El Acuerdo No. 038 establece procedimientos para la entrega y recibo de documentos y archivos por parte de servidores públicos al ser vinculados, trasladados o desvinculados de sus cargos. Los servidores serán responsables de los documentos a su cargo y deberán entregarlos debidamente inventariados. El incumplimiento de estos procedimientos podría acarrear sanciones.
El documento presenta lineamientos para la organización de archivos de gestión en entidades públicas, incluyendo la producción, clasificación, ordenación y ubicación física de documentos de acuerdo a las Tablas de Retención Documental. También resalta la responsabilidad de los funcionarios sobre los documentos y las consecuencias legales de su mal manejo según la Constitución y las leyes colombianas.
Este documento establece los criterios para la organización de los archivos de gestión en entidades públicas y privadas que cumplen funciones públicas. Regula el Inventario Único Documental y desarrolla artículos de la Ley General de Archivos relacionados con la gestión documental, formación de archivos y elaboración de inventarios.
Este documento establece los criterios para la organización de archivos de gestión en entidades públicas y privadas con funciones públicas. Define que las unidades administrativas son responsables de conformar, organizar, preservar y controlar los archivos de gestión según las Tablas de Retención Documental. También especifica criterios como la identificación y ordenación de carpetas y unidades documentales, el préstamo y consulta de documentos, y la adopción de un formato único de inventario documental.
El documento resume los lineamientos legales y técnicos para realizar inventarios documentales en entidades públicas de Colombia. La ley exige que estas entidades elaboren inventarios de los documentos que producen. Los acuerdos 038 y 042 de 2000 establecen el formato único de inventario documental e instrucciones para su diligenciamiento. Este formato incluye 19 campos para registrar información sobre las series documentales, unidades de conservación y metadatos.
Este documento establece los criterios para la organización de los archivos de gestión en entidades públicas y privadas que cumplen funciones públicas. Regula el Inventario Único Documental y desarrolla artículos de la Ley General de Archivos relacionados con la gestión documental, elaboración de programas de gestión documental, ciclo vital de los documentos y obligación de elaborar inventarios. Define requisitos como la organización de archivos según Tablas de Retención Documental, responsabilidades de jefes de unidades, criterios de organización, consulta y
Este documento establece lineamientos para la organización de fondos documentales acumulados en entidades públicas. Describe cuatro etapas para este proceso: 1) Compilar información institucional; 2) Realizar un diagnóstico; 3) Elaborar y ejecutar un plan de trabajo archivístico; 4) Asignar valores y tiempos de retención a documentos a través de una Tabla de Valoración. El objetivo final es dejar los fondos organizados y disponibles para consulta administrativa y patrimonio cultural.
Instructivo Tablas de retención DocumentalEllen Reyes
”Este es un trabajo didáctico, por lo tanto la información que se tomó como referencia es solo para fines educativos y no compromete el buen nombre de la entidad”
FUENTE: http://www.archivogeneral.gov.co/
UNIVERSIDAD DEL QUINDIO Ciencias de la Información Documentación, Bibliotecología y Archivistica
Asignatura- TRD
Las imágenes de la Superintendencia fueron tomadas de su portal http://www.supervigilancia.gov.co/
Este documento describe las Tablas de Retención Documental (TRD) y su aplicación. Explica que las TRD son listas que asignan tiempos de retención a series documentales de acuerdo a su valor. También cubre el marco legal de las TRD en Colombia y las etapas para elaborar y aplicar correctamente las TRD en una entidad, incluyendo investigación, análisis, elaboración, presentación y seguimiento.
El documento presenta lineamientos para la organización de archivos de gestión en entidades públicas, incluyendo la producción, clasificación, ordenación y ubicación física de documentos de acuerdo a las Tablas de Retención Documental. También resalta la responsabilidad de los funcionarios sobre los documentos y las consecuencias legales de su mal manejo según la Constitución y las leyes colombianas.
Este documento establece los criterios para la organización de los archivos de gestión en entidades públicas y privadas que cumplen funciones públicas. Regula el Inventario Único Documental y desarrolla artículos de la Ley General de Archivos relacionados con la gestión documental, formación de archivos y elaboración de inventarios.
Este documento establece los criterios para la organización de archivos de gestión en entidades públicas y privadas con funciones públicas. Define que las unidades administrativas son responsables de conformar, organizar, preservar y controlar los archivos de gestión según las Tablas de Retención Documental. También especifica criterios como la identificación y ordenación de carpetas y unidades documentales, el préstamo y consulta de documentos, y la adopción de un formato único de inventario documental.
El documento resume los lineamientos legales y técnicos para realizar inventarios documentales en entidades públicas de Colombia. La ley exige que estas entidades elaboren inventarios de los documentos que producen. Los acuerdos 038 y 042 de 2000 establecen el formato único de inventario documental e instrucciones para su diligenciamiento. Este formato incluye 19 campos para registrar información sobre las series documentales, unidades de conservación y metadatos.
Este documento establece los criterios para la organización de los archivos de gestión en entidades públicas y privadas que cumplen funciones públicas. Regula el Inventario Único Documental y desarrolla artículos de la Ley General de Archivos relacionados con la gestión documental, elaboración de programas de gestión documental, ciclo vital de los documentos y obligación de elaborar inventarios. Define requisitos como la organización de archivos según Tablas de Retención Documental, responsabilidades de jefes de unidades, criterios de organización, consulta y
Este documento establece lineamientos para la organización de fondos documentales acumulados en entidades públicas. Describe cuatro etapas para este proceso: 1) Compilar información institucional; 2) Realizar un diagnóstico; 3) Elaborar y ejecutar un plan de trabajo archivístico; 4) Asignar valores y tiempos de retención a documentos a través de una Tabla de Valoración. El objetivo final es dejar los fondos organizados y disponibles para consulta administrativa y patrimonio cultural.
Instructivo Tablas de retención DocumentalEllen Reyes
”Este es un trabajo didáctico, por lo tanto la información que se tomó como referencia es solo para fines educativos y no compromete el buen nombre de la entidad”
FUENTE: http://www.archivogeneral.gov.co/
UNIVERSIDAD DEL QUINDIO Ciencias de la Información Documentación, Bibliotecología y Archivistica
Asignatura- TRD
Las imágenes de la Superintendencia fueron tomadas de su portal http://www.supervigilancia.gov.co/
Este documento describe las Tablas de Retención Documental (TRD) y su aplicación. Explica que las TRD son listas que asignan tiempos de retención a series documentales de acuerdo a su valor. También cubre el marco legal de las TRD en Colombia y las etapas para elaborar y aplicar correctamente las TRD en una entidad, incluyendo investigación, análisis, elaboración, presentación y seguimiento.
Este acuerdo establece los criterios para la organización de archivos de gestión en entidades públicas y privadas. Las entidades deben organizar sus archivos de acuerdo con las Tablas de Retención Documental y manuales de procedimientos. Las unidades administrativas son responsables de conformar, organizar, preservar y controlar los archivos de gestión según principios archivísticos. Se definen criterios para organización, consulta y préstamo de documentos.
El documento habla sobre las Tablas de Retención Documental (TRD) y su aplicación. Explica que las TRD son listados de series documentales con sus tipos documentales y los tiempos de retención en cada fase del ciclo vital. También describe el marco jurídico de las TRD, los conceptos básicos, el ciclo vital de los documentos, y las etapas para elaborar, aplicar, dar seguimiento y actualizar las TRD de acuerdo con la normatividad archivística colombiana.
Acuerdo 056 00 requisitos para la consultanatalymoreno08
Este documento establece los requisitos para acceder y consultar documentos públicos en archivos históricos en Colombia. Para consultar documentos con fines de investigación histórica, las personas deben obtener un carnet de investigador presentando una carta de presentación, copia de su documento de identidad y llenando un formato de registro. Los archivos deben llevar un registro actualizado de los investigadores con información como su nombre, nacionalidad, proyecto de investigación y obligaciones. Las personas también tienen derecho a obtener copias de los documentos pagando los costos de reprodu
Este documento provee información sobre las Tablas de Retención Documental (TRD). Explica que las TRD son listados de series documentales que asignan tiempos de retención a documentos durante las etapas de su ciclo vital. Detalla las cuatro etapas para elaborar TRD: investigación preliminar, análisis e interpretación de información, elaboración y presentación de las TRD, y aplicación. Además, discute la importancia de implementar TRD en instituciones para garantizar la protección de información y patrimonio documental.
Este documento establece el procedimiento para la evaluación de las Tablas de Retención Documental presentadas por las entidades públicas al Archivo General de la Nación. El procedimiento incluye la presentación de las tablas al Secretario del Comité Evaluador de Documentos, su revisión por funcionarios del Archivo General, la emisión de un concepto técnico, la evaluación por parte del Comité y la aprobación final por parte de la Junta Directiva del Archivo General. El Archivo General tendrá un máximo de 30 días para aprobar o improbar las tablas, luego
El documento presenta la Tabla de Retención Documental del Archivo General de la Nación de Colombia. Explica que la TRD lista las series y subseries documentales producidas por cada dependencia y asigna los tiempos de retención de los documentos en el archivo de gestión y central, además de establecer su disposición final. También incluye la estructura organizacional del archivo y define conceptos como TRD, serie documental y otros.
Este documento establece lineamientos para la organización de fondos acumulados en entidades públicas y privadas. Describe cuatro etapas del proceso: 1) compilación de información institucional, 2) diagnóstico de la documentación, 3) elaboración de un plan de trabajo archivístico e implementación, 4) valoración documental. También presenta un formato estándar para tablas de valoración que asignan tiempo de retención y disposición final a series documentales.
La ley establece el marco legal para los archivos en Colombia. Define conceptos clave como archivo, documento y función archivística. Establece el Sistema Nacional de Archivos bajo principios de coordinación y cooperación, liderado por el Archivo General de la Nación. Categoriza los archivos públicos a nivel nacional, departamental y municipal.
Este documento establece lineamientos obligatorios para la creación y organización de archivos de gestión en las empresas de acuerdo a las Tablas de Retención Documental. Se designa al jefe de cada unidad administrativa como responsable de velar por la organización, consulta, conservación y custodia del archivo de gestión. Además, se especifican criterios como la organización de los documentos por series y subseries aprobadas, y se regulan aspectos como el préstamo interno de documentos y el formato único del inventario documental que deben adoptar las entidades.
El documento habla sobre la organización documental. Explica que la clasificación es dividir documentos en clases y series que forman parte de una estructura archivística. La ordenación une documentos relacionados de acuerdo a una unidad de orden preestablecida. Existen diferentes sistemas de clasificación y ordenación como el alfabético, numérico, cronológico y otros. El objetivo es mejorar la organización, clasificación y manejo de documentos en una institución.
El documento habla sobre las Tablas de Retención Documental (TRD), que son listados de series documentales y los tiempos de retención de documentos en cada etapa de su ciclo vital. Explica los pasos para elaborar las TRD, como investigar la institución, analizar la información, elaborar la tabla, y aplicarla y actualizarla. También menciona los marcos jurídicos relacionados con las TRD.
El documento describe las leyes y decretos colombianos relacionados con la preservación y disposición final de documentos. Establece que los documentos deben clasificarse y almacenarse de acuerdo con su valor administrativo, legal e histórico en los archivos de gestión, central o histórico. También regula el uso de la microfilmación para preservar documentos y la eliminación de aquellos que han perdido su valor.
El documento describe la constitución del Comité de Archivo de la Empresa Social del Estado el 23 de abril de 2015. Se establece que el Comité será un órgano asesor responsable de definir las políticas y programas de trabajo relacionados con la gestión documental. El Comité estará integrado por el Secretario General y representantes de las oficinas de Planeación, Asesoría Jurídica, Tecnologías de la Información y Control Interno. Sus funciones incluyen asesorar en normatividad archivística, aprobar tablas de ret
Este documento modifica el Acuerdo número 07 de 1994 relacionado con el reglamento general de archivos en Colombia. Se actualiza el artículo 67 para incluir definiciones actualizadas de términos archivísticos como acceso a documentos, acervo documental, administración de archivos, almacenamiento de documentos, entre otros. El documento provee definiciones concisas de más de 50 términos relacionados con la archivística.
Este documento presenta un instructivo para llenar el formato único de inventario documental utilizado para realizar inventarios de documentos en archivos. Explica detalladamente cada uno de los campos que debe contener el formato, como la entidad remitente, productora, unidad administrativa, serie documental, fechas extremas, unidades de conservación, y notas sobre el estado de conservación. El propósito es registrar de manera normalizada la información relevante sobre los documentos inventariados.
Este documento presenta un resumen instructivo sobre cómo debe llenarse el formato único de inventario documental utilizado para registrar la documentación de las entidades públicas colombianas. Explica que el formato incluye 18 campos en los que se debe consignar información como el nombre de la entidad remitente y productora, las series documentales, fechas extremas, unidades de conservación, estado de conservación y datos de quien elabora el inventario. El propósito es registrar de manera normalizada la documentación que es objeto de transferencias entre archivos o procesos como valoración
Este documento establece procedimientos para la entrega y recibo de documentos y archivos por parte de servidores públicos al ser vinculados, trasladados o desvinculados de sus cargos. Se responsabiliza a los servidores públicos por la adecuada conservación, organización, uso y manejo de los documentos derivados del ejercicio de sus funciones. Al producirse cualquier cambio de cargo, los documentos deben entregarse e inventariarse para garantizar la continuidad de la gestión pública y el acceso a la información.
Este documento establece los criterios para la organización de los archivos de gestión en entidades públicas y privadas que cumplen funciones públicas. Define que los archivos de gestión deben organizarse de acuerdo con las Tablas de Retención Documental y los manuales de procedimientos de cada entidad. Además, regula el Inventario Único Documental que deben llevar las entidades para controlar sus documentos.
Este documento establece los criterios para la organización de los archivos de gestión en entidades públicas y privadas que cumplen funciones públicas. Regula el Inventario Único Documental y desarrolla artículos de la Ley General de Archivos relacionados con la organización de archivos de gestión, el inventario documental y la consulta de documentos.
Este documento establece las regulaciones para la entrega de documentos y archivos de entidades públicas que se liquiden, fusionen o privatizen. Requiere que estas entidades elaboren un plan de trabajo archivístico para organizar, conservar y transferir sus documentos y archivos de acuerdo a su tipo y valor. Los documentos históricos deben transferirse al Archivo General de la Nación u otras entidades públicas, mientras que los archivos de gestión pueden entregarse a entidades privadas.
Este documento presenta un resumen instructivo sobre cómo debe llenarse el formato único de inventario documental utilizado para registrar la documentación de las entidades públicas colombianas. Explica que el formato incluye 18 campos en los que se debe consignar información como el nombre de la entidad remitente y productora, las series documentales, fechas extremas, unidades de conservación, estado de conservación y datos de quien elabora el inventario. El propósito es registrar de manera normalizada la documentación que es objeto de transferencias entre archivos o procesos como valoración
Este acuerdo establece los criterios para la organización de archivos de gestión en entidades públicas y privadas. Las entidades deben organizar sus archivos de acuerdo con las Tablas de Retención Documental y manuales de procedimientos. Las unidades administrativas son responsables de conformar, organizar, preservar y controlar los archivos de gestión según principios archivísticos. Se definen criterios para organización, consulta y préstamo de documentos.
El documento habla sobre las Tablas de Retención Documental (TRD) y su aplicación. Explica que las TRD son listados de series documentales con sus tipos documentales y los tiempos de retención en cada fase del ciclo vital. También describe el marco jurídico de las TRD, los conceptos básicos, el ciclo vital de los documentos, y las etapas para elaborar, aplicar, dar seguimiento y actualizar las TRD de acuerdo con la normatividad archivística colombiana.
Acuerdo 056 00 requisitos para la consultanatalymoreno08
Este documento establece los requisitos para acceder y consultar documentos públicos en archivos históricos en Colombia. Para consultar documentos con fines de investigación histórica, las personas deben obtener un carnet de investigador presentando una carta de presentación, copia de su documento de identidad y llenando un formato de registro. Los archivos deben llevar un registro actualizado de los investigadores con información como su nombre, nacionalidad, proyecto de investigación y obligaciones. Las personas también tienen derecho a obtener copias de los documentos pagando los costos de reprodu
Este documento provee información sobre las Tablas de Retención Documental (TRD). Explica que las TRD son listados de series documentales que asignan tiempos de retención a documentos durante las etapas de su ciclo vital. Detalla las cuatro etapas para elaborar TRD: investigación preliminar, análisis e interpretación de información, elaboración y presentación de las TRD, y aplicación. Además, discute la importancia de implementar TRD en instituciones para garantizar la protección de información y patrimonio documental.
Este documento establece el procedimiento para la evaluación de las Tablas de Retención Documental presentadas por las entidades públicas al Archivo General de la Nación. El procedimiento incluye la presentación de las tablas al Secretario del Comité Evaluador de Documentos, su revisión por funcionarios del Archivo General, la emisión de un concepto técnico, la evaluación por parte del Comité y la aprobación final por parte de la Junta Directiva del Archivo General. El Archivo General tendrá un máximo de 30 días para aprobar o improbar las tablas, luego
El documento presenta la Tabla de Retención Documental del Archivo General de la Nación de Colombia. Explica que la TRD lista las series y subseries documentales producidas por cada dependencia y asigna los tiempos de retención de los documentos en el archivo de gestión y central, además de establecer su disposición final. También incluye la estructura organizacional del archivo y define conceptos como TRD, serie documental y otros.
Este documento establece lineamientos para la organización de fondos acumulados en entidades públicas y privadas. Describe cuatro etapas del proceso: 1) compilación de información institucional, 2) diagnóstico de la documentación, 3) elaboración de un plan de trabajo archivístico e implementación, 4) valoración documental. También presenta un formato estándar para tablas de valoración que asignan tiempo de retención y disposición final a series documentales.
La ley establece el marco legal para los archivos en Colombia. Define conceptos clave como archivo, documento y función archivística. Establece el Sistema Nacional de Archivos bajo principios de coordinación y cooperación, liderado por el Archivo General de la Nación. Categoriza los archivos públicos a nivel nacional, departamental y municipal.
Este documento establece lineamientos obligatorios para la creación y organización de archivos de gestión en las empresas de acuerdo a las Tablas de Retención Documental. Se designa al jefe de cada unidad administrativa como responsable de velar por la organización, consulta, conservación y custodia del archivo de gestión. Además, se especifican criterios como la organización de los documentos por series y subseries aprobadas, y se regulan aspectos como el préstamo interno de documentos y el formato único del inventario documental que deben adoptar las entidades.
El documento habla sobre la organización documental. Explica que la clasificación es dividir documentos en clases y series que forman parte de una estructura archivística. La ordenación une documentos relacionados de acuerdo a una unidad de orden preestablecida. Existen diferentes sistemas de clasificación y ordenación como el alfabético, numérico, cronológico y otros. El objetivo es mejorar la organización, clasificación y manejo de documentos en una institución.
El documento habla sobre las Tablas de Retención Documental (TRD), que son listados de series documentales y los tiempos de retención de documentos en cada etapa de su ciclo vital. Explica los pasos para elaborar las TRD, como investigar la institución, analizar la información, elaborar la tabla, y aplicarla y actualizarla. También menciona los marcos jurídicos relacionados con las TRD.
El documento describe las leyes y decretos colombianos relacionados con la preservación y disposición final de documentos. Establece que los documentos deben clasificarse y almacenarse de acuerdo con su valor administrativo, legal e histórico en los archivos de gestión, central o histórico. También regula el uso de la microfilmación para preservar documentos y la eliminación de aquellos que han perdido su valor.
El documento describe la constitución del Comité de Archivo de la Empresa Social del Estado el 23 de abril de 2015. Se establece que el Comité será un órgano asesor responsable de definir las políticas y programas de trabajo relacionados con la gestión documental. El Comité estará integrado por el Secretario General y representantes de las oficinas de Planeación, Asesoría Jurídica, Tecnologías de la Información y Control Interno. Sus funciones incluyen asesorar en normatividad archivística, aprobar tablas de ret
Este documento modifica el Acuerdo número 07 de 1994 relacionado con el reglamento general de archivos en Colombia. Se actualiza el artículo 67 para incluir definiciones actualizadas de términos archivísticos como acceso a documentos, acervo documental, administración de archivos, almacenamiento de documentos, entre otros. El documento provee definiciones concisas de más de 50 términos relacionados con la archivística.
Este documento presenta un instructivo para llenar el formato único de inventario documental utilizado para realizar inventarios de documentos en archivos. Explica detalladamente cada uno de los campos que debe contener el formato, como la entidad remitente, productora, unidad administrativa, serie documental, fechas extremas, unidades de conservación, y notas sobre el estado de conservación. El propósito es registrar de manera normalizada la información relevante sobre los documentos inventariados.
Este documento presenta un resumen instructivo sobre cómo debe llenarse el formato único de inventario documental utilizado para registrar la documentación de las entidades públicas colombianas. Explica que el formato incluye 18 campos en los que se debe consignar información como el nombre de la entidad remitente y productora, las series documentales, fechas extremas, unidades de conservación, estado de conservación y datos de quien elabora el inventario. El propósito es registrar de manera normalizada la documentación que es objeto de transferencias entre archivos o procesos como valoración
Este documento establece procedimientos para la entrega y recibo de documentos y archivos por parte de servidores públicos al ser vinculados, trasladados o desvinculados de sus cargos. Se responsabiliza a los servidores públicos por la adecuada conservación, organización, uso y manejo de los documentos derivados del ejercicio de sus funciones. Al producirse cualquier cambio de cargo, los documentos deben entregarse e inventariarse para garantizar la continuidad de la gestión pública y el acceso a la información.
Este documento establece los criterios para la organización de los archivos de gestión en entidades públicas y privadas que cumplen funciones públicas. Define que los archivos de gestión deben organizarse de acuerdo con las Tablas de Retención Documental y los manuales de procedimientos de cada entidad. Además, regula el Inventario Único Documental que deben llevar las entidades para controlar sus documentos.
Este documento establece los criterios para la organización de los archivos de gestión en entidades públicas y privadas que cumplen funciones públicas. Regula el Inventario Único Documental y desarrolla artículos de la Ley General de Archivos relacionados con la organización de archivos de gestión, el inventario documental y la consulta de documentos.
Este documento establece las regulaciones para la entrega de documentos y archivos de entidades públicas que se liquiden, fusionen o privatizen. Requiere que estas entidades elaboren un plan de trabajo archivístico para organizar, conservar y transferir sus documentos y archivos de acuerdo a su tipo y valor. Los documentos históricos deben transferirse al Archivo General de la Nación u otras entidades públicas, mientras que los archivos de gestión pueden entregarse a entidades privadas.
Este documento presenta un resumen instructivo sobre cómo debe llenarse el formato único de inventario documental utilizado para registrar la documentación de las entidades públicas colombianas. Explica que el formato incluye 18 campos en los que se debe consignar información como el nombre de la entidad remitente y productora, las series documentales, fechas extremas, unidades de conservación, estado de conservación y datos de quien elabora el inventario. El propósito es registrar de manera normalizada la documentación que es objeto de transferencias entre archivos o procesos como valoración
Este documento resume la Ley General de Archivos de Colombia. Establece 13 títulos y 52 artículos que definen principios como el objeto y ámbito de aplicación de la ley, la organización del Sistema Nacional de Archivos, la categorización y administración de archivos públicos, la gestión documental, el acceso a documentos, el control y vigilancia de archivos, archivos privados, la conservación de documentos y estímulos para la preservación del patrimonio documental de la nación.
Este documento presenta un resumen instructivo sobre cómo llenar correctamente el formato único de inventario documental. Explica detalladamente cada uno de los campos que debe contener el formato, incluyendo información sobre la entidad remitente, productora, unidad administrativa, serie documental, fechas, unidades de conservación, soportes y estado de conservación de los documentos. El propósito es registrar de manera ordenada y completa la documentación en procesos de transferencia primaria, secundaria o valoración documental.
Este documento resume la Ley General de Archivos de Colombia. Establece 13 títulos y 52 artículos que definen principios como el objeto y ámbito de aplicación de la ley, la organización del Sistema Nacional de Archivos, la categorización y administración de archivos públicos, la gestión documental, el acceso a documentos, el control y vigilancia de archivos, archivos privados, la conservación de documentos y estímulos para la preservación del patrimonio documental de la nación.
Este documento presenta un resumen instructivo sobre cómo debe llenarse el formato único de inventario documental utilizado para registrar la documentación de las entidades públicas colombianas. Explica que el formato incluye 18 campos en los que se debe consignar información como el nombre de la entidad remitente y productora, las series documentales, fechas extremas, unidades de conservación, estado de conservación y datos de quien elabora el inventario. El propósito es registrar de manera normalizada la documentación que es objeto de transferencias entre archivos o procesos como valoración
Por medio del cual se reglamenta el proceso de entrega ylo transferencia de los archivos públicos de las entidades que se suprimen, fusionen, privaticen o liquiden; se desarrolla el artículo 20 de la Ley 594 de 2000 y el artículo 39 del Decreto Ley 254 de 2000 y se dictan otras disposiciones"
Este documento establece los lineamientos básicos para la organización de fondos acumulados en entidades públicas de Colombia. Define conceptos clave como fondo acumulado, cuadro de clasificación y tabla de valoración documental. Además, describe las cuatro etapas del proceso de organización: 1) compilación de información institucional, 2) diagnóstico, 3) plan de trabajo archivístico y 4) valoración. El objetivo es disponer la documentación de manera organizada para garantizar su conservación y uso.
El documento presenta resúmenes de varias leyes y acuerdos colombianos relacionados con la gestión de archivos en entidades públicas y privadas. Se describen los lineamientos establecidos en el Acuerdo 042 sobre la organización y manejo de archivos de gestión, en el Acuerdo 037 sobre los requisitos para el almacenamiento de documentos, y en el Acuerdo 039 sobre la elaboración y aplicación de tablas de retención documental. También se mencionan otras normas como la Ley 594 sobre archivos generales, la Ley 15
Este documento establece las normas y procedimientos para la elaboración y archivo de documentos y correspondencia militar. Define conceptos como documentación y correspondencia militar, y clasifica la documentación por origen, contenido y valores. Explica las normas para el archivo de correspondencia en las fases de archivo de gestión, central e intermedio/histórico. También detalla las normas para la elaboración de documentos, como formatos, membretes, tipos de letra, entre otros aspectos formales.
Este documento presenta información sobre la capacitación intermedia en archivos realizada por la Secretaría Distrital de Integración Social en 2013. Incluye temas como los principios de archivos, series documentales, tablas de retención documental, organización y descripción de documentos, y marco legal para la gestión de archivos en Colombia.
Este documento presenta los principales aspectos de la gestión documental en una subdirección para la discapacidad. Establece que los servidores públicos son responsables de la organización, uso y manejo de los documentos. También indica que es obligación del Estado administrar los archivos públicos y un derecho de los ciudadanos acceder a ellos, salvo excepciones legales. Finalmente, resalta que los archivos cumplen una función probatoria, garantizadora y perpetuadora en un Estado de Derecho.
Reglamento general sustitivo de bienes sector público ultima versionactivosfijosespol
El documento presenta información sobre decretos, acuerdos y resoluciones de varias entidades del sector público ecuatoriano. Se expide el Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público, el cual norma la adquisición, manejo y disposición de bienes propiedad de entidades públicas. También se constituyen comisiones y se designan delegados para tratar asuntos relacionados con energía, hidrocarburos y biocombustibles.
Reglamento general sustitivo de bienes sector públicoactivosfijosespol
El documento presenta el Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público expedido por la Contraloría General del Estado. El reglamento establece normas para la adquisición, manejo, uso y disposición final de los bienes de propiedad de las entidades y organismos del sector público. Designa a las autoridades y funcionarios responsables de llevar registros y garantizar la custodia y conservación adecuada de los bienes públicos.
La ley establece los procedimientos para la ejecución del catastro nacional de El Salvador con el objetivo de obtener la correcta localización e información de los inmuebles. Se crea una comisión interministerial para coordinar los trabajos catastrales y se designan las instituciones responsables de los aspectos físico, económico, fiscal y jurídico del catastro. Además, la ley describe los procedimientos para la elaboración de mapas, índices y fichas catastrales de los predios.
El documento establece directrices para el manejo y administración de los archivos de las entidades durante el proceso de escisión de acuerdo con la Ley 1444 de 2011. Las directrices cubren el tratamiento de los archivos de gestión, el archivo central y los documentos históricos. Se enfatiza la importancia de transferir documentos a los archivos centrales y entregar archivos a las nuevas entidades de acuerdo con sus funciones y responsabilidades.
Similar a Acuerdo 038 02 art. de ley general de archivos (20)
Guia para la_creacion_de_metadatos_octubre_pub_2009natalymoreno08
Este documento presenta una guía para la creación de metadatos usando el esquema Dublin Core calificado. Explica cada uno de los 22 elementos de Dublin Core, incluyendo su definición, guía de uso, refinamientos y ejemplos. Además, proporciona recomendaciones específicas de la Biblioteca Nacional de Chile sobre el uso de los elementos. El objetivo es constituir una ayuda para la creación de metadatos descriptivos que permitan la recuperación y descubrimiento de recursos digitales.
La Unión Europea ha acordado un embargo petrolero contra Rusia en respuesta a la invasión de Ucrania. El embargo prohibirá las importaciones marítimas de petróleo ruso a la UE y pondrá fin a las entregas a través de oleoductos dentro de seis meses. Esta medida forma parte de un sexto paquete de sanciones de la UE destinadas a aumentar la presión económica sobre el gobierno de Putin.
Este documento presenta definiciones de más de 50 términos relacionados con archivos y la gestión de documentos. Algunos de los conceptos clave definidos incluyen archivo (conjunto de documentos acumulados de manera natural por una entidad), ciclo vital de los documentos (etapas por las que pasan los documentos desde su creación hasta su disposición final), y principios archivísticos como procedencia y orden original. También define tipos de archivos como de gestión, central e histórico; e instrumentos de descripción archivística como invent
Este documento presenta la Norma Internacional sobre los Registros de Autoridad de Archivos relativos a Instituciones, Personas y Familias (ISAAR (CPF)), segunda edición. La norma proporciona orientaciones para elaborar registros de autoridad de archivos que describen entidades como unidades dentro de un sistema de descripción archivístico y documentan sus relaciones con documentos de archivo y otros recursos. La norma complementa la ISAD(G) y permite tratar la información contextual de forma autónoma para relacionarla con descripciones de documentos de un mismo
Este documento presenta la Norma Internacional para Describir Instituciones que Custodian Fondos de Archivo (ISDIAH). La norma proporciona directrices para describir de manera normalizada las instituciones que conservan fondos de archivo, permitiendo identificar y contactar dichas instituciones, acceder a sus fondos y servicios, y documentar las relaciones entre las instituciones y los fondos que custodian. El objetivo principal es facilitar la descripción de aquellas instituciones cuya función principal es la conservación y difusión de documentos de archivo.
Este documento presenta la Norma Internacional para la Descripción de Funciones (ISDF), elaborada por el Comité de Buenas Prácticas y Normas Profesionales del Consejo Internacional de Archivos. La ISDF proporciona una guía para describir las funciones de las instituciones relacionadas con la producción y conservación de documentos de archivo. La norma consta de 12 elementos de descripción agrupados en 4 áreas (identificación, contexto, relaciones y control) y ejemplos completos de descripciones de funciones. El objetivo es complementar las norm
The document discusses the benefits of exercise for mental health. It states that regular exercise can help reduce anxiety and depression and improve mood and cognitive function. Exercise causes chemical changes in the brain that may help prevent mental illness and improve symptoms.
Este documento presenta el Manual de documentos electrónicos elaborado por el Comité de archivos de gestión en entorno electrónico del Consejo Internacional de Archivos (ICA). El manual ofrece enfoques prácticos para la gestión de documentos electrónicos a lo largo de su ciclo de vida, con el objetivo de ampliar la Guía para la gestión archivística de documentos electrónicos publicada por el ICA en 1997. El manual aborda temas como la definición de conceptos, la influencia de las tecnologías de la información, la implementación
Este documento presenta una lista de 8 normas técnicas colombianas relacionadas con la descripción, microfilmación, medición, procesamiento y almacenamiento de archivos y documentos, así como los requisitos para el papel de archivo en términos de permanencia y durabilidad.
Este documento resume varios decretos colombianos relacionados con la normatividad archivística. Algunos decretos reglamentan aspectos como la gestión de documentos y expedientes en entidades públicas, la transferencia de documentos históricos a archivos nacionales, y el uso de tecnologías como archivos electrónicos y facturas digitales. Los decretos buscan regular la organización, conservación y acceso a documentos de entidades gubernamentales, comerciales y del sector privado.
Esta ley reglamenta el ejercicio profesional de la archivística en Colombia, estableciendo los requisitos para ejercer legalmente como archivista, las funciones del Colegio Colombiano de Archivistas, el código de ética para archivistas, y las sanciones por el ejercicio ilegal de la profesión.
La Resolución 0128 de 2010 actualiza la metodología para evaluar las Tablas de Retención Documental y las Tablas de Valoración Documental, deroga la Resolución 00047 de 2000, y conforma un Pre-Comité Evaluador de Documentos encargado de integrar, verificar la aplicación de las tablas, y realizar funciones de apoyo.
La NTC 5174 establece los requisitos para el procesado y almacenamiento de microfilmes de gelatina y plata, incluyendo la medición del contenido de los microfilmes, los empalmes y la revisión e inspección de los microfilms.
La NTC 5029 establece las normas para medir archivos en metros lineales, metros cúbicos o por folios para realizar diagnósticos de archivos y proyecciones de áreas de almacenamiento. Fue creada por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación en 2001 para normalizar la medición de documentos en archivos.
La NTC 4095 es una norma general colombiana para la descripción archivística que establece reglas y niveles para identificar y describir el contexto de archivos históricos.
La Norma Técnica Colombiana NTC 4080 establece los símbolos gráficos estandarizados para ser utilizados en procesos de microfilmación, incluyendo símbolos para la clasificación de microfilmes, tipos de películas como sales de plata, diazo y vesiculares. El documento fue creado por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación en 2005.
La NTC 3723 establece las técnicas de operación para la microfilmación de documentos en películas de 16 mm y 35 mm, incluyendo la preparación de documentos, grados de reducción, codificación en rollos, y numeración de fotogramas. El Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación publicó esta norma técnica en español en 2009.
La Ley 1409 de 2010 reglamenta el ejercicio profesional de la archivística en Colombia, estableciendo un código de ética que incluye deberes y prohibiciones, así como un régimen disciplinario. Además, define el ejercicio ilegal de la profesión.
La Ley 594 de 2000 establece la ley general de archivos en Colombia, dictando disposiciones para la categorización, administración, gestión, acceso y consulta de archivos públicos y privados.
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Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
1. ACUERDO No. 038
(Septiembre 20 de 2002)
Por el cual se desarrolla el artículo 15 de la Ley General de Archivos 594 de 2000
El Consejo Directivo del Archivo General de la Nación
En uso de las facultades que le confieren la Ley 80 de 1989, la Ley 489 de 1998 y la Ley
General de Archivos 594 de 2000 y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 15 de la Ley 594 de 2000 establece que los servidores públicos, al
desvincularse de las funciones titulares, entregarán los documentos y archivos a su cargo
debidamente inventariados, conforme a las normas y procedimientos que establezca el
Archivo General de la Nación, sin que ello implique la exoneración de responsabilidad a
que haya lugar en caso de irregularidades.
Que los documentos y archivos son indispensables para garantizar la continuidad de la
gestión pública.
Que el numeral 5 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002 establece como deberes de todo
servidor público el de “Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de
su empleo, cargo o función conserve bajo su cuidado o a la cual tenga acceso, impidiendo
o evitando la sustracción, destrucción, ocultamiento o utilización indebidos”.
Que el numeral 13 del artículo 35 de la Ley 734 de 2002 señala que le está prohibido a los
servidores públicos “Ocasionar daño o dar lugar a la pérdida de bienes, elementos, de
expedientes o documentos que hayan llegado a su poder por razón de sus funciones”.
Que de acuerdo con lo expresado en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, “el
Documento Público es el otorgado por funcionario público en ejercicio de su cargo o con su
intervención”; y en concordancia con el artículo 14 de la Ley 594 de 2000, “la
documentación de la administración pública es producto y propiedad del Estado y éste
ejercerá el pleno control de sus recursos informativos”. Por lo tanto, el servidor público al
desvincularse de sus funciones titulares no podrá retirar de la entidad pública documento o
archivo alguno, so pena de incurrir en falta contra el patrimonio documental o en un hecho
punible, de conformidad con lo expresado en el artículo 35 de la Ley 594 de 2000.
Que el Código Penal dentro del Título IX de “Delitos contra la Fe Pública”, artículo 292
establece las sanciones para hechos de destrucción, supresión u ocultamiento de
documento público.
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO. RESPONSABILIDAD DEL SERVIDOR PUBLICO FRENTE A LOS
DOCUMENTOS Y ARCHIVOS. El servidor público será responsable de la adecuada
conservación, organización, uso y manejo de los documentos y archivos que se deriven del
ejercicio de sus funciones.
ARTICULO SEGUNDO. Todo servidor público al ser vinculado, trasladado o desvinculado
de su cargo, recibirá o entregará según sea el caso, los documentos y archivos
debidamente inventariados para garantizar la continuidad de la gestión pública.
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2. 2
ARTICULO TERCERO. La entrega y recibo de los documentos y archivos a que se
refiere el articulo anterior, se hará de conformidad con la Tabla de Retención
Documental. Para tal efecto, se diligenciará el formato único de inventario, en
concordancia con su instructivo: numerales 2,3,4,5,6,8,9,10,11,12,13,14,16, 17, 18 y 19,
señalados en el presente artículo. Del numeral 10 se exceptua lo relacionado con
transferencia y del numeral 16 igualmente lo relacionado con estado de conservación.
INSTRUCTIVO FORMATO UNICO DE INVENTARIO DOCUMENTAL
1. ENTIDAD REMITENTE. Debe colocarse el nombre de la entidad responsable de la
documentación que se va a transferir.
2. ENTIDAD PRODUCTORA. Debe colocarse el nombre completo o Razón Social de la
entidad que produjo o produce los documentos.
3. UNIDAD ADMINISTRATIVA. Debe consignarse el nombre de la dependencia o unidad
administrativa de mayor jerarquía de la cual dependa la oficina productora.
4.OFICINA PRODUCTORA. Debe colocarse el nombre de la unidad administrativa que
produce y conserva la documentación tramitada en ejercicio de sus funciones.
5. OBJETO. Se debe consignar la finalidad del inventario, que puede ser: Transferencias
Primarias, Transferencias Secundarias, Valoración de Fondos Acumulados, Fusión y
Supresión de entidades y/o dependencias, Inventarios individuales por vinculación,
traslado, desvinculación.
6. HOJA No. Se numerará cada hoja del inventario consecutivamente. Se registrara el
total de hojas del inventario.
7. REGISTRO DE ENTRADA. Se diligencia sólo para transferencias primarias y
transferencias secundarias. Debe consignarse en las tres primeras casillas los dígitos
correspondientes a la fecha de la entrada de la transferencia ( año, mes día). En NT se
anotará el número de la transferencia.
8. No. DE ORDEN. Debe anotarse en forma consecutiva el número correspondiente a
cada uno de los asientos descritos, que generalmente corresponde a una unidad de
conservación.
9. CODIGO. Sistema convencional establecido por la entidad que identifica las oficinas
productoras y cada una de las series, subseries o asuntos relacionados.
10. NOMBRE DE LAS SERIES, SUBSERIES O ASUNTOS. Debe anotarse el nombre
asignado al conjunto de unidades documentales de estructura y contenido homogéneos,
emanados de un mismo órgano o sujeto productor como consecuencia del ejercicio de sus
funciones específicas.
Para las transferencias primarias, secundarias y las ocasionadas por fusión y / o supresión
de entidades o dependencias, el asiento corresponderá a cada una de las unidades de
conservación. En los inventarios individuales, el asiento corresponderá a los asuntos
tramitados en ejercicio de las funciones asignadas.
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Cuando no se puedan identificar series, se debe reunir bajo un solo asunto aquellos
documentos que guarden relación con la misma función de la oficina productora.
Cuando se realiza el inventario de Fondos Acumulados, las series o asuntos deben
registrarse, en lo posible, en orden alfabético.
11. FECHAS EXTREMAS. Debe consignarse la fecha inicial y final de cada unidad
descrita. (asiento). Deben colocarse los cuatro (4) dígitos correspondientes al año.
Ejemplo: 1950-1960. En el caso de una sola fecha se anotará ésta. Cuando la
documentación no tenga fecha se anotará s.f.
12. UNIDAD DE CONSERVACION. Se consignará el número asignado a cada unidad de
almacenamiento. En la columna ¨ otro ¨ se registrarán las unidades de conservación
diferentes escribiendo el nombre en la parte de arriba y debajo la cantidad o el número
correspondiente.
13. NUMERO DE FOLIOS. Se anotará el número total de folios contenido en cada unidad
de conservación descrita.
14. SOPORTE. Se utilizará esta columna para anotar los soportes diferentes al papel:
Microfilmes (M), Videos (V), Casetes (C), soportes electrónicos (CD, DK, DVD), etc.
15. FRECUENCIA DE CONSULTA. Se debe consignar si la documentación registra un
índice de consulta alto, medio, bajo o ninguno; para tal efecto, se tendrán en cuenta los
controles y registros de préstamo y consulta de la oficina responsable de dicha
documentación. Esta columna se diligenciará especialmente para el inventario de fondos
acumulados.
16. NOTAS. Se consignarán los datos que sean relevantes y no se hayan registrado en
las columnas anteriores.
Para la documentación ordenada numéricamente, como actas, resoluciones, memorandos,
circulares, entre otros, se anotarán los siguientes datos: faltantes, saltos por error en la
numeración y / o repetición del número consecutivo en diferentes documentos.
Para los expedientes deberá registrarse la existencia de anexos: circulares, actas,
memorandos, resoluciones, informes, impresos, planos, facturas, disquetes, fotografías, o
cualquier objeto del cual se hable en el documento principal; de éstos debe señalarse, en
primer lugar, el número de unidades anexas de cada tipo, ejemplo una hoja con 5
fotografías o 5 fotografías sueltas; luego, el número consecutivo (sí lo tiene), ciudad, fecha,
asunto o tema de cada anexo.
Para los anexos legibles por máquina deberán registrarse las características físicas y
requerimientos técnicos para la visualización y/o consulta de la información. Especificar
programas de sistematización de la información.
A los impresos se les asignará un número de folio y se registrará el número de páginas
que lo componen.
Asimismo, se anotará información sobre el estado de conservación de la documentación,
especificando el tipo de deterioro: físico (rasgaduras, mutilaciones, perforaciones, dobleces
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y faltantes), químico (oxidación de tinta y soporte débil) y biológico (ataque de hongos,
insectos, roedores, etc.).
17. ELABORADO POR. Se escribirá el nombre y apellido, cargo, firma de la persona
responsable de elaborar el inventario, así como el lugar y la fecha en que se realiza.
18. ENTREGADO POR. Se registrará el nombre y apellido, cargo, firma de la persona
responsable de entregar el inventario, así como el lugar y la fecha en que se realiza.
19. RECIBIDO POR. Se registrará el nombre y apellido, cargo, firma de la persona
responsable de recibir el inventario, así como el lugar y la fecha en que se recibió.
FORMATO UNICO DE INVENTARIO DOCUMENTAL
ENTIDAD REMITENTE HOJA No. DE
ENTIDAD PRODUCTORA
UNIDAD ADMINISTRATIVA REGISTRO DE ENTRADA
OFICINA PRODUCTORA AÑO MES DIA N.T.
OBJETO
N.T. = Número de Transferencia
NÚMERO DE CÓDIGO Nombre de las Series, subseries o Asuntos FECHAS EXTREMAS Unidad de Conservación Número de Soporte Frecuencia de Notas
ORDEN Inicial Final Caja carpeta Tomo Otro Folios consulta
Elaborado por______________________________ Entregado por__________________________ Recibido por_____________________________
Cargo____________________________________ Cargo________________________________ Cargo__________________________________
Firma____________________________________ Firma________________________________ Firma___________________________________
Lugar_________________ Fecha ______________ Lugar_________________ Fecha__________ Lugar_____________ Fecha_________________
ARTICULO CUARTO. Las entidades publicas tendrán en cuenta los procedimientos
generales que se establecen en el presente Acuerdo para el cumplimiento del recibo y
entrega por inventario de los documentos y archivos a cargo del servidor público que se
encuentre en una de las situaciones administrativas señaladas.
PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA Y RECIBO DE LOS DOCUMENTOS Y
ARCHIVOS POR INVENTARIO.
1) Los Secretarios Generales o quien haga sus veces deberán garantizar que en los
manuales de funciones y procedimientos de la entidad respectiva, se regule la
responsabilidad de recibo y entrega de los documentos de Archivo por parte de los
servidores públicos, que se encuentren en situaciones administrativas de retiro temporal
o definitivo de sus cargos y de la notificación de estas situaciones al Jefe de la Unidad de
Archivo para que oportunamente cumpla con el desempeño de las responsabilidades que
le correspondan.
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2. El Jefe de la Unidad Administrativa, o dependencia, será el responsable de la custodia
de los archivos de la oficina a su cargo.
3. Asignar la función al cargo que asuma en cada una de las unidades administrativas, la
responsabilidad por la permanente organización y administración del archivo de oficina sin
perjuicio de la responsabilidad que establece la Ley General de Archivos 594 de 2000.
4. El Jefe de la Unidad Administrativa de Archivo de la Entidad, deberá presenciar la
entrega y recibo por inventario de los documentos y archivos cuando un servidor público se
retire total o parcialmente del cargo y en constancia deberá firmar el Acta de entrega y
recibo.
5. Garantizar que el recibo y entrega de los documentos y archivos se produzca durante el
tiempo activo del servidor que se desvinculará temporal o definitivamente de la entidad.
6. En caso de abandono del cargo, la Administración deberá designar el funcionario titular
o en su defecto el que deba levantar el inventario de los documentos y archivos existentes,
en presencia del Jefe de la Unidad de Archivo y en constancia firmarán el acta
correspondiente.
ARTICULO QUINTO. Los servidores públicos que se trasladen, retiren o posesionen
omitiendo la entrega y el recibo de los documentos y archivos de gestión, sin los
procedimientos anteriormente señalados, responderán ante las autoridades por las
consecuencias de esta omisión. PARÁGRAFO: Por ningún motivo el servidor público
podrá llevarse la documentación producida en ejercicio del cargo por cuanto los
documentos públicos son de propiedad del Estado, so pena de encontrarse incurso en
cualquiera de las sanciones previstas por la Ley.
ARTICULO SEXTO: El Archivo General de la Nación podrá de oficio o a solicitud de parte,
hacer visitas de inspección para verificar el cumplimiento de este Acuerdo.
ARTICULO SÉPTIMO: El presente acuerdo rige a partir de su publicación y deroga los
acuerdos que le sean contrarios.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D. C. a los veinte (20) días del mes de septiembre de dos mil dos
(2002).
(FDO) ADRIANA MEJIA HERNÁNDEZ
Presidente
((FDO) ELSA MORENO SANDOVAL
SecretarioTécnico
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