La Constitución Mexicana establece que solo los mexicanos pueden adquirir bienes inmuebles directamente. Los extranjeros pueden hacerlo si obtienen un permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores y aceptan considerarse como mexicanos respecto a esos bienes. En una zona de 100 km a lo largo de las fronteras y 50 km de la costa, los extranjeros no pueden adquirir bienes directamente, pero pueden hacerlo a través de sociedades mexicanas o fideicomisos.