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SUB DIRECCION
DE PROMOCION
Y PROTECCION DE
LOS DERECHOS
FUNDAMENTALES
Y DE LA
SEGURIDAD Y
SALUD EN EL
TRABAJO
.
“LEY 29783, LEY DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO Y SU
REGLAMENTO”
LEY 29783, LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO(1)
OBJETIVO DE LA LEY
Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país,
• Deber de prevención de los empleadores,
• Rol fiscalizador y control del estado,
• Participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales,
Quienes a través del dialogo social velan por la promoción, difusión
y cumplimiento de la normativa legal sobre la materia.
PRINCIPIO DE PRIMACIA DE LA
REALIDAD (VIII)
DOCUMENTOS VS REALIDAD
PRINCIPIO DEL NUEVO MARCO LEGAL LEY 29783
TITULO PRELIMINAR Y OBJETO DE LA LEY (01)
AMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY: NACIONAL (02)
PRINCIPIOS Y RESPONSABILIDADES QUE
ASUME EL EMPLEADOR EN EL SGSST: 18
‐ Implementar un SGSST
‐ Cumplir las normas vigentes de SST
‐ Fomentar una cultura de prevención
‐ Mejora continua del SGSST
‐ Coherencia entre lo que planifica y realiza
‐ Compromiso visible de la salud y seguridad de
los trabajadores.
‐ Mecanismos adecuados participación activa
de los trabajadores y organizaciones sindicales
‐ Eliminación de peligros y riesgos, tratamiento y
control, mitigar, sustitución progresiva, facilitar
EPP
1.‐ OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN
LEY N°
29783
SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD
Y SALUD EN EL TRABAJO
2.‐
2.‐ PUBLICACIONES QUE PROPORCIONAN
INFORMACIÓN U ORIENTACIÓN
3.‐ TÉRMINOS Y DEFINICIONES
4.‐ REQUISITOS DEL SGSST
4.1.‐ REQUISITOS MÍNIMOS
SGSST Y REVISIÓN INICIAL
4.1.1, 4.1.2.‐ SGSST Y REVISIÓN INICIAL
4.1.3.‐ ALCANCE
4.2 .‐ POLÍTICA DE SST
4.3 PLANIFICACIÓN
4.3.1 .‐ IPER
4.3.2 .‐ REQUISITOS LEGALES Y OTROS
4.3.3 .‐ OBJETIVOS Y PROGRAMAS
4.4.1 RECURSOS, FUNCIONES,
RESPONSABILIDADES Y AUTORIDAD
4.4.1 RECURSOS, FUNCIONES,
RESPONSABILIDADES Y AUTORIDAD
4.4. COMPETENCIA
4.4.2 ‐ ENTRENAMIENTO, COMPETENCIA
Y TOMA DE CONCIENCIA
4.4.3. COMUNICACIÓN, PARTICIPACIÓN Y
4.4.3. COMUNICACIÓN, PARTICIPACIÓN Y
CONSULTA
4.4.4, 4.4. 5. Ó
4.4.4, 4.4. 5.‐ DOCUMENTACIÓN Y
CONTROL
4.4.6 .‐ CONTROL OPERACIONAL
4.4. Ó
4.4.7.‐ PREPARACIÓN Y RESPUESTA
A EMERGENCIA
4.5. Ó
DEL DESEMPEÑO
4.5.1.‐ SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN
DEL DESEMPEÑO
4.5.2. Ó
CUMPLIMIENTO LEGAL
4.5.2.‐ EVALUACIÓN DEL
CUMPLIMIENTO LEGAL
4.5.3.1 INVESTIGACIÓN DE
ACCIDENTES
4.5.3.1 INVESTIGACIÓN DE
ACCIDENTES
4.5. ACCIÓN
CORRECTIVA PREVENTIVA
4.5.3.2 NO CONFORMIDAD, ACCIÓN
CORRECTIVA Y ACCIÓN PREVENTIVA
4.5.4.‐ CONTROL DE REGISTROS
4.5.5 AUDITORÍA INTERNA
4.6 REVISIÓN POR LA DIRECCIÓN
PLANIFICAR
HACER
HACER
VERIFICAR
VERIFICAR
ACTUAR
ACTUAR
ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO(26 al 36)
Asume el liderazgo y compromiso del SGSST.
Puede delegar sus funciones y su autoridad
quien asume responde empleador y autoridad
Constitución de Comité de SST Supervisor SST:
convocatoria, elecciones, autoridad
Empleador define requisitos de competencia
por actividad y puesto de trabajo
Entrega copia de Reglamento interno SST,
Adjunta al contrato de trabajo las
recomendaciones SST a trabajadores
Elabora mapa de riegos,
Elabora diagnostico de línea base y documenta
Cuatro capacitaciones mínimo por año,
personal competente, en horario de trabajo
RESPONSABILIDAD
EMPLEADOR
Organiza un servicio de seguridad y salud en el
trabajo: propio o común
POLITICA DEL SISTEMA DE GESTION DE SST (22 al 25)
El empleador en consulta:
con los trabajadores, y representantes
expone por escrito la política en materia de
SST, especifica, Concisa.
Empleadores brinda facilidades:
Tiempo/recursos a trabajadores y representantes.
participen:Proceso de organización, Planificación,
Evaluación y acción en el SST
Caso de Micro y pequeña empresa:
MTPE establecerá medidas de asesoría para
implementar el SGSST
ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO(26 R)
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR:
b) Define y comunica a los trabajadores, el departamento o área
que IPERC relacionados con la SST
a) Garantiza SST es una responsabilidad conocida y aceptada
en todos los niveles de la organización.
e) Cumplir los principios del SGSST del artículo 18° de la Ley y
en los programas voluntarios SST que adopte el empleador.
d) Promueve la cooperación y comunicación entre el personal,
finalidad aplicar los elementos SGSST de forma eficiente.
c) Disponer de una supervisión efectiva, según sea necesario,
para asegurar la protección de la SST
El empleador
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR:
f) Establece, aplica y evalúa una política y un programa en materia
de SST con objetivos medibles y trazables.
j) Proporciona recursos adecuados para garantizar que las personas responsables de SST,
el Comité o Supervisor SST cumplan los planes y programas preventivos establecidos.
h) Establece programas de prevención y promoción de la
salud y el sistema de monitoreo y de su cumplimiento.
g) Adopta disposiciones efectivas para y promueve la SST. identificar
y eliminar los peligros y los riesgos relacionados al trabajo
i) Adopta medidas efectivas que garantice la participación: trabajadores y sus
representantes en la ejecución de la Política SST y los Comités de SST
El empleador
ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO (26 R)
DOCUMENTOS DEL SGSST QUE DEBE EXHIBIR EL EMPLEADOR(32 R)
a) La política y objetivos en materia de SST
b) El Reglamento Interno de SST
c) IPER y sus medidas de control.
d) El mapa de riesgo.
e) La planificación de la actividad preventiva.
f) El Programa Anual de SST
La documentación referida en los incisos a) y c)
exhibir en lugar visible
dentro del centro de trabajo.
REGISTROS OBLIGATORIOS DEL SGSST(33 R)
a) Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes
peligrosos y otros incidentes, constar la investigación y medidas correctivas.
b) Registro de exámenes médicos ocupacionales.
c) Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales
y factores de riesgo disergonómicos.
d) Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo.
e) Registro de estadísticas de seguridad y salud.
f) Registro de equipos de seguridad o emergencia.
g) Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de
emergencia.
h) Registro de auditorias.
REGISTROS OBLIGATORIOS DEL SGSST(32 R)
Los registros deberán contener la información mínima
establecida en los formatos que aprueba el MTPE mediante
Resolución Ministerial.
REGISTROS ACTIVOS:
Figuran los eventos de los últimos 12 meses de ocurrido el
suceso
REGISTROS PASIVOS:
El cumplido los 12 meses, y que debe conservarse por los
plazos señalados.
Si la inspección de trabajo requiere información de registros
pasivos, otorgara un plazo razonable para su presentación
Documentos y registros conservar en medios físicos y digitales
En el caso de las micro y pequeñas empresas, MTPE
establece un sistema simplificado de documentos y
registros.
DOCUMENTOS Y REGISTROS DEL SISTEMA DE GESTION DE SST (26)
TIEMPO DE CONSERVACION DE REGISTROS:
20años: registros de enfermedades ocupacionales.
10 años: registros de accidentes de trabajo e incidentes peligrosos.
05 años: por investigación, exámenes médicos ocupacionales, monitoreo de agentes físicos,
inspección interna y estatales, estadísticas, equipos de seguridad, inducción, capacit…
CONFORMACION DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Mayor ó
Igual de 20
trabajadores
Comité de SST
‐Trabajadores eligen a sus
representantes ante comité
‐Empleador designa a sus
representantes ante comité
‐incorporan un miembro
de org. sindicales de existir.
‐Acta de constitución e
instalación se registra libro.
‐Registro de acuerdos
adoptados en libro comité
‐Paritario
‐4 a 12 miembros,
‐Falta de acuerdo 6
(art. 43)
‐Acto de elección se
registra en acta en el
libro del comité
‐Reunión 1 / mes
quórum mitad + uno,
‐Tienen autoridad
para sus funciones
BENEFICIOS:
‐Licencia con goce de haber
para realizar labores de SST 30
días por año a los miembros
trabajadores.
‐Para efectos legales los días de
licencia se consideran efectivas
‐Protección contra despido
incausado
‐Pueden crear las comisiones
técnicas para tareas especificas,
programas de capacitaciones
‐Los miembros recibirán las
capacitaciones especializadas
dentro de la jornada laboral.
Menor de 20
trabajadores
Supervisor de SST
Elegido por trabajadores
‐Libro de notas tipo
actas.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SST (42R)
a) Conocer documentos e informes de Condiciones de trabajo y actividades del servicio de SST
b) Aprobar el Reglamento Interno SST
c) Aprobar el Programa Anual SST
d) Aprobar la Programación Anual del Servicio de SST
e) Participa en la elaboración, aprobación, evaluación de las políticas, planes, programas de
promoción de SST y prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.
f) Aprobar el plan anual de capacitación SST
g) Promover una adecuada formación, instrucción y orientación sobre prevención de riesgos.
h) Vigilar el cumplimiento de la legislación, las normas internas y las especificaciones
técnicas del trabajo relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo; así como,
el Reglamento Interno de SST.
i) Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, especificaciones
técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevención
de los riesgos en el lugar de trabajo.
j) Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de todos los
trabajadores en la prevención de los riesgos del trabajo
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SST (42R)
k) Realizar inspecciones periódicas en las instalaciones
l) Investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales
n) Vigilar las medidas adoptadas y examinar su eficiencia.
o) Analizar y emitir informes de las estadísticas de los incidentes, accidentes y enfermedades
ocupacionales ocurridas en el lugar de trabajo
p) Colaborar con los servicios médicos y de primeros auxilios.
q) Supervisar los servicios de seguridad y salud en el trabajo
r) Reportar a la máxima autoridad del empleador:
El accidente mortal o el incidente peligroso, de manera inmediata.
La investigación de cada accidente mortal y medidas correctivas adoptadas dentro de
los diez (10) días de ocurrido.
Las estadísticas trimestrales de accidentes, incidentes y enfermedades ocupacionales.
Las actividades trimestrales del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
s) En Libro de Actas Llevar control de cumplimiento de los acuerdos.
t) Reunirse mensualmente en forma ordinaria y extraordinaria para analizar
accidentes que revistan gravedad o cuando se amerite
El Comité coordina sus actividades con el Servicio de Seguridad y salud en el trabajo
EMPLEADOR ORGANIZA SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO (36)
FUNCIONES DEL SERVICIO DE SST:
‐ Identificación y evaluación de riesgos.
‐ Vigilar factores del medio ambiente de trabajo
‐ Asesorar sobre planificación y organización del trabajo.
‐ Participa en el desarrollo de programas en mejoras de las
practicas de trabajo
‐ Evalúa equipos relacionados a la salud.
‐ Asesora en materia de salud , de seguridad e higiene en el
trabajo, ergonomía, y EPP
‐ Vigilancia de la salud del trabajador en relación al trabajo
‐ Asistencia en pro de la adopción de medidas de rehabilitación.
‐ Colabora en difusión de información y de la formación en SST
‐ Organiza los primeros auxilios y atención de urgencias
‐ participación en el análisis de los accidentes de trabajo y de las
enfermedades profesionales
Exámenes médicos ocupacionales antes durante y al
termino de contrato del trabajador. Confidenciales
REALIZA AUDITORÍAS PERIÓDICAS: FINALIDAD COMPROBAR
SI EL SGSST HA SIDO APLICADO, ES ADECUADO Y EFICAZ.
SOBRE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS LABORALES
LA AUDITORÍA SE REALIZA POR AUDITORES
INDEPENDIENTES.
EL EMPLEADOR
EN LA CONSULTA SOBRE LA SELECCIÓN DEL
AUDITOR Y EN TODAS LAS FASES DE LA AUDITORÍA,
INCLUIDO EL ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS DE LA
MISMA, SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LOS
TRABAJADORES Y DE SUS REPRESENTANTES.
EVALUACION DEL SISTEMA DE GESTION DE SST 43
22
PERMITEN LA MEJORA CONTINUA DEL
SGSST y DEBEN SER REGISTRADOS
LAS AUDITORIAS: OBLIGATORIAS DESDE EL 1 ENERO 2013 (4 DISP
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES 51
En el enfoque de genero y protección de las trabajadoras, se
considera que al estar en estado de gestación tienen
derecho a ser transferidas a otro puesto que no implique
riesgo para su salud integral, sin menoscabo de sus derechos
remunerativos y de categoría;
Las empresas especiales de servicios o cooperativas de
trabajadores que desarrollen obras o servicios en el centro
de trabajo o con ocasión del trabajo correspondiente del
principal, en caso de incumplimiento, la empresa
principal es la responsable solidaria frente a los
daños e indemnizaciones que pudiera generarse
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES
Los resultados de los exámenes médicos son
confidenciales y no pueden ser utilizados para ejercer
discriminación alguna sobre los trabajadores en ninguna
circunstancia o momento, el incumplimiento del deber de
confidencialidad por parte de los empleadores es pasible de
acciones administrativas y judiciales.
Informar a los trabajadores a título grupal, de las
razones para los exámenes de salud ocupacional e
investigaciones en relación con los riesgos para la seguridad y
salud en los puestos de trabajo y
Informar a los trabajadores a título personal,
sobre los resultados de los informes médicos previos a la
asignación de un puesto de trabajo y los relativos a la evaluación
de la salud,
INFORME DE ACCIDENTES DE LAS EMPRESAS Y CENTROS
MÉDICOS ASISTENCIALES.
El empleador debe informar:
Al MINTRA todo accidente de trabajo mortal, y los incidentes
peligrosos del trabajador suscitado en el ámbito laboral. O
fuera de ella que se ajuste a la definición legal (24 horas máx.
Formulario n° 1)
Trabajadores independientes:
El reporte de accidentes de trabajo, enfermedades
profesionales e incidentes peligrosos esta a cargo del propio
trabajador o de sus familiares en el centro asistencial el cual
debe proceder a comunicar al MTPE y MINSA
los centros médicos asistenciales:
reportan accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
registradas o los que se ajustan a la definición legal de estas
están obligados a informar al MTPE.(último día del mes
siguiente. Formulario n° 2)
INVESTIGACIONES DE ACCIDENTES DE TRABAJO, ENFERMEDADES
OCUPACIONALES E INCIDENTES PELIGROSOS
En la investigación de accidentes de
trabajo: participa el empleador, los
representantes de las organizaciones
sindicales o trabajadores.
Los resultados se comunican a la
Autoridad Administrativa de Trabajo,
indicando las medidas de prevención
adoptadas
En accidentes de trabajo mortales,
participa la autoridad administrativa de
trabajo
Determinar causas inmediatas y básicas.
Los
Los objetivos de la SST de la empresa.
Los resultados de las actividades de IPER.
LA DIRECCIÓN
DE LA EMPRESA
DEBE REVISAR
Y TOMAR
ACCIONES DE
LOS ASPECTOS
MÁS
RELEVANTES
DEL SGSST,
RELACIONADOS
CON:
Los resultados de la supervisión y medición de la eficiencia.
La investigación de accidentes, enfermedades e incidentes
relacionados con el trabajo.
La investigación de accidentes, enfermedades e incidentes
relacionados con el trabajo.
Los resultados y recomendaciones de las auditorias y
evaluaciones realizadas por la dirección de la empresa.
Los resultados y recomendaciones de las auditorias y
evaluaciones realizadas por la dirección de la empresa.
REVISION POR LA DIRECCION46
Las recomendaciones del CSST, o del de SST y por
cualquier miembro de la empresa en pro de mejoras.
Las recomendaciones del CSST, o del supervisor de SST y por
cualquier miembro de la empresa en pro de mejoras.
Los cambios en las normas legales.
Los resultados de las inspecciones de trabajo y medidas de
recomendación, advertencia y requerimiento
Los resultados de las inspecciones de trabajo y medidas de
recomendación, advertencia y requerimiento.
Los acuerdos convencionales y actas de trabajo.
27
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES 72‐79
Tiene derecho a comunicarse libremente con los inspectores
de trabajo, aún sin la presencia del empleador.
Transferidos a otro puesto de trabajo motivada por razones
de SST, sin menoscabar sus derechos remunerativos y categoría
Cualquiera sea su modalidad de contratación tiene derecho al
mismo nivel de protección en materia de SST
Participar en los programas de capacitación.
Participar en la identificación de peligros y riegos.
Tienen derecho a examinar los factores de riesgo que afecten
su seguridad y salud en el trabajo.
En el reglamento interno de trabajo, se establecerán las sanciones por
incumplimiento del trabajador de alguna de las obligaciones del art.
79 de la ley. En base a criterios de objetividad y proporcionalidad a la
falta cometida.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
Cumplir con las normas, reglamentos, instrucciones de los
programas de SST
Uso adecuado instrumentos, materiales, EPP colectivo previa
capacitación
No operar o manipular maquinaria, equipos, instrumentos no
autorizados a usar
Someterse a los exámenes médicos a que están obligados por
norma, garantizando la confidencialidad
Cooperar y participar en los procesos de investigación de los
accidentes y enfermedades ocupacionales
Participa en los programas de capacitación y otras actividades
destinados a prevenir riesgos laborales.
Reporta inmediato a representantes o delegados de seguridad los
accidentes, incidentes, enfermedades ocupacionales
RESPONSABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO A LA OBLIGACIÓN DE
GARANTIZAR LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES
En materia de SST, la entidad empleadora
principal responde directamente por las
infracciones
que, en su caso se cometan por el incumplimiento de
garantizar la seguridad y salud de los trabajadores,
personas que prestan servicios, personal bajo modalidades
formativas laborales, visitantes y usuarios, los trabajadores de
las empresas y entidades contratistas y subcontratistas que
desarrollan actividades en sus instalaciones;
asimismo las empresas usuarias de
empresas de servicios temporales y
complementarios responden directamente por
las infracciones por el incumplimiento de su deber
de garantizar la SST destacados en sus
instalaciones.
MODIFICACIONES Y ADICIONES A LA LEY GENERAL DE INSPECCIONES
La reciente legislación sobre seguridad y salud en el trabajo
establece cambios en la Ley Nº 28806 – Ley
General de Inspección de Trabajo, Modifica el
artículo 34°
precisa que constituyen infracciones administrativas en
materia de SST los incumplimientos de las disposiciones
legales de carácter general aplicables a todos los centros de
trabajo,
así como los aplicables al sector industria, construcción y
energía y minas mediante acción u omisión de los sujetos
responsables
y que el MTPE es el encargado de velar por el cumplimiento de las
obligaciones contenidas en las leyes de la materia y convenios
colectivos,
RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA
En la ley 29783 SST, se incorpora el artículo 168‐A del Código Penal
estipula Atentado contra las condiciones de seguridad e higiene
industriales, en los siguientes términos:
El que infringiendo las normas de seguridad y salud en el trabajo y
estando legalmente obligado, no adopte las medidas preventivas
necesarias para que los trabajadores desempeñen su actividad,
poniendo en riesgo su vida, salud o integridad física,
será reprimido con pena privativa de la libertad no menos
de dos años ni mayor de cinco años.
Sí como consecuencia de una inobservancia de las normas de
seguridad y salud en el trabajo, ocurre un accidente de trabajo con
consecuencia de muerte o lesiones graves, para los trabajadores o
terceros, la pena privativa de libertad, será no menos de cinco
años ni mayor de diez años.
Derogándose el numeral 3 del artículo 168° del Código Penal.
INCORPORACIÓN DE LA FIGURA PENAL DEL DELITO DE ATENTADO CONTRA LAS
CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIALES
RESPONSABILIDAD
PENAL
Finalmente la reciente legislación sobre SST
adiciona un último párrafo al artículo 5° del
Decreto Legislativo Nº 892 – Ley que regula el
derecho de los trabajadores a participar en el
reparto de utilidades de las empresas
que desarrollan actividades generadoras de rentas
de tercera categoría permitiendo que participen en
el reparto de utilidades en igualdad de condiciones
los trabajadores que hayan sufrido accidente de
trabajo o enfermedad ocupacional, y que haya
dado lugar a descanso médico, debidamente
acreditado al amparo y bajo los parámetros de la
norma de seguridad y salud.
MODIFICACIÓN EN LA LEGISLACIÓN SOBRE UTILIDADES
GRACIAS

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CAPACITACION LEY 29783 LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y SU REGLAMENTO.pdf

  • 1.
  • 2. SUB DIRECCION DE PROMOCION Y PROTECCION DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 3. . “LEY 29783, LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y SU REGLAMENTO”
  • 4. LEY 29783, LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO(1) OBJETIVO DE LA LEY Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país, • Deber de prevención de los empleadores, • Rol fiscalizador y control del estado, • Participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales, Quienes a través del dialogo social velan por la promoción, difusión y cumplimiento de la normativa legal sobre la materia.
  • 5. PRINCIPIO DE PRIMACIA DE LA REALIDAD (VIII) DOCUMENTOS VS REALIDAD PRINCIPIO DEL NUEVO MARCO LEGAL LEY 29783
  • 6. TITULO PRELIMINAR Y OBJETO DE LA LEY (01)
  • 7. AMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY: NACIONAL (02)
  • 8. PRINCIPIOS Y RESPONSABILIDADES QUE ASUME EL EMPLEADOR EN EL SGSST: 18 ‐ Implementar un SGSST ‐ Cumplir las normas vigentes de SST ‐ Fomentar una cultura de prevención ‐ Mejora continua del SGSST ‐ Coherencia entre lo que planifica y realiza ‐ Compromiso visible de la salud y seguridad de los trabajadores. ‐ Mecanismos adecuados participación activa de los trabajadores y organizaciones sindicales ‐ Eliminación de peligros y riesgos, tratamiento y control, mitigar, sustitución progresiva, facilitar EPP
  • 9. 1.‐ OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN LEY N° 29783 SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2.‐ 2.‐ PUBLICACIONES QUE PROPORCIONAN INFORMACIÓN U ORIENTACIÓN 3.‐ TÉRMINOS Y DEFINICIONES 4.‐ REQUISITOS DEL SGSST 4.1.‐ REQUISITOS MÍNIMOS SGSST Y REVISIÓN INICIAL 4.1.1, 4.1.2.‐ SGSST Y REVISIÓN INICIAL 4.1.3.‐ ALCANCE 4.2 .‐ POLÍTICA DE SST 4.3 PLANIFICACIÓN 4.3.1 .‐ IPER 4.3.2 .‐ REQUISITOS LEGALES Y OTROS 4.3.3 .‐ OBJETIVOS Y PROGRAMAS 4.4.1 RECURSOS, FUNCIONES, RESPONSABILIDADES Y AUTORIDAD 4.4.1 RECURSOS, FUNCIONES, RESPONSABILIDADES Y AUTORIDAD 4.4. COMPETENCIA 4.4.2 ‐ ENTRENAMIENTO, COMPETENCIA Y TOMA DE CONCIENCIA 4.4.3. COMUNICACIÓN, PARTICIPACIÓN Y 4.4.3. COMUNICACIÓN, PARTICIPACIÓN Y CONSULTA 4.4.4, 4.4. 5. Ó 4.4.4, 4.4. 5.‐ DOCUMENTACIÓN Y CONTROL 4.4.6 .‐ CONTROL OPERACIONAL 4.4. Ó 4.4.7.‐ PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIA 4.5. Ó DEL DESEMPEÑO 4.5.1.‐ SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN DEL DESEMPEÑO 4.5.2. Ó CUMPLIMIENTO LEGAL 4.5.2.‐ EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO LEGAL 4.5.3.1 INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES 4.5.3.1 INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES 4.5. ACCIÓN CORRECTIVA PREVENTIVA 4.5.3.2 NO CONFORMIDAD, ACCIÓN CORRECTIVA Y ACCIÓN PREVENTIVA 4.5.4.‐ CONTROL DE REGISTROS 4.5.5 AUDITORÍA INTERNA 4.6 REVISIÓN POR LA DIRECCIÓN PLANIFICAR HACER HACER VERIFICAR VERIFICAR ACTUAR ACTUAR
  • 10. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO(26 al 36) Asume el liderazgo y compromiso del SGSST. Puede delegar sus funciones y su autoridad quien asume responde empleador y autoridad Constitución de Comité de SST Supervisor SST: convocatoria, elecciones, autoridad Empleador define requisitos de competencia por actividad y puesto de trabajo Entrega copia de Reglamento interno SST, Adjunta al contrato de trabajo las recomendaciones SST a trabajadores Elabora mapa de riegos, Elabora diagnostico de línea base y documenta Cuatro capacitaciones mínimo por año, personal competente, en horario de trabajo RESPONSABILIDAD EMPLEADOR Organiza un servicio de seguridad y salud en el trabajo: propio o común
  • 11. POLITICA DEL SISTEMA DE GESTION DE SST (22 al 25) El empleador en consulta: con los trabajadores, y representantes expone por escrito la política en materia de SST, especifica, Concisa. Empleadores brinda facilidades: Tiempo/recursos a trabajadores y representantes. participen:Proceso de organización, Planificación, Evaluación y acción en el SST Caso de Micro y pequeña empresa: MTPE establecerá medidas de asesoría para implementar el SGSST
  • 12. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO(26 R) OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR: b) Define y comunica a los trabajadores, el departamento o área que IPERC relacionados con la SST a) Garantiza SST es una responsabilidad conocida y aceptada en todos los niveles de la organización. e) Cumplir los principios del SGSST del artículo 18° de la Ley y en los programas voluntarios SST que adopte el empleador. d) Promueve la cooperación y comunicación entre el personal, finalidad aplicar los elementos SGSST de forma eficiente. c) Disponer de una supervisión efectiva, según sea necesario, para asegurar la protección de la SST El empleador
  • 13. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR: f) Establece, aplica y evalúa una política y un programa en materia de SST con objetivos medibles y trazables. j) Proporciona recursos adecuados para garantizar que las personas responsables de SST, el Comité o Supervisor SST cumplan los planes y programas preventivos establecidos. h) Establece programas de prevención y promoción de la salud y el sistema de monitoreo y de su cumplimiento. g) Adopta disposiciones efectivas para y promueve la SST. identificar y eliminar los peligros y los riesgos relacionados al trabajo i) Adopta medidas efectivas que garantice la participación: trabajadores y sus representantes en la ejecución de la Política SST y los Comités de SST El empleador ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (26 R)
  • 14. DOCUMENTOS DEL SGSST QUE DEBE EXHIBIR EL EMPLEADOR(32 R) a) La política y objetivos en materia de SST b) El Reglamento Interno de SST c) IPER y sus medidas de control. d) El mapa de riesgo. e) La planificación de la actividad preventiva. f) El Programa Anual de SST La documentación referida en los incisos a) y c) exhibir en lugar visible dentro del centro de trabajo.
  • 15. REGISTROS OBLIGATORIOS DEL SGSST(33 R) a) Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes, constar la investigación y medidas correctivas. b) Registro de exámenes médicos ocupacionales. c) Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo disergonómicos. d) Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo. e) Registro de estadísticas de seguridad y salud. f) Registro de equipos de seguridad o emergencia. g) Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia. h) Registro de auditorias.
  • 16. REGISTROS OBLIGATORIOS DEL SGSST(32 R) Los registros deberán contener la información mínima establecida en los formatos que aprueba el MTPE mediante Resolución Ministerial. REGISTROS ACTIVOS: Figuran los eventos de los últimos 12 meses de ocurrido el suceso REGISTROS PASIVOS: El cumplido los 12 meses, y que debe conservarse por los plazos señalados. Si la inspección de trabajo requiere información de registros pasivos, otorgara un plazo razonable para su presentación Documentos y registros conservar en medios físicos y digitales En el caso de las micro y pequeñas empresas, MTPE establece un sistema simplificado de documentos y registros.
  • 17. DOCUMENTOS Y REGISTROS DEL SISTEMA DE GESTION DE SST (26) TIEMPO DE CONSERVACION DE REGISTROS: 20años: registros de enfermedades ocupacionales. 10 años: registros de accidentes de trabajo e incidentes peligrosos. 05 años: por investigación, exámenes médicos ocupacionales, monitoreo de agentes físicos, inspección interna y estatales, estadísticas, equipos de seguridad, inducción, capacit…
  • 18. CONFORMACION DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Mayor ó Igual de 20 trabajadores Comité de SST ‐Trabajadores eligen a sus representantes ante comité ‐Empleador designa a sus representantes ante comité ‐incorporan un miembro de org. sindicales de existir. ‐Acta de constitución e instalación se registra libro. ‐Registro de acuerdos adoptados en libro comité ‐Paritario ‐4 a 12 miembros, ‐Falta de acuerdo 6 (art. 43) ‐Acto de elección se registra en acta en el libro del comité ‐Reunión 1 / mes quórum mitad + uno, ‐Tienen autoridad para sus funciones BENEFICIOS: ‐Licencia con goce de haber para realizar labores de SST 30 días por año a los miembros trabajadores. ‐Para efectos legales los días de licencia se consideran efectivas ‐Protección contra despido incausado ‐Pueden crear las comisiones técnicas para tareas especificas, programas de capacitaciones ‐Los miembros recibirán las capacitaciones especializadas dentro de la jornada laboral. Menor de 20 trabajadores Supervisor de SST Elegido por trabajadores ‐Libro de notas tipo actas.
  • 19. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SST (42R) a) Conocer documentos e informes de Condiciones de trabajo y actividades del servicio de SST b) Aprobar el Reglamento Interno SST c) Aprobar el Programa Anual SST d) Aprobar la Programación Anual del Servicio de SST e) Participa en la elaboración, aprobación, evaluación de las políticas, planes, programas de promoción de SST y prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales. f) Aprobar el plan anual de capacitación SST g) Promover una adecuada formación, instrucción y orientación sobre prevención de riesgos. h) Vigilar el cumplimiento de la legislación, las normas internas y las especificaciones técnicas del trabajo relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo; así como, el Reglamento Interno de SST. i) Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevención de los riesgos en el lugar de trabajo. j) Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de todos los trabajadores en la prevención de los riesgos del trabajo
  • 20. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SST (42R) k) Realizar inspecciones periódicas en las instalaciones l) Investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales n) Vigilar las medidas adoptadas y examinar su eficiencia. o) Analizar y emitir informes de las estadísticas de los incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales ocurridas en el lugar de trabajo p) Colaborar con los servicios médicos y de primeros auxilios. q) Supervisar los servicios de seguridad y salud en el trabajo r) Reportar a la máxima autoridad del empleador: El accidente mortal o el incidente peligroso, de manera inmediata. La investigación de cada accidente mortal y medidas correctivas adoptadas dentro de los diez (10) días de ocurrido. Las estadísticas trimestrales de accidentes, incidentes y enfermedades ocupacionales. Las actividades trimestrales del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. s) En Libro de Actas Llevar control de cumplimiento de los acuerdos. t) Reunirse mensualmente en forma ordinaria y extraordinaria para analizar accidentes que revistan gravedad o cuando se amerite El Comité coordina sus actividades con el Servicio de Seguridad y salud en el trabajo
  • 21. EMPLEADOR ORGANIZA SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (36) FUNCIONES DEL SERVICIO DE SST: ‐ Identificación y evaluación de riesgos. ‐ Vigilar factores del medio ambiente de trabajo ‐ Asesorar sobre planificación y organización del trabajo. ‐ Participa en el desarrollo de programas en mejoras de las practicas de trabajo ‐ Evalúa equipos relacionados a la salud. ‐ Asesora en materia de salud , de seguridad e higiene en el trabajo, ergonomía, y EPP ‐ Vigilancia de la salud del trabajador en relación al trabajo ‐ Asistencia en pro de la adopción de medidas de rehabilitación. ‐ Colabora en difusión de información y de la formación en SST ‐ Organiza los primeros auxilios y atención de urgencias ‐ participación en el análisis de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales Exámenes médicos ocupacionales antes durante y al termino de contrato del trabajador. Confidenciales
  • 22. REALIZA AUDITORÍAS PERIÓDICAS: FINALIDAD COMPROBAR SI EL SGSST HA SIDO APLICADO, ES ADECUADO Y EFICAZ. SOBRE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS LABORALES LA AUDITORÍA SE REALIZA POR AUDITORES INDEPENDIENTES. EL EMPLEADOR EN LA CONSULTA SOBRE LA SELECCIÓN DEL AUDITOR Y EN TODAS LAS FASES DE LA AUDITORÍA, INCLUIDO EL ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS DE LA MISMA, SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES Y DE SUS REPRESENTANTES. EVALUACION DEL SISTEMA DE GESTION DE SST 43 22 PERMITEN LA MEJORA CONTINUA DEL SGSST y DEBEN SER REGISTRADOS LAS AUDITORIAS: OBLIGATORIAS DESDE EL 1 ENERO 2013 (4 DISP
  • 23. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES 51 En el enfoque de genero y protección de las trabajadoras, se considera que al estar en estado de gestación tienen derecho a ser transferidas a otro puesto que no implique riesgo para su salud integral, sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de categoría; Las empresas especiales de servicios o cooperativas de trabajadores que desarrollen obras o servicios en el centro de trabajo o con ocasión del trabajo correspondiente del principal, en caso de incumplimiento, la empresa principal es la responsable solidaria frente a los daños e indemnizaciones que pudiera generarse
  • 24. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES Los resultados de los exámenes médicos son confidenciales y no pueden ser utilizados para ejercer discriminación alguna sobre los trabajadores en ninguna circunstancia o momento, el incumplimiento del deber de confidencialidad por parte de los empleadores es pasible de acciones administrativas y judiciales. Informar a los trabajadores a título grupal, de las razones para los exámenes de salud ocupacional e investigaciones en relación con los riesgos para la seguridad y salud en los puestos de trabajo y Informar a los trabajadores a título personal, sobre los resultados de los informes médicos previos a la asignación de un puesto de trabajo y los relativos a la evaluación de la salud,
  • 25. INFORME DE ACCIDENTES DE LAS EMPRESAS Y CENTROS MÉDICOS ASISTENCIALES. El empleador debe informar: Al MINTRA todo accidente de trabajo mortal, y los incidentes peligrosos del trabajador suscitado en el ámbito laboral. O fuera de ella que se ajuste a la definición legal (24 horas máx. Formulario n° 1) Trabajadores independientes: El reporte de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales e incidentes peligrosos esta a cargo del propio trabajador o de sus familiares en el centro asistencial el cual debe proceder a comunicar al MTPE y MINSA los centros médicos asistenciales: reportan accidentes de trabajo y enfermedades profesionales registradas o los que se ajustan a la definición legal de estas están obligados a informar al MTPE.(último día del mes siguiente. Formulario n° 2)
  • 26. INVESTIGACIONES DE ACCIDENTES DE TRABAJO, ENFERMEDADES OCUPACIONALES E INCIDENTES PELIGROSOS En la investigación de accidentes de trabajo: participa el empleador, los representantes de las organizaciones sindicales o trabajadores. Los resultados se comunican a la Autoridad Administrativa de Trabajo, indicando las medidas de prevención adoptadas En accidentes de trabajo mortales, participa la autoridad administrativa de trabajo Determinar causas inmediatas y básicas.
  • 27. Los Los objetivos de la SST de la empresa. Los resultados de las actividades de IPER. LA DIRECCIÓN DE LA EMPRESA DEBE REVISAR Y TOMAR ACCIONES DE LOS ASPECTOS MÁS RELEVANTES DEL SGSST, RELACIONADOS CON: Los resultados de la supervisión y medición de la eficiencia. La investigación de accidentes, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo. La investigación de accidentes, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo. Los resultados y recomendaciones de las auditorias y evaluaciones realizadas por la dirección de la empresa. Los resultados y recomendaciones de las auditorias y evaluaciones realizadas por la dirección de la empresa. REVISION POR LA DIRECCION46 Las recomendaciones del CSST, o del de SST y por cualquier miembro de la empresa en pro de mejoras. Las recomendaciones del CSST, o del supervisor de SST y por cualquier miembro de la empresa en pro de mejoras. Los cambios en las normas legales. Los resultados de las inspecciones de trabajo y medidas de recomendación, advertencia y requerimiento Los resultados de las inspecciones de trabajo y medidas de recomendación, advertencia y requerimiento. Los acuerdos convencionales y actas de trabajo. 27
  • 28. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES 72‐79 Tiene derecho a comunicarse libremente con los inspectores de trabajo, aún sin la presencia del empleador. Transferidos a otro puesto de trabajo motivada por razones de SST, sin menoscabar sus derechos remunerativos y categoría Cualquiera sea su modalidad de contratación tiene derecho al mismo nivel de protección en materia de SST Participar en los programas de capacitación. Participar en la identificación de peligros y riegos. Tienen derecho a examinar los factores de riesgo que afecten su seguridad y salud en el trabajo. En el reglamento interno de trabajo, se establecerán las sanciones por incumplimiento del trabajador de alguna de las obligaciones del art. 79 de la ley. En base a criterios de objetividad y proporcionalidad a la falta cometida.
  • 29. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES Cumplir con las normas, reglamentos, instrucciones de los programas de SST Uso adecuado instrumentos, materiales, EPP colectivo previa capacitación No operar o manipular maquinaria, equipos, instrumentos no autorizados a usar Someterse a los exámenes médicos a que están obligados por norma, garantizando la confidencialidad Cooperar y participar en los procesos de investigación de los accidentes y enfermedades ocupacionales Participa en los programas de capacitación y otras actividades destinados a prevenir riesgos laborales. Reporta inmediato a representantes o delegados de seguridad los accidentes, incidentes, enfermedades ocupacionales
  • 30. RESPONSABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO A LA OBLIGACIÓN DE GARANTIZAR LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES En materia de SST, la entidad empleadora principal responde directamente por las infracciones que, en su caso se cometan por el incumplimiento de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, personas que prestan servicios, personal bajo modalidades formativas laborales, visitantes y usuarios, los trabajadores de las empresas y entidades contratistas y subcontratistas que desarrollan actividades en sus instalaciones; asimismo las empresas usuarias de empresas de servicios temporales y complementarios responden directamente por las infracciones por el incumplimiento de su deber de garantizar la SST destacados en sus instalaciones.
  • 31. MODIFICACIONES Y ADICIONES A LA LEY GENERAL DE INSPECCIONES La reciente legislación sobre seguridad y salud en el trabajo establece cambios en la Ley Nº 28806 – Ley General de Inspección de Trabajo, Modifica el artículo 34° precisa que constituyen infracciones administrativas en materia de SST los incumplimientos de las disposiciones legales de carácter general aplicables a todos los centros de trabajo, así como los aplicables al sector industria, construcción y energía y minas mediante acción u omisión de los sujetos responsables y que el MTPE es el encargado de velar por el cumplimiento de las obligaciones contenidas en las leyes de la materia y convenios colectivos, RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
  • 32. En la ley 29783 SST, se incorpora el artículo 168‐A del Código Penal estipula Atentado contra las condiciones de seguridad e higiene industriales, en los siguientes términos: El que infringiendo las normas de seguridad y salud en el trabajo y estando legalmente obligado, no adopte las medidas preventivas necesarias para que los trabajadores desempeñen su actividad, poniendo en riesgo su vida, salud o integridad física, será reprimido con pena privativa de la libertad no menos de dos años ni mayor de cinco años. Sí como consecuencia de una inobservancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo, ocurre un accidente de trabajo con consecuencia de muerte o lesiones graves, para los trabajadores o terceros, la pena privativa de libertad, será no menos de cinco años ni mayor de diez años. Derogándose el numeral 3 del artículo 168° del Código Penal. INCORPORACIÓN DE LA FIGURA PENAL DEL DELITO DE ATENTADO CONTRA LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIALES RESPONSABILIDAD PENAL
  • 33. Finalmente la reciente legislación sobre SST adiciona un último párrafo al artículo 5° del Decreto Legislativo Nº 892 – Ley que regula el derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades de las empresas que desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categoría permitiendo que participen en el reparto de utilidades en igualdad de condiciones los trabajadores que hayan sufrido accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, y que haya dado lugar a descanso médico, debidamente acreditado al amparo y bajo los parámetros de la norma de seguridad y salud. MODIFICACIÓN EN LA LEGISLACIÓN SOBRE UTILIDADES