Este caso presenta el procedimiento para acreditar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) pagado en el extranjero por ingresos distintos a dividendos o utilidades. Se calcula la proporción de deducciones no identificables correspondiente a los ingresos extranjeros y se determina la utilidad o pérdida fiscal. Para personas morales, el impuesto acreditable es el menor entre el ISR pagado en el extranjero y el ISR que resultaría aplicando la tasa vigente a la utilidad fiscal. Para personas físicas, el límite es el IS