A signac iones
     amen  tarias
Test
   Articulos 1041- 1117


    Integrantes :
    Dustyn Martinez
    Johana Goff
    Herman Colindres
    Carmen Martinez
Reglas Generales
1. Todo Asignatario Testamentario deberá ser una persona
   cierta y determinada, natural o jurídica.

2. Las Asignaciones hechas a la beneficencia se darán por
   el Poder Ejecutivo.

3. El error en el nombre no vicia la disposición.

4. Toda asignación deberá ser a titulo universal, o de
   especies determinadas.

5. Las disposiciones captatorias no valdran.

6. El heredero o legatario puede rehusar de la herencia o
   legado.

7. Las asignaciones que por falta de asignatario se
   transfiere a distintas personas, llevara consigo todas las
   obligaciones y cargos transferibles así mismo como el
   derecho de aceptarla o repudiarla.
Asignaciones Testamentarias
               Condicionales
Es aquella que depende de una condición, esto es, de un suceso
futuro e incierto, de manera que según las intenciones del testador
no valga la asignación si el suceso positivo no acaece, o si acaece
el negativo.

Situaciones Diversas de las Asignaciones Condicionales:

No vale:
1.La condición de no impugnar el testamento por vicio de forma.
2.La condición de no contraer matrimonio, salvo que se limite a no
contraerlo antes de cumplir los (21) años o menos.
3.La condición de permanecer en estado de viudez, a menos que el
asignatario tenga uno o más hijos del anterior matrimonio, al
tiempo de deferírsele la asignación.
Vale:
1.Si el testador provee a la subsistencia de una persona
mientras permanezca soltera o viuda, dejándole por ese
tiempo un derecho de usufructo, de uso o de habitación o
una pensión periódica.

1. La condición de casarse o no casarse con una persona
determinada, y la de abrazar un estado o profesión
cualquiera, permitida por las leyes.
Asignaciones Testamentarias a Día

El plazo es el período de tiempo que determina el goce de un derecho o
que fija su extinción.
También se dice que es un hecho futuro y cierto del cual depende
el ejercicio o extinción de un derecho.

Reglas aplicables a las Asiganciones a Dia:
Las Asignaciones Testamentarias pueden ser a plazos o días
de que dependa el goce actual o la extinción de un derecho.

1.El día es cierto y determinado.

2.Es cierto, pero indeterminado.

3. Sera incierto pero determinado.

4. Y puede ser incierto e indeterminado.
En resumen, la asignación desde tal día, por regla
general, importa una condición, salvo el caso que el día
sea cierto y determinado.

La asignación hasta tal día, constituye un plazo, salvo
que el día sea incierto e indeterminado.
Asignaciones Modales
A modo de conceptuar, si se asigna algo a una persona para
que lo tenga por suyo con obligación de aplicarlo a un fin
especial, como el de hacer ciertas obras o sujetarse a ciertas
cargas, esta aplicación es un modo y no una condición
suspensiva.

Direfencias entre Asignacion Modal y Condicional:
1.El asignatario modal adquiere la asignación desde el
fallecimiento del testador. & El asignatario condicional no
adquiere la asignación si hay condición suspensiva pendiente
2.El modo puede cumplirse por equivalencia & La condición no
la admite.
3.En el modo la cláusula resolutoria debe pactarse
expresamente. & En la obligación condicional hay condición
resolutoria tácita
4. Cuando se aplica en el modo la cláusula resolutoria, debe devolver el
    asignatario inclusive los frutos de la cosa asignada. & En cambio,
una vez que opera la condición resolutoria, el acreedor condicional no
está
obligado a devolverlos salvo el caso de la resolución de la compraventa
por el no pago del precio.
Asignaciones a Titulo Universal
Asignaciones a Titulo singular
Asignatario a título singular es aquél que sucede en una especie
determinada o en una especie indeterminada de un género
determinado.

Caracteristicas generales:
Los legatarios no representan la persona del causante.
Los legatarios suceden en bienes determinados.
Los legados constituyen siempre asignaciones testamentarias.
Los legados pueden adquirirse por transmisión.

Clasificacion de los legados:
Legado de especie
Legado de cosas fungibles
Legado de cosa futura
Legado de genero
Legado de un credito
Legado de alimentos voluntarios
Persona que lo cumpla:

• En definitiva, la importancia de las asignaciones
  testamentarias radica en la disposición de última
  voluntad del testador sobre sus bienes y obligaciones;
  por lo que, mientras esté vivo puede conservarla,
  reformarla y hasta revocarla, pues su voluntad libre y
  espontánea expresada en el testamento, es la principal
  causa para la existencia de las asignaciones
  testamentarias, las mismas que entran en vigencia sólo a
  su fallecimiento, y siempre que se encuentren ceñidas
  conforme al derecho, ya que de ser violatorias a los
  principios jurídicos, el instrumento es nulo, o en su caso
  daría lugar a reformas.
 
• En definitiva, en los casos de presentarse
  inconvenientes, es el Juez quien determina los
  factores, aplicando o no las normas generales de la
  prescripción, como en el caso, de quien es
  asignatario de un bien raíz y éste estuvo en
  posesión regular, tranquila e ininterrumpida por más
  de quince años y no ha dado cumplimiento con la
  obligación impuesta, pues la acción ya ha prescrito
  para quienes pretendan la devolución de la
  asignación modal, pudiendo a la vez el asignatario
  alegar en su beneficio la prescripción.
Asignaciones testamentarias

Asignaciones testamentarias

  • 1.
    A signac iones amen tarias Test Articulos 1041- 1117 Integrantes : Dustyn Martinez Johana Goff Herman Colindres Carmen Martinez
  • 3.
    Reglas Generales 1. TodoAsignatario Testamentario deberá ser una persona cierta y determinada, natural o jurídica. 2. Las Asignaciones hechas a la beneficencia se darán por el Poder Ejecutivo. 3. El error en el nombre no vicia la disposición. 4. Toda asignación deberá ser a titulo universal, o de especies determinadas. 5. Las disposiciones captatorias no valdran. 6. El heredero o legatario puede rehusar de la herencia o legado. 7. Las asignaciones que por falta de asignatario se transfiere a distintas personas, llevara consigo todas las obligaciones y cargos transferibles así mismo como el derecho de aceptarla o repudiarla.
  • 4.
    Asignaciones Testamentarias Condicionales Es aquella que depende de una condición, esto es, de un suceso futuro e incierto, de manera que según las intenciones del testador no valga la asignación si el suceso positivo no acaece, o si acaece el negativo. Situaciones Diversas de las Asignaciones Condicionales: No vale: 1.La condición de no impugnar el testamento por vicio de forma. 2.La condición de no contraer matrimonio, salvo que se limite a no contraerlo antes de cumplir los (21) años o menos. 3.La condición de permanecer en estado de viudez, a menos que el asignatario tenga uno o más hijos del anterior matrimonio, al tiempo de deferírsele la asignación.
  • 5.
    Vale: 1.Si el testadorprovee a la subsistencia de una persona mientras permanezca soltera o viuda, dejándole por ese tiempo un derecho de usufructo, de uso o de habitación o una pensión periódica. 1. La condición de casarse o no casarse con una persona determinada, y la de abrazar un estado o profesión cualquiera, permitida por las leyes.
  • 6.
    Asignaciones Testamentarias aDía El plazo es el período de tiempo que determina el goce de un derecho o que fija su extinción. También se dice que es un hecho futuro y cierto del cual depende el ejercicio o extinción de un derecho. Reglas aplicables a las Asiganciones a Dia: Las Asignaciones Testamentarias pueden ser a plazos o días de que dependa el goce actual o la extinción de un derecho. 1.El día es cierto y determinado. 2.Es cierto, pero indeterminado. 3. Sera incierto pero determinado. 4. Y puede ser incierto e indeterminado.
  • 7.
    En resumen, laasignación desde tal día, por regla general, importa una condición, salvo el caso que el día sea cierto y determinado. La asignación hasta tal día, constituye un plazo, salvo que el día sea incierto e indeterminado.
  • 8.
    Asignaciones Modales A modode conceptuar, si se asigna algo a una persona para que lo tenga por suyo con obligación de aplicarlo a un fin especial, como el de hacer ciertas obras o sujetarse a ciertas cargas, esta aplicación es un modo y no una condición suspensiva. Direfencias entre Asignacion Modal y Condicional: 1.El asignatario modal adquiere la asignación desde el fallecimiento del testador. & El asignatario condicional no adquiere la asignación si hay condición suspensiva pendiente 2.El modo puede cumplirse por equivalencia & La condición no la admite. 3.En el modo la cláusula resolutoria debe pactarse expresamente. & En la obligación condicional hay condición resolutoria tácita
  • 9.
    4. Cuando seaplica en el modo la cláusula resolutoria, debe devolver el asignatario inclusive los frutos de la cosa asignada. & En cambio, una vez que opera la condición resolutoria, el acreedor condicional no está obligado a devolverlos salvo el caso de la resolución de la compraventa por el no pago del precio.
  • 10.
  • 11.
    Asignaciones a Titulosingular Asignatario a título singular es aquél que sucede en una especie determinada o en una especie indeterminada de un género determinado. Caracteristicas generales: Los legatarios no representan la persona del causante. Los legatarios suceden en bienes determinados. Los legados constituyen siempre asignaciones testamentarias. Los legados pueden adquirirse por transmisión. Clasificacion de los legados: Legado de especie Legado de cosas fungibles Legado de cosa futura Legado de genero Legado de un credito Legado de alimentos voluntarios
  • 12.
    Persona que locumpla: • En definitiva, la importancia de las asignaciones testamentarias radica en la disposición de última voluntad del testador sobre sus bienes y obligaciones; por lo que, mientras esté vivo puede conservarla, reformarla y hasta revocarla, pues su voluntad libre y espontánea expresada en el testamento, es la principal causa para la existencia de las asignaciones testamentarias, las mismas que entran en vigencia sólo a su fallecimiento, y siempre que se encuentren ceñidas conforme al derecho, ya que de ser violatorias a los principios jurídicos, el instrumento es nulo, o en su caso daría lugar a reformas.
  • 13.
      • En definitiva,en los casos de presentarse inconvenientes, es el Juez quien determina los factores, aplicando o no las normas generales de la prescripción, como en el caso, de quien es asignatario de un bien raíz y éste estuvo en posesión regular, tranquila e ininterrumpida por más de quince años y no ha dado cumplimiento con la obligación impuesta, pues la acción ya ha prescrito para quienes pretendan la devolución de la asignación modal, pudiendo a la vez el asignatario alegar en su beneficio la prescripción.