2. ¿QUE SON ?
Son entes corporativos
de carácter publico,
creados por ley y que
representan la primera
autoridad ambiental a
nivel regional. •Ministerio de medio
ambiente (ley 99/03)
Poseen autonomía •CAR
administrativa y
financiera, además de
patrimonio propio y •Departamentos, munici
personería jurídica. pios, distritos.
Administra el medio
ambiente, os recursos
renovables y propender
por su desarrollo. Se
rigen por el SINA
3. FUNCION
gestión más coordinada,
eficiente, transparente y
participativa, y define los
instrumentos de
seguimiento y evaluación
de la gestión institucional
y ambiental que
permitirán establecer
mediciones sobre su
desarrollo.
4. ASOCARS
ASOCARS tiene como misión
fortalecer el sistema
corporativo de las
Autoridades Ambientales
Regionales, y propiciar su
sostenibilidad institucional, a
través de la representación
gremial, el apoyo en la
divulgación de la gestión
ASOCIACION DE adelantada por las
CORPORACIONES Corporaciones y la búsqueda
AUTONOMAS REGIONALES de la articulación de SINA,
Y DE DESARROLLO para obtener el
SOSTENIBLES reconocimiento nacional
como ente agremiador y
vocero de los intereses
colectivos de sus asociados.
5. FINALIDAD
•Promueven y facilitan la cooperación entre las CAR
para el cumplimiento de las funciones administrativas.
•Prestar servicios que se hallen a cargo de las CARS.
•Representación de los asociados ante las instancias
legislativas, administrativas, organizaciones del sector
publico y privado, nacionales e internacionales.
9. La nueva Constitución confiere a las entidades
territoriales atribuciones de especial significación.
Corresponde a los A las asambleas
concejos municipales departamentales
"reglamentar el uso del corresponde, a su
suelo" y "dictar las vez, expedir
normas necesarias disposiciones
para el control, la relacionadas con el
preservación y ambiente (art. 300).
defensa del patrimonio
ecológico y cultural
del municipio” (art.
313).
10. Antes de la expedición de
la Ley 99 de 1993, mediante
la cual se creó el Ministerio
del Medio Ambiente y el
Sistema Nacional Ambiental
(SINA) existían en Colombia
18 corpo-raciones
Autónomas Regionales, que
habían sido creadas por ley
como establecimientos
públicos del orden
nacional, pero con
jurisdicción regional.
11. Con la Ley 86 de 1987, las
corporaciones tuvieron que
asumir el reto de promover el
desarrollo regional mediante el
aprovechamiento racional de
los recursos naturales.
El hecha de estar adscritas
directamente al
Departamento Nacional de
Antes de la expedición de la Planeación puso a las
Ley 99 de 1993, las Corporaciones en una
Corporaciones adelantaron posición de privilegio
sus labores con cierta respecto a otras entidades
del orden nacional, ya que
autonomía frente a los
podían gestionar sus
gobiernos regionales al estar
recursos de manera
adscritas al Departamento directa, sin intermediación
Nacional de Planeación de ningún ministerio
(DNP).
12. La expedición de la Ley 99 del 22
de diciembre de 1993, marca el
El nacimiento de
inicio de una gestión
caracterizada por la necesidad SINA Ley 99 de
de adecuar la entidad a las
nuevas responsabilidades
establecidas en la citada norma.
1993
La situación de los recursos
naturales aconsejaba que unas
entidades, que el legislador
consideró debían ser las
corporaciones, se dedicaran a su
protección y recuperación de
manera casi exclusiva. En efecto,
esta ley, que reorganizó el
Sistema Nacional Ambiental-
SINA, responsabilizó
directamente a las
corporaciones de la gestión
ambiental, trabajando
coordinadamente con las
entidades territoriales en la
ejecución de planes, programas
y proyectos diseñados al
respecto, comprometiéndose a
hacer un seguimiento y control
en cada región.
13.
14.
15. Con la Ley 99 de 1993 se
fortalece el ámbito
municipal al asociar a los
entes territoriales con las
corporaciones a través de
la Asamblea Corporativa,
conformada para el caso
de la CAR por
gobernadores y alcaldes
de su jurisdicción y por
cuatro alcaldes elegidos
por ellos mismos para
representarlos en el
Consejo Directivo.
16. A partir de la expedición
de la Ley 99 de 1993, la
jurisdicción de la CAR se
amplió a siete cuencas
hidrográficas, que incluyen
la totalidad del área rural
del Distrito Capital y 104
municipios, de los cuales 98
se encuentran en
Cundinamarca y seis en
Boyacá, cubriendo una
superficie de
aproximadamente
1.800.000 hectáreas, con
una población aproximada
de 7 millones 300 mil
habitantes.
17.
18. La Corporación Autónoma
Regional de
Santander, CAS, como
principal Entidad ambiental
del Departamento, está
comprometida con el cuidado
del ambiente, mediante la INSTITUCIÓN
realización de proyectos
encaminados a la
¿Qué es la CAS?
preservación de los variados y
ricos ecosistemas de nuestra
Región.
19. MISIÓN VISIÓN
La misión de la En el año 2.011, la
Corporación Autónoma Corporación Autónoma
Regional de Santander es Regional de Santander CAS
contará con el
administrar los recursos Ordenamiento Ambiental del
naturales renovables y el Territorio en los 74 municipios
ambiente, con criterios del área de influencia,
de sostenibilidad, orientados en el eje
equidad y participación articulador del recurso
ciudadana, a través de hídrico, actuando como
un compromiso ético y autoridad ambiental con una
responsable de su definición clara de las áreas
recurso humano. protegidas para el
abastecimiento del agua y la
sostenibilidad de los
sectores.
20.
21.
22. la gestión y acción de la CAS
estará prioritariamente orientada al
cumplimiento de los programas y GESTION DE LA
acciones del Proyecto Colectivo
Ambiental con énfasis en el estudio CAS
y conservación de nuestros
ecosistemas estratégicos, el
manejo de las cuencas
abastecedoras de acueductos
municipales y rurales, el
mejoramiento de la calidad de vida
urbana, el apoyo a procesos de
producción limpia con la pequeña
y mediana industria, el
fortalecimiento institucional, la
educación a la comunidad para
transmitir e intercambiar
conocimientos, técnicas y
prácticas sociales, así como para
construir valores y principios en
torno al medio ambiente y los
recursos naturales; y, la
implantación de sistemas de
información como soporte para la
planeación y la acción.
23. JURISDICCÍON
El territorio de la jurisdicción de la
Corporación Autónoma Regional
de Santander "CAS" está
subdividido política y
administrativamente en 74
municipios.
Está delimitada por el norte con
el área de jurisdicción de la
Corporación Autónoma Regional
para la defensa de la Meseta de
Bucaramanga "CDMB", por el
oriente con los departamentos de
Norte de Santander y
Boyacá, por el occidente con el
río Magdalena y por el sur con el
Departamento de Boyacá.
Santander cuenta con una
extensión de 30.537
km2, distribuidos en 87
municipios de los cuales 74
corresponden a la jurisdicción de
la CAS y representan el 85% de la
extensión geográfica del
departamento.