La nueva Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense NTON 09 007-19 actualiza por primera vez en 20 años las normas de diseño de sistemas de abastecimiento de agua potable. Integra las normativas urbanas y rurales en un solo documento e incorpora referencias a normativas internacionales. Promueve el acceso sostenible al agua a través de las 5C y actualiza disposiciones sobre proyección de población, dotaciones de consumo, pérdidas de agua, calidad del agua, captaciones, diseño de conducciones
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Actualización de norma para diseño de agua potable en Nicaragua
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La Normalización es la actividad de formular y aplicar técnicas con el propósito de establecer un
orden en una actividad especifica, para beneficio y con la cooperación de todos los interesados,
coadyudando a eleve los niveles de competitividad con calidad en la economía y teniendo en cuenta
las condiciones funcionales y los requisitos de seguridad que requiera el ámbito socioeconómico en
que pretendan aplicar. El Sistema Nacional de Normalización, que constituye el fundamento técnico
para la elaboración de Normas Técnicas Obligatorias Nicaragüenses (NTON), esta a cargo del
Ministerio de Fomento, Industrial y Comercio (MIFIC).
El día miércoles 03 de noviembre de 2021 se publicó en La Gaceta “NTON 09 007 – 19 Diseño de
sistemas de abastecimiento. Agua potable”, el cual deroga a la existentes “NTON 09 003 – 99
Normas técnicas para el diseño de abastecimiento y potabilización del agua” y “NTON 09 001 – 99
Diseño de abastecimiento de agua en el medio rural”. A continuación compartiré contigo cuáles
han sido las principales actualizaciones de la nueva NTON:
1) La nueva NTON 09 007 – 19 Diseño de sistemas de abastecimiento. Agua potable constituye
la primera actualización en 20 años desde la publicación de la NTON 09 003 – 99 y NTON 09
001 – 99.
2) Integra la normativa de los sectores urbano y rural, unificándolas en un mismo documento.
3) Hace referencia a las normativas de los organismos que regulan la calidad de materiales y
procesos como ISO (Organización Internacional para Estandarización), ASTM (Sociedad
Americana para Pruebas y Materiales), AWWA (Asociación Americana de Obras de Agua),
otras NTON, entre otros.
4) Entre sus disposiciones generales promueve el espíritu integral del servicio de agua a través
las 5C (continuidad, cantidad, cobertura, calidad y costos); así como soluciones que
garanticen la sostenibilidad de las instalaciones.
5) Para la proyección de población por el método geométrico no se establece una tasa máxima
de crecimiento, como anteriormente se indicaba como 4%. Se mantiene una tasa mínima
de 2.5%.
6) Las dotaciones de consumo domésticos se enfocan en dependencia del tipo de desarrollo
(habitacionales, poblaciones concentradas, poblaciones rurales concentradas y dispersas),
anteriormente se definía por ciudad.
7) Las dotaciones de agua para poblaciones concentradas se mantienen por rango de
población, y sus dotaciones han aumentado la dotación según los registro de las ciudades
con abastecimiento durante 24 horas.
8) Las dotaciones de agua para poblaciones dispersas incluyen captación individual de agua de
lluvia.
9) Con respecto a las pérdidas de agua en los sistema de agua potable dependerá de las
viviendas a ser atendidas, hasta 500 viviendas será 15% y para más viviendas será 20%. En
la norma anterior el valor era fijo a 20%.
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10) Para la calidad del agua hace referencia a las normas de calidad adoptadas por el Ministerio
de Salud (MINSA) y la norma regional del CAPRE, así como las normas ISO. A diferencia de
la norma anterior, este capítulo no es tan extensivo y remite a las referencias que le
corresponden velar por este tema.
11) Para captaciones subterráneas, se aumenta el diámetro mínimo del ademe según el caudal
a extraer.
12) Para los criterios de diseño de la línea de conducción y red de distribución se mantienen, a
excepción de la velocidad máxima permisible en la red de distribución que aumenta de 2
m/s a 5 m/s.
13) En la normativa anterior existía el capítulo “Procesos de potabilización del agua”, en la
normativa actual hacen referencia a la “Desinfección” y las normativas que deben de
cumplir.
14) Se agrega l anexo sobre Guía técnica de estudios hidrogeológicos.
15) La entrada es vigor de la nueva NTON es 180 días luego de su publicación en el Diario Oficial
La Gaceta, siendo la fecha 03 de mayo de 2022.