Este documento resume los principales conceptos de la bioética, incluyendo sus principios como la autonomía, beneficencia, no maleficencia y justicia. También describe las regulaciones clave como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Código de Nuremberg, la Declaración de Helsinki y resoluciones en Colombia sobre investigación en salud.
Una breve historia del origen de la bioética, desde como los médicos tomaron responsabilidad de su actos a fechas mas recientes, cuando se comienza a cuestionar los principios de la investigación en humanos
Una breve historia del origen de la bioética, desde como los médicos tomaron responsabilidad de su actos a fechas mas recientes, cuando se comienza a cuestionar los principios de la investigación en humanos
se aborda brevemente la clasificación de los tipos de donantes, los principios éticos en el proceso de la donación de órganos, los dilemas que conllevan, la posición según la religión y se pretende incentivar a ésta práctica.
Link do vídeo: https://www.youtube.com/watch?v=ncLKzXj66fc
Trabalho sobre a bioética feita por alunos do 3° ano A 2014 na Escola de Aplicação
Professor Chaves
se aborda brevemente la clasificación de los tipos de donantes, los principios éticos en el proceso de la donación de órganos, los dilemas que conllevan, la posición según la religión y se pretende incentivar a ésta práctica.
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Trabalho sobre a bioética feita por alunos do 3° ano A 2014 na Escola de Aplicação
Professor Chaves
El principio de autonomía es uno de los mas principales en las propuestas bioéticas, debido a que configura para la persona derechos personalísimos y subjetivos, y por lo tanto en conjunción con el principio de beneficencia deben significar para el médico la guía del proceso de relación para el consentimiento informado.
La exploración cuidadosa de las extremidades permitirá descubrir gran cantidad de signos de indudable valor diagnóstico, algunos de ellos casi patognomónicas y otros que acompañan a afecciones sistémicas.
Objetivo:
Describir los cambios morfológicos, del tamaño y del color, los trastornos tróficos y las alteraciones de los pulsos arteriales y de los vasos venosos.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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Las capacidades sociomotrices son las que hacen posible que el individuo se pueda desenvolver socialmente de acuerdo a la actuación motriz propias de cada edad evolutiva del individuo; Martha Castañer las clasifica en: Interacción y comunicación, introyección, emoción y expresión, creatividad e imaginación.
Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
2. La bioética es la rama de la ética que se dedica a proveer los principios para la correcta conducta humana respecto a la vida, tanto de la vida humana como de la vida no humana (animal y vegetal), así como del ambiente en el que pueden darse condiciones aceptables para la vida.
3. HISTORIALa bioética es una disciplina relativamente nueva, y el origen del término corresponde al pastor protestante, teólogo, filósofo y educador alemán Fritz Jahr, quien en 1927 usó el término Bio-Ethik en un artículo sobre la relación ética del ser humano con las plantas y los animales. Más adelante, en 1970, el oncólogonorteamericano Van RensselaPotterutilizó el término bioethics en un artículo sobre "la ciencia de la supervivencia".
4. Las primeras declaraciones de bioética surgen con posterioridad a la Segunda Guerra Mundial, cuando el mundo se escandalizó tras el descubrimiento de los experimentos médicos llevados a cabo por los facultativos del régimen hitleriano sobre los prisioneros en los campos de concentración . Ello determina la publicación de diversas declaraciones y documentos bioéticos a nivel mundial.
6. Principio de autonomía La autonomía expresa la capacidad para darse normas o reglas a uno mismo sin influencia de presiones externas o internas. El principio de autonomía tiene un carácter imperativo y debe respetarse como norma, excepto cuando se dan situaciones en que las personas puedan no ser autónomas o presenten una autonomía disminuida ( personas en estado vegetativo o con daño cerebral, etc.), en cuyo caso será necesario justificar por qué no existe autonomía o por qué ésta se encuentra disminuida. En el ámbito médico, el consentimiento informado es la máxima expresión de este principio de autonomía, constituyendo un derecho del paciente y un deber del médico, pues las preferencias y los valores del enfermo son primordiales desde el punto de vista ético y suponen que el objetivo del médico es respetar esta autonomía porque se trata de la salud del paciente.
7. Principio de beneficencia Obligación de actuar en beneficio de otros, promoviendo sus legítimos intereses y suprimiendo prejuicios. En medicina, promueve el mejor interés del paciente pero sin tener en cuenta la opinión de éste. Supone que el médico posee una formación y conocimientos de los que el paciente carece, por lo que aquél sabe (y por tanto, decide) lo más conveniente para éste. Es decir "todo para el paciente pero sin contar con él".
8. Principio de no maleficencia Abstenerse intencionadamente de realizar acciones que puedan causar daño o perjudicar a otros. Es un imperativo ético válido para todos, no sólo en el ámbito biomédico sino en todos los sectores de la vida humana. En medicina, sin embargo, este principio debe encontrar una interpretación adecuada pues a veces las actuaciones médicas dañan para obtener un bien. Entonces, de lo que se trata es de no perjudicar innecesariamente a otros. El análisis de este principio va de la mano con el de beneficencia, para que prevalezca el beneficio sobre el perjuicio.
9. Principio de justicia Tratar a cada uno como corresponda, con la finalidad de disminuir las situaciones de desigualdad (ideológica, social, cultural, económica, etc.). En nuestra sociedad, aunque en el ámbito sanitario la igualdad entre todos los hombres es sólo una aspiración, se pretende que todos sean menos desiguales, por lo que se impone la obligación de tratar igual a los iguales y desigual a los desiguales para disminuir las situaciones de desigualdad.
11. DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) es un documento declarativo adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), el 10 de diciembre de 1948 en París, que recoge los derechos humanos considerados básicos. La unión de esta declaración y los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y sus Protocolos comprende lo que se ha denominado la Carta Internacional de Derechos Humanos.
12. CODIGO DE NUREMBERG El Código de Núremberg recoge una serie de principios que rigen la experimentación con seres humanos, que resultó de las deliberaciones de los Juicios de Núremberg, al final de la Segunda Guerra Mundial. Específicamente, el Código responde a las deliberaciones y argumentos por las que fueron enjuiciados la jerarquía nazi y algunos médicos por el tratamiento inhumano que dieron a los prisioneros de los campos de concentración.El Código de Núremberg fue publicado el 20 de agosto de 1947, tras la celebración de los Juicios de Núremberg (entre agosto de 1945 y octubre de 1946). En él se recogen principios orientativos de la experimentación médica en seres humanos, porque durante el juicio varios de los acusados argumentaron que los experimentos diferían poco de los llevados a cabo antes de la guerra, pues no existían leyes que categorizaran de legales o ilegales los experimentos.
13. DECLARACION DE HELSINKI La Declaración de Helsinki ha sido promulgada por la Asociación Médica Mundial (WMA) como un cuerpo de principios éticos que deben guiar a la comunidad médica y otras personas que se dedican a la experimentación con seres humanos. Por muchos es considerada como el documento más importante en la ética de la investigación con seres humanos.
14. DECLARACION DE TOKIO La Declaración de Tokio fue adoptada en octubre de 1975 durante la Asamblea General número 29 de la Asociación Médica Mundial(WMA), y posteriormente actualizada editorialmente por la misma Asociación en Francia (mayo del 2005 y 2006). La declaración de Tokio señala que la tortura es "contraria a las leyes de la humanidad" y antitética a la misión superior del médico, que es aliviar y socorrer el dolor de las personas humanas. Los médicos deben rechazar participar, perdonar, o permitir la tortura, la degradación, o el tratamiento cruel de presos o detenidos.
15. INFORME BELMONT Los departamentos federales y agencias de investigación adoptaron como normativa oficial las reglas para proteger a los sujetos humanos en el Informe de Belmont en 1991. Esta uniformización de las regulaciones a nivel federal se conoce informalmente como "Regla Común" (Common Rule). Este informe hoy sirve como documento histórico y entrega el marco ético para entender las regulaciones del uso de sujetos humanos en la investigación experimental en los Estados Unidos.
16. RESOLUCION 8430 DE 1993 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD RESOLUCIÓN Nº 008430 DE 1993 (4 DE OCTUBRE DE 1993) Por la cual se establecen las normas científicas, técnicas y administrativas para la investigación en salud. El ministro de salud En ejercicio de sus atribuciones legales en especial las conferidas por el Decreto 2164 DE 1992 y la Ley 10 de 1990 CONSIDERANDO • Que el artículo 8o de la Ley 10 de 1990, por la cual se organiza el Sistema Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones, determina que corresponde al Ministerio de Salud formular las políticas y dictar todas las normas científico- administrativas, de obligatorio cumplimiento por las entidades que integran el Sistema.