nacio-
nal de Obras y Servicios Públicos, Banobras, SNC,
a fin de impulsar inversiones en materia de trans-
porte sustentable.
Dicho Fondo brindará apoyos no recuperables para
la ejecución de proyectos amigables con el medio
ambiente, que las entidades federativas y los muni-
cipios propondrán a una Comisión Nacional de
Transporte Sustentable, en los rubros de construc-
ción, ampliación, modificación, mantenimiento ma-
yor y equipamiento de los sistemas de transporte
masivo urbano y suburbano, renovación del trans-
porte no masivo, así como la puesta en marcha de ci-
clo vías y vías compartidas o, en su caso, exclusivas
para motocicletas.
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria15
Cabe destacar que los proyectos que podrán recibir re-
cursos del Fondo sólo serán apoyados en su fase de
ejecución y que todos serán fiscalizados, mediante au-
ditoría externa, anualmente y en el momento de su
conclusión. Al respecto, la Secretaría Técnica de la
Comisión tendrá la obligación de comunicar los resul-
tados de tales ejercicios a la Auditoría Superior de la
Federación.
Debe enfatizarse también, que los apoyos están pre-
vistos únicamente para inversión, sin que puedan des-
tinarse a cubrir gastos de operación de los proyectos,
adquisición de inmuebles y derechos de vías necesa-
rios para los mismos o adeudos de los gobiernos esta-
tales o municipales.
B) El Fondo Nacional de Inversiones para el Trans-
porte Urbano y Suburbano no generará nuevos im-
puestos. Al respecto, se propone reorientar una pe-
queña proporción, 5 centavos por cada litro
vendido, de la recaudación que actualmente obtiene
el Estado por el cobro del Impuesto Especial sobre
Producción y Servicios a gasolinas (IEPS a gasoli-
nas). De esta manera, el Impuesto Especial que en
la actualidad se aplica al consumo de dichos com-
bustibles contribuirá a alcanzar un objetivo impos-
tergable para el país: acelerar la adopción de unida-
des y tecnologías amigables con el medio ambiente,
y, en general, favorecer la modernización de los
medios de trasporte, públicos y privados, a favor de
una mejor organización de nuestras ciudades y la
salud de sus residentes.
Por ello, la iniciativa modifica el Artículo 2 de la Ley
de Coordinación Fiscal, a fin de permitir que una par-
te de la recaudación nacional por IEPS a gasolinas se
pueda destinar al Fondo Nacional de Inversiones para
el Transporte Sustentable Urbano y Suburbano y que,
de esta forma, se puedan beneficiar los proyectos ema-
nados de las entidades federativas y municipios.
C) La iniciativa es respetuosa de las facultades que
en materia de transporte de pasajeros tienen los es-
tados y municipios, así como la atribución constitu-
cional del Congreso de la Unión para legislar en
materia de vías generales de comunicación. Sin
contravención de lo anterior, propone que la Comi-
sión Nacional de Transporte Sustentable quede fa-
cultada para emitir Regulaciones en materia de tras-
porte urbano y suburbano, que puedan ser suscritas
libremente por las entidades federativas y los muni-
cipios.
En la iniciativa, estas figuras reciben el nombre de Re-
gulaciones por Adhesión. Con ellas, se pretende avan-
zar en la uniformidad y actualización de las normati-
vidades estatales, para que tomen en cuenta al medio
ambiente. Se busca actualizar reglamentaciones obso-
letas, que no toman en cuenta a los usuarios vulnera-
bles de las vías públicas, que no propugnan por la mo-
vilidad como un derecho de todos, no promueven la
eficiencia energética y no ven a la contaminación del
aire como un tema de salud pública. En suma, las Re-
gulaciones por Adhesión estimularán las inversiones
en transporte sustentable que no pueden esperar más.
D) La iniciativa no genera burocracias. La crea-
ción de la Comisión Nacional de Transporte Sus-
tentable no implicará un gasto adicional en suel-
dos o prestaciones, ya que se tiene contemplado
que en ella participen funcionarios en activo de las
entidades federativas. Cabe enfatizar que este or-
ganismo sesionará únicamente 4 veces por año,
principalmente para validar y aprobar los trabajos
de su Secretaría Técnica, por lo que tampoco es
procedente la adquisición de oficinas o gastos de
mantenimiento.
En relación al presupuesto de la Secretaría Técnica,
conformada por un Secretario y un pequeño cuerpo a
su cargo, la iniciativa señala que se obtendrá emplean-
do 1 por ciento, como máximo, de los recursos de uso
general que integren el Fideicomiso en Banobras.
E) El apoyo que la Iniciativa brinda a la motocicle-
ta como medio de transporte alternativo constituye
una innovación para México. En el mundo existe
una tendencia al uso de la motocicleta como una al-
ternativa de transporte, ya que es una opción más
barata, en relación al carro, menos contaminante y
con gran potencial para conectar eficientemente zo-
nas conurbadas, centros históricos y polos labora-
les. Por sus características físicas, la motocicleta
permite a los ciudadanos llegar en menor tiempo a
sus destinos, impactando favorablemente la produc-
tividad y liberando tiempo para su esparcimiento y
descanso.
En este sentido, el Fondo Nacional de Inversiones pa-
ra el Transporte Sustentable Urbano y Suburbano po-
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201616
drá apoyar inversiones que promuevan la adecuación
de vialidades para la circulación de motocicletas, así
como la adquisición de equipos de conexión y recarga
para medios de transporte eléctricos.
F) En aras de fortalecer la rendición de cuentas, la
iniciativa señala que en un plazo no mayor a 1 año
de la entrada en vigor de la Ley, la Comisión debe-
rá presentar al Congreso un estudio con las caracte-
rísticas y resultados alcanzables de las regulaciones
por adhesión, en todo el país, así como el avance de
su formulación y suscripción. Asimismo, se esta-
blece que las Regulaciones por Adhesión deberán
someterse a revisión cada cinco años, con lo cual no
sólo se garantiza un proceso normativo eficaz, sino
flexible, abierto a mejoras.
Por lo anterior y con base en el Artículo 73 de la Cons-
titución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
que faculta al Congreso de la Unión para legislar en
materia de vías generales de comunicación (Frac.
XVII) y para expedir leyes que establezcan las bases
de coordinación entre la Federación, las entidades fe-
derativas y los municipios (fracción XXIII), se some-
te a consideración de esta asamblea el siguiente:
Proyecto de Decreto
Artículo Primero. Se expide la Ley General de Trans-
porte Sustentable Urbano y Suburbano, para quedar
como sigue:
Ley General de Transporte Sustentable Urbano y
Suburbano
Artículo 1o. La presente Ley es de interés público y
de observancia general en todo el territorio nacional.
Artículo 2o. Esta Ley tiene por objeto apoyar la in-
versión en transporte sustentable urbano y suburbano,
amigable con el medio ambiente, así como determinar
el mecanismo de coordinación entre Federación, enti-
dades federativas y municipios que permita cumplir
con dicho propósito. Asimismo, busca establecer regu-
laciones modernas en materia de transporte y definir el
marco de concertación que permita su aplicación en
los tres niveles de gobierno.
Artículo 3o. Las acciones y regulaciones previstas en
esta Ley tendrán como objetivos específicos:
A) Lograr el desarrollo y la mejora del transporte
urbano y suburbano, masivo y no masivo, para ele-
var la calidad de vida en las ciudades y proteger la
salud de la población;
B) Ampliar y mejorar la infraestructura de vialida-
des, para propiciar eficiencia en los sistemas de
transporte; mejorar la fluidez y garantizar la movi-
lidad como un derecho de todos;
C) Adecuar la infraestructura urbana para la utiliza-
ción de unidades de transporte menos contaminan-
tes por sus emisiones de gases con efecto inverna-
dero, así como promover una mayor utilización de
las bicicletas y motocicletas;
D) Asegurar la integridad de los usuarios vulnera-
bles de la vía pública.
Artículo 4o. Para efectos de esta Ley se entenderá por:
I. Bicicleta: Vehículo no motorizado de propulsión
humana a través de pedales.
II. Comisión: Comisión Nacional de Transporte
Sustentable Urbano y Suburbano;
III. Fondo Nacional: Fondo Nacional de Inversio-
nes para el Transporte Sustentable Urbano y Subur-
bano;
IV. Motocicleta: Vehículo automotor que utiliza
manubrio para su conducción con dos o más ruedas,
utilizado para el transporte de hasta tres personas o
cargas de hasta 700 kilogramos (kg) y está equipa-
do con motor a partir de 49 centímetros cúbicos
(cm3) de desplazamiento y combustión interna de
dos o cuatro tiempos, o motor eléctrico, que cumple
con las Normas Oficiales Mexicanas de la Semarnat
en materia de contaminación auditiva y emisión de
gases;
V. Programa Nacional: Programa Nacional de
Transporte Sustentable Urbano y Suburbano;
VI. Regulaciones por Adhesión: las emitidas por las
entidades federativas y los municipios, a propuesta
de la Comisión y registradas por la Secretaría Téc-
nica;
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria17
VII. Secretaría Técnica: el órgano de la Comisión
para apoyar sus tareas;
VIII. Usuario vulnerable de la vía pública: los pea-
tones, ciclistas y motociclistas, los cuales carecen
de una estructura física que los proteja ante hechos
de tránsito, y cuya circulación se encuentra expues-
ta a sufrir lesiones graves o perder la vida en caso
de accidentes de tránsito.
Capítulo Segundo
De la Comisión Nacional de Transporte
Sustentable Urbano y Suburbano
Artículo 5o. La Comisión Nacional de Transporte
Sustentable Urbano y Suburbano es una instancia de
coordinación de acciones entre Federación, entidades
federativas y municipios. Para su operación, contará
con un órgano de apoyo denominado Secretaría Técni-
ca.
Artículo 6o. La Comisión tendrá las siguientes atribu-
ciones:
I. Aprobar el Programa Nacional de Transporte Sus-
tentable Urbano y Suburbano, así como las revisio-
nes y actualizaciones del mismo en forma bianual;
II. Aprobarlos montos base de recursos anuales del
Fondo Nacional que corresponden por entidad fe-
derativa, para apoyar proyectos de los gobiernos de
las mismas y de los municipios;
III. Aprobar la aplicación de recursos del Fondo Na-
cional para apoyar los proyectos de inversión de las
entidades federativas y los municipios;
IV. Aprobar los términos de referencia de presenta-
ción de los diversos géneros de proyectos de inver-
sión a que se refiere esta Ley y los criterios genera-
les de evaluación de los mismos;
V. Verificar y aprobar los criterios y requisitos para
obtener el registro en el padrón de auditores exter-
nos de los proyectos de inversión a que se refiere
esta Ley;
VI. Recibir y aprobar las propuestas de regulación
que se sometan a las entidades federativas y a los
municipios para ser suscritos por adhesión;
VII. Analizar y determinar la viabilidad del progra-
ma anual de trabajo, los estudios sobre transporte
urbano y suburbano, y los informes de actividades
trimestrales de la Secretaría Técnica;
VIII. Coordinarse con el Secretario Técnico para
elaborar, evaluar o modificar el Reglamento Interno
de Funcionamiento de la Comisión;
IX. Las demás que establezcan ésta y otras leyes.
Artículo 7o. La Comisión se integrará por once dele-
gados regionales, designados entre los servidores pú-
blicos de las administraciones estatales. Dichos fun-
cionarios corresponderán a las siguientes regiones o
grupos de entidades federativas:
Región 1: Baja California, Baja California Sur y
Sonora;
Región 2: Jalisco, Nayarit y Sinaloa;
Región 3: Chihuahua, Coahuila y Durango;
Región 4: Nuevo León, San Luis Potosí y Tamaulipas;
Región 5: Aguascalientes, Guanajuato y Zacatecas;
Región 6: Hidalgo, Querétaro y Veracruz;
Región 7: Colima, Guerrero y Michoacán;
Región 8: Morelos, Puebla y Tlaxcala;
Región 9: Chiapas, Oaxaca y Tabasco;
Región 10: Campeche, Quintana Roo y Yucatán, y
Región 11: Ciudad de México y Estado de México.
Artículo 8o. Los delegados regionales durarán en su
encargo dos años y serán designados en forma rotato-
ria por los gobiernos de las entidades federativas de
cada región. El orden de designación será el determi-
nado por insaculación inicial.
A las sesiones de la Comisión podrán asistir represen-
tantes de la Secretaría de Desarrollo Social, de la Se-
cretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así
como de la Secretaría de Comunicaciones y Transpor-
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201618
tes, Secretaría de Energía y del Banco Nacional de
Obras y Servicios Públicos, con voz pero sin voto.
Las sesiones de la Comisión serán presididas y convo-
cadas por un delegado regional. Dicho encargo corres-
ponderá anualmente al delegado de cada una de las re-
giones, alternadamente y en forma rotatoria. Al igual
que en el caso anterior, el orden será determinado por
insaculación inicial.
El titular de la Secretaría Técnica fungirá como secre-
tario de actas y de acuerdos de las sesiones de la Co-
misión.
Artículo 9o. La Comisión sesionará 4 veces al año de
manera ordinaria, en los meses de febrero, mayo,
agosto y noviembre, además de las sesiones extraordi-
narias que se requieran en los términos de su regla-
mento interno.
Artículo 10. La Secretaría Técnica tendrá las funcio-
nes siguientes:
I. Elaborar el proyecto de Programa Nacional con
base en los objetivos señalados en el artículo 3° de
esta Ley y someterlo a la aprobación de la Comi-
sión, así como las revisiones y actualizaciones del
mismo que la Comisión instruya;
II. Proponer a la Comisión los montos base de re-
cursos anuales del Fondo Nacional que correspon-
den por entidad federativa, para apoyar proyectos
de los gobiernos de las mismas y de los municipios;
III. Evaluar los proyectos de inversión de las enti-
dades federativas y de los municipios y presentarlos
a la Comisión;
IV. Proponer a la Comisión los términos de referen-
cia de presentación de los diversos géneros de pro-
yectos de inversión a que se refiere esta Ley y los
criterios generales de evaluación de los mismos;
V. Integrar el Registro de Proyectos de Inversión
que reciba e informar a la Comisión de los movi-
mientos del mismo;
VI. Solicitar a las entidades federativas y munici-
pios informes sobre el avance financiero y físico de
los proyectos de inversión;
VII. Proponer a la Comisión los criterios y requisi-
tos para registrar a los auditores externos de los pro-
yectos de inversión a que se refiere esta Ley e inte-
grar el registro correspondiente;
VIII. Elaborar las propuestas de Regulación por Ad-
hesión para proponerlas a la Comisión;
IX. Integrar el Registro de las Regulaciones por Ad-
hesión emitidas y la suscripción correspondiente;
X. Realizar directamente estudios sobre el transpor-
te urbano y suburbano o proponer a la Comisión
que se contrate la elaboración de estudios con cargo
al presupuesto de la misma Secretaría Técnica, y
XI. Las demás que le encomiende la Comisión.
Artículo 11. El titular de la Secretaría Técnica será de-
signado por el Ejecutivo Federal con el carácter de ser-
vidor público federal. La duración del encargo será de
cuatro años y podrá ser designado por una segunda
ocasión en forma consecutiva. La designación será so-
metida a la Cámara de Senadores o, en sus recesos, a
la Comisión Permanente del Congreso de la Unión,
para su ratificación por mayoría absoluta.
Artículo 12. El titular de la Secretaría Técnica de la
Comisión será denominado Secretario Técnico y para
su designación deberá cumplir con los siguientes re-
quisitos:
I. Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus de-
rechos civiles y políticos;
II. Contar con título profesional o de posgrado en
las áreas de ingeniería civil, arquitectura, economía,
administración pública, contaduría o materias afi-
nes al servicio de transporte urbano y suburbano o
a la evaluación de proyectos de inversión;
III. Haberse desempeñado, durante al menos diez
años, en el ámbito profesional, docente o de inves-
tigación o en actividades que proporcionen la expe-
riencia necesaria para desarrollar las funciones de
Secretario Técnico de la Comisión;
IV. No haber ocupado cargos directivos en partido
político alguno, ni de elección popular, en los tres
años anteriores al día de su designación, y
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria19
V. No ser accionista, consejero, directivo, asesor, co-
misario o apoderado de empresas privadas del trans-
porte urbano y suburbano, de la industria fabricante
de equipo para ese transporte o de la industria de la
construcción en cualquiera de sus modalidades, y al
menos contar con dos años de inactividad en cual-
quiera de las actividades anteriores.
Capítulo Tercero
Del Fondo Nacional de Inversiones para el
Transporte Urbano y Suburbano
Artículo 13. El Fondo Nacional se constituirá como
un fideicomiso en el Banco Nacional de Obras y Ser-
vicios Públicos y podrá tener aportaciones por los si-
guientes conceptos:
I. El rendimiento de los impuestos a la gasolina que
apruebe el Congreso de la Unión para destino general;
II. Otras asignaciones señaladas por el Presupuesto
de Egresos de la Federación para destino general o
para destino específico;
III. Otras aportaciones no reintegrables, públicas o
privadas, de personas o instituciones nacionales, o
de terceros países, para destino general o para des-
tino específico.
Artículo 14. Las aportaciones con destino general po-
drán distribuirse anualmente entre las entidades fede-
rativas y los municipios correspondientes, una vez cu-
bierto el presupuesto de la Secretaría Técnica, cuyo
monto no podrá ser mayor al 1% de estas aportaciones.
Los montos anuales base por Entidad Federativa se
calcularán de la siguiente manera:
• 50% con el mismo porcentaje de participación que
haya correspondido el año anterior a cada Entidad
Federativa en el Fondo General de Participaciones;
y
• 50% con base en los criterios de impacto ambien-
tal que proponga la Secretaría Técnica y apruebe la
Comisión.
Los saldos de recursos no ejercidos del año anterior se
podrán distribuir conforme al mecanismo establecido
en el párrafo precedente.
Artículo 15. Las aportaciones con destino específico
se distribuirán para apoyar proyectos de inversión in-
dividuales o de un género determinado dentro de los
previstos en esta Ley.
Artículo 16. Los proyectos de inversión que la Comi-
sión apruebe podrán recibir apoyos financieros del
Fondo Nacional no reintegrables destinados a las enti-
dades federativas y los municipios.
Los apoyos serán fiscalizables en los términos de la le-
gislación federal correspondiente y se entregarán en el
curso del año, conforme al calendario aprobado como
parte del proyecto.
Los proyectos de ejecución multianual especificarán
los apoyos requeridos para cada ejercicio.
Los recursos con destino general que correspondan a
las Entidades Federativas y sus municipios para apo-
yar proyectos de inversión se destinarán, en primer tér-
mino, a cubrir los requerimientos de los proyectos
multianuales en ejecución. Del saldo resultante, los
apoyos se aplicarán de manera preferente a los pro-
yectos de transporte masivo o aquellos que impliquen
menores emisiones de gases con efecto invernadero.
Artículo 17. Los proyectos de inversión que podrán
recibir apoyos del Fondo Nacional deberán correspon-
der a los siguientes géneros:
I. Inversiones para construcción, ampliación, modi-
ficación y mantenimiento mayor para sistemas de
transporte masivo urbano y suburbano, así como su
complementación con otras inversiones que fomen-
ten el uso de medios de transporte amigables con el
medio ambiente;
II. Inversiones para construcción, ampliación y mo-
dificación de vialidades que tengan un impacto sig-
nificativo en la fluidez o reordenamiento del tráfico
urbano y suburbano, incluyendo puentes y pasos
deprimidos o elevados, carriles confinados al trans-
porte público y otros medios de transporte amiga-
bles con el medio ambiente;
III. Inversiones para construcción, ampliación y
modificación de ciclovías, y vías exclusivas para bi-
cicletas, motocicletas y estacionamientos para estos
vehículos;
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201620
IV. Inversiones para equipo de transporte masivo,
que privilegien tecnologías de cero emisiones, así
como los aditamentos necesarios para controlar el
tráfico vehicular;
V. Inversiones para adquirir o renovar equipo de
transporte público no masivo, a fin de reducir emi-
siones de efecto invernadero;
VI. Inversión para adquirir equipos de conexión pa-
ra vehículos y motocicletas eléctricos.
Artículo 18. Los proyectos de inversión podrán bene-
ficiarse de recursos provenientes del Fondo Nacional,
para destino general:
a) hasta 80% para las inversiones de las fracciones
I, IV y VI;
b) hasta 75% para las inversiones de la fracciones II
y III, y
c) hasta 30% para las inversiones de la fracción V.
El complemento de la inversión podrá provenir de
apoyos del Fondo Nacional para destino específico, de
recursos de las entidades federativas o de los munici-
pios, de inversión privada o de créditos, que en ningún
caso serán suscritos para comprometer recursos del
Fondo Nacional.
En los proyectos con contenido de inversión privada,
las cuotas o tarifas de recuperación se fijarán tomando
en cuenta a favor del usuario los apoyos del Fondo Na-
cional a través de las Entidades Federativas y los mu-
nicipios. Los criterios de evaluación de dichos proyec-
tos incluirán el análisis y ponderación de las cuotas y
tarifas así determinadas.
Artículo 19. Los proyectos de carácter estatal serán
los convenidos con los municipios y propuestos a la
Comisión directamente por las entidades federati-
vas.
Los proyectos de los municipios se canalizarán a la
Comisión a través de las entidades federativas en un
plazo no mayor a sesenta días, a partir de su recepción,
con su opinión sobre los mismos. Los municipios po-
drán presentar directamente a la Comisión los proyec-
tos de inversión, si así lo acuerda el gobierno de la en-
tidad federativa, o si éste no lo ha canalizado a la Co-
misión en el plazo señalado.
Artículo 20. Los proyectos de inversión podrán co-
rresponder a conurbaciones de dos o más municipios,
tendrán carácter estatal y serán convenidos con los
municipios. En el caso de conurbaciones que involu-
cren a más de una entidad federativa, los proyectos de-
berán tener una presentación conjunta ante la Comi-
sión, incluyendo la solicitud de apoyo para cada
Entidad Federativa dentro del proyecto, así como la le-
gislación aplicable en materia de obras públicas.
Artículo 21.En ningún caso se otorgarán apoyos para
sufragar gastos de operación de los proyectos de in-
versión, o para realizar gastos vinculados a los mismos
como estudios de preinversión, elaboración, presenta-
ción o promoción de los proyectos, o para cubrir adeu-
dos de proyectos realizados o en proceso de ejecución
a cargo de entidades federativas o municipios, o para
cubrir indemnizaciones o pagos para adquirir derechos
de vía o inmuebles para realizar los proyectos.
Artículo 22. Para la aprobación de apoyos a proyectos
de inversión, la Comisión deberá verificar que se cum-
pla previamente con lo siguiente:
I. Que las entidades Federativas y los municipios
hayan emitido y registrado ante la Secretaría Técni-
ca las Regulaciones por Adhesión aprobadas por la
Comisión;
II. Que los proyectos de inversión estén previstos en
los planes de desarrollo urbano correspondientes, y
III. Que las entidades federativas y los municipios
hayan entregado la información sobre la ejecución
física y financiera de los proyectos de inversión que
hayan recibido apoyo del Fondo Nacional.
Artículo 23. Los apoyos para los proyectos de inversión
serán transferidos del Fondo Nacional a las entidades fe-
derativas o a los municipios ejecutores de los mismos,
para destinarlos exclusivamente a dichos proyectos. En
el caso de las conurbaciones, los proyectos harán explí-
cito el ejecutor o ejecutores del proyecto y la proporción
correspondiente del ejercicio de recursos y su objeto.
La aplicación de recursos por las entidades federati-
vas y los municipios dará preferencia a la participa-
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria21
ción de empresas nacionales en el desarrollo de los
proyectos.
Artículo 24. Los proyectos deberán presentarse con-
forme a los términos de referencia aprobados por la
Comisión.
Los proyectos deberán incluir el costo de auditoría ex-
terna anual y de conclusión del mismo. Dicho costo se
sufragará con cargo a las transferencias del Fondo Na-
cional para cada proyecto. La Secretaría Técnica dará
cuenta a la Comisión de los informes de auditoría co-
rrespondientes y remitirá un ejemplar de dichos infor-
mes a la Auditoría Superior de la Federación.
Los auditores externos deberán contratarse entre los
inscritos en el padrón correspondiente.
Artículo 25. El comité técnico del Fondo Nacional se
integrará con los delegados regionales que formen par-
te de la Comisión, cuyo presidente de sesiones presi-
dirá también este comité.
A las sesiones del comité técnico podrán asistir repre-
sentantes de la Secretaría de Desarrollo Social, de la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales,
así como de la Secretaría de Comunicaciones y Trans-
portes, la Secretaría de Energía y del Banco Nacional
de Obras y Servicios Públicos.
El titular de la Secretaría Técnica será el secretario del
comité técnico.
Artículo 26. El comité técnico del fideicomiso autori-
zará las transferencias de recursos de los apoyos apro-
bados por la Comisión para los proyectos de inversión,
así como la organización, las plazas y el presupuesto
de la Secretaría Técnica.
Capítulo Cuarto
De las Regulaciones al Transporte
Urbano y Suburbano
Artículo 27. Las regulaciones previstas en esta Ley no
son excluyentes de las emitidas por el Gobierno Fede-
ral, las entidades federativas y los municipios, en el
ámbito de sus atribuciones.
Artículo 28. Las Regulaciones por Adhesión se cir-
cunscribirán a las atribuciones conferidas a los munici-
pios y a las no reservadas al Gobierno Federal por la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Dichas regulaciones podrán incluir normas generales
vinculadas a:
a) El ordenamiento del tráfico urbano y suburbano
y el aprovechamiento de las vialidades correspon-
dientes;
b) El ordenamiento del transporte de carga urbano y
suburbano.
c) La circulación de vehículos y motocicletas, así
como los requisitos que deben cubrir para circular;
d) La operación del transporte público de pasajeros
y las características de dicho transporte;
e) Las especificaciones de los vehículos para uso de
los gobiernos de las entidades federativas y los mu-
nicipios;
f) Las medidas que aseguren la integridad de los
usuarios vulnerables de la vía pública; y
g) Otras medidas tendientes a agilizar el tráfico, e
inducir la utilización de vehículos con mayor efi-
ciencia energética y menos contaminantes, entre
ellos las bicicletas y motocicletas.
Las Regulaciones por Adhesión se revisarán al menos
cada cinco años, después de ser aprobadas por la Co-
misión.
Artículo 29. A fin de reducir la contaminación y la emi-
sión de gases con efecto invernadero del transporte, así
como elevar su eficiencia energética, el Ejecutivo Fede-
ral, a través de sus dependencias, en el ámbito de sus
atribuciones y observando lo prescrito en esta Ley, emi-
tirá normas y disposiciones, o revisará al menos cada
cinco años las vigentes, en las siguientes materias:
I. Calidad de los energéticos que consume el trans-
porte, de manera prioritaria para disminuir el conte-
nido de azufre de los mismos;
II. Adquisición de vehículos eléctricos y amigables
con el medio ambiente, para uso de la Administra-
ción Pública Federal;
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201622
III. Importación de vehículos usados, para ser so-
metidos a verificación de emisiones y eficiencia
energética; y
IV. Venta en el país de vehículos nuevos, produci-
dos internamente o de importación, para que cum-
plan con especificaciones de emisiones y eficiencia
energética y éstas no sean menores que las de los
mismos modelos en otros países.
Cada una de las normas y disposiciones tendrán plazos
determinados para el inicio de aplicación de las mis-
mas.
Transitorios
Primero. Esta Ley entrará en vigor el día siguiente al
de su publicación en el Diario Oficial de la Federa-
ción.
Segundo. En un plazo no mayor a treinta días de la en-
trada en vigor de la presente Ley, La Secretaría de De-
sarrollo Social convocará a los Gobiernos de las Enti-
dades Federativas para que designen a los delegados
regionales, a fin de proceder a la integración de la Co-
misión.
Tercero. En un plazo no mayor a sesenta días la Se-
cretaría de Hacienda y Crédito Público constituirá en
el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos el fi-
deicomiso del Fondo Nacional.
Cuarto. En un plazo no mayor a sesenta días a partir
de la entrada en vigor de la presente Ley, el Ejecutivo
Federal designará al titular de la Secretaría Técnica y
remitirá la designación al Senado, o en su caso, a la
Comisión Permanente del Congreso de la Unión, para
su ratificación.
Quinto. En un plazo no mayor a ciento ochenta dí-
as a partir de la entrada en vigor de la presente Ley,
las dependencias del Ejecutivo Federal que corres-
pondan emitirán o revisarán las normas y disposi-
ciones referidas en el Artículo 29 de esta Ley. El
Ejecutivo Federal remitirá al Congreso de la Unión
un informe sobre las normas y disposiciones emiti-
das o revisadas incluyendo un análisis de las mis-
mas, de su funcionamiento y de los objetivos que
pretenden alcanzar.
Sexto. En un plazo no mayor a un año de la entrada en
vigor de la presente Ley, la Comisión, por conducto de
la Secretaría Técnica, enviará al Congreso de la Unión
un estudio de las características y resultados alcanza-
bles de las Regulaciones por Adhesión, así como el
avance de su formulación y suscripción.
Séptimo. La Comisión, por conducto de la Secretaría
Técnica, enviará al Congreso de la Unión, en el mes de
febrero de cada año, un informe de actividades y apli-
cación de recursos.
Octavo. El Banco Nacional de Obras y Servicios Pú-
blicos, Sociedad Nacional de Crédito, revisará los ins-
trumentos jurídicos y financieros con los que cuenta en
materia de infraestructura urbana y suburbana, a efecto
de modificar o, en su caso, extinguir aquéllos que du-
pliquen funciones o fines con el Fideicomiso Fondo
Nacional de Infraestructura Urbana y Suburbana.
Lo anterior deberá realizarse en un plazo no mayor a
sesenta días naturales contados a partir de la entrada
en vigor del presente Decreto.
Artículo Segundo. Se adiciona una fracción IV al ar-
tículo 2o.-A de la Ley del Impuesto Especial sobre
Producción y Servicios, de acuerdo a lo siguiente:
Artículo 2o.-A. […]
IV. Del monto total derivado de las gasolinas con
una medición menor, mayor o igual a 92 octanos
vendidos en la República Mexicana se recaudará
la cantidad de 5.00 centavos por cada litro para
monetizar al Fondo Nacional de Inversiones pa-
ra el Transporte Sustentable Urbano y Suburba-
no, operado por el Banco Nacional de Obras y
Servicios Públicos, Banobras, SNC.
Artículo Tercero. Se adiciona una fracción XI al artí-
culo 2 de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar
como sigue:
Artículo 2o. […]
La recaudación federal participable será la que obten-
ga la Federación por todos sus impuestos, así como
por los derechos de minería, disminuidos con el total
de devoluciones por dichas contribuciones y exclu-
yendo los conceptos que a continuación se relacionan:
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria23
[…]
XI. La recaudación obtenida en términos de lo pre-
visto por el Artículo 2º A Fracción IV de la Ley del
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día si-
guiente al de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
Nota
1 Estimación realizada por el Instituto Mexicano para la Competi-
tividad, A.C, 2013.
Diputada Sofía González Torres (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Agosto 31 de 2016.)
QUE ADICIONA LOS ARTÍCULOS 95 BIS DE LA LEY DEL SE-
GURO SOCIAL Y 41 BIS DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SE-
GURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES
DEL ESTADO, RECIBIDA DE LA DIPUTADA ROSALINA MA-
ZARI ESPÍN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN
LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCO-
LES 31 DE AGOSTO DE 2016
Rosalina Mazari Espín, diputada federal del cuarto
distrito electoral por Morelos, integrante del Grupo
Parlamentario del Partido Revolucionario Institucio-
nal en este órgano legislativo, integrante de la LXIII
Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamen-
to en los artículos 71, fracción II, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6,
numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la
Cámara de Diputados, someto a consideración de esta
Soberanía la presente iniciativa con proyecto de de-
creto por el que se adicionan los artículos 95 Bis de la
Ley del Seguro Social y 41 Bis de la Ley del Instituto
de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores
del Estado, para otorgar prestaciones a los padres de
personas con enfermedades crónicas degenerativas, al
tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La seguridad social debe proteger a todos los indivi-
duos que forman parte de una colectividad de todo ti-
po de contingencias que pongan en riesgo su salud, su
vida y su bienestar, para ello, el Estado deberá des-
arrollar e implementar acciones públicas tendientes a
dicha protección social. En México el camino más rá-
pido para la obtención de la seguridad social es única-
mente a través del trabajo formal, sin embargo la rea-
lidad es que no siempre el trabajo formal permite
obtener la mejor de las protecciones en materia de se-
guridad social, ya que aún y con un trabajo formal en
el que se te brinden prestaciones, la mayoría de las ve-
ces éstas, no son suficientes para tener una vida digna
para los individuos y sus familias. Más aún cuando se
presentan situaciones verdaderamente lamentables,
como lo es, una enfermedad grave en algún miembro
de la familia en este caso los hijos menores de 18 años
de edad.
En México como en otros países, el cambio de ritmo
de vida y las nuevas formas de alimentación son fac-
tores que hacen que cada día la población adulta como
juvenil presente más enfermedades de diversa índole.
Situación que se vuelve un problema más para las fa-
milias mexicanas, visto desde un punto de vista eco-
nómico, es decir como una especie de detrimento y
también desde el punto de vista laboral, cuando ambos
padres en una familia tienen que salir a trabajar y no
pueden quedarse a cuidar a los hijos enfermos ante el
inminente riesgo de la pérdida de la fuente laboral.
Incluso la seguridad social no prevé prestación alguna
de protección a los trabajadores cuando alguno de sus
hijos, sufren algún tipo de enfermedad grave, o algún
tipo de enfermedad crónico degenerativa, como per-
misos por cuidados a los hijos, el pago de un subsidio
o la reducción de la jornada laboral, sino al contrario,
los padres que sufren este tipo de situaciones, se ven
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201624
obligados a abandonar su trabajo para cuidar a sus hi-
jos enfermos o en el peor de los casos son despedidos
de sus fuentes laborales, por lo que se hace necesario
otorgar, además, prestaciones de índole económica o
en su caso en especie a los padres de familia que son
trabajadores y sufren esta clase de contingencia.
Para ello, es necesario adicionar un apartado especial
denominado de cuidados parentales, en la Ley del Se-
guro Social y en la Ley del Instituto Seguridad y Ser-
vicios Sociales para los Trabajadores del Estado, que
prevea un tipo de protección a los progenitores o adop-
tantes de hijos menores, que sufre una enfermedad
crónico-degenerativa, esta protección consistirá en la
reducción de la jornada laboral, así como el otorga-
miento de un subsidio a manera de compensar la re-
ducción de ingresos por reducción de jornada laboral.
Lo anterior con base en el Protocolo Adicional a la
Convención Americana sobre Derechos Humanos en
Materia de Derechos Económicos, Sociales y Cultura-
les “Protocolo de San Salvador”, firmado por México
el 17 de noviembre de 1988, que se establece en su ar-
tículo 9o., primer párrafo: “Toda persona tiene dere-
cho a la Seguridad Social que la proteja contra las con-
secuencias de la vejez y de la incapacidad que la
imposibilite física o mentalmente para obtener los me-
dios para llevar una vida digna y decorosa”.
Antecedentes
Dentro de la legislación mexicana encontramos el ar-
tículo 2º del Reglamento de Prestaciones Médicas del
IMSS, en cuya fracción X se establece que la materni-
dad es el estado fisiológico de la mujer originado por
el proceso de la reproducción humana, en relación con
el embarazo, el parto, el puerperio y la lactancia; no
obstante ello sabemos que la cualidad de madre es vi-
talicia. Es decir madre: entendida como la situación
que guardan las mujeres y en general las hembras de
cada especie respecto a sus hijos, se inicia con la pro-
creación y concluye con la muerte de alguno de los
dos. También podemos hablar de madres cuando en
una mujer se reúne las circunstancias que hemos rela-
cionado como propias de la maternidad, aunque no sea
biológica, por ejemplo las madres adoptivas.
Por tanto se tiene que los derechos derivados de la ma-
ternidad son:
• El derecho a la antigüedad
• Derecho a la salud y seguridad profesional del em-
barazo (artículo 132, fracción XXVII, 170,
172,166, 168,)
• Derecho a la remuneración pre y post parto (art.
170)
• Derecho a la licencia por maternidad
• Derecho a tener a su hijo en una guardería
• Derecho de reposo para la lactancia
Empero las prestaciones por paternidad únicamente
son consideradas como un derecho para los padres que
puede ser el origen del derecho a cuidados infantiles y
es el permiso por paternidad para los trabajadores va-
rones, cuya fracción se reproduce a continuación:
Artículo 132. Son obligaciones de los patrones:
XXVII Bis. Otorgar permiso de paternidad de cinco
días laborables con goce de sueldo, a los hombres
trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y de
igual manera en el caso de la adopción de un infan-
te.
Sin embargo la legislación mexicana es omisa en el ru-
bro de cuidados infantiles y prestaciones parentales,
dado que la seguridad social puede promover la igual-
dad de género facilitando las cosas tanto para hombres
como para las mujeres a fin de que puedan asumir la
función de cuidados de sus hijos sin tener que abando-
nar sus empleos.1
Ahora bien; dos de los seguros sociales que existen en
México prevén cinco ramas de aseguramiento, en el
IMSS, encontramos; el riesgo de trabajo, de enferme-
dades y maternidad, invalidez y vida, cesantía en edad
avanzada, vejes y retiros, y de guarderías y prestacio-
nes sociales. Por otro lado en el ISSSTE al igual que
en Seguro Social prevé, ramas similares de seguros, a
partir de la reforma reciente a la ley, estas ramas son:
salud, riesgos de trabajo, de retiro, cesantía en edad
avanzada y vejez, y de invalidez y vida.
Estas ramas de aseguramiento contemplan cada una
diversas prestaciones. Entendiendo por prestaciones lo
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria25
que señala Alberto Ruiz Briseño en su obra Derecho
de la Seguridad Social, a los “…beneficios a que tiene
derecho los asegurados, pensionados o familiares, de-
rivados de una contingencia que altere la salud, sus po-
sibilidades de trabajo y los ingresos económicos…”2
Sin embargo la rama de Seguridad Social de enferme-
dades y maternidad en México tanto del IMSS como
del ISSSTE, excluye en su totalidad algún tipo de
prestación a los trabajadores o a la familia de los tra-
bajadores, cuando ambos padres en una familia, tienen
hijos que sufren enfermedades graves o en su caso en-
fermedades crónico-degenerativos y por la naturaleza
de su padecimiento y condiciones familiares les es im-
posible laborar, dando lugar al despido de las fuentes
de trabajo o en el peor de los casos el abandono de los
enfermos en el hogar o en centros de atención medica
como son los hospitales.
Por su parte Juan Pablo Magnolo y Óscar Zavala defi-
nen a la enfermedad como el estado patológico deri-
vado de la acción continuada de una causa que tenga
su origen o motivo en el trabajo o en el medio en el
que el trabajador se vea obligado a prestar sus servi-
cios.3
Hablar de enfermedades degenerativas, nos referimos
a aquellas que van degradando física y/o mentalmente
a quienes las padecen, pues provocan un desequilibrio
en los mecanismos de regeneración celular.4
De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud
“Las enfermedades crónicas son enfermedades de lar-
ga duración y por lo general de progresión lenta. Las
enfermedades cardíacas, los infartos, el cáncer, las en-
fermedades respiratorias y la diabetes, son las princi-
pales causas de mortalidad en el mundo”.5
Por lo que la atención al paciente que las padece se
vuelve una actividad extremadamente difícil para sus
familiares, que le impide realizar sus actividades coti-
dianas de igual manera, ente ellas, el desempeño de
sus actividades laborales.
De lo que concluimos que la enfermedad es un estado
patológico que afecta de manera directa el bienestar de
la salud de cualquier ser humano, y máxime cuando se
trata de enfermedades crónicas o degenerativas, cuya
mejora o alivio es más difícil.
Problemática identificada
La doctora Gabriela Mendizábal Bermúdez y la licen-
ciada Carmina Reyna Rosales, en la ponencia que pre-
sentaron bajo el nombre de “Seguridad Social para fa-
milias con enfermos crónico-degenerativos” en la LVI
Asamblea Nacional de Derecho de Trabajo y Previsión
Social, de la Academia Mexicana de Derecho de Tra-
bajo y Previsión Social celebrada del 20 al 23 de abril
del 2016, en la Ciudad de Puebla, Puebla, evidencia-
ron lo siguiente:
“En la actualidad y debido a grandes cambios cli-
máticos, y otras causas como la alimentación, el ti-
po de vida, el trabajo, el estrés, factores genéticos y
todo tipo de eventos aceleran el ritmo de vida en es-
ta sociedad, lo que hace que día a día este presente
el padecimiento de enfermedades graves en nuestra
población tanto de niños, como en los jóvenes y en
los adultos”.6
Este tipo de contingencias es ya un padecimiento de-
tonante de sufrimiento en las familias mexicanas, sin
embargo; lo es también, porque la seguridad social que
actualmente otorga el Estado mexicano no procura ac-
ción social alguna tendiente a la protección de la fa-
milia, cuando ambos padres son trabajadores formales
y tienen hijos menores con enfermedades graves o en
su caso crónico-degenerativas. Entendiendo como
protección lo que menciona Alberto Briceño Ruiz,
“…la necesidad de otorgar prestaciones adecuadas a
las contingencias,…”7
Los institutos de seguridad social dedicados a la pro-
tección en materia de salud en México, no contienen
prestación alguna para los trabajadores formales ins-
critos que se encuentran dentro del régimen obligato-
rio, cuando tienen hijos que padecen enfermedades
graves o en su caso crónico-degenerativas, lo que se
vuelve un problema grave para el derechohabiente di-
recto, pues si bien es cierto al encontrarse cotizando
para alguno de estos institutos, cuenta con las presta-
ciones y servicios médicos en especie otorgadas por
los mismos, también lo es, que estos no le garantizan
alguna prestación o subsidio de protección, económi-
co o físico para dedicarse al cuidado de hijo enfermo,
cuando es necesario ausentarse de su fuente laboral.
Legalmente no existe nada expreso que señale la li-
bertad a los padres de ausentarse de la fuente laboral
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201626
para el cuidado de un hijo enfermo y con lo cual no co-
rra el riesgo de ser despedido de su fuente de trabajo,
hay padres que prefieren faltar a sus trabajos por cui-
dar a sus hijos, sin embargo y de acuerdo con la Ley
Federal del Trabajo en su artículo 47, esto resultaría a
perjuicio del trabajador una causa de la rescisión de la
relación laboral sin responsabilidad para el patrón8.
Por su parte, la Ley del Seguro Social contempla úni-
camente como causas para ausentarse de la fuente la-
boral con justificación; una incapacidad laboral por
riesgo de trabajo, una enfermedad profesional, no pro-
fesional y por maternidad.
A su vez la Ley del Instituto Seguridad y Servicios So-
ciales para los Trabajadores del Estado, contempla
también, las licencias de enfermedades profesionales o
riesgos de trabajo, enfermedades no profesionales y
por maternidad.
Sin embargo ninguna se asimila al permiso justificado
de ausentarse de la fuente de trabajo por cuidados a los
hijos que padecen enfermedades, cuando ambos pro-
genitores son trabajadores.
En México cada vez son más los hogares en los que
padre y madre tiene que salir a trabajar y no tienen
quien les cuiden a sus hijos, de acuerdo con la En-
cuesta Nacional de Ocupación y Empleo en México de
2013, se estima que 74 por ciento de la población es
económicamente activa (PEA). Por lo que de acuerdo
con esto, cada día son más los hogares en los que am-
bos padres salen a trabajar y buscar el sustento fami-
liar y dejan el cuidado de los hijos a terceras personas,
estimándose que niños y niñas de entre 0 y 6 años de
edad, mientras su mamá trabaja, de 100 menores, 85
son cuidados por un familiar (mayormente a cargo de
la abuela) y 15 son cuidados en guarderías.9
De acuerdo con la Encuesta Laboral y Corresponsabi-
lidad de 2012, en el rubro de necesidades y cuidado en
los hogares mexicanos, cerca de 694 mil hogares viven
personas con problemas de salud o discapacidad que
requieren cuidado permanente.10
No podemos dejar de lado las cifras en el año dos mil
dieciséis que arroja el Inegi, respecto de las estadísti-
cas del cáncer, una de las principales causas de morbi-
lidad hospitalaria en México, es el cáncer por tumores
malignos en población en edades de 0 a 19 años, prin-
cipalmente niños con un 62 por ciento mujeres y 58.7
por ciento en hombres.11
Estas cifras sin duda alguna nos dan un panorama ge-
neral de la situación que se vive actualmente en los ho-
gares donde ambos padres salen a trabajar, es eviden-
te que cada día se incrementa la población
económicamente activa en los hogares lo que da pie a
que menores de edad sean cuidados por familiares cer-
canos, sin embargo también es real que el índice de
personas que sufren un tipo de enfermedad crónico-
degenerativo va en aumento, por lo que es necesario el
cuidado por parte de sus progenitores los que no pue-
den realizarlo debido a su ocupación laboral.
Sin embargo, somos conscientes que es necesario rea-
lizar un estudio a profundidad para determinar el nú-
mero de trabajadores que se encuentran cotizando en
algún régimen en las instituciones de seguridad social
y que tiene hijos menores que padecen una enferme-
dad de tipo grave o en su caso crónico degenerativa.
De igual manera no se puede dejar de lado que de
acuerdo con resultados del Inegi durante 2013, el nú-
mero de defunciones por causa de enfermedades cró-
nico-degenerativo en la población mexicana es de 623
mil 600, lo que indica que la presencia de este tipo de
enfermedades en la población va en aumento de ma-
nera gradual.12 Por lo que la situación que aquí se pre-
senta, resulta ya, un problema grave que tiene que ser
atendido por la seguridad social.
Ahora bien y como se ha venido mencionando, en
nuestro país la ausencia de prestaciones por cuidados
parentales a los trabajadores que se encuentran en la
modalidad del trabajo formal y se encuentran inscritos
dentro del régimen del seguro obligatorio, da pie a que
los padres pierdan sus trabajos por quedarse a cuidar a
sus hijos menores con enfermedades, sin dejar de men-
cionar que ello también representa un detrimento en la
economía de la familia, pues el ausentismo laboral pro-
voca el despido de los trabajadores y por ende la falta
de ingreso económico ante una situación realmente di-
fícil, cuando se presentan gastos excedentes para trata-
mientos, hospitalización, estudios y medicamentos.
La falta de prestaciones de seguridad social ante esta
situación, coloca a las personas que sufren estas situa-
ciones en un grupo vulnerable de la seguridad social.
Pues si bien es cierto tanto en la Ley del IMSS como
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria27
la Ley de ISSSTE y más aún la del Issfam, se contem-
plan un seguro de enfermedades y maternidad el cual
prevé que al presentarse estas, las instituciones tienen
la obligación de otorgar a todos sus derechohabientes
el tipo de prestaciones que para esto señalen, ya sea
pecuniarias o en especie, atención médica y de alta ca-
lidad, tratamientos y medicamentos, también lo es,
que no son suficientes para que una familia puede re-
sistir este tipo de adversidad, pues si ya de por si la
existencia de una enfermedad en un menor es triste, las
familias también tienen que vivir el estrés de quedarse
sin trabajo por ayudar a sus pacientes.
Atención que la mayoría de las veces se vuelve una ac-
tividad extremadamente difícil para sus familiares cui-
dadores, tanto así que les impide realizar sus activida-
des cotidianas de igual manera, mayormente sus
actividades laborales, ante la preocupación de dejar
abandonado a su descendiente en momentos de enfer-
medad y posible muerte.
En México al igual que en el mundo la realidad es cam-
biante, por lo que debemos estar conscientes que nues-
tro derecho también debe de avanzar y si ya se están
presentando este tipo de situaciones tan lastimosas que
aquejan a la población, las leyes deben ir adelante y tra-
tar de contemplarlas, en otros países este tipo de situa-
ciones ya se prevén en las leyes, es decir existen normas
tendientes a una protección más amplia del núcleo fa-
miliar, como por ejemplo en España que cuenta con un
decreto especial que contempla este tipo de protección
a las familias, en Perú, Chile y Costa Rica, en donde re-
cientemente se están tratando lo temas que contemplan
permisos para padres con hijos enfermos de gravedad.
Nuestro país no debería ser el que deje de lado estas si-
tuaciones, la seguridad social debe atender a las nece-
sidades de nuestra realidad, se debe procurar cubrir
mayormente con todas las necesidades que se presen-
ten, sin embargo y como ya lo hemos apuntado con an-
telación, ni la Ley del Seguro Social ni la Ley del Ins-
tituto de Servicios de Seguridad Social de los
Trabajadores del Estado en sus ramas de aseguramien-
to y protección estipulan alguna protección a los tra-
bajadores que se encuentren en este caso.
Marco normativo
Los aspectos legales de esta iniciativa están previstos
por los artículos 22 y 25 de la Declaración Universal
de los Derechos Humanos, los artículos 1, 11 y 19 de
la Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en lo
Social, así como en el artículo 17 del Protocolo Adi-
cional a la Convención Americana sobre Derechos
Humanos en Materia de Derechos Económicos, Socia-
les y Culturales “Protocolo de San Salvador”.
Objetivo de la propuesta
En tales consideraciones se propone que tanto la Ley
del IMSS como la Ley del ISSSTE, incluya un aparta-
do especial, en el que en su articulado de manera es-
pecífica se prevea, el otorgamiento de las prestaciones
por cuidados parentales, en las que se establezca como
prestaciones principales, para los trabajadores, desde
los permisos mínimos o de corta temporalidad, la re-
ducción de la jornada laboral por cuidados parentales
por hijos enfermos crónico-degenerativos, así como el
otorgamiento de subsidios económicos como compen-
sación de la disminución de la jornada laboral.
Esto es, cuando ambos padres en una familia trabajan
y se encuentren cotizando al régimen de seguridad so-
cial en alguna de las instituciones mencionadas y tiene
hijos menores de dieciocho años con enfermedades
crónico-degenerativas, asimismo este apartado esta-
blecerá los términos y las condiciones de cada una de
las prestaciones otorgadas que se deben aplicar a las
personas trabajadores y el régimen y cotizaciones a
cumplir.
Lo anterior como una forma de protección social a los
trabajadores por cuidados maternos o paternos que
tengan hijos con enfermedades crónico-degenerativas,
es decir la creación de una protección al asegurado de
no perder su trabajo por faltas laborales, y la protec-
ción a su salario, es decir la protección total a los tra-
bajadores de tener una disminución económica y labo-
ral debida al gran problema que surge entre el
desempeño de sus actividades de trabajo y el gran
tiempo dedicado al cuidado de este tipo de pacientes.
Conforme a los argumentos que se acaban de precisar,
es que el la suscrita como integrante del Grupo Parla-
mentario del Partido Revolucionario Institucional, a
fin de garantizar el cumplimiento de los deberes que
genera la paternidad y la maternidad, y el interés su-
perior del menor, sin que ello conlleve afectaciones la-
borales a los ascendientes, tales como los descuentos
en el salario o el despido, someto a la consideración de
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201628
esta Honorable Asamblea, la siguiente iniciativa con
proyecto de
Decreto por el que se adicionan los artículos 95 Bis
de la Ley del Seguro Social y 41 Bis de la Ley del
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado
Artículo Primero. Se adicionan los artículos 95 Bis
de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:
Artículo 95 Bis. Para garantizar los derechos de los
hijos menores de edad esta ley otorgará al trabajador la
prestación adicional de cuidados parentales especiales,
de carácter ocasional, permanente o contínuo que de-
ba otorgarse a un menor que padece una enfermedad
crónico-degenerativa, en los siguientes términos:
I. Tendrán derecho a las prestaciones que otorga es-
te capítulo;
A) Los progenitores directos del menor enfer-
mo.
B) Los adoptantes del menor enfermo.
C) Los tutores del menor enfermo.
Que se encuentren cotizando ambos al régimen
obligatorio de seguridad social en el momento de la
enfermedad y acrediten debidamente esta situación
ante la institución, con el procedimiento que men-
ciona este capítulo, deviniendo de ahí su imposibi-
lidad para el cuidado del menor enfermo.
II. Esta prestación puede ser otorgada a los trabaja-
dores reduciendo su jornada laboral a la fuente de
empleo, hasta en un cincuenta por ciento de su jor-
nada diaria. Así como el otorgamiento de un subsi-
dio en dinero al trabajador por la reducción de su
jornada laboral, no menor a las horas reducidas de
la jornada laboral y hasta en un cincuenta por cien-
to de su salario base de cotización, que estuviera
percibiendo y cotizando en la fecha del evento.
III. Cuando ambos progenitores tengan derecho a
esta prestación por ser trabajadores y encontrarse
cotizando al régimen de seguridad social, solo uno
de ellos podrá percibir la prestación, pudiendo al-
ternarse entre ellos.
IV. El procedimiento para la solicitud y el otorga-
miento de la prestación de cuidados parentales será
determinado por el Instituto de Seguridad y Servi-
cios Sociales de los Trabajadores del Estado, quien
brindará todas las facilidades para la integración de
las pruebas de la enfermedad que se encuentren en
el expediente clínico, y
V. Los trabajadores podrán solicitar la suspensión o
la terminación de los cuidados parentales, cuando lo
consideren necesario, sin que la solicitud hecha
efectuado solo por uno de ellos vincule al otro.
Artículo Segundo. Se adiciona el artículo 41 Bis de la
Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de
los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:
Artículo 41 Bis. Para garantizar los derechos de los
hijos menores de edad, conforme a lo que dispone el
artículo 41 fracción II de esta ley se otorgará al traba-
jador la prestación adicional de cuidados parentales
especiales, de carácter ocasional, permanente o conti-
nuo que deba otorgarse a un menor que padece una en-
fermedad crónico-degenerativa, en los siguientes tér-
minos:
I. Tendrán derecho a las prestaciones que otorga es-
te capítulo;
D) Los progenitores directos del menor enfer-
mo.
E) Los adoptantes del menor enfermo.
F) Los tutores del menor enfermo.
Que se encuentren cotizando ambos al régimen
obligatorio de seguridad social en el momento
de la enfermedad y acrediten debidamente esta
situación ante la institución, con el procedimien-
to que menciona este capítulo, deviniendo de ahí
su imposibilidad para el cuidado del menor en-
fermo.
II. Esta prestación puede ser otorgada a los trabaja-
dores reduciendo su jornada laboral a la fuente de
empleo, hasta en un cincuenta por ciento de su jor-
nada diaria. Así como el otorgamiento de un subsi-
dio en dinero al trabajador por la reducción de su
jornada laboral, no menor a las horas reducidas de
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria29
la jornada laboral y hasta en un cincuenta por cien-
to de su salario base de cotización, que estuviera
percibiendo y cotizando en la fecha del evento.
III. Cuando ambos progenitores tengan derecho a
esta prestación por ser trabajadores y encontrarse
cotizando al régimen de seguridad social, solo uno
de ellos podrá percibir la prestación, pudiendo al-
ternarse entre ellos.
IV. El procedimiento para la solicitud y el otorga-
miento de la prestación de cuidados parentales será
determinado por el Instituto de Seguridad y Servi-
cios Sociales de los Trabajadores del Estado, quien
brindará todas las facilidades para la integración de
las pruebas de la enfermedad que se encuentren en
el expediente clínico, y
V. Los trabajadores podrán solicitar la suspensión o
la terminación de los cuidados parentales, cuando lo
consideren necesario, sin que la solicitud hecha
efectuado solo por uno de ellos vincule al otro.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día si-
guiente al de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
Notas
1 OIT, Seguridad Social: un nuevo consenso, OIT, Ginebra Suiza,
2001, página 91.
2 Briceño Ruiz, Alberto, Derecho de la seguridad social, Oxford,
México, 2010, p.24
3 Citado por Magnolo, Juan Pablo, Zavala Gamba, Óscar, Panora-
ma de derecho del trabajo y de la seguridad social en América La-
tina, UNAM, México, 2014, página 81.
4 González Castro, Uriel y Reyes Luna Adriana Guadalupe, Algu-
nos aspectos del proceso que viven los cuidadores primarios de en-
fermo crónico degenerativo, Vol.15 n.2 junio 2012, disponible en:
file:///C:/Users/Mina/Downloads/32371-72777-1-PB%20 (3).pdf,
fecha de consulta: 1 de julio 2016.
5 Organización Mundial de la Salud: disponible en http:
//www.who.int/topics/chronic_diseases/es/, fecha de consulta: 3 de
agosto 2016.
6 OMS, Informes técnicos: Dieta, nutrición y prevención de enfer-
medades crónicas, consultado en: http://www.fao.org/3/a-
ac911s.pdf fecha de consulta 28 de julio de 2016.
7 Briceño Ruiz, Derecho de la seguridad social, Oxford, México,
2010, página 9.
8 Ley Federal del Trabajo, disponible en:
http: //www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_120615.pdf,
fecha de consulta: 10 de agosto 2016.
9 Encuesta Nacional del Empleo y Seguridad Social, ENESS
2013, disponible en: file:
///C:/Users/Mina/Downloads/eness132014_04.pdf, fecha de con-
sulta 21 de agosto 2016.
10 Los cuidados y el trabajo en México, un análisis a partir de la
Encuesta Laboral y Corresponsabilidad Social (ELCOS 2012), Di-
ciembre 2013, disponible en: http: //web.inmujeres.gob.mx/trans-
parencia/archivos/estudios_opiniones/cuadernos/ct40.pdf, fecha
de consulta: 28 de junio 2016).
11 Estadísticas a propósito del día mundial contra el cáncer cuatro
de febrero, datos nacionales disponible en:
http: //www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2016/can-
cer2016_0.pdf, fecha de consulta: 13 junio 2016.
12 Instituto Nacional de Estadística y Geografía, disponible en:
http://www3.inegi.org.mx/sistemas/temas/default.aspx?s=est&c=
25433&t=1, fecha de consulta: 10 julio de 2016.
Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 31 de agosto de 2016.
Diputada Rosalinda Mazari Espín (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Seguridad Social. Agosto 31 de 2016.)
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201630
QUE ADICIONA LA FRACCIÓN XII AL ARTÍCULO 6 DE LA
LEY GENERAL DE SALUD Y EL ARTÍCULO 116 DE LA LEY
GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMA-
CIÓN PÚBLICA, RECIBIDA DE LA DIPUTADA ROSALINA
MAZARI ESPÍN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI,
EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉR-
COLES 31 DE AGOSTO DE 2016
Rosalina Mazari Espín, diputada federal del 04 distri-
to en Morelos e integrante del Grupo Parlamentario
del Partido Revolucionario Institucional, con funda-
mento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II,
de la Constitución Política de los Estados Unidos Me-
xicanos y 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de
la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la
Unión, presento la siguiente iniciativa con proyecto de
decreto que adiciona la fracción XII al artículo 6 de la
Ley General de Salud para crear el Registro Nacional
Genético y el artículo 116 de la Ley General de Trans-
parencia y Acceso a la a Información Pública, de con-
formidad a la siguiente
Exposición de Motivos
1. El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de
Seguridad Pública, en el informe de “Incidencia De-
lictiva 2015” reporta la existencia de 1’501,061 de-
nuncias presentadas ante las Procuradurías Generales
de Justicia y Fiscalías Generales de las 32 entidades
federativas en México, para 7 delitos del Fuero Co-
mún; robo, lesiones, homicidios, delitos patrimoniales,
secuestros, violaciones y otros delitos.
La procuración, impartición y administración de justi-
cia exige la realización de diversas pruebas al efecto
de determinar si se cumplen los elementos del tipo pe-
nal y en su caso, demostrar la responsabilidad. Las
ciencias periciales tienen un papel fundamental en el
esclarecimiento de los hechos a través del examen de
sujetos y objetos relacionados con la investigación,
determinando la vinculación real y científica de los di-
versos indicios y aportando elementos que se deben
valor dentro del proceso.
Atendiendo a la naturaleza del delito que se investiga,
se desahogan las pruebas que se consideran conducen-
tes, por ejemplo cuando se trata de un ecocidio la prue-
ba de impacto ambiental es fundamental, cuando se
trata de daños, la valuación y la contabilidad son de-
terminantes y cuando se trata de identificación de per-
sonas y esclarecimiento de ciertos delitos sexuales, es
menester desahogar las pruebas de medicina forense,
identificación y la de genética forense.
El Colegio Mexicano de Ciencias Forenses, define la
genética forense como “el análisis de los polimorfis-
mos responsables de la variabilidad genética en la po-
blación humana aplicados a los problemas judiciales”,
y es que en las muestras orgánicas como la sangre, el
pelo, la saliva, el esperma, la piel y en el tejido cada-
vérico, es posible identificar el ácido desoxirribonu-
cleico (ADN), que constituye una carta de presenta-
ción de cada persona, debido a que ciertas regiones de
la secuencia de ADN que conforman el genoma son al-
tamente variables, lo que asigna un genotipo a cada
persona, quedando plenamente individualizada, ha-
ciendo posible establecer su identidad y relaciones de
parentesco.
La genética forense utiliza entre otras técnicas, los mi-
crosatélites STRs (Short tandem repeats o secuencias
cortas en tándem) y los SNPs (Single Nucleotide Poly-
morphism),los primeros son elementos extraordinaria-
mente útiles en la identificación humana y en el mapeo
genético, debido a su elevado polimorfismo, tasa de
mutación relativamente baja, tamaño pequeño y ubica-
ción cromosomática establecida. Los SNPs son mar-
cadores bialélicos, por lo tanto menos informativos
para pruebas forenses, pero por otro lado permiten co-
nocer características sobre la predisposición a ciertas
enfermedades (Rodríguez: 2010).
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de
diversas tesis de la novena y décima época ha recono-
cido la aportación de la pruebas periciales en genética
para el esclarecimiento de algunos caos y la importan-
cia de su desahogo, tanto para el reconocimiento de la
paternidad como para la imputación de la responsabi-
lidad penal, sancionando con la presunción en contra a
quienes se oponen al desahogo de estas pruebas.
2. Todo ser vivo posee en su genoma la totalidad de la
información que se transmite de generación a genera-
ción perpetuando las características comunes de la es-
pecie y las particulares de cada individuo y sus prede-
cesores; la información genética deja ver por una parte
la identidad del individuo, por otra, puede revelar el
estado de salud presente y en determinados casos el
estado futuro de la persona, por todo esto es necesario
protegerla y delimitar con precisión una definición ju-
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria31
rídica de la información genética, así como un campo
normativo que regule los criterios de obtención, mane-
jo, almacenamiento y privacidad.
Es ostensible que la protección de los derechos huma-
nos en la época actual, exige además de la salvaguar-
da de los derechos a la vida, a la dignidad, a la igual-
dad y a la libertad, en el sentido tradicional, el
reconocimiento de las nuevas posibilidades de vulne-
ración, en el caso específico la genética, como rama de
la biología, y la bioética como rama de la ética, han
evidenciado, la necesidad de que la norma jurídica al-
cance los avances de la investigación científica, por
ejemplo, para ser protegido contra los posibles exce-
sos de la investigación genética a través de la manipu-
lación genética, la divulgación no autorizada de infor-
mación genética o el ocultamiento de resultados sobre
pruebas genéticas.
Uno de los mayores riesgos lo constituye, la posible
violación al derecho a la intimidad, es decir, a mante-
ner en secreto la información propia no evidente, fren-
te a injerencias arbitrarias, ya que no existe nada más
confidencial, privado, reservado, secreto o interno que
los datos genéticos de una persona, con excepción de
los rasgos fenotípicos, es decir, los que son del cono-
cimiento público, como son el color de los ojos, la es-
tatura, la complexión, etcétera. La información genéti-
ca que merece protección es la de manejo sensible y
generalmente asociada a la salud y predisposición a
ciertas enfermedades de origen genético y manifesta-
ción tardía, esa información es privada, al menos has-
ta que aparecen los primeros síntomas o hasta que el
individuo revela intencionalmente esta información
(Enríquez: 2002).
En este orden de ideas, es necesario 1) proteger la uni-
cidad y esencia genética de todo individuo;2) garanti-
zar el derecho a conocer el propio origen biológico, fa-
cultando a toda persona cuando sus progenitores le son
desconocidos, para poder iniciar las acciones legales a
fin de averiguar su nexo biológico; y 3) salvaguardar
el derecho a la intimidad genética, fundamentado en la
protección de la información más personal del hom-
bre, y preservar el derecho a saber o no saber, susten-
tado en la facultad para conocer o desear ignorar los
resultados obtenidos de una prueba genética (Arella-
no: 2013). A este catálogo se agregan dos derechos que
deben entrar en equilibrio con los anteriores por ser
útiles para la procuración y administración de justicia,
en el esclarecimiento de los hechos y la imputabilidad
de responsabilidad penal, 1) el derecho de la víctima
de que el sujeto activo del delito sea plenamente iden-
tificado y 2) el derecho a tener certeza sobre la identi-
dad de la víctima, cuestiones que son de interés social
pero que en muchos casos exigen la preexistencia de
un banco de datos con el que se puedan realizar las
confrontas necesarias.
Los reportes señalan que los primeros bancos de datos
genéticos se crearon en la década de los setenta, cuan-
do un grupo de biólogos y matemáticos de la Univer-
sidad Rockefeller (Nueva York) propusieron que se es-
tableciera una base de datos para guardar las
secuencias de ADN que se iban descubriendo, en esas
bases de datos se mantuvo la información sobre des-
cubrimientos de sistemas adeníticos que solían variar
entre animales, virus y bacterias, así como la informa-
ción de los investigadores que habían descubierto di-
chos sistemas.
A partir de entonces se conocen esfuerzos en diferen-
tes países por tener una base de datos genéticos que
cubra fines acordes a sus intereses, sobresaliendo la in-
vestigación científica de grupos de personas, el hallaz-
go de información útil para identificar padecimientos
y lograr la salud de personas en lo individual y para
coadyuvar a la administración de justicia. En todos los
casos,el problema de los gobiernos radica en definir
cómo regular el uso de la información, principalmente
como consecuencia de la imposibilidad actual de pro-
teger contra su mal uso de los bancos de datos en ge-
neral (Bolis: 2002).
3. En Argentina existen dos antecedentes importantes
en la utilización de la información genética, el Banco
Nacional de Datos Genéticos creado en 1987 con la fi-
nalidad de sistematizar el material genético y muestras
biológicas de personas secuestradas y desaparecidas
durante la dictadura militar argentina, con el objetivo
de garantizar la obtención almacenamiento y análisis
de la información genética para el esclarecimiento de
delitos de lesa humanidad ocurridos antes del 10 de di-
ciembre de 1983. El otro antecedente es la Ley 26.879
del año 2013, que en esencia contempla la posibilidad
de recabar información genética de todas las muestras
y evidencias provenientes de una investigación crimi-
nal, así como de toda persona condenada con senten-
cia firme por delitos contra la integridad sexual.
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201632
Chile a través de la Ley Número 19.970 creó en el año
2004 el Sistema Nacional de Registros de ADN, que
carezca de asociación directa en la expresión de genes
y aporte solo información identificatoria, relacionada
con investigaciones criminales. El sistema contiene re-
gistro de condenados, registro de imputados, registro
de evidencias y antecedentes, registro de víctimas y el
registro de desaparecidos y sus familiares.
En España la Ley Orgánica 10/2007 regula la Base de
Datos Policial sobre Identificadores obtenidos a partir
del ADN, que dependerá del Ministerio del Interior a
través de la Secretaría de Estado de Seguridad y tiene
como función principal la integración de ficheros para
la investigación y averiguación de delitos, como para
los procedimientos de identificación de restos cadavé-
ricos o de averiguación de personas desaparecidas.
Se dispone que “sólo podrán inscribirse en la base de
datos policial… los identificadores obtenidos a partir
del ADN, en el marco de una investigación criminal,
que proporcionen, exclusivamente, información gené-
tica reveladora de la identidad de la persona y de su se-
xo”.
Así tres casos, en que el sistema de administración de
justicia es auxiliado por los resultados de las pruebas
genéticas, para la identificación de personas y su con-
secuente individualización de la sanción o determina-
ción de la víctima, es esquemas generales que funcio-
nan bajo criterios del mayor beneficio, que en este
caso es el esclarecimiento de la verdad.
En México funciona un Banco de Cordón Umbilical,
que es una empresa privada dedicada a la recolección
y criopreservación de la células madre tomadas de la
sangre del cordón umbilical de los bebes, las cuales
contienen el ADN del feto pudieran llegar a servir en
el tratamiento de varias enfermedades, entre ellas leu-
cemia, anemia, tumores y sarcomas, sin embargo esta
información solo puede ser utilizada con la autoriza-
ción de los padres o tutores durante la minoría de edad
de su titular o con la autorización del titular, esto es en
ciertos casos para víctimas y difícilmente a presuntos
responsables de la comisión de un delito, independien-
temente de que el costo reduce significativamente el
uso de estos servicios de criopreservación.
4. Los datos relativos a la salud, no sólo son persona-
lísimos, si no que se han considerado como datos sen-
sibles, por su singularidad y porque reportan condicio-
nes presentes, pasadas y que pueden o no manifestar-
se en el futuro de un individuo o de su estirpe.
Argentina en la Ley 26.879 establece que la informa-
ción es de carácter reservado, por lo que solo podrá ser
suministrado al ministerio público, a los jueces y a los
tribunales de todo el país en el marco de una causa en
la que se investigue algún delito sexual. El Registro
dispondrá lo necesario para la conservación de un mo-
do inviolable e inalterable de los archivos de informa-
ción genética y de las muestras obtenidas.
En la Ley Número 19.970 Chilena se prevé que las
muestras biológicas y las huellas genéticas se conside-
rarán datos sensibles de sus titulares, por ello, el Siste-
ma tiene como principio el carácter reservado, por lo
que la información solo podrá ser consultada o autori-
zada por el Ministerio Público y los tribunales. Esta
ley dispone que la administración y custodia del siste-
ma estará a cargo del Servicio del Registro Civil e
Identificación, correspondiendo al Servicio Médico
Legal e instituciones acreditadas la obtención de las
huellas genéticas.
La Ley Orgánica 10/2007 vigente en España, regula la
Base de Datos Policial sobre Identificadores obtenidos
a partir del ADN, y con el fin de proteger la informa-
ción, mandata que la información solo podrán ser uti-
lizada por las Unidades de Policía Judicial de las Fuer-
zas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como por
las Autoridades Judiciales y Fiscales y que cuando el
tratamiento se realice para la identificación de cadáve-
res o la averiguación de personas desaparecidas, los
datos incluidos en la base de datos objeto de esta Ley
sólo podrán ser utilizados en la investigación para la
que fueron obtenidos.
Además en esta norma, se prevé que “Todos los fiche-
ros que integran la base de datos… están sometidos al
nivel de seguridad alto”.
No debe pasar desapercibido que si bien es cierto que
la información genética solamente es alcanzable a tra-
vés de exámenes que importan procedimientos cientí-
ficos complejos, que no se encuentran al alcance de la
mayoría de personas y que su costo es elevado, lo cier-
to es que al tratarse de alguna persona del medio artís-
tico, político, empresarial o de cualquier figura públi-
ca, sin descartar algún sujeto que por sus condiciones
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria33
personales resultara del interés de una colectividad sin
que hubiere fundamento legal para ello si no única-
mente un ánimo de morbosidad, podría ver vulnerados
sus derechos a la dignidady a la intimidad, por lo que
resulta necesario establecer la protección de esta in-
formación antes de que sea efectivamente vulnerada,
por lo que válidamente podemos citar los casos de Ar-
gentina, Chile y España, que documentan que la infor-
mación genética es susceptible de protegerse desde la
propia ley.
En nuestro país, el artículo 6 apartado A, fracción II de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-
canos, señala que la “la información que se refiere a la
vida privada y los datos personales será protegida en
los términos y con las excepciones que fijen las leyes”
siendo su norma reglamentaria la Ley General de
Transparencia y Acceso a la a Información Pública,
que en su artículo 1 dispone que “La presente Ley es
de orden público y de observancia general en toda la
República” ya que tiene por objeto establecer los prin-
cipios, bases generales y procedimientos necesarios
para garantizar el derecho de acceso a la información
en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y
organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Ju-
dicial, órganos autónomos, así como de cualquier per-
sona física, moral o sindicato que reciba y ejerza re-
cursos públicos o realice actos de autoridad de la
Federación, las Entidades Federativas y los munici-
pios, sin embargo, dichas autoridades podrán clasificar
la información, como reservada o confidencial, cuan-
do sea necesario, en el primer caso, por ejemplo, por
causa de seguridad nacional, por obstruir la preven-
ción o persecución de delitos, o porque se vulnere la
conducción de los expedientes judiciales; será confi-
dencial la información que contenga datos personales
concernientes a una persona identificada o identifica-
ble, tales como los secretos bancarios, fiscales o co-
merciales, de tal manera que se comprende la infor-
mación genética, no obstante ello, se estima pertinente
incluirlo de manera puntual para salvaguardar los de-
rechos a la intimidad y a la dignidad de las personas
cuya información se incluya en el registro nacional ge-
nético a que se refiere esta iniciativa. De la siguiente
manera:
Por los argumentos antes expuestos, someto a consi-
deración del pleno de la Cámara de Diputados del ho-
norable Congreso de la Unión, la siguiente propuesta
de proyecto de
Decreto que adiciona la fracción XII al artículo 6
de la Ley General de Salud y, el artículo 116 de la
Ley General de Transparencia y Acceso a la Infor-
mación Pública
Para quedar como sigue:
Artículo Primero. La adición al artículo 6, es:
Artículo 6o. El Sistema Nacional de Salud tiene los
siguientes objetivos:
…
XII.- Constituir y coordinar el registro nacional
genético para la identificación de personas en la
investigación de delitos y en litigios sobre pater-
nidad y maternidad.
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201634
Artículo Segundo. La reforma al artículo 116 de la
Ley General de Transparencia y Acceso a la Informa-
ción Pública, es:
Artículo 116. Se considera información confidencial
la que contiene datos personales concernientes a una
persona identificada o identificable.
La información confidencial no estará sujeta a tempo-
ralidad alguna y sólo podrán tener acceso a ella los ti-
tulares de la misma, sus representantes y los Servido-
res Públicos facultados para ello.
Se considera como información confidencial: los se-
cretos bancario, fiduciario, industrial, comercial, fis-
cal, bursátil y postal, cuya titularidad corresponda a
particulares, sujetos de derecho internacional o a suje-
tos obligados cuando no involucren el ejercicio de re-
cursos públicos y la información genética de las per-
sonas.
Asimismo, será información confidencial aquella que
presenten los particulares a los sujetos obligados,
siempre que tengan el derecho a ello, de conformidad
con lo dispuesto por las leyes o los tratados interna-
cionales.
Transitorios
Primero. La presente reforma entrará en vigor a los
ciento ochenta días de su publicación en el Diario Ofi-
cial de la Federación.
Segundo. La Secretaría de Salud emitirá el Reglamen-
to del Registro Nacional Genético en los sesenta días
posteriores al inicio de vigencia de la presente refor-
ma.
Tercero. El reglamento a que se refiere el artículo an-
terior, regulará lo relativo a la recopilación, sistemati-
zación, custodia y suministro de la información, ga-
rantizando el manejo de datos genéticos de
identificación exclusivamente y la protección de datos
personales.
Cuarto. Las erogaciones que se generen con motivo
de la entrada en vigor del presente decreto se cubrirán
con cargo al presupuesto autorizado de la Secretaría de
Salud para el presente ejercicio fiscal y los subsecuen-
tes.
Palacio Legislativo de San Lázaro,
Ciudad de México; a 31 de agosto de 2016.
Diputada Rosalina Mazari Espín (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Salud. Agosto 31 de 2016.)
QUE REFORMA EL ARTÍCULO 215, FRACCIÓN V, Y ADICIO-
NA UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 216 DE LA LEY GENERAL
DE SALUD, RECIBIDA DE LA DIPUTADA ROSALINA MAZA-
RI ESPÍN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA
SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES
31 DE AGOSTO DE 2016
Diputada Rosalina Mazari Espín, integrante del Grupo
Parlamentario del Partido Revolucionario Institucio-
nal, con fundamento en lo dispuesto en los artículos
71, fracción II, de la Constitución Política de los Esta-
dos Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77
y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, so-
mete a consideración de esta asamblea la presente ini-
ciativa, de conformidad con la siguiente
Exposición de Motivos
Los patrones de alimentación y nutrición en los hoga-
res mexicanos enfrentan permanentes transformacio-
nes y retos, los cuales se vinculan con la oferta de ali-
mentos y bebidas, con los estilos de vida, así como con
las condiciones laborales, educativas y de movilidad
que enfrentan los mexicanos.
Estos patrones obligan a los ciudadanos a buscar dife-
rentes formas de alimentación que les permitan contar
con una dieta equilibrada y suficiente, para lo cual ne-
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria35
cesitan información y educación accesible, mediante
la cual puedan identificar las mejores opciones que les
permitan integrar una dieta balanceada.
Esta información y educación no sólo se construyen
mediante políticas públicas gubernamentales, sino a
través de los productos que se comercializan en el
mercado, los cuales brindan a los ciudadanos informa-
ción, misma que en el ámbito de la regulación sanita-
ria y comercial se encuentra sometida a fórmulas de
estandarización y normalización, para que se identifi-
quen los requisitos mínimos e indispensables que de-
ben presentar los productos en su etiquetado o publici-
dad.
La publicidad se encuentra sometida a otro tipo de re-
gulaciones, mismas que buscan prevenir que los con-
sumidores sean objeto de abusos comerciales o de in-
formación sanitaria que no es veraz o comprobable, lo
que puede implicar una afectación a los consumidores
en su patrimonio o salud.
Así, en la medida que la legislación y regulación sobre
los alimentos permita a los consumidores entender
mejor el alcance de estos productos, contribuirá a que
se alleguen de la mejor variedad que se acomode a sus
posibilidades económicas y necesidades nutrimenta-
les.
Dentro del ámbito de alimentos y bebidas se encuentra
una categoría denominada “suplementos alimenti-
cios”, la cual ha demostrado en los años recientes un
crecimiento constante en sus ventas, en virtud de que
los consumidores encuentran que estos productos con-
tribuyen a su alimentación.
El gobierno mismo es un gran comprador de estos pro-
ductos, pues al conocer los beneficios nutrimentales
de los suplementos alimenticios, los incorpora en pro-
gramas sociales de combate a la pobreza y nutrición,
tal cual como en su último Informe de Gobierno lo re-
conoció el presidente de la República, Enrique Peña
Nieto: “Como me comprometí hace un año, Oportuni-
dades evolucionó y se convirtió en el programa de in-
clusión social Prospera que ahora respalda a 6.1 millo-
nes de familias. Entre sus mejoras destacan: nuevos
suplementos alimenticios”.
Lo anterior refleja que el consumo de los suplementos
alimenticios aumenta no sólo mediante el consumo
privado, sino mediante su incorporación en programas
sociales de gran alcance. Este crecimiento obliga a po-
ner atención al desarrollo de esta industria, buscar la
fórmula de impulsar su crecimiento ordenado para que
contribuya al desarrollo social de nuestro país. En
efecto, en la medida que este mercado se desarrolle de
manera adecuada y positiva, se fortalecerá la compe-
tencia, lo cual incidirá en la innovación de productos,
mejor distribución y fijación de precios a favor de los
consumidores.
La legislación y regulación de los suplementos ali-
menticios encuentra múltiples oportunidades para me-
jorar, que permita a los consumidores entender mejor
el papel que estos tienen en su alimentación y nutri-
ción diaria, a que los programas sociales encuentren
más alternativas para incluir en sus contenidos, así co-
mo a la industria a desarrollarse de una manera más or-
denada, positiva y sólida. Lo anterior resulta de gran
importancia, pues esta industria brinda también fuen-
tes de empleo e ingresos a las familias, los cuales no
sólo se encuentran en la parte científica, técnica, pro-
ductiva, operativa, sino también en la parte comercial,
pues estos productos han encontrado en los mecanis-
mos de venta directa un canal de comercialización, lo
cual ha permitido a miles de familias a contar con re-
cursos importantes en sus finanzas y patrimonio.
Avanzar en esta oportunidad de mejora, implica tam-
bién prevenir y combatir prácticas irregulares e ilega-
les, en particular aquellas que contaminan la informa-
ción que se brinda a los consumidores, como es el caso
de los llamados “productos milagro”, los cuales apro-
vechan una zona gris entre alimentos, suplementos y
medicamentos, para confundir al consumidor en torno
a falsos efectos que estos producen. Si bien la Comi-
sión Federal para la Protección contra Riesgos Sanita-
rios (Cofepris) ha tenido resultados eficaces en este
ámbito, la producción y comercialización de nuevos
productos que se publicitan de manera engañosa con-
tinúa permanentemente.
Lo anterior representa una oportunidad para que me-
diante medidas legislativas y regulatorias de vanguar-
dia, se reduzca la información engañosa que caracteri-
za a estos productos, que se eficienten los mecanismos
y acciones de prevención y combate, así como que
exista mayor certidumbre jurídica respecto de la pu-
blicidad y declaraciones válidas que se pueden realizar
en este mercado regulado.
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201636
Con estas consideraciones, y con una visión integral
que sistematiza los derechos humanos a la alimenta-
ción y a la protección a la salud, en el marco de nues-
tra rectoría económica de estado y los principios de
competencia económica y productividad, se somete a
consideración de esta honorable Cámara de Diputa-
dos, la presente iniciativa de reformas a la Ley Gene-
ral de Salud, que contempla modernizar la definición
legal de los suplementos alimenticios, sus parámetros
de publicidad, así como medidas regulatorias que ga-
rantizarán un desarrollo adecuado de la industria, en
beneficio de la alimentación y salud de los consumi-
dores. Lo anterior, con base en el estudio de mejores
experiencias legislativas y regulatorias comparadas,
que han demostrado ser exitosas.
Así las cosas, con base en lo que dispone el artículo
215 de la Ley General de Salud, los suplementos ali-
menticios se encuentran dentro de la categoría de ali-
mentos y bebidas:
“Artículo 215. Para los efectos de esta ley, se en-
tiende por:
I. Alimento: cualquier substancia o producto, sólido
o semisólido, natural o transformado, que propor-
cione al organismo elementos para su nutrición;
II. Bebida no alcohólica: cualquier líquido, natural
o transformado, que proporcione al organismo ele-
mentos para su nutrición;
III. Materia prima: substancia o producto, de cual-
quier origen, que se use en la elaboración de ali-
mentos y bebidas no alcohólicas y alcohólicas;
IV. Aditivo: Cualquier substancia permitida que, sin
tener propiedades nutritivas, se incluya en la for-
mulación de los productos y que actúe como estabi-
lizante, conservador o modificador de sus caracte-
rísticas organolépticas, para favorecer ya sea su
estabilidad, conservación, apariencia o aceptabili-
dad.
V. Suplementos alimenticios: productos a base
de hierbas, extractos vegetales, alimentos tradi-
cionales, deshidratados o concentrados de fru-
tas, adicionados o no, de vitaminas o minerales,
que se puedan presentar en forma farmacéutica
y cuya finalidad de uso sea incrementar la inges-
ta dietética total, complementarla o suplir algu-
no de sus componentes.”
Esta definición legal se encuentra desfasada de acuer-
do con las principales tendencias mundiales, pues ex-
cluye tres aspectos fundamentales que son reconoci-
dos en las definiciones legales de otros países líderes
en este sector: i) En primer lugar, existen una serie de
ingredientes que son reconocidos como fuente de su-
plementos alimenticios, lo cual les permite ofrecer una
gama más amplia de productos; ii) En segundo lugar,
no se reconocen los efectos fisiológicos que genera el
consumo de estos suplementos alimenticios; iii) No se
considera un marco regulatorio claro que prevenga la
difusión de publicidad que contenga declaraciones fal-
sas, engañosas o milagrosas, ni que permita a quienes
sí demuestren la veracidad de sus declaraciones a ha-
cer la publicidad adecuada. Este último aspecto nos
mantiene en una situación doblemente negativa, pues
no se reduce la existencia de productos milagro ni se
permite que la industria legal publicite sus productos.
En ambos casos el consumidor pierde, pues sigue re-
hén de la confusión que genera la publicidad milagro
de los primeros, y le impide conocer los efectos fisio-
lógicos y nutrimentales que verazmente generan los
segundos.
Definición de suplementos alimenticios
Resulta importante presentar cuáles son las definicio-
nes legales que se han desarrollado en otros países. Al
respecto, Estados Unidos de América es uno de los
pioneros en propiciar un marco legal y regulatorio pa-
ra estos productos. En el primer caso, se trata de una
serie de disposiciones que tienden a definir a los su-
plementos alimenticios y establecer competencias bá-
sicas a las autoridades en sus tareas regulatorias, de
cumplimiento y correctivas. Cabe señalar, que al en-
contrarse los suplementos alimenticios dentro de la ca-
tegoría de alimentos y bebidas, se considera que son
de bajo riesgo sanitario, por lo que la autoridad com-
petente sólo emite criterios enfocados a la producción
y distribución, y permite que sea la industria la que
compruebe la veracidad de su información y publici-
dad. De esta manera, los suplementos alimenticios se
encuentran definidos desde 1994, como:
“Un suplemento alimenticio es un producto destinado
a la ingestión que contiene un ingrediente nutricional
destinado a aumentar el valor nutricional de la dieta.
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria37
Un ingrediente nutricional puede ser una o cualquiera
combinación de las siguientes substancias: una vitami-
na, un mineral, una hierba u otro ingrediente botánico,
un aminoácido, una substancia nutricional que com-
plemente la dieta incrementando la ingesta dietética
total, un concentrado, metabolito, constituyente o ex-
tracto. Los suplementos alimenticios pueden ser en-
contrados en muchas formas tales, como tabletas, cáp-
sulas, cápsulas blandas, cápsulas de gelatina, líquidos
o polvo. Algunos suplementos alimenticios pueden
ayudar a asegurar que se obtiene un consumo adecua-
do de nutrientes esenciales, otros pueden ayudar a re-
ducir el riesgo de enfermedades.”
De una manera posterior, y reconociendo que se trata
de un mercado en expansión y que por tanto conviene
propiciar mayor competencia y crecimiento ordenado,
la Comisión Europea emitió una serie de disposiciones
en las que define a los suplementos alimenticios como:
“Alimentos cuyo propósito es suplementar la dieta
normal y que tienen fuentes concentradas de nutrien-
tes u otras substancias con un efecto nutricional o fi-
siológico, por sí mismo o combinado, comercializado
en forma de dosis, como cápsulas, pastillas, tabletas,
píldoras y otras formas, bolsas con polvos, ampollas
de líquidos, goteros, y otras formas de líquidos y pol-
vos diseñados para ser tomados en medidas de peque-
ñas cantidades unitarias.
México actualmente se encuentra en una situación re-
gulatoria de desventaja frente a los Estados Unidos de
América y la Unión Europea, principales socios co-
merciales del país, y en donde la información de los su-
plementos alimenticios es clara, precisa y educativa pa-
ra el consumidor, y es posible la innovación de los
suplementos alimenticios derivado de la investigación
científica ofreciendo productos de vanguardia enfoca-
dos en la necesidad de los consumidores. Una defini-
ción moderna y apegada a la realidad del siglo XXI en
la legislación mexicana abrirá la posibilidad de desa-
rrollo de nuevos productos e incremento de la actividad
económica para el crecimiento de país, así como contar
con una oferta ordenada y regulada de los mismos.”
Efectos fisiológicos
En tiempos recientes, se ha generado una tendencia
creciente a que la publicidad de alimentos y bebidas
contengan declaraciones de los efectos fisiológicos
que implica el consumo de ciertos ingredientes y ali-
mentos. Esto contribuye a informar al consumidor res-
pecto de los nutrimentos que requiere para su dieta y
de aquellos productos que por las propiedades y efec-
tos fisiológicos de sus ingredientes prefiera sobre
otros.
En este sentido se ha generado una amplia literatura en
donde existe un consenso respecto de lo que significan
los efectos fisiológicos. Para entender el alcance de es-
tos efectos, resulta indispensable entender el modelo
de homeostasis, mismo que fue definido por el Comi-
té de Salud Pública del Consejo Europeo (CPSCE),
para quien los suplementos alimenticios ayudan a
mantener, apoyar y optimizar las funciones fisiológi-
cas del organismo, mientras que los medicamentos
buscan restaurar, corregir o modificar estas mismas
funciones. Lo anterior, significa que los suplementos
alimenticios están dirigidos a personas que tienen ni-
veles normales y estables del funcionamiento del cuer-
po, mientras que, cuando este balance normal (home-
ostasis) se altera, los medicamentos son los indicados
para regresarlo a la normalidad. Esta definición es
consistente también con lo dispuesto en la Ley Gene-
ral de Salud, pues los suplementos alimenticios al te-
ner como objeto “incrementar la ingesta dietética total,
complementarla o suplir alguno de sus componentes”,
significa que se administran en condiciones de equili-
brio homeostático. De esta manera, se reconocen los
efectos fisiológicos de los suplementos alimenticios y
al mismo tiempo se diferencian de los medicamentos.
Esta referencia es fundamental, pues traza la frontera
entre los efectos fisiológicos de los efectos terapéuti-
cos. El primero parte de un estado de salud adecuado,
por lo cual los efectos fisiológicos contribuyen a man-
tener esta situación. Los segundos, en cambio, recono-
cen la existencia de un problema de salud y por tanto
implica recurrir a productos que curen, alivien o brin-
den tratamiento a enfermedades o deficiencias. Esta
importante diferencia traza una clara frontera entre los
alimentos y bebidas, en general, y de los suplementos
alimenticios, en particular, de cuyo consumo sólo pue-
den generarse efectos fisiológicos, y no cuentan con
propiedades para aliviar, curar o tratar enfermedades,
lo cual se encuentra específicamente reservado para
los medicamentos.
Una vez aclarado el punto anterior, es importante re-
conocer que a diferencia de los alimentos y bebidas,
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201638
los suplementos alimenticios –que insisto se encuen-
tran en la misma categoría legal–, no pueden incluir en
su publicidad ninguna declaración de efectos fisiológi-
cos. Esta prohibición genera un trato legal inequitativo
e impide que los consumidores identifiquen con clari-
dad el efecto fisiológico que implica el consumo de los
suplementos alimenticios. Esta imposibilidad afecta
tanto a consumidores, como a la industria. Una de las
razones que puede explicar esta situación, es que el le-
gislador y regulador han desconfiado históricamente
de los productos conocidos como “milagro”, los cua-
les como se ha advertido, aprovechan esa zona gris en-
tre los alimentos y bebidas, los suplementos alimenti-
cios y los medicamentos.
Al respecto, existen dos modelos regulatorios que es
conveniente señalar. Por un lado, en Estados Unidos,
los suplementos alimenticios pueden incluir en sus
productos y publicidad declaraciones de propiedades
fisiológicas, a lo cual deben agregar la leyenda: “Esta
información no ha sido evaluada por la Food and
Drug Administration (FDA). Este producto no tiene la
intención de diagnosticar, tratar o curar o prevenir nin-
guna enfermedad”. Esta visión regulatoria parte del
principio de que los suplementos alimenticios, por ser
alimentos, son considerados de bajo riesgo. De ahí que
exista amplia libertad en cómo las empresas incorpo-
ran sus declaraciones fisiológicas, que en caso de ha-
ber alguna disputa de su veracidad, son analizadas y,
en su caso, sancionadas, en el ámbito comercial por la
Comisión Federal de Comercio (FTC, por sus siglas en
inglés).
Por otro lado, encontramos el modelo regulatorio de la
Unión Europea, el que consideramos muy positivo y
más aplicable a la regulación mexicana. Por un lado,
restringe la publicidad que contenga declaraciones fi-
siológicas para todo producto. Por tanto, existe una vi-
sión restrictiva. Pero por el otro lado, se genera una
excepción para que a partir de aquellas declaraciones
de propiedades fisiológicas que sean debida y explíci-
tamente autorizadas por la autoridad sanitaria europea,
se puedan incluir en la publicidad de los suplementos
alimenticios. Esto implica que la industria debe cum-
plir con las modalidades, presentaciones, cantidades e
ingredientes en los términos exactos que la autoridad
sanitaria publica y permite, y sólo así, pueden incluir
declaraciones de propiedades fisiológicas en la publi-
cidad de sus productos.
Lo anterior es una solución virtuosa, pues brinda fa-
cultades a la autoridad para cumplir con sus funciones
de protección a la salud y de contribuir al derecho a la
alimentación. Por el otro lado, genera un blindaje con-
tra los productos milagro, pues por un lado limita a
que las empresas publiciten solo lo que está expresa-
mente permitido, y además, reduce la probabilidad de
litigiosidad entre la autoridad y las empresas. Lo ante-
rior, gracias a que al definir parámetros objetivos so-
bre lo cual pueden contener las declaraciones de efec-
tos fisiológicos, se evitan litigios y prácticas dilatorias
de empresas que buscan distraer a las autoridades a
través de supuestos estudios o información no com-
probable. Esto es un gran paso para fortalecer el mer-
cado de manera integral, consumidores, industria y re-
guladores, y reducir el margen de acción a quien sólo
busca defraudar o engañar a los consumidores.
Por estos motivos, es que la Unión Europea incluye
dentro de los suplementos alimenticios la posibilidad
de incluir en su publicidad o información, declaracio-
nes de efectos fisiológicos.
Publicidad regulada
Dicho lo anterior, el Reglamento (UE) número
432/2012 de la Comisión de 16 de mayo de 2012, vi-
gente y aplicable en la Unión Europea, cuenta con un
registro de declaraciones autorizadas, mismo que pue-
de ser consultado públicamente por internet, y contri-
buye a que la competencia se refleje en mejores pro-
ductos en el mercado. Asimismo, el Reglamento en
comento es dinámico, y permite que la industria so-
meta a consideración de la autoridad sanitaria infor-
mación que evidencie y pruebe que nuevos efectos fi-
siológicos puedan ser atribuidos al consumo de ciertos
ingredientes y nutrientes. Esta medida es muy favora-
ble, pues la regulación publicitaria es proporcional y
balanceada al riesgo sanitario que implica consumir
los suplementos alimenticios, que como ya se indicó
anteriormente es muy bajo, y permite al mismo tiem-
po que la industria investigue en nuevos productos,
mismos que serán valorados por la autoridad, y no in-
hibe la innovación ni desarrollo de nuevos productos.
En efecto, la Unión Europea contempla en el Regla-
mento CE número 353/2008 una serie de disposicio-
nes en materia de declaraciones, mismas que definen
como “cualquier mensaje o representación que no sea
obligatorio con arreglo a la legislación comunitaria o
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria39
nacional, incluida cualquier forma de representación
pictórica, gráfica o simbólica, que afirme, sugiera o dé
a entender que un alimento posee unas características
específicas”. De manera específica, define a las decla-
raciones nutricionales, como “cualquiera que afirme,
sugiera o dé a entender que un alimento posee propie-
dades nutricionales benéficas específicas con motivo
del aporte energético (valor calórico) que proporciona
o dé los nutrientes u otras sustancias que contiene”.
Mientras tanto, las declaraciones de propiedades salu-
dables o fisiológicas son aquellas que “afirmen, sugie-
ran o den a entender que existe una relación entre una
categoría de alimentos, un alimento o uno de sus cons-
tituyentes, y la salud”. La regulación europea determi-
na que ninguna declaración debe ser falsa, ambigua o
engañosa, ni dar lugar a dudas sobre la seguridad y/o
la adecuación nutricional de otros alimentos; ni alentar
o aprobar el consumo excesivo de un alimento; ni su-
gerir que una dieta equilibrada no proporciona canti-
dades adecuadas de nutrientes.
En el mismo Reglamento, la Comisión establece los
perfiles nutricionales que deben respetarse en las de-
claraciones y define lo que se toma en cuenta: canti-
dad, función o importancia de los alimentos. Al esta-
blecer los perfiles nutricionales, la Comisión Europea
consultará a la industria y consumidores. De manera
muy relevante, se enfatiza en el espíritu restrictivo,
pues sólo se permite incluir declaraciones si se ha de-
mostrado y contiene el ingrediente en las cantidades
previstas y se encuentren sustentadas en datos científi-
cos generalmente aceptados.
Al respecto, la técnica regulatoria en materia de decla-
raciones de propiedades saludables es prohibitiva y so-
lo se permite a quienes cumplan con la regulación en
los siguientes términos y estén autorizadas e incluidas
en las listas de declaraciones autorizadas, mismas que
solamente se permitirán si se incluye la siguiente in-
formación en el etiquetado o, de no existir éste, en la
presentación y la publicidad:
a) una declaración en la que se indique la importan-
cia de una dieta variada y equilibrada y un estilo de
vida saludable;
b) la cantidad de alimento y el patrón de consumo
requeridos para obtener el efecto benéfico declara-
do;
c) en su caso, una declaración dirigida a las perso-
nas que deberían evitar el consumo del alimento, y
d) una advertencia adecuada en relación con los
productos que pueden suponer un riesgo para la sa-
lud si se consumen en exceso.
Finalmente, el Reglamento en comento establece la
creación de un listado comunitario de declaraciones, el
cual se fue integrando desde los estados miembros,
hasta la Comunidad. El mismo reglamento define for-
mas para adicionar declaraciones o realizar cambios,
así como los requisitos de las solicitudes. Las solicitu-
des de autorización son recibidas en los países, quie-
nes los remiten a la comisión, y deben incluir, entre
otros aspectos, el nutriente u otra sustancia, o el ali-
mento o la categoría de alimentos acerca del cual vaya
a efectuarse la declaración de propiedades saludables
y sus características específicas; asimismo una copia
de los estudios, incluidos, cuando existan, los estudios
independientes revisados por expertos, que se hayan
llevado a cabo en relación con la declaración de pro-
piedades saludables; propuesta de redacción de la de-
claración de propiedades saludables para la que se de-
sea obtener autorización, incluidas, en su caso, las
condiciones específicas de uso. La autoridad dictami-
nará en un plazo límite de seis meses, el cual podrá
ampliarse y verificará que la redacción propuesta de la
declaración de propiedades saludables se fundamenta
en datos científicos; podrá aconsejar que la redacción
propuesta de la declaración de propiedades saludables
sea comprensible y tenga sentido para el consumidor
medio. De esta manera, se crea el registro comunitario
de declaraciones nutricionales y de propiedades salu-
dables relativas a alimentos, que contiene:
a) las declaraciones nutricionales y las condiciones
aplicables;
b) las restricciones adoptadas;
c) las declaraciones de propiedades saludables au-
torizadas y las condiciones que se les aplican;
d) una lista de las declaraciones de propiedades sa-
ludables rechazadas, así como los motivos de su re-
chazo.
La experiencia europea evidencia que es posible y re-
comendable que la autoridad regule restrictivamente la
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201640
posibilidad de publicitar declaraciones de efectos fi-
siológicos de los suplementos alimenticios. Por un la-
do, la autoridad define restrictivamente las declaracio-
nes válidas, y por otro la industria puede someter a
consideración de aquella la inclusión de nuevas decla-
raciones, previa demostración científica. En este senti-
do, en México proponemos que en la Ley General de
Salud se considere que la Cofepris definirá limitativa-
mente cuáles serán las declaraciones fisiológicas per-
mitidas y defina –en el ámbito de sus atribuciones– los
mecanismos administrativos más pertinentes y ade-
cuados para elaborar el listado en comento, así como
los procesos para modificar el mismo. Así, en la pre-
sente propuesta se contempla una transición a una pu-
blicidad regulada y confiere a la autoridad sanitaria la
potestad para definir qué declaraciones son válidas
realizar y cuáles no.
En este sentido, si bien señalo como ejemplo el regis-
tro de declaraciones publicitarias de la Unión Europea,
la iniciativa no establece que la autoridad sanitaria me-
xicana deba instrumentar exactamente el mismo me-
canismo. En todo caso, se deja un margen suficiente-
mente amplio para que dicha autoridad defina en el
ámbito de sus facultades regulatorias y de vigilancia,
las medidas administrativas que mejor le permitan
cumplir con esta función.
Cargas regulatorias y presupuestarias
La presente iniciativa de reformas a la Ley General de
Salud no representa ninguna carga regulatoria para las
empresas ni carga presupuestaria para el gobierno. En
el primer caso, el cambio de definición no restringe la
actual relación jurídica entre la industria y el estado.
Además, dado que hoy existe la imposibilidad de pu-
blicitar este tipo de declaraciones de propiedades fi-
siológicas, se trata de una medida ordenada de desre-
gulación. En el segundo caso, no se obliga a generar
ninguna estructura burocrática para poder cumplir con
las presentes disposiciones, ni se define la obligación
de incurrir en ningún tipo de gasto tecnológico, ni de
comunicación, ni de otra índole.
Por los argumentos expuestos, someto a consideración
del pleno de la Cámara de Diputados del honorable
Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa con pro-
yecto de
Decreto por el que se reforma la Ley General de
Salud en materia de suplementos alimenticios
En materia de suplementos alimenticios
Artículo Primero. Se reforma la fracción V del artí-
culo 215 de la Ley General de Salud, para quedar de la
siguiente manera:
“Artículo 215. …
V. Suplemento alimenticio: Es aquel producto
cuyo propósito es adicionar, complementar o in-
crementar la dieta y que es fuente concentrada
de nutrimentos y/u otras sustancias procedentes
de fuentes naturales y/o sintéticas con efecto fi-
siológico o nutricional, y es ingerida por vía oral.
Puede contener, en forma simple o combinada,
vitaminas, minerales, proteínas, aminoácidos,
carbohidratos, lípidos, sustancias de fuentes ani-
males, minerales y/o plantas en forma de extrac-
tos, aislados, concentrados, ingredientes bioacti-
vos u otros nutrimentos y sus derivados.
Puede presentarse en forma de comprimidos (ta-
bletas, grageas), cápsulas, polvos, soluciones,
emulsiones, suspensiones, elixires, geles, jaleas,
pastillas, granulados, gomas de mascar, gomas
de grenetina, obleas, barras, y cualquier otra
que por innovación tecnológica llegue a existir y
se alinee a esta definición.”
Artículo Segundo. Se adiciona un tercer párrafo al ar-
tículo 216 de la Ley General de Salud, para quedar co-
mo sigue:
“Artículo 216. …
En materia de suplementos alimenticios queda pro-
hibido que en su publicidad se realicen declaracio-
nes de propiedades fisiológicas, a menos que éstas
se encuentren debidamente aprobadas por la Co-
misión. Para estos propósitos, la Comisión definirá
las medidas regulatorias y administrativas median-
te las cuales se elaborarán y publicarán las decla-
raciones de carácter fisiológico que serán permiti-
das. Las infracciones en esta materia serán
procesadas y sancionadas en los términos que con-
templa la presente ley y el reglamento de publici-
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria41
dad. Publicar declaraciones de efectos fisiológicos
no aprobadas por la comisión, será considerado co-
mo una infracción grave a la presente ley.”
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día si-
guiente al de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
Segundo. La comisión contará con un plazo de 6 me-
ses a partir de la publicación de la presente reforma,
para publicar la lista de declaraciones de propiedades
fisiológicas válidas que podrá la industria incluir en
sus productos.
Senado de la República, sede de la
Comisión Permanente, a 31 de agosto de 2016.
Diputada Rosalina Mazari Espín (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Salud. Agosto 31 de 2016.)
Actas
DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO SOCIAL, CIRCUNSTAN-
CIADA DE LA SÉPTIMA REUNIÓN DE JUNTA DIRECTIVA,
PROGRAMADA PARA EL MARTES 23 DE AGOSTO DE 2016
A las nueve horas con treinta minutos del martes vein-
titrés de agosto de dos mil dieciséis, en el salón A del
edificio G, situado en la honorable Cámara de Diputa-
dos, con domicilio en avenida Congreso de la Unión,
número 66, colonia El Parque, delegación Venustiano
Carranza, y con fundamento en el artículo 160, nume-
ral 4, y 167, numeral 3, se levantó el acta circunstan-
ciada, en virtud de que no se contó con el quórum re-
glamentado. Cabe citar que el presidente de la
comisión, diputado Javier Guerrero García, conversó
con los diputados y las diputadas, en el transcurso de
los treinta minutos reglamentarios, sin embargo al no
integrarse el quórum, concluyó dando por cancelada la
reunión y agradeció la presencia de las diputadas y los
diputados presentes: Alejandro Armenta Mier, David
Epifanio López Gutiérrez, Adriana Terrazas Porras,
Gabriela Ramírez Ramos, Ximena Tamariz, Natalia
Karina Barón Ortiz, Araceli Damián González y Án-
gel García Yáñez. Se anexa la lista de asistencia y las
justificaciones de inasistencia, que los diputados y las
diputadas enviaron previa a la celebración de la pre-
sente reunión.
Palacio Legislativo de San Lázaro,
a veintitrés días de agosto de dos mil dieciséis.
La Junta Directiva de la Comisión de Desarrollo Social
Diputados: Javier Guerrero García (rúbrica), presidente; Alejan-
dro Armenta Mier (rúbrica), David López Gutiérrez (rúbrica),
Adriana Terrazas Porras, Miguel Ángel Huepa Pérez, Gabriela Ra-
mírez Ramos (rúbrica), Ximena Tamariz García (rúbrica), Natalia
Karina Barón Ortiz (rúbrica), Érika Irazema Briones Pérez, María
Elida Castelán Mondragón, Diego Valente Valera Fuentes, Araceli
Damián González (rúbrica), Carlos Lomelí Bolaños, Ángel García
Yáñez (rúbrica), Hugo Éric Flores Cervantes, secretarios.
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201642
DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO SOCIAL, CIRCUNSTAN-
CIADA DE LA REUNIÓN ORDINARIA LLEVADA A CABO EL
MARTES 23 DE AGOSTO DE 2016
A las diez horas del martes veintitrés de agosto de dos
mil dieciséis, en los salones C y D del edificio G, si-
tuado en la honorable Cámara de Diputados, con do-
micilio en avenida Congreso de la Unión 66, colonia
El Parque, delegación Venustiano Carranza, y con
fundamento en el artículo 160, numeral 4, y 167, nu-
meral 3, se levantó el acta circunstanciada, en virtud
de que no se contó con el quórum reglamentado. Cabe
citar que el presidente de la comisión, diputado Javier
Guerrero García, mencionó algunos temas de manera
informal, indicó que se solicitaría prórroga a la Mesa
Directiva para las iniciativas próximas a vencer. Pos-
teriormente solicitó a las diputadas y los diputados sus
comentarios y observaciones acerca del informe finan-
ciero del primer semestre enero-junio 2016, el informe
de desempeño del primer cuatrimestre enero-abril
2016 y el avance al mes de julio de 2016 sobre el plan
de acción para la implementación de los principios de
la alianza para el parlamento abierto, considerando
que habían sido previamente enviados y a fin de inte-
grar y enviar los primeros dos informes a la Conferen-
cia para la Dirección y Programación de los Trabajos
Legislativos. Consecutivamente mencionó que con el
fin de darle atención a la agenda legislativa y trabajar
específicamente en materia de dictámenes, se convo-
caría a una reunión extraordinaria en la primera sema-
na de septiembre y posteriormente para la tercera se-
mana se llevaría a cabo la reunión de junta directiva y
ordinaria. En relación con la solicitud de la diputada
Araceli Damián González para convocar al licenciado
Julio Alfonso Santaella Castell, titular del Instituto
Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el presi-
dente indicó que será programada en la agenda para
una próxima reunión de trabajo. Por otro lado, reiteró
la invitación al evento con el Programa Universitario
de Estudios del Desarrollo de la Universidad Nacional
Autónoma de México, sobre el Informe del Desarrollo
en México 2015. Finalmente, al no haber ninguna in-
tervención adicional, el presidente Javier Guerrero
García concluyó dando por cancelada la reunión y
agradeció a las diputadas y los diputados presentes:
Alejandro Armenta Mier, Adriana Terrazas Porras, Da-
vid Epifanio López Gutiérrez, Gabriela Ramírez Ra-
mos, Ximena Tamariz García, Natalia Karina Barón
‘Ortiz, Araceli Damián González, Ángel García Yá-
ñez, Edith Anabel Alvarado Varela, José de Jesús Ga-
lindo Rosas, Pablo Elizondo García, Evelyng Soraya
Flores Carranza, Alicia Guadalupe Gamboa Martínez,
Norma Xóchitl Hernández Colín, Dora Elena Real Sa-
linas y Miguel Ángel Sulub Caamal.
Palacio Legislativo de San Lázaro,
a los veintitrés días de agosto de dos mil dieciséis.
La Junta Directiva de la Comisión de Desarrollo Social
Diputados: Javier Guerrero García (rúbrica), presidente; Alejan-
dro Armenta Mier (rúbrica), David López Gutiérrez (rúbrica),
Adriana Terrazas Porras, Miguel Ángel Huepa Pérez, Gabriela Ra-
mírez Ramos (rúbrica), Ximena Tamariz García (rúbrica), Natalia
Karina Barón Ortiz (rúbrica), Érika Irazema Briones Pérez, María
Elida Castelán Mondragón, Diego Valente Valera Fuentes, Araceli
Damián González (rúbrica), Carlos Lomelí Bolaños, Ángel García
Yáñez (rúbrica), Hugo Éric Flores Cervantes, secretarios.
Informes
DEL DIPUTADO VITALICO CÁNDIDO COHETO MARTÍNEZ,
SOBRE EL NOVENO PERIODO DE SESIONES DEL MECANIS-
MO DE EXPERTOS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS
INDÍGENAS DE LA ONU, EFECTUADO DEL LUNES 11 AL
VIERNES 15 DE JULIO DE 2016 EN GINEBRA, SUIZA
I. Presentación
Con fecha 14 de junio del año en curso, a través de la
Dirección General del Instituto Nacional de Lenguas
Indígenas (Inali), y mediante oficio: INALI.A.A.S./
0043/2016, esta comisión recibió invitación para asis-
tir al “noveno periodo de sesiones del Mecanismo de
Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indíge-
nas” de la Organización de las Naciones Unidas
(ONU),” en Ginebra, Suiza, del lunes 11 al viernes 15
de julio de 2016.
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria43
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 39, nu-
meral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General, así
como lo establecido en los artículos 6, fracción XVII,
270, numeral 1, fracción II, 272, numeral 1, fracción
IV, 277, numeral 1, y 278 y demás relativos del Re-
glamento de la Cámara de Diputados, la junta directi-
va de la Comisión de Asuntos Indígenas, con fecha 15
de junio de 2016, acordó integrar una delegación de le-
gisladoras y legisladores, con el propósito de asistir al
interesante foro.
En ejercicio de sus facultades legales y reglamenta-
rias, la Junta de Coordinación Política de la honorable
Cámara de Diputados aprobó la asistencia de una de-
legación legislativa integrada por los siguientes dipu-
tados: Karina Sánchez Ruíz, Aracely Madrigal Sán-
chez, Vitálico Cándido Coheto Martínez y Hugo Alejo
Domínguez, todos integrantes de la Comisión de
Asuntos Indígenas.
El foro nos permitió, abordar temas relevantes sobre
derechos económicos, sociales y culturales de los pue-
blos indígenas y dar seguimiento a los acuerdos de la
Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas de
septiembre de 2014, realizada en Nueva York, Estados
Unidos de América., así como a la Declaración de las
Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas.
Los trabajos se desarrollaron conforme a la siguiente
programación:
Lunes 11 de julio
10:00 a 13:00: Apertura y organización de los trabajos
Palabras de bienvenida: Por el embajador Negash Ke-
bret Botora, vicepresidente del Consejo de Derechos
Humanos y el señor Adam Abdelmoula, director de la
División de los Mecanismos del Consejo de Derechos
Humanos y de los Instrumentos de Derechos Huma-
nos, ACNUDH.
Tema 1: Elección de la mesa
Apertura por parte del presidente del Mecanismo de
Expertos
15:00 a 18:00
Tema 2: Aprobación del programa y organización de
los trabajos
Tema 3: Seguimiento de la Conferencia Mundial sobre
los Pueblos Indígenas, incluido el examen del manda-
to del Mecanismo de Expertos.
Martes 12 de julio
10:00 a 13:00
Tema 4: Mesa redonda sobre la promoción y protec-
ción de los derechos de las personas indígenas con dis-
capacidad.
15:00 a 18:00
Tema 5: Estudio y opinión sobre el derecho a la salud
y los pueblos indígenas, centrado en los niños y los jó-
venes.
Miércoles 13 de julio
10:00 a 13:00
Tema 6: Derechos humanos de los pueblos indígenas
en relación con las empresas.
15:00 a 18:0
Tema 7: Objetivos de desarrollo sostenible y derechos
de los pueblos indígenas.
Jueves 14 de julio
10:00 a 13:00
Tema 8: Buenas prácticas y estrategias para la aplica-
ción de la Declaración de las Naciones Unidas sobre
los Derechos de los Pueblos Indígenas.
15:00 a 18:00
Tema 9: Seguimiento de estudios temáticos y opinio-
nes.
Tema 10: Formulación de propuestas al Consejo de
Derechos Humanos para su examen y aprobación.
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201644
Viernes 15 de julio
10:00 a 12:00
Sesión privada del Mecanismo de Expertos sobre de-
rechos de los Pueblos Indígenas.
12:00 a 13:00
Tema 11: Aprobación del informe y clausura.
II. Sesiones de trabajo
Durante el desarrollo del tema 3: “El seguimiento de la
Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas”, el
diputado Vitálico Cándido Coheto Martínez, en su in-
tervención hizo entre otras, las propuestas siguientes:
1. Reafirmó la voluntad de México en el cumpli-
miento de la Declaración de las Naciones Unidas
sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y los
resultados de la Conferencia Mundial de Pueblos
Indígenas organizada por la ONU.
2. Recomendó erradicar las políticas de corte asis-
tencial de atención a los Pueblos y Comunidades
Indígenas, y propuso impulsar programas de desa-
rrollo sostenible y sustentable.
3. Armonizar los sistemas normativos internos con
las constituciones nacionales y los instrumentos in-
ternacionales.
4. Que el Mecanismo de Expertos de la ONU convo-
que a los Estados miembros a que en los casos donde
se instrumenten proyectos como son: la generación de
energía eólica, explotaciones forestal, mineras y pe-
trolíferas, que puedan poner en riesgo la integridad fí-
sica y cultural de los pueblos indígenas se les brinde
previamente amplia información sobre los beneficios
y posibles perjuicios que puedan causarle, para que
con conocimiento de causa, estén en condiciones de
otorgar su anuencia para su ejecución.
5. Fortalecer las políticas lingüísticas y educativas
para garantizar una educación bilingüe e intercultu-
ral de calidad.
6. Manifestó la imperiosa necesidad de proteger los
Centros Ceremoniales Indígenas.
A continuación se presenta el posicionamiento de la
delegación mexicana sobre el tema 3 “Seguimiento de
la Conferencia Mundial sobre los pueblos indígenas”,
cuyo texto fue leído por el diputado Vitálico Cándido
Coheto Martínez.
Saludo con gusto a las y los asistentes, autoridades,
personalidades diplomáticas, representantes de los
pueblos indígenas, convencido de que nos reúne el ob-
jetivo común de que las Naciones Unidas, el Consejo
de Derechos Humanos y este Mecanismo de Expertos,
impulsen mejores condiciones de vida para los pue-
blos y comunidades originarias en todas las regiones y
países del mundo.
Felicito al señor Barume y a la señorita Yamada por su
acertado nombramiento para presidir esta sesión.
El 22 de septiembre de 2014, en un hecho histórico,
fue aprobado por la Asamblea General de las Naciones
Unidas, el documento final del primer encuentro de al-
to nivel dedicado exclusivamente al bienestar de los
pueblos indígenas.
En la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indíge-
nas, México ratificó su compromiso de seguir traba-
jando para que los pueblos originarios hagan efectivo
el ejercicio de sus derechos.
El reto es pasar de la intención a los hechos, por eso,
expreso mi más amplio reconocimiento al Mecanismo
de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indíge-
nas, por haber incluido en el programa del Noveno Pe-
riodo de Sesiones, un espacio para analizar y dar se-
guimiento a los acuerdos de la Conferencia Mundial.
Como mexicano, nacido en un estado con gran rique-
za cultural, heredada de nuestros pueblos originarios,
acudo a este foro con la convicción de que, lo que aquí
acordemos contribuirá a que los compromisos estable-
cidos, se sigan traduciendo en reformas legislativas y
políticas públicas que garanticen la inclusión, respeto,
bienestar y desarrollo para los pueblos indígenas.
Estamos convencidos que la Declaración de las Na-
ciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indí-
genas y la Conferencia Mundial, constituyen la ruta
para atender las demandas más sentidas de los pueblos
originarios.
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria45
Entre los acuerdos de la Conferencia Mundial sobre
los Pueblos Indígenas, celebrada en septiembre de
2014, destacan los siguientes:
• El derecho de los pueblos indígenas a la consulta
antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o ad-
ministrativas que les afecten, a fin de obtener su
consentimiento previo, libre e informado.
• Asegurar el acceso a programas relacionados con
los derechos a la salud, la vivienda, el agua, el sa-
neamiento y el saneamiento, así como programas de
desarrollo económicos, sociales, culturales y am-
bientales para mejorar el bienestar de los pueblos y
comunidades indígenas.
• Garantizar su acceso igualitario a una educación
de alta calidad, considerando las singularidades so-
cio-culturales y lingüísticas de los pueblos origina-
rios.
• El desarrollo de capacidades y destrezas de las y
los jóvenes indígenas, incluida su participación ple-
na en la toma de decisiones.
• El empoderamiento de las mujeres indígenas, pro-
moviendo el desarrollo de sus capacidades y forta-
leciendo su participación y liderazgo.
• El reconocimiento y aplicación de los conoci-
mientos, innovaciones y prácticas tradicionales de
los pueblos indígenas, así como las aportaciones
que puedan otorgar al desarrollo económico orien-
tado a la sustentabilidad, sostenibilidad y equidad.
La comunidad internacional, debe continuar actuando
con firmeza y convicción, para procurar su cumpli-
miento, así como, generar condiciones, pero sobre to-
do oportunidades de desarrollo económico, social, cul-
tural, ambiental y político a los pueblos indígenas.
La voluntad de todos, debe seguirse reflejando en el
día a día y no solo en los tratados y convenciones, pa-
ra eso debemos ser autocríticos, críticos y defensores
de esta causa.
Identificar tanto los obstáculos, como las áreas de
oportunidad y realizar las evaluaciones correspondien-
tes de las medidas tomadas a favor de los derechos de
los indígenas, ésta, debe ser una tarea permanente.
Debemos vigilar el cumplimiento de los acuerdos in-
ternacionales, para garantizar el respeto a los derechos
humanos y procurar de manera más efectiva el respe-
to a los derechos de nuestros pueblos originarios.
La riqueza de la humanidad tiene su base en la diver-
sidad. Tenemos que seguir trabajando por la armónica
convivencia y el mejoramiento de la vida cotidiana de
los pueblos indígenas.
En México hemos escuchado sus sentidas demandas,
nos hemos comprometido con ellas, y seguiremos tra-
bajando para tener mejores resultados que impacten
positivamente a los millones de hermanos indígenas
que anhelan un futuro más justo, más incluyente y so-
bretodo más próspero.
Tema 6: Derechos humanos de los pueblos indígenas
en relación con las empresas.
En este tema la diputada doctora Araceli Madrigal
Sánchez presentó el siguiente posicionamiento:
Saludo con respeto al presidente por la acertada con-
ducción de esta sesión.
En los últimos años, en México la extracción de rique-
zas minerales, acuíferas y energéticas, están siendo de-
vastadas por empresas transnacionales.
Un importante número de estas explotaciones se dan
en territorios indígenas.
El país enfrenta el desafío de resguardar los derechos
de los pueblos indígenas frente el avance sistemático
de las compañías que están afectando dichos recursos.
Se tienen casos específicos donde los pobladores están
resistiendo de manera organizada estos embates.
En el sureste del país, con las eólicas, que se están ins-
talando con el capital extranjero, así como en Baja Ca-
lifornia; las petroleras de Tabasco y Campeche en el
Golfo de México que se apropian de la riqueza del
suelo y subsuelo, con la consiguiente devastación de
los ecosistemas en la zona maya de Quintana Roo.
Los indígenas quedan fuera de los beneficios econó-
micos y sociales de esas empresas.
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201646
No se puede confinar a los pueblos indígenas a depen-
der del asistencialismo, sino incluirlos en programas
básicos de educación, de salud, y de desarrollo soste-
nible.
Hasta ahora, los gobiernos de la región, se muestran
más identificados con los intereses de los inversionis-
tas violando sistemáticamente los derechos de los pue-
blos indígenas, lo cual no debemos permitir.
Es importante que el Mecanismo de Expertos sobre los
Derechos de los Pueblos Indígenas, plantee al Grupo
de Trabajo de Derechos Humanos y Empresas, accio-
nes que mejoren la relación de estas empresas con los
indígenas.
Esta medida puede resultar un paso estratégico en el
cumplimiento de la Declaración de las Naciones Uni-
das sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, que
en su texto recomienda reconocer los derechos especí-
ficos y libertades fundamentales de las sociedades ori-
ginarias.
Es oportuno pasar de las buenas intenciones a los he-
chos concretos.
En tanto los derechos de los pueblos indígenas sigan
siendo vulnerados, los objetivos de la Declaración no
se cumplirán a cabalidad.
Señor presidente:
La intervención del Mecanismo de Expertos, será re-
conocida por los pueblos y comunidades indígenas de
mi país.
En el Tema 7: Objetivos de desarrollo sostenible y de-
rechos de los pueblos indígenas, participé con la po-
nencia “el Derecho al desarrollo con identidad y dig-
nidad, en la que convoqué al Mecanismo de Expertos
para que en su carácter de instancia multilateral, ex-
horte a los Estados miembros a dar cabal cumplimien-
to a la Agenda 2030, para abatir las desigualdades,
la pobreza asumiendo el compromiso de impulsar
el desarrollo de los pueblos indígenas, mediante el
aprovechamiento de sus potencialidades y su capaci-
dad de innovación para promover su crecimiento a tra-
vés de programas y acciones que generen riqueza al
interior de las comunidades, con estricto apego a su
derecho de autodeterminación.
Expuse asimismo, la necesidad de redefinir los indica-
dores de pobreza, en virtud de que, los organismos es-
pecializados, desde su óptica, consideran aspectos se-
cundarios, descuidando acciones y elementos
sustantivos de combate a la pobreza.
Finalmente, propuse que el desarrollo indígena sea im-
pulsado con dignidad e identidad, asumiendo como un
principio básico la instrumentación de políticas públi-
cas que puedan guiar y dar concreción a los derechos
indígenas, a fin de proscribir las injustas y asimétricas
relaciones a que han estado sujetos estos pueblos.
Texto íntegro de la participación del diputado Vitá-
lico Cándido Coheto Martínez
Derecho al desarrollo con identidad y dignidad
Saludo a las y los asistentes a esta importante sesión,
el tema de hoy es el marco ideal para compartir con us-
tedes, lo que han expresado mis hermanos indígenas
de México que “no desean dejar de ser indígenas, de-
sean dejar de estar pobres”
Los pueblos indígenas han sufrido a través de la histo-
ria innumerables injusticias; se les ha despojado de sus
tierras, territorios, recursos naturales, y se les ha con-
culcado el derecho a construir su propio desarrollo.
Por ello, la ONU debe convocar a los Estados miem-
bros a dar cabal cumplimiento a la Agenda 2030, para
abatir las desigualdades y la pobreza y asumir el com-
promiso de impulsar el desarrollo de los pueblos indí-
genas, aprovechando su creatividad, y sus capacidades
de innovación y crecimiento, con programas y accio-
nes que se generen en el seno mismo de las comuni-
dades, a partir de sus potencialidades, vocaciones y or-
ganización social. En suma, con estricto apego a su
derecho de autodeterminación.
El acceso al desarrollo y bienestar son derechos colec-
tivos, así como superar la pobreza y la marginación,
conservando sus culturas, sus lenguas, sus sistemas
normativos internos, sus asambleas que son su esencia
y presencia histórica, por ello propongo un desarrollo
con identidad.
Debemos asumir el compromiso de impulsar el desa-
rrollo sostenible y sustentable, y desechar modelos ba-
sados en esquemas asistencialistas que propician la de-
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria47
pendencia de nuestros pueblos, cercenan su creativi-
dad y sus iniciativas. La pobreza solo se combate ge-
nerando riqueza.
También, resulta imperativo redefinir los indicadores
de pobreza, porque los organismos especializados,
desde su óptica, consideran aspectos secundarios, des-
cuidando elementos y acciones sustantivos de comba-
te a la pobreza.
El desarrollo sostenible parte de la definición, de las
prioridades y objetivos de los pueblos, del óptimo
aprovechamiento de sus bosques, sus tierras, aguas,
recursos minerales y conocimientos.
El desarrollo con identidad debe asumirse como un
principio que guíe la instrumentación de políticas pú-
blicas que den concreción a los derechos indígenas, a
fin de proscribir las injustas y asimétricas relaciones a
que han estado sujetos los pueblos indígenas del mun-
do. Estamos convencidos que el Mecanismo de Exper-
tos, como instancia especializada de las Naciones Uni-
das, fortalecerá el compromiso de los Estados para dar
cumplimiento a estos objetivos y metas.
Hermanas y hermanos:
Nos anima y nos une la esperanza de justicia y bienes-
tar para nuestras comunidades.
Hoy tenemos la oportunidad de asumir el gran reto de
construir el desarrollo integral con identidad y digni-
dad de nuestros pueblos.
Estamos ante el desafío, de transformar la retórica y
traducir las leyes, tratados y acuerdos en políticas pú-
blicas que hagan posible el combate frontal a la po-
breza, la injusticia, la discriminación y la exclusión.
Nuestros pueblos no quieren dádivas, quieren seguir
siendo artífices de su destino y su desarrollo; anhelan
una convivencia civilizada, creativa y de buena fe con
todas las mujeres y los hombres del mundo.
No claudiquemos en el intento, inspirémonos en el es-
píritu indomable de nuestros antepasados, para cons-
truir una nueva historia, un nuevo horizonte y que el
espíritu de esta reunión nos dé la fuerza para seguir lu-
chando con los que menos tienen.
III. Consideraciones finales
Este foro nos permitió dar a conocer los avances en
materia de legislación indígena, al mismo tiempo, ha-
cer conciencia sobre la responsabilidad de dar concre-
ción a los acuerdos tomados, a fin de que estos, no se
queden en buenas intenciones. Lo más relevante fue
poder expresar con firmeza la voz de México como
miembro de la Organización de las Naciones Unidas
que está cumpliendo con sus obligaciones.
Finalmente, debe mencionarse que la participación de
las y los legisladores mexicanos, fue ampliamente re-
conocida por todas y todos los asistentes y por quienes
coordinaron esta importante reunión, mismos que ex-
ternaron una cálida felicitación a la Delegación Mexi-
cana por sus aportaciones, y por su armoniosa convi-
vencia con todas y todos los líderes indígenas que
asistieron a la sesión.
Atentamente
Diputado Vitálico Cándido Coheto Martínez
Convocatorias
DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES
A la reunión del grupo de trabajo de Naciones Unidas
sobre los derechos humanos y las empresas, que se
efectuará el lunes 5 de septiembre, a las 13:00 horas,
en la sala de juntas Gilberto Bosques Saldívar (edifi-
cio D, planta baja).
Atentamente
Diputado Víctor Manuel Giorgana Jiménez
Presidente
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201648
DE LA COMISIÓN DE ENERGÍA
A la reunión de junta directiva que tendrá lugar el mar-
tes 6 de septiembre, a las 9:00 horas, en los salones C
y D del edificio G.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del
día.
3. Análisis de proyectos de dictamen.
4. Asuntos generales.
Atentamente
Diputada Georgina Trujillo Zentella
Presidenta
DE LA COMISIÓN DE ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES
A la séptima reunión ordinaria, que tendrá verificativo
el martes 6 de septiembre, a las 9:30 horas, en el salón
B del edificio G.
Atentamente
Diputado Gustavo Madero Muñoz
Presidente
DE LA COMISIÓN DE ENERGÍA
A la novena reunión ordinaria, que se efectuará el mar-
tes 6 de septiembre, a las 9:30 horas, en los salones C
y D del edificio G.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del
día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta corres-
pondiente a la octava reunión ordinaria.
4. Discusión y votación de proyectos de dictamen.
5. Asuntos generales.
6. Clausura.
Atentamente
Diputada Georgina Trujillo Zentella
Presidenta
DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-VENEZUELA
A la reunión de instalación, que se llevará a cabo el
martes 6 de septiembre, a las 9:30 horas, en el salón E
del edificio G.
Atentamente
Diputada María Candelaria Ochoa Ávalos
Presidenta
DE LA COMISIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
A la reunión de junta directiva que se realizará el mar-
tes 6 de septiembre, a las 10:00 horas, en el salón A del
edificio G.
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria49
Orden del Día
1. Declaratoria de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Presentación de la segunda etapa de trabajos
rumbo a la Ley General de Aguas.
4. Asuntos generales.
5. Clausura.
Atentamente
Diputado Ignacio Pichardo Lechuga
Presidente
DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-SERBIA
A la reunión de instalación, que se efectuará el martes
6 de septiembre, a las 10:00 horas, en la sala Gilberto
Bosques Saldívar, situada en el edificio D, planta baja.
Atentamente
Diputada Alicia Guadalupe Gamboa Martínez
Presidenta
DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-CUBA
A la primera reunión ordinaria, que tendrá lugar el
martes 6 de septiembre, a las 10:30 horas, en el salón
de protocolo del edificio A.
Orden del Día
1. Lista de asistencia y verificación de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de ins-
talación.
3. Presentación y, en su caso, aprobación del plan
de actividades.
4. Presentación y, en su caso, aprobación de las si-
guientes actividades:
a. Visita de trabajo a la Asamblea Nacional del
Poder Popular de Cuba.
b. Pronunciamiento contra el bloqueo económi-
co y comercial hacia Cuba.
c. Decimosexta Reunión Interparlamentaria Mé-
xico-Cuba.
d. Presentación del libro conmemorativo Memo-
rias del Granma.
5. Asuntos generales.
Atentamente
Diputada Maricela Contreras Julián
Presidenta
DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE PUERTOS Y MARINA MER-
CANTE
A la reunión de instalación, que se llevará a cabo el
martes 6 de septiembre, a las 12:00 horas en los salo-
nes C y D del edificio G.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201650
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del
orden del día.
3. Declaratoria formal de instalación.
4. Intervención del diputado César Camacho Qui-
roz, coordinador del Grupo Parlamentario del PRI.
5. Intervención del licenciado Guillermo Ruiz de
Teresa, coordinador general de Puertos y Marina
Mercante de la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes.
6. Intervención del presidente de la comisión espe-
cial.
7. Asuntos generales.
8. Clausura y convocatoria para la siguiente reu-
nión.
Atentamente
Diputado Salomón Fernando Rosales Reyes
Presidente
DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-REPÚBLICA DE ANGO-
LA
Al acto de instalación, que se realizará el martes 6 de
septiembre, a las 17:00 horas, en el salón de protocolo
del edificio A.
Atentamente
Diputada Lilian Zepahua García
Presidenta
DEL GRUPO DE TRABAJO EN MATERIA DE MEDIO AMBIEN-
TE
A la tercera reunión, que tendrá lugar el martes 6 de
septiembre, al término de la sesión del pleno, en el sa-
lón A del edificio G.
Atentamente
Diputada Alma Lucía Arzaluz Alonso
Presidenta
DE LA COMISIÓN DE GANADERÍA
A la novena reunión ordinaria, que tendrá verificativo
el miércoles 7 de septiembre, a las 9:00 horas, en el pa-
tio sur del edificio A.
Orden del Día
1. Lista de asistencia.
2. Declaración de quórum.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del
orden del día.
4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del
acta correspondiente a la octava reunión ordina-
ria.
5. Presentación, discusión y, en su caso, aprobación
del segundo informe semestral de actividades:
• Ponente: Diputado Oswaldo Guillermo Cháza-
ro Montalvo.
• Intervención de integrantes.
6. Presentación, discusión y, en su caso, aprobación
del programa anual de trabajo:
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria51
• Ponente: Diputado Cházaro Montalvo.
• Intervención de integrantes.
7. Asuntos generales:
• Comentarios sobre el Frente Parlamentario
contra el Hambre. Presenta: Maestro en ciencias
Arturo Enciso Serrano, secretario técnico.
• Iniciativa que expide la Ley de los Derechos de
las Personas Usuarias de Animales de Asisten-
cia. Comisiones unidas (Atención a Grupos Vul-
nerables, y Ganadería). Presenta: Secretario téc-
nico.
• Intervención de integrantes.
• Intervención del diputado Cházaro Montalvo.
8. Clausura.
Atentamente
Diputado Oswaldo Guillermo Cházaro Montalvo
Presidente
DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-TAILANDIA
Al acto de instalación, que se realizará el miércoles 7
de septiembre, a las 9:00 horas, en el salón B del edi-
ficio G.
Atentamente
Diputada Gloria Himelda Félix Niebla
Presidenta
DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-FILIPINAS
Al acto de instalación, por celebrarse el miércoles 7 de
septiembre, a las 10:00 horas, en el salón de protocolo
del edificio A.
Atentamente
Diputada Nadia Haydee Vega Olivas
Presidenta
DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-PANAMÁ
A la reunión de instalación, por celebrarse el miérco-
les 7 de septiembre, a las 10:00 horas, en el salón E del
edificio G.
Atentamente
Diputada Ingrid Krasopani Schemelensky Castro
Presidenta
DE LA COMISIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
A la octava reunión ordinaria, que se realizará el miér-
coles 7 de septiembre, a las 13:00 horas, en el salón E
del edificio G.
Orden del Día
1. Declaratoria de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Ponencias para conocer la situación actual y pers-
pectivas del sector hídrico del país, por los siguien-
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201652
tes investigadores del Instituto Mexicano de Tecno-
logía del Agua:
• Doctora Rebeca González Villela.
• Doctor Alfonso G. Banderas Tarabay.
• Maestro Sergio Armando Trelles Jasso, subco-
ordinador de Planeación Hídrica.
5. Asuntos generales.
6. Clausura.
Atentamente
Diputado Ignacio Pichardo Lechuga
Presidente
DE LA COMISIÓN DE POBLACIÓN
A la quinta reunión ordinaria, que se llevará a cabo el
jueves 8 de septiembre, a las 9:00 horas, en el salón B
del edificio G.
Orden del Día
1. Lista de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del
orden del día.
3. Lectura y aprobación del acta correspondiente a
la reunión anterior.
4. Votación de opinión a iniciativa.
5. Asuntos generales.
6. Clausura.
Atentamente
Diputado Adolfo Mota Hernández
Presidente
DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-ESPAÑA
A la reunión de instalación, que tendrá lugar el jueves
8 de septiembre, a las 12:00 horas, en el salón de pro-
tocolo del edificio C.
Atentamente
Diputada María Guadalupe Alcántara Rojas
Presidenta
DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-GEORGIA
A la reunión de instalación, que se efectuará el miér-
coles 14 de septiembre, a las 10:00 horas en el salón
de la Comisión de Relaciones Exteriores Gilberto Bos-
ques Saldívar, situado en la planta baja del edificio D.
Atentamente
Diputado Leonel Gerardo Cordero Lerma
Presidente
DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-TRINIDAD Y TOBAGO
Al acto de instalación, que se llevará a cabo el martes
20 de septiembre, a las 17:00 horas, en la sala de jun-
tas de la Comisión de Relaciones Exteriores, situada
en la planta baja del edificio D.
Atentamente
Diputada Yulma Rocha Aguilar
Presidenta
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria53
Invitaciones
DEL CENTRO DE ESTUDIOS SOCIALES Y DE OPINIÓN PÚ-
BLICA
Al foro El Poder Legislativo y su rol en el proceso pre-
supuestario, que se llevará a cabo el lunes 5 y el mar-
tes 6 de septiembre, de las 10:00 a las 20:00 horas y de
las 9:30 a las 12:30 horas respectivamente, en el salón
Legisladores de la República.
Atentamente
Licenciado Marcelo de Jesús Torres Cofiño
Director General
DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA
Al segundo Taller de reglas de operación del Fondo
Nacional del Emprendedor 2016, que se realizará el
miércoles 14 de septiembre, a las 10:00 horas, en el
auditorio sur del edificio A.
Atentamente
Diputado Jorge Enrique Dávila Flores
Presidente
DEL DIPUTADO MIGUEL ALVA Y ALVA
Al primer Foro Nacional de Desarrollo Rural Susten-
table y Riqueza Productiva del Cultivo de Agave, No-
pal y Sábila como Recurso Alternativo para Reactivar
la Economía del Campo, que se llevará a cabo el lunes
19 de septiembre, a partir de las 11:00 horas, en el au-
ditorio Aurora Jiménez de Palacios, del edificio E.
Programa
11:00 horas: Registro.
11:30 horas: Discurso de apertura.
Diputada Federal Rocío Nahle García, coordinado-
ra del Grupo Parlamentario de Morena.
11:35 horas: discurso de bienvenida.
Diputado Miguel Alva y Alva.
Nopal
11:40 horas: conocimiento, conservación y mejoramien-
to los recursos vegetales de México: Opuntia (Nopal).
Doctor Jesús Axayacatl Cuevas Sánchez e ingenie-
ro Axayacatl Cuevas Coeto, de la Universidad Au-
tónoma Chapingo.
12:05 horas: El nopal como fuente de energía.
Licenciado Marco Antonio Córdova Arroyo, direc-
tor comercial de la empresa Glint Energía, SA de
CV.
12:30 horas: primer bloque de preguntas.
12:55 horas: entrega de reconocimientos.
Agave
13:00 horas: Introducción.
Licenciado Uriel Vargas Guzmán, miembro del Co-
mité Ejecutivo Nacional de El Barzón.
13:10 horas: Conocimiento, conservando y mejorando
los recursos vegetales de México: Agave.
Doctor Remigio Madrigal Lugo, Universidad Autó-
noma Chapingo.
13:35 horas: La transformación y comercialización del
agave tequilero.
Ingeniero Francisco Contreras, integrante de la
Alianza México de Productores de Agave.
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201654
14:00 horas: La producción de agave pulquero, inge-
niero Rogelio Bravo, asesor de la Alianza México de
Productores de Agave.
14:25 horas: Segundo bloque de preguntas.
14:50 horas: Entrega de reconocimientos.
14:55 horas: Intermedio de alimentos
Sábila
16:00 horas: Conocimiento, conservando y mejorando
los recursos vegetales de México: Aloe.
Doctor Guillermo Mendoza Castelán, Universidad
Autónoma Chapingo.
16:25 horas: Sábila (Aloe Vera), un cultivo alternativo
para las zonas de temporal.
Ingeniero Israel Viveros Ramírez, Instituto Tecno-
lógico Úrsulo Galván.
16:50 horas: Financiamiento del cultivo alternativo de
sábila.
Maestro Juan Manuel García González, vicepresi-
dente de la Cámara de Comercio de México en Chi-
na.
17:15 horas: Bioactividad del aloe vera como alimen-
to nutracéutico.
Doctora Ruth Nohemí Domínguez Fernández, Ins-
tituto Politécnico Nacional.
17:40 horas: Tercer bloque de preguntas.
17:55 horas: Entrega de reconocimientos.
18:00 horas: Clausura.
Constancia de asistencia al finalizar el foro.
Atentamente
Diputado Miguel Alva y Alva
DEL CENTRO DE ESTUDIOS SOCIALES Y DE OPINIÓN PÚ-
BLICA
Al foro La economía mexicana: situación actual, retos
y perspectivas, que se llevará a cabo el martes 20 y el
miércoles 21 de septiembre, de las 9:30 a las 15:00 ho-
ras, en el auditorio Aurora Jiménez de Palacios y en el
vestíbulo del edificio E, respectivamente.
Atentamente
Licenciado Marcelo de Jesús Torres Cofiño
Director General
DE LA DIPUTADA PATRICIA ELENA ACEVES PASTRANA
Al simposio Proyectos, realidades y utopías: 100 años
de la Facultad de Química de la UNAM, que se lleva-
rá a cabo el jueves 29 de septiembre, a las 9:00 horas,
en el auditorio Aurora Jiménez de Palacios, planta ba-
ja del edificio E.
Atentamente
Diputada Patricia Elena Aceves Pastrana
DEL CENTRO DE ESTUDIOS DE DERECHO E INVESTIGA-
CIONES PARLAMENTARIAS
Al diplomado Los derechos políticos y su tutela, que el
Centro de Capacitación Judicial Electoral impartirá
desde el jueves 29 de septiembre.
La LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del
Congreso de la Unión, por medio del Centro de Estu-
dios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias
(CEDIP), y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de
la Federación, a través del Centro de Capacitación Ju-
dicial Electoral (CCJE)
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria55
Convocan
A los diputados, al personal y a los asesores de los gru-
pos parlamentarios, todos ellos de la Cámara de Dipu-
tados del Congreso de la Unión, a cursar el diplomado
Los derechos políticos y su tutela, que será impartido
por el Centro de Capacitación Judicial Electoral, en la
modalidad semipresencial, a través del campus virtual
del CCJE y en sesiones presenciales, para un grupo de
50 alumnos, con una duración de 39 semanas, en las
cuales los alumnos conocerán los derechos políticos
como derechos humanos, la aplicación del control de
constitucionalidad y convencionalidad en su tutela y
los criterios jurisdiccionales vigentes. Asimismo, ad-
quirirán la habilidad de identificar los actos u omisio-
nes de las autoridades y normas que vulneran los de-
rechos políticos, así también la actitud de asumir el
compromiso de defender los derechos políticos en su
práctica profesional, conforme a las siguientes
Bases
I. Sólo podrán participar en el proceso de selección los
diputados, personal y asesores de los grupos parla-
mentarios, todos ellos de la Cámara de Diputados del
Congreso de la Unión.
II. Se formará un grupo de 50 alumnos.
III. El diplomado semipresencial los derechos políti-
cos y su tutela consta de los siguientes módulos:
Módulo I
1. Introducción a los derechos humanos.
1.1. Origen y concepto de los derechos humanos.
1.2. Diferencia entre garantía individual, derechos
humanos y derechos fundamentales.
1.3. Primacía de los derechos humanos.
1.4. Protección de los derechos humanos en el de-
recho internacional de los derechos humanos.
2. Contenido y alcances de la reforma constitucional
de 2011 en derechos humanos.
2.1. Panorama del proceso de la reforma.
2.2. Análisis del contenido del artículo 1o.
3. Principios para la aplicación de los derechos huma-
nos.
3.1. Pro persona.
3.2. Progresividad.
3.3. Universalidad.
3.4. Independencia.
3.5. Indivisibilidad.
4. Bloque de constitucionalidad (catálogo de derechos
humanos).
4.1. Contradicción de criterio 293/2011 pleno de la
Suprema Corte de la Justicia de la Nación.
5. Control difuso de constitucionalidad y convencio-
nalidad.
5.1. Análisis del caso Rosendo Radilla.
5.2. Concepto del control difuso de constitucionali-
dad y convencionalidad.
6. La interpretación conforme.
6.1. Concepto y aplicación.
Módulo II
1. Orígenes de los derechos políticos como derechos
humanos.
1.1. Época moderna.
1.2. Época posmoderna.
2. Los derechos políticos, su marco normativo, límites
y alcances.
2.1. Derecho a votar.
2.2. Derecho a ser votado.
2.3. Derecho de asociación.
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201656
2.4. Derecho de afiliación.
2.5. Los derechos políticos como factores en el de-
sarrollo de los sistemas democráticos.
3. Los derechos políticos en el derecho mexicano.
3.1. Antecedentes.
3.2. La protección constitucional de los derechos
político-electorales (1996-2016).
Módulo III
1. Medios para la protección de los derechos político-
electorales.
1.1. JDC y REC (figuras procesales).
2. La ampliación de la procedencia del juicio para la
protección de los derechos político-electorales del ciu-
dadano (JDC).
2.1. Actos de los partidos políticos.
2.2. Integración de autoridades electorales.
3. La ampliación de la tutela de los derechos políticos
en las sentencias del TEPJF.
3.1. Derecho a votar.
3.2. Derecho a ser votado.
3.3. Derecho de asociación.
3.4. Derecho de afiliación.
4. Suspensión de los derechos políticos.
5. Derechos políticos de los indígenas.
5.1. Derechos indígenas en las sentencias del
TEPJF.
6. Derechos políticos e igualdad de género.
Módulo IV
1. Reconocimiento y ampliación de la tutela de dere-
chos humanos vinculados con los derechos político-
electorales.
2. Derecho a la información.
2.1. Protección de datos personales.
3. Libertad de expresión.
3.1. Derecho a la imagen.
4. Derecho de réplica.
5. Derecho de petición.
6. Derecho de reunión.
Forma de desarrollo del diplomado
Dado que su modalidad es semipresencial, las activi-
dades se desarrollarán a través del campus virtual del
CCJE con sesiones presenciales.
El material base del diplomado, así como todos los
materiales adicionales y actividades de aprendizaje,
estarán disponibles para los participantes en el men-
cionado campus virtual.
Los jueves que se designen se realizarán sesiones pre-
senciales, con duración de cuatro horas cada una, du-
rante las cuales los profesores designados por el CCJE
realizarán
1. La explicación a los alumnos de los contenidos de
los materiales y propiciar la organización de trabajo; y
2. Solicitar el desarrollo de tareas en clase.
Acreditación del diplomado
Tendrán derecho al diploma correspondiente los alum-
nos que
• Acudan a 80 por ciento de las sesiones presencia-
les programadas, debiendo firmar su asistencia en
las listas que se pondrán a su disposición al inicio y
al final de cada sesión.
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria57
• Realicen en el periodo establecido, 80 por ciento
de las actividades de aprendizaje del total de las
programadas y obtener una calificación mínima
aprobatoria de 8 en escala de 0 a 10.
Requisitos de admisión
El aspirante deberá presentar en original y copia para
su cotejo y ante la Dirección de Estudios Legislativos
del CEDIP, órgano encargado de la operación del di-
plomado, los documentos siguientes:
1. Constancia que acredite la calidad de diputada o
diputado. Para el personal de la Cámara, documento
que acredite su relación laboral. Y para el caso de los
asesores de los grupos parlamentarios, constancia
que acredite la relación contractual con la Cámara.
2. Certificado de estudios, titulo o cédula profesio-
nal de la carrera de derecho o carreras afines.
3. Fotografía a color o blanco y negro, tamaño in-
fantil.
4. solicitud de inscripción.
5. Cédula de datos personales, que será proporcio-
nada por el CEDIP.
6. Poseer conocimientos básicos sobre el manejo de
programas de cómputo (Word, Excel, PowerPoint,
navegadores de internet), así como tener acceso a
equipo de cómputo (memoria RAM de 2 gigas reco-
mendado) procesador 1.3 MHz, con acceso a internet
(banda ancha), navegador Google Chrome, cuenta de
correo electrónico Gmail y acceso a YouTube.
Perfil de ingreso
Conocimientos en derecho constitucional, electoral,
procesal y derechos humanos.
Procedimiento
El procedimiento y los tiempos a que deberán ajustar-
se los aspirantes para presentar documentos y copias
de éstos son los siguientes:
1. La entrega de documentos y copia de éstos, en las
instalaciones del CEDIP, sito en el edificio I, se-
gundo nivel, de la Cámara de Diputados del Con-
greso de la Unión, en un horario de 10:00 a 14:00,
a partir del 22 de agosto al 5 de septiembre de 2016.
Realizado el cotejo, se devolverán al interesado los
documentos originales.
2. La revisión de documentos exhibidos y recibidos
se realizará el 5 y 6 de septiembre de 2016.
3. Las observaciones sobre los documentos exhibi-
dos y recibidos se llevarán a cabo el 7 de septiem-
bre de 2016.
4. La subsanación de las observaciones sobre la do-
cumentación exhibida y recibida se realizará el 8 y
9 de septiembre de 2016.
5. El Centro de Capacitación Judicial Electoral en-
viará a los correos electrónicos de los alumnos
aceptados, el miércoles 14 de septiembre de 2016,
las claves de usuario y contraseña del alumno para
el ingreso en la plataforma virtual.
Inicio de actividades
Los alumnos podrán ingresar en la plataforma virtual
del Centro de Capacitación Judicial Electoral a partir
del lunes 19 de septiembre de 2016, para tener acceso
a los materiales que se proporcionarán, a efecto de es-
tar en condiciones de participar en la primera sesión
presencial, por celebrarse el jueves 29 de septiembre
de 2016, de las 16:00 a las 20:00 horas.
Prevenciones generales
1. La presente convocatoria deberá ser publicada en
la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados
del 8 de agosto al 5 de septiembre de 2016.
2. De igual manera, se enviará a los correos institu-
cionales de los diputados que integran la presente
legislatura, sin menoscabo de la comunicación que
al efecto realice la Secretaria General a los coordi-
nadores de los grupos parlamentarios.
3. La presente convocatoria se difundirá mediante
carteles, los cuales serán distribuidos en los estra-
dos de los edificios de la Cámara de Diputados del
Congreso de la Unión.
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201658
4. Lo no previsto en la presente convocatoria, será
resuelto por los convocantes.
Atentamente
Maestro Mauricio Farah Gebara
Secretario General
Doctor Carlos Báez Silva
Director del Centro de Capacitación
Judicial Electoral
Licenciado Sadot Sánchez Carreño
Director General del CEDIP
DE LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES
Al diplomado Análisis político y campañas electora-
les, que con la Facultad de Ciencias Políticas y Socia-
les de la Universidad Nacional Autónoma de México,
se llevará a cabo los lunes, miércoles y viernes com-
prendidos de la fecha al 9 de diciembre, de las 8:00 a
las 10:00 horas.
Informes e inscripciones del miércoles 1 de junio al
viernes 3 de julio, de 10:00 a 15:00 horas, en los telé-
fonos 50360000 (extensión 58127), 0445529212480 y
0445514226478, en el e-mail: diplomado.camara
@gmail.com, en http://diplomadocamara.com así co-
mo en la oficina de la convocante, tercer piso del edi-
ficio D.
Dirigido a legisladores, asesores parlamentarios y po-
líticos, estudiantes e investigadores (de ciencia políti-
ca, administración pública, derecho, sociología, eco-
nomía, relaciones internacionales, antropología),
funcionarios públicos de los tres niveles, académicos y
personas relacionadas con la investigación, el servicio
público, la organización, liderazgo político y partidis-
ta, la participación ciudadana y en general, el compor-
tamiento cultural, tendencias y estudios en materia po-
lítica, en cualquiera de sus ámbitos, que deseen
ampliar sus conocimientos y desarrollar sus habilida-
des en la gestión del cambio político.
Objetivo general
Proveer los conceptos fundamentales, elementos de
análisis, interpretación, prognosis, estrategia y forma-
ción de habilidades teóricas y prácticas para la formu-
lación de escenarios de comportamiento político, es-
trategias de cambio y para diseñar, planear, dirigir y
evaluar estrategias electorales efectivas, en escenarios
de alta competitividad y con patrones de conflictividad
política y jurisdiccional.
Metodología
Se desarrollarán 6 módulos, con sesiones de trabajo
los lunes, miércoles y viernes de 8 a 10 de la mañana,
en el Palacio Legislativo de San Lázaro.
Los ponentes que participarán en el diplomado serán
investigadores, profesores de educación superior, fun-
cionarios públicos y responsables de organismos no
gubernamentales, con la idea de generar una discusión
multidisciplinaria sobre los temas antes descritos.
Evaluación
80 por ciento de asistencia como mínimo y las evalua-
ciones aplicadas en cada módulo.
Módulos, temario y fechas
Fechas: 15, 17, 19 de agosto.
Módulo II
Reforma del Estado, cambio político y sistema de
partidos
• Ciencias sociales y ciencia política
• Conceptos fundamentales del Estado y del sistema
político
• Cambio político mundial
• Transiciones democráticas en América, Europa,
Asia y África
• La democracia en América latina
• Crisis político y cambio
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria59
• El gobierno de coalición
• La reelección en cargos de elección popular
• Análisis de perspectiva en candidaturas ciudada-
nas, segunda vuelta, reelección y comportamiento
partidista
• Características de las campañas y el voto en los sis-
temas de mayoría y en los de representación popular
• El Instituto Nacional de Elecciones: funciones y
reglas
• La reforma política y electoral en México
• La nueva Ley General de Instituciones y Procedi-
mientos Electorales
• La Ley General de Partidos Políticos
Fechas: 22, 24, 26, 29, 31 de agosto, 2, 5, 7, 9 de sep-
tiembre.
Módulo III
Campañas: Etapa preelectoral. Organización elec-
toral, el equipo de campaña, estrategias de promo-
ción del voto, diseño del financiamiento
• Análisis para la estrategia:
- Tipos de electorados
- El conteo de los votos
- Procedimientos de votación
• Elementos de planeación electoral
- Las reformas electorales en México, 1996-2007
y sus repercusiones más relevantes en la prepara-
ción de campañas
- Estadística sociodemográfica y económica
- Formulación y análisis de las plataformas elec-
torales
- Estructura regional y distritación electoral
- Factores clave de la preparación de campañas
- Legislación y desarrollo de las precampañas
• Derechos, deberes y obligaciones en campaña
• Las prerrogativas y las franquicias
• Estrategias para la obtención de recursos
• Diseño y operatividad del cuartel de campaña
• Administración de recursos humanos y materiales
adecuados para la campaña
• Diseño, estandarización y manejo de la imagen del
candidato, el comité y el equipo de campaña
• Conceptualización y gestión de los sistemas de
medición de la intención de voto y de resultados
preliminares en la jornada electoral
Fechas: 12, 14, 19, 21, 23, 26, 28, 30 de septiembre, 3
de octubre.
Módulo IV
Campañas: Etapa electoral
Las precampañas, factores clave:
- Preparación de la precampaña
- Consideraciones legales
- Recursos financieros
- Transparencia y ética
- Movilización y propaganda
- El voto en el extranjero
- Reclutamiento de voluntarios
- El presupuesto electoral. Formulación y estruc-
tura
Opinión pública:
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201660
- Investigación de opinión pública y estrategia
war room
- Formación de la percepción y de la opinión pú-
blica
- Las encuestas de opinión pública en las campa-
ñas: grupos de enfoque, cuestionarios, muestre-
os, análisis e interpretación
- La propaganda electoral
Estrategias para la imagen pública:
• Marketing
• Gestión de imagen
• Persuasión y opinión pública
- Los debates electorales
- Técnicas para el manejo de crisis y la comuni-
cación estratégica
- Registro de candidatos
- Etapas y elementos de la jornada electoral (ca-
sillas, consejos distritales, representantes, docu-
mentación electoral, etcétera).
La observación electoral
Fechas: 5, 7, 10, 12, 14, 17, 19, 21, 24 de octubre
Módulo V
Campañas: Etapa postelectoral
• Valoración del desempeño institucional y político
del Instituto Nacional Electoral y los Organismos
Públicos Locales
• Valoración del desempeño institucional del Tribu-
nal Electoral del Poder Judicial de la Federación,
los tribunales electorales estatales y la Fiscalía Es-
pecializada para la Atención de Delitos Electorales
• Los resultados electorales y la nueva conforma-
ción del mapa político-electoral
• La LXIII Legislatura. Agendas potenciales y la ru-
ta hacia 2018.
• El sistema de medios de impugnación en materia
electoral
• El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Fe-
deración
• Elementos clave de la litis electoral, la judicializa-
ción electoral como factor clave para la legitimidad
de los candidatos y las campañas
Fechas: 26, 28, 31 de octubre; 4, 7, 9, 11, 14, 16 de no-
viembre.
Módulo VI
Taller de estrategias de debate, marketing y comu-
nicación política en las campañas
• Conceptualización de la opinión pública
• El esquema general de una campaña
• Investigación de opinión pública y estrategia (war
room)
• Diseño de cuestionario
• Introducción al diseño de cuestionario
• Principales sesgos y efectos que deben evitarse
• Tipos de encuestas y sus límites
• Orden de las preguntas y su influencia entre ellas
• Preguntas abiertas y cerradas
Introducción al muestreo:
• Diseño y análisis de encuestas por muestreo
• Muestreo aleatorio simple
• Muestreo aleatorio estratificado
• Muestreo por conglomerados
Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria61
• Muestreo sistemático
Encuestas:
• Encuesta panel
• Trackings
• Encuesta de salida
• La logística
• Planificación de exit polls
Imagen:
• Comunicación, marketing e imagen institucional
• Imagen deseada y gestión de imagen
• Construcción de la imagen pública
• Mensajes clave
• Persuasión y opinión pública
Fechas: 18, 23, 25, 28, 30 de noviembre; 2, 5, 7 y 9 de
diciembre.
(Programación sujeta a cambios)
Atentamente
Diputado Daniel Ordóñez Hernández
Presidente
DEL CENTRO DE ESTUDIOS SOCIALES Y DE OPINIÓN PÚ-
BLICA
Al sexto Premio nacional de investigación social y de
opinión pública.
La fecha límite para recibir trabajos es el 31 de agosto
de 2016.
• Primer lugar: 150 mil pesos.
• Segundo lugar: 75 mil pesos.
• Tercer lugar: 50 mil pesos.
Informes al teléfono 5036 0000, extensiones 58232 y
51299.
http://www5.diputados.gob.mx/cesop
Atentamente
Licenciado Marcelo de Jesús Torres Cofiño
Director General
Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201662
Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, LXIII Legislatura
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados
Director: Juan Luis Concheiro Bórquez, Edición: Casimiro Femat Saldívar, Ricardo Águila Sánchez, Antonio Mariscal Pioquinto.
Apoyo Documental: Dirección General de Proceso Legislativo. Domicilio: Avenida Congreso de la Unión, número 66, edificio E, cuarto nivel, Palacio Le-
gislativo de San Lázaro, colonia El Parque, CP 15969. Teléfono: 5036 0000, extensión 54046. Dirección electrónica: http://gaceta.diputados.gob.mx/
Mesa Directiva
Diputados: Edmundo Javier Bolaños Aguilar, presidente; vicepresidentes, María
Guadalupe Murguía Gutiérrez, PAN; Gloria Himelda Félix Niebla, PRI; Jerónimo
Alejandro Ojeda Anguiano, PRD; Sharon María Teresa Cuenca Ayala, PVEM; se-
cretarios, Raúl Domínguez Rex, PRI; Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, PAN; Isau-
ra Ivanova Pool Pech, PRD; Andrés Fernández del Valle Laisequilla, PVEM; Ernesti-
na Godoy Ramos, MORENA; Verónica Delgadillo García, MOVIMIENTO CIUDADANO;
María Eugenia Ocampo Bedolla, NUEVAALIANZA; Ana Guadalupe Perea Santos, PES.
Junta de Coordinación Política
Diputados: Francisco Martínez Neri, presidente, PRD;
César Camacho Quiroz, PRI; Marko Antonio Cortés
Mendoza, PAN; Jesús Sesma Suárez, PVEM; Norma
Rocío Nahle García, MORENA; José Clemente Casta-
ñeda Hoeflich, MOVIMIENTO CIUDADANO; Luis Alfredo
Valles Mendoza, NUEVA ALIANZA; Alejandro González
Murillo, PES.

20160905 parlamentaria

  • 1.
    Gaceta Parlamentaria Año XIX PalacioLegislativo de San Lázaro, lunes 5 de septiembre de 2016 Número 4611 Lunes 5 de septiembre CONTENIDO Comunicaciones De la diputada Laura Beatriz Esquivel Valdés De la Secretaría de Gobernación, con la que remite similar de la SRE por la que informa que el presi- dente de la República, licenciado Enrique Peña Nie- to, se ausentará del territorio nacional del viernes 2 al lunes 5 de septiembre de 2016, a fin de participar en la Cumbre de Líderes del Grupo de los 20, en Hangzhou, China De la Secretaría de Gobernación, con la cual remite similar de la de Economía con el informe estadístico sobre el comportamiento de la inversión extranjera directa en México durante el periodo enero-junio de 2016 Del Banco de México, con la que remite el informe en que se analizan la inflación, la evolución econó- mica y el comportamiento de los indicadores econó- micos del país en el trimestre abril-junio de 2016 De la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con la que remite el Pronunciamiento sobre Antece- dentes Penales Iniciativas Que reforma diversas disposiciones de la Ley Fede- ral de los Trabajadores al Servicio del Estado, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley del Servicio Profesio- nal de Carrera de la Administración Pública Fede- ral, de la Ley General para la Igualdad entre Muje- res y Hombres y de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación, recibida de la diputada Ana Georgina Zapata Lucero, del Grupo Parlamen- tario del PRI, en la sesión de la Comisión Perma- nente del miércoles 31 de agosto de 2016 Que expide la Ley General de Transporte Sustenta- ble Urbano y Suburbano y adiciona las fracciones IV al artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, y XI al artículo 2 de la Ley de Coordinación Fiscal, recibida de la dipu- tada Sofía González Torres, en nombre de los legis- ladores del Grupo Parlamentario del PVEM, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 31 de agosto de 2016 Que adiciona los artículos 95 Bis de la Ley del Se- guro Social y 41 Bis de la Ley del Instituto de Se- guridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, recibida de la diputada Rosalina Maza- ri Espín, del Grupo Parlamentario del PRI, en la se- sión de la Comisión Permanente del miércoles 31 de agosto de 2016 Que adiciona la fracción XII al artículo 6 de la Ley General de Salud y el artículo 116 de la Ley Gene- ral de Transparencia y Acceso a la Información Pú- 4 4 6 7 8 8 15 24 31 Pase a la página 2
  • 2.
    Gaceta Parlamentaria Lunes5 de septiembre de 20162 blica, recibida de la diputada Rosalina Mazari Es- pín, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 31 de agosto de 2016 Que reforma el artículo 215, fracción V, y adiciona un párrafo al artículo 216 de la Ley General de Sa- lud, recibida de la diputada Rosalina Mazari Espín, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 31 de agosto de 2016 Actas De la Comisión de Desarrollo Social, circunstan- ciada de la séptima reunión de junta directiva, pro- gramada para el martes 23 de agosto de 2016 De la Comisión de Desarrollo Social, circunstan- ciada de la reunión ordinaria llevada a cabo el mar- tes 23 de agosto de 2016 Informes Del diputado Vitalico Cándido Coheto Martínez, sobre el noveno periodo de sesiones del Mecanis- mo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU, efectuado del lunes 11 al viernes 15 de julio de 2016 en Ginebra, Suiza Convocatorias De la Comisión de Relaciones Exteriores, a la reu- nión del grupo de trabajo de Naciones Unidas so- bre los derechos humanos y las empresas, que se efectuará el lunes 5 de septiembre, a las 13:00 ho- ras De la Comisión de Energía, a la reunión de junta directiva que tendrá lugar el martes 6 de septiem- bre, a las 9:00 horas De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, a la séptima reunión ordinaria, que tendrá verifica- tivo el martes 6 de septiembre, a las 9:30 horas De la Comisión de Energía, a la novena reunión or- dinaria, que se efectuará el martes 6 de septiembre, a las 9:30 horas Del Grupo de Amistad México-Venezuela, a la reu- nión de instalación, que se llevará a cabo el martes 6 de septiembre, a las 9:30 horas De la Comisión de Agua Potable y Saneamiento, a la reunión de junta directiva que se realizará el mar- tes 6 de septiembre, a las 10:00 horas Del Grupo de Amistad México-Serbia, a la reunión de instalación, que se efectuará el martes 6 de sep- tiembre, a las 10:00 horas Del Grupo de Amistad México-Cuba, a la primera reunión ordinaria, que tendrá lugar el martes 6 de septiembre, a las 10:30 horas De la Comisión Especial de puertos y marina mercante, a la reunión de instalación, que se lle- vará a cabo el martes 6 de septiembre, a las 12:00 horas Del Grupo de Amistad México-República de Ango- la, al acto de instalación, que se realizará el martes 6 de septiembre, a las 17:00 horas Del grupo de trabajo en materia de medio ambien- te, a la tercera reunión, que tendrá lugar el martes 6 de septiembre, al término de la sesión del pleno De la Comisión de Ganadería, a la novena reunión ordinaria, que tendrá verificativo el miércoles 7 de septiembre, a las 9:00 horas Del Grupo de Amistad México-Tailandia, al acto de instalación, que se realizará el miércoles 7 de sep- tiembre, a las 9:00 horas Del Grupo de Amistad México-Filipinas, al acto de instalación, por celebrarse el miércoles 7 de sep- tiembre, a las 10:00 horas Del Grupo de Amistad México-Panamá, a la reu- nión de instalación, por celebrarse el miércoles 7 de septiembre, a las 10:00 horas De la Comisión de Agua Potable y Saneamiento, a la octava reunión ordinaria, que se realizará el miércoles 7 de septiembre, a las 13:00 horas 35 42 43 43 48 49 49 49 49 49 50 50 50 51 51 51 52 52 52 52
  • 3.
    Lunes 5 deseptiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria3 De la Comisión de Población, a la quinta reunión ordinaria, que se llevará a cabo el jueves 8 de sep- tiembre, a las 9:00 horas Del Grupo de Amistad México-España, a la reu- nión de instalación, que tendrá lugar el jueves 8 de septiembre, a las 12:00 horas Del Grupo de Amistad México-Georgia, a la reu- nión de instalación, que se efectuará el miércoles 14 de septiembre, a las 10:00 horas Del Grupo de Amistad México-Trinidad y Tobago, al acto de instalación, que se llevará a cabo el mar- tes 20 de septiembre, a las 17:00 horas Invitaciones Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pú- blica, al foro El Poder Legislativo y su rol en el proceso presupuestario, que se llevará a cabo el lu- nes 5 y el martes 6 de septiembre, de las 10:00 a las 20:00 horas y de las 9:30 a las 12:30 De la Comisión de Economía, al segundo Taller de reglas de operación del Fondo Nacional del Em- prendedor 2016, que se realizará el miércoles 14 de septiembre, a las 10:00 horas Del diputado Miguel Alva y Alva, al primer Foro Nacional de Desarrollo Rural Sustentable y Rique- za Productiva del Cultivo de Agave, Nopal y Sábi- la como Recurso Alternativo para Reactivar la Economía del Campo, que se llevará a cabo el lu- nes 19 de septiembre, a partir de las 11:00 horas Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pú- blica, al foro La economía mexicana: situación ac- tual, retos y perspectivas, que se llevará a cabo el martes 20 y el miércoles 21 de septiembre, de las 9:30 a las 15:00 horas De la diputada Patricia Elena Aceves Pastrana, al simposio Proyectos, realidades y utopías: 100 años de la Facultad de Química de la UNAM, que se llevará a cabo el jueves 29 de septiembre, a las 9:00 horas Del Centro de Estudios de Derecho e Investigacio- nes Parlamentarias, al diplomado Los derechos po- líticos y su tutela, que el Centro de Capacitación Ju- dicial Electoral impartirá desde el jueves 29 de sep- tiembre De la Comisión de Puntos Constitucionales, al di- plomado Análisis político y campañas electorales, que con la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México, se llevará a cabo los lunes, miércoles y viernes com- prendidos de la fecha al 9 de diciembre, de las 8:00 a las 10:00 horas Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pú- blica, al sexto Premio nacional de investigación so- cial y de opinión pública 53 53 53 53 54 54 54 55 55 55 59 62
  • 4.
    Comunicaciones DE LA DIPUTADALAURA BEATRIZ ESQUIVEL VALDÉS Palacio Legislativo de San Lázaro, 30 de agosto de 2016. Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados Presente Distinguido Presidente: De conformidad con lo que establecen los artículos 6, fracción XVI, y 12 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitar licencia por tiempo indefinido al cargo de diputada federal del Grupo Par- lamentario de Morena, que desempeño desde el 1 de septiembre de 2015. Lo anterior, con efectos a partir del jueves 1 de septiembre del presente año. Quiero aprovechar para agradecerle sus atenciones, así como de mis compañeras diputadas y compañeros di- putados. Sin otro particular, reciba un cordial saludo. Atentamente Diputada Laura Beatriz Esquivel Valdés (rúbrica) Ciudad de México, a 31 de agosto de 2016. Secretarios de la Cámara de Diputados Presentes Para los efectos correspondientes, hago de su conoci- miento que en sesión celebrada en esta fecha, el pleno de la comisión permanente aprobó el siguiente acuerdo: Único. Se concede licencia a la diputada Laura Be- atriz Valdés Para separarse de sus funciones legisla- tivas por tiempo indefinido. Atentamente Senador Roberto Gil Zuarth (rúbrica) Presidente (Aprobado en votación económica. Agosto 31 de 2016.) DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, CON EL QUE RE- MITE SIMILAR DE LA SRE POR LA QUE INFORMA QUE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, LICENCIADO ENRIQUE PE- ÑA NIETO, SE AUSENTARÁ DEL TERRITORIO NACIONAL DEL VIERNES 2 AL LUNES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2016, A FIN DE PARTICIPAR EN LA CUMBRE DE LÍDERES DEL GRUPO DE LOS 20, EN HANGZHOU, CHINA Ciudad de México, a 30 de agosto de 2016. Integrantes de la Mesa Directiva De la Comisión Permanente del Congreso de la Unión Por este conducto y para los efectos del artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi- canos, me permito remitir copia del oficio número DEP-1106/16, signado por el maestro Jorge Alberto Cortés Green, director general de Coordinación Políti- ca de la Secretaría de Relaciones Exteriores, mediante el cual el ciudadano presidente de la República, licen- ciado Enrique Peña Nieto, informa que se ausentará del territorio nacional a partir del viernes 2 de sep- tiembre al lunes 5 de septiembre de 2016, para partici- par en la Cumbre de Líderes del Grupo de los 20 (G20), en Hangzhou, China, atendiendo a la invitación del presidente de la República Popular China. El Presidente Enrique Peña Nieto participará en la Cumbre de Líderes del Grupo de los Veinte, que se lle- vará a cabo en Hangzhou, en la República Popular China, los días 4 y 5 de septiembre de 2016. El G20 es el foro más importante de coordinación in- ternacional de política económica y finanzas entre las veinte principales economías del mundo. Reúne a 19 Estados y la Unión Europea, que por su tamaño o por su importancia sistémica, tienen un papel fundamental en la economía mundial, e incluye tanto a países des- arrollados como a economías emergentes. Los miem- bros del G20 representan el 85% de la economía glo- bal, el 80% del comercio internacional y dos terceras partes de la población mundial. México presidió el G20 en 2012 y fue sede de la Cum- bre de Líderes, que se efectuó en Los Cabos en junio de ese año. El Presidente Enrique Peña Nieto ha parti- cipado en las Cumbres de Líderes de San Petersburgo, Rusia, en 2013; Brisbane, Australia, en 2014; y Antal- ya, Turquía, en 2015. Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 20164
  • 5.
    Durante el presenteaño, China preside el G20 y sus prioridades son abrir una nueva ruta para el creci- miento económico, lograr una gobernanza económica y financiera global más efectiva y eficiente, fortalecer el comercio internacional y la inversión, y generar un desarrollo incluyente e interconectado, con el objetivo de sentar las bases para una economía mundial inno- vadora, fortalecida, interconectada e incluyente. La Cumbre de Hangzhou contará con cinco sesiones de trabajo, y al finalizar los Líderes del G20 emitirán una declaración en la que se consignarán los principa- les acuerdos alcanzados, para conducir a la economía mundial hacia un crecimiento fuerte, sostenido y equi- librado, y asegurar una mayor estabilidad financiera. La pertenencia de México al G20 es estratégica, pues refleja el peso de la economía mexicana en el sistema económico mundial. La participación del presidente de la República en la Cumbre de Líderes permitirá a México seguir siendo parte, al más alto nivel, del pro- ceso más importante de toma de decisiones en materia de economía internacional, y aprovechar el privilegia- do espacio de diálogo que representa el G20 para im- pulsar los temas de interés para nuestro país. Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterar- les la seguridad de mi consideración distinguida. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica) Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos México, DF, a 30 de agosto de 2016. Licenciado Felipe Solís Acero Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos Secretaría de Gobernación Presente Estimado señor subsecretario, Por instrucciones de la secretaria de Relaciones Exte- riores, maestra Claudia Ruíz Massieu Salinas, con fun- damento en el artículo 16, fracciones I, inciso c) y III, del Reglamento Interior de la SRE, en apego a las fa- cultades de la Subsecretaría a su digno cargo y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexica- nos, solicitó a usted ser el amable conducto para infor- mar a la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión que el ciudadano presidente de la República, licenciado Enrique Peña Nieto, se ausentará del territorio nacional a partir del viernes 2 de septiembre al lunes 5 de septiembre de 2016, para participar en la Cumbre de Líderes del Gru- po de los 20 (G20), en Hangzhou, China, atendiendo a la invitación del presidente de la República Popular China. Participación en la Cumbre de Líderes del Grupo de los Veinte El presidente Enrique Peña Nieto participará en la Cumbre de Líderes del Grupo de los Veinte (G20), que se llevará a cabo en Hangzhou, en la República Popu- lar China, los días 4 y 5 de septiembre de 2016. El G20 es el foro más importante de coordinación internacio- nal de política económica y finanzas entre las veinte principales economías del mundo. Reúne a 19 Estados y la Unión Europea, que por su tamaño o por su im- portancia sistémica, tienen un papel fundamental en la economía mundial, e incluye tanto a países desarrolla- dos como a economías emergentes. Los miembros del G20 representan el 85 por ciento de la economía glo- bal, el 80 por ciento del comercio internacional y dos terceras partes de la población mundial. México presidió el G20 en 2012 y fue sede de la Cum- bre de Líderes de Los Cabos en junio de ese año. El Presidente Enrique Peña Nieto ha participado en las Cumbres de Líderes de San Petersburgo, Rusia, en 2013; Brisbane, Australia, en 2014; y Antalya, Tur- quía, en 2015. Durante el presente año, China preside el G20 y sus prioridades son abrir una nueva ruta para el creci- miento económico, lograr una gobernanza económica y financiera global más efectiva y eficiente, fortalecer el comercio internacional y la inversión, y generar un desarrollo incluyente e interconectado, con el objetivo de sentar las bases para una economía mundial inno- vadora, fortalecida, interconectada e incluyente. La Cumbre de Hangzhou contará con cinco sesiones de trabajo. En la primera, “Fortaleciendo la coordina- Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria5
  • 6.
    ción de políticasy forjando una nueva ruta para el cre- cimiento”, los mandatarios revisarán el estado de la economía mundial y discutirán el papel de la innova- ción, la nueva revolución industrial, la economía digi- tal y las reformas estructurales en el crecimiento eco- nómico. La segunda sesión se centrará en las medidas para lo- grar una gobernanza económica y financiera global más efectiva y eficiente, incluyendo la reforma de la arquitectura financiera internacional, la regulación fi- nanciera, el financiamiento verde, la política fiscal y la cooperación internacional en materia tributada, la go- bernanza energética y la lucha contra la corrupción. En la tercera sesión, “Comercio internacional e inver- sión sólidos”, se discutirán estrategias para impulsar el crecimiento del comercio internacional, fortalecer el sistema mu1tilateral de comercio, mejorar la coheren- cia de las políticas de inversión y promover cadenas globales de valor más incluyentes. La cuarta sesión, sobre desarrollo incluyente e interco- nectado se ocupará de las contribuciones del G20 a la implementación de la Agenda 2030 de desarrollo sos- tenible, la industrialización en África y países menos desarrollados, las políticas para fomentar la creación de empleos dignos y la seguridad alimentaria. Finalmente, en la quinta sesión se analizarán otros asuntos que afec- tan a la economía mundial, como los retos a la salud global, la lucha contra el terrorismo, el cambio climáti- co y la atención del fenómeno de los refugiados: Al fi- nalizar la cumbre, los Líderes del G20 emitirán una De- claración en la que se consignarán los principales acuerdos alcanzados, para conducir a la economía mundial hacia un crecimiento fuerte, sostenido y equi- librado, y asegurar upa mayor estabilidad financiera. La pertenencia de México al G20 es estratégica, pues refleja el peso de la economía mexicana en el sistema económico mundial. La participación del presidente de la República en la Cumbre de Líderes permitirá a México seguir siendo parte, al más alto nivel, del pro- ceso más importante de toma de decisiones en materia de economía internacional, y aprovechar el privilegia- do espacio de diálogo que representa el G 20 para im- pulsar los temas de interés para nuestro país. Una vez concluido el viaje del Presidente de la Repú- blica, se enviará a esa soberanía un informe con los re- sultados de las actividades realizadas, en los términos del propio artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Agradeciendo de antemano su valioso apoyo y consi- deración, quedo de usted. Atentamente Maestro Jorge Alberto Cortés Green (rúbrica) Director General de Coordinación Política (Remitida a la Comisión de Relaciones Exteriores. Agosto 31 de 2016.) DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, CON LA CUAL RE- MITE SIMILAR DE LA DE ECONOMÍA CON EL INFORME ES- TADÍSTICO SOBRE EL COMPORTAMIENTO DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA EN MÉXICO DURANTE EL PERIODO ENERO-JUNIO DE 2016 Ciudad de México, a 30 de agosto de 2016. Integrantes de la Mesa Directiva De la Comisión Permanente Del Congreso de la Unión Presentes Por este medio, con fundamento en lo dispuesto en la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y en el artículo 27, fracción IV, de la Ley de Inversión Extranjera, me per- mito hacer de su conocimiento que mediante el oficio número 113. 2016. DGVP. 250, el licenciado Édgar Alejandro Guerrero Flores, director general de Vincu- lación Política de la Secretaría de Economía, remite el informe estadístico sobre el comportamiento de la in- versión extranjera directa en México durante el perio- do enero-junio de 2016. Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 20166
  • 7.
    Por lo anteriorles acompaño para los fines proceden- tes copia del oficio a que me he referido y del anexo que en él se cita para que por su amable conducto se- an remitidos a las Cámaras de Diputados y de Senado- res del Congreso de la Unión. Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterar- les la seguridad de mi consideración distinguida. Atentamente Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica) Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos México, Distrito Federal, a 30 de agosto de 2016. Licenciado Felipe Solís Acero Subsecretario de Enlace Legislativo Y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación Presente Como es de su conocimiento, de conformidad con el artículo 27, fracción IV, de la Ley de Inversión Ex- tranjera, es atribución del secretario ejecutivo de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras presen- tar al Congreso de la Unión un informe estadístico so- bre el comportamiento de la inversión extranjera en el país que incluya los sectores económicos y las regio- nes en que ésta se ubica. Por lo anterior, respetuosamente me permito enviar a usted dos ejemplares del informe estadístico sobre el comportamiento de la inversión extranjera directa en México durante el periodo enero-junio de 2016 para que por su amable conducto sea remitido al Congreso de la Unión. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. Atentamente Licenciado Édgar Alejandro Guerrero Flores (rúbrica) Director General de Vinculación Política (Remitida a la Comisión de Economía. Agosto 31 de 2016.) DEL BANCO DE MÉXICO, CON LA QUE REMITE EL INFOR- ME EN QUE SE ANALIZAN LA INFLACIÓN, LA EVOLUCIÓN ECONÓMICA Y EL COMPORTAMIENTO DE LOS INDICADORES ECONÓMICOS DEL PAÍS EN EL TRIMESTRE ABRIL-JUNIO Ciudad de México, 31 de agosto de 2016. Secretarios de la Comisión Permanente Del Honorable Congreso de la Unión Presentes En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 51, fracción II, de la Ley del Banco de México, me com- place enviar a la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, el informe en el que se analiza la inflación, la evolución económica y el comporta- miento de los indicadores económicos del país en el trimestre abril-junio de dos mil dieciséis, así como la ejecución de la política monetaria y, en general, las ac- tividades del Banco de México durante dicho periodo, en el contexto de la situación económica nacional e in- ternacional. Ruego a ustedes dar el trámite que corres- ponda en los términos establecidos por los ordena- mientos aplicables. Atentamente Doctor Agustín Guillermo Carstens Carstens (rúbrica) Gobernador (Remitida a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Agosto 31 de 2016.) Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria7
  • 8.
    DE LA COMISIÓNNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMA- NOS, CON LA QUE REMITE EL PRONUNCIAMIENTO SOBRE ANTECEDENTES PENALES Ciudad de México, a 29 de agosto de 2016. Senador Roberto Gil Zuarth Presidente de la Mesa Directiva Del Senado de la República Honorable Congreso de la Unión, LXIII Legislatura Presente Distinguido señor senador: El 8 de agosto del año en curso, con fundamento en los artículos 102, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6o., fracciones VII, VIII, XII y XIII, así como 15, fracción VIII, de la Ley que rige la actuación de esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y que la faculta para impulsar ac- ciones encaminadas a reforzar la protección y obser- vancia plena de los derechos humanos, a través de re- comendaciones, diagnósticos y opiniones, entre otros documentos que constituyen un referente para ello, se emitió el Pronunciamiento sobre Antecedentes Pena- les, previo análisis y aprobación del Consejo Consulti- vo de este Organismo Autónomo, en sesión ordinaria celebrada el 8 de agosto de 2016. Derivado de lo anterior, me permito enviarlo anexo al presente, en espera de que éste contribuya a orientar las políticas públicas que garanticen el respeto por los derechos humanos de las personas que han sido priva- das de la libertad en centros de reclusión. Sin otro particular, reitero a usted la seguridad de mi consideración distinguida. Atentamente Licenciado Luis Raúl González Pérez (rúbrica) Presidente (Remitida a la Comisión de Derechos Humanos. Agosto 31 de 2016.) Iniciativas QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FE- DERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, DE LA LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, DE LA LEY DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚ- BLICA FEDERAL, DE LA LEY GENERAL PARA LA IGUAL- DAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y DE LA LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN, RECIBI- DA DE LA DIPUTADA ANA GEORGINA ZAPATA LUCERO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 31 DE AGOS- TO DE 2016 Quien suscribe, Georgina Zapata Lucero, diputada fe- deral a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revo- lucionario Institucional, con fundamento en lo dis- puesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6o., fracción I, 77 y 78 del Reglamen- to de la Cámara de Diputados, somete a la considera- ción del pleno de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se refor- man diversas disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violen- cia, de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, de la Ley General pa- ra la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación en materia de igualdad salarial entre mujeres y hom- bres,al tenor de la siguiente: Exposición de Motivos A pesar de los muchos avances libertarios y democrá- ticos que se registran desde hace más de dos siglos, so- bre todo en las sociedades occidentales, lo cierto es que la consecución de tales prerrogativas ha avanzado de manera diferenciada, dependiendo del tiempo y las circunstancias, pero también de los destinatarios de las normas. Si bien es cierto la promesa de libertad y jus- ticia heredada de la Era de la Ilustración es en parte una utopía, en tanto que sus objetivos siempre van a estar pendientes de cumplimentarse por entero, no po- demos renunciar a trabajar por la consecución de los ideales de igualdad, pues sólo ello nos llevará por la Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 20168
  • 9.
    ruta del progresoen democracia, de la libertad con jus- ticia social. Estados Unidos de América mostró al continente que la independencia y la democracia eran fines al alcance de la mano, pero éstos fueron negados a los esclavos y a los varones carentes de una renta suficiente para ejercer sus derechos políticos. La India, tras obtener su emancipación hace casi setenta años, prohibió el siste- ma de castas, pero ello no significó el final de la dis- criminación de un sector de la población al que se le conoce peyorativamente como el de los “intocables”. En México, la construcción de la nueva nación signi- ficó el despojo a los pueblos indígenas a todo lo largo del siglo XIX, cuando no su combate con fines de ex- tinción. Ejemplos de lo anterior abundan en todo el planeta. Vistos así, los movimientos emancipadores constitu- yen procesos sociales complejos que por alguna u otra razón dejan desprovistos de su manto protector a de- terminados sectores de la población, sea por pragma- tismo político, incomprensión o franco desprecio. Em- pero, existe un elemento que es constante en todas las luchas humanas, no importando el momento histórico o la geografía. Nos referimos a la discriminación hacia las mujeres, la cual se manifiesta de formas diversas de sometimiento, sean económicas, políticas o fami- liares. Cierto es que la causa de las mujeres dista de ser nue- va en occidente, pues desde finales del siglo XIX se vino gestando el movimiento sufragista que terminó por obtener el voto femenino. La Revolución Mexica- na trajo como una de sus muchas consecuencias el re- conocimiento de los derechos de las mujeres,lo que se vio reflejado en una marejada de reformas constitucio- nales y legislativas tendentes a ubicar en una situación de igualdad a los sexos masculino y femenino. Nom- bres como los de Elvia Carrillo Puerto, Juana Belem Gutiérrez de Mendoza, Dolores Jiménez y Muro, Ma- ría Hernández Zarco, Aurora Martínez viuda de Garza y Elisa Acuña Rosseti, unidos a la imagen popular de las anónimas soldaderas nos recuerdan una lucha que, a pesar de los años transcurridos, sigue siendo tan vi- gente como el primer día. Cuesta trabajo entender por qué la gesta por la igual- dad de las mujeres sigue siendo válida a pesar de los avances que hoy se reflejan en la cotidianeidad de mi- llones de hogares en el país. Resulta difícil aceptar por qué, a pesar de tantas normas aprobadas y políticas públicas puestas en marcha, es necesario porfiar en un tema que a muchos y muchas pudiera llegarles a cau- sar hastío. La razón es una y simple: porque las muje- res siguen siendo discriminadas en México. Discrimi- nadas, sí, porque sus derechos no son ejercidos a la par de los de los varones. Hablamos de mujeres violentadas física o verbalmen- te en los espacios públicos, de amas de casa que viven en un infierno disfrazado de hogar, de ancianas despo- jadas de su patrimonio y dignidad por sus propias fa- milias, de niñas indígenas que son vendidas como si fueran mercancías u obligadas a trabajar sin la espe- ranza de una vida mejor fundada en el trabajo y el mé- rito propio. Empleadas a quienes sus jefes les dictan normas sobre el vestir, partiendo de la falacia de que no son personas, sino causa del deseo masculino. Ser- vidoras públicas desprovistas de la confianza de sus superiores por usar faldas y no pantalones. Reclusas abandonadas por sus familias y parejas, y por ello sin esperanza ni fe en la reinserción social. Por eso deci- mos que en México se discrimina a las mujeres. Por eso insistimos en la vigencia del tema. Por eso es que no vamos a dejar de hablar sobre esta disparidad e in- equidad. La discriminación hacia las mujeres se expresa de for- mas tan variadas que resulta difícil mencionar un es- pacio en el que ésta no se ejerza. Sin embargo, una de los que más preocupación nos debe causar es la que se ejerce en el ámbito laboral, pues en la medida en que se reducen o cancelan las posibilidades de desarrollo económico a las mujeres, se perpetuará un sistema de dominación que, por anacrónico, ya debiera haber des- aparecido desde hace mucho. De acuerdo con el Programa Sectorial de Trabajo y Previsión Social 2013-2018, una quinta parte de las mujeres ocupadas, 20.6 por ciento, sufre discrimina- ción laboral. El 53.4 por ciento de éstas han tenido me- nos oportunidades que un hombre para obtener un as- censo. Una de cada 10 mujeres ocupadas ha sufrido incidentes de violencia laboral por embarazo a lo lar- go de su vida. Una de las principales columnas de la relación laboral es el salario, pues su monto, periodicidad y evolución reflejan la salud financiera de las empresas, el entorno Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria9
  • 10.
    en que éstasproducen y el desarrollo de las personas que ahí prestan sus servicios, por lo que no es de ex- trañar que sea justo en este ámbito donde se presenta la discriminación hacia las mujeres. México se sitúa, de entre 135 países, en el lugar 105 en materia de igualdad de ingresos entre mujeres y hombres; 104 en igualdad salarial por trabajo de igual valor y 113 en participación económica y de oportunidades labora- les.1 De acuerdo con la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), el ingreso laboral de las mujeres en América Latina equivale a 70 por ciento del ingreso de los hombres.2 Por su parte, el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y No Discriminación contra las Muje- res 2013-2018 señala que los índices de discrimina- ción salarial por ocupación y sector de actividad mues- tran que las mujeres ganan un 30.5 por ciento menos que los varones en ocupaciones industriales, 16.7 por ciento menos como comerciantes y 15.3 por ciento menos como profesionales. Por sector de actividad el índice es de casi 20 por ciento en el comercio, de 18.1 por ciento en la industria manufacturera, de poco más de 14 por ciento en la construcción y de más de 10.8 por ciento en los servicios sociales. Asimismo, el Programa señalado en el párrafo prece- dente refiere que 56 por ciento de los hombres dueños de micro-negocios tienen ingresos de tres o más sala- rios mínimos, mientras sólo 29 por ciento de las muje- res alcanzan esos ingresos; las ganancias promedio mensuales de los micro-negocios dirigidos por varo- nes ascienden a 6 mil 802 pesos y por mujeres a 2 mil 947 pesos. Esta situación resulta en demasía preocupante porque tiende a mantener en estado de postración económica a las mujeres y porque resulta contraria a las leyes vi- gentes. Recordemos que el artículo 4o. de la Consti- tución Política de los Estados Unidos Mexicanos es- tablece que el varón y la mujer son iguales ante la ley, mientras que el diverso 123 dispone en su apar- tado A, fracción VII, que para trabajo igual debe co- rresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad; disposición ésta última que resulta concordante con lo previsto en el apartado B, frac- ción V, del mismo dispositivo, el cual estipula que, a trabajo igual corresponderá salario igual, sin tener en cuenta el sexo. Tales normas constitucionales fueron proyectadas por el legislador ordinario en los artículos 2, 56, 86 y 164 de la Ley Federal del Trabajo, los cuales mencionan lo siguiente: Artículo 2o. … La igualdad sustantiva es la que se logra eliminan- do la discriminación contra las mujeres que menos- caba o anula el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos humanos y las libertades fundamenta- les en el ámbito laboral. Supone el acceso a las mis- mas oportunidades, considerando las diferencias biológicas, sociales y culturales de mujeres y hom- bres. Artículo 56. Las condiciones de trabajo basadas en el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta Ley y deberán ser proporcionales a la importancia de los servicios e iguales para trabajos iguales, sin que puedan establecerse diferencias y/o exclusiones por motivo de origen étnico o naciona- lidad, sexo, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, condiciones de embarazo, responsabilidades familiares o estado civil, salvo las modalidades expresamente consignadas en esta ley. Artículo 86. A trabajo igual, desempeñado en pues- to, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder salario igual. Artículo 164. Las mujeres disfrutan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones que los hombres. Tales normas también se encuentran plasmadas en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en cuyos artículos 14 y 33 se puede apreciar lo siguiente: Artículo 14. Serán condiciones nulas y no obliga- rán a los trabajadores, aún cuando las admitieren expresamente, las que estipulen: IV. Un salario inferior al mínimo establecido para los trabajadores en general, en el lugar donde se presten los servicios, Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201610
  • 11.
    Artículo 33. Elsueldo o salario será uniforme para cada uno de los puestos consignados en el catálogo ge- neral de puestos del gobierno federal y se fijará en los tabuladores regionales, quedando comprendidos en los presupuestos de egresos respectivos. En este sentido, y si a nivel normativo ya se encuentra prohibida la inequidad salarial entre hombres y muje- res, ¿qué causa es la que genera la permanencia de es- te fenómeno? La primera de ellas, sin lugar a dudas, son los vicios existentes en la cultura laboral de nues- tro país, situación que es reconocida en el Programa Sectorial de Trabajo y Previsión Social 2013-2018, en el cual se menciona que “la discriminación y la des- igualdad en las oportunidades de empleo están estre- chamente relacionadas con la cultura,” por lo que se busca “promover una cultura laboral donde el sexo, la edad, la discapacidad, el estado de salud o cualquier otra condición, no sean obstáculo para la inclusión la- boral; donde la responsabilidad social de los centros de trabajo con los sectores más desfavorecidos de la sociedad sea un valor. Una cultura que reconozca las capacidades y habilidades de todas las personas en el desempeño de su actividad laboral y que promueva la igualdad, la justicia y la dignidad como principios in- trínsecos en el ejercicio del derecho al trabajo.” La segunda causa que explica la prevalencia de este fenómeno lo es una deficiencia en la redacción de las normas aplicables en nuestro país, pues hasta el mo- mento no existe un concepto uniforme que sirva para englobar la desigualdad que se registra entre los ingre- sos de los varones y las mujeres. Cierto es que habla- mos de palabras, pero éstas “no son inocentes ni im- punes”, como bien decía el escritor portugués José Saramago, máxime cuando se trata de incorporarlas a las leyes que rigen la convivencia humana. Es por esta razón que proponemos a través de la pre- sente incorporar una idea a las normas que buscan pre- servar la equidad entre los sexos al momento de reci- bir las contraprestaciones que por virtud de una relación laboral les corresponden: la igualdad salarial, entendida ésta como un principio por el que las y los trabajadores de una empresa o establecimiento que desempeñen la misma clase de trabajo, bajo idénticas condiciones, tendrán derecho a percibir igual remune- ración, sin que para ello exista cualquier trato prefe- rencial o discriminatorio o puedan establecerse dife- rencias o exclusiones por motivo de género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, condiciones de embarazo, responsabilidades familiares o estado ci- vil, salvo las modalidades expresamente consignadas en la ley. Dicho concepto, como transcribimos en otra parte de la presente, ya se encuentra previsto de alguna forma en el artículo 2 de la Ley Federal de Trabajo, pero nuestra intención es adicionarlo a otros ordenamientos aplicables a fin de armonizar su contenido y coadyu- var a su aplicación efectiva. La inclusión de tal término resulta concordante con el artículo 1º de nuestra Carta Magna, el cual establece, por una parte, que en los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la propia Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea par- te, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que la propia Ley Fundamental establece y, por la otra, que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. La propuesta se vigoriza a la luz de lo dispuesto en di- versos instrumentos internacionales que constituyen derecho vigente para el Estado Mexicano, entre los cuales se encuentran los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo número 111sobre la Discri- minación (empleo y ocupación); 169 sobre Pueblos In- dígenas y Tribales, y100 relativo a la Igualdad de Re- muneración entre la Mano de Obra Masculina y la Mano de Obra Femenina por un Trabajo de Igual Va- lor. De igual forma, el Sistema Interamericano de Dere- chos Humanos prevé en el Protocolo de San Salvador y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, So- ciales y Culturales el principio de igualdad salarial. Dicha inclusión también viene a ser un reconocimien- to de lo previsto en varias entidades de la República, cuyos poderes legislativos han incluido el multicitado concepto en las leyes dirigidas a procurar la igualdad entre mujeres y hombres, como por ejemplo, Quintana Roo, Nayarit, Yucatán y San Luis Potosí. Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria11
  • 12.
    La inclusión delprincipio de igualdad salarial también resulta acorde con los Objetivos del Milenio formula- dos por la Organización de las Naciones Unidas y com- partidos por el Estado Mexicano, entre los cuales se encuentra el tercero, el cual busca promover la igual- dad entre los sexos y el empoderamiento de la mujer. La reforma que se propone a través de la presente ini- ciativa también es acorde con diversas tesis aisladas emitidas por el Poder Judicial de la Federación, y de las cuales se retoma el concepto de igualdad salarial, a saber: Época: Novena Época Registro: 186849 Instancia: Segunda Sala Tipo de Tesis: Aislada Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo XV, Mayo de 2002 Materia(s): Constitucional, Laboral Tesis: 2a. LXII/2002 Página: 310 Seguro social. El artículo 128 de la ley relativa, vigente hasta el treinta de junio de mil novecien- tos noventa y siete, que establece los supuestos conforme a los cuales se actualiza el estado de invalidez de un asegurado, no viola el principio de igualdad salarial, previsto por el artículo 123, fracción VII, de la Constitución federal. El pre- cepto constitucional citado prevé el principio de igualdad salarial, conforme al cual los trabajadores de una empresa o establecimiento que desempeñen la misma clase de trabajo, bajo idénticas condicio- nes, tienen derecho a percibir igual remuneración, es decir, este principio no permite un trato preferen- cial o discriminatorio en cuanto al monto del sala- rio que deben recibir los trabajadores ubicados en igualdad de circunstancias. En este sentido, el artí- culo 128 de la Ley del Seguro Social, que establece los supuestos conforme a los cuales un trabajador asegurado se encuentra en estado de invalidez, no transgrede el mencionado principio constitucional, ya que de su texto no deriva facultad alguna del pa- trón para reducir el salario de aquél cuando vuelve a su antiguo empleo al no haber obtenido la pensión por invalidez, ni menos aún a otorgarle una retribu- ción inferior a la que reciben los demás trabajado- res ubicados en idénticas condiciones. Amparo directo en revisión 1800/2001. Refugio So- lís Pantoja. 8 de marzo de 2002. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Vicente Aguinaco Ale- mán. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretario: Alberto Miguel Ruiz Matías. Época: Novena Época Registro: 921273 Instancia: Segunda Sala Tipo de Tesis: Aislada Fuente: Apéndice (actualización 2002) Tomo I, Jur. Acciones de Inconstitucionalidad y C.C. Materia(s): Constitucional Tesis: 201 Página: 426 Seguro Social. El artículo 128 de la ley relativa, vigente hasta el treinta de junio de mil novecien- tos noventa y siete, que establece los supuestos conforme a los cuales se actualiza el estado de in- validez de un asegurado, no viola el principio de igualdad salarial, previsto por el artículo 123, fracción VII, de la Constitución federal. El precepto constitucional citado prevé el principio de igualdad salarial, conforme al cual los trabaja- dores de una empresa o establecimiento que des- empeñen la misma clase de trabajo, bajo idénticas condiciones, tienen derecho a percibir igual remu- neración, es decir, este principio no permite un tra- to preferencial o discriminatorio en cuanto al mon- to del salario que deben recibir los trabajadores ubicados en igualdad de circunstancias. En este sentido, el artículo 128 de la Ley del Seguro Social, que establece los supuestos conforme a los cuales un trabajador asegurado se encuentra en estado de invalidez, no transgrede el mencionado principio constitucional, ya que de su texto no deriva facul- tad alguna del patrón para reducir el salario de aquél cuando vuelve a su antiguo empleo al no haber obtenido la pensión por invalidez, ni menos aún a otorgarle una retribución inferior a la que reciben los demás tra- bajadores ubicados en idénticas condiciones. Amparo directo en revisión 1800/2001.-Refugio Solís Pantoja.-8 de marzo de 2002.-Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Vicente Aguinaco Ale- Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201612
  • 13.
    mán.-Ponente: Sergio SalvadorAguirre Anguiano.- Secretario: Alberto Miguel Ruiz Matías. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XV, mayo de 2002, página 310, Segunda Sala, tesis 2a. LXII/2002. De ser aprobada la iniciativa que ahora se sujeta a la consideración de esta Honorable Cámara de Diputa- dos, también se contribuiría a alcanzar el objetivo planteado por la administración del presidente Enrique Peña Nieto(la primera que plasma la perspectiva de género a nivel programático), el cuales consiste en fo- mentar la igualdad salarial y la promoción de cuadros femeninos en el sector público y que se encuentra plasmado en los programas Nacional para la Igualdad de Oportunidades y No Discriminación contra las Mu- jeres y Sectorial de Trabajo y Previsión Social, ambos aplicables para el periodo 2013–2018. No omito mencionar que si bien es cierto la principal preocupación que nos ocupa es la igualdad de género reflejada en el salario, debemos reconocer que ésta se expresa, mutatis mutandis, en detrimento de los dere- chos de diversos grupos vulnerables que de igual ma- nera la padecen, por lo que la presente iniciativa tam- bién busca insertar el precepto de la igualdad salarial en otros ordenamientos. Las mexicanas de hace un siglo se lanzaron a la lucha por una doble causa: el triunfo de la Revolución y el cumplimiento de las promesas generadas por ésta. Ha pasado una centuria y algunas de éstas siguen pen- dientes de cumplimentarse a cabalidad, entre ellas, la concerniente a la igualdad para las mujeres. El tiempo transcurrido no ha sido en vano, ya que nuestra situa- ción dista mucho de parecerse a la existente a princi- pios del siglo XX. Es nuestra obligación como legisla- doras traer tal gesta al presente para proyectarla hacia el futuro y así contribuir a la construcción de un país más justo y democrático, más incluyente y tolerante. Por lo anterior, someto a la consideración del pleno el siguiente proyecto de Decreto Artículo Primero. Se reforma el artículo 33 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, pa- ra quedar como sigue: Artículo 33. … Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, los titulares deberán atender al principio de igual- dad salarial, que es aquél por el que las y los traba- jadores que desempeñen la misma clase de trabajo, bajo idénticas condiciones, tendrán derecho a per- cibir igual remuneración, sin que para ello exista cualquier trato preferencial o discriminatorio o puedan establecerse diferencias o exclusiones por motivo de género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, condiciones de embarazo, responsabilidades familiares o estado civil, salvo las modalidades expresamente consignadas en la ley. Artículo Segundo. Se reforma el artículo14 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para quedar como sigue: Artículo 14. Las entidades federativas en función de sus atribuciones tomarán en consideración: I. … II. … III. Promover y difundir en la sociedad que el hos- tigamiento sexual y el acoso sexual son delitos; IV. Diseñar programas que brinden servicios reedu- cativos integrales para víctimas y agresores, y V. Promover el respeto al principio de igualdad salarial, que es aquél por el que las y los traba- jadores que desempeñen la misma clase de tra- bajo, bajo idénticas condiciones, tendrán dere- cho a percibir igual remuneración, sin que para ello exista cualquier trato preferencial o discri- minatorio o puedan establecerse diferencias o exclusiones por motivo de género, edad, discapa- cidad, condición social, condiciones de salud, re- ligión, opiniones, preferencias sexuales, condi- ciones de embarazo, responsabilidades familiares o estado civil, salvo las modalidades expresamente consignadas en la ley. Artículo Tercero. Se reforma el artículo 42 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administra- ción Pública Federal, para quedar como sigue: Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria13
  • 14.
    Artículo 42. … Paraefectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, la secretaría deberá atender al principio de igual- dad salarial, que es aquél por el que las y los traba- jadores que desempeñen la misma clase de trabajo, bajo idénticas condiciones, tendrán derecho a per- cibir igual remuneración, sin que para ello exista cualquier trato preferencial o discriminatorio o puedan establecerse diferencias o exclusiones por motivo de género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, condiciones de embarazo, responsabilidades familiares o estado civil, salvo las modalidades expresamente consignadas en la ley. Artículo Cuarto. Se reforma el artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, para quedar como sigue: Artículo 34. … XI. … d) El respeto al principio de igualdad salarial, que es aquél por el que las y los trabajadores que desempeñen la misma clase de trabajo, bajo idénticas condiciones, tendrán derecho a percibir igual remuneración, sin que para ello exista cualquier trato preferencial o discrimi- natorio o puedan establecerse diferencias o exclusiones por motivo de género, edad, dis- capacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexua- les, condiciones de embarazo, responsabilida- des familiares o estado civil, salvo las modali- dades expresamente consignadas en la ley. e) Las demás consideraciones en materia de salubridad, protección y prevención de la desigualdad en el ámbito laboral, y XII. … Artículo Quinto. Se reforma el artículo 20 de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación, para quedar como sigue: Artículo 20. Son atribuciones del Consejo: I. a LIV. … LV. Proponer modificaciones al Estatuto Orgánico; LVI. Promover el respeto al principio de igualdad salarial, que es aquél por el que las y los trabaja- dores que desempeñen la misma clase de trabajo, bajo idénticas condiciones, tendrán derecho a percibir igual remuneración, sin que para ello exista cualquier trato preferencial o discrimina- torio o puedan establecerse diferencias o exclu- siones por motivo de género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, condiciones de embarazo, responsabilidades familiares o estado civil, salvo las modalidades expresamente consig- nadas en la ley, y LVII. Las demás establecidas en esta ley, en el Es- tatuto Orgánico y en otras disposiciones aplicables. Transitorio Único. El presente decreto entrará en vigor el día si- guiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Notas 1 Reporte del Índice Global de Brechas de Género (WEF 2012). 2 Cepal-División de Asuntos de Género, El aporte de las mujeres a la igualdad en América Latina y el Caribe. Dado en el salón de sesiones de la Comisión Perma- nente del Honorable Congreso de la Unión a 31 de agosto de 2016. Diputada Ana Georgina Zapata Lucero (rúbrica) (Turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social. Agosto 31 de 2016.) Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201614
  • 15.
    QUE EXPIDE LALEY GENERAL DE TRANSPORTE SUSTEN- TABLE URBANO Y SUBURBANO Y ADICIONA LAS FRACCIO- NES IV AL ARTÍCULO 2O.-A DE LA LEY DEL IMPUESTO ES- PECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS, Y XI AL ARTÍCULO 2 DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL, RECI- BIDA DE LA DIPUTADA SOFÍA GONZÁLEZ TORRES, EN NOMBRE DE LOS LEGISLADORES DEL GRUPO PARLAMEN- TARIO DEL PVEM, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PER- MANENTE DEL MIÉRCOLES 31 DE AGOSTO DE 2016 Quien suscribe, diputada Sofía González Torres, en nombre de los diputados federales integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, y 56 del Reglamento pa- ra el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Ge- neral de Transporte Sustentable Urbano y Suburba- no; se adiciona una fracción IV al artículo 2o.A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Ser- vicios; y se adiciona una fracción XI al artículo 2 de la Ley de Coordinación Fiscal, al tenor de la si- guiente: Exposición de Motivos Nuestro país experimentó un proceso intenso de urba- nización durante el siglo XX y los primeros años del XXI. De acuerdo con el Catálogo del Sistema Urbano Nacional de 2012, México contaba en 1 mil 900 con únicamente 33 ciudades de más de 15 mil habitantes. En ellas residían 1.4 millones de personas, es decir, 10.4 por ciento del total poblacional. En contraste, en 2005 existían 358 ciudades con 65.6 millones de per- sonas, esto es, 70 por ciento. Así nuestra nación ha ad- quirido un perfil predominantemente urbano. Dicha dinámica poblacional ha ejercido una presión constante sobre la calidad del aire. Tan sólo entre 2010 y 2013, se estima que la contaminación de éste generó costos aproximados de 14 mil millones de pesos, de los cuales, 11 mil 500 están asociados a pérdidas de productividad en la economía y 2 mil 500 a gastos en salud por muertes prematuras y hospitalizaciones para atender diversos problemas respiratorios y cardiovas- culares de los residentes de las zonas urbanas.1 Uno de los factores más evidentes de contaminación ha sido el crecimiento excesivo del parque vehicular, así como su uso indiscriminado, que es alentado por la ausencia de políticas integrales de transporte, que fa- vorezcan la movilidad urbana y la salud. Las contin- gencias ambientales que se vivieron recientemente en la Ciudad de México o el progresivo empeoramiento de la calidad del aire en ciudades como Mexicali, Cuernavaca, Monterrey o Tijuana, entre otras, que re- gistran tasas elevadas de hospitalizaciones y consultas médicas atribuibles a la contaminación, son señales claras de que algo se está haciendo mal. Hoy, más que nunca, resulta primordial que la pobla- ción tenga acceso a sistemas de transporte eficientes y a una infraestructura urbana acorde con ellos que, por una parte, haga realidad el derecho de la movilidad pa- ra todos y, por otra, contribuya a la descarbonización de la economía y al cumplimiento de los compromisos internacionales suscritos por México en materia de cambio climático. En este orden de ideas, la presente iniciativa propone expedir la Ley General de Transporte Urbano y Su- burbano, a fin de incrementar las inversiones en trans- porte sustentable con la colaboración de los tres ámbi- tos de gobierno. La iniciativa que se somete a consideración tiene las siguientes características: A) Crea un Fondo Nacional de Inversiones para el Transporte Sustentable Urbano y Suburbano, como fideicomiso que será operado por el Banco Nacio- nal de Obras y Servicios Públicos, Banobras, SNC, a fin de impulsar inversiones en materia de trans- porte sustentable. Dicho Fondo brindará apoyos no recuperables para la ejecución de proyectos amigables con el medio ambiente, que las entidades federativas y los muni- cipios propondrán a una Comisión Nacional de Transporte Sustentable, en los rubros de construc- ción, ampliación, modificación, mantenimiento ma- yor y equipamiento de los sistemas de transporte masivo urbano y suburbano, renovación del trans- porte no masivo, así como la puesta en marcha de ci- clo vías y vías compartidas o, en su caso, exclusivas para motocicletas. Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria15
  • 16.
    Cabe destacar quelos proyectos que podrán recibir re- cursos del Fondo sólo serán apoyados en su fase de ejecución y que todos serán fiscalizados, mediante au- ditoría externa, anualmente y en el momento de su conclusión. Al respecto, la Secretaría Técnica de la Comisión tendrá la obligación de comunicar los resul- tados de tales ejercicios a la Auditoría Superior de la Federación. Debe enfatizarse también, que los apoyos están pre- vistos únicamente para inversión, sin que puedan des- tinarse a cubrir gastos de operación de los proyectos, adquisición de inmuebles y derechos de vías necesa- rios para los mismos o adeudos de los gobiernos esta- tales o municipales. B) El Fondo Nacional de Inversiones para el Trans- porte Urbano y Suburbano no generará nuevos im- puestos. Al respecto, se propone reorientar una pe- queña proporción, 5 centavos por cada litro vendido, de la recaudación que actualmente obtiene el Estado por el cobro del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios a gasolinas (IEPS a gasoli- nas). De esta manera, el Impuesto Especial que en la actualidad se aplica al consumo de dichos com- bustibles contribuirá a alcanzar un objetivo impos- tergable para el país: acelerar la adopción de unida- des y tecnologías amigables con el medio ambiente, y, en general, favorecer la modernización de los medios de trasporte, públicos y privados, a favor de una mejor organización de nuestras ciudades y la salud de sus residentes. Por ello, la iniciativa modifica el Artículo 2 de la Ley de Coordinación Fiscal, a fin de permitir que una par- te de la recaudación nacional por IEPS a gasolinas se pueda destinar al Fondo Nacional de Inversiones para el Transporte Sustentable Urbano y Suburbano y que, de esta forma, se puedan beneficiar los proyectos ema- nados de las entidades federativas y municipios. C) La iniciativa es respetuosa de las facultades que en materia de transporte de pasajeros tienen los es- tados y municipios, así como la atribución constitu- cional del Congreso de la Unión para legislar en materia de vías generales de comunicación. Sin contravención de lo anterior, propone que la Comi- sión Nacional de Transporte Sustentable quede fa- cultada para emitir Regulaciones en materia de tras- porte urbano y suburbano, que puedan ser suscritas libremente por las entidades federativas y los muni- cipios. En la iniciativa, estas figuras reciben el nombre de Re- gulaciones por Adhesión. Con ellas, se pretende avan- zar en la uniformidad y actualización de las normati- vidades estatales, para que tomen en cuenta al medio ambiente. Se busca actualizar reglamentaciones obso- letas, que no toman en cuenta a los usuarios vulnera- bles de las vías públicas, que no propugnan por la mo- vilidad como un derecho de todos, no promueven la eficiencia energética y no ven a la contaminación del aire como un tema de salud pública. En suma, las Re- gulaciones por Adhesión estimularán las inversiones en transporte sustentable que no pueden esperar más. D) La iniciativa no genera burocracias. La crea- ción de la Comisión Nacional de Transporte Sus- tentable no implicará un gasto adicional en suel- dos o prestaciones, ya que se tiene contemplado que en ella participen funcionarios en activo de las entidades federativas. Cabe enfatizar que este or- ganismo sesionará únicamente 4 veces por año, principalmente para validar y aprobar los trabajos de su Secretaría Técnica, por lo que tampoco es procedente la adquisición de oficinas o gastos de mantenimiento. En relación al presupuesto de la Secretaría Técnica, conformada por un Secretario y un pequeño cuerpo a su cargo, la iniciativa señala que se obtendrá emplean- do 1 por ciento, como máximo, de los recursos de uso general que integren el Fideicomiso en Banobras. E) El apoyo que la Iniciativa brinda a la motocicle- ta como medio de transporte alternativo constituye una innovación para México. En el mundo existe una tendencia al uso de la motocicleta como una al- ternativa de transporte, ya que es una opción más barata, en relación al carro, menos contaminante y con gran potencial para conectar eficientemente zo- nas conurbadas, centros históricos y polos labora- les. Por sus características físicas, la motocicleta permite a los ciudadanos llegar en menor tiempo a sus destinos, impactando favorablemente la produc- tividad y liberando tiempo para su esparcimiento y descanso. En este sentido, el Fondo Nacional de Inversiones pa- ra el Transporte Sustentable Urbano y Suburbano po- Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201616
  • 17.
    drá apoyar inversionesque promuevan la adecuación de vialidades para la circulación de motocicletas, así como la adquisición de equipos de conexión y recarga para medios de transporte eléctricos. F) En aras de fortalecer la rendición de cuentas, la iniciativa señala que en un plazo no mayor a 1 año de la entrada en vigor de la Ley, la Comisión debe- rá presentar al Congreso un estudio con las caracte- rísticas y resultados alcanzables de las regulaciones por adhesión, en todo el país, así como el avance de su formulación y suscripción. Asimismo, se esta- blece que las Regulaciones por Adhesión deberán someterse a revisión cada cinco años, con lo cual no sólo se garantiza un proceso normativo eficaz, sino flexible, abierto a mejoras. Por lo anterior y con base en el Artículo 73 de la Cons- titución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que faculta al Congreso de la Unión para legislar en materia de vías generales de comunicación (Frac. XVII) y para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la Federación, las entidades fe- derativas y los municipios (fracción XXIII), se some- te a consideración de esta asamblea el siguiente: Proyecto de Decreto Artículo Primero. Se expide la Ley General de Trans- porte Sustentable Urbano y Suburbano, para quedar como sigue: Ley General de Transporte Sustentable Urbano y Suburbano Artículo 1o. La presente Ley es de interés público y de observancia general en todo el territorio nacional. Artículo 2o. Esta Ley tiene por objeto apoyar la in- versión en transporte sustentable urbano y suburbano, amigable con el medio ambiente, así como determinar el mecanismo de coordinación entre Federación, enti- dades federativas y municipios que permita cumplir con dicho propósito. Asimismo, busca establecer regu- laciones modernas en materia de transporte y definir el marco de concertación que permita su aplicación en los tres niveles de gobierno. Artículo 3o. Las acciones y regulaciones previstas en esta Ley tendrán como objetivos específicos: A) Lograr el desarrollo y la mejora del transporte urbano y suburbano, masivo y no masivo, para ele- var la calidad de vida en las ciudades y proteger la salud de la población; B) Ampliar y mejorar la infraestructura de vialida- des, para propiciar eficiencia en los sistemas de transporte; mejorar la fluidez y garantizar la movi- lidad como un derecho de todos; C) Adecuar la infraestructura urbana para la utiliza- ción de unidades de transporte menos contaminan- tes por sus emisiones de gases con efecto inverna- dero, así como promover una mayor utilización de las bicicletas y motocicletas; D) Asegurar la integridad de los usuarios vulnera- bles de la vía pública. Artículo 4o. Para efectos de esta Ley se entenderá por: I. Bicicleta: Vehículo no motorizado de propulsión humana a través de pedales. II. Comisión: Comisión Nacional de Transporte Sustentable Urbano y Suburbano; III. Fondo Nacional: Fondo Nacional de Inversio- nes para el Transporte Sustentable Urbano y Subur- bano; IV. Motocicleta: Vehículo automotor que utiliza manubrio para su conducción con dos o más ruedas, utilizado para el transporte de hasta tres personas o cargas de hasta 700 kilogramos (kg) y está equipa- do con motor a partir de 49 centímetros cúbicos (cm3) de desplazamiento y combustión interna de dos o cuatro tiempos, o motor eléctrico, que cumple con las Normas Oficiales Mexicanas de la Semarnat en materia de contaminación auditiva y emisión de gases; V. Programa Nacional: Programa Nacional de Transporte Sustentable Urbano y Suburbano; VI. Regulaciones por Adhesión: las emitidas por las entidades federativas y los municipios, a propuesta de la Comisión y registradas por la Secretaría Téc- nica; Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria17
  • 18.
    VII. Secretaría Técnica:el órgano de la Comisión para apoyar sus tareas; VIII. Usuario vulnerable de la vía pública: los pea- tones, ciclistas y motociclistas, los cuales carecen de una estructura física que los proteja ante hechos de tránsito, y cuya circulación se encuentra expues- ta a sufrir lesiones graves o perder la vida en caso de accidentes de tránsito. Capítulo Segundo De la Comisión Nacional de Transporte Sustentable Urbano y Suburbano Artículo 5o. La Comisión Nacional de Transporte Sustentable Urbano y Suburbano es una instancia de coordinación de acciones entre Federación, entidades federativas y municipios. Para su operación, contará con un órgano de apoyo denominado Secretaría Técni- ca. Artículo 6o. La Comisión tendrá las siguientes atribu- ciones: I. Aprobar el Programa Nacional de Transporte Sus- tentable Urbano y Suburbano, así como las revisio- nes y actualizaciones del mismo en forma bianual; II. Aprobarlos montos base de recursos anuales del Fondo Nacional que corresponden por entidad fe- derativa, para apoyar proyectos de los gobiernos de las mismas y de los municipios; III. Aprobar la aplicación de recursos del Fondo Na- cional para apoyar los proyectos de inversión de las entidades federativas y los municipios; IV. Aprobar los términos de referencia de presenta- ción de los diversos géneros de proyectos de inver- sión a que se refiere esta Ley y los criterios genera- les de evaluación de los mismos; V. Verificar y aprobar los criterios y requisitos para obtener el registro en el padrón de auditores exter- nos de los proyectos de inversión a que se refiere esta Ley; VI. Recibir y aprobar las propuestas de regulación que se sometan a las entidades federativas y a los municipios para ser suscritos por adhesión; VII. Analizar y determinar la viabilidad del progra- ma anual de trabajo, los estudios sobre transporte urbano y suburbano, y los informes de actividades trimestrales de la Secretaría Técnica; VIII. Coordinarse con el Secretario Técnico para elaborar, evaluar o modificar el Reglamento Interno de Funcionamiento de la Comisión; IX. Las demás que establezcan ésta y otras leyes. Artículo 7o. La Comisión se integrará por once dele- gados regionales, designados entre los servidores pú- blicos de las administraciones estatales. Dichos fun- cionarios corresponderán a las siguientes regiones o grupos de entidades federativas: Región 1: Baja California, Baja California Sur y Sonora; Región 2: Jalisco, Nayarit y Sinaloa; Región 3: Chihuahua, Coahuila y Durango; Región 4: Nuevo León, San Luis Potosí y Tamaulipas; Región 5: Aguascalientes, Guanajuato y Zacatecas; Región 6: Hidalgo, Querétaro y Veracruz; Región 7: Colima, Guerrero y Michoacán; Región 8: Morelos, Puebla y Tlaxcala; Región 9: Chiapas, Oaxaca y Tabasco; Región 10: Campeche, Quintana Roo y Yucatán, y Región 11: Ciudad de México y Estado de México. Artículo 8o. Los delegados regionales durarán en su encargo dos años y serán designados en forma rotato- ria por los gobiernos de las entidades federativas de cada región. El orden de designación será el determi- nado por insaculación inicial. A las sesiones de la Comisión podrán asistir represen- tantes de la Secretaría de Desarrollo Social, de la Se- cretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como de la Secretaría de Comunicaciones y Transpor- Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201618
  • 19.
    tes, Secretaría deEnergía y del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, con voz pero sin voto. Las sesiones de la Comisión serán presididas y convo- cadas por un delegado regional. Dicho encargo corres- ponderá anualmente al delegado de cada una de las re- giones, alternadamente y en forma rotatoria. Al igual que en el caso anterior, el orden será determinado por insaculación inicial. El titular de la Secretaría Técnica fungirá como secre- tario de actas y de acuerdos de las sesiones de la Co- misión. Artículo 9o. La Comisión sesionará 4 veces al año de manera ordinaria, en los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre, además de las sesiones extraordi- narias que se requieran en los términos de su regla- mento interno. Artículo 10. La Secretaría Técnica tendrá las funcio- nes siguientes: I. Elaborar el proyecto de Programa Nacional con base en los objetivos señalados en el artículo 3° de esta Ley y someterlo a la aprobación de la Comi- sión, así como las revisiones y actualizaciones del mismo que la Comisión instruya; II. Proponer a la Comisión los montos base de re- cursos anuales del Fondo Nacional que correspon- den por entidad federativa, para apoyar proyectos de los gobiernos de las mismas y de los municipios; III. Evaluar los proyectos de inversión de las enti- dades federativas y de los municipios y presentarlos a la Comisión; IV. Proponer a la Comisión los términos de referen- cia de presentación de los diversos géneros de pro- yectos de inversión a que se refiere esta Ley y los criterios generales de evaluación de los mismos; V. Integrar el Registro de Proyectos de Inversión que reciba e informar a la Comisión de los movi- mientos del mismo; VI. Solicitar a las entidades federativas y munici- pios informes sobre el avance financiero y físico de los proyectos de inversión; VII. Proponer a la Comisión los criterios y requisi- tos para registrar a los auditores externos de los pro- yectos de inversión a que se refiere esta Ley e inte- grar el registro correspondiente; VIII. Elaborar las propuestas de Regulación por Ad- hesión para proponerlas a la Comisión; IX. Integrar el Registro de las Regulaciones por Ad- hesión emitidas y la suscripción correspondiente; X. Realizar directamente estudios sobre el transpor- te urbano y suburbano o proponer a la Comisión que se contrate la elaboración de estudios con cargo al presupuesto de la misma Secretaría Técnica, y XI. Las demás que le encomiende la Comisión. Artículo 11. El titular de la Secretaría Técnica será de- signado por el Ejecutivo Federal con el carácter de ser- vidor público federal. La duración del encargo será de cuatro años y podrá ser designado por una segunda ocasión en forma consecutiva. La designación será so- metida a la Cámara de Senadores o, en sus recesos, a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, para su ratificación por mayoría absoluta. Artículo 12. El titular de la Secretaría Técnica de la Comisión será denominado Secretario Técnico y para su designación deberá cumplir con los siguientes re- quisitos: I. Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus de- rechos civiles y políticos; II. Contar con título profesional o de posgrado en las áreas de ingeniería civil, arquitectura, economía, administración pública, contaduría o materias afi- nes al servicio de transporte urbano y suburbano o a la evaluación de proyectos de inversión; III. Haberse desempeñado, durante al menos diez años, en el ámbito profesional, docente o de inves- tigación o en actividades que proporcionen la expe- riencia necesaria para desarrollar las funciones de Secretario Técnico de la Comisión; IV. No haber ocupado cargos directivos en partido político alguno, ni de elección popular, en los tres años anteriores al día de su designación, y Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria19
  • 20.
    V. No seraccionista, consejero, directivo, asesor, co- misario o apoderado de empresas privadas del trans- porte urbano y suburbano, de la industria fabricante de equipo para ese transporte o de la industria de la construcción en cualquiera de sus modalidades, y al menos contar con dos años de inactividad en cual- quiera de las actividades anteriores. Capítulo Tercero Del Fondo Nacional de Inversiones para el Transporte Urbano y Suburbano Artículo 13. El Fondo Nacional se constituirá como un fideicomiso en el Banco Nacional de Obras y Ser- vicios Públicos y podrá tener aportaciones por los si- guientes conceptos: I. El rendimiento de los impuestos a la gasolina que apruebe el Congreso de la Unión para destino general; II. Otras asignaciones señaladas por el Presupuesto de Egresos de la Federación para destino general o para destino específico; III. Otras aportaciones no reintegrables, públicas o privadas, de personas o instituciones nacionales, o de terceros países, para destino general o para des- tino específico. Artículo 14. Las aportaciones con destino general po- drán distribuirse anualmente entre las entidades fede- rativas y los municipios correspondientes, una vez cu- bierto el presupuesto de la Secretaría Técnica, cuyo monto no podrá ser mayor al 1% de estas aportaciones. Los montos anuales base por Entidad Federativa se calcularán de la siguiente manera: • 50% con el mismo porcentaje de participación que haya correspondido el año anterior a cada Entidad Federativa en el Fondo General de Participaciones; y • 50% con base en los criterios de impacto ambien- tal que proponga la Secretaría Técnica y apruebe la Comisión. Los saldos de recursos no ejercidos del año anterior se podrán distribuir conforme al mecanismo establecido en el párrafo precedente. Artículo 15. Las aportaciones con destino específico se distribuirán para apoyar proyectos de inversión in- dividuales o de un género determinado dentro de los previstos en esta Ley. Artículo 16. Los proyectos de inversión que la Comi- sión apruebe podrán recibir apoyos financieros del Fondo Nacional no reintegrables destinados a las enti- dades federativas y los municipios. Los apoyos serán fiscalizables en los términos de la le- gislación federal correspondiente y se entregarán en el curso del año, conforme al calendario aprobado como parte del proyecto. Los proyectos de ejecución multianual especificarán los apoyos requeridos para cada ejercicio. Los recursos con destino general que correspondan a las Entidades Federativas y sus municipios para apo- yar proyectos de inversión se destinarán, en primer tér- mino, a cubrir los requerimientos de los proyectos multianuales en ejecución. Del saldo resultante, los apoyos se aplicarán de manera preferente a los pro- yectos de transporte masivo o aquellos que impliquen menores emisiones de gases con efecto invernadero. Artículo 17. Los proyectos de inversión que podrán recibir apoyos del Fondo Nacional deberán correspon- der a los siguientes géneros: I. Inversiones para construcción, ampliación, modi- ficación y mantenimiento mayor para sistemas de transporte masivo urbano y suburbano, así como su complementación con otras inversiones que fomen- ten el uso de medios de transporte amigables con el medio ambiente; II. Inversiones para construcción, ampliación y mo- dificación de vialidades que tengan un impacto sig- nificativo en la fluidez o reordenamiento del tráfico urbano y suburbano, incluyendo puentes y pasos deprimidos o elevados, carriles confinados al trans- porte público y otros medios de transporte amiga- bles con el medio ambiente; III. Inversiones para construcción, ampliación y modificación de ciclovías, y vías exclusivas para bi- cicletas, motocicletas y estacionamientos para estos vehículos; Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201620
  • 21.
    IV. Inversiones paraequipo de transporte masivo, que privilegien tecnologías de cero emisiones, así como los aditamentos necesarios para controlar el tráfico vehicular; V. Inversiones para adquirir o renovar equipo de transporte público no masivo, a fin de reducir emi- siones de efecto invernadero; VI. Inversión para adquirir equipos de conexión pa- ra vehículos y motocicletas eléctricos. Artículo 18. Los proyectos de inversión podrán bene- ficiarse de recursos provenientes del Fondo Nacional, para destino general: a) hasta 80% para las inversiones de las fracciones I, IV y VI; b) hasta 75% para las inversiones de la fracciones II y III, y c) hasta 30% para las inversiones de la fracción V. El complemento de la inversión podrá provenir de apoyos del Fondo Nacional para destino específico, de recursos de las entidades federativas o de los munici- pios, de inversión privada o de créditos, que en ningún caso serán suscritos para comprometer recursos del Fondo Nacional. En los proyectos con contenido de inversión privada, las cuotas o tarifas de recuperación se fijarán tomando en cuenta a favor del usuario los apoyos del Fondo Na- cional a través de las Entidades Federativas y los mu- nicipios. Los criterios de evaluación de dichos proyec- tos incluirán el análisis y ponderación de las cuotas y tarifas así determinadas. Artículo 19. Los proyectos de carácter estatal serán los convenidos con los municipios y propuestos a la Comisión directamente por las entidades federati- vas. Los proyectos de los municipios se canalizarán a la Comisión a través de las entidades federativas en un plazo no mayor a sesenta días, a partir de su recepción, con su opinión sobre los mismos. Los municipios po- drán presentar directamente a la Comisión los proyec- tos de inversión, si así lo acuerda el gobierno de la en- tidad federativa, o si éste no lo ha canalizado a la Co- misión en el plazo señalado. Artículo 20. Los proyectos de inversión podrán co- rresponder a conurbaciones de dos o más municipios, tendrán carácter estatal y serán convenidos con los municipios. En el caso de conurbaciones que involu- cren a más de una entidad federativa, los proyectos de- berán tener una presentación conjunta ante la Comi- sión, incluyendo la solicitud de apoyo para cada Entidad Federativa dentro del proyecto, así como la le- gislación aplicable en materia de obras públicas. Artículo 21.En ningún caso se otorgarán apoyos para sufragar gastos de operación de los proyectos de in- versión, o para realizar gastos vinculados a los mismos como estudios de preinversión, elaboración, presenta- ción o promoción de los proyectos, o para cubrir adeu- dos de proyectos realizados o en proceso de ejecución a cargo de entidades federativas o municipios, o para cubrir indemnizaciones o pagos para adquirir derechos de vía o inmuebles para realizar los proyectos. Artículo 22. Para la aprobación de apoyos a proyectos de inversión, la Comisión deberá verificar que se cum- pla previamente con lo siguiente: I. Que las entidades Federativas y los municipios hayan emitido y registrado ante la Secretaría Técni- ca las Regulaciones por Adhesión aprobadas por la Comisión; II. Que los proyectos de inversión estén previstos en los planes de desarrollo urbano correspondientes, y III. Que las entidades federativas y los municipios hayan entregado la información sobre la ejecución física y financiera de los proyectos de inversión que hayan recibido apoyo del Fondo Nacional. Artículo 23. Los apoyos para los proyectos de inversión serán transferidos del Fondo Nacional a las entidades fe- derativas o a los municipios ejecutores de los mismos, para destinarlos exclusivamente a dichos proyectos. En el caso de las conurbaciones, los proyectos harán explí- cito el ejecutor o ejecutores del proyecto y la proporción correspondiente del ejercicio de recursos y su objeto. La aplicación de recursos por las entidades federati- vas y los municipios dará preferencia a la participa- Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria21
  • 22.
    ción de empresasnacionales en el desarrollo de los proyectos. Artículo 24. Los proyectos deberán presentarse con- forme a los términos de referencia aprobados por la Comisión. Los proyectos deberán incluir el costo de auditoría ex- terna anual y de conclusión del mismo. Dicho costo se sufragará con cargo a las transferencias del Fondo Na- cional para cada proyecto. La Secretaría Técnica dará cuenta a la Comisión de los informes de auditoría co- rrespondientes y remitirá un ejemplar de dichos infor- mes a la Auditoría Superior de la Federación. Los auditores externos deberán contratarse entre los inscritos en el padrón correspondiente. Artículo 25. El comité técnico del Fondo Nacional se integrará con los delegados regionales que formen par- te de la Comisión, cuyo presidente de sesiones presi- dirá también este comité. A las sesiones del comité técnico podrán asistir repre- sentantes de la Secretaría de Desarrollo Social, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como de la Secretaría de Comunicaciones y Trans- portes, la Secretaría de Energía y del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos. El titular de la Secretaría Técnica será el secretario del comité técnico. Artículo 26. El comité técnico del fideicomiso autori- zará las transferencias de recursos de los apoyos apro- bados por la Comisión para los proyectos de inversión, así como la organización, las plazas y el presupuesto de la Secretaría Técnica. Capítulo Cuarto De las Regulaciones al Transporte Urbano y Suburbano Artículo 27. Las regulaciones previstas en esta Ley no son excluyentes de las emitidas por el Gobierno Fede- ral, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus atribuciones. Artículo 28. Las Regulaciones por Adhesión se cir- cunscribirán a las atribuciones conferidas a los munici- pios y a las no reservadas al Gobierno Federal por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Dichas regulaciones podrán incluir normas generales vinculadas a: a) El ordenamiento del tráfico urbano y suburbano y el aprovechamiento de las vialidades correspon- dientes; b) El ordenamiento del transporte de carga urbano y suburbano. c) La circulación de vehículos y motocicletas, así como los requisitos que deben cubrir para circular; d) La operación del transporte público de pasajeros y las características de dicho transporte; e) Las especificaciones de los vehículos para uso de los gobiernos de las entidades federativas y los mu- nicipios; f) Las medidas que aseguren la integridad de los usuarios vulnerables de la vía pública; y g) Otras medidas tendientes a agilizar el tráfico, e inducir la utilización de vehículos con mayor efi- ciencia energética y menos contaminantes, entre ellos las bicicletas y motocicletas. Las Regulaciones por Adhesión se revisarán al menos cada cinco años, después de ser aprobadas por la Co- misión. Artículo 29. A fin de reducir la contaminación y la emi- sión de gases con efecto invernadero del transporte, así como elevar su eficiencia energética, el Ejecutivo Fede- ral, a través de sus dependencias, en el ámbito de sus atribuciones y observando lo prescrito en esta Ley, emi- tirá normas y disposiciones, o revisará al menos cada cinco años las vigentes, en las siguientes materias: I. Calidad de los energéticos que consume el trans- porte, de manera prioritaria para disminuir el conte- nido de azufre de los mismos; II. Adquisición de vehículos eléctricos y amigables con el medio ambiente, para uso de la Administra- ción Pública Federal; Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201622
  • 23.
    III. Importación devehículos usados, para ser so- metidos a verificación de emisiones y eficiencia energética; y IV. Venta en el país de vehículos nuevos, produci- dos internamente o de importación, para que cum- plan con especificaciones de emisiones y eficiencia energética y éstas no sean menores que las de los mismos modelos en otros países. Cada una de las normas y disposiciones tendrán plazos determinados para el inicio de aplicación de las mis- mas. Transitorios Primero. Esta Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federa- ción. Segundo. En un plazo no mayor a treinta días de la en- trada en vigor de la presente Ley, La Secretaría de De- sarrollo Social convocará a los Gobiernos de las Enti- dades Federativas para que designen a los delegados regionales, a fin de proceder a la integración de la Co- misión. Tercero. En un plazo no mayor a sesenta días la Se- cretaría de Hacienda y Crédito Público constituirá en el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos el fi- deicomiso del Fondo Nacional. Cuarto. En un plazo no mayor a sesenta días a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, el Ejecutivo Federal designará al titular de la Secretaría Técnica y remitirá la designación al Senado, o en su caso, a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, para su ratificación. Quinto. En un plazo no mayor a ciento ochenta dí- as a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, las dependencias del Ejecutivo Federal que corres- pondan emitirán o revisarán las normas y disposi- ciones referidas en el Artículo 29 de esta Ley. El Ejecutivo Federal remitirá al Congreso de la Unión un informe sobre las normas y disposiciones emiti- das o revisadas incluyendo un análisis de las mis- mas, de su funcionamiento y de los objetivos que pretenden alcanzar. Sexto. En un plazo no mayor a un año de la entrada en vigor de la presente Ley, la Comisión, por conducto de la Secretaría Técnica, enviará al Congreso de la Unión un estudio de las características y resultados alcanza- bles de las Regulaciones por Adhesión, así como el avance de su formulación y suscripción. Séptimo. La Comisión, por conducto de la Secretaría Técnica, enviará al Congreso de la Unión, en el mes de febrero de cada año, un informe de actividades y apli- cación de recursos. Octavo. El Banco Nacional de Obras y Servicios Pú- blicos, Sociedad Nacional de Crédito, revisará los ins- trumentos jurídicos y financieros con los que cuenta en materia de infraestructura urbana y suburbana, a efecto de modificar o, en su caso, extinguir aquéllos que du- pliquen funciones o fines con el Fideicomiso Fondo Nacional de Infraestructura Urbana y Suburbana. Lo anterior deberá realizarse en un plazo no mayor a sesenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto. Artículo Segundo. Se adiciona una fracción IV al ar- tículo 2o.-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de acuerdo a lo siguiente: Artículo 2o.-A. […] IV. Del monto total derivado de las gasolinas con una medición menor, mayor o igual a 92 octanos vendidos en la República Mexicana se recaudará la cantidad de 5.00 centavos por cada litro para monetizar al Fondo Nacional de Inversiones pa- ra el Transporte Sustentable Urbano y Suburba- no, operado por el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Banobras, SNC. Artículo Tercero. Se adiciona una fracción XI al artí- culo 2 de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue: Artículo 2o. […] La recaudación federal participable será la que obten- ga la Federación por todos sus impuestos, así como por los derechos de minería, disminuidos con el total de devoluciones por dichas contribuciones y exclu- yendo los conceptos que a continuación se relacionan: Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria23
  • 24.
    […] XI. La recaudaciónobtenida en términos de lo pre- visto por el Artículo 2º A Fracción IV de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Transitorio Único. El presente decreto entrará en vigor el día si- guiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Nota 1 Estimación realizada por el Instituto Mexicano para la Competi- tividad, A.C, 2013. Diputada Sofía González Torres (rúbrica) (Turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Agosto 31 de 2016.) QUE ADICIONA LOS ARTÍCULOS 95 BIS DE LA LEY DEL SE- GURO SOCIAL Y 41 BIS DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SE- GURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, RECIBIDA DE LA DIPUTADA ROSALINA MA- ZARI ESPÍN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCO- LES 31 DE AGOSTO DE 2016 Rosalina Mazari Espín, diputada federal del cuarto distrito electoral por Morelos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucio- nal en este órgano legislativo, integrante de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamen- to en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Soberanía la presente iniciativa con proyecto de de- creto por el que se adicionan los artículos 95 Bis de la Ley del Seguro Social y 41 Bis de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para otorgar prestaciones a los padres de personas con enfermedades crónicas degenerativas, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos La seguridad social debe proteger a todos los indivi- duos que forman parte de una colectividad de todo ti- po de contingencias que pongan en riesgo su salud, su vida y su bienestar, para ello, el Estado deberá des- arrollar e implementar acciones públicas tendientes a dicha protección social. En México el camino más rá- pido para la obtención de la seguridad social es única- mente a través del trabajo formal, sin embargo la rea- lidad es que no siempre el trabajo formal permite obtener la mejor de las protecciones en materia de se- guridad social, ya que aún y con un trabajo formal en el que se te brinden prestaciones, la mayoría de las ve- ces éstas, no son suficientes para tener una vida digna para los individuos y sus familias. Más aún cuando se presentan situaciones verdaderamente lamentables, como lo es, una enfermedad grave en algún miembro de la familia en este caso los hijos menores de 18 años de edad. En México como en otros países, el cambio de ritmo de vida y las nuevas formas de alimentación son fac- tores que hacen que cada día la población adulta como juvenil presente más enfermedades de diversa índole. Situación que se vuelve un problema más para las fa- milias mexicanas, visto desde un punto de vista eco- nómico, es decir como una especie de detrimento y también desde el punto de vista laboral, cuando ambos padres en una familia tienen que salir a trabajar y no pueden quedarse a cuidar a los hijos enfermos ante el inminente riesgo de la pérdida de la fuente laboral. Incluso la seguridad social no prevé prestación alguna de protección a los trabajadores cuando alguno de sus hijos, sufren algún tipo de enfermedad grave, o algún tipo de enfermedad crónico degenerativa, como per- misos por cuidados a los hijos, el pago de un subsidio o la reducción de la jornada laboral, sino al contrario, los padres que sufren este tipo de situaciones, se ven Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201624
  • 25.
    obligados a abandonarsu trabajo para cuidar a sus hi- jos enfermos o en el peor de los casos son despedidos de sus fuentes laborales, por lo que se hace necesario otorgar, además, prestaciones de índole económica o en su caso en especie a los padres de familia que son trabajadores y sufren esta clase de contingencia. Para ello, es necesario adicionar un apartado especial denominado de cuidados parentales, en la Ley del Se- guro Social y en la Ley del Instituto Seguridad y Ser- vicios Sociales para los Trabajadores del Estado, que prevea un tipo de protección a los progenitores o adop- tantes de hijos menores, que sufre una enfermedad crónico-degenerativa, esta protección consistirá en la reducción de la jornada laboral, así como el otorga- miento de un subsidio a manera de compensar la re- ducción de ingresos por reducción de jornada laboral. Lo anterior con base en el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Cultura- les “Protocolo de San Salvador”, firmado por México el 17 de noviembre de 1988, que se establece en su ar- tículo 9o., primer párrafo: “Toda persona tiene dere- cho a la Seguridad Social que la proteja contra las con- secuencias de la vejez y de la incapacidad que la imposibilite física o mentalmente para obtener los me- dios para llevar una vida digna y decorosa”. Antecedentes Dentro de la legislación mexicana encontramos el ar- tículo 2º del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS, en cuya fracción X se establece que la materni- dad es el estado fisiológico de la mujer originado por el proceso de la reproducción humana, en relación con el embarazo, el parto, el puerperio y la lactancia; no obstante ello sabemos que la cualidad de madre es vi- talicia. Es decir madre: entendida como la situación que guardan las mujeres y en general las hembras de cada especie respecto a sus hijos, se inicia con la pro- creación y concluye con la muerte de alguno de los dos. También podemos hablar de madres cuando en una mujer se reúne las circunstancias que hemos rela- cionado como propias de la maternidad, aunque no sea biológica, por ejemplo las madres adoptivas. Por tanto se tiene que los derechos derivados de la ma- ternidad son: • El derecho a la antigüedad • Derecho a la salud y seguridad profesional del em- barazo (artículo 132, fracción XXVII, 170, 172,166, 168,) • Derecho a la remuneración pre y post parto (art. 170) • Derecho a la licencia por maternidad • Derecho a tener a su hijo en una guardería • Derecho de reposo para la lactancia Empero las prestaciones por paternidad únicamente son consideradas como un derecho para los padres que puede ser el origen del derecho a cuidados infantiles y es el permiso por paternidad para los trabajadores va- rones, cuya fracción se reproduce a continuación: Artículo 132. Son obligaciones de los patrones: XXVII Bis. Otorgar permiso de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción de un infan- te. Sin embargo la legislación mexicana es omisa en el ru- bro de cuidados infantiles y prestaciones parentales, dado que la seguridad social puede promover la igual- dad de género facilitando las cosas tanto para hombres como para las mujeres a fin de que puedan asumir la función de cuidados de sus hijos sin tener que abando- nar sus empleos.1 Ahora bien; dos de los seguros sociales que existen en México prevén cinco ramas de aseguramiento, en el IMSS, encontramos; el riesgo de trabajo, de enferme- dades y maternidad, invalidez y vida, cesantía en edad avanzada, vejes y retiros, y de guarderías y prestacio- nes sociales. Por otro lado en el ISSSTE al igual que en Seguro Social prevé, ramas similares de seguros, a partir de la reforma reciente a la ley, estas ramas son: salud, riesgos de trabajo, de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y de invalidez y vida. Estas ramas de aseguramiento contemplan cada una diversas prestaciones. Entendiendo por prestaciones lo Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria25
  • 26.
    que señala AlbertoRuiz Briseño en su obra Derecho de la Seguridad Social, a los “…beneficios a que tiene derecho los asegurados, pensionados o familiares, de- rivados de una contingencia que altere la salud, sus po- sibilidades de trabajo y los ingresos económicos…”2 Sin embargo la rama de Seguridad Social de enferme- dades y maternidad en México tanto del IMSS como del ISSSTE, excluye en su totalidad algún tipo de prestación a los trabajadores o a la familia de los tra- bajadores, cuando ambos padres en una familia, tienen hijos que sufren enfermedades graves o en su caso en- fermedades crónico-degenerativos y por la naturaleza de su padecimiento y condiciones familiares les es im- posible laborar, dando lugar al despido de las fuentes de trabajo o en el peor de los casos el abandono de los enfermos en el hogar o en centros de atención medica como son los hospitales. Por su parte Juan Pablo Magnolo y Óscar Zavala defi- nen a la enfermedad como el estado patológico deri- vado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en el que el trabajador se vea obligado a prestar sus servi- cios.3 Hablar de enfermedades degenerativas, nos referimos a aquellas que van degradando física y/o mentalmente a quienes las padecen, pues provocan un desequilibrio en los mecanismos de regeneración celular.4 De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud “Las enfermedades crónicas son enfermedades de lar- ga duración y por lo general de progresión lenta. Las enfermedades cardíacas, los infartos, el cáncer, las en- fermedades respiratorias y la diabetes, son las princi- pales causas de mortalidad en el mundo”.5 Por lo que la atención al paciente que las padece se vuelve una actividad extremadamente difícil para sus familiares, que le impide realizar sus actividades coti- dianas de igual manera, ente ellas, el desempeño de sus actividades laborales. De lo que concluimos que la enfermedad es un estado patológico que afecta de manera directa el bienestar de la salud de cualquier ser humano, y máxime cuando se trata de enfermedades crónicas o degenerativas, cuya mejora o alivio es más difícil. Problemática identificada La doctora Gabriela Mendizábal Bermúdez y la licen- ciada Carmina Reyna Rosales, en la ponencia que pre- sentaron bajo el nombre de “Seguridad Social para fa- milias con enfermos crónico-degenerativos” en la LVI Asamblea Nacional de Derecho de Trabajo y Previsión Social, de la Academia Mexicana de Derecho de Tra- bajo y Previsión Social celebrada del 20 al 23 de abril del 2016, en la Ciudad de Puebla, Puebla, evidencia- ron lo siguiente: “En la actualidad y debido a grandes cambios cli- máticos, y otras causas como la alimentación, el ti- po de vida, el trabajo, el estrés, factores genéticos y todo tipo de eventos aceleran el ritmo de vida en es- ta sociedad, lo que hace que día a día este presente el padecimiento de enfermedades graves en nuestra población tanto de niños, como en los jóvenes y en los adultos”.6 Este tipo de contingencias es ya un padecimiento de- tonante de sufrimiento en las familias mexicanas, sin embargo; lo es también, porque la seguridad social que actualmente otorga el Estado mexicano no procura ac- ción social alguna tendiente a la protección de la fa- milia, cuando ambos padres son trabajadores formales y tienen hijos menores con enfermedades graves o en su caso crónico-degenerativas. Entendiendo como protección lo que menciona Alberto Briceño Ruiz, “…la necesidad de otorgar prestaciones adecuadas a las contingencias,…”7 Los institutos de seguridad social dedicados a la pro- tección en materia de salud en México, no contienen prestación alguna para los trabajadores formales ins- critos que se encuentran dentro del régimen obligato- rio, cuando tienen hijos que padecen enfermedades graves o en su caso crónico-degenerativas, lo que se vuelve un problema grave para el derechohabiente di- recto, pues si bien es cierto al encontrarse cotizando para alguno de estos institutos, cuenta con las presta- ciones y servicios médicos en especie otorgadas por los mismos, también lo es, que estos no le garantizan alguna prestación o subsidio de protección, económi- co o físico para dedicarse al cuidado de hijo enfermo, cuando es necesario ausentarse de su fuente laboral. Legalmente no existe nada expreso que señale la li- bertad a los padres de ausentarse de la fuente laboral Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201626
  • 27.
    para el cuidadode un hijo enfermo y con lo cual no co- rra el riesgo de ser despedido de su fuente de trabajo, hay padres que prefieren faltar a sus trabajos por cui- dar a sus hijos, sin embargo y de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo en su artículo 47, esto resultaría a perjuicio del trabajador una causa de la rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el patrón8. Por su parte, la Ley del Seguro Social contempla úni- camente como causas para ausentarse de la fuente la- boral con justificación; una incapacidad laboral por riesgo de trabajo, una enfermedad profesional, no pro- fesional y por maternidad. A su vez la Ley del Instituto Seguridad y Servicios So- ciales para los Trabajadores del Estado, contempla también, las licencias de enfermedades profesionales o riesgos de trabajo, enfermedades no profesionales y por maternidad. Sin embargo ninguna se asimila al permiso justificado de ausentarse de la fuente de trabajo por cuidados a los hijos que padecen enfermedades, cuando ambos pro- genitores son trabajadores. En México cada vez son más los hogares en los que padre y madre tiene que salir a trabajar y no tienen quien les cuiden a sus hijos, de acuerdo con la En- cuesta Nacional de Ocupación y Empleo en México de 2013, se estima que 74 por ciento de la población es económicamente activa (PEA). Por lo que de acuerdo con esto, cada día son más los hogares en los que am- bos padres salen a trabajar y buscar el sustento fami- liar y dejan el cuidado de los hijos a terceras personas, estimándose que niños y niñas de entre 0 y 6 años de edad, mientras su mamá trabaja, de 100 menores, 85 son cuidados por un familiar (mayormente a cargo de la abuela) y 15 son cuidados en guarderías.9 De acuerdo con la Encuesta Laboral y Corresponsabi- lidad de 2012, en el rubro de necesidades y cuidado en los hogares mexicanos, cerca de 694 mil hogares viven personas con problemas de salud o discapacidad que requieren cuidado permanente.10 No podemos dejar de lado las cifras en el año dos mil dieciséis que arroja el Inegi, respecto de las estadísti- cas del cáncer, una de las principales causas de morbi- lidad hospitalaria en México, es el cáncer por tumores malignos en población en edades de 0 a 19 años, prin- cipalmente niños con un 62 por ciento mujeres y 58.7 por ciento en hombres.11 Estas cifras sin duda alguna nos dan un panorama ge- neral de la situación que se vive actualmente en los ho- gares donde ambos padres salen a trabajar, es eviden- te que cada día se incrementa la población económicamente activa en los hogares lo que da pie a que menores de edad sean cuidados por familiares cer- canos, sin embargo también es real que el índice de personas que sufren un tipo de enfermedad crónico- degenerativo va en aumento, por lo que es necesario el cuidado por parte de sus progenitores los que no pue- den realizarlo debido a su ocupación laboral. Sin embargo, somos conscientes que es necesario rea- lizar un estudio a profundidad para determinar el nú- mero de trabajadores que se encuentran cotizando en algún régimen en las instituciones de seguridad social y que tiene hijos menores que padecen una enferme- dad de tipo grave o en su caso crónico degenerativa. De igual manera no se puede dejar de lado que de acuerdo con resultados del Inegi durante 2013, el nú- mero de defunciones por causa de enfermedades cró- nico-degenerativo en la población mexicana es de 623 mil 600, lo que indica que la presencia de este tipo de enfermedades en la población va en aumento de ma- nera gradual.12 Por lo que la situación que aquí se pre- senta, resulta ya, un problema grave que tiene que ser atendido por la seguridad social. Ahora bien y como se ha venido mencionando, en nuestro país la ausencia de prestaciones por cuidados parentales a los trabajadores que se encuentran en la modalidad del trabajo formal y se encuentran inscritos dentro del régimen del seguro obligatorio, da pie a que los padres pierdan sus trabajos por quedarse a cuidar a sus hijos menores con enfermedades, sin dejar de men- cionar que ello también representa un detrimento en la economía de la familia, pues el ausentismo laboral pro- voca el despido de los trabajadores y por ende la falta de ingreso económico ante una situación realmente di- fícil, cuando se presentan gastos excedentes para trata- mientos, hospitalización, estudios y medicamentos. La falta de prestaciones de seguridad social ante esta situación, coloca a las personas que sufren estas situa- ciones en un grupo vulnerable de la seguridad social. Pues si bien es cierto tanto en la Ley del IMSS como Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria27
  • 28.
    la Ley deISSSTE y más aún la del Issfam, se contem- plan un seguro de enfermedades y maternidad el cual prevé que al presentarse estas, las instituciones tienen la obligación de otorgar a todos sus derechohabientes el tipo de prestaciones que para esto señalen, ya sea pecuniarias o en especie, atención médica y de alta ca- lidad, tratamientos y medicamentos, también lo es, que no son suficientes para que una familia puede re- sistir este tipo de adversidad, pues si ya de por si la existencia de una enfermedad en un menor es triste, las familias también tienen que vivir el estrés de quedarse sin trabajo por ayudar a sus pacientes. Atención que la mayoría de las veces se vuelve una ac- tividad extremadamente difícil para sus familiares cui- dadores, tanto así que les impide realizar sus activida- des cotidianas de igual manera, mayormente sus actividades laborales, ante la preocupación de dejar abandonado a su descendiente en momentos de enfer- medad y posible muerte. En México al igual que en el mundo la realidad es cam- biante, por lo que debemos estar conscientes que nues- tro derecho también debe de avanzar y si ya se están presentando este tipo de situaciones tan lastimosas que aquejan a la población, las leyes deben ir adelante y tra- tar de contemplarlas, en otros países este tipo de situa- ciones ya se prevén en las leyes, es decir existen normas tendientes a una protección más amplia del núcleo fa- miliar, como por ejemplo en España que cuenta con un decreto especial que contempla este tipo de protección a las familias, en Perú, Chile y Costa Rica, en donde re- cientemente se están tratando lo temas que contemplan permisos para padres con hijos enfermos de gravedad. Nuestro país no debería ser el que deje de lado estas si- tuaciones, la seguridad social debe atender a las nece- sidades de nuestra realidad, se debe procurar cubrir mayormente con todas las necesidades que se presen- ten, sin embargo y como ya lo hemos apuntado con an- telación, ni la Ley del Seguro Social ni la Ley del Ins- tituto de Servicios de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado en sus ramas de aseguramien- to y protección estipulan alguna protección a los tra- bajadores que se encuentren en este caso. Marco normativo Los aspectos legales de esta iniciativa están previstos por los artículos 22 y 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los artículos 1, 11 y 19 de la Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en lo Social, así como en el artículo 17 del Protocolo Adi- cional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Socia- les y Culturales “Protocolo de San Salvador”. Objetivo de la propuesta En tales consideraciones se propone que tanto la Ley del IMSS como la Ley del ISSSTE, incluya un aparta- do especial, en el que en su articulado de manera es- pecífica se prevea, el otorgamiento de las prestaciones por cuidados parentales, en las que se establezca como prestaciones principales, para los trabajadores, desde los permisos mínimos o de corta temporalidad, la re- ducción de la jornada laboral por cuidados parentales por hijos enfermos crónico-degenerativos, así como el otorgamiento de subsidios económicos como compen- sación de la disminución de la jornada laboral. Esto es, cuando ambos padres en una familia trabajan y se encuentren cotizando al régimen de seguridad so- cial en alguna de las instituciones mencionadas y tiene hijos menores de dieciocho años con enfermedades crónico-degenerativas, asimismo este apartado esta- blecerá los términos y las condiciones de cada una de las prestaciones otorgadas que se deben aplicar a las personas trabajadores y el régimen y cotizaciones a cumplir. Lo anterior como una forma de protección social a los trabajadores por cuidados maternos o paternos que tengan hijos con enfermedades crónico-degenerativas, es decir la creación de una protección al asegurado de no perder su trabajo por faltas laborales, y la protec- ción a su salario, es decir la protección total a los tra- bajadores de tener una disminución económica y labo- ral debida al gran problema que surge entre el desempeño de sus actividades de trabajo y el gran tiempo dedicado al cuidado de este tipo de pacientes. Conforme a los argumentos que se acaban de precisar, es que el la suscrita como integrante del Grupo Parla- mentario del Partido Revolucionario Institucional, a fin de garantizar el cumplimiento de los deberes que genera la paternidad y la maternidad, y el interés su- perior del menor, sin que ello conlleve afectaciones la- borales a los ascendientes, tales como los descuentos en el salario o el despido, someto a la consideración de Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201628
  • 29.
    esta Honorable Asamblea,la siguiente iniciativa con proyecto de Decreto por el que se adicionan los artículos 95 Bis de la Ley del Seguro Social y 41 Bis de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado Artículo Primero. Se adicionan los artículos 95 Bis de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue: Artículo 95 Bis. Para garantizar los derechos de los hijos menores de edad esta ley otorgará al trabajador la prestación adicional de cuidados parentales especiales, de carácter ocasional, permanente o contínuo que de- ba otorgarse a un menor que padece una enfermedad crónico-degenerativa, en los siguientes términos: I. Tendrán derecho a las prestaciones que otorga es- te capítulo; A) Los progenitores directos del menor enfer- mo. B) Los adoptantes del menor enfermo. C) Los tutores del menor enfermo. Que se encuentren cotizando ambos al régimen obligatorio de seguridad social en el momento de la enfermedad y acrediten debidamente esta situación ante la institución, con el procedimiento que men- ciona este capítulo, deviniendo de ahí su imposibi- lidad para el cuidado del menor enfermo. II. Esta prestación puede ser otorgada a los trabaja- dores reduciendo su jornada laboral a la fuente de empleo, hasta en un cincuenta por ciento de su jor- nada diaria. Así como el otorgamiento de un subsi- dio en dinero al trabajador por la reducción de su jornada laboral, no menor a las horas reducidas de la jornada laboral y hasta en un cincuenta por cien- to de su salario base de cotización, que estuviera percibiendo y cotizando en la fecha del evento. III. Cuando ambos progenitores tengan derecho a esta prestación por ser trabajadores y encontrarse cotizando al régimen de seguridad social, solo uno de ellos podrá percibir la prestación, pudiendo al- ternarse entre ellos. IV. El procedimiento para la solicitud y el otorga- miento de la prestación de cuidados parentales será determinado por el Instituto de Seguridad y Servi- cios Sociales de los Trabajadores del Estado, quien brindará todas las facilidades para la integración de las pruebas de la enfermedad que se encuentren en el expediente clínico, y V. Los trabajadores podrán solicitar la suspensión o la terminación de los cuidados parentales, cuando lo consideren necesario, sin que la solicitud hecha efectuado solo por uno de ellos vincule al otro. Artículo Segundo. Se adiciona el artículo 41 Bis de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue: Artículo 41 Bis. Para garantizar los derechos de los hijos menores de edad, conforme a lo que dispone el artículo 41 fracción II de esta ley se otorgará al traba- jador la prestación adicional de cuidados parentales especiales, de carácter ocasional, permanente o conti- nuo que deba otorgarse a un menor que padece una en- fermedad crónico-degenerativa, en los siguientes tér- minos: I. Tendrán derecho a las prestaciones que otorga es- te capítulo; D) Los progenitores directos del menor enfer- mo. E) Los adoptantes del menor enfermo. F) Los tutores del menor enfermo. Que se encuentren cotizando ambos al régimen obligatorio de seguridad social en el momento de la enfermedad y acrediten debidamente esta situación ante la institución, con el procedimien- to que menciona este capítulo, deviniendo de ahí su imposibilidad para el cuidado del menor en- fermo. II. Esta prestación puede ser otorgada a los trabaja- dores reduciendo su jornada laboral a la fuente de empleo, hasta en un cincuenta por ciento de su jor- nada diaria. Así como el otorgamiento de un subsi- dio en dinero al trabajador por la reducción de su jornada laboral, no menor a las horas reducidas de Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria29
  • 30.
    la jornada laboraly hasta en un cincuenta por cien- to de su salario base de cotización, que estuviera percibiendo y cotizando en la fecha del evento. III. Cuando ambos progenitores tengan derecho a esta prestación por ser trabajadores y encontrarse cotizando al régimen de seguridad social, solo uno de ellos podrá percibir la prestación, pudiendo al- ternarse entre ellos. IV. El procedimiento para la solicitud y el otorga- miento de la prestación de cuidados parentales será determinado por el Instituto de Seguridad y Servi- cios Sociales de los Trabajadores del Estado, quien brindará todas las facilidades para la integración de las pruebas de la enfermedad que se encuentren en el expediente clínico, y V. Los trabajadores podrán solicitar la suspensión o la terminación de los cuidados parentales, cuando lo consideren necesario, sin que la solicitud hecha efectuado solo por uno de ellos vincule al otro. Transitorio Único. El presente decreto entrará en vigor el día si- guiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Notas 1 OIT, Seguridad Social: un nuevo consenso, OIT, Ginebra Suiza, 2001, página 91. 2 Briceño Ruiz, Alberto, Derecho de la seguridad social, Oxford, México, 2010, p.24 3 Citado por Magnolo, Juan Pablo, Zavala Gamba, Óscar, Panora- ma de derecho del trabajo y de la seguridad social en América La- tina, UNAM, México, 2014, página 81. 4 González Castro, Uriel y Reyes Luna Adriana Guadalupe, Algu- nos aspectos del proceso que viven los cuidadores primarios de en- fermo crónico degenerativo, Vol.15 n.2 junio 2012, disponible en: file:///C:/Users/Mina/Downloads/32371-72777-1-PB%20 (3).pdf, fecha de consulta: 1 de julio 2016. 5 Organización Mundial de la Salud: disponible en http: //www.who.int/topics/chronic_diseases/es/, fecha de consulta: 3 de agosto 2016. 6 OMS, Informes técnicos: Dieta, nutrición y prevención de enfer- medades crónicas, consultado en: http://www.fao.org/3/a- ac911s.pdf fecha de consulta 28 de julio de 2016. 7 Briceño Ruiz, Derecho de la seguridad social, Oxford, México, 2010, página 9. 8 Ley Federal del Trabajo, disponible en: http: //www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_120615.pdf, fecha de consulta: 10 de agosto 2016. 9 Encuesta Nacional del Empleo y Seguridad Social, ENESS 2013, disponible en: file: ///C:/Users/Mina/Downloads/eness132014_04.pdf, fecha de con- sulta 21 de agosto 2016. 10 Los cuidados y el trabajo en México, un análisis a partir de la Encuesta Laboral y Corresponsabilidad Social (ELCOS 2012), Di- ciembre 2013, disponible en: http: //web.inmujeres.gob.mx/trans- parencia/archivos/estudios_opiniones/cuadernos/ct40.pdf, fecha de consulta: 28 de junio 2016). 11 Estadísticas a propósito del día mundial contra el cáncer cuatro de febrero, datos nacionales disponible en: http: //www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2016/can- cer2016_0.pdf, fecha de consulta: 13 junio 2016. 12 Instituto Nacional de Estadística y Geografía, disponible en: http://www3.inegi.org.mx/sistemas/temas/default.aspx?s=est&c= 25433&t=1, fecha de consulta: 10 julio de 2016. Palacio Legislativo de San Lázaro, a 31 de agosto de 2016. Diputada Rosalinda Mazari Espín (rúbrica) (Turnada a la Comisión de Seguridad Social. Agosto 31 de 2016.) Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201630
  • 31.
    QUE ADICIONA LAFRACCIÓN XII AL ARTÍCULO 6 DE LA LEY GENERAL DE SALUD Y EL ARTÍCULO 116 DE LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMA- CIÓN PÚBLICA, RECIBIDA DE LA DIPUTADA ROSALINA MAZARI ESPÍN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉR- COLES 31 DE AGOSTO DE 2016 Rosalina Mazari Espín, diputada federal del 04 distri- to en Morelos e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con funda- mento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Me- xicanos y 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, presento la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción XII al artículo 6 de la Ley General de Salud para crear el Registro Nacional Genético y el artículo 116 de la Ley General de Trans- parencia y Acceso a la a Información Pública, de con- formidad a la siguiente Exposición de Motivos 1. El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el informe de “Incidencia De- lictiva 2015” reporta la existencia de 1’501,061 de- nuncias presentadas ante las Procuradurías Generales de Justicia y Fiscalías Generales de las 32 entidades federativas en México, para 7 delitos del Fuero Co- mún; robo, lesiones, homicidios, delitos patrimoniales, secuestros, violaciones y otros delitos. La procuración, impartición y administración de justi- cia exige la realización de diversas pruebas al efecto de determinar si se cumplen los elementos del tipo pe- nal y en su caso, demostrar la responsabilidad. Las ciencias periciales tienen un papel fundamental en el esclarecimiento de los hechos a través del examen de sujetos y objetos relacionados con la investigación, determinando la vinculación real y científica de los di- versos indicios y aportando elementos que se deben valor dentro del proceso. Atendiendo a la naturaleza del delito que se investiga, se desahogan las pruebas que se consideran conducen- tes, por ejemplo cuando se trata de un ecocidio la prue- ba de impacto ambiental es fundamental, cuando se trata de daños, la valuación y la contabilidad son de- terminantes y cuando se trata de identificación de per- sonas y esclarecimiento de ciertos delitos sexuales, es menester desahogar las pruebas de medicina forense, identificación y la de genética forense. El Colegio Mexicano de Ciencias Forenses, define la genética forense como “el análisis de los polimorfis- mos responsables de la variabilidad genética en la po- blación humana aplicados a los problemas judiciales”, y es que en las muestras orgánicas como la sangre, el pelo, la saliva, el esperma, la piel y en el tejido cada- vérico, es posible identificar el ácido desoxirribonu- cleico (ADN), que constituye una carta de presenta- ción de cada persona, debido a que ciertas regiones de la secuencia de ADN que conforman el genoma son al- tamente variables, lo que asigna un genotipo a cada persona, quedando plenamente individualizada, ha- ciendo posible establecer su identidad y relaciones de parentesco. La genética forense utiliza entre otras técnicas, los mi- crosatélites STRs (Short tandem repeats o secuencias cortas en tándem) y los SNPs (Single Nucleotide Poly- morphism),los primeros son elementos extraordinaria- mente útiles en la identificación humana y en el mapeo genético, debido a su elevado polimorfismo, tasa de mutación relativamente baja, tamaño pequeño y ubica- ción cromosomática establecida. Los SNPs son mar- cadores bialélicos, por lo tanto menos informativos para pruebas forenses, pero por otro lado permiten co- nocer características sobre la predisposición a ciertas enfermedades (Rodríguez: 2010). La Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de diversas tesis de la novena y décima época ha recono- cido la aportación de la pruebas periciales en genética para el esclarecimiento de algunos caos y la importan- cia de su desahogo, tanto para el reconocimiento de la paternidad como para la imputación de la responsabi- lidad penal, sancionando con la presunción en contra a quienes se oponen al desahogo de estas pruebas. 2. Todo ser vivo posee en su genoma la totalidad de la información que se transmite de generación a genera- ción perpetuando las características comunes de la es- pecie y las particulares de cada individuo y sus prede- cesores; la información genética deja ver por una parte la identidad del individuo, por otra, puede revelar el estado de salud presente y en determinados casos el estado futuro de la persona, por todo esto es necesario protegerla y delimitar con precisión una definición ju- Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria31
  • 32.
    rídica de lainformación genética, así como un campo normativo que regule los criterios de obtención, mane- jo, almacenamiento y privacidad. Es ostensible que la protección de los derechos huma- nos en la época actual, exige además de la salvaguar- da de los derechos a la vida, a la dignidad, a la igual- dad y a la libertad, en el sentido tradicional, el reconocimiento de las nuevas posibilidades de vulne- ración, en el caso específico la genética, como rama de la biología, y la bioética como rama de la ética, han evidenciado, la necesidad de que la norma jurídica al- cance los avances de la investigación científica, por ejemplo, para ser protegido contra los posibles exce- sos de la investigación genética a través de la manipu- lación genética, la divulgación no autorizada de infor- mación genética o el ocultamiento de resultados sobre pruebas genéticas. Uno de los mayores riesgos lo constituye, la posible violación al derecho a la intimidad, es decir, a mante- ner en secreto la información propia no evidente, fren- te a injerencias arbitrarias, ya que no existe nada más confidencial, privado, reservado, secreto o interno que los datos genéticos de una persona, con excepción de los rasgos fenotípicos, es decir, los que son del cono- cimiento público, como son el color de los ojos, la es- tatura, la complexión, etcétera. La información genéti- ca que merece protección es la de manejo sensible y generalmente asociada a la salud y predisposición a ciertas enfermedades de origen genético y manifesta- ción tardía, esa información es privada, al menos has- ta que aparecen los primeros síntomas o hasta que el individuo revela intencionalmente esta información (Enríquez: 2002). En este orden de ideas, es necesario 1) proteger la uni- cidad y esencia genética de todo individuo;2) garanti- zar el derecho a conocer el propio origen biológico, fa- cultando a toda persona cuando sus progenitores le son desconocidos, para poder iniciar las acciones legales a fin de averiguar su nexo biológico; y 3) salvaguardar el derecho a la intimidad genética, fundamentado en la protección de la información más personal del hom- bre, y preservar el derecho a saber o no saber, susten- tado en la facultad para conocer o desear ignorar los resultados obtenidos de una prueba genética (Arella- no: 2013). A este catálogo se agregan dos derechos que deben entrar en equilibrio con los anteriores por ser útiles para la procuración y administración de justicia, en el esclarecimiento de los hechos y la imputabilidad de responsabilidad penal, 1) el derecho de la víctima de que el sujeto activo del delito sea plenamente iden- tificado y 2) el derecho a tener certeza sobre la identi- dad de la víctima, cuestiones que son de interés social pero que en muchos casos exigen la preexistencia de un banco de datos con el que se puedan realizar las confrontas necesarias. Los reportes señalan que los primeros bancos de datos genéticos se crearon en la década de los setenta, cuan- do un grupo de biólogos y matemáticos de la Univer- sidad Rockefeller (Nueva York) propusieron que se es- tableciera una base de datos para guardar las secuencias de ADN que se iban descubriendo, en esas bases de datos se mantuvo la información sobre des- cubrimientos de sistemas adeníticos que solían variar entre animales, virus y bacterias, así como la informa- ción de los investigadores que habían descubierto di- chos sistemas. A partir de entonces se conocen esfuerzos en diferen- tes países por tener una base de datos genéticos que cubra fines acordes a sus intereses, sobresaliendo la in- vestigación científica de grupos de personas, el hallaz- go de información útil para identificar padecimientos y lograr la salud de personas en lo individual y para coadyuvar a la administración de justicia. En todos los casos,el problema de los gobiernos radica en definir cómo regular el uso de la información, principalmente como consecuencia de la imposibilidad actual de pro- teger contra su mal uso de los bancos de datos en ge- neral (Bolis: 2002). 3. En Argentina existen dos antecedentes importantes en la utilización de la información genética, el Banco Nacional de Datos Genéticos creado en 1987 con la fi- nalidad de sistematizar el material genético y muestras biológicas de personas secuestradas y desaparecidas durante la dictadura militar argentina, con el objetivo de garantizar la obtención almacenamiento y análisis de la información genética para el esclarecimiento de delitos de lesa humanidad ocurridos antes del 10 de di- ciembre de 1983. El otro antecedente es la Ley 26.879 del año 2013, que en esencia contempla la posibilidad de recabar información genética de todas las muestras y evidencias provenientes de una investigación crimi- nal, así como de toda persona condenada con senten- cia firme por delitos contra la integridad sexual. Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201632
  • 33.
    Chile a travésde la Ley Número 19.970 creó en el año 2004 el Sistema Nacional de Registros de ADN, que carezca de asociación directa en la expresión de genes y aporte solo información identificatoria, relacionada con investigaciones criminales. El sistema contiene re- gistro de condenados, registro de imputados, registro de evidencias y antecedentes, registro de víctimas y el registro de desaparecidos y sus familiares. En España la Ley Orgánica 10/2007 regula la Base de Datos Policial sobre Identificadores obtenidos a partir del ADN, que dependerá del Ministerio del Interior a través de la Secretaría de Estado de Seguridad y tiene como función principal la integración de ficheros para la investigación y averiguación de delitos, como para los procedimientos de identificación de restos cadavé- ricos o de averiguación de personas desaparecidas. Se dispone que “sólo podrán inscribirse en la base de datos policial… los identificadores obtenidos a partir del ADN, en el marco de una investigación criminal, que proporcionen, exclusivamente, información gené- tica reveladora de la identidad de la persona y de su se- xo”. Así tres casos, en que el sistema de administración de justicia es auxiliado por los resultados de las pruebas genéticas, para la identificación de personas y su con- secuente individualización de la sanción o determina- ción de la víctima, es esquemas generales que funcio- nan bajo criterios del mayor beneficio, que en este caso es el esclarecimiento de la verdad. En México funciona un Banco de Cordón Umbilical, que es una empresa privada dedicada a la recolección y criopreservación de la células madre tomadas de la sangre del cordón umbilical de los bebes, las cuales contienen el ADN del feto pudieran llegar a servir en el tratamiento de varias enfermedades, entre ellas leu- cemia, anemia, tumores y sarcomas, sin embargo esta información solo puede ser utilizada con la autoriza- ción de los padres o tutores durante la minoría de edad de su titular o con la autorización del titular, esto es en ciertos casos para víctimas y difícilmente a presuntos responsables de la comisión de un delito, independien- temente de que el costo reduce significativamente el uso de estos servicios de criopreservación. 4. Los datos relativos a la salud, no sólo son persona- lísimos, si no que se han considerado como datos sen- sibles, por su singularidad y porque reportan condicio- nes presentes, pasadas y que pueden o no manifestar- se en el futuro de un individuo o de su estirpe. Argentina en la Ley 26.879 establece que la informa- ción es de carácter reservado, por lo que solo podrá ser suministrado al ministerio público, a los jueces y a los tribunales de todo el país en el marco de una causa en la que se investigue algún delito sexual. El Registro dispondrá lo necesario para la conservación de un mo- do inviolable e inalterable de los archivos de informa- ción genética y de las muestras obtenidas. En la Ley Número 19.970 Chilena se prevé que las muestras biológicas y las huellas genéticas se conside- rarán datos sensibles de sus titulares, por ello, el Siste- ma tiene como principio el carácter reservado, por lo que la información solo podrá ser consultada o autori- zada por el Ministerio Público y los tribunales. Esta ley dispone que la administración y custodia del siste- ma estará a cargo del Servicio del Registro Civil e Identificación, correspondiendo al Servicio Médico Legal e instituciones acreditadas la obtención de las huellas genéticas. La Ley Orgánica 10/2007 vigente en España, regula la Base de Datos Policial sobre Identificadores obtenidos a partir del ADN, y con el fin de proteger la informa- ción, mandata que la información solo podrán ser uti- lizada por las Unidades de Policía Judicial de las Fuer- zas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como por las Autoridades Judiciales y Fiscales y que cuando el tratamiento se realice para la identificación de cadáve- res o la averiguación de personas desaparecidas, los datos incluidos en la base de datos objeto de esta Ley sólo podrán ser utilizados en la investigación para la que fueron obtenidos. Además en esta norma, se prevé que “Todos los fiche- ros que integran la base de datos… están sometidos al nivel de seguridad alto”. No debe pasar desapercibido que si bien es cierto que la información genética solamente es alcanzable a tra- vés de exámenes que importan procedimientos cientí- ficos complejos, que no se encuentran al alcance de la mayoría de personas y que su costo es elevado, lo cier- to es que al tratarse de alguna persona del medio artís- tico, político, empresarial o de cualquier figura públi- ca, sin descartar algún sujeto que por sus condiciones Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria33
  • 34.
    personales resultara delinterés de una colectividad sin que hubiere fundamento legal para ello si no única- mente un ánimo de morbosidad, podría ver vulnerados sus derechos a la dignidady a la intimidad, por lo que resulta necesario establecer la protección de esta in- formación antes de que sea efectivamente vulnerada, por lo que válidamente podemos citar los casos de Ar- gentina, Chile y España, que documentan que la infor- mación genética es susceptible de protegerse desde la propia ley. En nuestro país, el artículo 6 apartado A, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi- canos, señala que la “la información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes” siendo su norma reglamentaria la Ley General de Transparencia y Acceso a la a Información Pública, que en su artículo 1 dispone que “La presente Ley es de orden público y de observancia general en toda la República” ya que tiene por objeto establecer los prin- cipios, bases generales y procedimientos necesarios para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Ju- dicial, órganos autónomos, así como de cualquier per- sona física, moral o sindicato que reciba y ejerza re- cursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las Entidades Federativas y los munici- pios, sin embargo, dichas autoridades podrán clasificar la información, como reservada o confidencial, cuan- do sea necesario, en el primer caso, por ejemplo, por causa de seguridad nacional, por obstruir la preven- ción o persecución de delitos, o porque se vulnere la conducción de los expedientes judiciales; será confi- dencial la información que contenga datos personales concernientes a una persona identificada o identifica- ble, tales como los secretos bancarios, fiscales o co- merciales, de tal manera que se comprende la infor- mación genética, no obstante ello, se estima pertinente incluirlo de manera puntual para salvaguardar los de- rechos a la intimidad y a la dignidad de las personas cuya información se incluya en el registro nacional ge- nético a que se refiere esta iniciativa. De la siguiente manera: Por los argumentos antes expuestos, someto a consi- deración del pleno de la Cámara de Diputados del ho- norable Congreso de la Unión, la siguiente propuesta de proyecto de Decreto que adiciona la fracción XII al artículo 6 de la Ley General de Salud y, el artículo 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Infor- mación Pública Para quedar como sigue: Artículo Primero. La adición al artículo 6, es: Artículo 6o. El Sistema Nacional de Salud tiene los siguientes objetivos: … XII.- Constituir y coordinar el registro nacional genético para la identificación de personas en la investigación de delitos y en litigios sobre pater- nidad y maternidad. Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201634
  • 35.
    Artículo Segundo. Lareforma al artículo 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Informa- ción Pública, es: Artículo 116. Se considera información confidencial la que contiene datos personales concernientes a una persona identificada o identificable. La información confidencial no estará sujeta a tempo- ralidad alguna y sólo podrán tener acceso a ella los ti- tulares de la misma, sus representantes y los Servido- res Públicos facultados para ello. Se considera como información confidencial: los se- cretos bancario, fiduciario, industrial, comercial, fis- cal, bursátil y postal, cuya titularidad corresponda a particulares, sujetos de derecho internacional o a suje- tos obligados cuando no involucren el ejercicio de re- cursos públicos y la información genética de las per- sonas. Asimismo, será información confidencial aquella que presenten los particulares a los sujetos obligados, siempre que tengan el derecho a ello, de conformidad con lo dispuesto por las leyes o los tratados interna- cionales. Transitorios Primero. La presente reforma entrará en vigor a los ciento ochenta días de su publicación en el Diario Ofi- cial de la Federación. Segundo. La Secretaría de Salud emitirá el Reglamen- to del Registro Nacional Genético en los sesenta días posteriores al inicio de vigencia de la presente refor- ma. Tercero. El reglamento a que se refiere el artículo an- terior, regulará lo relativo a la recopilación, sistemati- zación, custodia y suministro de la información, ga- rantizando el manejo de datos genéticos de identificación exclusivamente y la protección de datos personales. Cuarto. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se cubrirán con cargo al presupuesto autorizado de la Secretaría de Salud para el presente ejercicio fiscal y los subsecuen- tes. Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México; a 31 de agosto de 2016. Diputada Rosalina Mazari Espín (rúbrica) (Turnada a la Comisión de Salud. Agosto 31 de 2016.) QUE REFORMA EL ARTÍCULO 215, FRACCIÓN V, Y ADICIO- NA UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 216 DE LA LEY GENERAL DE SALUD, RECIBIDA DE LA DIPUTADA ROSALINA MAZA- RI ESPÍN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 31 DE AGOSTO DE 2016 Diputada Rosalina Mazari Espín, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucio- nal, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Esta- dos Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, so- mete a consideración de esta asamblea la presente ini- ciativa, de conformidad con la siguiente Exposición de Motivos Los patrones de alimentación y nutrición en los hoga- res mexicanos enfrentan permanentes transformacio- nes y retos, los cuales se vinculan con la oferta de ali- mentos y bebidas, con los estilos de vida, así como con las condiciones laborales, educativas y de movilidad que enfrentan los mexicanos. Estos patrones obligan a los ciudadanos a buscar dife- rentes formas de alimentación que les permitan contar con una dieta equilibrada y suficiente, para lo cual ne- Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria35
  • 36.
    cesitan información yeducación accesible, mediante la cual puedan identificar las mejores opciones que les permitan integrar una dieta balanceada. Esta información y educación no sólo se construyen mediante políticas públicas gubernamentales, sino a través de los productos que se comercializan en el mercado, los cuales brindan a los ciudadanos informa- ción, misma que en el ámbito de la regulación sanita- ria y comercial se encuentra sometida a fórmulas de estandarización y normalización, para que se identifi- quen los requisitos mínimos e indispensables que de- ben presentar los productos en su etiquetado o publici- dad. La publicidad se encuentra sometida a otro tipo de re- gulaciones, mismas que buscan prevenir que los con- sumidores sean objeto de abusos comerciales o de in- formación sanitaria que no es veraz o comprobable, lo que puede implicar una afectación a los consumidores en su patrimonio o salud. Así, en la medida que la legislación y regulación sobre los alimentos permita a los consumidores entender mejor el alcance de estos productos, contribuirá a que se alleguen de la mejor variedad que se acomode a sus posibilidades económicas y necesidades nutrimenta- les. Dentro del ámbito de alimentos y bebidas se encuentra una categoría denominada “suplementos alimenti- cios”, la cual ha demostrado en los años recientes un crecimiento constante en sus ventas, en virtud de que los consumidores encuentran que estos productos con- tribuyen a su alimentación. El gobierno mismo es un gran comprador de estos pro- ductos, pues al conocer los beneficios nutrimentales de los suplementos alimenticios, los incorpora en pro- gramas sociales de combate a la pobreza y nutrición, tal cual como en su último Informe de Gobierno lo re- conoció el presidente de la República, Enrique Peña Nieto: “Como me comprometí hace un año, Oportuni- dades evolucionó y se convirtió en el programa de in- clusión social Prospera que ahora respalda a 6.1 millo- nes de familias. Entre sus mejoras destacan: nuevos suplementos alimenticios”. Lo anterior refleja que el consumo de los suplementos alimenticios aumenta no sólo mediante el consumo privado, sino mediante su incorporación en programas sociales de gran alcance. Este crecimiento obliga a po- ner atención al desarrollo de esta industria, buscar la fórmula de impulsar su crecimiento ordenado para que contribuya al desarrollo social de nuestro país. En efecto, en la medida que este mercado se desarrolle de manera adecuada y positiva, se fortalecerá la compe- tencia, lo cual incidirá en la innovación de productos, mejor distribución y fijación de precios a favor de los consumidores. La legislación y regulación de los suplementos ali- menticios encuentra múltiples oportunidades para me- jorar, que permita a los consumidores entender mejor el papel que estos tienen en su alimentación y nutri- ción diaria, a que los programas sociales encuentren más alternativas para incluir en sus contenidos, así co- mo a la industria a desarrollarse de una manera más or- denada, positiva y sólida. Lo anterior resulta de gran importancia, pues esta industria brinda también fuen- tes de empleo e ingresos a las familias, los cuales no sólo se encuentran en la parte científica, técnica, pro- ductiva, operativa, sino también en la parte comercial, pues estos productos han encontrado en los mecanis- mos de venta directa un canal de comercialización, lo cual ha permitido a miles de familias a contar con re- cursos importantes en sus finanzas y patrimonio. Avanzar en esta oportunidad de mejora, implica tam- bién prevenir y combatir prácticas irregulares e ilega- les, en particular aquellas que contaminan la informa- ción que se brinda a los consumidores, como es el caso de los llamados “productos milagro”, los cuales apro- vechan una zona gris entre alimentos, suplementos y medicamentos, para confundir al consumidor en torno a falsos efectos que estos producen. Si bien la Comi- sión Federal para la Protección contra Riesgos Sanita- rios (Cofepris) ha tenido resultados eficaces en este ámbito, la producción y comercialización de nuevos productos que se publicitan de manera engañosa con- tinúa permanentemente. Lo anterior representa una oportunidad para que me- diante medidas legislativas y regulatorias de vanguar- dia, se reduzca la información engañosa que caracteri- za a estos productos, que se eficienten los mecanismos y acciones de prevención y combate, así como que exista mayor certidumbre jurídica respecto de la pu- blicidad y declaraciones válidas que se pueden realizar en este mercado regulado. Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201636
  • 37.
    Con estas consideraciones,y con una visión integral que sistematiza los derechos humanos a la alimenta- ción y a la protección a la salud, en el marco de nues- tra rectoría económica de estado y los principios de competencia económica y productividad, se somete a consideración de esta honorable Cámara de Diputa- dos, la presente iniciativa de reformas a la Ley Gene- ral de Salud, que contempla modernizar la definición legal de los suplementos alimenticios, sus parámetros de publicidad, así como medidas regulatorias que ga- rantizarán un desarrollo adecuado de la industria, en beneficio de la alimentación y salud de los consumi- dores. Lo anterior, con base en el estudio de mejores experiencias legislativas y regulatorias comparadas, que han demostrado ser exitosas. Así las cosas, con base en lo que dispone el artículo 215 de la Ley General de Salud, los suplementos ali- menticios se encuentran dentro de la categoría de ali- mentos y bebidas: “Artículo 215. Para los efectos de esta ley, se en- tiende por: I. Alimento: cualquier substancia o producto, sólido o semisólido, natural o transformado, que propor- cione al organismo elementos para su nutrición; II. Bebida no alcohólica: cualquier líquido, natural o transformado, que proporcione al organismo ele- mentos para su nutrición; III. Materia prima: substancia o producto, de cual- quier origen, que se use en la elaboración de ali- mentos y bebidas no alcohólicas y alcohólicas; IV. Aditivo: Cualquier substancia permitida que, sin tener propiedades nutritivas, se incluya en la for- mulación de los productos y que actúe como estabi- lizante, conservador o modificador de sus caracte- rísticas organolépticas, para favorecer ya sea su estabilidad, conservación, apariencia o aceptabili- dad. V. Suplementos alimenticios: productos a base de hierbas, extractos vegetales, alimentos tradi- cionales, deshidratados o concentrados de fru- tas, adicionados o no, de vitaminas o minerales, que se puedan presentar en forma farmacéutica y cuya finalidad de uso sea incrementar la inges- ta dietética total, complementarla o suplir algu- no de sus componentes.” Esta definición legal se encuentra desfasada de acuer- do con las principales tendencias mundiales, pues ex- cluye tres aspectos fundamentales que son reconoci- dos en las definiciones legales de otros países líderes en este sector: i) En primer lugar, existen una serie de ingredientes que son reconocidos como fuente de su- plementos alimenticios, lo cual les permite ofrecer una gama más amplia de productos; ii) En segundo lugar, no se reconocen los efectos fisiológicos que genera el consumo de estos suplementos alimenticios; iii) No se considera un marco regulatorio claro que prevenga la difusión de publicidad que contenga declaraciones fal- sas, engañosas o milagrosas, ni que permita a quienes sí demuestren la veracidad de sus declaraciones a ha- cer la publicidad adecuada. Este último aspecto nos mantiene en una situación doblemente negativa, pues no se reduce la existencia de productos milagro ni se permite que la industria legal publicite sus productos. En ambos casos el consumidor pierde, pues sigue re- hén de la confusión que genera la publicidad milagro de los primeros, y le impide conocer los efectos fisio- lógicos y nutrimentales que verazmente generan los segundos. Definición de suplementos alimenticios Resulta importante presentar cuáles son las definicio- nes legales que se han desarrollado en otros países. Al respecto, Estados Unidos de América es uno de los pioneros en propiciar un marco legal y regulatorio pa- ra estos productos. En el primer caso, se trata de una serie de disposiciones que tienden a definir a los su- plementos alimenticios y establecer competencias bá- sicas a las autoridades en sus tareas regulatorias, de cumplimiento y correctivas. Cabe señalar, que al en- contrarse los suplementos alimenticios dentro de la ca- tegoría de alimentos y bebidas, se considera que son de bajo riesgo sanitario, por lo que la autoridad com- petente sólo emite criterios enfocados a la producción y distribución, y permite que sea la industria la que compruebe la veracidad de su información y publici- dad. De esta manera, los suplementos alimenticios se encuentran definidos desde 1994, como: “Un suplemento alimenticio es un producto destinado a la ingestión que contiene un ingrediente nutricional destinado a aumentar el valor nutricional de la dieta. Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria37
  • 38.
    Un ingrediente nutricionalpuede ser una o cualquiera combinación de las siguientes substancias: una vitami- na, un mineral, una hierba u otro ingrediente botánico, un aminoácido, una substancia nutricional que com- plemente la dieta incrementando la ingesta dietética total, un concentrado, metabolito, constituyente o ex- tracto. Los suplementos alimenticios pueden ser en- contrados en muchas formas tales, como tabletas, cáp- sulas, cápsulas blandas, cápsulas de gelatina, líquidos o polvo. Algunos suplementos alimenticios pueden ayudar a asegurar que se obtiene un consumo adecua- do de nutrientes esenciales, otros pueden ayudar a re- ducir el riesgo de enfermedades.” De una manera posterior, y reconociendo que se trata de un mercado en expansión y que por tanto conviene propiciar mayor competencia y crecimiento ordenado, la Comisión Europea emitió una serie de disposiciones en las que define a los suplementos alimenticios como: “Alimentos cuyo propósito es suplementar la dieta normal y que tienen fuentes concentradas de nutrien- tes u otras substancias con un efecto nutricional o fi- siológico, por sí mismo o combinado, comercializado en forma de dosis, como cápsulas, pastillas, tabletas, píldoras y otras formas, bolsas con polvos, ampollas de líquidos, goteros, y otras formas de líquidos y pol- vos diseñados para ser tomados en medidas de peque- ñas cantidades unitarias. México actualmente se encuentra en una situación re- gulatoria de desventaja frente a los Estados Unidos de América y la Unión Europea, principales socios co- merciales del país, y en donde la información de los su- plementos alimenticios es clara, precisa y educativa pa- ra el consumidor, y es posible la innovación de los suplementos alimenticios derivado de la investigación científica ofreciendo productos de vanguardia enfoca- dos en la necesidad de los consumidores. Una defini- ción moderna y apegada a la realidad del siglo XXI en la legislación mexicana abrirá la posibilidad de desa- rrollo de nuevos productos e incremento de la actividad económica para el crecimiento de país, así como contar con una oferta ordenada y regulada de los mismos.” Efectos fisiológicos En tiempos recientes, se ha generado una tendencia creciente a que la publicidad de alimentos y bebidas contengan declaraciones de los efectos fisiológicos que implica el consumo de ciertos ingredientes y ali- mentos. Esto contribuye a informar al consumidor res- pecto de los nutrimentos que requiere para su dieta y de aquellos productos que por las propiedades y efec- tos fisiológicos de sus ingredientes prefiera sobre otros. En este sentido se ha generado una amplia literatura en donde existe un consenso respecto de lo que significan los efectos fisiológicos. Para entender el alcance de es- tos efectos, resulta indispensable entender el modelo de homeostasis, mismo que fue definido por el Comi- té de Salud Pública del Consejo Europeo (CPSCE), para quien los suplementos alimenticios ayudan a mantener, apoyar y optimizar las funciones fisiológi- cas del organismo, mientras que los medicamentos buscan restaurar, corregir o modificar estas mismas funciones. Lo anterior, significa que los suplementos alimenticios están dirigidos a personas que tienen ni- veles normales y estables del funcionamiento del cuer- po, mientras que, cuando este balance normal (home- ostasis) se altera, los medicamentos son los indicados para regresarlo a la normalidad. Esta definición es consistente también con lo dispuesto en la Ley Gene- ral de Salud, pues los suplementos alimenticios al te- ner como objeto “incrementar la ingesta dietética total, complementarla o suplir alguno de sus componentes”, significa que se administran en condiciones de equili- brio homeostático. De esta manera, se reconocen los efectos fisiológicos de los suplementos alimenticios y al mismo tiempo se diferencian de los medicamentos. Esta referencia es fundamental, pues traza la frontera entre los efectos fisiológicos de los efectos terapéuti- cos. El primero parte de un estado de salud adecuado, por lo cual los efectos fisiológicos contribuyen a man- tener esta situación. Los segundos, en cambio, recono- cen la existencia de un problema de salud y por tanto implica recurrir a productos que curen, alivien o brin- den tratamiento a enfermedades o deficiencias. Esta importante diferencia traza una clara frontera entre los alimentos y bebidas, en general, y de los suplementos alimenticios, en particular, de cuyo consumo sólo pue- den generarse efectos fisiológicos, y no cuentan con propiedades para aliviar, curar o tratar enfermedades, lo cual se encuentra específicamente reservado para los medicamentos. Una vez aclarado el punto anterior, es importante re- conocer que a diferencia de los alimentos y bebidas, Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201638
  • 39.
    los suplementos alimenticios–que insisto se encuen- tran en la misma categoría legal–, no pueden incluir en su publicidad ninguna declaración de efectos fisiológi- cos. Esta prohibición genera un trato legal inequitativo e impide que los consumidores identifiquen con clari- dad el efecto fisiológico que implica el consumo de los suplementos alimenticios. Esta imposibilidad afecta tanto a consumidores, como a la industria. Una de las razones que puede explicar esta situación, es que el le- gislador y regulador han desconfiado históricamente de los productos conocidos como “milagro”, los cua- les como se ha advertido, aprovechan esa zona gris en- tre los alimentos y bebidas, los suplementos alimenti- cios y los medicamentos. Al respecto, existen dos modelos regulatorios que es conveniente señalar. Por un lado, en Estados Unidos, los suplementos alimenticios pueden incluir en sus productos y publicidad declaraciones de propiedades fisiológicas, a lo cual deben agregar la leyenda: “Esta información no ha sido evaluada por la Food and Drug Administration (FDA). Este producto no tiene la intención de diagnosticar, tratar o curar o prevenir nin- guna enfermedad”. Esta visión regulatoria parte del principio de que los suplementos alimenticios, por ser alimentos, son considerados de bajo riesgo. De ahí que exista amplia libertad en cómo las empresas incorpo- ran sus declaraciones fisiológicas, que en caso de ha- ber alguna disputa de su veracidad, son analizadas y, en su caso, sancionadas, en el ámbito comercial por la Comisión Federal de Comercio (FTC, por sus siglas en inglés). Por otro lado, encontramos el modelo regulatorio de la Unión Europea, el que consideramos muy positivo y más aplicable a la regulación mexicana. Por un lado, restringe la publicidad que contenga declaraciones fi- siológicas para todo producto. Por tanto, existe una vi- sión restrictiva. Pero por el otro lado, se genera una excepción para que a partir de aquellas declaraciones de propiedades fisiológicas que sean debida y explíci- tamente autorizadas por la autoridad sanitaria europea, se puedan incluir en la publicidad de los suplementos alimenticios. Esto implica que la industria debe cum- plir con las modalidades, presentaciones, cantidades e ingredientes en los términos exactos que la autoridad sanitaria publica y permite, y sólo así, pueden incluir declaraciones de propiedades fisiológicas en la publi- cidad de sus productos. Lo anterior es una solución virtuosa, pues brinda fa- cultades a la autoridad para cumplir con sus funciones de protección a la salud y de contribuir al derecho a la alimentación. Por el otro lado, genera un blindaje con- tra los productos milagro, pues por un lado limita a que las empresas publiciten solo lo que está expresa- mente permitido, y además, reduce la probabilidad de litigiosidad entre la autoridad y las empresas. Lo ante- rior, gracias a que al definir parámetros objetivos so- bre lo cual pueden contener las declaraciones de efec- tos fisiológicos, se evitan litigios y prácticas dilatorias de empresas que buscan distraer a las autoridades a través de supuestos estudios o información no com- probable. Esto es un gran paso para fortalecer el mer- cado de manera integral, consumidores, industria y re- guladores, y reducir el margen de acción a quien sólo busca defraudar o engañar a los consumidores. Por estos motivos, es que la Unión Europea incluye dentro de los suplementos alimenticios la posibilidad de incluir en su publicidad o información, declaracio- nes de efectos fisiológicos. Publicidad regulada Dicho lo anterior, el Reglamento (UE) número 432/2012 de la Comisión de 16 de mayo de 2012, vi- gente y aplicable en la Unión Europea, cuenta con un registro de declaraciones autorizadas, mismo que pue- de ser consultado públicamente por internet, y contri- buye a que la competencia se refleje en mejores pro- ductos en el mercado. Asimismo, el Reglamento en comento es dinámico, y permite que la industria so- meta a consideración de la autoridad sanitaria infor- mación que evidencie y pruebe que nuevos efectos fi- siológicos puedan ser atribuidos al consumo de ciertos ingredientes y nutrientes. Esta medida es muy favora- ble, pues la regulación publicitaria es proporcional y balanceada al riesgo sanitario que implica consumir los suplementos alimenticios, que como ya se indicó anteriormente es muy bajo, y permite al mismo tiem- po que la industria investigue en nuevos productos, mismos que serán valorados por la autoridad, y no in- hibe la innovación ni desarrollo de nuevos productos. En efecto, la Unión Europea contempla en el Regla- mento CE número 353/2008 una serie de disposicio- nes en materia de declaraciones, mismas que definen como “cualquier mensaje o representación que no sea obligatorio con arreglo a la legislación comunitaria o Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria39
  • 40.
    nacional, incluida cualquierforma de representación pictórica, gráfica o simbólica, que afirme, sugiera o dé a entender que un alimento posee unas características específicas”. De manera específica, define a las decla- raciones nutricionales, como “cualquiera que afirme, sugiera o dé a entender que un alimento posee propie- dades nutricionales benéficas específicas con motivo del aporte energético (valor calórico) que proporciona o dé los nutrientes u otras sustancias que contiene”. Mientras tanto, las declaraciones de propiedades salu- dables o fisiológicas son aquellas que “afirmen, sugie- ran o den a entender que existe una relación entre una categoría de alimentos, un alimento o uno de sus cons- tituyentes, y la salud”. La regulación europea determi- na que ninguna declaración debe ser falsa, ambigua o engañosa, ni dar lugar a dudas sobre la seguridad y/o la adecuación nutricional de otros alimentos; ni alentar o aprobar el consumo excesivo de un alimento; ni su- gerir que una dieta equilibrada no proporciona canti- dades adecuadas de nutrientes. En el mismo Reglamento, la Comisión establece los perfiles nutricionales que deben respetarse en las de- claraciones y define lo que se toma en cuenta: canti- dad, función o importancia de los alimentos. Al esta- blecer los perfiles nutricionales, la Comisión Europea consultará a la industria y consumidores. De manera muy relevante, se enfatiza en el espíritu restrictivo, pues sólo se permite incluir declaraciones si se ha de- mostrado y contiene el ingrediente en las cantidades previstas y se encuentren sustentadas en datos científi- cos generalmente aceptados. Al respecto, la técnica regulatoria en materia de decla- raciones de propiedades saludables es prohibitiva y so- lo se permite a quienes cumplan con la regulación en los siguientes términos y estén autorizadas e incluidas en las listas de declaraciones autorizadas, mismas que solamente se permitirán si se incluye la siguiente in- formación en el etiquetado o, de no existir éste, en la presentación y la publicidad: a) una declaración en la que se indique la importan- cia de una dieta variada y equilibrada y un estilo de vida saludable; b) la cantidad de alimento y el patrón de consumo requeridos para obtener el efecto benéfico declara- do; c) en su caso, una declaración dirigida a las perso- nas que deberían evitar el consumo del alimento, y d) una advertencia adecuada en relación con los productos que pueden suponer un riesgo para la sa- lud si se consumen en exceso. Finalmente, el Reglamento en comento establece la creación de un listado comunitario de declaraciones, el cual se fue integrando desde los estados miembros, hasta la Comunidad. El mismo reglamento define for- mas para adicionar declaraciones o realizar cambios, así como los requisitos de las solicitudes. Las solicitu- des de autorización son recibidas en los países, quie- nes los remiten a la comisión, y deben incluir, entre otros aspectos, el nutriente u otra sustancia, o el ali- mento o la categoría de alimentos acerca del cual vaya a efectuarse la declaración de propiedades saludables y sus características específicas; asimismo una copia de los estudios, incluidos, cuando existan, los estudios independientes revisados por expertos, que se hayan llevado a cabo en relación con la declaración de pro- piedades saludables; propuesta de redacción de la de- claración de propiedades saludables para la que se de- sea obtener autorización, incluidas, en su caso, las condiciones específicas de uso. La autoridad dictami- nará en un plazo límite de seis meses, el cual podrá ampliarse y verificará que la redacción propuesta de la declaración de propiedades saludables se fundamenta en datos científicos; podrá aconsejar que la redacción propuesta de la declaración de propiedades saludables sea comprensible y tenga sentido para el consumidor medio. De esta manera, se crea el registro comunitario de declaraciones nutricionales y de propiedades salu- dables relativas a alimentos, que contiene: a) las declaraciones nutricionales y las condiciones aplicables; b) las restricciones adoptadas; c) las declaraciones de propiedades saludables au- torizadas y las condiciones que se les aplican; d) una lista de las declaraciones de propiedades sa- ludables rechazadas, así como los motivos de su re- chazo. La experiencia europea evidencia que es posible y re- comendable que la autoridad regule restrictivamente la Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201640
  • 41.
    posibilidad de publicitardeclaraciones de efectos fi- siológicos de los suplementos alimenticios. Por un la- do, la autoridad define restrictivamente las declaracio- nes válidas, y por otro la industria puede someter a consideración de aquella la inclusión de nuevas decla- raciones, previa demostración científica. En este senti- do, en México proponemos que en la Ley General de Salud se considere que la Cofepris definirá limitativa- mente cuáles serán las declaraciones fisiológicas per- mitidas y defina –en el ámbito de sus atribuciones– los mecanismos administrativos más pertinentes y ade- cuados para elaborar el listado en comento, así como los procesos para modificar el mismo. Así, en la pre- sente propuesta se contempla una transición a una pu- blicidad regulada y confiere a la autoridad sanitaria la potestad para definir qué declaraciones son válidas realizar y cuáles no. En este sentido, si bien señalo como ejemplo el regis- tro de declaraciones publicitarias de la Unión Europea, la iniciativa no establece que la autoridad sanitaria me- xicana deba instrumentar exactamente el mismo me- canismo. En todo caso, se deja un margen suficiente- mente amplio para que dicha autoridad defina en el ámbito de sus facultades regulatorias y de vigilancia, las medidas administrativas que mejor le permitan cumplir con esta función. Cargas regulatorias y presupuestarias La presente iniciativa de reformas a la Ley General de Salud no representa ninguna carga regulatoria para las empresas ni carga presupuestaria para el gobierno. En el primer caso, el cambio de definición no restringe la actual relación jurídica entre la industria y el estado. Además, dado que hoy existe la imposibilidad de pu- blicitar este tipo de declaraciones de propiedades fi- siológicas, se trata de una medida ordenada de desre- gulación. En el segundo caso, no se obliga a generar ninguna estructura burocrática para poder cumplir con las presentes disposiciones, ni se define la obligación de incurrir en ningún tipo de gasto tecnológico, ni de comunicación, ni de otra índole. Por los argumentos expuestos, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa con pro- yecto de Decreto por el que se reforma la Ley General de Salud en materia de suplementos alimenticios En materia de suplementos alimenticios Artículo Primero. Se reforma la fracción V del artí- culo 215 de la Ley General de Salud, para quedar de la siguiente manera: “Artículo 215. … V. Suplemento alimenticio: Es aquel producto cuyo propósito es adicionar, complementar o in- crementar la dieta y que es fuente concentrada de nutrimentos y/u otras sustancias procedentes de fuentes naturales y/o sintéticas con efecto fi- siológico o nutricional, y es ingerida por vía oral. Puede contener, en forma simple o combinada, vitaminas, minerales, proteínas, aminoácidos, carbohidratos, lípidos, sustancias de fuentes ani- males, minerales y/o plantas en forma de extrac- tos, aislados, concentrados, ingredientes bioacti- vos u otros nutrimentos y sus derivados. Puede presentarse en forma de comprimidos (ta- bletas, grageas), cápsulas, polvos, soluciones, emulsiones, suspensiones, elixires, geles, jaleas, pastillas, granulados, gomas de mascar, gomas de grenetina, obleas, barras, y cualquier otra que por innovación tecnológica llegue a existir y se alinee a esta definición.” Artículo Segundo. Se adiciona un tercer párrafo al ar- tículo 216 de la Ley General de Salud, para quedar co- mo sigue: “Artículo 216. … En materia de suplementos alimenticios queda pro- hibido que en su publicidad se realicen declaracio- nes de propiedades fisiológicas, a menos que éstas se encuentren debidamente aprobadas por la Co- misión. Para estos propósitos, la Comisión definirá las medidas regulatorias y administrativas median- te las cuales se elaborarán y publicarán las decla- raciones de carácter fisiológico que serán permiti- das. Las infracciones en esta materia serán procesadas y sancionadas en los términos que con- templa la presente ley y el reglamento de publici- Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria41
  • 42.
    dad. Publicar declaracionesde efectos fisiológicos no aprobadas por la comisión, será considerado co- mo una infracción grave a la presente ley.” Transitorios Primero. El presente decreto entrará en vigor el día si- guiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo. La comisión contará con un plazo de 6 me- ses a partir de la publicación de la presente reforma, para publicar la lista de declaraciones de propiedades fisiológicas válidas que podrá la industria incluir en sus productos. Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 31 de agosto de 2016. Diputada Rosalina Mazari Espín (rúbrica) (Turnada a la Comisión de Salud. Agosto 31 de 2016.) Actas DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO SOCIAL, CIRCUNSTAN- CIADA DE LA SÉPTIMA REUNIÓN DE JUNTA DIRECTIVA, PROGRAMADA PARA EL MARTES 23 DE AGOSTO DE 2016 A las nueve horas con treinta minutos del martes vein- titrés de agosto de dos mil dieciséis, en el salón A del edificio G, situado en la honorable Cámara de Diputa- dos, con domicilio en avenida Congreso de la Unión, número 66, colonia El Parque, delegación Venustiano Carranza, y con fundamento en el artículo 160, nume- ral 4, y 167, numeral 3, se levantó el acta circunstan- ciada, en virtud de que no se contó con el quórum re- glamentado. Cabe citar que el presidente de la comisión, diputado Javier Guerrero García, conversó con los diputados y las diputadas, en el transcurso de los treinta minutos reglamentarios, sin embargo al no integrarse el quórum, concluyó dando por cancelada la reunión y agradeció la presencia de las diputadas y los diputados presentes: Alejandro Armenta Mier, David Epifanio López Gutiérrez, Adriana Terrazas Porras, Gabriela Ramírez Ramos, Ximena Tamariz, Natalia Karina Barón Ortiz, Araceli Damián González y Án- gel García Yáñez. Se anexa la lista de asistencia y las justificaciones de inasistencia, que los diputados y las diputadas enviaron previa a la celebración de la pre- sente reunión. Palacio Legislativo de San Lázaro, a veintitrés días de agosto de dos mil dieciséis. La Junta Directiva de la Comisión de Desarrollo Social Diputados: Javier Guerrero García (rúbrica), presidente; Alejan- dro Armenta Mier (rúbrica), David López Gutiérrez (rúbrica), Adriana Terrazas Porras, Miguel Ángel Huepa Pérez, Gabriela Ra- mírez Ramos (rúbrica), Ximena Tamariz García (rúbrica), Natalia Karina Barón Ortiz (rúbrica), Érika Irazema Briones Pérez, María Elida Castelán Mondragón, Diego Valente Valera Fuentes, Araceli Damián González (rúbrica), Carlos Lomelí Bolaños, Ángel García Yáñez (rúbrica), Hugo Éric Flores Cervantes, secretarios. Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201642
  • 43.
    DE LA COMISIÓNDE DESARROLLO SOCIAL, CIRCUNSTAN- CIADA DE LA REUNIÓN ORDINARIA LLEVADA A CABO EL MARTES 23 DE AGOSTO DE 2016 A las diez horas del martes veintitrés de agosto de dos mil dieciséis, en los salones C y D del edificio G, si- tuado en la honorable Cámara de Diputados, con do- micilio en avenida Congreso de la Unión 66, colonia El Parque, delegación Venustiano Carranza, y con fundamento en el artículo 160, numeral 4, y 167, nu- meral 3, se levantó el acta circunstanciada, en virtud de que no se contó con el quórum reglamentado. Cabe citar que el presidente de la comisión, diputado Javier Guerrero García, mencionó algunos temas de manera informal, indicó que se solicitaría prórroga a la Mesa Directiva para las iniciativas próximas a vencer. Pos- teriormente solicitó a las diputadas y los diputados sus comentarios y observaciones acerca del informe finan- ciero del primer semestre enero-junio 2016, el informe de desempeño del primer cuatrimestre enero-abril 2016 y el avance al mes de julio de 2016 sobre el plan de acción para la implementación de los principios de la alianza para el parlamento abierto, considerando que habían sido previamente enviados y a fin de inte- grar y enviar los primeros dos informes a la Conferen- cia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos. Consecutivamente mencionó que con el fin de darle atención a la agenda legislativa y trabajar específicamente en materia de dictámenes, se convo- caría a una reunión extraordinaria en la primera sema- na de septiembre y posteriormente para la tercera se- mana se llevaría a cabo la reunión de junta directiva y ordinaria. En relación con la solicitud de la diputada Araceli Damián González para convocar al licenciado Julio Alfonso Santaella Castell, titular del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el presi- dente indicó que será programada en la agenda para una próxima reunión de trabajo. Por otro lado, reiteró la invitación al evento con el Programa Universitario de Estudios del Desarrollo de la Universidad Nacional Autónoma de México, sobre el Informe del Desarrollo en México 2015. Finalmente, al no haber ninguna in- tervención adicional, el presidente Javier Guerrero García concluyó dando por cancelada la reunión y agradeció a las diputadas y los diputados presentes: Alejandro Armenta Mier, Adriana Terrazas Porras, Da- vid Epifanio López Gutiérrez, Gabriela Ramírez Ra- mos, Ximena Tamariz García, Natalia Karina Barón ‘Ortiz, Araceli Damián González, Ángel García Yá- ñez, Edith Anabel Alvarado Varela, José de Jesús Ga- lindo Rosas, Pablo Elizondo García, Evelyng Soraya Flores Carranza, Alicia Guadalupe Gamboa Martínez, Norma Xóchitl Hernández Colín, Dora Elena Real Sa- linas y Miguel Ángel Sulub Caamal. Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veintitrés días de agosto de dos mil dieciséis. La Junta Directiva de la Comisión de Desarrollo Social Diputados: Javier Guerrero García (rúbrica), presidente; Alejan- dro Armenta Mier (rúbrica), David López Gutiérrez (rúbrica), Adriana Terrazas Porras, Miguel Ángel Huepa Pérez, Gabriela Ra- mírez Ramos (rúbrica), Ximena Tamariz García (rúbrica), Natalia Karina Barón Ortiz (rúbrica), Érika Irazema Briones Pérez, María Elida Castelán Mondragón, Diego Valente Valera Fuentes, Araceli Damián González (rúbrica), Carlos Lomelí Bolaños, Ángel García Yáñez (rúbrica), Hugo Éric Flores Cervantes, secretarios. Informes DEL DIPUTADO VITALICO CÁNDIDO COHETO MARTÍNEZ, SOBRE EL NOVENO PERIODO DE SESIONES DEL MECANIS- MO DE EXPERTOS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE LA ONU, EFECTUADO DEL LUNES 11 AL VIERNES 15 DE JULIO DE 2016 EN GINEBRA, SUIZA I. Presentación Con fecha 14 de junio del año en curso, a través de la Dirección General del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (Inali), y mediante oficio: INALI.A.A.S./ 0043/2016, esta comisión recibió invitación para asis- tir al “noveno periodo de sesiones del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indíge- nas” de la Organización de las Naciones Unidas (ONU),” en Ginebra, Suiza, del lunes 11 al viernes 15 de julio de 2016. Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria43
  • 44.
    De conformidad conlo dispuesto en el artículo 39, nu- meral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General, así como lo establecido en los artículos 6, fracción XVII, 270, numeral 1, fracción II, 272, numeral 1, fracción IV, 277, numeral 1, y 278 y demás relativos del Re- glamento de la Cámara de Diputados, la junta directi- va de la Comisión de Asuntos Indígenas, con fecha 15 de junio de 2016, acordó integrar una delegación de le- gisladoras y legisladores, con el propósito de asistir al interesante foro. En ejercicio de sus facultades legales y reglamenta- rias, la Junta de Coordinación Política de la honorable Cámara de Diputados aprobó la asistencia de una de- legación legislativa integrada por los siguientes dipu- tados: Karina Sánchez Ruíz, Aracely Madrigal Sán- chez, Vitálico Cándido Coheto Martínez y Hugo Alejo Domínguez, todos integrantes de la Comisión de Asuntos Indígenas. El foro nos permitió, abordar temas relevantes sobre derechos económicos, sociales y culturales de los pue- blos indígenas y dar seguimiento a los acuerdos de la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas de septiembre de 2014, realizada en Nueva York, Estados Unidos de América., así como a la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Los trabajos se desarrollaron conforme a la siguiente programación: Lunes 11 de julio 10:00 a 13:00: Apertura y organización de los trabajos Palabras de bienvenida: Por el embajador Negash Ke- bret Botora, vicepresidente del Consejo de Derechos Humanos y el señor Adam Abdelmoula, director de la División de los Mecanismos del Consejo de Derechos Humanos y de los Instrumentos de Derechos Huma- nos, ACNUDH. Tema 1: Elección de la mesa Apertura por parte del presidente del Mecanismo de Expertos 15:00 a 18:00 Tema 2: Aprobación del programa y organización de los trabajos Tema 3: Seguimiento de la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas, incluido el examen del manda- to del Mecanismo de Expertos. Martes 12 de julio 10:00 a 13:00 Tema 4: Mesa redonda sobre la promoción y protec- ción de los derechos de las personas indígenas con dis- capacidad. 15:00 a 18:00 Tema 5: Estudio y opinión sobre el derecho a la salud y los pueblos indígenas, centrado en los niños y los jó- venes. Miércoles 13 de julio 10:00 a 13:00 Tema 6: Derechos humanos de los pueblos indígenas en relación con las empresas. 15:00 a 18:0 Tema 7: Objetivos de desarrollo sostenible y derechos de los pueblos indígenas. Jueves 14 de julio 10:00 a 13:00 Tema 8: Buenas prácticas y estrategias para la aplica- ción de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. 15:00 a 18:00 Tema 9: Seguimiento de estudios temáticos y opinio- nes. Tema 10: Formulación de propuestas al Consejo de Derechos Humanos para su examen y aprobación. Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201644
  • 45.
    Viernes 15 dejulio 10:00 a 12:00 Sesión privada del Mecanismo de Expertos sobre de- rechos de los Pueblos Indígenas. 12:00 a 13:00 Tema 11: Aprobación del informe y clausura. II. Sesiones de trabajo Durante el desarrollo del tema 3: “El seguimiento de la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas”, el diputado Vitálico Cándido Coheto Martínez, en su in- tervención hizo entre otras, las propuestas siguientes: 1. Reafirmó la voluntad de México en el cumpli- miento de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y los resultados de la Conferencia Mundial de Pueblos Indígenas organizada por la ONU. 2. Recomendó erradicar las políticas de corte asis- tencial de atención a los Pueblos y Comunidades Indígenas, y propuso impulsar programas de desa- rrollo sostenible y sustentable. 3. Armonizar los sistemas normativos internos con las constituciones nacionales y los instrumentos in- ternacionales. 4. Que el Mecanismo de Expertos de la ONU convo- que a los Estados miembros a que en los casos donde se instrumenten proyectos como son: la generación de energía eólica, explotaciones forestal, mineras y pe- trolíferas, que puedan poner en riesgo la integridad fí- sica y cultural de los pueblos indígenas se les brinde previamente amplia información sobre los beneficios y posibles perjuicios que puedan causarle, para que con conocimiento de causa, estén en condiciones de otorgar su anuencia para su ejecución. 5. Fortalecer las políticas lingüísticas y educativas para garantizar una educación bilingüe e intercultu- ral de calidad. 6. Manifestó la imperiosa necesidad de proteger los Centros Ceremoniales Indígenas. A continuación se presenta el posicionamiento de la delegación mexicana sobre el tema 3 “Seguimiento de la Conferencia Mundial sobre los pueblos indígenas”, cuyo texto fue leído por el diputado Vitálico Cándido Coheto Martínez. Saludo con gusto a las y los asistentes, autoridades, personalidades diplomáticas, representantes de los pueblos indígenas, convencido de que nos reúne el ob- jetivo común de que las Naciones Unidas, el Consejo de Derechos Humanos y este Mecanismo de Expertos, impulsen mejores condiciones de vida para los pue- blos y comunidades originarias en todas las regiones y países del mundo. Felicito al señor Barume y a la señorita Yamada por su acertado nombramiento para presidir esta sesión. El 22 de septiembre de 2014, en un hecho histórico, fue aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el documento final del primer encuentro de al- to nivel dedicado exclusivamente al bienestar de los pueblos indígenas. En la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indíge- nas, México ratificó su compromiso de seguir traba- jando para que los pueblos originarios hagan efectivo el ejercicio de sus derechos. El reto es pasar de la intención a los hechos, por eso, expreso mi más amplio reconocimiento al Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indíge- nas, por haber incluido en el programa del Noveno Pe- riodo de Sesiones, un espacio para analizar y dar se- guimiento a los acuerdos de la Conferencia Mundial. Como mexicano, nacido en un estado con gran rique- za cultural, heredada de nuestros pueblos originarios, acudo a este foro con la convicción de que, lo que aquí acordemos contribuirá a que los compromisos estable- cidos, se sigan traduciendo en reformas legislativas y políticas públicas que garanticen la inclusión, respeto, bienestar y desarrollo para los pueblos indígenas. Estamos convencidos que la Declaración de las Na- ciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indí- genas y la Conferencia Mundial, constituyen la ruta para atender las demandas más sentidas de los pueblos originarios. Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria45
  • 46.
    Entre los acuerdosde la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas, celebrada en septiembre de 2014, destacan los siguientes: • El derecho de los pueblos indígenas a la consulta antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o ad- ministrativas que les afecten, a fin de obtener su consentimiento previo, libre e informado. • Asegurar el acceso a programas relacionados con los derechos a la salud, la vivienda, el agua, el sa- neamiento y el saneamiento, así como programas de desarrollo económicos, sociales, culturales y am- bientales para mejorar el bienestar de los pueblos y comunidades indígenas. • Garantizar su acceso igualitario a una educación de alta calidad, considerando las singularidades so- cio-culturales y lingüísticas de los pueblos origina- rios. • El desarrollo de capacidades y destrezas de las y los jóvenes indígenas, incluida su participación ple- na en la toma de decisiones. • El empoderamiento de las mujeres indígenas, pro- moviendo el desarrollo de sus capacidades y forta- leciendo su participación y liderazgo. • El reconocimiento y aplicación de los conoci- mientos, innovaciones y prácticas tradicionales de los pueblos indígenas, así como las aportaciones que puedan otorgar al desarrollo económico orien- tado a la sustentabilidad, sostenibilidad y equidad. La comunidad internacional, debe continuar actuando con firmeza y convicción, para procurar su cumpli- miento, así como, generar condiciones, pero sobre to- do oportunidades de desarrollo económico, social, cul- tural, ambiental y político a los pueblos indígenas. La voluntad de todos, debe seguirse reflejando en el día a día y no solo en los tratados y convenciones, pa- ra eso debemos ser autocríticos, críticos y defensores de esta causa. Identificar tanto los obstáculos, como las áreas de oportunidad y realizar las evaluaciones correspondien- tes de las medidas tomadas a favor de los derechos de los indígenas, ésta, debe ser una tarea permanente. Debemos vigilar el cumplimiento de los acuerdos in- ternacionales, para garantizar el respeto a los derechos humanos y procurar de manera más efectiva el respe- to a los derechos de nuestros pueblos originarios. La riqueza de la humanidad tiene su base en la diver- sidad. Tenemos que seguir trabajando por la armónica convivencia y el mejoramiento de la vida cotidiana de los pueblos indígenas. En México hemos escuchado sus sentidas demandas, nos hemos comprometido con ellas, y seguiremos tra- bajando para tener mejores resultados que impacten positivamente a los millones de hermanos indígenas que anhelan un futuro más justo, más incluyente y so- bretodo más próspero. Tema 6: Derechos humanos de los pueblos indígenas en relación con las empresas. En este tema la diputada doctora Araceli Madrigal Sánchez presentó el siguiente posicionamiento: Saludo con respeto al presidente por la acertada con- ducción de esta sesión. En los últimos años, en México la extracción de rique- zas minerales, acuíferas y energéticas, están siendo de- vastadas por empresas transnacionales. Un importante número de estas explotaciones se dan en territorios indígenas. El país enfrenta el desafío de resguardar los derechos de los pueblos indígenas frente el avance sistemático de las compañías que están afectando dichos recursos. Se tienen casos específicos donde los pobladores están resistiendo de manera organizada estos embates. En el sureste del país, con las eólicas, que se están ins- talando con el capital extranjero, así como en Baja Ca- lifornia; las petroleras de Tabasco y Campeche en el Golfo de México que se apropian de la riqueza del suelo y subsuelo, con la consiguiente devastación de los ecosistemas en la zona maya de Quintana Roo. Los indígenas quedan fuera de los beneficios econó- micos y sociales de esas empresas. Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201646
  • 47.
    No se puedeconfinar a los pueblos indígenas a depen- der del asistencialismo, sino incluirlos en programas básicos de educación, de salud, y de desarrollo soste- nible. Hasta ahora, los gobiernos de la región, se muestran más identificados con los intereses de los inversionis- tas violando sistemáticamente los derechos de los pue- blos indígenas, lo cual no debemos permitir. Es importante que el Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, plantee al Grupo de Trabajo de Derechos Humanos y Empresas, accio- nes que mejoren la relación de estas empresas con los indígenas. Esta medida puede resultar un paso estratégico en el cumplimiento de la Declaración de las Naciones Uni- das sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, que en su texto recomienda reconocer los derechos especí- ficos y libertades fundamentales de las sociedades ori- ginarias. Es oportuno pasar de las buenas intenciones a los he- chos concretos. En tanto los derechos de los pueblos indígenas sigan siendo vulnerados, los objetivos de la Declaración no se cumplirán a cabalidad. Señor presidente: La intervención del Mecanismo de Expertos, será re- conocida por los pueblos y comunidades indígenas de mi país. En el Tema 7: Objetivos de desarrollo sostenible y de- rechos de los pueblos indígenas, participé con la po- nencia “el Derecho al desarrollo con identidad y dig- nidad, en la que convoqué al Mecanismo de Expertos para que en su carácter de instancia multilateral, ex- horte a los Estados miembros a dar cabal cumplimien- to a la Agenda 2030, para abatir las desigualdades, la pobreza asumiendo el compromiso de impulsar el desarrollo de los pueblos indígenas, mediante el aprovechamiento de sus potencialidades y su capaci- dad de innovación para promover su crecimiento a tra- vés de programas y acciones que generen riqueza al interior de las comunidades, con estricto apego a su derecho de autodeterminación. Expuse asimismo, la necesidad de redefinir los indica- dores de pobreza, en virtud de que, los organismos es- pecializados, desde su óptica, consideran aspectos se- cundarios, descuidando acciones y elementos sustantivos de combate a la pobreza. Finalmente, propuse que el desarrollo indígena sea im- pulsado con dignidad e identidad, asumiendo como un principio básico la instrumentación de políticas públi- cas que puedan guiar y dar concreción a los derechos indígenas, a fin de proscribir las injustas y asimétricas relaciones a que han estado sujetos estos pueblos. Texto íntegro de la participación del diputado Vitá- lico Cándido Coheto Martínez Derecho al desarrollo con identidad y dignidad Saludo a las y los asistentes a esta importante sesión, el tema de hoy es el marco ideal para compartir con us- tedes, lo que han expresado mis hermanos indígenas de México que “no desean dejar de ser indígenas, de- sean dejar de estar pobres” Los pueblos indígenas han sufrido a través de la histo- ria innumerables injusticias; se les ha despojado de sus tierras, territorios, recursos naturales, y se les ha con- culcado el derecho a construir su propio desarrollo. Por ello, la ONU debe convocar a los Estados miem- bros a dar cabal cumplimiento a la Agenda 2030, para abatir las desigualdades y la pobreza y asumir el com- promiso de impulsar el desarrollo de los pueblos indí- genas, aprovechando su creatividad, y sus capacidades de innovación y crecimiento, con programas y accio- nes que se generen en el seno mismo de las comuni- dades, a partir de sus potencialidades, vocaciones y or- ganización social. En suma, con estricto apego a su derecho de autodeterminación. El acceso al desarrollo y bienestar son derechos colec- tivos, así como superar la pobreza y la marginación, conservando sus culturas, sus lenguas, sus sistemas normativos internos, sus asambleas que son su esencia y presencia histórica, por ello propongo un desarrollo con identidad. Debemos asumir el compromiso de impulsar el desa- rrollo sostenible y sustentable, y desechar modelos ba- sados en esquemas asistencialistas que propician la de- Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria47
  • 48.
    pendencia de nuestrospueblos, cercenan su creativi- dad y sus iniciativas. La pobreza solo se combate ge- nerando riqueza. También, resulta imperativo redefinir los indicadores de pobreza, porque los organismos especializados, desde su óptica, consideran aspectos secundarios, des- cuidando elementos y acciones sustantivos de comba- te a la pobreza. El desarrollo sostenible parte de la definición, de las prioridades y objetivos de los pueblos, del óptimo aprovechamiento de sus bosques, sus tierras, aguas, recursos minerales y conocimientos. El desarrollo con identidad debe asumirse como un principio que guíe la instrumentación de políticas pú- blicas que den concreción a los derechos indígenas, a fin de proscribir las injustas y asimétricas relaciones a que han estado sujetos los pueblos indígenas del mun- do. Estamos convencidos que el Mecanismo de Exper- tos, como instancia especializada de las Naciones Uni- das, fortalecerá el compromiso de los Estados para dar cumplimiento a estos objetivos y metas. Hermanas y hermanos: Nos anima y nos une la esperanza de justicia y bienes- tar para nuestras comunidades. Hoy tenemos la oportunidad de asumir el gran reto de construir el desarrollo integral con identidad y digni- dad de nuestros pueblos. Estamos ante el desafío, de transformar la retórica y traducir las leyes, tratados y acuerdos en políticas pú- blicas que hagan posible el combate frontal a la po- breza, la injusticia, la discriminación y la exclusión. Nuestros pueblos no quieren dádivas, quieren seguir siendo artífices de su destino y su desarrollo; anhelan una convivencia civilizada, creativa y de buena fe con todas las mujeres y los hombres del mundo. No claudiquemos en el intento, inspirémonos en el es- píritu indomable de nuestros antepasados, para cons- truir una nueva historia, un nuevo horizonte y que el espíritu de esta reunión nos dé la fuerza para seguir lu- chando con los que menos tienen. III. Consideraciones finales Este foro nos permitió dar a conocer los avances en materia de legislación indígena, al mismo tiempo, ha- cer conciencia sobre la responsabilidad de dar concre- ción a los acuerdos tomados, a fin de que estos, no se queden en buenas intenciones. Lo más relevante fue poder expresar con firmeza la voz de México como miembro de la Organización de las Naciones Unidas que está cumpliendo con sus obligaciones. Finalmente, debe mencionarse que la participación de las y los legisladores mexicanos, fue ampliamente re- conocida por todas y todos los asistentes y por quienes coordinaron esta importante reunión, mismos que ex- ternaron una cálida felicitación a la Delegación Mexi- cana por sus aportaciones, y por su armoniosa convi- vencia con todas y todos los líderes indígenas que asistieron a la sesión. Atentamente Diputado Vitálico Cándido Coheto Martínez Convocatorias DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES A la reunión del grupo de trabajo de Naciones Unidas sobre los derechos humanos y las empresas, que se efectuará el lunes 5 de septiembre, a las 13:00 horas, en la sala de juntas Gilberto Bosques Saldívar (edifi- cio D, planta baja). Atentamente Diputado Víctor Manuel Giorgana Jiménez Presidente Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201648
  • 49.
    DE LA COMISIÓNDE ENERGÍA A la reunión de junta directiva que tendrá lugar el mar- tes 6 de septiembre, a las 9:00 horas, en los salones C y D del edificio G. Orden del Día 1. Registro de asistencia y declaración de quórum. 2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día. 3. Análisis de proyectos de dictamen. 4. Asuntos generales. Atentamente Diputada Georgina Trujillo Zentella Presidenta DE LA COMISIÓN DE ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES A la séptima reunión ordinaria, que tendrá verificativo el martes 6 de septiembre, a las 9:30 horas, en el salón B del edificio G. Atentamente Diputado Gustavo Madero Muñoz Presidente DE LA COMISIÓN DE ENERGÍA A la novena reunión ordinaria, que se efectuará el mar- tes 6 de septiembre, a las 9:30 horas, en los salones C y D del edificio G. Orden del Día 1. Registro de asistencia y declaración de quórum. 2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día. 3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta corres- pondiente a la octava reunión ordinaria. 4. Discusión y votación de proyectos de dictamen. 5. Asuntos generales. 6. Clausura. Atentamente Diputada Georgina Trujillo Zentella Presidenta DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-VENEZUELA A la reunión de instalación, que se llevará a cabo el martes 6 de septiembre, a las 9:30 horas, en el salón E del edificio G. Atentamente Diputada María Candelaria Ochoa Ávalos Presidenta DE LA COMISIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO A la reunión de junta directiva que se realizará el mar- tes 6 de septiembre, a las 10:00 horas, en el salón A del edificio G. Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria49
  • 50.
    Orden del Día 1.Declaratoria de quórum. 2. Lectura y aprobación del orden del día. 3. Presentación de la segunda etapa de trabajos rumbo a la Ley General de Aguas. 4. Asuntos generales. 5. Clausura. Atentamente Diputado Ignacio Pichardo Lechuga Presidente DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-SERBIA A la reunión de instalación, que se efectuará el martes 6 de septiembre, a las 10:00 horas, en la sala Gilberto Bosques Saldívar, situada en el edificio D, planta baja. Atentamente Diputada Alicia Guadalupe Gamboa Martínez Presidenta DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-CUBA A la primera reunión ordinaria, que tendrá lugar el martes 6 de septiembre, a las 10:30 horas, en el salón de protocolo del edificio A. Orden del Día 1. Lista de asistencia y verificación de quórum. 2. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de ins- talación. 3. Presentación y, en su caso, aprobación del plan de actividades. 4. Presentación y, en su caso, aprobación de las si- guientes actividades: a. Visita de trabajo a la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba. b. Pronunciamiento contra el bloqueo económi- co y comercial hacia Cuba. c. Decimosexta Reunión Interparlamentaria Mé- xico-Cuba. d. Presentación del libro conmemorativo Memo- rias del Granma. 5. Asuntos generales. Atentamente Diputada Maricela Contreras Julián Presidenta DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE PUERTOS Y MARINA MER- CANTE A la reunión de instalación, que se llevará a cabo el martes 6 de septiembre, a las 12:00 horas en los salo- nes C y D del edificio G. Orden del Día 1. Registro de asistencia y declaración de quórum. Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201650
  • 51.
    2. Lectura, discusióny, en su caso, aprobación del orden del día. 3. Declaratoria formal de instalación. 4. Intervención del diputado César Camacho Qui- roz, coordinador del Grupo Parlamentario del PRI. 5. Intervención del licenciado Guillermo Ruiz de Teresa, coordinador general de Puertos y Marina Mercante de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. 6. Intervención del presidente de la comisión espe- cial. 7. Asuntos generales. 8. Clausura y convocatoria para la siguiente reu- nión. Atentamente Diputado Salomón Fernando Rosales Reyes Presidente DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-REPÚBLICA DE ANGO- LA Al acto de instalación, que se realizará el martes 6 de septiembre, a las 17:00 horas, en el salón de protocolo del edificio A. Atentamente Diputada Lilian Zepahua García Presidenta DEL GRUPO DE TRABAJO EN MATERIA DE MEDIO AMBIEN- TE A la tercera reunión, que tendrá lugar el martes 6 de septiembre, al término de la sesión del pleno, en el sa- lón A del edificio G. Atentamente Diputada Alma Lucía Arzaluz Alonso Presidenta DE LA COMISIÓN DE GANADERÍA A la novena reunión ordinaria, que tendrá verificativo el miércoles 7 de septiembre, a las 9:00 horas, en el pa- tio sur del edificio A. Orden del Día 1. Lista de asistencia. 2. Declaración de quórum. 3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día. 4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la octava reunión ordina- ria. 5. Presentación, discusión y, en su caso, aprobación del segundo informe semestral de actividades: • Ponente: Diputado Oswaldo Guillermo Cháza- ro Montalvo. • Intervención de integrantes. 6. Presentación, discusión y, en su caso, aprobación del programa anual de trabajo: Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria51
  • 52.
    • Ponente: DiputadoCházaro Montalvo. • Intervención de integrantes. 7. Asuntos generales: • Comentarios sobre el Frente Parlamentario contra el Hambre. Presenta: Maestro en ciencias Arturo Enciso Serrano, secretario técnico. • Iniciativa que expide la Ley de los Derechos de las Personas Usuarias de Animales de Asisten- cia. Comisiones unidas (Atención a Grupos Vul- nerables, y Ganadería). Presenta: Secretario téc- nico. • Intervención de integrantes. • Intervención del diputado Cházaro Montalvo. 8. Clausura. Atentamente Diputado Oswaldo Guillermo Cházaro Montalvo Presidente DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-TAILANDIA Al acto de instalación, que se realizará el miércoles 7 de septiembre, a las 9:00 horas, en el salón B del edi- ficio G. Atentamente Diputada Gloria Himelda Félix Niebla Presidenta DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-FILIPINAS Al acto de instalación, por celebrarse el miércoles 7 de septiembre, a las 10:00 horas, en el salón de protocolo del edificio A. Atentamente Diputada Nadia Haydee Vega Olivas Presidenta DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-PANAMÁ A la reunión de instalación, por celebrarse el miérco- les 7 de septiembre, a las 10:00 horas, en el salón E del edificio G. Atentamente Diputada Ingrid Krasopani Schemelensky Castro Presidenta DE LA COMISIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO A la octava reunión ordinaria, que se realizará el miér- coles 7 de septiembre, a las 13:00 horas, en el salón E del edificio G. Orden del Día 1. Declaratoria de quórum. 2. Lectura y aprobación del orden del día. 3. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior. 4. Ponencias para conocer la situación actual y pers- pectivas del sector hídrico del país, por los siguien- Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201652
  • 53.
    tes investigadores delInstituto Mexicano de Tecno- logía del Agua: • Doctora Rebeca González Villela. • Doctor Alfonso G. Banderas Tarabay. • Maestro Sergio Armando Trelles Jasso, subco- ordinador de Planeación Hídrica. 5. Asuntos generales. 6. Clausura. Atentamente Diputado Ignacio Pichardo Lechuga Presidente DE LA COMISIÓN DE POBLACIÓN A la quinta reunión ordinaria, que se llevará a cabo el jueves 8 de septiembre, a las 9:00 horas, en el salón B del edificio G. Orden del Día 1. Lista de asistencia y declaración de quórum. 2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día. 3. Lectura y aprobación del acta correspondiente a la reunión anterior. 4. Votación de opinión a iniciativa. 5. Asuntos generales. 6. Clausura. Atentamente Diputado Adolfo Mota Hernández Presidente DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-ESPAÑA A la reunión de instalación, que tendrá lugar el jueves 8 de septiembre, a las 12:00 horas, en el salón de pro- tocolo del edificio C. Atentamente Diputada María Guadalupe Alcántara Rojas Presidenta DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-GEORGIA A la reunión de instalación, que se efectuará el miér- coles 14 de septiembre, a las 10:00 horas en el salón de la Comisión de Relaciones Exteriores Gilberto Bos- ques Saldívar, situado en la planta baja del edificio D. Atentamente Diputado Leonel Gerardo Cordero Lerma Presidente DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-TRINIDAD Y TOBAGO Al acto de instalación, que se llevará a cabo el martes 20 de septiembre, a las 17:00 horas, en la sala de jun- tas de la Comisión de Relaciones Exteriores, situada en la planta baja del edificio D. Atentamente Diputada Yulma Rocha Aguilar Presidenta Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria53
  • 54.
    Invitaciones DEL CENTRO DEESTUDIOS SOCIALES Y DE OPINIÓN PÚ- BLICA Al foro El Poder Legislativo y su rol en el proceso pre- supuestario, que se llevará a cabo el lunes 5 y el mar- tes 6 de septiembre, de las 10:00 a las 20:00 horas y de las 9:30 a las 12:30 horas respectivamente, en el salón Legisladores de la República. Atentamente Licenciado Marcelo de Jesús Torres Cofiño Director General DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Al segundo Taller de reglas de operación del Fondo Nacional del Emprendedor 2016, que se realizará el miércoles 14 de septiembre, a las 10:00 horas, en el auditorio sur del edificio A. Atentamente Diputado Jorge Enrique Dávila Flores Presidente DEL DIPUTADO MIGUEL ALVA Y ALVA Al primer Foro Nacional de Desarrollo Rural Susten- table y Riqueza Productiva del Cultivo de Agave, No- pal y Sábila como Recurso Alternativo para Reactivar la Economía del Campo, que se llevará a cabo el lunes 19 de septiembre, a partir de las 11:00 horas, en el au- ditorio Aurora Jiménez de Palacios, del edificio E. Programa 11:00 horas: Registro. 11:30 horas: Discurso de apertura. Diputada Federal Rocío Nahle García, coordinado- ra del Grupo Parlamentario de Morena. 11:35 horas: discurso de bienvenida. Diputado Miguel Alva y Alva. Nopal 11:40 horas: conocimiento, conservación y mejoramien- to los recursos vegetales de México: Opuntia (Nopal). Doctor Jesús Axayacatl Cuevas Sánchez e ingenie- ro Axayacatl Cuevas Coeto, de la Universidad Au- tónoma Chapingo. 12:05 horas: El nopal como fuente de energía. Licenciado Marco Antonio Córdova Arroyo, direc- tor comercial de la empresa Glint Energía, SA de CV. 12:30 horas: primer bloque de preguntas. 12:55 horas: entrega de reconocimientos. Agave 13:00 horas: Introducción. Licenciado Uriel Vargas Guzmán, miembro del Co- mité Ejecutivo Nacional de El Barzón. 13:10 horas: Conocimiento, conservando y mejorando los recursos vegetales de México: Agave. Doctor Remigio Madrigal Lugo, Universidad Autó- noma Chapingo. 13:35 horas: La transformación y comercialización del agave tequilero. Ingeniero Francisco Contreras, integrante de la Alianza México de Productores de Agave. Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201654
  • 55.
    14:00 horas: Laproducción de agave pulquero, inge- niero Rogelio Bravo, asesor de la Alianza México de Productores de Agave. 14:25 horas: Segundo bloque de preguntas. 14:50 horas: Entrega de reconocimientos. 14:55 horas: Intermedio de alimentos Sábila 16:00 horas: Conocimiento, conservando y mejorando los recursos vegetales de México: Aloe. Doctor Guillermo Mendoza Castelán, Universidad Autónoma Chapingo. 16:25 horas: Sábila (Aloe Vera), un cultivo alternativo para las zonas de temporal. Ingeniero Israel Viveros Ramírez, Instituto Tecno- lógico Úrsulo Galván. 16:50 horas: Financiamiento del cultivo alternativo de sábila. Maestro Juan Manuel García González, vicepresi- dente de la Cámara de Comercio de México en Chi- na. 17:15 horas: Bioactividad del aloe vera como alimen- to nutracéutico. Doctora Ruth Nohemí Domínguez Fernández, Ins- tituto Politécnico Nacional. 17:40 horas: Tercer bloque de preguntas. 17:55 horas: Entrega de reconocimientos. 18:00 horas: Clausura. Constancia de asistencia al finalizar el foro. Atentamente Diputado Miguel Alva y Alva DEL CENTRO DE ESTUDIOS SOCIALES Y DE OPINIÓN PÚ- BLICA Al foro La economía mexicana: situación actual, retos y perspectivas, que se llevará a cabo el martes 20 y el miércoles 21 de septiembre, de las 9:30 a las 15:00 ho- ras, en el auditorio Aurora Jiménez de Palacios y en el vestíbulo del edificio E, respectivamente. Atentamente Licenciado Marcelo de Jesús Torres Cofiño Director General DE LA DIPUTADA PATRICIA ELENA ACEVES PASTRANA Al simposio Proyectos, realidades y utopías: 100 años de la Facultad de Química de la UNAM, que se lleva- rá a cabo el jueves 29 de septiembre, a las 9:00 horas, en el auditorio Aurora Jiménez de Palacios, planta ba- ja del edificio E. Atentamente Diputada Patricia Elena Aceves Pastrana DEL CENTRO DE ESTUDIOS DE DERECHO E INVESTIGA- CIONES PARLAMENTARIAS Al diplomado Los derechos políticos y su tutela, que el Centro de Capacitación Judicial Electoral impartirá desde el jueves 29 de septiembre. La LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, por medio del Centro de Estu- dios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias (CEDIP), y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a través del Centro de Capacitación Ju- dicial Electoral (CCJE) Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria55
  • 56.
    Convocan A los diputados,al personal y a los asesores de los gru- pos parlamentarios, todos ellos de la Cámara de Dipu- tados del Congreso de la Unión, a cursar el diplomado Los derechos políticos y su tutela, que será impartido por el Centro de Capacitación Judicial Electoral, en la modalidad semipresencial, a través del campus virtual del CCJE y en sesiones presenciales, para un grupo de 50 alumnos, con una duración de 39 semanas, en las cuales los alumnos conocerán los derechos políticos como derechos humanos, la aplicación del control de constitucionalidad y convencionalidad en su tutela y los criterios jurisdiccionales vigentes. Asimismo, ad- quirirán la habilidad de identificar los actos u omisio- nes de las autoridades y normas que vulneran los de- rechos políticos, así también la actitud de asumir el compromiso de defender los derechos políticos en su práctica profesional, conforme a las siguientes Bases I. Sólo podrán participar en el proceso de selección los diputados, personal y asesores de los grupos parla- mentarios, todos ellos de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. II. Se formará un grupo de 50 alumnos. III. El diplomado semipresencial los derechos políti- cos y su tutela consta de los siguientes módulos: Módulo I 1. Introducción a los derechos humanos. 1.1. Origen y concepto de los derechos humanos. 1.2. Diferencia entre garantía individual, derechos humanos y derechos fundamentales. 1.3. Primacía de los derechos humanos. 1.4. Protección de los derechos humanos en el de- recho internacional de los derechos humanos. 2. Contenido y alcances de la reforma constitucional de 2011 en derechos humanos. 2.1. Panorama del proceso de la reforma. 2.2. Análisis del contenido del artículo 1o. 3. Principios para la aplicación de los derechos huma- nos. 3.1. Pro persona. 3.2. Progresividad. 3.3. Universalidad. 3.4. Independencia. 3.5. Indivisibilidad. 4. Bloque de constitucionalidad (catálogo de derechos humanos). 4.1. Contradicción de criterio 293/2011 pleno de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación. 5. Control difuso de constitucionalidad y convencio- nalidad. 5.1. Análisis del caso Rosendo Radilla. 5.2. Concepto del control difuso de constitucionali- dad y convencionalidad. 6. La interpretación conforme. 6.1. Concepto y aplicación. Módulo II 1. Orígenes de los derechos políticos como derechos humanos. 1.1. Época moderna. 1.2. Época posmoderna. 2. Los derechos políticos, su marco normativo, límites y alcances. 2.1. Derecho a votar. 2.2. Derecho a ser votado. 2.3. Derecho de asociación. Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201656
  • 57.
    2.4. Derecho deafiliación. 2.5. Los derechos políticos como factores en el de- sarrollo de los sistemas democráticos. 3. Los derechos políticos en el derecho mexicano. 3.1. Antecedentes. 3.2. La protección constitucional de los derechos político-electorales (1996-2016). Módulo III 1. Medios para la protección de los derechos político- electorales. 1.1. JDC y REC (figuras procesales). 2. La ampliación de la procedencia del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciu- dadano (JDC). 2.1. Actos de los partidos políticos. 2.2. Integración de autoridades electorales. 3. La ampliación de la tutela de los derechos políticos en las sentencias del TEPJF. 3.1. Derecho a votar. 3.2. Derecho a ser votado. 3.3. Derecho de asociación. 3.4. Derecho de afiliación. 4. Suspensión de los derechos políticos. 5. Derechos políticos de los indígenas. 5.1. Derechos indígenas en las sentencias del TEPJF. 6. Derechos políticos e igualdad de género. Módulo IV 1. Reconocimiento y ampliación de la tutela de dere- chos humanos vinculados con los derechos político- electorales. 2. Derecho a la información. 2.1. Protección de datos personales. 3. Libertad de expresión. 3.1. Derecho a la imagen. 4. Derecho de réplica. 5. Derecho de petición. 6. Derecho de reunión. Forma de desarrollo del diplomado Dado que su modalidad es semipresencial, las activi- dades se desarrollarán a través del campus virtual del CCJE con sesiones presenciales. El material base del diplomado, así como todos los materiales adicionales y actividades de aprendizaje, estarán disponibles para los participantes en el men- cionado campus virtual. Los jueves que se designen se realizarán sesiones pre- senciales, con duración de cuatro horas cada una, du- rante las cuales los profesores designados por el CCJE realizarán 1. La explicación a los alumnos de los contenidos de los materiales y propiciar la organización de trabajo; y 2. Solicitar el desarrollo de tareas en clase. Acreditación del diplomado Tendrán derecho al diploma correspondiente los alum- nos que • Acudan a 80 por ciento de las sesiones presencia- les programadas, debiendo firmar su asistencia en las listas que se pondrán a su disposición al inicio y al final de cada sesión. Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria57
  • 58.
    • Realicen enel periodo establecido, 80 por ciento de las actividades de aprendizaje del total de las programadas y obtener una calificación mínima aprobatoria de 8 en escala de 0 a 10. Requisitos de admisión El aspirante deberá presentar en original y copia para su cotejo y ante la Dirección de Estudios Legislativos del CEDIP, órgano encargado de la operación del di- plomado, los documentos siguientes: 1. Constancia que acredite la calidad de diputada o diputado. Para el personal de la Cámara, documento que acredite su relación laboral. Y para el caso de los asesores de los grupos parlamentarios, constancia que acredite la relación contractual con la Cámara. 2. Certificado de estudios, titulo o cédula profesio- nal de la carrera de derecho o carreras afines. 3. Fotografía a color o blanco y negro, tamaño in- fantil. 4. solicitud de inscripción. 5. Cédula de datos personales, que será proporcio- nada por el CEDIP. 6. Poseer conocimientos básicos sobre el manejo de programas de cómputo (Word, Excel, PowerPoint, navegadores de internet), así como tener acceso a equipo de cómputo (memoria RAM de 2 gigas reco- mendado) procesador 1.3 MHz, con acceso a internet (banda ancha), navegador Google Chrome, cuenta de correo electrónico Gmail y acceso a YouTube. Perfil de ingreso Conocimientos en derecho constitucional, electoral, procesal y derechos humanos. Procedimiento El procedimiento y los tiempos a que deberán ajustar- se los aspirantes para presentar documentos y copias de éstos son los siguientes: 1. La entrega de documentos y copia de éstos, en las instalaciones del CEDIP, sito en el edificio I, se- gundo nivel, de la Cámara de Diputados del Con- greso de la Unión, en un horario de 10:00 a 14:00, a partir del 22 de agosto al 5 de septiembre de 2016. Realizado el cotejo, se devolverán al interesado los documentos originales. 2. La revisión de documentos exhibidos y recibidos se realizará el 5 y 6 de septiembre de 2016. 3. Las observaciones sobre los documentos exhibi- dos y recibidos se llevarán a cabo el 7 de septiem- bre de 2016. 4. La subsanación de las observaciones sobre la do- cumentación exhibida y recibida se realizará el 8 y 9 de septiembre de 2016. 5. El Centro de Capacitación Judicial Electoral en- viará a los correos electrónicos de los alumnos aceptados, el miércoles 14 de septiembre de 2016, las claves de usuario y contraseña del alumno para el ingreso en la plataforma virtual. Inicio de actividades Los alumnos podrán ingresar en la plataforma virtual del Centro de Capacitación Judicial Electoral a partir del lunes 19 de septiembre de 2016, para tener acceso a los materiales que se proporcionarán, a efecto de es- tar en condiciones de participar en la primera sesión presencial, por celebrarse el jueves 29 de septiembre de 2016, de las 16:00 a las 20:00 horas. Prevenciones generales 1. La presente convocatoria deberá ser publicada en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados del 8 de agosto al 5 de septiembre de 2016. 2. De igual manera, se enviará a los correos institu- cionales de los diputados que integran la presente legislatura, sin menoscabo de la comunicación que al efecto realice la Secretaria General a los coordi- nadores de los grupos parlamentarios. 3. La presente convocatoria se difundirá mediante carteles, los cuales serán distribuidos en los estra- dos de los edificios de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201658
  • 59.
    4. Lo noprevisto en la presente convocatoria, será resuelto por los convocantes. Atentamente Maestro Mauricio Farah Gebara Secretario General Doctor Carlos Báez Silva Director del Centro de Capacitación Judicial Electoral Licenciado Sadot Sánchez Carreño Director General del CEDIP DE LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES Al diplomado Análisis político y campañas electora- les, que con la Facultad de Ciencias Políticas y Socia- les de la Universidad Nacional Autónoma de México, se llevará a cabo los lunes, miércoles y viernes com- prendidos de la fecha al 9 de diciembre, de las 8:00 a las 10:00 horas. Informes e inscripciones del miércoles 1 de junio al viernes 3 de julio, de 10:00 a 15:00 horas, en los telé- fonos 50360000 (extensión 58127), 0445529212480 y 0445514226478, en el e-mail: diplomado.camara @gmail.com, en http://diplomadocamara.com así co- mo en la oficina de la convocante, tercer piso del edi- ficio D. Dirigido a legisladores, asesores parlamentarios y po- líticos, estudiantes e investigadores (de ciencia políti- ca, administración pública, derecho, sociología, eco- nomía, relaciones internacionales, antropología), funcionarios públicos de los tres niveles, académicos y personas relacionadas con la investigación, el servicio público, la organización, liderazgo político y partidis- ta, la participación ciudadana y en general, el compor- tamiento cultural, tendencias y estudios en materia po- lítica, en cualquiera de sus ámbitos, que deseen ampliar sus conocimientos y desarrollar sus habilida- des en la gestión del cambio político. Objetivo general Proveer los conceptos fundamentales, elementos de análisis, interpretación, prognosis, estrategia y forma- ción de habilidades teóricas y prácticas para la formu- lación de escenarios de comportamiento político, es- trategias de cambio y para diseñar, planear, dirigir y evaluar estrategias electorales efectivas, en escenarios de alta competitividad y con patrones de conflictividad política y jurisdiccional. Metodología Se desarrollarán 6 módulos, con sesiones de trabajo los lunes, miércoles y viernes de 8 a 10 de la mañana, en el Palacio Legislativo de San Lázaro. Los ponentes que participarán en el diplomado serán investigadores, profesores de educación superior, fun- cionarios públicos y responsables de organismos no gubernamentales, con la idea de generar una discusión multidisciplinaria sobre los temas antes descritos. Evaluación 80 por ciento de asistencia como mínimo y las evalua- ciones aplicadas en cada módulo. Módulos, temario y fechas Fechas: 15, 17, 19 de agosto. Módulo II Reforma del Estado, cambio político y sistema de partidos • Ciencias sociales y ciencia política • Conceptos fundamentales del Estado y del sistema político • Cambio político mundial • Transiciones democráticas en América, Europa, Asia y África • La democracia en América latina • Crisis político y cambio Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria59
  • 60.
    • El gobiernode coalición • La reelección en cargos de elección popular • Análisis de perspectiva en candidaturas ciudada- nas, segunda vuelta, reelección y comportamiento partidista • Características de las campañas y el voto en los sis- temas de mayoría y en los de representación popular • El Instituto Nacional de Elecciones: funciones y reglas • La reforma política y electoral en México • La nueva Ley General de Instituciones y Procedi- mientos Electorales • La Ley General de Partidos Políticos Fechas: 22, 24, 26, 29, 31 de agosto, 2, 5, 7, 9 de sep- tiembre. Módulo III Campañas: Etapa preelectoral. Organización elec- toral, el equipo de campaña, estrategias de promo- ción del voto, diseño del financiamiento • Análisis para la estrategia: - Tipos de electorados - El conteo de los votos - Procedimientos de votación • Elementos de planeación electoral - Las reformas electorales en México, 1996-2007 y sus repercusiones más relevantes en la prepara- ción de campañas - Estadística sociodemográfica y económica - Formulación y análisis de las plataformas elec- torales - Estructura regional y distritación electoral - Factores clave de la preparación de campañas - Legislación y desarrollo de las precampañas • Derechos, deberes y obligaciones en campaña • Las prerrogativas y las franquicias • Estrategias para la obtención de recursos • Diseño y operatividad del cuartel de campaña • Administración de recursos humanos y materiales adecuados para la campaña • Diseño, estandarización y manejo de la imagen del candidato, el comité y el equipo de campaña • Conceptualización y gestión de los sistemas de medición de la intención de voto y de resultados preliminares en la jornada electoral Fechas: 12, 14, 19, 21, 23, 26, 28, 30 de septiembre, 3 de octubre. Módulo IV Campañas: Etapa electoral Las precampañas, factores clave: - Preparación de la precampaña - Consideraciones legales - Recursos financieros - Transparencia y ética - Movilización y propaganda - El voto en el extranjero - Reclutamiento de voluntarios - El presupuesto electoral. Formulación y estruc- tura Opinión pública: Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201660
  • 61.
    - Investigación deopinión pública y estrategia war room - Formación de la percepción y de la opinión pú- blica - Las encuestas de opinión pública en las campa- ñas: grupos de enfoque, cuestionarios, muestre- os, análisis e interpretación - La propaganda electoral Estrategias para la imagen pública: • Marketing • Gestión de imagen • Persuasión y opinión pública - Los debates electorales - Técnicas para el manejo de crisis y la comuni- cación estratégica - Registro de candidatos - Etapas y elementos de la jornada electoral (ca- sillas, consejos distritales, representantes, docu- mentación electoral, etcétera). La observación electoral Fechas: 5, 7, 10, 12, 14, 17, 19, 21, 24 de octubre Módulo V Campañas: Etapa postelectoral • Valoración del desempeño institucional y político del Instituto Nacional Electoral y los Organismos Públicos Locales • Valoración del desempeño institucional del Tribu- nal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los tribunales electorales estatales y la Fiscalía Es- pecializada para la Atención de Delitos Electorales • Los resultados electorales y la nueva conforma- ción del mapa político-electoral • La LXIII Legislatura. Agendas potenciales y la ru- ta hacia 2018. • El sistema de medios de impugnación en materia electoral • El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Fe- deración • Elementos clave de la litis electoral, la judicializa- ción electoral como factor clave para la legitimidad de los candidatos y las campañas Fechas: 26, 28, 31 de octubre; 4, 7, 9, 11, 14, 16 de no- viembre. Módulo VI Taller de estrategias de debate, marketing y comu- nicación política en las campañas • Conceptualización de la opinión pública • El esquema general de una campaña • Investigación de opinión pública y estrategia (war room) • Diseño de cuestionario • Introducción al diseño de cuestionario • Principales sesgos y efectos que deben evitarse • Tipos de encuestas y sus límites • Orden de las preguntas y su influencia entre ellas • Preguntas abiertas y cerradas Introducción al muestreo: • Diseño y análisis de encuestas por muestreo • Muestreo aleatorio simple • Muestreo aleatorio estratificado • Muestreo por conglomerados Lunes 5 de septiembre de 2016 Gaceta Parlamentaria61
  • 62.
    • Muestreo sistemático Encuestas: •Encuesta panel • Trackings • Encuesta de salida • La logística • Planificación de exit polls Imagen: • Comunicación, marketing e imagen institucional • Imagen deseada y gestión de imagen • Construcción de la imagen pública • Mensajes clave • Persuasión y opinión pública Fechas: 18, 23, 25, 28, 30 de noviembre; 2, 5, 7 y 9 de diciembre. (Programación sujeta a cambios) Atentamente Diputado Daniel Ordóñez Hernández Presidente DEL CENTRO DE ESTUDIOS SOCIALES Y DE OPINIÓN PÚ- BLICA Al sexto Premio nacional de investigación social y de opinión pública. La fecha límite para recibir trabajos es el 31 de agosto de 2016. • Primer lugar: 150 mil pesos. • Segundo lugar: 75 mil pesos. • Tercer lugar: 50 mil pesos. Informes al teléfono 5036 0000, extensiones 58232 y 51299. http://www5.diputados.gob.mx/cesop Atentamente Licenciado Marcelo de Jesús Torres Cofiño Director General Gaceta Parlamentaria Lunes 5 de septiembre de 201662 Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, LXIII Legislatura Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados Director: Juan Luis Concheiro Bórquez, Edición: Casimiro Femat Saldívar, Ricardo Águila Sánchez, Antonio Mariscal Pioquinto. Apoyo Documental: Dirección General de Proceso Legislativo. Domicilio: Avenida Congreso de la Unión, número 66, edificio E, cuarto nivel, Palacio Le- gislativo de San Lázaro, colonia El Parque, CP 15969. Teléfono: 5036 0000, extensión 54046. Dirección electrónica: http://gaceta.diputados.gob.mx/ Mesa Directiva Diputados: Edmundo Javier Bolaños Aguilar, presidente; vicepresidentes, María Guadalupe Murguía Gutiérrez, PAN; Gloria Himelda Félix Niebla, PRI; Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano, PRD; Sharon María Teresa Cuenca Ayala, PVEM; se- cretarios, Raúl Domínguez Rex, PRI; Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, PAN; Isau- ra Ivanova Pool Pech, PRD; Andrés Fernández del Valle Laisequilla, PVEM; Ernesti- na Godoy Ramos, MORENA; Verónica Delgadillo García, MOVIMIENTO CIUDADANO; María Eugenia Ocampo Bedolla, NUEVAALIANZA; Ana Guadalupe Perea Santos, PES. Junta de Coordinación Política Diputados: Francisco Martínez Neri, presidente, PRD; César Camacho Quiroz, PRI; Marko Antonio Cortés Mendoza, PAN; Jesús Sesma Suárez, PVEM; Norma Rocío Nahle García, MORENA; José Clemente Casta- ñeda Hoeflich, MOVIMIENTO CIUDADANO; Luis Alfredo Valles Mendoza, NUEVA ALIANZA; Alejandro González Murillo, PES.