El documento describe los procedimientos relacionados con medidas cautelares en un proceso arbitral. Explica que el tribunal arbitral puede solicitar asistencia judicial para recopilar pruebas y puede ordenar medidas cautelares temporales para preservar el statu quo, evidencia u otros activos. También detalla los pasos para la ejecución de las medidas cautelares dictadas por el tribunal arbitral y el proceso de reconsideración de las decisiones del tribunal que no sean laudos arbitrales finales.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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This session will include a combination of:
• a formal opening session involving representatives from the EU in Rwanda, the Rwandan government and our local host;
• an explanation of all the practical information that we will need during the course, especially about the use of digital platforms and tools; and
• a review of the outcome of the preparatory activities.
---
Cette session comprendra :
• Une cérémonie d’ouverture officielle avec des représentants de l’Union Européenne au Rwanda, du gouvernement rwandais et de l’institution accueillant l’atelier ;
• Une explication relative à toutes les informations pratiques dont nous aurons besoin durant l’atelier, notamment pour l’utilisation des plateformes et outils numériques ; et
• Un compte-rendu des activités réalisées avant la formation
Avantages financiers du Cloud. Le calcul de 2 entreprises
Plus d'infos : #AskComputerland. Nos experts répondent à vos questions. http://bit.ly/1fonxAz
Linux, un système plus sécuritaire que Windows? (Dominique Bérubé)LinuQ
Lorsque l’on discute avec des gens de la communauté Linux, on dit que Linux est plus sécuritaire que Windows. Pour affirmer cela, on dit notamment qu’il n’existe pas de virus sous Linux. Est-ce vraiment le cas ? Dans cette présentation, on verra quelles sont les menaces et les vulnérabilités d’un système Linux et l’on répondra à la question concernant les virus. Comme tout système informatique, il y a des forces et des faiblesses. C’est que l’on tentera de démystifier.
"Régime volontaire d'épargne-retraite (RVER) : volontaire ou obligatoire?"
Conférencier : M. Yanik Paquin, conseiller en régimes de retraite chez Desjardins Assurances
Deux millions de travailleurs québécois sont sans régime de retraite. C’est pourquoi le gouvernement du Québec a mis en place le RVER. Depuis le 1er juillet 2014, tous les employeurs comptant cinq employés ou plus doivent en offrir un, selon un échéancier préétabli. Quelles sont les caractéristiques de ce régime? Comment modifie-t-il votre réalité d’employeur et quels en sont les impacts financiers, administratifs et humains? Existe-t-il d’autres solutions qui vous permettent de vous conformer à cette nouvelle Loi? Venez apprendre tout ce que vous devez savoir sur ce sujet brûlant d’actualité.
This session will include a combination of:
• a formal opening session involving representatives from the EU in Rwanda, the Rwandan government and our local host;
• an explanation of all the practical information that we will need during the course, especially about the use of digital platforms and tools; and
• a review of the outcome of the preparatory activities.
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Cette session comprendra :
• Une cérémonie d’ouverture officielle avec des représentants de l’Union Européenne au Rwanda, du gouvernement rwandais et de l’institution accueillant l’atelier ;
• Une explication relative à toutes les informations pratiques dont nous aurons besoin durant l’atelier, notamment pour l’utilisation des plateformes et outils numériques ; et
• Un compte-rendu des activités réalisées avant la formation
Avantages financiers du Cloud. Le calcul de 2 entreprises
Plus d'infos : #AskComputerland. Nos experts répondent à vos questions. http://bit.ly/1fonxAz
Linux, un système plus sécuritaire que Windows? (Dominique Bérubé)LinuQ
Lorsque l’on discute avec des gens de la communauté Linux, on dit que Linux est plus sécuritaire que Windows. Pour affirmer cela, on dit notamment qu’il n’existe pas de virus sous Linux. Est-ce vraiment le cas ? Dans cette présentation, on verra quelles sont les menaces et les vulnérabilités d’un système Linux et l’on répondra à la question concernant les virus. Comme tout système informatique, il y a des forces et des faiblesses. C’est que l’on tentera de démystifier.
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Deux millions de travailleurs québécois sont sans régime de retraite. C’est pourquoi le gouvernement du Québec a mis en place le RVER. Depuis le 1er juillet 2014, tous les employeurs comptant cinq employés ou plus doivent en offrir un, selon un échéancier préétabli. Quelles sont les caractéristiques de ce régime? Comment modifie-t-il votre réalité d’employeur et quels en sont les impacts financiers, administratifs et humains? Existe-t-il d’autres solutions qui vous permettent de vous conformer à cette nouvelle Loi? Venez apprendre tout ce que vous devez savoir sur ce sujet brûlant d’actualité.
Module 7 - FR - Echange de connaissances II: Soutien à l'utilisation de donnéesAlberto González-Talaván
Cette présentation a été crée par Alberto González-Talaván, traduite en Français par Mickaël Graf, et fait partie du module 3 du cours de formation GB20 pour les nœuds GBIF donné en Octobre 2013 à Berlin, Allemagne.
Avec cette présentation, nous voulons simplement mettre quelques idées sur la table pour commencer les discussions sur les meilleures pratiques pour aider à l'utilisation au mieux des données. C'est un aspect du travail de GBIF qui a été souvent négligé.
Nous nous concentrerons sur l'élimination des obstacles sociaux et culturels à l'utilisation.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
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Índigo Energía e Industria No. 16 |Tradicionalmente, las estaciones de servicio han sido vistas sólo como puntos de suministro de combustible para vehículos. Sin embargo, en la actualidad, estos espacios experimentan una transformación significativa hacia la sostenibilidad y la incorporación de tecnologías verdes.
En este ejemplar también encontrarás:
#Entrevistas
Ignacio Contreras Andrade, director del área oil and gas de Vicer
Carlos León Martín, presidente de Onexpo Puebla
Oscar Del Cueto, presidente de CPKC México.
José Luis del Corral, vp ejecutivo de STRACON y director de operaciones en Dumas.
#Opinión
Dra. Alicia Zazueta Payán, presidenta de la AMPES
Dr. Leonardo Ramos, subgerente operativo de anteproyectos hidroeléctricos de la CFE
Por Julio Zugasti, asociado senior de Hogan Lovells
Coberturas
BYD SHARK: potente, eficiente y amigable con el medio ambiente
IV Foro de Biogás fomentan el uso de Biometano
Takeda celebra 60 años de presencia en México con inauguración del ICC
AMID presenta decálogo para mejorar la salud y la economía de México
#Noticias
CFE adquiere crédito para desarrollar la primera central solar flotante de Latam
Sempra Infraestructura dona 7 mdp a la Cruz Roja Mexicana
Histórica multa de COFECE a gasolineras
Mantenimiento garantiza el óptimo funcionamiento de estaciones de servicio: Petrogas
Destacada participación de AMPES en UNITI Expo 2024
Gilbarco mostrará equipos y soluciones en los GVR Tech Days
Milei baja su imagen en catorce provinciasEconomis
El último estudio de la consultora CB revela que el presidente Javier Milei comenzó a mostrar flancos en su imagen positiva. Su aceptación bajó en catorce de las 24 provincias comparado al mes de Mayo. La mayor imagen positiva la encuentra éste mes en Córdoba (64.8%), mientras que la imagen más baja la obtiene en Santiago del Estero (41.5%). El distrito donde más cayó comparado a la medición anterior fue Buenos Aires (-3.5%) y donde más creció fue Córdoba (+2.9%).
2. COLABORACIÓN JUDICIAL
El tribunal arbitral o cualquiera de las partes
con su aprobación, podrá pedir asistencia
judicial para la actuación de pruebas,
acompañando a su solicitud, las copias del
documento que acredite la existencia del
arbitraje y de la decisión que faculte a la parte
interesada a recurrir a dicha asistencia,
cuando corresponda
3. COLABORACIÓN JUDICIAL
Esta asistencia podrá consistir en la actuación
del medio probatorio ante la autoridad judicial
competente bajo su exclusiva dirección o en la
adopción por dicha autoridad de las medidas
concretas que sean necesarias para que la
prueba pueda ser actuada ante el tribunal
arbitral
4. COLABORACIÓN JUDICIAL
En caso de actuación de declaraciones ante la
autoridad judicial competente, el tribunal
arbitral podrá, de estimarlo pertinente,
escuchar dichas declaraciones, teniendo la
oportunidad de formular preguntas
5. MEDIDAS CAUTELARES .
• Medida cautelar: toda medida temporal, contenida
en una decisión que tenga o no forma de laudo, por
la que, en cualquier momento previo a la emisión
del laudo que resuelva definitivamente la
controversia, el tribunal arbitral ordena a una de las
partes:
• . Que mantenga o restablezca el statu quo en
espera de que se resuelva la controversia;
6. MEDIDAS CAUTELARES .
• Medida cautelar: El tribunal arbitral ordena a una de
las partes:
• Que adopte medidas para impedir algún daño
actual o inminente o el menoscabo del proceso
arbitral, o que se abstenga de llevar a cabo ciertos
actos que probablemente ocasionarían dicho daño
o menoscabo al proceso arbitral ;
7. MEDIDAS CAUTELARES .
• Medida cautelar: El tribunal arbitral ordena a una de
las partes:
• Que proporcione algún medio para preservar
bienes que permitan ejecutar el laudo subsiguiente
8. MEDIDAS CAUTELARES .
• Medida cautelar: El tribunal arbitral ordena a una de
las partes:
• Que preserve elementos de prueba que pudieran
ser relevantes y pertinentes para resolver la
controversia ;
9. MEDIDAS CAUTELARES .
• Una vez constituido, el tribunal arbitral, a petición
de cualquiera de las partes, podrá adoptar las
medidas cautelares que considere necesarias para
garantizar la eficacia del laudo, pudiendo exigir las
garantías que estime conveniente para asegurar el
resarcimiento de los daños y perjuicios que pueda
ocasionar la ejecución de la medida
10. MEDIDAS CAUTELARES .
• El tribunal arbitral, antes de resolver, pondrá en
conocimiento la solicitud a la otra parte. Sin
embargo, podrá dictar una medida cautelar sin
necesidad de poner en conocimiento a la otra parte,
cuando la parte solicitante justifique la necesidad de
no hacerlo para garantizar que la eficacia de la
medida no se frustre. Ejecutada la medida podrá
formularse reconsideración contra la decisión
11. MEDIDAS CAUTELARES .
• El tribunal arbitral está facultado para modificar,
sustituir y dejar sin efecto las medidas cautelares
que haya dictado así como las medidas cautelares
dictadas por una autoridad judicial, incluso cuando
se trate de decisiones judiciales firmes. Esta
decisión podrá ser adoptada por el tribunal arbitral,
ya sea a iniciativa de alguna de las partes o, en
circunstancias excepcionales, por iniciativa propia,
previa notificación a ellas
12. MEDIDAS CAUTELARES .
• El solicitante de una medida cautelar será responsable de
los costos y de los daños y perjuicios que dicha medida
ocasione a alguna de las partes, siempre que el tribunal
arbitral determine ulteriormente que, en las circunstancias
del caso, no debería haberse otorgado la medida. En ese
caso, el tribunal arbitral podrá condenar al solicitante, en
cualquier momento de las actuaciones, al pago de los
costos y de los daños y perjuicios
13. EJECUCIÓN DE MEDIDAS
CAUTELARES DICTADAS POR EL
TRIBUNAL ARBITRAL .
• El tribunal arbitral está facultado para ejecutar, a
pedido de parte, sus medidas cautelares, salvo
que, a su sola discreción, considere necesario o
conveniente requerir la asistencia de la fuerza
pública .
14. EJECUCIÓN DE MEDIDAS
CAUTELARES DICTADAS POR EL
TRIBUNAL ARBITRAL .
• En los casos de incumplimiento de la medida
cautelar o cuando se requiera de ejecución
judicial, la parte interesada recurrirá a la autoridad
judicial competente, quien por el solo mérito de
las copias del documento que acredite la
existencia del arbitraje y de la decisión cautelar,
procederá a ejecutar la medida sin admitir
recursos ni oposición alguna .
15. EJECUCIÓN DE MEDIDAS
CAUTELARES DICTADAS POR EL
TRIBUNAL ARBITRAL .
• La autoridad judicial no tiene competencia para
interpretar el contenido ni los alcances de la
medida cautelar. Cualquier solicitud de aclaración
o precisión sobre los mismos o sobre la ejecución
cautelar, será solicitada por la autoridad judicial o
por las partes al tribunal arbitral. Ejecutada la
medida, la autoridad judicial informará al tribunal
arbitral y remitirá copia certificada de los actuados
16. RECONSIDERACIÓN .
• Las decisiones del tribunal arbitral, distintas al
laudo, pueden ser reconsideradas a iniciativa de
una de las partes o del tribunal arbitral, por
razones debidamente motivadas, dentro del plazo
establecido por las partes, por el reglamento
arbitral aplicable o por el tribunal arbitral. A falta
de determinación del plazo, la reconsideración
debe presentarse dentro de los tres (3) días
siguientes de notificada la decisión .