La ley de ejercicio de la enfermería establece que los enfermeros tienen el derecho a negarse a realizar prácticas que vayan en contra de sus convicciones morales o éticas, siempre que esto no perjudique al paciente. También establece que los enfermeros deben respetar la dignidad humana y el derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte. La ley prohíbe someter a las personas a procedimientos peligrosos o que menoscaben su dignidad.
Igualdad. al establecer el programa de verificación vehicular obligatoria par...EX ARTHUR MEXICO
IGUALDAD. AL ESTABLECER EL PROGRAMA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR OBLIGATORIA PARA EL SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2014 EN EL DISTRITO FEDERAL DISPOSICIONES CONTRARIAS A ESE PRINCIPIO, TODO SU CONTENIDO ES INCONSTITUCIONAL.
Presentación final ateneo Dpto MFyC 9 de julio Etica“La Ética y el Marco Lega...Miguel Pizzanelli
Presentación de soporte para el Ateneo del Depto de Medicina Familiar y Comunitaria realizado el día 9 de julio de 2015. Tema: “La Ética y el Marco Legal en la cotidianeidad de nuestra práctica”. Organizan Residentes con apoyo docente de UDAs Rural de Florida, Santoral, Florida. Actividad realizada en sala de video conferencias de FEMI emitida para la plataforma FEMI y Sala Rural MSP. Al inicio del Ateneo se realizó homenaje al referente de la Medicina Familiar y Comunitaria Hugo Dibarboure Icasuriaga fallecido el día 7 de julio de 2015 a los 85 años.
Igualdad. al establecer el programa de verificación vehicular obligatoria par...EX ARTHUR MEXICO
IGUALDAD. AL ESTABLECER EL PROGRAMA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR OBLIGATORIA PARA EL SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2014 EN EL DISTRITO FEDERAL DISPOSICIONES CONTRARIAS A ESE PRINCIPIO, TODO SU CONTENIDO ES INCONSTITUCIONAL.
Presentación final ateneo Dpto MFyC 9 de julio Etica“La Ética y el Marco Lega...Miguel Pizzanelli
Presentación de soporte para el Ateneo del Depto de Medicina Familiar y Comunitaria realizado el día 9 de julio de 2015. Tema: “La Ética y el Marco Legal en la cotidianeidad de nuestra práctica”. Organizan Residentes con apoyo docente de UDAs Rural de Florida, Santoral, Florida. Actividad realizada en sala de video conferencias de FEMI emitida para la plataforma FEMI y Sala Rural MSP. Al inicio del Ateneo se realizó homenaje al referente de la Medicina Familiar y Comunitaria Hugo Dibarboure Icasuriaga fallecido el día 7 de julio de 2015 a los 85 años.
Simposio de la Academia Nacional de Medicina de México acerca de la Ley y la Salud. Se tocan temas de Salubridad General; Salubridad Local; Certificación de Hospitales y Certificacion de profesionales de la Salud.
Acceso a la Información Pública: ejercicio de ciudadanía, acceso a la justici...CoalicionProAcceso
Ponente: Mauricio Gutiérrez
III Seminario Internacional de Acceso a la Información Pública "Otra información es posible. Pluralidad, inclusión, justicia."
07 de octubre de 2009
Apruébese el Reglamento de la Ley N° 29414, Ley que establece los Derechos de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud, que consta de tres (3) Capítulos, treinta (3D) artículos y tres (3) Disposiciones Complementarias Finales y un (1) Anexo, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
JORNADAS DE INVESTIGACIÓN EN CIENCIAS DE LA SALUD
UNSL, 17 de noviembre 2023.
Ponencia: ENFERMERÍA ESCOLAR.
https://drive.google.com/file/d/1VWc3vxuYmwcWu5Dht5uYWvZhKlcMmUti/view?usp=sharing
JORNADAS DE INVESTIGACIÓN EN CIENCIAS DE LA SALUD
UNSL, 17 de noviembre 2023.
Ponencia: https://drive.google.com/file/d/1ZG_s5vsGM3mktBX4sbOW5bINrqgvdkM7/view?usp=sharing
Simposio de la Academia Nacional de Medicina de México acerca de la Ley y la Salud. Se tocan temas de Salubridad General; Salubridad Local; Certificación de Hospitales y Certificacion de profesionales de la Salud.
Acceso a la Información Pública: ejercicio de ciudadanía, acceso a la justici...CoalicionProAcceso
Ponente: Mauricio Gutiérrez
III Seminario Internacional de Acceso a la Información Pública "Otra información es posible. Pluralidad, inclusión, justicia."
07 de octubre de 2009
Apruébese el Reglamento de la Ley N° 29414, Ley que establece los Derechos de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud, que consta de tres (3) Capítulos, treinta (3D) artículos y tres (3) Disposiciones Complementarias Finales y un (1) Anexo, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
JORNADAS DE INVESTIGACIÓN EN CIENCIAS DE LA SALUD
UNSL, 17 de noviembre 2023.
Ponencia: ENFERMERÍA ESCOLAR.
https://drive.google.com/file/d/1VWc3vxuYmwcWu5Dht5uYWvZhKlcMmUti/view?usp=sharing
JORNADAS DE INVESTIGACIÓN EN CIENCIAS DE LA SALUD
UNSL, 17 de noviembre 2023.
Ponencia: https://drive.google.com/file/d/1ZG_s5vsGM3mktBX4sbOW5bINrqgvdkM7/view?usp=sharing
Material didáctico
Citar: SOTO VERCHER M.M. (2019). “Conceptos Básicos de Educación-Aprendizaje. Corrientes de Pensamiento en la Educación Enfermera”. Unidad 1. Asignatura Educación en Enfermería. Carrera Licenciatura en Enfermería. Facultad de Ciencias de la Salud. Universidad Nacional de San Luis.
2013. Soto Vercher MM "PRACTICA INTEGRADORA (PI) PARA TÍTULO ENFERMERA/O.MÓNICA M. SOTO VERCHER
Formularios de Evaluación para Resp. Académica, Instructor y Practicante.
Carrera Licenciatura en Enfermería. Departamento Enfermería.
Facultad de Ciencias de la Salud. Universidad Nacional de San Luis, agosto.
Rúbrica de comunicación escrita para enfermeras. Guía y formulario.MÓNICA M. SOTO VERCHER
Consiste en una guía para edición de texto científico-académico-profesional. Permite desarrollar PENSAMIENTO CRÍTICO, AUTOEVALUACIÓN previa y AUTOCORRECCIÓN posterior a cada evaluación.
Implica Meta-aprendizajes como: Evaluación de Proceso y Producto, Comunicación Científico-Profesional escrita, Enfermería Basada en la Evidencia (EBE), Aprendizaje Basado en Problemas/Proyectos (ABP), Aprendizaje Basado en el Error (ABE).
Citar: SOTO VMM (2021). “Rúbrica. Guía para Comunicación escrita y Auto-Evaluación Formativa”. CLE. FCS. UNSL.
Filosofía del Sufrimiento Humano. Epistemología del Cuidado intencionado (SOT...MÓNICA M. SOTO VERCHER
II Congreso Hospital Municipal "Dr Héctor M. Cura", Olavarría, Provincia de Buenos Aires.
Resumen:
Desde la prehistoria, el sufrimiento humano ha sido el fundamento del cuidado intencionado. Conocer la Filosofía del Sufrimiento Humano y la de la Filosofía de la Ciencia del Cuidado Intencionado, da cuenta de un arte holístico y pandimensional que previene, cura o alivia el dolor y/o el sufrimiento. Al mismo tiempo, resulta en un “meristemo epistemo-ontológico” de la ciencia transdisciplinar del siglo XXI.
Las cuestiones filosóficas acerca del sufrimiento implican parcialmente el dolor pero van más allá del signo y/o síntoma físico. Pretenden abordar el sentido y el fin del sufrimiento que acompaña o que está presente aún en ausencia de dolor.
Los profesionales en particular y el personal de salud en general, de una u otra forma, desean ofrecer respuesta a las preguntas acerca del dolor y el sufrimiento en los seres humanos a su cargo a través del Cuidado Intencionado. La comprensión dialógica del sufrimiento como experiencia vital humana permite a usuarios y personal de salud encontrar formas culturalmente significativas de cuidado humanísticamente intencionado.
En este trabajo tiene como propósito, reflexionar la Ciencias del Cuidado Intencionado como relación terapéutica adecuada, culturalmente significativa y promotora de independencia para el Autocuidado y/o cuidado de otros dependientes a cargo, en situaciones vitales.
Estas propuestas epistemológicas surgieron de una construcción latente y discontinua a lo largo de la historia de la humanidad. Todas intentan dar respuesta a preguntas de un fenómeno complejo como ¿Qué es dolor y qué sufrimiento? ¿Cuál es la relación entre dolor y “Sufrimiento Humano”? ¿Por qué y para qué sufren los seres humanos? ¿Cómo debería ser el “Cuidado Intencionado” brindado a personas que sufren o tienen miedo al sufrimiento? ¿Cuál es la función/aporte de cada disciplina profesional para contribuir al sentido y fin del Cuidado Intencionado del Sufrimiento Humano (CISH)? ¿Cuándo y dónde replantearse estas cuestiones nuestro contexto cotidiano?
Para que exista el Cuidado Intencionado, es decir cuidado humanizado, es condición necesaria la comprensión del otro como un ser unitario, no como una cosa. También requiere del profesional y personal de salud una revisión de las propias ideas acerca de las cuestiones planteadas en el párrafo anterior, una actitud abierta a aceptar las ideas de los que viven una experiencia dolorosa, y el desarrollo de competencia empática con dicha vivencia.
Cuidar de forma intencionada no se reduce a evitar o aliviar el dolor/sufrimiento, implica necesariamente ayudar a las personas cuidadas a comprender el por qué y a planificar el para qué, partiendo de su experiencia vital.
Filosofía del Sufrimiento Humano. Epistemología del Cuidado intencionado (SO...MÓNICA M. SOTO VERCHER
II Congreso Hospital Municipal "Dr Héctor M. Cura", Olavarría, Provincia de Buenos Aires.
Resumen:
Desde la prehistoria, el sufrimiento humano ha sido el fundamento del cuidado intencionado. Conocer la Filosofía del Sufrimiento Humano y la de la Filosofía de la Ciencia del Cuidado Intencionado, da cuenta de un arte holístico y pandimensional que previene, cura o alivia el dolor y/o el sufrimiento. Al mismo tiempo, resulta en un “meristemo epistemo-ontológico” de la ciencia transdisciplinar del siglo XXI.
Las cuestiones filosóficas acerca del sufrimiento implican parcialmente el dolor pero van más allá del signo y/o síntoma físico. Pretenden abordar el sentido y el fin del sufrimiento que acompaña o que está presente aún en ausencia de dolor.
Los profesionales en particular y el personal de salud en general, de una u otra forma, desean ofrecer respuesta a las preguntas acerca del dolor y el sufrimiento en los seres humanos a su cargo a través del Cuidado Intencionado. La comprensión dialógica del sufrimiento como experiencia vital humana permite a usuarios y personal de salud encontrar formas culturalmente significativas de cuidado humanísticamente intencionado.
En este trabajo tiene como propósito, reflexionar la Ciencias del Cuidado Intencionado como relación terapéutica adecuada, culturalmente significativa y promotora de independencia para el Autocuidado y/o cuidado de otros dependientes a cargo, en situaciones vitales.
Estas propuestas epistemológicas surgieron de una construcción latente y discontinua a lo largo de la historia de la humanidad. Todas intentan dar respuesta a preguntas de un fenómeno complejo como ¿Qué es dolor y qué sufrimiento? ¿Cuál es la relación entre dolor y “Sufrimiento Humano”? ¿Por qué y para qué sufren los seres humanos? ¿Cómo debería ser el “Cuidado Intencionado” brindado a personas que sufren o tienen miedo al sufrimiento? ¿Cuál es la función/aporte de cada disciplina profesional para contribuir al sentido y fin del Cuidado Intencionado del Sufrimiento Humano (CISH)? ¿Cuándo y dónde replantearse estas cuestiones nuestro contexto cotidiano?
Para que exista el Cuidado Intencionado, es decir cuidado humanizado, es condición necesaria la comprensión del otro como un ser unitario, no como una cosa. También requiere del profesional y personal de salud una revisión de las propias ideas acerca de las cuestiones planteadas en el párrafo anterior, una actitud abierta a aceptar las ideas de los que viven una experiencia dolorosa, y el desarrollo de competencia empática con dicha vivencia.
Cuidar de forma intencionada no se reduce a evitar o aliviar el dolor/sufrimiento, implica necesariamente ayudar a las personas cuidadas a comprender el por qué y a planificar el para qué, partiendo de su experiencia vital.
SOTO2017. Anticoncepción y Aborto. Dimensiones ético-legales para enfermería"MÓNICA M. SOTO VERCHER
SOTO VERCHER.M.M. (2005). "Anticoncepción y Aborto. Dimensiones ético-legales para enfermería". Disertación en Mesa de Debate: III Jornadas Cuyanas de Ginecología Infanto-Juvenil. II Simposio Regional de SAEGRE y I Jornadas Regionales de SASIA. San Juan. Argentina.
SOTO VERCHER M.M. y DUARTE S.R. (2017). “Modelo Integral para el Autocuidado de personas con Hipertensión arterial en la Ciudad de San Luis”. Informe PROIPRO 10-0116. I Jornada de Investigación e Intercambio en Salud. Facultad de Ciencias de la Salud. UNSL. San Luis, Argentina,15 de noviembre.
Soto Verchér. Curso de rescatadores en curriculum Enfermería (UNSL)MÓNICA M. SOTO VERCHER
Citar: SOTO VERCHÉR M.M. (2011). “Curso de Rescatadores en la curricula de Enfermería”. Universidad Nacional del San Luis. Ponencia Mesa 2. Congreso Iberoamericano de Extensión". Secretaría de Extensión. Universidad Nacional del Litoral. Santa Fe.
SOTO VERCHER M.M. (2010). Evaluación del Aprendizaje Basados en problemas con...MÓNICA M. SOTO VERCHER
CITAR: - SOTO VERCHER M.M. (2010). Evaluación del Aprendizaje Basados en problemas con Modelo de Teselaciones. 3ª Jornadas de Divulgación Científica, junio. Escuela de Enfermería. Facultad de Ciencias Humanas Universidad Nacional de Río Cuarto.
Apunte de Asignatura Filosofías y Modelos de Enfermería y
Curso Opcional Modelos teóricos de Enfermería.
Carrera de Licenciatura en Enfermería
Facultad de Ciencias de la Salud
Universidad Nacional de San Luis
12/5/2018
Soto Vercher 2017.Arte del cuidado ancestral. Distorsiones de la Historia.MÓNICA M. SOTO VERCHER
Trabajo presentado en III Encuentro Internacional de Historia y Pensamiento Enfermero. Distorsiones de la histo-ria y su influencia sobre la identidad profesional. Secretaria Editorial de Hemeroteca Cantárida. Fundación INDEX, Granada, España, Recibido 9 de junio de 2017.
Soto Vercher. PRIMERA ESCUELA DE ENFERMERÍA DE SAN LUIS. Teselaciones con pr...MÓNICA M. SOTO VERCHER
Desde el surgimiento de la formación sistemática en Enfermería en la Argentina de fines del siglo IXX, las mujeres aspirantes han sido subordinadas a diversos protagonistas representativos del poder hegemónico del contexto. Estos poderes podrían clasificarse en: eclesiástico, militar, político y profesional y estuvieron íntimamente entretejidos en una red donde las enfermeras fueron cooptadas para generar y acrecentar poder para sí. San Luis no fue ajena a estas pujas de poder en la primera mitad del siglo XX.
El objetivo es armar una teselación con las piezas rescatadas y comparadas mediante revisión documental y fotográfica del contexto nacional, sanluiseño y sanjuanino que generaron la creación de la Primera Escuela de Enfermería de la Provincia de San Luis.
Al respecto se reflexiona la participación de cada poder en la cooptación de enfermeras en San Luis, la influencia del terremoto de 1944, lo que se sabe hasta ahora del destino dela escuela y sus graduadas y líneas de trabajo abiertas a futuro con teselas faltantes.
Licenciada en Enfermería (UBA), Especialista en Educación Superior (UNSL), Profesora adjunta exclusiva responsable de cursos “Filosofías y Modelos de Enfermería” y “Educación en Enfermería” “Epistemología de Enfermería”. Carrera Licenciatura en Enfermería, Facultad de Ciencias de la Salud.
Universidad Nacional de San Luis.
CESAREA en area de quirófano en el área de salud de enfermería y obstetricia
Aborto
1. Ley de Interrupción
Voluntaria del Embarazo
A la luz de la Ley del Ejercicio de la Enfermería
Debate FCS-UNSL
Microcine, 7 de agosto 2018.
2. Ley del Ejercicio de la Enfermería
• Ley Nacional N° 24004/91.
• Reglamentación. Decreto del Poder Ejecutivo N° 2497/93 (Menem).
• Adhesión de Provincia de San Luis. Ley N° 5153/98.
• Ratificación provincial. Ley N°5683/04.
07/08/2018 Esp. Mónica M. Soto Verchér . UNSL 2
3. Ley del Ejercicio de la Enfermería
Capítulo I. CONCEPTOS Y ALCANCES
Artículo 2° - El ejercicio profesional comprende funciones de:
• Asistencia
• Docencia y Asesoramiento sobre temas de su incumbencia (Ej. Autocuidado)
• Investigación
• Gestión de servicios
07/08/2018 Esp. Mónica M. Soto Verchér . UNSL 3
4. Ley del Ejercicio de la Enfermería
Capítulo I. CONCEPTOS Y ALCANCES
Artículo 3° - Reconózcanse dos niveles
a) Profesional.
b) Auxiliar (bajo supervisión profesional).
07/08/2018 Esp. Mónica M. Soto Verchér . UNSL 4
5. Ley del Ejercicio de la Enfermería
Capítulo III. DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
Artículo 9° - Son derechos
Inciso c) Negarse a realizar o colaborar en la ejecución de prácticas
que entren en conflicto con sus convicciones religiosas, morales o
éticas, siempre que de ello no resulte un daño inmediato o mediato en
el paciente sometido a esa práctica.
07/08/2018 Esp. Mónica M. Soto Verchér . UNSL 5
6. Ley del Ejercicio de la Enfermería
Capítulo III. DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
Artículo 9° - Son derechos
Inciso c) Negarse a realizar o colaborar en la ejecución de prácticas…
Para gozar del derecho …
…deberá justificar su negativa e informar a su superior jerárquico con la adecuada
anticipación para que este adopte las medidas de sustitución para que la asistencia
de enfermería no resulte afectada.
07/08/2018 Esp. Mónica M. Soto Verchér . UNSL 6
7. Ley del Ejercicio de la Enfermería
Capítulo III. DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
Artículo 10° - Son obligaciones
Inciso a) Respetar la dignidad de la persona, sin distinción de ninguna
naturaleza.
Inciso b) Respetar en las personas el derecho a la vida y a su
integridad desde la concepción hasta la muerte.
07/08/2018 Esp. Mónica M. Soto Verchér . UNSL 7
8. Ley del Ejercicio de la Enfermería
Capítulo III. DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
Artículo 11° - Les está prohibido
a) Someter a las personas a procedimientos o técnicas que entrañen
peligro para la salud.
b) Realizar, propiciar, inducir o colaborar directa o indirectamente en
prácticas que signifiquen menoscabo de la dignidad humana.
07/08/2018 Esp. Mónica M. Soto Verchér . UNSL 8
9. Ley del Ejercicio de la Enfermería
Capítulo V. DE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN
Artículo 17° - La autoridad de aplicación, podrá ser asistida por una
Comisión Permanente de Asesoramiento y colaboración sobre el
Ejercicio de la enfermería…
Inciso b) Asesorar sobre las interpretaciones en cuanto a derechos,
deberes y obligaciones enunciados y las eventuales transgresiones a los
mismos.
07/08/2018 Esp. Mónica M. Soto Verchér . UNSL 9
10. Ley del Ejercicio de la Enfermería
Capítulo VI. REGIMEN DISCIPLINARIO
Artículo 22° - En ningún caso será imputable al profesional o auxiliar de
enfermería que trabaje en relación de dependencia por el daño o
perjuicio que pudieren provocar los accidentes o prestaciones
insuficientes que reconozcan como causa la falta de elementos
indispensables para la atención de pacientes, o la falta de personal
adecuado en cantidad y/o calidad o inadecuadas condiciones de los
establecimientos.
07/08/2018 Esp. Mónica M. Soto Verchér . UNSL 10