La sentencia no. 017-17-sin-cc de la Corte Constitucional del Ecuador, emitida el 7 de junio de 2017, declara la inconstitucionalidad de partes del reglamento a la ley orgánica de discapacidades, resaltando el respeto a los derechos de las personas con discapacidad. El fallo establece que la persona con discapacidad se define como aquella con una restricción de su capacidad igual o superior al 30%, en lugar del 40% anterior, fortaleciendo los derechos de inclusión y No regresividad. La Corte subraya que ninguna norma puede menoscabar derechos ya reconocidos y aboga por la garantización de políticas públicas que aseguren la integración y atención prioritaria de estos grupos vulnerables.