Las normas jurídicas se caracterizan por ser heterónomas, externas, bilaterales y coercibles, lo que significa que cuentan con el apoyo de la fuerza pública para hacerlas cumplir. Las normas religiosas son heterónomas, externas, internas, unilaterales e incoercibles, por lo que su cumplimiento depende de la conciencia individual. Las normas de etiqueta o uso social son incoercibles aunque pueden generar reproche social.
Sociologia juridica, El derecho es un aspecto mas de la vida social y se encu...Liss Uc
Eugene Ehrlich (Jurista-Filosofo.Bocovina-Ucrania 1862-Viena 1922, primer teórico de la sociología jurídica).
Fundamentos principales de la sociología y la ley.
«El centro de gravedad del desarrollo del derecho, no reside en la legislación, ni en la ciencia jurídica, sino en la sociedad misma».
El derecho es un aspecto mas de la vida social y se encuentra en una red de relaciones que abarca la amplia esfera de lo económico, social , político, cultural, ideológico, etc…
El derecho no es necesariamente un producto del Estado, la parte mas grande del derecho tiene su origen en la sociedad, mas allá del derecho se encuentra el derecho social, el que verdaderamente determina el contenido del Derecho.
Los orígenes pueden rastrearse en las obras de: Aristóteles, Montesquieu, Ulpiano, Groccio, Haberman, Kant, Comte, Marx, Durkein, Spencer, Weber, Kelsen, Parson, Carbonier, otros.
La sociología jurídica estudia las conjunciones de factores que influyen tanto en la génesis como la configuración del derecho.
Sociologia juridica, El derecho es un aspecto mas de la vida social y se encu...Liss Uc
Eugene Ehrlich (Jurista-Filosofo.Bocovina-Ucrania 1862-Viena 1922, primer teórico de la sociología jurídica).
Fundamentos principales de la sociología y la ley.
«El centro de gravedad del desarrollo del derecho, no reside en la legislación, ni en la ciencia jurídica, sino en la sociedad misma».
El derecho es un aspecto mas de la vida social y se encuentra en una red de relaciones que abarca la amplia esfera de lo económico, social , político, cultural, ideológico, etc…
El derecho no es necesariamente un producto del Estado, la parte mas grande del derecho tiene su origen en la sociedad, mas allá del derecho se encuentra el derecho social, el que verdaderamente determina el contenido del Derecho.
Los orígenes pueden rastrearse en las obras de: Aristóteles, Montesquieu, Ulpiano, Groccio, Haberman, Kant, Comte, Marx, Durkein, Spencer, Weber, Kelsen, Parson, Carbonier, otros.
La sociología jurídica estudia las conjunciones de factores que influyen tanto en la génesis como la configuración del derecho.
Estas normas establecen la forma de actuar en cierto lugar y bajo una circunstancia determinada, lo que se establece es necesario acatarlo, si no se cumplen las normas establecidas, podríamos obtener castigos.
1. Características de las normas.
LAS NORMAS JURIDICAS TIENEN COMO CARACTERISTICAS SER HETERONOMAS, EXTERNAS, BILATERALES Y
COERCIBLES, ES DECIR TIENEN EL APOYO DE LA FUERZA PUBLICA PARA HACER QUE SE CUMPLAN.
- Heteronomía: que son hechas por terceras personas para aplicarlas a la sociedad en general.
- Exterioridad: el castigo de estas normas no es solo interior es mas bien exterior, es decir, intervienen terceras
personas en la aplicación de éste.
- Bilateralidad: Consiste en que la norma jurídica al mismo tiempo que impone deberes, también concede derechos a
uno o varios sujetos.
- Coercible: que estas normas tienen el apoyo de la sociedad y la fuerza Publica para hacerlas validas y hacer cumplir
sus efectos.
LAS NORMAS RELIGIOSAS TIENEN COMO CARACTERISTICAS SER HETERONOMAS, EXTERNAS, INTERNAS,
UNILATERALES E INCOERCIBLES.
Estas normas son hechas para un grupo específico de personas que son aquellas que creen en esta religión sea cual sea y
que su castigo es básicamente interno y no tiene el apoyo de la fuerza pública para sancionar de manera física.
- Heteronomía: que son hechas por terceras personas para aplicarlas a la sociedad en general.
- Exterioridad: el castigo de estas normas no es solo interior es mas bien exterior, es decir, intervienen terceras
personas en la aplicación de éste.
- Internas : que su castigo es interno, es decir, como por ejemplo el remordimiento de la conciencia.
- Unilaterales: que solo interviene la persona misma en el castigo de estas en el caso del incumplimiento de éstas.
- Incoercibles: que no tienen el apoyo de la sociedad ni de la fuerza pública para imponer un castigo.
DIFERENCIAS ENTRE LAS NORMAS JURIDICAS Y LAS NORMAS RELIGIOSAS
a) que las normas jurídicas son coercibles y las normas religiosas son incoercibles.
b) que las normas jurídicas son externas y las normas religiosas son internas.
LAS NORMAS DE ETIQUETA O DE USO SOCIAL SON INCOERCIBLES SU CUMPLIMIENTO NO IMPLICA UNA SANCION
INSTITUCIONALIZAD, AUNQUE SI ALGUN TIPO DE RECRIMINACION O REPROCHE SOCIAL.
Son aquellas normas o reglas hechas por la sociedad dirigidas a un grupo específico de personas y aunque su sanción
también externa no es y no puede ser física, estas reglas se usan principalmente para determinar cómo se debe
comportar la gente cuando se encuentra en una sociedad y además en un lugar y tiempo determinado.
- Incoercibles: que no tienen el apoyo de la sociedad ni de la fuerza pública para imponer un castigo.
DIFERENCIAS ENTRE LAS NORMAS JURIDICAS Y LAS NORMAS DE USO SOCIAL O DE ETIQUETA
a) las normas de uso social solo se aplican a un grupo de personas específico y las normas jurídicas se aplican a la
sociedad en general.
b) las normas de uso social son incoercibles y las normas jurídicas son coercibles.
LAS NORMAS MORALES TIENEN COMO CARACTERISTICA SER AUTONOMAS, EXTERNAS, UNILATERALES, INTERNAS E
INCOERCIBLES, ES DECIR LA SANCION SOLO ES INTERNA Y NADIE PUEDE INTERVENIR PARA SANCIONAR ESTOS ACTOS.
- Autónomas: porque estas normas son dictadas por el individuo solo y nadie más interviene en si las cumple o no.
- Exterioridad: el castigo de estas normas no es solo interior es mas bien exterior, es decir, intervienen terceras
personas en la aplicación de éste.
- Unilaterales: que solo interviene la persona misma en el castigo de estas en el caso del incumplimiento de éstas.
- Internas : que su castigo es interno, es decir, como por ejemplo el remordimiento de la conciencia.
- Incoercibles: que no tienen el apoyo de la sociedad ni de la fuerza pública para imponer un castigo.
DIFERENCIAS ENTRE LAS NORMAS JURIDICAS Y LAS NORMAS MORALES
a) Que las normas jurídicas son coercibles y las normas morales son incoercibles.
b) Que las normas jurídicas son heterónomas y las normas morales son autónomas.