Este documento presenta un resumen del Código Penal Militar. Describe las autoridades militares que disponen el procesamiento, los tribunales militares como el Tribunal Supremo de Justicia Militar y el Tribunal Permanente, y las funciones de la Policía Militar. También cubre temas como tentativa, causas de justificación, culpabilidad, penas, delitos como traición, espionaje, rebelión y otros delitos específicos de la aviación y marina.
El documento presenta un análisis de varios artículos del Código Penal boliviano, resumiendo los elementos clave de cada uno como el sujeto activo y pasivo, el bien jurídico tutelado, el verbo nuclear, y la sanción establecida. Los artículos abarcan temas como traición, concesión de facultades extraordinarias, terrorismo, cohecho, desacato, consorcio de jueces y fiscales, falsificación de moneda, impedimento de la defensa común, abandono de familia y lesiones graves.
ANÁLISIS DEL CÓDIGO DEL SISTEMA PENAL BOLIVIAAlejandra Prado
ANÁLISIS ELABORADO POR EL DR. EDUARDO LEON
EXTINCIÓN DE BIENES
DEL ANÁLISIS SE DESPRENDE QUE TODO DELITO COMETIDO TIENE UNA REPARACIÓN ECONÓMICA, POR LO QUE DESDE EL MOMENTO QUESE INICIA UN PROCESO PENAL SE PUEDE PEDIR EL DECOMISO DE BIENES Y LLEGAR HASTA EL REMATE JUDICIAL.
PARADOGICAMENTE, LOS SERVIDORES PÚBLICOS ESTÁN EXCENTOS DE ESTA REPARACIÓN EN CASO DE DELITOS CONTRA EL ESTADO O DE DAÑO ECONÓMICO.
EL CSP, ESTÁ DISEÑADO PARA LA PERSECUCIÓN DE OPOSITORES, Y DE TODOS.
AL MISMO TIEMPO ES UN CUERPO DE IMPUNIDAD
Este documento presenta el manual para operaciones policiales de mantenimiento y restablecimiento del orden público de la policía boliviana. El manual establece el marco normativo nacional e internacional para dichas operaciones y define conceptos clave como disturbio, orden público, aglomeración, multitud y tipos de conflictos. Además, explica las leyes psicológicas de las multitudes y los diferentes tipos de comportamiento que pueden presentar. El manual fue aprobado por el comandante general de la policía boliviana y elaborado con el asesoramiento del Com
El documento describe el derecho penal militar, que castiga las infracciones militares. Su objetivo es regular la conducta del personal militar y las relaciones entre ellos, así como con otros órganos del Estado y la sociedad. Se describen delitos contra la disciplina como la insubordinación y la desobediencia, y delitos contra el servicio como el abandono del puesto o la deserción. También se mencionan otros delitos y se incluye una bibliografía.
El documento presenta un análisis de varios artículos del Código Penal boliviano, resumiendo cada uno en 1 o 2 oraciones. Los artículos abordan temas como traición, concesión de facultades extraordinarias, terrorismo, cohecho, desacato, consorcio de jueces y fiscales, falsificación de moneda, impedimento de la defensa común, abandono de familia y lesiones graves. Cada artículo describe los sujetos, elemento subjetivo y objetivo, bien jurídico tutelado, verbo nuclear, tipo de delito y s
Este documento presenta un resumen del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público de Ecuador. El código regula la organización, funcionamiento y régimen disciplinario de entidades como la Policía Nacional, el Servicio de Protección Pública, y otros cuerpos de seguridad. Se describen los principios, estructura, funciones y subsistemas de gestión de la Policía Nacional, la principal entidad regulada por el código. El código tiene como objetivo establecer un marco legal unificado para mejorar la segur
Presentación Código de Policía y Convivencia (1).pptxRobertoSierraDoval
El documento compara el Decreto Ley 1355 de 1970 con la Ley 1801 de 2016 en materia de convivencia ciudadana. La Ley 1801 actualiza la normativa para ajustarla a la Constitución de 1991 y a los cambios sociales, incorporando comportamientos nuevos y medidas preventivas, correctivas y pedagógicas. Establece un sistema nacional de registro de medidas correctivas para verificar el cumplimiento de sanciones por parte de los ciudadanos.
Este documento presenta la Ley de Lucha contra la Corrupción del Estado Plurinacional de Bolivia. La ley establece varias entidades encargadas de prevenir y combatir la corrupción, incluyendo un Consejo Nacional de Lucha contra la Corrupción, fiscales y jueces especializados en delitos de corrupción, y protecciones para denunciantes. Además, la ley define la corrupción, sus principios rectores y ámbito de aplicación para garantizar la transparencia y responsabilidad en el uso de los recursos públicos.
El documento presenta un análisis de varios artículos del Código Penal boliviano, resumiendo los elementos clave de cada uno como el sujeto activo y pasivo, el bien jurídico tutelado, el verbo nuclear, y la sanción establecida. Los artículos abarcan temas como traición, concesión de facultades extraordinarias, terrorismo, cohecho, desacato, consorcio de jueces y fiscales, falsificación de moneda, impedimento de la defensa común, abandono de familia y lesiones graves.
ANÁLISIS DEL CÓDIGO DEL SISTEMA PENAL BOLIVIAAlejandra Prado
ANÁLISIS ELABORADO POR EL DR. EDUARDO LEON
EXTINCIÓN DE BIENES
DEL ANÁLISIS SE DESPRENDE QUE TODO DELITO COMETIDO TIENE UNA REPARACIÓN ECONÓMICA, POR LO QUE DESDE EL MOMENTO QUESE INICIA UN PROCESO PENAL SE PUEDE PEDIR EL DECOMISO DE BIENES Y LLEGAR HASTA EL REMATE JUDICIAL.
PARADOGICAMENTE, LOS SERVIDORES PÚBLICOS ESTÁN EXCENTOS DE ESTA REPARACIÓN EN CASO DE DELITOS CONTRA EL ESTADO O DE DAÑO ECONÓMICO.
EL CSP, ESTÁ DISEÑADO PARA LA PERSECUCIÓN DE OPOSITORES, Y DE TODOS.
AL MISMO TIEMPO ES UN CUERPO DE IMPUNIDAD
Este documento presenta el manual para operaciones policiales de mantenimiento y restablecimiento del orden público de la policía boliviana. El manual establece el marco normativo nacional e internacional para dichas operaciones y define conceptos clave como disturbio, orden público, aglomeración, multitud y tipos de conflictos. Además, explica las leyes psicológicas de las multitudes y los diferentes tipos de comportamiento que pueden presentar. El manual fue aprobado por el comandante general de la policía boliviana y elaborado con el asesoramiento del Com
El documento describe el derecho penal militar, que castiga las infracciones militares. Su objetivo es regular la conducta del personal militar y las relaciones entre ellos, así como con otros órganos del Estado y la sociedad. Se describen delitos contra la disciplina como la insubordinación y la desobediencia, y delitos contra el servicio como el abandono del puesto o la deserción. También se mencionan otros delitos y se incluye una bibliografía.
El documento presenta un análisis de varios artículos del Código Penal boliviano, resumiendo cada uno en 1 o 2 oraciones. Los artículos abordan temas como traición, concesión de facultades extraordinarias, terrorismo, cohecho, desacato, consorcio de jueces y fiscales, falsificación de moneda, impedimento de la defensa común, abandono de familia y lesiones graves. Cada artículo describe los sujetos, elemento subjetivo y objetivo, bien jurídico tutelado, verbo nuclear, tipo de delito y s
Este documento presenta un resumen del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público de Ecuador. El código regula la organización, funcionamiento y régimen disciplinario de entidades como la Policía Nacional, el Servicio de Protección Pública, y otros cuerpos de seguridad. Se describen los principios, estructura, funciones y subsistemas de gestión de la Policía Nacional, la principal entidad regulada por el código. El código tiene como objetivo establecer un marco legal unificado para mejorar la segur
Presentación Código de Policía y Convivencia (1).pptxRobertoSierraDoval
El documento compara el Decreto Ley 1355 de 1970 con la Ley 1801 de 2016 en materia de convivencia ciudadana. La Ley 1801 actualiza la normativa para ajustarla a la Constitución de 1991 y a los cambios sociales, incorporando comportamientos nuevos y medidas preventivas, correctivas y pedagógicas. Establece un sistema nacional de registro de medidas correctivas para verificar el cumplimiento de sanciones por parte de los ciudadanos.
Este documento presenta la Ley de Lucha contra la Corrupción del Estado Plurinacional de Bolivia. La ley establece varias entidades encargadas de prevenir y combatir la corrupción, incluyendo un Consejo Nacional de Lucha contra la Corrupción, fiscales y jueces especializados en delitos de corrupción, y protecciones para denunciantes. Además, la ley define la corrupción, sus principios rectores y ámbito de aplicación para garantizar la transparencia y responsabilidad en el uso de los recursos públicos.
Delitos contra la inviolabilidad del domicilio, delitos contra la administrac...mersy torres
Este documento analiza los delitos contra la inviolabilidad del domicilio, los delitos contra la administración de justicia y los delitos contra el orden público según el código penal venezolano. Explica que estos delitos van en contra de la intimidad de las personas y la sociedad. Define cada uno de estos delitos y especifica las penas correspondientes, como prisión, para quienes violen la ley y vulneren los derechos de los ciudadanos. Concluye resaltando la importancia de cumplir con la normativa legal para garantizar los derechos de todos
Este documento establece el reglamento de uniformes de la Policía Boliviana. Detalla las diferentes partes de los uniformes como el emblema, insignias, distintivos y accesorios, y especifica sus características, colocación y uso según el rango del oficial. También describe excepciones para el uso de uniformes y establece que el Comando General se encargará de proveer las dotaciones reglamentarias.
Delito contra la Libertad Sexual - ViolacionMartin Manco
El documento describe la violación como un delito grave que implica forzar a alguien a tener relaciones sexuales sin su consentimiento. Explica que existen diferentes tipos de violación y que las leyes peruanas establecen penas severas para este delito, incluyendo cárcel de por vida en algunos casos. También cubre temas como la culpabilización de la víctima y los diferentes tipos de violadores.
LOS CRÍMENES DEL DERECHO INTERNACIONAL PENAL TIPIFICADOS EN EL ESTATUTO DE RO...DANIELPAUCAR2014
RESUMEN
El presente análisis de investigación se ha sustentado en los crímenes del Derecho Internacional Penal Tipificados en el estatuto de Roma y el ordenamiento jurídico del Ecuador.
Este documento analiza diversos delitos contra la libertad individual tipificados en el Código Penal Venezolano, incluyendo privación de libertad, secuestro, sustracción de menores, pesquisa personal arbitraria, retardo de medidas liberatorias, desaparición forzada y violación de domicilio. Define los elementos de cada delito, como la acción, sujetos, naturaleza jurídica y penalidades.
Este documento presenta los procedimientos disciplinarios correctivos de la función policial en 3 o menos oraciones: Establece los pasos a seguir para llamados de atención, asistencia voluntaria u obligatoria, y destitución, incluyendo notificaciones, audiencias, decisiones y registros. Define roles como el supervisor directo, el supervisor inmediato e ICAP en aplicar medidas y llevar los procesos a través de las distintas etapas según la gravedad de la falta.
Este documento identifica elementos clave y desafíos para la implementación de alternativas al encarcelamiento por delitos de tráfico ilícito de drogas en el caso peruano. Describe la situación actual del tráfico de drogas en Perú, la estrategia nacional contra las drogas, el marco legal vigente y la percepción social sobre el tema. Concluye que se requiere compatibilizar nuevas medidas con estos factores para una adecuada despenalización en el contexto nacional.
El documento describe la reforma del sistema de justicia penal militar en Colombia. Se aprobó un nuevo Código Penal Militar que adopta un sistema acusatorio para reemplazar el sistema mixto anterior, con el fin de lograr una justicia militar más eficiente, oportuna y que garantice el debido proceso. La reforma también creó nuevas entidades como la Fiscalía Penal Militar y modificó la estructura de los tribunales militares.
Este documento describe la problemática de seguridad ciudadana en el Perú y las estrategias para abordarla. Explica que la seguridad ciudadana requiere una participación activa de la policía y la comunidad a través de juntas vecinales, vecino vigilante y comunicación con radiotaxis. También establece que la Dirección de Participación Ciudadana de la Policía Nacional del Perú promueve la organización comunitaria para apoyar los esfuerzos policiales de mejorar el orden y la seguridad.
Este documento establece el reglamento del personal de la Policía Nacional de Bolivia. Define la organización, funciones, derechos, obligaciones, incorporaciones, escalafón, jerarquía, evaluación de desempeño, calificación de méritos y ascensos del personal policial. Prescribe los procedimientos y normas que rigen el ejercicio de la función policial.
Este documento resume los diferentes tipos de robo según el Código Penal venezolano, incluyendo el robo propio, impropio, leve, de documentos y agravado. También cubre el robo de vehículos automotores, sus circunstancias agravantes, tentativa de robo y cambio ilícito de placas.
El documento presenta información sobre el marco legal de la seguridad ciudadana en Perú. Explica que la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú establecen que la seguridad ciudadana es una responsabilidad de la Policía Nacional. También describe la creación de la Dirección de Participación Ciudadana de la PNP para promover la participación comunitaria en materia de seguridad.
Este documento describe las características y uso adecuado del bastón PR-24 utilizado por las fuerzas de seguridad. Explica que se trata de un arma no letal de 61 cm de largo utilizada de acuerdo con el tercer nivel de la escala del uso de la fuerza. Detalla las partes del bastón, zonas vulnerables del cuerpo humano, formas correctas de sujeción y posiciones básicas de defensa.
Este documento lista los requisitos para ser candidato a presidente, vicepresidente o legislador en Bolivia. Para presidente/vicepresidente, los candidatos deben tener al menos 30 años, residir en Bolivia durante los últimos 5 años, ser ciudadano boliviano, no tener antecedentes penales y no ejercer violencia doméstica. Para legislador, los requisitos son similares pero los candidatos deben tener al menos 18 años y residir en su circunscripción durante los últimos 2 años. Ambos cargos también requieren declaraciones juradas ante notario.
Este documento establece las regulaciones para los uniformes de la Policía Nacional de Bolivia. Describe los diferentes componentes de los uniformes como el emblema, insignias, distintivos de grado y otros accesorios. Asigna colores y detalles específicos para cada elemento y rango dentro de la policía. También especifica cuando y como deben usarse los uniformes y sus diferentes partes. El objetivo es definir de manera precisa el uso correcto de los uniformes para promover la disciplina y representación institucional de la policía.
Constitución 2008 y la Función ElectoralRED PAIS 35
El próximo proceso electoral que se desarrollará el 23 de febrero de 2014, continuará realizándose de forma manual, similar a las Elecciones Generales 2013. Esta condición "artesanal" aumenta los riesgos de manipulación y alteración de los escrutinios reales en cada una de las Juntas Receptoras del Voto a nivel nacional.
Por este motivo se torna indispensable que los Defensores del Voto del Movimiento Alianza PAIS consoliden los conocimientos necesarios para reducir al máximo los intentos de fraude electoral antes, durante y después de los comicios.
Este curso-taller está orientado a los coordinadores e integrantes de los Comités de la Revolución Ciudadana que formen parte de las brigadas electorales, representando al Movimiento Alianza PAIS en los recintos electorales como observadores o veedores.
Aquí encontrará los recursos necesarios para liderar un proceso electoral transparente, oportuno y fidedigno, y además podrá compartir sus experiencias para enriquecer los conocimientos de los demás participantes.
Mapas conceptuales referentes a: Procedimiento para el Juzgamiento de los Delitos Menos Graves; Procedimiento de Extradición; Procedimiento Penal Especial regulado en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada; Procedimiento Penal Especial regulado en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia; Procedimiento Penal Especial del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente.
Este documento establece varios delitos contra la función pública en Venezuela, incluyendo peculado, concusión, corrupción de funcionarios, abusos de autoridad, y resistencia a la autoridad. Describe las penas asociadas con cada delito, que van desde multas hasta varios años de prisión. También cubre delitos relacionados específicamente con ministros religiosos y la usurpación de cargos o títulos.
Delito contra las Buenas Costumbres y Buen Orden de la Familia Genesis Ochoa
Este documento resume varios delitos contra la buena costumbre y el orden de las familias según el Código Penal venezolano, incluyendo la violación, seducción, prostitución, corrupción de menores, actos lascivos violentos, ultrajes de pudor, el rapto, incesto, adulterio, bigamia y supresión del estado civil. También resume brevemente los delitos contra la libertad como los delitos contra las libertades políticas y de culto, esclavitud, y restricción de la libertad del trabajo.
Este documento describe los crímenes y delitos contra la seguridad interior y exterior del estado según el Código Penal de la República Dominicana. Incluye artículos que definen actos como tomar las armas contra la República, ponerse de acuerdo con estados extranjeros para emprender guerra contra el país, ocultar espías enemigos, y entregar planos confidenciales al enemigo, los cuales se castigan con penas de prisión de hasta 30 años. También habla sobre la clasificación de las infracciones en delitos y cr
Este documento presenta el Código Penal Militar de Bolivia. Establece las reglas para la aplicación de la ley penal militar, incluyendo quiénes están sujetos a la jurisdicción militar, los tipos de delitos cubiertos, y las circunstancias atenuantes y agravantes consideradas al determinar las penas. También define varios tipos de participación criminal y penas aplicables como prisión, degradación y expulsión de las fuerzas armadas.
Delitos contra la inviolabilidad del domicilio, delitos contra la administrac...mersy torres
Este documento analiza los delitos contra la inviolabilidad del domicilio, los delitos contra la administración de justicia y los delitos contra el orden público según el código penal venezolano. Explica que estos delitos van en contra de la intimidad de las personas y la sociedad. Define cada uno de estos delitos y especifica las penas correspondientes, como prisión, para quienes violen la ley y vulneren los derechos de los ciudadanos. Concluye resaltando la importancia de cumplir con la normativa legal para garantizar los derechos de todos
Este documento establece el reglamento de uniformes de la Policía Boliviana. Detalla las diferentes partes de los uniformes como el emblema, insignias, distintivos y accesorios, y especifica sus características, colocación y uso según el rango del oficial. También describe excepciones para el uso de uniformes y establece que el Comando General se encargará de proveer las dotaciones reglamentarias.
Delito contra la Libertad Sexual - ViolacionMartin Manco
El documento describe la violación como un delito grave que implica forzar a alguien a tener relaciones sexuales sin su consentimiento. Explica que existen diferentes tipos de violación y que las leyes peruanas establecen penas severas para este delito, incluyendo cárcel de por vida en algunos casos. También cubre temas como la culpabilización de la víctima y los diferentes tipos de violadores.
LOS CRÍMENES DEL DERECHO INTERNACIONAL PENAL TIPIFICADOS EN EL ESTATUTO DE RO...DANIELPAUCAR2014
RESUMEN
El presente análisis de investigación se ha sustentado en los crímenes del Derecho Internacional Penal Tipificados en el estatuto de Roma y el ordenamiento jurídico del Ecuador.
Este documento analiza diversos delitos contra la libertad individual tipificados en el Código Penal Venezolano, incluyendo privación de libertad, secuestro, sustracción de menores, pesquisa personal arbitraria, retardo de medidas liberatorias, desaparición forzada y violación de domicilio. Define los elementos de cada delito, como la acción, sujetos, naturaleza jurídica y penalidades.
Este documento presenta los procedimientos disciplinarios correctivos de la función policial en 3 o menos oraciones: Establece los pasos a seguir para llamados de atención, asistencia voluntaria u obligatoria, y destitución, incluyendo notificaciones, audiencias, decisiones y registros. Define roles como el supervisor directo, el supervisor inmediato e ICAP en aplicar medidas y llevar los procesos a través de las distintas etapas según la gravedad de la falta.
Este documento identifica elementos clave y desafíos para la implementación de alternativas al encarcelamiento por delitos de tráfico ilícito de drogas en el caso peruano. Describe la situación actual del tráfico de drogas en Perú, la estrategia nacional contra las drogas, el marco legal vigente y la percepción social sobre el tema. Concluye que se requiere compatibilizar nuevas medidas con estos factores para una adecuada despenalización en el contexto nacional.
El documento describe la reforma del sistema de justicia penal militar en Colombia. Se aprobó un nuevo Código Penal Militar que adopta un sistema acusatorio para reemplazar el sistema mixto anterior, con el fin de lograr una justicia militar más eficiente, oportuna y que garantice el debido proceso. La reforma también creó nuevas entidades como la Fiscalía Penal Militar y modificó la estructura de los tribunales militares.
Este documento describe la problemática de seguridad ciudadana en el Perú y las estrategias para abordarla. Explica que la seguridad ciudadana requiere una participación activa de la policía y la comunidad a través de juntas vecinales, vecino vigilante y comunicación con radiotaxis. También establece que la Dirección de Participación Ciudadana de la Policía Nacional del Perú promueve la organización comunitaria para apoyar los esfuerzos policiales de mejorar el orden y la seguridad.
Este documento establece el reglamento del personal de la Policía Nacional de Bolivia. Define la organización, funciones, derechos, obligaciones, incorporaciones, escalafón, jerarquía, evaluación de desempeño, calificación de méritos y ascensos del personal policial. Prescribe los procedimientos y normas que rigen el ejercicio de la función policial.
Este documento resume los diferentes tipos de robo según el Código Penal venezolano, incluyendo el robo propio, impropio, leve, de documentos y agravado. También cubre el robo de vehículos automotores, sus circunstancias agravantes, tentativa de robo y cambio ilícito de placas.
El documento presenta información sobre el marco legal de la seguridad ciudadana en Perú. Explica que la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú establecen que la seguridad ciudadana es una responsabilidad de la Policía Nacional. También describe la creación de la Dirección de Participación Ciudadana de la PNP para promover la participación comunitaria en materia de seguridad.
Este documento describe las características y uso adecuado del bastón PR-24 utilizado por las fuerzas de seguridad. Explica que se trata de un arma no letal de 61 cm de largo utilizada de acuerdo con el tercer nivel de la escala del uso de la fuerza. Detalla las partes del bastón, zonas vulnerables del cuerpo humano, formas correctas de sujeción y posiciones básicas de defensa.
Este documento lista los requisitos para ser candidato a presidente, vicepresidente o legislador en Bolivia. Para presidente/vicepresidente, los candidatos deben tener al menos 30 años, residir en Bolivia durante los últimos 5 años, ser ciudadano boliviano, no tener antecedentes penales y no ejercer violencia doméstica. Para legislador, los requisitos son similares pero los candidatos deben tener al menos 18 años y residir en su circunscripción durante los últimos 2 años. Ambos cargos también requieren declaraciones juradas ante notario.
Este documento establece las regulaciones para los uniformes de la Policía Nacional de Bolivia. Describe los diferentes componentes de los uniformes como el emblema, insignias, distintivos de grado y otros accesorios. Asigna colores y detalles específicos para cada elemento y rango dentro de la policía. También especifica cuando y como deben usarse los uniformes y sus diferentes partes. El objetivo es definir de manera precisa el uso correcto de los uniformes para promover la disciplina y representación institucional de la policía.
Constitución 2008 y la Función ElectoralRED PAIS 35
El próximo proceso electoral que se desarrollará el 23 de febrero de 2014, continuará realizándose de forma manual, similar a las Elecciones Generales 2013. Esta condición "artesanal" aumenta los riesgos de manipulación y alteración de los escrutinios reales en cada una de las Juntas Receptoras del Voto a nivel nacional.
Por este motivo se torna indispensable que los Defensores del Voto del Movimiento Alianza PAIS consoliden los conocimientos necesarios para reducir al máximo los intentos de fraude electoral antes, durante y después de los comicios.
Este curso-taller está orientado a los coordinadores e integrantes de los Comités de la Revolución Ciudadana que formen parte de las brigadas electorales, representando al Movimiento Alianza PAIS en los recintos electorales como observadores o veedores.
Aquí encontrará los recursos necesarios para liderar un proceso electoral transparente, oportuno y fidedigno, y además podrá compartir sus experiencias para enriquecer los conocimientos de los demás participantes.
Mapas conceptuales referentes a: Procedimiento para el Juzgamiento de los Delitos Menos Graves; Procedimiento de Extradición; Procedimiento Penal Especial regulado en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada; Procedimiento Penal Especial regulado en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia; Procedimiento Penal Especial del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente.
Este documento establece varios delitos contra la función pública en Venezuela, incluyendo peculado, concusión, corrupción de funcionarios, abusos de autoridad, y resistencia a la autoridad. Describe las penas asociadas con cada delito, que van desde multas hasta varios años de prisión. También cubre delitos relacionados específicamente con ministros religiosos y la usurpación de cargos o títulos.
Delito contra las Buenas Costumbres y Buen Orden de la Familia Genesis Ochoa
Este documento resume varios delitos contra la buena costumbre y el orden de las familias según el Código Penal venezolano, incluyendo la violación, seducción, prostitución, corrupción de menores, actos lascivos violentos, ultrajes de pudor, el rapto, incesto, adulterio, bigamia y supresión del estado civil. También resume brevemente los delitos contra la libertad como los delitos contra las libertades políticas y de culto, esclavitud, y restricción de la libertad del trabajo.
Este documento describe los crímenes y delitos contra la seguridad interior y exterior del estado según el Código Penal de la República Dominicana. Incluye artículos que definen actos como tomar las armas contra la República, ponerse de acuerdo con estados extranjeros para emprender guerra contra el país, ocultar espías enemigos, y entregar planos confidenciales al enemigo, los cuales se castigan con penas de prisión de hasta 30 años. También habla sobre la clasificación de las infracciones en delitos y cr
Este documento presenta el Código Penal Militar de Bolivia. Establece las reglas para la aplicación de la ley penal militar, incluyendo quiénes están sujetos a la jurisdicción militar, los tipos de delitos cubiertos, y las circunstancias atenuantes y agravantes consideradas al determinar las penas. También define varios tipos de participación criminal y penas aplicables como prisión, degradación y expulsión de las fuerzas armadas.
El documento analiza las diferencias entre el Código de Justicia Militar Policial anterior (Decreto Legislativo 961) y el nuevo Código (Decreto Legislativo 1094) a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Señala que el nuevo Código incorpora 21 tipos penales que fueron declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional en 2006, lo que significa un incumplimiento de la Constitución y los tratados internacionales. También identifica varios artículos específicos que fueron declarados
Este documento presenta un resumen de tres oraciones de la "Estructura de Ley Orgánica que regula el uso legítimo de la fuerza". Establece un marco jurídico diferenciado que orienta el accionar del personal militar y de fuerzas del orden, regulando el uso legítimo y excepcional de la fuerza de forma restringida y en estricto apego a los derechos humanos. Define conceptos clave, principios, niveles de fuerza, deberes y derechos del personal en el cumplimiento de sus funciones constitucionales.
Este documento presenta extractos del Código Penal Militar de Argentina. Describe varios tipos de delitos y faltas militares, así como las penas asociadas. Entre los delitos se encuentran el abuso de autoridad, agresiones a subordinados, y ejercer influencia indebida sobre jueces. Las faltas incluyen infracciones a reglamentos e insubordinación. El documento también especifica las penas disciplinarias aplicables a oficiales, suboficiales, sargentos, cabos y soldados.
Uso de Fuerza Potencialmente Mortal: Es el último nivel extraordinario de fuerza y su aplicación causa lesiones graves o la muerte, por lo que sólo debe ser usado bajo condiciones de legítima defensa o estado de necesidad, sin que esto implique la obligación de efectuar disparos para neutralizar las amenazas mortales, en razón de la existencia de procedimientos tácticos previos. En este nivel se incluyen las técnicas de defensa personal antes mencionadas. E. Nivel de control policial con contacto físico con la ciudadana, el ciudadano o grupos de éstos.
Técnicas Suaves de Control Físico: Estas técnicas consisten en presionar nervios sensoriales, a los fines de controlar la resistencia pasiva de la ciudadana, el ciudadano o grupo de éstos.
Técnicas Duras de Control: Son técnicas utilizadas para controlar la resistencia defensiva de las personas, afectando nervios (sensoriales o motores) y que, sin causar lesiones graves, contrarrestan la resistencia defensiva.
Uso de Armas Intermedias: Técnicas aplicadas como medida extraordinaria para el control de las agresiones activas, sin armas por parte de las personas que al aplicarlas podrían causar lesiones graves. Implica el uso del bastón policial o cualquier otro tipo de implemento o técnica no letal.
Este documento presenta una investigación sobre los delitos contra los deberes y el honor militar según el Código Orgánico de Justicia Militar de Venezuela. Describe las diferentes secciones de delitos, incluyendo usurpación de autoridad, insubordinación, desobediencia y deserción. Para cada delito, explica las posibles penas de acuerdo a la gravedad de la falta, como prisión, arresto o presidio. El objetivo es analizar cómo la legislación venezolana aborda estos delitos especiales en el ámbito militar.
Este documento presenta extractos de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada de Venezuela. Incluye artículos que describen delitos como la manipulación genética ilegal, el tráfico ilegal de órganos, el sicariato, la obstrucción a la justicia, la pornografía, la obstrucción a la libertad de comercio, y otros delitos relacionados con la delincuencia organizada. También establece las penas asociadas con estos delitos, como prisión y multas, y los procedimientos para el decomiso de bienes y
Este documento resume varios artículos del código penal boliviano relacionados con delitos contra la seguridad del estado como la traición, el espionaje y los alzamientos armados. Los artículos establecen sanciones de varios años de prisión para aquellos que cometan actos como tomar armas contra la patria, revelar secretos militares o políticos, o organizar grupos armados irregulares con el fin de cambiar el gobierno o atentar contra la soberanía del estado.
Este documento presenta el Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos de las Fuerzas Armadas de Bolivia. Establece 58 faltas disciplinarias graves divididas en categorías como desobediencia de órdenes, abandono del servicio, embriaguez, agresiones, y criticas contra autoridades. También define roles de los superiores para imponer castigos de acuerdo a su jerarquía y competencia cuando se cometan faltas. El objetivo es preservar la disciplina militar a través de la aplicación uniforme de norm
Este documento contiene varios artículos de la Constitución de México que describen los derechos y obligaciones de los ciudadanos mexicanos. Algunos de los derechos cubiertos incluyen la protección de los derechos humanos, la posesión de armas para defensa personal, y protecciones contra detenciones arbitrarias. Algunas de las obligaciones incluyen la educación de los hijos, el servicio militar y contribuciones fiscales. También se describen las condiciones para adquirir, retener y perder la nacionalidad mexic
Código de justicia militar, código federal de procedimientos penales y de la ...UNAM
Este documento presenta una serie de reformas, derogaciones y adiciones a diversas disposiciones del Código de Justicia Militar, el Código Federal de Procedimientos Penales y la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados. Algunas de las modificaciones incluyen definir las funciones de los Jueces de Ejecución de Sentencia, establecer que los delitos que no atenten contra la disciplina militar deben ser remitidos a las autoridades civiles, y ampliar las facultades y obligaciones de la
Este documento presenta un resumen de las disposiciones preliminares del Código Penal de la República Dominicana. Define las infracciones como contravenciones, delitos o crímenes dependiendo de la severidad de la pena asociada. Establece que los intentos de crimen pueden ser considerados como el crimen mismo y que las tentativas de delito solo se consideran delitos cuando una ley especial lo determine. Además, indica que solo se pueden castigar infracciones, delitos o crímenes si existe una ley previa a su comisión.
Este documento establece normas para contravenciones náutico-deportivas en Argentina. Se crean reglas de procedimiento para faltas relacionadas con actividades náuticas. Se define la jurisdicción y competencia de prefectos navales para instruir casos y aplicar sanciones como multas, suspensión de licencias o cancelación de habilitaciones. El proceso será oral y se garantiza el derecho de defensa de los acusados.
1) El documento compara los códigos penales militares de 1980, 2006 y 2010 en Perú con respecto a los delitos de insubordinación y desobediencia.
2) Señala que el código de 1980 define estos delitos de manera más extensa y especifica distintos tipos de insubordinación y desobediencia, mientras que los códigos posteriores se refieren a ellos de manera más concisa.
3) También compara las penas establecidas para estos delitos en los diferentes códigos, notando que el de 1980 no expresa las pen
El documento resume los principales aspectos de la Ley N° 21.560 que fortalece y protege el ejercicio de la función policial y de gendarmería en Chile. La ley modifica diversos cuerpos legales para aumentar la protección y las penas por delitos contra policías. También consagra la legítima defensa privilegiada para policías y les otorga garantías procesales y administrativas cuando hagan uso de la fuerza.
El documento presenta un resumen de los principales aspectos del proceso penal colombiano. En primer lugar, describe las etapas de la indagación, imputación, preclusión, investigación, acusación y juicio. Luego, enumera algunos delitos que no tienen pena privativa de libertad y que requieren querella para iniciar el proceso. Finalmente, resume brevemente los roles y atribuciones del fiscal durante el proceso penal.
Este documento establece el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú. Describe las infracciones disciplinarias divididas en leves, graves y muy graves, así como las sanciones correspondientes a cada tipo de infracción. Además, define principios como legalidad, debido proceso y otros aspectos relacionados a la jerarquía, órdenes, deberes y prohibiciones del personal de la policía. El objetivo es mantener la disciplina dentro de la institución policial.
Seminario Umirad Eespecial de Seguridad Cotiza.pptxMelvinPrieto
Este documento presenta un resumen de tres leyes relacionadas con la legislación militar en Venezuela: 1) La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual establece el marco legal para la seguridad y defensa de la nación. 2) La Ley Orgánica de Reforma Parcial del Código Orgánico de Justicia Militar, la cual describe delitos militares. 3) La Ley de Disciplina Militar, la cual regula la conducta del personal militar con el fin de preservar la disciplina. El documento ofrece una introducción general a
Soluciones Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinar...Juan Martín Martín
Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
Soluciones al examen.
Convocatoria Ordinaria.
Examen resuelto de Geografía
conocer el examen de geografía de julio 2024 en:
https://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/2024/06/soluciones-examen-de-selectividad.html
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
Business Plan -rAIces - Agro Business Techjohnyamg20
Innovación y transparencia se unen en un nuevo modelo de negocio para transformar la economia popular agraria en una agroindustria. Facilitamos el acceso a recursos crediticios, mejoramos la calidad de los productos y cultivamos un futuro agrícola eficiente y sostenible con tecnología inteligente.
3. Contenido de la Materia:
La presente materia abarca los
siguientes aspectos importantes:
I.- Ley de Organización Judicial Militar.
II.- Código Penal Militar.
III.- Código de Procedimiento
Penal Militar.
IV.- Ciclo de Conferencias.
4. Cronograma de la Materia:
Jueves: (Mañana) Presentación y
avance.
Jueves: (Tarde) Conferencias
Viernes:(Mañana) Conferencias y
Ex.Parcial.
Martes: (Mañana) Examen Final
6. Desarrollo:
Art. 21.-(Autoridades Militares que
disponen el Procesamiento)
- Ministro de Defensa Nacional
- Comandantes de Fuerza.
- Inspector Gral. de las FF.AA.
- Comandantes de GG. UU.
7. Art. 22.- (Tribunales Militares)
- Tribunal Permanente de Justicia Mil.
- Tribunal Supremo de Justicia Mil.
8. Tribunal Supremo:
Art. 25.- (Constitución)
- Un Presidente.
- Un Auditor General.
- Siete Vocales Propietarios.
- Dos Vocales Suplentes.
- Un Fiscal Abogado.
- Un (a) Secretario (a) de Cámara.
9. Tribunal Supremo:
Art. 30.- (Organización)
- La Presidencia.
- La Sala de Casación y Única Instancia.
- La Sala de Apelaciones y Consulta.
10. Tribunal Permanente:
Art. 46.- (Constitución)
- Un Presidente.
- Un Auditor.
- Cuatro Vocales Propietarios.
- Dos Vocales Suplentes.
- Un Fiscal Militar.
- Un (a) Secretario (a) de Cámara.
11. Policía Militar:
Art. 79.- (Función de Policía Judicial)
La PM. además de sus atribuciones
específicas y previo requerimiento, tiene la
función de auxiliar a la Adm. de Justicia,
investigando los delitos e identificando a los
responsables para ponerlos a disposición de
ésta, incluyendo los informes
circunstanciados, pruebas, instrumentos,
efectos secuestrados, etc.
12. Policía Militar:
Art. 80.- (Otros organismos)
Cumplirán además funciones de
Policía Judicial, todos los organismos
de seguridad de los cuarteles y
establecimientos militares.
13. Policía Militar:
Art. 81.- (Casos Especiales)
En casos graves y cuando así lo
exijan las circunstancias, la PM.
podrá pedir la intervención de
personas u organismos especiales en
la investigación criminal.
14. Policía Militar:
Art. 82.- (Custodia de Locales
Penitenciarios)
Todos los establecimientos penales
militares o de simple detención,
estarán bajo la autoridad y custodia
de la Policía Militar.
16. C.P.M.
Art. 6.- (Tentativa)
El que mediante actos idóneos o
inequívocos, comenzare la ejecución
de un delito y no lo consumare por
causas ajenas a su voluntad, sufrirá la
sanción de 2/3 de la pena prevista
para el delito consumado.
17. C.P.M.
Causas de Justificación:
Art. 8.- No estará sujeto a
responsabilidad:
- Legítima Defensa.
- Estado de Necesidad.
- Cumplimiento de la Ley y el Deber.
18. C.P.M.
Culpabilidad
Art. 11.- (Dolo)
Existe delito doloso cuando el
resultado antijurídico ha sido querido,
previsto y ratificado por el agente, o
cuando es consecuencia directa de su
acción
19. C.P.M.
Art. 12.- (Culpa)
Existe delito culposo cuando el resultado
aunque haya sido previsto, no ha sido
querido por el agente y se produce por
imprudencia, negligencia o inobservancia
de las leyes, reglamentos, órdenes o
resoluciones militares.
20. C.P.M.
Art. 13.- (Inculpabilidad)
- Error de hecho.
- Violencia moral.
- Obediencia Jerárquica.
A.- Relación directa de dependencia.
B.- Orden = Relaciones habituales.
C.- Orden = No cumple con formalidades
reglamentarias.
D.- Orden = No Infringe a la CPE.
21. C.P.M.
Art. 14.- Son Inimputables en los sigtes.
casos:
- Enajenación Mental.
- Intoxicación Crónica.
22. C.P.M.
Las Penas (Clases)
Art. 22.- (Son penas corporales)
- Muerte.
- Prisión.
- Reclusión.
Art. 23.- (Penas privativas de Honores y Derechos)
- Degradación
- Expulsión absoluta de las FF.AA.
- Baja
- Suspensión temporal del mando
23. C.P.M.
Art. 23.- (Atenuantes)
- Mayor de 16 y menor de 21 años.
- Cometer el delito por amenaza o provocación.
- Reacción ante una ofensa grave en el acto.
- Haber sufrido castigos no autorizados.
- Sugestión, influencia o autoridad de un superior.
- Pasión que no se haya podido superar(Ej.amor).
- Arrepentimiento después del hecho.
- Conducta anterior honorable.
24. C.P.M.
Art. 23.- (Agravantes)
- Cometer contra un autoridad o superior.
- Premeditación, alevosía, crueldad, violencia.
- Cometer esperando recompensa.
- Aumentar el mal inflingido.
- Cometer aprovechando una calamidad o confusión.
- Abuso de autoridad o abuso de confianza.
- Cometer con la cooperación de otros.
- Cometer en actos del servicio.
25. C.P.M.
- Reincidencia.
- Ser instructor.
- Ejecutar de noche, en despoblado o violando un
domicilio.
- Realizar como medio para cometer otro delito.
- Simular o usurpar atribuciones de autoridad
competente o emplear engaños para consumar el
delito.
- Ejecutar con escalamiento, fractura o violencia en
las cosas.
26. C.P.M.(Delitos)
Art. 54.- (Traición)
El boliviano que tome armas contra
Bolivia o Estado aliado, se una a sus
enemigos o les preste servicios en
estado de guerra, será sancionado
con la Pena de Muerte.
27. C.P.M.(Delitos)
Art. 56.- (Espionaje)
El que con objeto de proporcionar al
enemigo procure, remita, comunique,
entregue o transmita informes o
documentos secretos de importancia
para la seguridad, sufrirá la pena de
30 años (Paz) o la de Pena de Muerte
(Guerra).
28. C.P.M.(Delitos)
Art. 62.- (Revelación de secretos y fuga
de PP.GG.)
Sufrirán pena de 1 a 10 años, aunque no
estén en complicidad ni lo hagan con fines
de espionaje:
- Los que revelen documentos secretos.
- Hagan revelaciones aún en forma casual.
- Abran correspondencia o documentos.
- Ayuden a PP.GG.
29. C.P.M.(Delitos)
Art. 64.- (Terrorismo)
El que en cualquier forma cometa
actos de violencia o amenace tratando
de amedrentar para disminuir la
moral, será sancionado con 2 a 5 años
de prisión en tiempo de paz o el doble
en tiempo de guerra.
30. C.P.M.(Delitos)
Art. 70.- (Rebelión)
El que realice insurrección en las
FF.AA. para perjudicar al gobierno,
será sancionado con 2 a 10 años de
prisión en tiempo de paz o el doble en
tiempo de guerra.Si el delito fuere
cometido en acuerdo con el enemigo
se aplicará la pena de muerte.
31. C.P.M.(Delitos)
Art. 74.- (Sedición)
El militar que públicamente se alzara
para dispersar tropas, destituir jefes,
abrir fuego, se oponga a disposiciones,
allane prisiones, cometa actos de
venganza, será sancionado con 2 a 10
años de prisión en tiempo de paz o el
doble en tiempo de guerra.
32. C.P.M.(Delitos)
Art. 76.- (Motín)
Los militares que con armas o sin ellas
(Mínimo 4), exigieran con gritos y amenazas
cambios de autoridad, se negaran a realizar
ejercicios, marchas o actos del servicio,
impidieran actos judiciales, den libertad a
presos, serán sancionados con 2 a 6 años
de reclusión en tiempo de paz o el doble en
tiempo de guerra.
33. C.P.M.(Delitos en la Aeronáutica y la
Marina)
Art. 104.- (Piratería)
El que usando intimidación o violencia
secuestre alguna nave de las FF.AA.,
obligando a desviar su ruta y
atracar/aterrizar en otro lugar, o a realizar
maniobras irregulares, sufrirán la pena de 5
a 10 años de prisión que será duplicado si
ocasiona daños a personas o bienes del
Estado.
34. C.P.M.(Delitos en la Aeronáutica y la
Marina)
Art. 105.- (Pánico y Desorden)
El militar, que en caso de peligro,
ocasionara pánico o desorden con gritos,
manifestaciones o con actitudes
inconvenientes, sufrirá la pena de 6 meses
de reclusión. La pena se duplicará si es
miembro de la tripulación y se triplicará si
es el Comandante de la misma.
35. C.P.M.(Delitos en la Aeronáutica y la
Marina)
Art. 106.- (Abandono)
El miembro de una tripulación de un
buque o aeronave, que en el
momento de un siniestro o después
de que éste se produjo, abandone o
se aleje sin autorización sufrirá la
pena de 1 a 5 años de prisión.
36. C.P.M.(Delitos en la Aeronáutica y la
Marina)
Art. 107.- (Violación de Normas)
El militar que viole disposiciones
comunes contra incendios, explosión,
colisión, inundación y otras destinadas
a la seguridad de barcos, naves,
puestos o instalaciones, sufrirán la
pena de 6 meses a 1 año de reclusión.
37. C.P.M.(Delitos en la Aeronáutica y
la Marina)
Art. 108.- (Transporte de Materias Peligrosas)
El militar que introduzca sin autorización en
una nave de las FF.AA. materias explosivas,
corrosivas o inflamables, será sancionado
con la pena de 6 meses de reclusión. Si
como consecuencia, resultaren daños
materiales al Estado, FF.AA. o particulares,
la sanción será de 2 a 5 años de prisión.
38. C.P.M.(Delitos en la Aeronáutica y la
Marina)
Art. 110.- (Inducción a Error)
Los militares encargados de navegación,
comunicaciones, meteorología o de
operaciones de buques o aeronaves y que
mediante acto, consejo, informe o de
cualquier otro modo, indujeran a error al
Comandante en perjuicio del servicio,
sufrirán la pena de 1 a 3 años de prisión.
39. C.P.M.(Delitos en la Aeronáutica y la
Marina)
Art. 111.- (Transporte Arbitrario)
El militar que embarque o permita
embarcar mercaderías o pasajeros en
buque, aeronave u otro vehículo de
las FF.AA. sin autorización
competente, será sancionado con 6
meses a 1 año de prisión.
40. C.P.M.(Delitos en la Aeronáutica y la
Marina)
Art. 113.- (Avería)
El militar que dolosamente produce avería
en un barco o aeronave de las FF.AA. sin
que resulte pérdida de los mismos, sufrirá la
pena de prisión por 3 a 6 años en tiempo de
paz y el doble en estado de guerra. Si la
avería resulta por culpa, la pena será de 1 a
3 años de reclusión.
41. C.P.M.(Delitos)
Art. 125.- (Abandono del Servicio en época de
paz)
El militar que dolosamente haga abandono
del servicio por 5 días o más continuos, será
considerado desertor y quedará sujeto a la
sanción de 4 años de prisión para OO.GG.;
3 años, si es OO.Sup.; 2 años, si es
OO.Sub.; y de 1 año, si se trata de Cdtes. o
AA. de formación profesional militar o de
Suboficiales o Clases.
42. C.P.M.(Delitos)
Art. 150.- (Usurpación de Funciones)
El que de usurpe atribuciones de autoridad
o las ejerza a nombre de ella, será
sancionado con prisión de 2 a 4 años.
Art. 153.- (Uso de uniformes o grados)
Los que sin derecho usen uniformes o
grados de las FF.AA. sufrirán la sanción de
reclusión de 6 meses, sin perjuicio de pena
mayor que les corresponda por otros delitos
que puedan cometer por su uso.
43. C.P.M.(Delitos)
Art. 159.- (Transporte de Estupefaciente)
El militar que usando un barco, aeronave o
vehículo de las FF.AA. o prevalido de su
condición militar, transporte drogas,
sustancias prohibidas, estupefacientes, será
condenado a prisión de 10 a 30 años sin
perjuicio de la baja definitiva. Constituirá
agravante si el autor es miembro de la
tripulación.
44. C.P.M.(Delitos)
Art. 160.- (Contrabando)
Sufrirá reclusión de 6 meses a 1 año, el
militar que en barcos, aeronaves, vehículos
de las FF.AA. o aprovechando su condición,
interne o lleve fuera del país, mercaderías
prohibidas o burle derechos arancelarios
con fines de comercio ilegal.
45. C.P.M.(Delitos)
Art. 176.- (Malversación de Fondos)
El Enc. de la Adm. de fondos militares que
diese a éstos, una aplicación distinta a la
que estuviesen destinados, sufrirá reclusión
de 6 meses a 2 años, según el monto,
siempre que su acción no hubiese
perjudicado al servicio; y el doble, si así
hubiese ocurrido. Si fue hecha para
beneficio de su autor, se convierte en
defraudación con pena de 4 a 10 años.
46. C.P.M.(Delitos)
Art. 186.- (Prevaricato)
Los jueces y tribunales militares que en
ejercicio de sus funciones, procedan contra
las leyes, por interés personal, soborno,
afecto o desafecto, en perjuicio del Estado,
FF.AA. o terceros, serán destituidos de sus
cargos y sancionados con la pena de 2 a 4
años de prisión.
47. C.P.M.(Delitos)
Art. 188.- (Soborno)
El militar que en ejercicio de sus funciones
judiciales u otras del servicio, recibiera
dádivas o aceptara promesas de bienes,
dinero o ayuda en provecho personal o
profesional para él o su familia,
directamente o no, con el fin de cometer
prevaricato, será sancionado con reclusión
de 6 meses a 2 años. El sobornador sufrirá
la misma pena.
48. C.P.M.(Delitos)
Art. 193.- (Intimidación)
Todo acto intimidatorio con arma o con
intención manifiesta a ofender de hecho a
un superior, será sancionado con la pena de
6 meses a 1 año de reclusión que será
aumentada en 1/3 si se produce en actos
del servicio o en presencia de otros
militares y se duplicará en estado de
guerra.
49. C.P.M.(Delitos)
Art. 195.- (Lesiones Leves)
Si como consecuencia del ataque, el
superior sufre lesiones con impedimento de
8 a 30 días, el autor será sancionado con 2
a 3 años de prisión, que será aumentada en
1/3 en caso de que el ataque se hubiese
producido en presencia de otros militares,
en actos del servicio o como consecuencia
de él; y el doble, en estado de guerra.
50. C.P.M.(Delitos)
Art. 196.- (Lesiones Graves)
El militar que ataque a un superior de
hecho y le cause lesiones graves con
impedimento de 30 a 180 días, será
sancionado con 3 a 5 años de prisión, que
se elevará de 5 a 10 años, en caso de que
la lesión ocasione impedimento mayor o la
pérdida de miembro u órgano principal. Las
sanciones establecidas se aumentarán en
1/3 si tiene los agravantes anteriores.
51. C.P.M.(Delitos)
Art. 197.- (Muerte)
Si como consecuencia directa de las
lesiones, se produce la muerte de la
víctima, se aplicarán las sanciones
establecidas por los Art. 205 ó 208 (Según
corresponda) del Código Penal Militar,
considerándose la indisciplina que importe
el hecho como agravante específica.
52. C.P.M.(Delitos)
Art. 201.- (Sanciones Ilegales)
El militar que imponga sanción que no
esté expresamente permitida por la
ley y los reglamentos militares, sufrirá
la pena de 1 a 3 años años de prisión.
53. C.P.M.(Delitos)
Art. 202.- (Maltratos a Inferiores)
Igual pena sufrirá el militar que maltrate o
ultraje de palabra u obra, a un inferior o un
agente de la autoridad o particular
arrestado, o permita u ordene que otros lo
hagan, salvo que fuese necesario como
medio para impedir o contener delitos
flagrantes.
54. C.P.M.(Delitos)
Art. 203.- (Lesiones)
Si como consecuencia de los delitos
anteriores, se produjeran lesiones que
impidan trabajar a tomar servicios a las
víctimas por un periodo no mayor a 30
días, los autores sufrirán la pena de 3 a 6
años de prisión. Si la lesión ocasiona un
impedimento mayor a la pérdida de un
miembro u órgano principal, será de 5 a 8
años.
55. C.P.M.(Delitos)
Art. 204.- (Muerte)
Si como consecuencia directa,
sobreviene el fallecimiento de la
víctima, el autor sufrirá la pena
establecida por los Arts. 205 ó 208
(Según corresponda) del Código Penal
Militar, considerándose el abuso de
autoridad como agravante específico.
56. C.P.M.(Delitos)
Art. 205.- (Homicidio)
El militar que estando en acto del servicio
o con ocasión de él, cometa homicidio,
sufrirá prisión de 1 a 10 años salvo causas
de justificación.
Art. 207.- (Homicidio Culposo)
El militar que por imprudencia, impericia o
negligencia, provoque la muerte de otro en
actos del servicio, sufrirá la reclusión de 6
meses a 3 años.
57. C.P.M.(Delitos)
Art. 208.- (Asesinato)
Si el homicidio se comete con
premeditación, alevosía, crueldad o
para facilitar, consumar o asegurar
otro delito, la pena será: de muerte.
58. C.P.M.(Delitos)
Art. 212.- (Difamación)
El militar que pública, tendenciosa y
repetitivamente, divulgue un hecho, calidad
o conducta, capaz de afectar la reputación
de otro militar u organismo castrense,
sufrirá reclusión de 6 meses a 1 año.
Art. 213.- (Calumnia)
El militar que impute a otro falsamente la
comisión de un delito, será sancionado con
reclusión de 1 a 2 años.
59. C.P.M.(Delitos)
Art. 221.- (Robo)
Toda persona que con fuerza en las
cosas o violencia e intimidación en las
personas, se apodere de bienes
muebles o valores de las FF.AA., se le
impondrá la sanción de 1 a 6 años de
prisión en tiempo de paz y el doble en
estado de guerra.
60. C.P.M.(Delitos)
Art. 222.- (Hurto)
Si en comisión del delito de
apropiación de bienes no medió
fuerzas, intimidación ni violencia en
las personas o en las cosas, la pena
será reducida en una mitad, vale
decir, de 6 meses a 3 años.
61. C.P.M.(Delitos)
Art. 224.- (Abigeato)
Será sancionado con 2 a 10 años de
prisión, el que:
- Robe, hurte o se apodere de ganado
perteneciente a las FF.AA. empleándolo
para su beneficio.
- Señale ganado con marcas distintas.
- Contramarque, borre o modifique las
señales del ganado de las FF.AA.
62. C.P.M.(Delitos)
Art. 225.- (Extorsión)
El militar que mediante intimidación o
amenaza grave, obligue a un inferior
o persona particular, para que tolere,
haga o deje de hacer algo, o le
entregue valores en beneficio propio o
de terceros, será sancionado con
reclusión de 1 a 3 años.
63. C.P.M.(Delitos)
Art. 225.- (Estafa)
El militar que por medio de artificios o
engaños, sonsaque bienes o valores
de las FF.AA., sufrirá la pena de 6
meses a 4 años de prisión.
65. C.P.P.M.
Principios Generales:
Art. 1.- (No hay condena sin previo
proceso).
Art. 2.- (Nulidad de Sanciones por
infracción de procedimientos).
Art. 3.- (Tribunales Judiciales
Preexistentes).
Art. 4.- (Presunción de Inocencia).
66. C.P.P.M.
Art. 5.- (Derecho de Defensa).
Art. 6.- (No hay sanción sin
culpabilidad).
Art. 7.- (Beneficios Sociales
Inembargables).
Art. 8.- (Sanción fundada en la ley
preexistente).
67. C.P.P.M.
Querella.-
Acción penal que ejercita la persona
damnificada contra el autor de un delito,
para obtener condena del culpable y la
reparación de los daños. Pendencia, riña.
Art. 11.- (Querella)
Los perjudicados por una infracción dentro
del ámbito militar, pueden presentar
querella ante la autoridad militar
competente e incluso constituirse en parte
civil.
69. C.P.P.M.
Art. 26.- (Citación)
Es el acto por el cual, se pone en
conocimiento de las partes o terceros, una
determinación del tribunal, para que en
tiempo oportuno realicen una actuación
procesal bajo apercibimiento.
Art. 27.- (Notificación)
Es el acto por el cual, se hace saber alas
partes o a terceros las providencias
judiciales para que éstas surtan efecto con
relación a la persona notificada.
70. C.P.P.M.
Art. 28.- (Emplazamiento)
Es el acto por el cual se llama a las
partes o a terceros con señalamiento
de día y hora determinadas para
practicar una diligencia judicial o un
acto procesal bajo conminatoria de
ley.
72. Art. 34.- (Edictos)
Los edictos serán publicados en los órganos
de prensa de la localidad. A falta, se pondrá
en sitio visible.
Art. 35.- (Exhorto u Orden Instruida)
Para las diligencias que deban practicarse
fuera de la jurisdicción, se dará comisión a
la autoridad militar correspondiente
empleando la forma de Exhorto u Orden
Instruida.
77. C.P.P.M. (Indagatoria)
Art. 89.- (Declaración sin Juramento)
La indagatoria se recibirá a los sindicados
sin juramento, con el objeto de que
expliquen su conducta con relación a los
hechos imputados.
Art. 91.- (Interrogatorio)
Puntos Básicos: generales de ley, unidad(Si
es militar), conocimiento de autores, de la
víctima, sus propias circunstancias,
instrumentos del delito, procesos anteriores.
78. C.P.P.M. (Arresto y Detención)
Art. 99.- (Arresto)
Toda persona de quien se sospeche sea
autora o cómplice (Delito Militar) puede ser
arrestada mientras se practiquen las
primeras diligencias.
Art. 101.- (Detención Preventiva)
El arresto se convertirá en Detención
Preventiva, si luego de la declaración
indagatoria existieran suficientes indicios de
culpabilidad.
80. C.P.P.M. (Proceso - Testigos)
Tachas
Enemistad Comprobada
Amistad Intima
Haber tenido juicio anterior
Interés personal
81. C.P.P.M. (Proceso - Testigos)
Impedidos
Menores
de 18 años
Perjuros
Padres/Hijos
Adoptivos
Ascendientes
Descendientes
Padres/Hijos
Políticos
Tutores y
Pupilos
Locos/Ebrios
Cónyuge y
Parientes
82. C.P.P.M. (Diligencias Previas)
Art. 139.- (Confesoria)
El vocal relator ordenará el comparendo del
o los encausados para recibir declaración
confesoria, a la que deben concurrir el fiscal
y el abogado defensor. Deberá contener:
- Generales de ley.
- Conocimiento del delito que se imputa.
- Participación propia y de otras personas.
- Relación de todo lo que sabe.
- Respuesta a cualquier posible pregunta.
83. C.P.P.M. (Vista de la Causa)
Art. 141.- (Señalamiento del día y hora)
Art. 142.- (Asistencia)
Art. 143.- (Ubicación)
Art. 144.- (Notificación)
Art. 145.- (Notificación Cedularia)
Art. 146.- (Procesado Detenido)
Art. 147.- (Debates Públicos)
84. C.P.P.M. (Vista de la Causa)
Art. 148.- (Apertura de Debates)
Art. 149.- (Inasistencia del Procesado)
Art. 150.- (Inasistencia del Defensor)
Art. 151.- (Defensor de Oficio)
Art. 152.- (Comportamiento del Defensor)
Art. 153.- (Comportamiento del Público)
Art. 154.- (Medios de Prueba)
85. C.P.P.M. (Vista de la Causa)
Art. 155.- (Impugnación de Validez)
Art. 156.- (Intervención Fiscal)
Art. 157.- (Intervención del Defensor)
Art. 158.- (Nueva Declaración)
Art. 159.- (Clausura de la Audiencia)
86. C.P.P.M. (Requerimiento en
Conclusiones y Alegato)
Art. 160.- (Francatura del Expediente)
Art. 161.- (Varios Defensores)
Art. 163.- (Exposición Oral)
Art. 164.- (Advertencia del Presidente)
Art. 165.- (Exposición del Procesado)
Art. 166.- (Clausura de la Vista de la
Causa)
87. C.P.P.M. (Deliberación para la
Sentencia)
Art. 167.- (Proyecto de Sentencia)
Art. 169.- (Término) = 10 Días
Art. 171.- (Aprobación y redacción)
Art. 172.- (Día y Hora para la Lectura)
91. C.P.P.M. (Recursos - Apelación)
Art. 200.- (Fundamentación)
En la Vista de la Causa, el fiscal y las partes
ampliarán los fundamentos de apelación
haciendo uso de la palabra por una sola vez
y prestando un resumen escrito. Luego, la
Sala de Apelaciones ingresará a sesión
reservada.
Art. 201.- (Proyecto) = 48 Hrs.
Art. 202.- (Resolución) = 24 Hrs.
Art. 203.- (Término para recurrir de nulidad)
= 5 Días.
92. C.P.P.M. (Recursos - Nulidad)
Causales
Falta de Defensor
Falta de Intérprete
Falta de Decl. de Rebeldía
Falta de Lec. Sentencia Publ.
Falta de Firmas
Falta de Notificación
Falta de Jurisdicción
93. C.P.P.M. (Recursos - Casación)
Causales
de
Casación
Violación
de Ley
Interpretación
errónea de
la sentencia
Aplicación
Indebida de
sanciones
94. C.P.P.M. (Recursos - Casación)
Casación = Anulación de Sent.Definitivas
Formas de
Resolución
De Improcedencia
Declarando Infundado
De Casación
De Anulación
95. C.P.P.M. (Recursos - Revisión)
La sentencia
es
revisable
Homicidio Inexistente
Documentos Falsos
Nuevas pruebas
irrefutables