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TELEFONICA MALTRATA, ADEMAS DE ROBAR, A LOS USUARIOS




La reticencia a dar los números de reclamos y la lentitud en la reparación de los
cortes, se sumar a que la "facturación" es un albur.-
Muchas veces los cálculos se hacen con el ojo de buen cubero.-
Para probarlo tomamos este caso.
La factura se confecciona por $ 79,75 + impuestos $ 16.75 = 96.-
Se lo cuestiona como lo establece el Reglamento (que es Ley para las partes)
y se reajusta en la suma de $ 0,01

El que no se queja que no se queje

                                NO TE AMILANES

               ¡ QUE TE DEN EL NUMERO DE RECLAMO

                                + HORA + FECHA !


                 Del procedimiento para las quejas y reclamos
Artículo 17. Del derecho de reclamación y queja. Respecto de cada cobro contenido
en la factura el suscriptor tendrá derecho a presentar al operador de Telefonía Móvil
Celular, los reclamos que sean del caso, a más tardar el día hábil anterior al vencimiento
del plazo para el pago oportuno. Cuando se trate de reclamos por cargos facturados por
equivocación, no será requisito previo el pago de los valores reclamados. Los valores
que no fueron objeto de reclamos deberán ser cancelados oportunamente.

La no presentación de reclamos a la facturación por parte del usuario o suscriptor dentro
del plazo anteriormente previsto, le generarán la obligación de cancelar el monto total
de la factura y en consecuencia deberá proceder a su pago, sin perjuicio de formular
reclamación sobre la misma, dentro del mes siguiente a la fecha de pago oportuno
señalada en la factura.

Igualmente, los suscriptores o usuarios podrán presentar las quejas por la prestación del
servicio que estimen oportunas.

Artículo 18. Recepción. El operador deberá contar con un sistema eficiente de
recepción y trámite de quejas y reclamos para la atención de sus suscriptores, que
contemple aspectos relacionados con la prestación, utilización y facturación del
servicio. Para este efecto, le informará al suscriptor el procedimiento y el lugar de
atención.

Artículo 19. Del trámite de las quejas y reclamos. Los operadores de TMC están en la
obligación de prestar a sus suscriptores y usuarios una atención eficiente, atenta y
oportuna, en los lugares y en las condiciones que destinen para la atención de las
mismas.

Las quejas y reclamos podrán presentarse verbalmente o por escrito. El operador debe
dejar constancia de la misma y de la respuesta de conformidad con el contrato de
concesión suscrito con el Ministerio de Comunicaciones.

Artículo 20. Del término para dar respuesta a las quejas y reclamos. Las quejas y
reclamos deberán resolverse o contestarse dentro de los quince (15) días hábiles
siguientes a la fecha de su recepción. Cuando no fuere posible resolver la queja o
reclamo en dicho plazo, se informará así al interesado, indicando los motivos de la
demora y señalando la fecha en la que se resolverá o dará respuesta.

Si la queja o reclamo hubiere sido formulada en forma verbal, la decisión podrá tomarse
y comunicarse en idéntica forma al interesado, dejando constancia de la misma.

Las quejas y reclamos deben ser tramitadas por la respectiva empresa en los términos
señalados en este decreto, so pena de las sanciones pertinentes.

Cualquier duda escribinos a controlpopularargentino@hotmai.com

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  • 1. 22.5.08 TELEFONICA MALTRATA, ADEMAS DE ROBAR, A LOS USUARIOS La reticencia a dar los números de reclamos y la lentitud en la reparación de los cortes, se sumar a que la "facturación" es un albur.- Muchas veces los cálculos se hacen con el ojo de buen cubero.- Para probarlo tomamos este caso. La factura se confecciona por $ 79,75 + impuestos $ 16.75 = 96.- Se lo cuestiona como lo establece el Reglamento (que es Ley para las partes) y se reajusta en la suma de $ 0,01 El que no se queja que no se queje NO TE AMILANES ¡ QUE TE DEN EL NUMERO DE RECLAMO + HORA + FECHA ! Del procedimiento para las quejas y reclamos Artículo 17. Del derecho de reclamación y queja. Respecto de cada cobro contenido en la factura el suscriptor tendrá derecho a presentar al operador de Telefonía Móvil Celular, los reclamos que sean del caso, a más tardar el día hábil anterior al vencimiento del plazo para el pago oportuno. Cuando se trate de reclamos por cargos facturados por equivocación, no será requisito previo el pago de los valores reclamados. Los valores que no fueron objeto de reclamos deberán ser cancelados oportunamente. La no presentación de reclamos a la facturación por parte del usuario o suscriptor dentro del plazo anteriormente previsto, le generarán la obligación de cancelar el monto total
  • 2. de la factura y en consecuencia deberá proceder a su pago, sin perjuicio de formular reclamación sobre la misma, dentro del mes siguiente a la fecha de pago oportuno señalada en la factura. Igualmente, los suscriptores o usuarios podrán presentar las quejas por la prestación del servicio que estimen oportunas. Artículo 18. Recepción. El operador deberá contar con un sistema eficiente de recepción y trámite de quejas y reclamos para la atención de sus suscriptores, que contemple aspectos relacionados con la prestación, utilización y facturación del servicio. Para este efecto, le informará al suscriptor el procedimiento y el lugar de atención. Artículo 19. Del trámite de las quejas y reclamos. Los operadores de TMC están en la obligación de prestar a sus suscriptores y usuarios una atención eficiente, atenta y oportuna, en los lugares y en las condiciones que destinen para la atención de las mismas. Las quejas y reclamos podrán presentarse verbalmente o por escrito. El operador debe dejar constancia de la misma y de la respuesta de conformidad con el contrato de concesión suscrito con el Ministerio de Comunicaciones. Artículo 20. Del término para dar respuesta a las quejas y reclamos. Las quejas y reclamos deberán resolverse o contestarse dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su recepción. Cuando no fuere posible resolver la queja o reclamo en dicho plazo, se informará así al interesado, indicando los motivos de la demora y señalando la fecha en la que se resolverá o dará respuesta. Si la queja o reclamo hubiere sido formulada en forma verbal, la decisión podrá tomarse y comunicarse en idéntica forma al interesado, dejando constancia de la misma. Las quejas y reclamos deben ser tramitadas por la respectiva empresa en los términos señalados en este decreto, so pena de las sanciones pertinentes. Cualquier duda escribinos a controlpopularargentino@hotmai.com