La fiducia mercantil ofrece una herramienta útil para las Asociaciones Público Privadas (APP) al permitir la administración independiente de los recursos y activos del proyecto a través de un patrimonio autónomo, y proveer esquemas para la garantía, fuente de pago y financiación del proyecto. El documento describe varios esquemas fiduciarios aplicables a las APP y resalta las ventajas de la fiducia para gestionar de manera flexible los intereses públicos y privados en estos proyectos.
Instrumento de financiamiento que permite el acceso a fondos de financiamiento directamente en el mercado de capitales chileno.
Contacto@bbsc.cl
www.bbsc.cl
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHyCP) supervisa el sistema financiero mexicano y tiene diversas facultades establecidas en leyes y reglamentos. La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) protege los derechos de los usuarios de servicios financieros. El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario garantiza el pago de obligaciones de instituciones financieras. El Banco de México es autónomo y su objetivo principal es mantener
Las instituciones de banca múltiple son instituciones de crédito autorizadas por el gobierno federal para captar recursos financieros del público y otorgar créditos para mantener las actividades económicas. Están autorizadas a realizar actividades como recibir depósitos, emitir tarjetas de crédito u otorgar préstamos. Para operar, requieren autorización del gobierno federal y deben cumplir con requisitos como constituirse como sociedad anónima y establecer su domicilio en México. Están sujetas a
Este documento establece las directrices para la concesión de créditos por parte del Banco Nacional de Fomento de acuerdo a la ley. Se definen los tipos de crédito, plazos, garantías requeridas, tasas de interés y procesos. Se busca promover el desarrollo socioeconómico a través de créditos para sectores como agropecuario, manufactura, comercio y servicios.
Este documento describe diferentes tipos de instituciones financieras y organizaciones auxiliares de crédito en México, incluyendo bancos, uniones de crédito, almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras y empresas de factoraje. Explica sus funciones principales como captar ahorros, otorgar préstamos, almacenar bienes, proporcionar arrendamientos financieros y comprar cuentas por cobrar.
Este documento describe las compañías de financiamiento comercial (CFC), incluyendo su origen, actividades principales, diferencias con los bancos, productos financiados y otras soluciones financieras ofrecidas. Las CFC son intermediarios financieros orientados a financiar operaciones de corto y mediano plazo mediante créditos, y ofrecen líneas de crédito, tarjetas y financiamiento para bienes duraderos. También proveen servicios como leasing, remesas familiares y financiamiento para pequeñas y medianas empresas.
Los bancos hipotecarios son instituciones de crédito que se financian mediante la emisión de títulos hipotecarios y depósitos de ahorro para otorgar préstamos con garantía hipotecaria. Deben tener un capital mínimo de entre 6 y 8 millones de dólares y su función principal es expandir el mercado de capitales mediante préstamos a largo plazo para la adquisición e hipotecas de viviendas. Las cédulas hipotecarias son instrumentos importantes que permiten a los bancos hipotecarios
Las compañías de financiamiento comercial captan recursos a través de instrumentos como CDT, bonos ordinarios y depósitos de ahorro para otorgar préstamos y realizar operaciones de arrendamiento financiero (leasing). El leasing permite que una compañía adquiera bienes a solicitud de un cliente y se los entregue en alquiler a cambio de un canon, con la opción de compra al final del contrato a un precio reducido por los pagos realizados. El leasing puede ser operativo, financiero o inmobiliario.
Instrumento de financiamiento que permite el acceso a fondos de financiamiento directamente en el mercado de capitales chileno.
Contacto@bbsc.cl
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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHyCP) supervisa el sistema financiero mexicano y tiene diversas facultades establecidas en leyes y reglamentos. La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) protege los derechos de los usuarios de servicios financieros. El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario garantiza el pago de obligaciones de instituciones financieras. El Banco de México es autónomo y su objetivo principal es mantener
Las instituciones de banca múltiple son instituciones de crédito autorizadas por el gobierno federal para captar recursos financieros del público y otorgar créditos para mantener las actividades económicas. Están autorizadas a realizar actividades como recibir depósitos, emitir tarjetas de crédito u otorgar préstamos. Para operar, requieren autorización del gobierno federal y deben cumplir con requisitos como constituirse como sociedad anónima y establecer su domicilio en México. Están sujetas a
Este documento establece las directrices para la concesión de créditos por parte del Banco Nacional de Fomento de acuerdo a la ley. Se definen los tipos de crédito, plazos, garantías requeridas, tasas de interés y procesos. Se busca promover el desarrollo socioeconómico a través de créditos para sectores como agropecuario, manufactura, comercio y servicios.
Este documento describe diferentes tipos de instituciones financieras y organizaciones auxiliares de crédito en México, incluyendo bancos, uniones de crédito, almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras y empresas de factoraje. Explica sus funciones principales como captar ahorros, otorgar préstamos, almacenar bienes, proporcionar arrendamientos financieros y comprar cuentas por cobrar.
Este documento describe las compañías de financiamiento comercial (CFC), incluyendo su origen, actividades principales, diferencias con los bancos, productos financiados y otras soluciones financieras ofrecidas. Las CFC son intermediarios financieros orientados a financiar operaciones de corto y mediano plazo mediante créditos, y ofrecen líneas de crédito, tarjetas y financiamiento para bienes duraderos. También proveen servicios como leasing, remesas familiares y financiamiento para pequeñas y medianas empresas.
Los bancos hipotecarios son instituciones de crédito que se financian mediante la emisión de títulos hipotecarios y depósitos de ahorro para otorgar préstamos con garantía hipotecaria. Deben tener un capital mínimo de entre 6 y 8 millones de dólares y su función principal es expandir el mercado de capitales mediante préstamos a largo plazo para la adquisición e hipotecas de viviendas. Las cédulas hipotecarias son instrumentos importantes que permiten a los bancos hipotecarios
Las compañías de financiamiento comercial captan recursos a través de instrumentos como CDT, bonos ordinarios y depósitos de ahorro para otorgar préstamos y realizar operaciones de arrendamiento financiero (leasing). El leasing permite que una compañía adquiera bienes a solicitud de un cliente y se los entregue en alquiler a cambio de un canon, con la opción de compra al final del contrato a un precio reducido por los pagos realizados. El leasing puede ser operativo, financiero o inmobiliario.
Este documento proporciona información sobre las corporaciones financieras en Colombia. Explica que las corporaciones financieras se establecieron en 1960 para promover la creación de industrias a través de inversiones a largo plazo. Sus funciones principales son la captación de recursos a plazo a través de depósitos o deuda y canalizarlos hacia préstamos y otras inversiones para apoyar el desarrollo empresarial. El documento también menciona algunos ejemplos de corporaciones financieras colombianas y describe sus productos de captación y col
Este documento describe los modelos actuales de asociaciones público-privadas en México, incluyendo los Proyectos de Infraestructura Productiva de Largo Plazo (Pidiregas), los Proyectos para Prestación de Servicios (PPS), y el Nuevo Esquema de Concesiones. Los Pidiregas atraen capital privado para proyectos estratégicos mediante esquemas como Construir-Arrendar-Transferir u Obra Pública Financiada. Los PPS involucran la prestación de servicios públicos por parte del sector privado. El
Analisis del sector inmobiliario desde el punto de vista financieroEvelinVallejo
Este documento analiza el sector inmobiliario ecuatoriano desde una perspectiva financiera. Explica que los bancos son los principales proveedores de créditos hipotecarios y que utilizan procesos de valoración de riesgos. También describe mecanismos para la adquisición de viviendas como las cédulas hipotecarias y préstamos. Finalmente, hace recomendaciones como profundizar el estudio legal de alternativas de financiamiento e incrementar el conocimiento de instrumentos como las cédulas hipotecarias.
Este documento analiza varios contratos bancarios modernos como el underwriting, factoring y leasing. Explica que el contrato bancario involucra a una entidad bancaria y su objetivo es una operación bancaria. Luego describe brevemente el underwriting, factoring y leasing, señalando sus características principales como la obtención de financiamiento y servicios relacionados.
Gestión de la cooperación financiera y la asistencia técnica en Colombia AID Territorial
Gestión de la cooperación financiera y la asistencia técnica en Colombia, Análisis de caso: Findeter S.A.
Maestría para el Desarrollo
Facultad de Finanzas, Gobierno y Relaciones Internacionales
Universidad Externado de Colombia
3 y 4 de Agosto de 2016
Este documento establece las normas aplicables a las sociedades titularizadoras de activos hipotecarios en Colombia. Define sus objetivos, operaciones autorizadas y requisitos como la separación patrimonial, manejo de riesgos, revelación de información y obligaciones. También especifica el capital mínimo requerido de $65.775.000.000, y los requisitos de patrimonio adecuado y relación de solvencia que deben mantener.
Este documento proporciona una descripción general del sistema financiero mexicano, incluyendo las principales autoridades que lo regulan como la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Banco de México, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como los componentes clave del sistema como la banca múltiple, la banca de desarrollo, el mercado bursátil y las compañías de seguros y fianzas. Explica las funciones y facultades de estas instituciones financieras.
Este documento describe diferentes tipos de entidades financieras en Colombia como bancos, corporaciones financieras, corporaciones de ahorro y vivienda, almacenes generales de depósito, compañías de financiamiento y compañías de leasing. Cada una tiene funciones específicas como realizar operaciones de crédito, captar recursos, promover el ahorro y el crédito hipotecario, depositar y almacenar mercancías, facilitar la comercialización de bienes y servicios, y adquirir bienes para arriendo.
Fondo bancario de protección al ahorro (fobaproa)Pumukel
El documento describe la creación y operaciones del Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa) en México. El Fobaproa se estableció en 1990 para apoyar a las instituciones financieras mexicanas ante crisis financieras a través de préstamos y capitalización. Sin embargo, el autor argumenta que el Fobaproa carecía de validez legal desde su creación y que sus operaciones excedieron su mandato al apoyar a todo el sistema financiero en lugar de instituciones individuales. Además, el autor sostiene que
La banca de inversión se especializa en obtener dinero u otros recursos financieros para que empresas privadas o gobiernos puedan realizar inversiones. Esto lo logra a través de la emisión y comercialización de valores en los mercados de capitales. Además, ofrece servicios de consultoría para fusiones, adquisiciones y divisiones. Bancolombia Banca de Inversión nació en 1994 como Corporación Financiera para complementar los servicios financieros de Bancolombia a través de banca de inversión y administración de inversiones. Actual
El documento proporciona una descripción del desarrollo del derecho bancario en México. Comienza explicando la banca especializada desde 1924 hasta 1970, luego la formación de grupos bancarios en la década de 1970 y el surgimiento de la banca múltiple en 1976. También cubre la nacionalización bancaria en la década de 1980, la reprivatización en 1991 y la intervención extranjera posterior.
El documento describe las operaciones bursátiles y bancarias. Las operaciones bursátiles incluyen la compraventa de valores en bolsa a través de intermediarios. Las operaciones bancarias incluyen depósitos como cuentas de ahorro, préstamos, y operaciones de captación y colocación de recursos. También describe los participantes del mercado bursátil como emisores, inversionistas, corredores y la supervisión.
1) Los mercados regionales de capitales en Argentina ofrecen una oportunidad para promover el crecimiento productivo regional mediante la asignación eficiente del ahorro a la inversión. 2) Los Fondos de Inversión Directa y los fideicomisos con finalidad pública son herramientas que pueden usarse para este propósito, generando sinergias entre los sectores público y privado. 3) Estos instrumentos pueden desarrollar las economías regionales al facilitar la inversión en proyectos productivos y obras de infraestructura municipales.
Este documento presenta información sobre el mutualismo en Ecuador y sobre la Mutualista Pichincha en particular. Explica que el mutualismo es una asociación sin fines de lucro que brinda ayuda mutua a sus miembros para enfrentar riesgos. Luego resume la historia de la Mutualista Pichincha, incluyendo que fue creada en 1961 y ha construido más de 6,000 viviendas. También presenta su misión, visión, valores, productos y servicios financieros.
El documento proporciona información sobre los componentes del sistema financiero mexicano. Se divide en organismos reguladores como la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Banco de México, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, que supervisan y regulan las instituciones financieras. También incluye organismos operativos como instituciones de crédito, organizaciones auxiliares de crédito, organizaciones bursátiles e instituciones de seguros que ofrecen servicios
Este documento describe varias entidades con regímenes especiales en Colombia, incluyendo su creación, objetivos y operaciones. Muchas fueron creadas por ley para satisfacer necesidades específicas y ofrecer créditos con condiciones especiales para apoyar sectores como la exportación, el desarrollo regional, la energía, la agricultura y la educación.
Instituciones del Sistema Financiero MexicanoKevin López
Este documento describe las funciones de varias instituciones del sistema financiero mexicano, incluyendo el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Bolsa Mexicana de Valores y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
El documento describe el proceso de privatización de la banca de desarrollo mexicana y sus objetivos. Actualmente, la banca de desarrollo mexicana está conformada por instituciones enfocadas en cinco sectores principales: empresarial, rural, infraestructura, vivienda y servicios financieros. Cada institución tiene el objetivo de impulsar el desarrollo de su sector respectivo mediante el otorgamiento de recursos financieros, capacitación y asistencia técnica.
Este documento proporciona información sobre la contabilización de la cartera de créditos en las entidades financieras. Explica conceptos como cartera vigente, cartera vencida y cartera en ejecución, así como los asientos contables relacionados. Además, incluye detalles sobre el cálculo de intereses penales y la clasificación legal de la cartera de créditos en Bolivia.
COMPETITIVIDAD REDES DE EMPRESAS Y COOPERATIVASManuel Bedoya D
El documento discute las ventajas de las redes empresariales para las pequeñas y medianas empresas. Explica que las redes permiten a las Pymes establecer vínculos de colaboración para alcanzar nuevas ventajas competitivas, como comprar insumos y vender servicios de manera conjunta. También distingue entre asociaciones, que representan los intereses de muchas empresas, y redes, que involucran a pocas empresas trabajando directamente en proyectos conjuntos. El objetivo final del documento es analizar cómo las instituciones pueden prom
Caracterizar las organizaciones sociales empresarialesManuel Bedoya D
Este documento describe el objetivo de caracterizar las organizaciones sociales empresariales en Venezuela e internacionalmente. Busca revisar el contexto nacional, describir las diferentes organizaciones sociales empresariales que operan en Venezuela, e identificar las organizaciones sociales empresariales internacionales para desarrollar un modelo de medición de la mejora continua, aprendizaje e innovación en estas organizaciones.
Este documento proporciona información sobre las corporaciones financieras en Colombia. Explica que las corporaciones financieras se establecieron en 1960 para promover la creación de industrias a través de inversiones a largo plazo. Sus funciones principales son la captación de recursos a plazo a través de depósitos o deuda y canalizarlos hacia préstamos y otras inversiones para apoyar el desarrollo empresarial. El documento también menciona algunos ejemplos de corporaciones financieras colombianas y describe sus productos de captación y col
Este documento describe los modelos actuales de asociaciones público-privadas en México, incluyendo los Proyectos de Infraestructura Productiva de Largo Plazo (Pidiregas), los Proyectos para Prestación de Servicios (PPS), y el Nuevo Esquema de Concesiones. Los Pidiregas atraen capital privado para proyectos estratégicos mediante esquemas como Construir-Arrendar-Transferir u Obra Pública Financiada. Los PPS involucran la prestación de servicios públicos por parte del sector privado. El
Analisis del sector inmobiliario desde el punto de vista financieroEvelinVallejo
Este documento analiza el sector inmobiliario ecuatoriano desde una perspectiva financiera. Explica que los bancos son los principales proveedores de créditos hipotecarios y que utilizan procesos de valoración de riesgos. También describe mecanismos para la adquisición de viviendas como las cédulas hipotecarias y préstamos. Finalmente, hace recomendaciones como profundizar el estudio legal de alternativas de financiamiento e incrementar el conocimiento de instrumentos como las cédulas hipotecarias.
Este documento analiza varios contratos bancarios modernos como el underwriting, factoring y leasing. Explica que el contrato bancario involucra a una entidad bancaria y su objetivo es una operación bancaria. Luego describe brevemente el underwriting, factoring y leasing, señalando sus características principales como la obtención de financiamiento y servicios relacionados.
Gestión de la cooperación financiera y la asistencia técnica en Colombia AID Territorial
Gestión de la cooperación financiera y la asistencia técnica en Colombia, Análisis de caso: Findeter S.A.
Maestría para el Desarrollo
Facultad de Finanzas, Gobierno y Relaciones Internacionales
Universidad Externado de Colombia
3 y 4 de Agosto de 2016
Este documento establece las normas aplicables a las sociedades titularizadoras de activos hipotecarios en Colombia. Define sus objetivos, operaciones autorizadas y requisitos como la separación patrimonial, manejo de riesgos, revelación de información y obligaciones. También especifica el capital mínimo requerido de $65.775.000.000, y los requisitos de patrimonio adecuado y relación de solvencia que deben mantener.
Este documento proporciona una descripción general del sistema financiero mexicano, incluyendo las principales autoridades que lo regulan como la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Banco de México, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como los componentes clave del sistema como la banca múltiple, la banca de desarrollo, el mercado bursátil y las compañías de seguros y fianzas. Explica las funciones y facultades de estas instituciones financieras.
Este documento describe diferentes tipos de entidades financieras en Colombia como bancos, corporaciones financieras, corporaciones de ahorro y vivienda, almacenes generales de depósito, compañías de financiamiento y compañías de leasing. Cada una tiene funciones específicas como realizar operaciones de crédito, captar recursos, promover el ahorro y el crédito hipotecario, depositar y almacenar mercancías, facilitar la comercialización de bienes y servicios, y adquirir bienes para arriendo.
Fondo bancario de protección al ahorro (fobaproa)Pumukel
El documento describe la creación y operaciones del Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa) en México. El Fobaproa se estableció en 1990 para apoyar a las instituciones financieras mexicanas ante crisis financieras a través de préstamos y capitalización. Sin embargo, el autor argumenta que el Fobaproa carecía de validez legal desde su creación y que sus operaciones excedieron su mandato al apoyar a todo el sistema financiero en lugar de instituciones individuales. Además, el autor sostiene que
La banca de inversión se especializa en obtener dinero u otros recursos financieros para que empresas privadas o gobiernos puedan realizar inversiones. Esto lo logra a través de la emisión y comercialización de valores en los mercados de capitales. Además, ofrece servicios de consultoría para fusiones, adquisiciones y divisiones. Bancolombia Banca de Inversión nació en 1994 como Corporación Financiera para complementar los servicios financieros de Bancolombia a través de banca de inversión y administración de inversiones. Actual
El documento proporciona una descripción del desarrollo del derecho bancario en México. Comienza explicando la banca especializada desde 1924 hasta 1970, luego la formación de grupos bancarios en la década de 1970 y el surgimiento de la banca múltiple en 1976. También cubre la nacionalización bancaria en la década de 1980, la reprivatización en 1991 y la intervención extranjera posterior.
El documento describe las operaciones bursátiles y bancarias. Las operaciones bursátiles incluyen la compraventa de valores en bolsa a través de intermediarios. Las operaciones bancarias incluyen depósitos como cuentas de ahorro, préstamos, y operaciones de captación y colocación de recursos. También describe los participantes del mercado bursátil como emisores, inversionistas, corredores y la supervisión.
1) Los mercados regionales de capitales en Argentina ofrecen una oportunidad para promover el crecimiento productivo regional mediante la asignación eficiente del ahorro a la inversión. 2) Los Fondos de Inversión Directa y los fideicomisos con finalidad pública son herramientas que pueden usarse para este propósito, generando sinergias entre los sectores público y privado. 3) Estos instrumentos pueden desarrollar las economías regionales al facilitar la inversión en proyectos productivos y obras de infraestructura municipales.
Este documento presenta información sobre el mutualismo en Ecuador y sobre la Mutualista Pichincha en particular. Explica que el mutualismo es una asociación sin fines de lucro que brinda ayuda mutua a sus miembros para enfrentar riesgos. Luego resume la historia de la Mutualista Pichincha, incluyendo que fue creada en 1961 y ha construido más de 6,000 viviendas. También presenta su misión, visión, valores, productos y servicios financieros.
El documento proporciona información sobre los componentes del sistema financiero mexicano. Se divide en organismos reguladores como la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Banco de México, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, que supervisan y regulan las instituciones financieras. También incluye organismos operativos como instituciones de crédito, organizaciones auxiliares de crédito, organizaciones bursátiles e instituciones de seguros que ofrecen servicios
Este documento describe varias entidades con regímenes especiales en Colombia, incluyendo su creación, objetivos y operaciones. Muchas fueron creadas por ley para satisfacer necesidades específicas y ofrecer créditos con condiciones especiales para apoyar sectores como la exportación, el desarrollo regional, la energía, la agricultura y la educación.
Instituciones del Sistema Financiero MexicanoKevin López
Este documento describe las funciones de varias instituciones del sistema financiero mexicano, incluyendo el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Bolsa Mexicana de Valores y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
El documento describe el proceso de privatización de la banca de desarrollo mexicana y sus objetivos. Actualmente, la banca de desarrollo mexicana está conformada por instituciones enfocadas en cinco sectores principales: empresarial, rural, infraestructura, vivienda y servicios financieros. Cada institución tiene el objetivo de impulsar el desarrollo de su sector respectivo mediante el otorgamiento de recursos financieros, capacitación y asistencia técnica.
Este documento proporciona información sobre la contabilización de la cartera de créditos en las entidades financieras. Explica conceptos como cartera vigente, cartera vencida y cartera en ejecución, así como los asientos contables relacionados. Además, incluye detalles sobre el cálculo de intereses penales y la clasificación legal de la cartera de créditos en Bolivia.
COMPETITIVIDAD REDES DE EMPRESAS Y COOPERATIVASManuel Bedoya D
El documento discute las ventajas de las redes empresariales para las pequeñas y medianas empresas. Explica que las redes permiten a las Pymes establecer vínculos de colaboración para alcanzar nuevas ventajas competitivas, como comprar insumos y vender servicios de manera conjunta. También distingue entre asociaciones, que representan los intereses de muchas empresas, y redes, que involucran a pocas empresas trabajando directamente en proyectos conjuntos. El objetivo final del documento es analizar cómo las instituciones pueden prom
Caracterizar las organizaciones sociales empresarialesManuel Bedoya D
Este documento describe el objetivo de caracterizar las organizaciones sociales empresariales en Venezuela e internacionalmente. Busca revisar el contexto nacional, describir las diferentes organizaciones sociales empresariales que operan en Venezuela, e identificar las organizaciones sociales empresariales internacionales para desarrollar un modelo de medición de la mejora continua, aprendizaje e innovación en estas organizaciones.
Este documento analiza la integración productiva y cooperación en el Mercosur. Introduce los conceptos de cadena productiva y competitividad, y explica cómo la eficiencia de toda la cadena afecta la competitividad del producto final. También describe el Programa de Foros de Competitividad del Mercosur, el cual busca promover el diálogo entre sectores público y privado para mejorar la competitividad de las cadenas productivas a través de consensos y proyectos concretos. Finalmente, reflexiona sobre cómo avanzar hacia mayores niveles de
Este documento presenta la asignatura "Redes Empresariales y Asociaciones" que hace parte del programa de Administración de Empresas. Describe los objetivos de la asignatura, que incluyen comprender la importancia de las redes empresariales y asociaciones para las pequeñas y medianas empresas. También presenta el plan de trabajo de la asignatura, el cual consta de varios encuentros para analizar conceptos clave como factores de éxito y amenazas en la construcción de redes, y tipos de cooperación entre empresas. Finalmente, detalla el sistema de evalu
Este documento describe las bases conceptuales y lecciones aprendidas del programa "Redes Empresariales para la Exportación" implementado por Proexport Colombia y la Universidad EAFIT. El programa buscaba articular proyectos asociativos entre pymes para acceder a mercados internacionales mediante la exportación. Se explica que los proyectos asociativos se fundamentan en la construcción cooperativa de ventajas competitivas que las empresas no podrían alcanzar individualmente. Además, se detallan conceptos como teoría de costos de transacción, ventajas competitivas, sist
Este documento presenta el plan de estudios de la asignatura "Redes Empresariales y Asociaciones" que hace parte del programa de Administración de Empresas. La asignatura busca desarrollar competencias relacionadas con el entendimiento de las redes empresariales, sus beneficios y cómo implementarlas. El plan contiene 5 unidades temáticas que abarcan conceptos como tipos de redes, factores de éxito, confianza entre socios y medición del desempeño. La metodología se basa en la discusión y análisis de casos pr
Este documento presenta una guía para la creación de redes empresariales. Explica que las redes son organizaciones de empresas que colaboran voluntariamente para alcanzar objetivos comunes, manteniendo cada una su independencia. Detalla los beneficios de trabajar en red, como mejorar las ventas, reducir costos y acceder a nuevas tecnologías. También identifica los desafíos como la desconfianza y los costos de aprendizaje. Ofrece recomendaciones sobre identificar posibles aliados, preparar a las empresas y construir confianza para
Desarrollo y Financiamiento de la Inversión Pública a través de Asociaciones ...Maria Luisa Streb
Este documento analiza las Asociaciones Público Privadas (APP) como una alternativa para promover la inversión en infraestructura en Argentina. Explica que las APP permiten distribuir riesgos entre el sector público y privado de manera óptima. Destaca que la forma más común de APP involucra contratos de Diseño-Construcción-Financiamiento-Operación. También analiza el marco legal de las APP en Argentina y las posibilidades de financiamiento a través del mercado de capitales, incluyendo acciones, bonos y fideicomisos
Este documento describe la ley nacional del sistema de endeudamiento público en Perú. Establece los principios rectores como la eficiencia, prudencia y responsabilidad fiscal. Define los conceptos básicos de deuda pública y describe el sistema nacional de endeudamiento, incluyendo sus órganos e instituciones. También especifica los aspectos generales de endeudamiento del gobierno nacional y sus garantías.
La Ley de Asociaciones Público Privadas regula los contratos entre el gobierno y privados para proyectos de infraestructura donde los privados invierten y el gobierno paga en plazos. Los proyectos deben justificarse y demostrar ventajas financieras sobre otras opciones. La ley tiene beneficios como más inversiones, empleos y seguridad jurídica, pero también desventajas como falta de claridad sobre cuándo el gobierno puede intervenir un proyecto.
Este documento describe los organismos públicos descentralizados y fideicomisos que participan en el financiamiento del comercio exterior en México. Menciona al Banco de México y al Decreto ProMéxico como organismos públicos descentralizados. Explica que los fideicomisos públicos son instrumentos jurídicos creados por la administración pública para cumplir objetivos determinados relacionados con el desarrollo económico y social a través del manejo de recursos públicos. Describe los elementos clave de un fideicomiso
El documento resume las asociaciones público-privadas (APP) en Perú. Define las APP, describe sus características, beneficios y clasificaciones. Explica el marco normativo de las APP, los principios que las rigen, los tipos de proyectos en los que se pueden emplear y las fases de su ejecución. Resalta el rol de PROINVERSIÓN en el proceso de promoción de las APP.
Consideraciones jurídicas sobre los compromisos financieros en los proyectos...FUSADES
El 23 de mayo de 2013 se aprobó por unanimidad la Ley
Especial de Asocios Público Privados (Ley APP) en la Asamblea
Legislativa, la cual entró en vigor el pasado 17 de junio de
2013. Es importante reiterar que dicha ley requiere reformas
importantes para superar las deficiencias con las que se aprobó
y así garantizar que sea una ley funcional, competitiva y
atractiva para promover inversiones en este tipo de proyectos.
El 26 de agosto de 2013, se presentó a la Asamblea Legislativa
un proyecto de decreto de reformas medulares a la Ley APP,
cuyo objetivo era corregir las deficiencias con las que había
sido aprobada: i) falta una adecuada institucionalidad; ii)
adopción de un proceso de aprobación de los APP largo y
engorroso en comparación con otros países del mundo; iii)
falta certeza jurídica para los inversionistas por las múltiples
intervenciones legislativas; iv) un límite fiscal que reduce la
posibilidad de realizar más de dos proyectos APP al mismo
tiempo; y v) carencia de suficientes niveles de transparencia y
publicidad.
Fiducoldex es una sociedad de economía mixta vinculada al Ministerio de Comercio Exterior y al Banco de Comercio Exterior Bancoldex. Se constituyó en 1992 para ofrecer servicios fiduciarios especializados en comercio exterior. Sus principales líneas de producto incluyen fiducias de garantía, inversión, administración y pagos, y proyectos integrales.
El documento presenta un caso sobre una reclamación de un concesionario de puerto por penalidades impuestas. El concesionario alega que existen causas de fuerza mayor, como congestión, que ocasionan demora en las operaciones. El resumen es: 1) Se presenta una disputa entre concesionario y concedente por penalidades; 2) El concesionario alega fuerza mayor debido a congestión; 3) Los administradores del contrato deben elevar el caso a la instancia de resolución de disputas establecida en el contrato.
Importancia y Retos en la Estructuración de Proyectos de Infraestructura en l...ProColombia
Este documento discute la importancia y los retos de fortalecer la estructuración de proyectos de infraestructura en las regiones bajo el esquema de asociación público-privada (APP). Explica qué son las APP, cómo funcionan y para qué sirven. También señala el papel que tienen los proyectos de infraestructura bajo APP en la estrategia de reactivación económica del país.
El documento define las finanzas como el conjunto de actividades relacionadas con el dinero, la banca y la bolsa de una empresa, basadas en los flujos de ingresos, gastos y efectivo para alcanzar los objetivos administrativos. También describe las finanzas públicas como la actividad económica del sector público para obtener los recursos necesarios para realizar sus funciones a través de procedimientos legales. Finalmente, explica que los ingresos públicos incluyen ingresos ordinarios, extraordinarios, tributarios y no tributarios.
El documento define las finanzas como el conjunto de actividades relacionadas con el dinero, la banca y la bolsa de una empresa, basadas en los flujos de ingresos, gastos y efectivo para alcanzar los objetivos administrativos. También describe las finanzas públicas como la actividad económica del sector público para obtener los recursos necesarios para cumplir con sus funciones y necesidades a través de procedimientos legales. Finalmente, explica que los ingresos públicos provienen de las actividades económicas generadas por el estado como la minería,
El documento define las finanzas como el conjunto de actividades relacionadas con el dinero, la banca y la bolsa de una empresa, basadas en los flujos de ingresos, gastos y efectivo para alcanzar los objetivos administrativos. También describe las finanzas públicas como la actividad económica del sector público para obtener los recursos necesarios para cumplir con sus funciones y necesidades a través de procedimientos legales. Finalmente, explica que los ingresos públicos incluyen ingresos ordinarios, extraordinarios, tributarios y no tributarios.
Este documento presenta información sobre la gestión de proyectos e instrumentos de gerencia. En particular, describe los principales instrumentos utilizados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para la aprobación, ejecución y supervisión de préstamos y cooperaciones técnicas, incluyendo propuestas de préstamo, contratos de préstamo, desembolsos a través de fondos rotatorios, pagos directos y cartas de crédito. Además, explica los mecanismos para la obtención de recursos financieros del
El documento describe varias fuentes potenciales para financiar proyectos de carreteras a nivel nacional, incluyendo recursos públicos (como impuestos y préstamos), recursos externos (préstamos de organismos multilaterales y bilaterales), recursos de fondos viales (para mantenimiento), y recursos privados a través de concesiones. También discute los desafíos para obtener financiamiento y las consideraciones de ingeniería financiera para proyectos de concesión.
Este documento describe el marco normativo de las asociaciones público-privadas (APP) en Perú y compara su enfoque con el de países como Chile, Colombia, México y Canadá. Explica que si bien Perú ha desarrollado metodologías para APPs a nivel nacional, sería útil contar con un manual integral que detalle los procedimientos. También analiza las definiciones, tipos y principios de las APPs, así como las etapas clave de los proyectos APP impulsados por el Estado.
Este documento resume el marco legal para la promoción de la inversión privada descentralizada en Perú y las oportunidades de inversión en las regiones del norte. Explica las modalidades de participación privada como asociaciones público-privadas y proyectos de iniciativa privada. También describe la Ley de Impuesto por Obras que permite a empresas financiar proyectos de infraestructura a cambio de certificados para pagar impuestos. Finalmente, presenta una serie de proyectos de inversión prioritarios en transporte, puertos e infraestr
Las finanzas se definen como el conjunto de actividades relacionadas con el dinero, la banca y la bolsa de una empresa, basadas en los flujos de ingresos, gastos y efectivo para alcanzar los objetivos administrativos. Las finanzas públicas constituyen la actividad económica del sector público para obtener los recursos necesarios mediante procedimientos legales para satisfacer las necesidades públicas. La administración de las finanzas empresariales permite tener un orden y control de los activos, créditos e inventarios de una empresa para lograr sus objetivos.
Las finanzas se definen como el conjunto de actividades relacionadas con el dinero, la banca y la bolsa de una empresa, basadas en los flujos de ingresos, gastos y efectivo para alcanzar los objetivos administrativos. Las finanzas públicas constituyen la actividad económica del sector público para obtener los recursos necesarios mediante procedimientos legales para satisfacer las necesidades públicas. La administración de las finanzas empresariales permite tener un orden y control de los activos, créditos e inventarios de una empresa para lograr sus objetivos.
El documento presenta al Instituto para el Desarrollo de Antioquia (IDEA) y sus servicios. El IDEA es un establecimiento público de fomento y desarrollo en Antioquia que ofrece servicios financieros como créditos de fomento y tesorería, depósitos a la vista y a plazo, y administración de fondos especiales. Su misión es fomentar el desarrollo sostenible de Antioquia mediante servicios financieros y proyectos estratégicos que mejoren la calidad de vida de
El comercio exterior consiste en el intercambio de bienes y servicios entre países. Incluye la exportación e importación de productos, los cuales generalmente están sujetos a normas y tributos. El objetivo principal es satisfacer la demanda de consumidores aprovechando las ventajas comparativas de cada nación. Existen varios modelos que intentan explicar los flujos comerciales entre países basados en factores como costos de producción, abundancia de recursos y demanda de productos.
Planeador gobernabilidad y políticas públicasManuel Bedoya D
Este documento presenta el planeador de la asignatura de Gobernabilidad y Políticas Públicas para el programa de Administración Pública. Describe las competencias a desarrollar, como analizar conceptos de política, gobierno y gobernabilidad; identificar políticas públicas colombianas; y diseñar una política pública. Incluye 4 unidades temáticas sobre introducción a la política pública, el sistema político colombiano, gobierno-gobernanza-gobernabilidad, y el plan nacional de desarrollo. El objetivo es que los estud
Este documento presenta el planeador de la asignatura Política Económica para el programa de Administración Pública Municipal. La asignatura busca desarrollar competencias relacionadas con la identificación de problemas económicos y la formulación de políticas, a través del aprendizaje basado en problemas. El curso cubre temas como la intervención del Estado en la economía, los objetivos y herramientas de la política económica, y su marco institucional.
La descentralización: una perspectiva comparada entre América Latina y EuropaManuel Bedoya D
Este documento compara la descentralización en América Latina y Europa. Explica que la descentralización implica redistribuir el poder entre los niveles del gobierno y la sociedad. Aunque la descentralización es un proceso generalizado, cada país la implementa de manera diferente dependiendo de sus circunstancias particulares. La descentralización en Europa comenzó después de la Segunda Guerra Mundial e involucró un proceso heterogéneo en cada país a lo largo de décadas.
El documento trata sobre la política internacional y la economía política internacional. Explica que la política internacional analiza la interacción entre los estados del mundo, especialmente en temas económicos, políticos y sociales para promover el desarrollo global. También describe las principales tendencias en la economía política internacional como el comercio global, los flujos monetarios, la integración regional y el crecimiento de economías asiáticas. Finalmente, resume los enfoques teóricos del liberalismo, mercantilismo y marxismo para estudiar la economía política intern
Este documento presenta una visión del sur de las relaciones mundiales desde una perspectiva realista, sistémica y estructural. Busca desarrollar una teoría totalizadora de las relaciones internacionales que refleje tanto la estabilidad como el cambio y represente a aquellos que carecen de poder. El autor ha plasmado este desarrollo teórico en varios libros y artículos que analizan temas como el orden mundial, el régimen internacional, las relaciones entre Estados Unidos y América Latina, y las diferentes regiones del mundo.
El documento argumenta que las repúblicas hispano-colombianas deberían formar confederaciones para fortalecerse políticamente y prosperar. Propone la creación de cinco confederaciones basadas en afinidades geográficas, históricas y étnicas. También aboga por establecer un derecho público común y cooperación diplomática, consular y comercial entre las repúblicas para preparar el terreno para las futuras confederaciones.
Este documento analiza la política exterior uruguaya como una política pública influida por las ideas, intereses e instituciones de los partidos políticos. Argumenta que los partidos y sus fracciones juegan un rol central en orientar la política exterior a través de debates e interacciones. Como caso de estudio, examina el fracaso de un tratado de libre comercio con Estados Unidos durante el gobierno de Tabaré Vázquez, mostrando divergencias entre partidos y fracciones sobre la inserción internacional de Uruguay.
ALBA como respuesta política integración latinoamericana frente al ALCAManuel Bedoya D
El documento analiza el ALCA (Área de Libre Comercio de las Américas) como un instrumento de dominación propuesto por Estados Unidos para profundizar su control sobre América Latina, y el ALBA (Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América) como una respuesta de integración latinoamericana a este intento de dominio. Explica cómo el ALCA fue promovido en secreto sin consultar a los ciudadanos y cómo fue derrotado en la Cumbre de las Américas de 2005, dando una importante victoria a los pue
Este documento presenta el syllabus de la asignatura de Política Internacional Pública. La asignatura tiene una carga de 2 créditos y es de nivel profesional. Los propósitos de aprendizaje son formar profesionales capaces de analizar teóricamente la integración entre estados, empresas y dinámicas globales. La metodología incluye análisis teórico, casos de estudio, mapas conceptuales y trabajo cooperativo. El syllabus detalla 11 núcleos de aprendizaje sobre temas como la evolución del
Este documento presenta el planeador de la asignatura de Política Internacional Pública. Describe los objetivos de la asignatura, que incluyen analizar conceptos básicos de relaciones internacionales y establecer relaciones entre actores del sistema internacional. También presenta las unidades temáticas a desarrollar, como la introducción a la política internacional, la sociedad internacional y los estados, y las transformaciones del sistema mundial. El documento define las competencias que los estudiantes desarrollarán en áreas como el análisis crítico y la interpretación de
Este documento describe la evolución histórica de los organismos de control y vigilancia en Colombia. Explica que la Constitución de 1991 definió a la Contraloría General y al Ministerio Público como órganos de control, encargados de vigilar la gestión fiscal y proteger los derechos humanos respectivamente. También menciona otros organismos como las contralorías departamentales y las personerías municipales. El documento argumenta que estos organismos deben ser independientes de las otras ramas del poder para poder realizar sus funciones de manera autónoma.
Este documento presenta el syllabus de la asignatura "Sistema de Control Estatal" para el programa de Administración Pública. La asignatura tiene una carga de tres créditos y nivel profesional. El syllabus describe los objetivos del curso, las competencias, el plan de trabajo, el sistema de evaluación y la bibliografía. El curso busca brindar conceptos básicos sobre sistemas de control interno estatal y su importancia para la gestión pública.
Este documento presenta el plan de estudios para la asignatura Sistema de Control Interno. La asignatura busca desarrollar competencias relacionadas con el análisis e interpretación de sistemas de control interno y políticas públicas aplicables al sector público. El estudiante aprenderá sobre conceptos como control estatal, fiscal, social y político, y cómo estos afectan la administración del Estado. También se espera que comprenda la importancia del control interno para la ejecución efectiva del presupuesto público de acuerdo con la normatividad
Este documento presenta la planeación de un curso sobre Modelos de Gestión Pública. El curso busca desarrollar competencias cognitivas, interpretativas, argumentativas y propositivas en los estudiantes mediante el aprendizaje basado en problemas. El curso también analizará diferentes modelos de gestión pública y su aplicación en contextos municipales, regionales y nacionales.
Este documento presenta un curso sobre nuevos modelos de gestión pública municipal. El curso busca formar líderes y administradores locales con capacidades para cumplir los objetivos de los planes de desarrollo. El curso cubrirá temas como nuevos modelos de dirección pública, estrategias de intervención, análisis de ambientes organizacionales, diseño de herramientas de intervención y casos internacionales. Se espera que los estudiantes desarrollen competencias en dirección estratégica y comprendan mejor los retos de la gestión pública
Este documento presenta el syllabus de un curso de Gerencia Pública Integral. El curso busca que los estudiantes aprendan e implementen herramientas gerenciales para promover el desarrollo local de manera sostenible. El syllabus describe los objetivos de aprendizaje, temas a cubrir, metodología, criterios de evaluación y bibliografía. El curso se enfocará en modelos de gerencia aplicables al sector público y el rol del alcalde como líder de la administración local.
Problematizar acción fundamental para favorecer el aprendizaje activoManuel Bedoya D
El documento discute la importancia de la problematización como una condición fundamental para el aprendizaje activo. Explica que la problematización implica que los estudiantes sean actores principales en su propio aprendizaje. Luego describe brevemente las características generales del aprendizaje activo y cómo la problematización, a través de la acción de problematizar, motiva a los estudiantes y los involucra en el proceso de aprendizaje. Finalmente, el objetivo del documento es establecer las características de una actividad
Modulo gestión pública profesor carlos ramírez guerraManuel Bedoya D
El documento compara y contrasta los términos administración, gerencia y gestión. Originalmente, la administración se refería a funciones subordinadas en el sector público, mientras que la gerencia se refería a funciones subordinadas en el sector privado. Más recientemente, los tres términos se usan como sinónimos, aunque algunos autores distinguen entre ellos enfocándose la administración en reglas y estructuras, y la gestión en resultados operacionales. El documento también discute las diferencias entre administración pública y gestión pública.
Modelo de gestión de la innovación para los gobiernos locales del perúManuel Bedoya D
El problema principal que se plantea es que, a pesar de existir numerosas iniciativas de innovación en el sector público a nivel internacional, en América Latina estas experiencias son menos conocidas y no se han sistematizado de manera académica y operativa para facilitar su replicabilidad.
En particular, en el Perú no existe un modelo de gestión de la innovación para los gobiernos locales que permita promover la innovación de manera sostenible en estos niveles de gobierno.
Los principales aspectos que se mencionan son:
- La literatura existente se
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJEjecgjv
La Pedagogía Autogestionaria es un enfoque educativo que busca transformar la educación mediante la participación directa de estudiantes, profesores y padres en la gestión de todas las esferas de la vida escolar.
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
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CARTILLA
LLAA FFIIDDUUCCIIAA:: UUNNAA HHEERRRRAAMMIIEENNTTAA EENN LLAASS
AASSOOCCIIAACCIIOONNEESS PPÚÚBBLLIICCOO PPRRIIVVAADDAASS
La presente Cartilla es una publicación introductoria al régimen general de las Asociaciones Público Privadas y la
contribución del negocio fiduciario en dicho esquema, sin comprometer la posición de la Asociación de Fiduciarias en
aspectos jurídicos ni en la interpretación de las normas o la suficiencia o actualización de los diversos aspectos
normativos, reglamentarios o de trámite sobre el asunto.
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Índice
Introducción
1. Razones para acudir a la fiducia en la gestión de Asociaciones Público Privadas.
2. Esquemas con participación del instrumento fiduciario para los fines de los proyectos.
3. Marco general de las Asociaciones Público Privadas
4. Del contrato de fiducia mercantil y el patrimonio autónomo
5. Consideraciones finales
Introducción
En la gestión de proyectos o negocios el instrumento fiduciario se erige como una herramienta para contribuir
al logro de los fines que se establezcan en los correspondientes contratos.
En momentos en que Colombia propende alcanzar mayores niveles de inversión y desarrollo a partir de
Asociaciones Público Privadas, APP, la fiducia mercantil ofrece la aptitud necesaria para servir los objetivos
de proyectos de potenciales inversionistas o empresarios y facilitar la realización de una actividad u
operación.
El objetivo de la presente Guía se fundamenta en las propiedades y ventajas que ofrece el mecanismo
Fiduciario para lo cual:
• Se exponen las razones que justifican acudir al instrumento fiduciario
• Se describen los esquemas fiduciarios con participación del instrumento fiduciario para los
propósitos de las Asociaciones Público Privadas
• Se desarrolla el marco regulatorio de las Asociaciones Público Privadas
• Se señalan los antecedentes y parámetros de las Asociaciones Público Privadas, APPs,
recientemente reguladas
• Se introducen las nociones sobre la fiducia mercantil y el patrimonio autónomo
En función de los anotados objetivos, se ofrece en el presente documento elementos informativos de interés
para los inversionistas, promotores y gestores de proyectos, así como para las autoridades del nivel central y
territorial, en materia del alcance y naturaleza de la herramienta fiduciaria al servicio de las Asociaciones
Público Privadas, en el marco de su reciente legislación.
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El Contrato de Fiducia se ha caracterizado por constituir una herramienta eficiente en el desarrollo de
diversas actividades, en la medida en que atiende necesidades especificas de quienes emprenden o
gestionan un proyecto.
La posibilidad de contar con un instrumento que contribuya a la convergencia de los intereses del Estado
y de los particulares en torno a la realización de una Asociación Pública Privada de iniciativa privada o
pública, es conveniente a los propósitos de beneficiarios, acreedores, inversionistas, proveedores,
contratistas o clientes y aun de las autoridades de control, entre otras virtudes por las condiciones de
manejo independiente que lo caracterizan, dado que debe individualizarse patrimonialmente el manejo de
recursos y los correspondientes registros contables.
Adicionalmente, esta herramienta posibilita esquemas de garantías y fuentes de pago que permiten la
búsqueda de financiación con el sector financiero o en el mercado de capitales.
Las prerrogativas que acompañan a los vehículos fiduciarios, han ofrecido a los diversos sectores del
país, el escenario propicio sobre el cual se han ejecutado proyectos, según lo revelan las cifras que a
continuación se consignan al cierre de julio de 2012:
* Fuente: Superintendencia Financiera de Colombia – Al mes de Julio de 2012 el sector
Fiduciario administraba un total de $218 billones en activos fideicomitidos en 16.599 negocios.
En consecuencia, se identifican las siguientes razones, entre otras, para acudir al instrumento fiduciario
como apoyo en los asuntos de interés de actores particulares o públicos:
1. RAZONES PARA ACUDIR ALINSTRUMENTO FIDUCIARIO EN LA GESTION DE
INICIATIVAS PUBLICO PRIVADAS.
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a. La flexibilidad del vehículo fiduciario, la cual permite que se recojan dentro de sus acuerdos
contractuales los propósitos de los diferentes intervinientes, y su cohesión hacia una finalidad común
en una gestión empresarial, fuera de las rígidas estructuras de una sociedad.
b. La obligación de la fiduciaria de actuar como vocera en defensa de los activos e intereses del
Patrimonio Autónomo.
c. Las ventajas de orden legal que ofrece la posibilidad de configurar un patrimonio autónomo, a
través del cual se gestionan las actuaciones tendientes a la administración de los bienes y la
prestación de los servicios necesarios para el cumplimiento de los fines perseguidos.
d. La separación patrimonial de los bienes del fideicomiso de los propios del fideicomitente y de la
fiduciaria, y de los de otros clientes.
e. Los recursos entregados al patrimonio autónomo no pueden ser embargados, salvo excepción muy
concreta establecida en el inciso 1º del artículo 1238 del código de comercio, precisada por la Corte
Suprema de Justicia en Sentencia del 29 de enero de 2010, cuando existan acreencias anteriores a
la constitución del fideicomiso y con ello se haya causado un perjuicio.
f. El fideicomiso puede tener diversos objetivos, tales como servir de mecanismo de garantía, fuente de
pago, administración, inversión, recaudo para la atención de obligaciones, administración o pagos.
g. Se puede establecer en los contratos una prelación de pagos a cargo del fideicomiso tales como,
impuestos, gastos de operación, servicios de la deuda, excedentes, etc.
h. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 1508 de 2012, en las Asociaciones
Público Privadas, APPs, todos los activos y pasivos presentes y futuros vinculados al proyecto, se
integran en un patrimonio autónomo que se constituye por lo tanto en centro de imputación contable.
Son múltiples las finalidades que la fiducia puede tener entorno a la conformación de una Asociación
Público Privada. En efecto, adicionalmente a la administración del patrimonio autónomo dispuesto como
una exigencia por la Ley para las Asociaciones Público Privadas, el Fideicomitente (inversionista o
promotor de un proyecto), puede encomendar a la Sociedad Fiduciaria la gestión que se requiera para
determinados propósitos, tal como se aprecia en los siguientes esquemas:
2. ESQUEMAS CON PARTICIPACION DEL INSTRUMENTO FIDUCIARIOY DE LOS
FONDOS DE CAPITAL PRIVADO A LOS FINES DE LOS PROYECTOS DE INVERSION O
INFRAESTRUCTURA
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Esquema de fiducia previsto en el marco regulatorio de las Asociaciones Público
Privadas.
La Ley 1508 de 2012 mediante la cual se establece el régimen de las Asociaciones Público Privadas,
dispuso que los recursos públicos y todos los que se manejen en el proyecto, deberán administrarse a
través de un patrimonio autónomo constituido por el contratista, integrado por todos los activos y
pasivos presentes y futuros vinculados al proyecto1.
Quien constituye la Fiducia es la persona natural o jurídica que celebra el correspondiente contrato de
fiducia mercantil sobre la base de lo que establezca el contrato estatal que regula la Asociación Pública
Privada, APPs. Por lo anterior, el citado contrato de Fiducia se rige por las disposiciones del Código de
Comercio y por las reglas del propio contrato y no requiere de licitación por no tratarse de contrato
celebrado con una Entidad Estatal del nivel central o territorial.
Gráfico 1. Estructura General de APP
1 Artículo 24 de la Ley 1508 de 2012
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Esquema fiduciario para la administración en proyectos de infraestructura
concesionados.
En el marco de un contrato de concesión tradicional, los recursos involucrados en el desarrollo de un
proyecto pueden ser administrados a través de una Fiducia y al mismo tiempo, servir de fuente de pago y
de garantía que respalde los mecanismos utilizados para la financiación del proyecto
En este esquema lo usual es que el Concesionario le ceda al Patrimonio Autónomo los derechos
económicos derivados del contrato de Concesión, y se le transfieran los recursos tanto de deuda como del
aporte del concesionario (equity) con destino al proyecto, de forma que en el fideicomiso se administre la
“caja” del proyecto, asegurándose así la adecuada canalización de los recursos hacia el desarrollo del
mismo. Bajo esta modalidad, se configura la garantía y fuete de pago a favor de los acreedores financieros,
de ser esta la finalidad que buscan las partes.
Tiene la ventaja de poderse organizar el fideicomiso bajo un manejo separado de subcuentas, según la
destinación especifica de los diferentes recursos asociados al proyecto (recursos de deuda, equity,
recaudos, remuneraciones, aportes de la Nación, o de distintos interesados o agentes etc.). En estos
fideicomisos pueden coexistir recursos del fideicomitente y aportes del Estado, para fines del proyecto, al
igual que para otro tipo de propósitos, cuando el contrato de concesión así lo considera (ejemplo, recursos
estatales para compra de predios mantenimiento de las vías, pago de licencias ambientales, para citar
algunos de los propósitos).
Gráfico 2. Estructura General de Concesión
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Esquema de fiducia en garantía y fuente de pago
El Fideicomitente puede garantizar los créditos que requiera para sus compromisos frente a un proyecto de
Asociación Pública Privada, constituyendo exclusivamente una fiducia en garantía, mediante la
transferencia a un patrimonio autónomo de la propiedad de bienes o derechos derivados de un contrato, o
el direccionamiento de flujos de caja o derechos económicos, los cuales quedan afectos a los fines de
garantía de las operaciones de crédito a favor de uno o varios acreedores.
La fiducia en garantía implica que en caso de incumplimiento se ejecute la misma, de manera que el
acreedor podrá solicitar que con el producto de la venta o de los derechos económicos o de la realización
de activos, se le pague al acreedor, o reciba los bienes o derechos en dación en pago, mediante la cesión
de los mismos.
Gráfico3. Estructura general de Fiducia en Garantía
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Esquema de Titularización de activos o flujos futuros para financiación de
obras
Para financiar obras de infraestructura y de servicios públicos, entre otros, los contratistas pueden acudir
a mecanismos alternativos de financiación, consistentes en procesos en los que se utilice el mercado de
valores, como es el caso de la titularización, a partir de la constitución de un patrimonio autónomo,
integrado por activos ilíquidos o flujos futuros.
Con la expedición de títulos de participación de contenido crediticio, o mixtos, el contratista obtiene
recursos para el desarrollo de las mencionadas obras o la adecuación de servicios, como un mecanismo
que se apalanca en el mercado de capitales. Los activos titularizados responden por el pago del
empréstito, bajo requisitos, mecanismos de seguridad y autorizaciones que establezca la ley para estos
procesos.
Esquema de administración y pagos
Una fiducia de Administración de Pagos permite delegar en la fiduciaria la administración de actividades
tales como, administración de la cartera de una entidad, su nómina, efectuar los pagos a proveedores,
empleados y acreedores, administrar la tesorería de proyectos específicos, con el fin de que los recursos
del proyecto sirvan de fuente de pago a los acreedores.
La gran ventaja de este fideicomiso radica en que libera al fideicomitente de la carga de administrar los
recursos, el recaudo y el pago a proveedores y protege los recursos contra riesgos de solvencia del
fideicomitente.
Esquema de Fondos de Capital Privado
Adicionalmente, se encuentran instrumentos para la canalización de recursos y la formulación de
propósitos tendientes a la ejecución de proyectos, como son los Fondos de Capital Privado. A través de
estos Fondos se busca la asociatividad necesaria para conseguir y administrar los recursos que permitan
la futura ejecución de proyectos en Asociación Pública Privada, los cuales pueden ser administrados
según lo que se establezca en cada contrato, lo que permite el aislamiento patrimonial y de intereses,
según las características de los programas cuya ejecución se persiga.
Las personas jurídicas oferentes de proyectos de APPs pueden presentar propuestas respaldadas en
compromisos de inversión irrevocables a través de Fondos de Capital Privado, condicionado a que dichos
fondos cuenten entre sus inversionistas con Fondos de Pensiones. Tratándose de fondos extranjeros de
capital privado, éstos deberán cumplir con los requisitos de admisibilidad de inversiones establecidos por
la Superintendencia Financiera para los Fondos de Pensiones. Se establecen también requisitos
específicos en orden a demostrar la capacidad financiera o de financiación y experiencia en inversión o
estructuración.2
2
Parágrafo del artículo 3º del Decreto 1467 de 2012.
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Antecedente.
La necesidad del país de desarrollar una infraestructura que le permita enfrentar retos sociales y económicos,
ha promovido la búsqueda de alternativas de financiación, diferentes o complementarias a las que se
sustentan en el presupuesto de la Nación, destacándose la importancia de involucrar al sector privado en
función del interés general.
En el Documento del Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES, No 3615 de 2009, se
presentan los lineamientos generales de la política del Gobierno Nacional para la modernización, gestión
eficiente y operación de los activos fijos públicos, para cuyos objetivos propuso diseñar el uso de esquemas
de Asociaciones Público Privadas APPs, bajo principios de eficiencia, transparencia, responsabilidad y
competitividad
El Gobierno Nacional en el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, Prosperidad para Todos, “reconoce la
importancia de vincular de manera activa al sector privado, no solo en materia de inversión, sino también en
proceso de conceptualización y socialización de las necesidades que avocan los distintos sectores de
infraestructura tanto productiva como social, para alcanzar ambiciosas metas que se plantean en materia de
su desarrollo. Con el fin de dar el impulso a los sectores locomotora de la economía nacional y al sector
social, es necesario implementar estrategias que permitan optimizar el uso de los recursos públicos; por lo
que resulta esencial desarrollar esquemas de Asociaciones Público Privadas (APP) y explotar mecanismos
alternativos para canalizar inversión y gestión privada eficientes en la modernización, construcción, operación
y/o mantenimiento de infraestructura pública.”
El 10 de enero de 2012 se expidió el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas mediante la Ley
1508 de 2012, reglamentada mediante el Decreto 1467 de 2012, definiéndolas como el instrumento de
vinculación de capital privado, que se materializan en un contrato entre una sociedad estatal y una persona
natural o jurídica de derecho privado, para la provisión de bienes públicos y de sus servicios relacionados,
que involucra la retención y transferencia de riesgos entre las partes y los correspondientes mecanismos de
pago.3
De acuerdo con la exposición de motivos de la citada Ley 1508 de 2012, era necesario el fortalecimiento del
marco normativo para generar las condiciones adecuadas y los incentivos correctos a los inversionistas,
para desarrollar proyectos que vinculen capital privado en diferentes sectores de la economía nacional y
que potencien el uso del mercado de capitales como fuente de financiamiento. A la herramienta fiduciaria
se refirió la exposición de motivos, en los siguientes términos:“(..) Uno de los problemas más relevantes en
3
Articulo 1º de la Ley 1508 de 2012
3. MARCO GENERAL DE LAS ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS –APPs-
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la ejecución de proyectos ha sido la asignación de incorrectos mecanismos de control; así mismo, la falta de
apoyo en coordinación de temas como predios y licencias ambientales; la no penalización de culpa por parte
de las concesiones, lo que les permite despojarse de las responsabilidades suscritas al contrato inicial y aún
más con las modificaciones pertinentes en un ¿otrosí¿ según sea el caso; la ausencia de correctos esquemas
fiduciarios que contribuyan al control de los desembolsos y aplicación de fondo, no solamente en el periodo
de construcción, sino también durante el período de operación. En el caso de contar con los estudios técnicos
necesarios para la ejecución del proyecto, en general, se ha dejado de lado en no pocos casos el impacto
social y ambiental al no cuantificar apropiadamente estos ámbitos. (..)”
Según la misma Ley 1508 de 2012, los recursos públicos y todos los que se manejen en un proyecto de
Asociación Público Privada, se administrarán a través de un patrimonio autónomo constituido por el
contratista, integrado por todos los activos y pasivos presentes y futuros vinculados al respectivo
proyecto 4. La instauración del esquema fiduciario como vehículo de todo proyecto de APPs, ratifica la
confianza en la aptitud del instrumento fiduciario para el logro de objetivos del Estado e intereses de la
comunidad en general.
De acuerdo con la exposición de motivos de la ley 1508 de 2012, “las asociaciones público-privadas (APP) son
esquemas eficientes de colaboración entre el sector público y el sector privado que permiten la financiación y
provisión en el largo plazo, por parte del sector privado, de infraestructura y/o equipamientos públicos, servicios
conexos a estos o para la prestación de servicios públicos a cambio de una remuneración que se fija de acuerdo
con la disponibilidad y el nivel del servicio de la infraestructura5 y/o servicio; lo que desde luego implica una
transferencia total o parcial de riesgos al sector privado, que deberá darse en términos eficientes, de acuerdo
con su capacidad de administración de riesgos, velando siempre por la satisfacción efectiva de las necesidades
públicas”.
El artículo 1º de la Ley 1508 de 2012, define las Asociaciones Público Privadas como un instrumento de
vinculación de capital privado, materializado en un contrato entre una entidad estatal y una persona natural o
jurídica, para la provisión de bienes o prestación de servicios públicos, mediante la retención y transferencia
de riesgos entre las partes y la definición de los mecanismos de pago.
Prevé la ley que los recursos públicos y todos los demás que se manejen en el proyecto deberán ser
administrados a través de un patrimonio autónomo constituido por el contratista, integrado por todos los
activos y pasivos presentes y futuros vinculados al proyecto.(Ver comentarios incluidos en capítulo 5 de este
documento)
4Artículo 24 Ley 1508 de 2012
5Articulo 4º de la Ley 1508 de 2012
CONCEPTO DE ASOCIACION PÚBLICO PRIVADAS – APP
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El marco normativo aplicable a las Asociaciones Público Privadas se consagra en la Ley 1508 de 2012 y
hasta la fecha en el Decreto 1467 de 2012.
La misma Ley6 vinculó a estas Asociaciones al régimen de la contratación pública, al disponer que se aplicará
lo dispuesto en las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, a los procesos de selección y a la celebración y
ejecución de los contratos que incluyan esquemas de APP, salvo en las materias particularmente reguladas
en dicha Ley7.
Establece la misma ley en comento que para los proyectos de iniciativa pública, el procedimiento de selección
será el de licitación pública previsto en el artículo 30 de la Ley 80 de 1993 y en sus normas reglamentarias,
salvo lo contemplado en la Ley 1508 de 2012 y en el Decreto 1467 de 2012 o las normas que les sustituyan,
modifiquen o adicionen, que específicamente prevén la posibilidad de acudir a sistemas de precalificación, e
indica los requisitos que deberá cumplir la entidad que invita a participar en el proceso de selección y los
factores de selección objetiva que aplican en estos casos.
En cambio, para los proyectos de iniciativa privada la Ley establece los requisitos que se deben seguir por
parte de los particulares8, en la estructuración de los proyectos. Según la Ley dicho proceso comprenderá dos
etapas, a saber: prefactibilidad y factibilidad9. Adicionalmente la Ley exige cumplir con los requisitos
establecidos para los proyectos de iniciativa pública10, exclusivamente cuando se requiera desembolso de
recursos públicos, caso en el cual se establece cuáles serán los factores para compensar la actividad de
quien presentó la iniciativa11.
Las concesiones se encuentran, por expresa exigencia de la Ley 12, comprendidas dentro de los esquemas de
Asociación Público Privadas APPs, pero las concesiones que estuvieren vigentes al momento de promulgarse
la Ley 1508 de 2101, continúan rigiéndose por las normas que se les aplicaban al momento de su
celebración, esto es, la Ley 80 de 1993 y demás normas legales complementarias o reglamentarias
Por su parte, los sectores y entidades para las cuales existan normas especiales que regulen la ,vinculación
de capital privado para el desarrollo de proyectos, continuarán rigiéndose por dichas normas o darán
cumplimiento a lo previsto en la Ley 1508 de 2012, una vez se encuentren reglamentadas las particularidades
aplicadas en dichos sectores13
En síntesis las siguientes disposiciones legales constituyen el marco regulatorio general de las Asociaciones
Público Privadas:
6
La Ley 1508 de 2012 derogó el parágrafo 2º del artículo 32 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 28 de la Ley 1150 de
2007. El parágrafo 2º se refería al procedimiento a seguir cuando existían personas interesadas en celebrar contratos de
concesión para la construcción de una obra pública presentando una prefactibilidad técnica y financiera. Por su parte, el
artículo 28 se refería a la prórroga o adición del contrato de concesión de obra pública.
7 Articulo 3º de la Ley 1508 de 2012
8 Título III de la Ley 1508 de 2012
9 Artículo 14 de la Ley 1508 de 2012
10 Artículo 17 de la Ley 1508 de 2012
11 Artículo 17 de la Ley 1508 de 2012
12 Artículo 2º de la Ley 1508 de 2012
13 Parágrafo 2º del artículo 3º de la Ley 1508 de 2012
REGIMEN LEGAL
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• Ley 1508 de 2012, por la cual se establece el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas,
se dictan normas orgánicas de presupuesto y se dictan otras disposiciones.
• Ley 80 de 1993, Estatuto General de contratación de la administración pública.
• Ley 1150 de 2007, por la cual se introducen medidas para la eficiencia y transparencia en la Ley 80
de 1993 y se dictan otras disposiciones sobre contratación con recursos públicos.
• Decreto 1467 de 2012, por el cual se reglamenta la Ley 1508 de 2012.
• Decreto Reglamentario 734 de 201214, Estatuto General de la Contratación de la Administración
Pública mediante el cual se recogió en un solo cuerpo legislativo las reglas necesarias para el
adelantamiento de los procesos contractuales.
• Código de Comercio para lo relacionado con los contratos de fiducia mercantil.
• Circulares Básicas Jurídica y Financiera de la Superintendencia Financiera de Colombia aplicables a
las sociedades fiduciarias.
• Decreto 2555 de 2010, Título 14, De los Fondos de Capital Privado
Otras normas de interés por formar parte del proceso de valoración de las obligaciones contingentes y análisis
de riesgo son las siguientes:
• Artículo 22 Ley 185 de 1995
• Ley 448 de 1998
• Decreto 423 de 2001
• Ley 819 de 2003
• Documento Conpes 3107 de 2001
• Documento Conpes 3133 de 2001
• Documento Conpes 3249 de 2003
La Ley 1508 de 2012 aplica a los contratos cuya inversión sea superior a 6.000 smmlv y en los cuales las
entidades estatales convengan con un inversionista privado, persona natural o jurídica, el diseño y la
construcción de una infraestructura y sus servicios asociados, ó su construcción, reparación,
mejoramiento o equipamiento, actividades todas estas que deberán involucrar la operación y
mantenimiento de dicha infraestructura. También podrán versar sobre infraestructura para la prestación de
servicios públicos15.
Se excluye del ámbito de aplicación de la Ley 1508, las sociedades de economía mixta en las que el Estado
tenga participación inferior al 50%, sus filiales y las sociedades de Entidades Públicas con participación del
Estado inferior al 50%, las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios y las Empresas Industriales y
Comerciales del Estado cuando desarrollen actividades comerciales en competencia con el sector privado y/o
público, nacional o internacional o en mercados regulados cuando estas obren como contratantes16.
.
15 Artículo 3º Ley 1508 de 2102
16 Parágrafo del Artículo 8º de la Ley 1508 de 2012
AMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY 1508 DE 2012
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La Asociación Público Privada (APP) se materializa mediante la celebración de un Contrato Estatal, entre la
entidad del estado y el inversionista privado (contratista o concesionario), para provisión de bienes o servicios,
en el cual deben incluirse las cláusulas excepcionales de la contratación pública, tal como la de caducidad,
terminación unilateral y las demás establecidas en la ley.
En los procesos de selección los proponentes deben identificar el beneficiario real del contrato y el origen de
los recursos17.
Estos contratos contemplarán el objeto específico al cual se dirige el desarrollo del proyecto para el suministro
de los bienes o servicios y los mecanismos de pago correspondientes, en el marco de las siguientes
actividades descritas en el artículo 3º de la Ley 1508 de 2012, todas las cuales deben involucrar la operación
y mantenimiento de la infraestructura:
• Diseño y construcción de una infraestructura y sus servicios asociados
• Reparación, mejoramiento o equipamiento.
• Proyectos de infraestructura para la prestación de servicios públicos.
.
Adicionalmente, el régimen previsto para las Asociaciones Público Privadas aplica solo para los contratos
cuya inversión sea superior a 6.000 smmlv18, y podrán tener un plazo máximo de treinta (30) años, incluidas
las prórrogas. Si previamente a la celebración del contrato en la estructuración financiera se establece que se
requiere un plazo superior, podrá estipularse uno superior siempre que se cuente con concepto favorable y
previo del CONPES19.
Las prórrogas o adiciones de los contratos bajo esquema de Asociación Público Privada tendrán que tener
relación directamente con el objeto del contrato, después de transcurridos tres (3) años de su vigencia y hasta
antes de cumplirse las ¾ partes del plazo pactado inicialmente20.
En los contratos para proyectos de APP de iniciativa privada que requieran desembolsos de recursos del
Presupuesto de la Nación, de las entidades territoriales o de otros fondos públicos, las adiciones de recursos
no podrán superar el 20% de los desembolsos de los recursos públicos originalmente pactados. En estos
17
Articulo 23 de la Ley 1508 de 2012
18
Parágrafo 1 del artículo 3º de la Ley No 1508 de 2012
19
Artículo 6º de la Ley No 1508 de 2012
20 Artículo 7º de la Ley 1508 de 2012
MECANISMO DE VINCULACION:
CONTRATO ESTATAL
4. MARCO CONTRACTUAL DE LAS ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS – APP-
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mismos contratos, las prórrogas en tiempo serán valoradas por la entidad estatal competente. Las solicitudes
de adiciones y valor de las prórrogas, en tiempo sumadas, no podrán superar el 20% de los desembolsos de
los recursos públicos originalmente pactados.21
A los contratos que representen un esquema de Asociación Público Privada le aplican los principios de la
función administrativa, de la contratación y los criterios de la sostenibilidad fiscal22
Son principios de la función administrativa, la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía,
imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia. Por su parte, el
derecho a la igualdad y al acceso a la contratación pública sin discriminaciones, así como la prevalencia del
interés general sobre el particular, son principios de la contratación pública.
La Ley dispone que el esquema de APPs solo se utilizará cuando los estudios o análisis previos demuestren
que corresponde a una modalidad eficiente y necesaria para la ejecución del proyecto23, y siempre que el
proyecto cuente con una adecuada asignación de riesgos entre las partes y mitigación de los mismos.
Para la celebración de contratos estatales es necesario que desde los pliegos de condiciones se incluya la
estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la contratación, y que
durante su etapa precontractual exista un espacio para el debate, entre las partes, de la asignación de dichos
riesgos24
Cuando la entidad estatal encarga a un inversionista la realización de un proyecto - en términos de una
obligación de resultado25 - al mismo tiempo que involucra la transferencia de los riesgos que se le asignan al
contratista, establece mecanismos de pago que incentivan la inversión en dichas condiciones. El nivel de
confianza en el proyecto dependerá de una adecuada estructuración del proyecto, donde se determinen los
riesgos asociados y el costo beneficio a largo plazo para la entidad estatal.
21
Artículo 18 de la Ley 1508 de 2012
22 Artículo 4º de la Ley 1508 de 2012
23 Articulo 4º de la Ley 1508 de 2012
24
Artículo 4º de la Ley 1150 de 2007
25
Según Sentencia de la Corte Suprema de Justicia de 16 de diciembre de 2010 (M.P. Arturo Solarte R., “(.)
en las obligaciones de resultado, el contenido de la obligación y, por ende, lo que conduce a la satisfacción
del interés del acreedor, se concreta en un logro específico, en la obtención de la finalidad prevista, en fin, en
una determinada modificación o alteración de la realidad existente con anterioridad al nacimiento de la
relación obligatoria.”
PRINCIPIOS Y CONDICIONES
RIESGOS INVOLUCRADOS
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En consecuencia, en los respectivos contratos se requiere regular el riesgo involucrado, entendido éste como
aquellas circunstancias que tienen la potencialidad de alterar el equilibrio económico y son previsibles, en la
medida en que sean identificables y cuantificables26. Estos riesgos hacen parte de las condiciones del
contrato y su tratamiento se rige por las reglas establecidas en el mismo contrato.
El documento del Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES, No 3714 del 1 de diciembre del
2011, desarrolla el diagnóstico y los lineamientos para el manejo del “riesgo previsible”. Este documento
aclara que no son riesgos previsibles, el incumplimiento del contrato, teniendo en cuenta la garantía de
responsabilidad y la eventual indemnización de perjuicios, ni los hechos derivados de responsabilidad
extracontractual cubiertos con garantías especiales (pólizas), ni los que corresponden a la teoría de la
imprevisión, ni las incompatibilidades o inhabilidades sobrevinientes.
En consecuencia, la contratación bajo este esquema, supone un proceso de caracterización de los riesgos,
los cuales pueden ser de orden político, económico, social, financiero, operacional, ambiental, entre otros. En
relación con la probabilidad del riesgo en cuanto a su ocurrencia e impacto, se requiere una valoración por
parte de la entidad contratante, desde diferentes grados teniendo en cuenta su materialidad. El documento
CONPES No 3714 describe la clasificación del riesgo por la severidad del impacto, según sea alto, alto medio,
medio bajo y bajo.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público ha avanzado en el proceso de evaluación de riesgos con la
implementación de metodologías que tienen por objetivo adoptar procedimientos de identificación, valoración
y mitigación de obligaciones contingentes, como parte del proceso de gestión del riesgo en contratos
estatales atendiendo diversos aspectos, tales como identificación de riesgos, factores de amenaza,
obligaciones contingentes, criterios para desarrollar estrategias, etc.
Por su parte, la Ley 448 de 1998 adoptó medidas en relación con las obligaciones contingentes de las
entidades estatales, en función del manejo presupuestal y la creación de un Fondo de Contingencias al que le
harán aportes para la atención de dichas obligaciones.
Otro aspecto que hace parte del proceso de estimación de riesgos, es el de los criterios para la asignación de
los mismos entre las partes, de acuerdo con su capacidad de administrarlos, mitigarlos o controlarlos, y
atendiendo diversos aspectos, tales como la modalidad de contrato; la cantidad de información con que se
cuente; las capacidades de administración del riesgo y las garantías del proyecto. También el documento
CONPES efectúa recomendaciones relacionadas con los tipos de riesgo que puedan ocurrir.
Por su parte, el artículo 37 del Decreto 1467 de 2012 exige a la Entidad Estatal solicitar a la Dirección General
de Crédito Público del Ministerio de Hacienda, la aprobación de las obligaciones contingentes de acuerdo con
una documentación mínima requerida, entre la cual debe incluirse una matriz de riesgo, donde se relacione la
tipificación y asignación de riesgos.
26
Art. 2.1.2 Decreto 734 de 2012
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La Ley 1508 de 2012 distingue entre los proyectos de APPs que han tenido origen en iniciativas del sector
público, y aquellos que han tenido origen en iniciativas del sector privado. Dependiendo del origen de la
iniciativa, la misma ley establece procesos y requisitos diferentes para su estructuración y selección.
Grafica 4. Estructura general de proyectos APP
Para abrir procesos de selección en proyectos de iniciativa pública, la entidad estatal requiere reunir los
siguientes requisitos:
• Estudios vigentes, socioeconómicos, ambientales, prediales, financieros y jurídicos y la descripción
completa del proyecto (en sus varios ítems) y modelo financiero.
• Evaluación costo beneficio, impacto social, económico y ambiental.
• Justificación para utilizar el mecanismo APP
REQUISITOS PREVIOS PARA LA CELEBRACION DE CONTRATOS DE APPs DE
INICIATIVA PÚBLICA:
CELEBRACION DE CONTRATOS DE APPs DE INICIATIVA
PÚBLICAY DE INICIATIVA PRIVADA:
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• Análisis de amenaza y vulnerabilidad del proyecto.
• Adecuada tipificación, estimación y asignación del los riesgos y posibles contingencias, así como la
matriz de riesgos.
• La autorización para asumir compromisos con cargo a vigencias futuras, si es procedente.
En proyectos de iniciativa pública, la selección se hará únicamente mediante el mecanismo de licitación
pública previsto en el artículo 30 de la Ley 80 de 1993 y en sus normas reglamentarias, salvo lo contemplado
en la Ley 1508 de 201227 y Decreto 1467 de 201228, o las normas que les sustituyen, modifiquen o adicionan.
Grafica 5. Requisitos previos en proyectos de iniciativa pública
27 En especial los artículos 5º, 6º, 7º 8º, Títulos II y IV de la Ley 1508 de 2012.
28 Capítulos IV y V del Decreto 1467 de 2012
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN EN PROYECTOS DE INICIATIVA PÚBLICA
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La selección objetiva la hará la entidad estatal mediante la definición del ofrecimiento más favorable a la
entidad, siguiendo los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones que
tendrán en cuenta los siguientes criterios:
• Capacidad jurídica, financiera y experiencia de inversión o en estructuración de proyectos, todos los
cual se consideran requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no
otorgan puntajes, el cumplimiento de los cuales verificará la entidad estatal.
• La oferta más favorable definida como aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y
económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos, contenida en los
pliegos de condiciones o sus equivalentes, represente la mejor oferta o la mejor relación de costo
beneficio para la entidad (numeral 12.2 de la Ley 1508 de 2012). También se considerarán las
condiciones técnicas y económicas adicionales que para la entidad estatal represente ventajas
(artículo 13 del Decreto 1467 de 2012).
Para los proyectos cuyo costo estimado sea superior a 70.000 salarios mínimos legales vigentes, la entidad
estatal podrá acudir a un sistema abierto o de precalificación, invitando a participar en esta etapa a un
grupo limitado de potenciales oferentes. Con este mecanismo previo al proceso de selección, se aprovecha la
experiencia del sector privado en mejorar la definición de las condiciones de ejecución del proyecto, e incluso
obtenerse de los posibles oferentes, a su costo y riesgo, estudios complementarios que el proyecto
requiera.29
Los particulares pueden bajo su propia cuenta y riesgo estructurar proyectos de infraestructura pública o para
la prestación de sus servicios asociados bajo el esquema de Asociación Pública Privada de iniciativa privada,
en las siguientes condiciones:
• Estructurar los proyectos por su propia cuenta y riesgo
• Asumir la totalidad de los costos de estructuración
• Presentar el proyecto bajo confidencialidad y reserva
• Realizar la estructuración en dos (2) etapas: pre-factibilidad y factibilidad
El proyecto estará sujeto a:
29
Artículo 16 y siguientes del Decreto 1467 de 2012
PROCEDIMIENTO EN PROYECTOS DE INICIATIVA PRIVADA
REQUISITOS PREVIOS PARA LA CELEBRACION DE CONTRATOS DE APPs DE
INICIATIVA PRIVADA:
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• Revisión previa
• Evaluación
• Aceptación o rechazo
No podrán presentarse iniciativas privadas sobre proyectos que:
• Modifiquen contratos o concesiones existentes, entendidos como aquellos que se encuentran
vigentes.
• Para los cuales la entidad estatal haya adelantado la estructuración.
• Soliciten garantías del Estado o desembolsos de recursos del Presupuesto General de la Nación, las
entidades territoriales o de otros fondos públicos, superiores a los establecidos en la Ley 1508 de
2012.
Grafico 6. Requisitos previos en proyectos de iniciativa privada.
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En proyectos de iniciativa privada el procedimiento se inicia con la estructuración del proyecto por parte de
los agentes privados, en dos etapas sucesivas: prefactibilidad y factibilidad. Ésta última se surte cuando la
iniciativa en la etapa de prefactibilidad ha tenido concepto favorable por parte de la entidad estatal.
Para cada etapa se atenderán los requisitos exigidos para la presentación del proyecto, requisitos relativos
entre otros, a la descripción del mismo, sus fundamentos y estudios, con el detalle establecido para el efecto
en el Título III de la Ley 1508 de 2012 y artículo 19 y siguientes del Decreto 1461 de 2012.
La presentación de la iniciativa no genera ningún derecho para el particular, ni obligación para el Estado.
Si la iniciativa es considerada viable y acorde con los intereses y políticas públicas, se le informa al originador
de la iniciativa, con las condiciones para su aceptación. No obstante lo anterior, si el proyecto requiere
desembolso de recursos públicos, tendrá que abrirse una licitación pública y cumplirse con los
requisitos establecidos para los proyectos de iniciativa pública. En estos proyectos los recursos públicos
no podrán ser superiores al 20% del presupuesto estimado de inversión del proyecto. 30
Si quien presentó la iniciativa del proyecto no resulta adjudicado, la ley establece factores para compensar su
actividad.
Si es rechazada la iniciativa privada, la propiedad de los estudios será del originador, pero la entidad estatal
tendrá la opción de adquirir los que le interesen, o le sean útiles para propósitos públicos, atendiendo el pago
de los mismos31.
Como todos los recursos que se manejen en el proyecto, incluidos los públicos si a ello hubiere lugar,
deberán ser administrados a través de un patrimonio autónomo (Fiducia Mercantil) constituido por el
contratista, es pertinente distinguir los siguientes conceptos dentro de la noción general de recursos:
• Recursos Privados: Son los transferidos por el contratista al patrimonio autónomo, para los
fines del proyecto.
• Desembolsos de Recursos Públicos: Son las erogaciones del Tesoro Nacional
provenientes del Presupuesto General de la Nación, del Presupuesto de las Entidades
Territoriales, entidades descentralizadas u otros Fondos Públicos, tales como el sistema
general de Regalías (Articulo 10 del Decreto 1467 de 2012). Por lo tanto, solamente los
recursos que provengan de dichas fuentes, se consideran recursos públicos.
• Fondos Públicos: Son aquellos que comportan procesos de programación, aprobación y
ejecución presupuestal definidos en una Ley particular, diferentes de los contemplados en el
Estatuto Orgánico de Presupuesto, como es el caso de los recursos provenientes del Sistema
General Regalías (artículo 2ºdel Decreto 1467 de 2012).
30
Artículo 17 de la Ley 1508 de 2012
31
Artículo 16 de la Ley 1508 de 2012.
RECURSOS APORTADOS AL PATRIMONIO AUTONOMO Y MANEJO
DE SUS RENDIMIENTOS
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• Recursos de la explotación: Son los recursos generados en la explotación económica del
proyecto, los cuales no son considerados desembolsos de recursos públicos. (Artículo 10 del
Decreto 1467 de 2012), y tampoco son recursos del proyecto, ni del inversionista privado
hasta tanto no tenga el derecho a recibir esta retribución de acuerdo con los niveles de
servicio y estándares de calidad.
• Bienes aportados por la entidad estatal: Son los bienes diferentes a los desembolsos
recursos públicos aportados por la entidad estatal, que revertirán al final del proyecto a la
entidad contratante.32. (Artículo 11 del Decreto 1467 de 2012).
• Rendimientos de los recursos privados: Son los que generen los recursos privados que
hagan parte del patrimonio autónomo, los cuales pertenecen al proyecto. Artículo 24 de la Ley
1508 de 2012).
• Rendimientos de los recursos públicos: Son los rendimientos que en el patrimonio
autónomo generen los recursos públicos.
Dentro de la dinámica financiera y contable que corresponde a la esencia del Instrumento Fiduciario,
los recursos que ingresan al Patrimonio Autónomo, se individualizan según sea su origen, para
distinguir sus fuentes y sus usos, necesario para la transparencia, operación y control del proyecto.
En proyectos de asociación pública privada de iniciativa pública y de iniciativa privada cuando se
requiera desembolsos de recursos públicos, es necesario especificar el valor del aporte de recursos
del Presupuesto General de la Nación, o de las entidades territoriales o de otros Fondos Públicos 33.
En el valor de los contratos también estará comprendido el presupuesto estimado de inversión, que
corresponde al valor de la construcción, reparación, mejoramiento, equipamiento, operación y
mantenimiento del proyecto según corresponda.
Para las Entidades estatales del orden nacional, el CONFIS podrá autorizar la asunción de compromisos de
vigencias futuras hasta por el tiempo de duración del proyecto, si previamente se cuenta con las siguientes
condiciones34:
• Concepto favorable del Ministerio del ramo
• Concepto del Departamento Nacional de Planeación
• Registro en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional BPIN
32
El Decreto 111 de 1996, artículo 101 establece: “Pertenecen a la Nación los rendimientos obtenidos por el sistema de
cuenta única nacional, así como de los órganos públicos o privados con recursos de la Nación con excepción de los que
obtengan los órganos de previsión social (Ley 179 de 1994, art. 47)”
33
Articulo 14 del Decreto 1467 de 2012
34
Artículo 26 de la Ley 1508 de 2012
TRATAMIENTO PRESUPUESTAL DE LAS VIGENCIAS FUTURAS
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Cuando se trate de entidades territoriales para los proyectos de APPs deben cumplir entre otros, los
siguientes requisitos: 35
• Acreditar el cumplimiento de los límites de gasto y deuda de la Ley 358 de 1997, 617 de 2000 y 819
de 2003.
• Acreditar requisitos de la Ley 448 de 1998 sobre aprobación de riesgos y obligaciones contingentes.
• Los ingresos futuros comprometidos afectarán la capacidad de pago definida en la Ley 358 de 1997
• Identificar la fuente de financiación del contrato.
• Si la financiación se hace con cargo a ingresos corrientes de libre destinación, no se considerarán
como de libre disposición en los términos de la Ley 617 de 2000
• Los proyectos de APPs tendrán que ser consistentes con los objetivos de los planes de desarrollo
territorial.
• No se podrán celebrar APPs durante el último año de gobierno.
• Las vigencias futuras deben cumplir con las normas sobre la materia y los parámetros del artículo 27
de la Ley 1508 de 2011.
Por otra parte, las entidades territoriales podrán efectuar aportes en especie, los cuales no computarán para
el límite de que tratan los artículos 13, 17 y 18 de la Ley 1508 de 2012 relativos a las adiciones y prórrogas de
los contratos e iniciativas privadas que requieren recursos públicos36.
El derecho al recaudo de recursos por la explotación económica del proyecto o el derecho a recibir
desembolsos de recursos públicos ó cualquier otra retribución, está condicionado a los siguientes hechos37:
• Disponibilidad de la infraestructura
• Cumplimiento de niveles de servicios
• Estándares de calidad en las etapas del proyecto
• Demás requisitos del contrato
Excepcionalmente podrá pactarse el derecho a retribución por etapas, previa aprobación del Consejo
Nacional de Política Fiscal – CONFIS – o quien haga sus veces a nivel territorial38.
En el contrato, respecto de la ejecución del proyecto se debe establecer expresamente el mecanismo de
actualización de las retribuciones establecidas39 . Los recursos de la retribución podrán provenir de la
explotación económica de la infraestructura, o servicio por el tiempo, en las condiciones que se establezca
con la entidad estatal en el respectivo contrato. También podrían provenir de desembolsos de recursos
públicos cuando se requiera dependiendo de la naturaleza del proyecto.
35 Artículo 27 de la Ley 1508 de 2012
36 Parágrafo Artículo 5º de la Ley 1508 de 2012
37
Artículo 5º de la Ley 1508 de 2012
38 Artículo 5º del Decreto 1467 de 2012
39Articulo 7º del Decreto 1467 de 2012
RETRIBUCION AL CONTRATISTA Y
CONDICIONES
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La entidad estatal tendrá la potestad de exigir la información que estime necesaria, la cual le deberá ser
entregada directamente a la solicitante por la Sociedad Fiduciaria que actué como vocera y por tanto como
administradora del patrimonio autónomo, en los plazos y términos que se establezca en el contrato estatal de
APP, obligación que se reflejará en el correspondiente contrato de Fiducia Mercantil.
Adicionalmente, de acuerdo con Circular conjunta de la Contraloría General y la Auditoria General de la
República40 de dichos organismos, “el control fiscal debe estar presente donde quiera que haya recursos
públicos y en tal virtud, los dineros administrados por fiduciarias son objeto de control fiscal”
Por su parte, la Superintendencia Financiera de Colombia41 advierte a las sociedades fiduciarias que deben
informar al fideicomitente acerca de “los riesgos, limitaciones técnicas y aspectos negativos inherentes a los
bienes y servicios que hacen parte del objeto del contrato y de las prestaciones que se les encomienden, de
manera tal que el cliente debe ser advertido de las implicaciones del contrato, deber que les asiste desde la
etapa precontractual, durante la ejecución e incluso hasta la liquidación del contrato. El alcance de esta
obligación deberá consultar el carácter y conocimiento de las partes intervinientes. Este deber implica la
obligación de poner en conocimiento del cliente las dificultades o imprevistos que ocurran en la ejecución del
contrato”.
Por otra parte, se creó el Registro Único de Asociación Público Privada (RUAPP), de carácter público, en el
cual se incorporarán los Proyectos que el Gobierno Nacional o las entidades territoriales consideren
prioritarios, los proyectos de Asociación Público Privada en trámite a nivel nacional y territorial, su estado de
desarrollo, los proyectos de Asociación Público Privada que han sido rechazados.
La sociedad fiduciaria reportará a la Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF el nombre del
Fideicomitente, del beneficiario, el valor de los recursos administrados a través del Patrimonio Autónomo y la
demás información que la UIF requiera.
En los contratos de Asociación Público Privada se considerarán e incluirán los siguientes aspectos, entre
otros:
• Las cláusulas propias de la contratación pública (multas, interpretación unilateral, caducidad,
terminación unilateral, y demás de ley), lo cual representa remitirse a las disposiciones legales en la
materia de la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y demás normas reglamentarias.
40 Circular de la Contraloría General de la República y de la Auditoria General de la República del 16 de abril de 2011.
41 Circular Básica Jurídica 007 de la Superintendencia Financiera de Colombia, Título Quinto,
capitulo I, numeral 2.2
INFORMACION A LA ENTIDAD ESTATAL
DISPOSICIONES COMUNES EN LOS CONTRATOS DE APP
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• El artículo 4º del Decreto 1150 de 2007 preceptúa que los pliegos de condiciones o sus equivalentes
deberán incluir la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la
contratación, de conformidad con la definición y parámetros establecidos en el Art. 2.1.2 Decreto 734
de 2012.
• Tendrá que incluirse en el contrato una cláusula en la cual se establezca la fórmula matemática para
determinar las eventuales prestaciones reciprocas entre las partes a las que haya lugar para efectos
de terminarlos anticipadamente por mutuo acuerdo o en forma unilateral (artículo 32 de la Ley 1508
de 2012.).
• Los proponentes deberán identificar las personas que serán beneficiarias reales a título personal o
directo en caso de resultar adjudicatarios del futuro contrato, así como el origen de los recursos42.
• El contratista deberá constituir una Fiducia Mercantil con el consiguiente patrimonio autónomo, para
la administración de los recursos del proyecto.
• En contratos para proyectos de APP de iniciativa privada en que no se haya pactado desembolsos
de recursos del Presupuesto general de la Nación, de las entidades territoriales o de otros fondos, no
podrán ser objeto de modificaciones que impliquen el desembolso de este tipo de recursos y podrán
prorrogarse hasta por el 20%del plazo inicial.
• En caso de incumplimiento del contratista los financiadores podrán continuar con las ejecución del
contrato hasta su terminación directamente o a través de terceros.
De conformidad con el artículo 33 de la Ley 1508 de 2012, el interventor43 de los contratos estatales que
desarrollen esquemas de Asociación Pública Privada, APPs, deberá ser persona independiente de la entidad
contratante y del contratista. Su responsabilidad es de orden civil, fiscal, penal y disciplinaria tanto por el
cumplimiento de sus obligaciones derivadas del contrato de interventoría, como por los hechos u omisiones
que les sean imputables.
Las interventorías podrán contratarse mediante procedimientos de selección abreviada de menor cuantía o
mínima cuantía según su valor.
Respecto de los patrimonios autónomos la ley no establece la obligatoriedad de contratar interventor diferente
al del proyecto, por lo que se infiere que las partes podrán decidir si requieren otro especial para el contrato
fiduciario, o simplemente se tendrá al interventor del contrato de APP.
42Artículo 23 de la Ley 1508 de 2012
43
Artículo 33 de la Ley 1508 de 2012
INTERVENTORIA
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Para la administración de los recursos que se deriven de una Asociación Público Privado es legalmente
obligatoria la constitución de un patrimonio autónomo para los siguientes fines:
“ARTÍCULO 24 DE LA LEY 1508 DE 2012- Patrimonio Autónomo. Los recursos públicos y
todos los recursos que se manejen en el proyecto deberán ser administrados a través de un
patrimonio autónomo constituido por el contratista, integrado por todos los activos y pasivos
presentes y futuros vinculados al proyecto. La entidad estatal tendrá la potestad de exigir la
información que estime necesaria, la cual le deberá ser entregada directamente a la solicitante por
el administrador del patrimonio autónomo, en los plazos y términos que se establezca en el
contrato. Los rendimientos de recursos privados en el patrimonio autónomo pertenecen al
proyecto.”
De la anterior disposición se desprenden los elementos que determinarán la constitución participación y
régimen del patrimonio autónomo administrado por una sociedad fiduciaria, en el marco del siguiente
esquema general de Asociación Público Privada:
CONSTITUCION DE PATRIMONIOS AUTONOMOS
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A partir del artículo 24 de la Ley l508 de 2012, se desprenden los siguientes elementos determinantes en
torno al patrimonio autónomo, a saber:
1º Existencia de un Contrato Estatal o Administrativo propio de las Asociaciones Público Privadas.
2º Celebración un contrato de fiducia mercantil entre el contratista y una sociedad fiduciaria.
3º Coexistencia de recursos públicos y privados.
4º Integración en el Patrimonio Autónomo de activos y pasivos presentes y futuros del proyecto.
5º Rendimientos de los recursos privados, son del proyecto.
6º Informes requeridos por la entidad estatal.
Para la comprensión de los anteriores elementos del patrimonio autónomo y de la fiducia en general, se
desarrollan a continuación los conceptos y precisiones relevantes en la materia.
Mediante el contrato de Fiducia Mercantil44, el Fideicomitente transfiere la propiedad de uno o más bienes a
una Sociedad Fiduciaria, quien se obliga a administrarlos o a enajenarlos para el cumplimiento de la finalidad
del contrato, conformándose con dichos bienes un Patrimonio Autónomo45, en provecho del mismo
fideicomitente o de un tercero, llamado beneficiario.
El beneficiario es quien recibe los beneficios derivados de la ejecución del contrato fiduciario. Beneficiario
puede ser el mismo fideicomitente, o una o varias personas diferentes a él46.
44 Título XI, Artículo 1226 y siguientes del Código de Comercio.
45Artículo 1233 del Código de Comercio: “Para todos los efectos legales, los bienes fideicomitidos deberán mantenerse
separados del resto del activo del fiduciario y de los que corresponden a otros negocios fiduciarios, y forman un
patrimonio autónomo afecto a la finalidad contemplada en el acto constitutivo.”
46 Artículo 1229 del Código de Comercio.
5. DEL CONTRATO DE FIDUCIA MERCANTIL Y EL PATRIMONIO AUTONOMO
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El patrimonio autónomo es una individualidad jurídica propia, receptora de derechos y obligaciones de
carácter patrimonial, constituido mediante la celebración del contrato de fiducia mercantil y cuyos bienes o
activos están afectos a la finalidad del mismo contrato.
La sociedad fiduciaria es vocera o representante del patrimonio autónomo y llevará la personería en todas las
actuaciones procesales administrativas o jurisdiccionales que deban realizarse para defender los bienes que
lo conforman, contra actos de terceros, del beneficiario o del Fideicomitente, o para ejercer los derechos y
acciones que le corresponden en desarrollo del contrato de fiducia. (&088)
Con la constitución de un patrimonio autónomo se surten los siguientes efectos:
1º Los bienes que integran el patrimonio autónomo quedan separados de los activos de la sociedad fiduciaria,
y de los activos de otros negocios fiduciarios.47
2º El patrimonio autónomo y los bienes fideicomitidos están afectos a la finalidad contemplada en el
respectivo contrato fiduciario.
3º Los bienes objeto del negocio fiduciario no podrán ser perseguidos por los acreedores del fiduciario ni del
fideicomitente, a menos que sus acreencias sean anteriores a la constitución del mismo48.
En relación con el carácter inembargable de los bienes afectos a la finalidad prevista en un patrimonio
autónomo, la Corte Suprema de Justicia en Sentencia del 29 de enero de 2010, M.P. Pedro Octavio Munar
Cadena, precisó que el inciso 1º del artículo 1238 del Código de Comercio, contempla una acción auxiliar al
alcance de los acreedores del fideicomitente anteriores a la constitución del Contrato Fiduciario, cuyo espíritu
es, en esencia, establecer un mecanismo que proteja la prenda general de los acreedores de cara a un pacto
fiduciario. Compete al acreedor preexistente, aunque no haya fraude, demostrar que el convenio fiduciario le
causó un perjuicio y en consecuencia, tiene un interés jurídico, serio y actual para legitimar la persecución de
los bienes involucrados en el patrimonio autónomo.
Aclara la misma sentencia que la acción de impugnación del negocio fiduciario celebrado en fraude de
terceros (inciso segundo del artículo 1238 del Código de Comercio), es la típica acción pauliana regulada en
la legislación.
4º El patrimonio autónomo aún cuando no corresponde a una sociedad, sí puede ser titular de derechos y
obligaciones derivados de la ley o de los actos o contratos celebrados o ejecutados por la sociedad fiduciaria
en desarrollo del contrato fiduciario, por expresa disposición legal49 . De este modo, el patrimonio autónomo
es responsable patrimonialmente de las obligaciones que adquiera, y puede establecer relaciones
contractuales.
5º La sociedad fiduciaria es la vocera y administradora del patrimonio autónomo50, llevando la personería en
las actuaciones procesales administrativas o jurisdiccionales.
47
Artículo 1233 del Código de Comercio,
48
Artículo 1238 del Código de Comercio
49
Artículo 2.5.2.1.1 Decreto 2555 de 2010
50
Artículo 2.5.2.1.1 Decreto 2555 de 2010
PATRIMONIO AUTONOMO Y EFECTOS
JURIDICOS
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Intervienen en el Contrato de Fiducia Mercantil, las partes que lo celebran, a saber, el Fideicomitente y la
Sociedad Fiduciaria:
FIDEICOMITENTE (CONTRATISTA/ INVERSIONISTA): Es la persona natural o jurídica con capacidad para
disponer de sus bienes, y que en virtud de la celebración del contrato de fiducia es quien transfiere los bienes
al patrimonio autónomo y le encarga a la fiduciaria una determinada gestión.
FIDUCIARIO: Es la persona jurídica autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia para actuar
como tal, y a quien el fideicomitente transfiere los bienes que han de conformar el patrimonio autónomo, con
el fin de que los administre y cumpla la finalidad contemplada en el acto constitutivo.
Por otra parte, el BENEFICIARIO del contrato es la persona natural o jurídica a quien de acuerdo con la ley o
el contrato, según el caso, se le deben transferir los bienes que hacen parte del patrimonio autónomo, junto
con sus rendimientos al finalizar el contrato. Como en todo contrato de fiducia mercantil debe indicarse la
persona o personas en provecho de las cuales se celebra, es importante que desde el contrato de APP se
designe la entidad o entidades que serán beneficiarias del patrimonio autónomo que debe constituir el
contratista para la gestión de los recursos.
La Corte Suprema de Justicia a través de sentencia del 1º de julio de 2009 (EXP. 11001-3103-039-2000-
00310-01) ha establecido que “el beneficiario es un tercero que no ostenta la condición de parte dentro del
contrato de fiducia y “cuyos derechos son exclusivamente los de su posición, situación o calidad, y no deja de
serlo, aún si las partes lo denominan de forma diferente, ni se convierte en parte del contrato por la
aceptación del beneficio pactado.” .Si el beneficiario es el mismo fideicomitente, será parte del contrato
únicamente en razón a ésta última calidad.
El objeto en el contrato fiduciario comprenderá las gestiones o actividades específicas constitutivas de la
finalidad del negocio, haciendo una enunciación clara y completa de las mismas, según el tipo de negocio
fiduciario.
De acuerdo con la citada finalidad, el objeto del contrato de fiducia mercantil tendrá que contener las
actividades que definan las partes y que comprenden actividades de administración, recaudo, pagos,
inversión, garantía o fuente de pago, que sean adecuadas al proyecto específico, y en todo caso, las
requeridas para el manejo de los recursos del proyecto, con sus activos y pasivos del proyecto, dado que es
en el patrimonio autónomo donde se manejarán todos estos conceptos, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 24 de la Ley 1508 de 2012.
La Superintendencia Financiera clasifica los tipos de negocios fiduciarios, según la clase de actividades y
fines para las cuales se celebra el contrato. En términos generales, el contrato fiduciario clasificaría por lo
menos, entre los contratos fiduciarios de administración y pagos, e incluso de garantía, si fuere el caso.
OBJETO DEL CONTRATO FIDUCIARIO
INTERVINIENTES EN EL CONTRATO FIDUCIARIO
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De acuerdo con la ley están prohibidos los siguientes negocios fiduciarios:
1º Los negocios fiduciarios que sirvan de instrumento para realizar actos o contratos que no pueda celebrar
directamente el fideicomitente de acuerdo con las disposiciones legales51
2º Los negocios fiduciarios secretos52.
3º Aquellos negocios que designen diferentes beneficiarios en forma sucesiva53.
4º Los encargos y contratos fiduciarios que celebren las sociedades fiduciarias, no podrán tener por objeto la
asunción por parte de éstas de obligaciones de resultado, salvo aquellos casos en que así lo prevea la ley54. .
Son derechos del Fideicomitente además de los expresamente estipulados en el contrato de fiducia y que no
sean incompatibles con los del fiduciario o del beneficiario, o con la esencia del instrumento, los siguientes:
1º Los derechos que en el contrato fiduciario se hubiere reservado el Fideicomitente, para ejercerlos
directamente sobre los bienes fideicomitidos, si fuere el caso.
2º Revocar el contrato fiduciario cuando se hubiere reservado dicha facultad en el contrato, pedir la remoción
del fiduciario, y designar un sustituto cuando a ello haya lugar.
3. º Obtener la devolución de los bienes dados en fiducia al finalizar el contrato, según las cláusulas del
contrato siempre que no se haya señalado un beneficiario diferente.
4º Exigir rendición de cuentas a la sociedad fiduciaria de acuerdo con la periodicidad establecida en el
contrato o como mínimo cada 6 meses55.
5º Ejercer acción de responsabilidad contra el fiduciario si a ello hubiere lugar, teniendo en cuenta que sus
obligaciones son de medio y no de resultado.
6º Todos los demás derechos expresamente estipulados en el contrato de fiducia y que no sean
incompatibles con los del fiduciario o del beneficiario, o con la esencia de la institución fiduciaria.
51
Parágrafo del artículo 2.5.2.1.1. del Decreto 2555 de 2010.
52 Artículo 1230 del Código de Comercio
53 Artículo 1230 del Código de Comercio
54 Numeral 3 articulo 29 del EOSF
55
Circular Básica Jurídica Título Quinto Capítulo Primero numeral 2.
DERECHOS DEL FIDEICOMITENTE
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El beneficiario tiene los derechos que hayan sido previstos en el contrato, básicamente concretados en el de
recibir el beneficio como consecuencia de las instrucciones establecidas por el Fideicomitente, y los
siguientes consagrados en el artículo 1235 del Código de Comercio:
a. Exigir el cumplimiento de las obligaciones de la sociedad fiduciaria y hacer efectiva
la responsabilidad por el incumplimiento de ellas.
b. Impugnar los actos anulables por el fiduciario.
a. Oponerse a toda medida preventiva o de ejecución tomada contra los bienes
dados en fiducia o por obligaciones que no los afectan, en caso de que la sociedad
fiduciaria no lo hiciere.
b. Pedir al superintendente financiero por causa justificada, la remoción de la
sociedad fiduciaria.
Son obligaciones del Fideicomitente además de las estipuladas en el contrato fiduciario:
1. Pagar a la sociedad fiduciaria la comisión establecida en el respectivo contrato, toda vez que éste es
oneroso y consensual, de modo que se acuerda entre las partes el valor de aquella.
2. Atender los gastos que genere el fideicomiso cuando los frutos que genere no sean suficientes,
estando prohibido a la fiduciaria asumir gastos con recursos propios.
3. Salir al saneamiento cuando los bienes transferidos presente vicios que afecten el desarrollo del
contrato, adelantando las gestiones necesarias para subsanarlos.
La responsabilidad de la sociedad fiduciaria se enmarca en el concepto de la culpa leve en el cumplimiento de
sus funciones, esto es de la diligencia y cuidado que debe tener una persona en la administración de sus
propios negocios. (Artículos 63 Código Civil Colombiano y 1234 del Código de Comercio).
Son deberes indelegables del Fiduciario:
1º Realizar diligentemente los actos necesarios para la consecución de la finalidad de la fiducia.
2º Mantener separados los bienes fideiciomitidos del resto de sus activos.
OBLIGACIONES DEL FIDEICOMITENTE
RESPONSABILIDAD Y DEBERES INDELEGABLES DE
LA SOCIEDAD FIDUCIARIA
DERECHOS DEL BENEFICIARIO
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3º Invertir los bienes provenientes del negocio fiduciario en la forma y con los requisitos previstos en el
contrato de fiducia, salvo que se le haya permitido obrar del modo que más conveniente le parezca.
4º Llevar la personería para la protección y defensa de los bienes fideicomitidos contra actos de terceros, del
beneficiario y aún del mismo fideicomitente.
5º Pedir instrucciones al superintendente financiero cuando tenga fundadas dudas del alcance de las
autorizaciones contenidas en el acto constitutivo, cuando así lo exijan las circunstancias.
6º Procurar el mayor rendimiento de los bienes objetos del negocio fiduciario, para lo cual todo acto de
disposición que realice es siempre oneroso y con fines lucrativos, consultando las mejores alternativas del
mercado, el proponente que mejor se ajuste a las condiciones de negociación y con las seguridades de ley
salvo determinación contraria del acto constitutivo.
7º Transferir los bienes junto con los rendimientos a la persona designada en el acto constitutivo o la ley o en
el contrato matriz
8º Rendir cuentas de su gestión a los beneficiarios, acreedores garantizados, fideicomitentes y demás
personas indicadas en el acto constitutivo, tal como la entidad estatal en el caso de las asociaciones público
privadas.
Son derechos de la sociedad fiduciaria los previstos en el contrato y los siguientes:
1. Recibir una remuneración por las gestiones que realiza, de acuerdo con lo pactado y con sus
políticas internas.
2. Obtener el reembolso de los gastos realizados en interés del fideicomiso.
3. El derecho a exigir la información para cumplir la finalidad del contrato y la requerida para
actualización de los datos del Fideicomitente en desarrollo de normas sobre conocimiento del cliente.
Los contratos de fiducia deben redactarse en términos sencillos, de fácil comprensión para los usuarios; y
reflejar con claridad, fidelidad y precisión las condiciones jurídicas y económicas que se deriven del contrato
para cada una de las partes que se vinculen a él, independientemente de su posición contractual.
Por mandato de la Superintendencia Financiera de Colombia, el contrato fiduciario debe incorporar las
siguientes previsiones como mínimo:
DERECHOS DE LA SOCIEDAD FIDUCIARIA
CLAUSULAS GENERALES DEL CONTRATO DE FIDUCIA
MERCANTIL
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1. Objeto: Comprenderá una enunciación de las gestiones o actividades específicas constitutivas de la
finalidad del negocio fiduciario.
2. Bienes Fideicomitidos: Se refiere a los términos y condiciones bajo los cuales se verifica la transferencia o
entrega de los bienes, atendiendo la naturaleza de los mismos y la finalidad del contrato fiduciario.
3. Rendimientos: Cuando se generen rendimientos o utilidades se estipulará el uso y destino que se dará a
los mismos. Para el caso de las Asociaciones Públicas Privadas, se atenderá lo dispuesto en el artículo 24
de la Ley 1508 de 2012, de acuerdo con el cual los rendimientos de los recursos privados pertenecen al
proyecto.
4. Obligaciones y derechos de las partes contratantes: En cláusulas separadas se relacionarán las
obligaciones y derechos de la Fiduciaria y del Fideicomitente y beneficiario.
5. Remuneración: Se refiere a los valores o factores sobre los cuales se determinará la remuneración de la
sociedad fiduciaria y la forma y oportunidad en que la misma será liquidada o cobrada.
6. Terminación del negocio fiduciario: Deberá señalarse la forma como se transferirán los bienes y activos y
se atenderán las obligaciones, cuando ocurra una causal de terminación del contrato prevista en el mismo o
en la ley.
7. Órganos asesores y/o administradores: Cuando se requiera juntas o cuerpos colegiados, deben señalarse
sus atribuciones y responsabilidades (actas, etc.) y forma de integración.
8. Gastos: Se indicará los gastos que estarán a cargo del patrimonio autónomo, y en especial los relacionados
con avalúos, pago de impuestos, realización de peritajes, etc.
9. Gestión de Riesgos: Se tendrá que prever los mecanismos para el cumplimiento de las políticas y
estándares establecidos por la sociedad fiduciaria para la gestión de los riesgos asociados a cada negocio y
la forma como tales estándares deberán ser cumplidos por las partes, clientes y usuarios del negocio
fiduciario.
10. Avalúos de los bienes fideicomitidos. Atendiendo la clase de negocio, se establecerá la periodicidad con la
que se harán o actualizarán los avalúos, la obligación del fideicomitente de aportarlos o proveer los recursos
para pagarlos y las implicaciones del incumplimiento de tal obligación, y el alcance de las obligaciones de la
fiduciaria, según el tipo de negocio cuando sea del caso
11. No localización de fideicomitentes, beneficiarios y/o acreedores garantizados: se requiere prever un
procedimiento a seguir en los casos en los cuales no fuere posible la localización del fideicomitente,
beneficiarios y acreedores garantizados.
12. Liquidación: Se refiere al procedimiento para la liquidación del contrato y los términos para hacerla,
incluyendo los eventos en que haya necesidad de hacer pagos por concepto de impuestos, tasas,
contribuciones, etc. para la restitución de los bienes fideicomitidos, o la necesidad de que el contratante
autorice
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El patrimonio autónomo en el caso de los contratos de Asociaciones Público Privadas, se constituye en el
centro de imputación contable del proyecto, lo que significa que en el mismo quedarán registrados todos los
hechos económicos que ocurran en el proyecto que refleja el patrimonio autónomo, afectándose las
respectivas cuentas (activos, pasivos, aportes, ingresos y egresos).
De acuerdo con el origen de los recursos en el patrimonio autónomo, los activos se individualizarán los
registros correspondientes a recursos privados, públicos, fondos públicos, bienes aportados, rendimientos,
etc.
Las siguientes son las Cuentas de Orden de los negocios fiduciarios de conformidad con el Plan Único de
Cuentas establecido por la Superintendencia Financiera, cada una de las cuales comporta diversas
subcuentas:
7. CUENTAS DE ORDEN FIDUCIARIAS
71. ACTIVO:
Agrupa las cuentas que representan los bienes y derechos tangibles e intangibles objeto de un negocio fiduciario.
Comprende los siguientes grupos: Disponible, Pactos de Reventa, Inversiones, Cartera de Créditos, Derivados,
Cuentas por Cobrar, Bienes Realizables y Recibidos en Pago, Propiedades y Equipo y Otros Activos.
72. PASIVO
Agrupa las cuentas que representan las obligaciones contraídas en desarrollo del giro ordinario del negocio
fiduciario. Comprende los pactos de recompra, créditos de bancos y otras obligaciones financieras, cuentas por
pagar, pasivos estimados y provisiones y otros pasivos.
73 BIENES FIDEICOMITIDOS
Agrupa las cuentas que representan el fideicomiso por la transferencia de bienes del fiduciante al fiduciario,
dando lugar a la formación de un PATRIMONIO AUTONOMO, cuyo titular es el fiduciario, tratándose de fiducia
mercantil. En caso contrario, agrupa los bienes objeto del encargo o mandato fiduciario. El elemento de la
afectación está dado por la finalidad que señale el fideicomitente en el acto constitutivo.
En el caso de los Fondos Comunes de Inversión ordinarios y especiales y los Fondos de Pensiones Voluntarias
agrupa además el valor de los rendimientos abonados a los fideicomitentes en desarrollo del procedimiento de la
distribución periódica de los mismos.
74. INGRESOS
Agrupa las cuentas que representan los beneficios económicos que percibe el fideicomiso en el desarrollo del giro
normal de su actividad, en un ejercicio determinado.
ASPECTOS CONTABLES DEL PATRIMONIO AUTONOMO
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75. GASTOS Y COSTOS
Agrupa las cuentas que representan las erogaciones y los cargos financieros y operativos en que incurre el
fideicomiso en el desarrollo del giro normal de su actividad en un ejercicio determinado.
76. CUENTAS CONTINGENTES
En las cuentas contingentes se registran los hechos económicos o circunstancias que pueden llegar a afectar la
estructura financiera del fideicomiso.
Registra aquellas operaciones mediante las cuales el fideicomiso adquiere un derecho o asume una obligación,
cuyo surgimiento está condicionado a que un hecho se produzca o no, dependiendo de factores futuros
eventuales o remotos.
Igualmente, registra los rendimientos financieros a partir del momento en que se suspenda su causación en las
cuentas de la cartera de créditos.
(SUBCUENTAS: ANTICIPO, PAGOS, INTERVENTORIA, OTRAS)
BALANCE PATRIMONIO AUTONOMO
El procedimiento para la liquidación del contrato y los términos para hacerla, debe desarrollarse en el contrato
fiduciario, incluyendo los eventos en los cuales haya necesidad de hacer pagos por conceptos de impuestos,
tasas, contribuciones, etc., para la restitución de los bienes fideicomitidos.
TERMINACION DEL
CONTRATO FIDUCIARIO
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La participación de la fiducia como herramienta en los proyectos público privados, tiene las siguientes
ventajas concretas para cada uno de los intervinientes en el mismo:
Para el Contratista:
• Aislamiento y protección de los activos y pasivos sometidos al proyecto
• Traslado de actividades operativas y de canalización de recursos a la sociedad fiduciaria
• Posibilidad de ofrecer garantías para financiación del proyecto.
• Gestión profesional para la inversión de los recursos mientras se destinan a la finalidad
Para la Entidad Estatal
• Facilita el conocimiento integral del proyecto
• Recibe informes de la sociedad fiduciaria
• Realiza el control sobre registros contables centralizados
• Transparencia en el manejo de los recursos.
Para los bancos o mercado de capitales:
• Canalización de la atención de la deuda
• Priorización de los pagos
• Transparencia de las fuentes de pago
VENTAJAS DEL CONTRATO FIDUCIARIO PARA LOS
INTERVINIENTES