Los aportes al SGSSS en contratos de suministros de bienes y compraventa, dependerán de los ingresos percibidos por el afiliado se debe aplicar lo establecido en el Decreto 3085 de 2007.
El documento describe el marco legal de la seguridad social en Colombia establecido por la Ley 100 de 1993. Incluye los tres sistemas que la componen: el Sistema General de Salud, el Sistema General de Pensiones y el Sistema General de Riesgos Profesionales. Explica los regímenes contributivo y subsidiado de cada sistema, así como los derechos y obligaciones de los trabajadores bajo este marco legal.
El documento resume los aspectos generales de la seguridad social integral en Colombia. Explica que la seguridad social integral se compone de tres sistemas: pensiones, salud y riesgos laborales. También describe los principios, objetivos y regímenes de la seguridad social, así como las obligaciones de los empleadores para realizar los aportes mensuales al sistema a través de una planilla integrada de liquidación.
El documento resume los principales aspectos del sistema de pensiones en Colombia establecido por la Ley 100 de 1993. Describe que el sistema está compuesto por dos regímenes: el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad. También explica los requisitos para acceder a la pensión de vejez en cada uno de los regímenes y establece que el estado garantiza el pago de una pensión mínima.
Este documento resume los antecedentes y el marco normativo de la salud en Colombia. Explica que la Constitución de 1991 y la Ley 100 de 1993 establecieron el derecho fundamental a la salud y crearon el Sistema General de Seguridad Social en Salud. El sistema se basa en principios como la universalidad, solidaridad e integralidad para garantizar el acceso a los servicios de salud a toda la población a través de los regímenes contributivo y subsidiado.
El documento describe el Sistema General de Seguridad Social en Salud creado por la Ley 100 de 1993 en Colombia. Establece que todo colombiano debe estar afiliado al sistema a través de los regímenes contributivo o subsidiado para recibir el Plan Obligatorio de Salud. Describe los derechos y deberes de los afiliados, empleadores e integrantes del sistema, el cual incluye entidades promotoras de salud, instituciones prestadoras y el Fondo de Solidaridad.
La Ley 100 de 1993 reúne entidades, normas y procedimientos para garantizar el acceso a servicios de salud y bienestar social con el fin de garantizar una vida digna. La ley crea el Sistema General de Seguridad Social en Salud, que incluye entidades promotoras de salud y prestadoras de servicios de salud, así como sistemas de pensiones y riesgos laborales. Se propone una reforma para mejorar la negociación de precios de medicamentos y reducir los costos.
Este documento presenta los principios y objetivos generales del Sistema de Seguridad Social Integral de Colombia establecido en la Ley 100 de 1993. Describe los diferentes regímenes de pensiones, salud, riesgos profesionales y servicios sociales complementarios que lo componen, así como los organismos, contribuciones y beneficios asociados a cada uno.
El documento explica los aspectos fundamentales del régimen contributivo de salud en Colombia. Indica que los empleados, trabajadores independientes y pensionados deben estar afiliados. Describe cómo se afilian las diferentes poblaciones y cómo se demuestra la afiliación. Además, cubre temas como los servicios incluidos en el Plan Obligatorio de Salud, los derechos de los afiliados y cómo se cotiza el régimen.
El documento describe el marco legal de la seguridad social en Colombia establecido por la Ley 100 de 1993. Incluye los tres sistemas que la componen: el Sistema General de Salud, el Sistema General de Pensiones y el Sistema General de Riesgos Profesionales. Explica los regímenes contributivo y subsidiado de cada sistema, así como los derechos y obligaciones de los trabajadores bajo este marco legal.
El documento resume los aspectos generales de la seguridad social integral en Colombia. Explica que la seguridad social integral se compone de tres sistemas: pensiones, salud y riesgos laborales. También describe los principios, objetivos y regímenes de la seguridad social, así como las obligaciones de los empleadores para realizar los aportes mensuales al sistema a través de una planilla integrada de liquidación.
El documento resume los principales aspectos del sistema de pensiones en Colombia establecido por la Ley 100 de 1993. Describe que el sistema está compuesto por dos regímenes: el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad. También explica los requisitos para acceder a la pensión de vejez en cada uno de los regímenes y establece que el estado garantiza el pago de una pensión mínima.
Este documento resume los antecedentes y el marco normativo de la salud en Colombia. Explica que la Constitución de 1991 y la Ley 100 de 1993 establecieron el derecho fundamental a la salud y crearon el Sistema General de Seguridad Social en Salud. El sistema se basa en principios como la universalidad, solidaridad e integralidad para garantizar el acceso a los servicios de salud a toda la población a través de los regímenes contributivo y subsidiado.
El documento describe el Sistema General de Seguridad Social en Salud creado por la Ley 100 de 1993 en Colombia. Establece que todo colombiano debe estar afiliado al sistema a través de los regímenes contributivo o subsidiado para recibir el Plan Obligatorio de Salud. Describe los derechos y deberes de los afiliados, empleadores e integrantes del sistema, el cual incluye entidades promotoras de salud, instituciones prestadoras y el Fondo de Solidaridad.
La Ley 100 de 1993 reúne entidades, normas y procedimientos para garantizar el acceso a servicios de salud y bienestar social con el fin de garantizar una vida digna. La ley crea el Sistema General de Seguridad Social en Salud, que incluye entidades promotoras de salud y prestadoras de servicios de salud, así como sistemas de pensiones y riesgos laborales. Se propone una reforma para mejorar la negociación de precios de medicamentos y reducir los costos.
Este documento presenta los principios y objetivos generales del Sistema de Seguridad Social Integral de Colombia establecido en la Ley 100 de 1993. Describe los diferentes regímenes de pensiones, salud, riesgos profesionales y servicios sociales complementarios que lo componen, así como los organismos, contribuciones y beneficios asociados a cada uno.
El documento explica los aspectos fundamentales del régimen contributivo de salud en Colombia. Indica que los empleados, trabajadores independientes y pensionados deben estar afiliados. Describe cómo se afilian las diferentes poblaciones y cómo se demuestra la afiliación. Además, cubre temas como los servicios incluidos en el Plan Obligatorio de Salud, los derechos de los afiliados y cómo se cotiza el régimen.
El documento describe los principios y objetivos del sistema de seguridad social de un país, incluyendo la eficiencia, universalidad, solidaridad e integralidad. Establece que el sistema consiste en regímenes de pensiones, salud, riesgos laborales y servicios sociales complementarios. Además, garantiza la cobertura de contingencias económicas, de salud y la prestación de servicios sociales.
Formas de contratación en el sistema de saludcalucy11
Este documento describe la evolución de la contratación laboral en Colombia y el sistema de salud implementado mediante la Ley 100 de 1993. Explica que actualmente la relación entre las Entidades Promotoras de Salud y las Instituciones Prestadoras de Servicios se da a través de contratos, los cuales pueden ser por capitación, pago por evento o paquetes integrales de atención. Asimismo, detalla los roles de las EPS, IPS y mecanismos de pago dentro del sistema de seguridad social en salud colombiano.
Las cesantías corresponden a un mes de salario por cada año trabajado que se liquida anualmente o al terminar el contrato. Los intereses sobre cesantías son el 12% de las cesantías acumuladas que se debe pagar antes del 31 de enero. Si no se consignan oportunamente las cesantías, el empleador debe pagar un día de salario por cada día de retraso.
Este decreto establece la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales en Colombia. El sistema busca prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y accidentes laborales. Todas las empresas deben afiliarse al sistema y cubrir a sus empleados. El sistema ofrece prestaciones asistenciales y económicas a los trabajadores que sufran accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
El documento describe la evolución de las leyes de higiene y seguridad laboral en Venezuela desde 1909 hasta 1968. También justifica la importancia de implementar programas de higiene y seguridad en los centros de trabajo para prevenir riesgos laborales y reducir costos. Finalmente, presenta el objetivo general e específicos de implementar una jornada informativa sobre higiene y seguridad laboral dirigida a los empleados de la Alcaldía del Municipio Maneiro.
El documento habla sobre el sistema de seguridad social en Colombia y los requisitos para diferentes tipos de pensiones según la Ley 100 de 1993. Explica que la ley creó un sistema integral de seguridad social y reformó el sistema pensional. Detalla los requisitos para pensiones de vejez, invalidez, sobrevivientes y traslados entre regímenes.
Marco legal en seguridad y salud en el trabajo - CICAT-SALUDCICAT SALUD
El reglamento establece los principios de responsabilidad del empleador por accidentes laborales y de primacía de la realidad sobre los documentos. Abarca a todos los sectores económicos y trabajadores. Requiere la participación de los trabajadores en comités de seguridad y salud. Obliga a los empleadores a garantizar el funcionamiento de estos comités y a indemnizar daños a la salud de los trabajadores. También establece obligaciones para los trabajadores de cumplir normas de seguridad y reportar incidentes.
El documento presenta un resumen de varios artículos de la Ley 100 de 1993 en Colombia que establece el Sistema General de Seguridad Social en Salud. El sistema tiene como objetivos regular el servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso para toda la población. Los artículos describen los principales integrantes, características y funciones del sistema, incluyendo la dirección, administración, financiamiento y afiliados al mismo.
La Ley 100 de 1993 establece el Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia. El sistema tiene como objetivos regular el servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso a la atención médica para toda la población. La ley define los principios de equidad, obligatoriedad, protección integral, libre escogencia, autonomía institucional y otros que rigen el sistema. También establece la estructura del sistema, que incluye entidades de dirección, administración, financiación y prestación de servicios.
Este documento resume el Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia. Explica que el objetivo del sistema es garantizar el acceso a la salud para toda la población colombiana mediante la protección de contingencias que afecten la salud. Describe los principios de universalidad, solidaridad e integralidad que rigen al sistema, así como sus entidades promotoras, prestadoras y mecanismos de financiamiento y control.
El documento describe la historia y organización del sistema de salud en Chile. Se creó el Ministerio de Salud en 1924 y el Servicio Nacional de Salud en 1952 para administrar los hospitales. En 1979 se creó el Fondo Nacional de Salud (FONASA) y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Actualmente el sistema está organizado en dos subsistemas, el público FONASA y el privado ISAPRE, con desafíos como la equidad, cobertura y calidad de la atención.
El documento describe la estructura de la seguridad social en Venezuela. Explica que el sistema está compuesto por varias instituciones gubernamentales que cumplen roles específicos como la Superintendencia de Seguridad Social, el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat, y el Instituto Nacional de Pensiones. El objetivo es orientar a los participantes para que analicen críticamente la teoría y práctica de la seguridad social venezolana a través de la observación e investigación.
El documento describe la evolución del sistema de seguridad social en España desde sus orígenes a principios del siglo XX hasta la actualidad. Se explican las distintas etapas por las que ha pasado, desde la definición inicial de prestaciones e instituciones, la configuración normativa en la década de 1960 y la consolidación del sistema. También se destacan hitos como la Ley de Bases de 1963 que unificó los seguros sociales y la Constitución de 1978 que consagró el derecho a la seguridad social.
Este decreto establece el sistema general de riesgos profesionales en Colombia, el cual tiene como objetivo prevenir accidentes laborales y enfermedades, reconocer prestaciones a trabajadores por incapacidad temporal o permanente, y pagar pensiones de invalidez y sobrevivientes. Se aplica a todas las empresas públicas y privadas en el país. Las entidades administradoras del sistema son responsables de afiliar trabajadores y proveerles asistencia médica, quirúrgica, medicamentos, rehabilitación física y económica, así como subsidios
Estructura y organizacion del sistema general de seguridad social integralLAURA LEONOR ARIAS GOMEZ
El documento describe la estructura y organización del Sistema General de Seguridad Social Integral de Colombia, el cual está conformado por cuatro subsistemas: el Sistema General de Riesgos Profesionales, el Sistema General de Seguridad Social en Salud, el Sistema General de Pensiones, y los Servicios Sociales Complementarios. Cada subsistema brinda cobertura en áreas específicas como riesgos laborales, salud, pensiones y apoyo a ancianos indigentes respectivamente. El documento también analiza aspectos como los regímenes contributivo
El documento resume la Ley 100 de 1993 en Colombia, la cual creó el sistema de seguridad social integral. El sistema busca proporcionar beneficios de manera adecuada, oportuna y suficiente para todos los ciudadanos sin discriminación a través de la solidaridad y la contribución según la capacidad de cada uno. El sistema también ofrece cobertura integral para la salud, pensiones, riesgos catastróficos y más.
R E G L A M E N T O I N T E R N O D E T R A B A J O250k
Este documento presenta el Reglamento Interno de Trabajo de una empresa. Establece normas sobre el sometimiento de la empresa y trabajadores al reglamento, condiciones de admisión, contratos de aprendizaje, períodos de prueba, horarios de trabajo, horas extras y días de descanso obligatorio. El reglamento contiene 14 capítulos con diversas disposiciones sobre estos temas con el fin de regular las relaciones laborales en la empresa.
Este documento resume la Ley 100 de 1993 que estableció el Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia. Explica que creó dos regímenes pensionales obligatorios (Régimen de Prima Media y Régimen de Ahorro Individual) y un sistema de salud. Detalla los objetivos de garantizar cobertura pensional, salud y servicios sociales a los trabajadores. También cubre temas como afiliados obligatorios, incompatibilidad de regímenes y obligatoriedad de cotizaciones.
El documento resume la Ley 100 de 1993 en Colombia, la cual estableció el Sistema de Seguridad Social Integral. Incluye los objetivos de la ley, la creación del sistema de pensiones y salud, y los principios como la universalidad, solidaridad e integralidad. También describe los regímenes de pensiones creados, las características del sistema de pensiones y salud, y los deberes de afiliados y empleadores para realizar cotizaciones obligatorias.
Este contrato establece un acuerdo de suministro determinado entre dos empresas durante 12 meses. La empresa xxxxxx se compromete a suministrar mensualmente 2300 placas de diferentes medidas a xxxxxxxxx a un precio fijo. El contrato detalla los términos de pago, entrega, penalidades y resolución de disputas a través de arbitraje.
El documento define el contrato de suministro como aquel en el que una parte se obliga a proveer periódica o continuamente cosas o servicios a cambio de una contraprestación. Establece reglas para determinar la cantidad a suministrar cuando no se haya especificado, así como para fijar el precio cuando las partes no lo hayan acordado. También regula aspectos como el pago, plazos de entrega, consecuencias de incumplimiento y duración.
El documento describe los principios y objetivos del sistema de seguridad social de un país, incluyendo la eficiencia, universalidad, solidaridad e integralidad. Establece que el sistema consiste en regímenes de pensiones, salud, riesgos laborales y servicios sociales complementarios. Además, garantiza la cobertura de contingencias económicas, de salud y la prestación de servicios sociales.
Formas de contratación en el sistema de saludcalucy11
Este documento describe la evolución de la contratación laboral en Colombia y el sistema de salud implementado mediante la Ley 100 de 1993. Explica que actualmente la relación entre las Entidades Promotoras de Salud y las Instituciones Prestadoras de Servicios se da a través de contratos, los cuales pueden ser por capitación, pago por evento o paquetes integrales de atención. Asimismo, detalla los roles de las EPS, IPS y mecanismos de pago dentro del sistema de seguridad social en salud colombiano.
Las cesantías corresponden a un mes de salario por cada año trabajado que se liquida anualmente o al terminar el contrato. Los intereses sobre cesantías son el 12% de las cesantías acumuladas que se debe pagar antes del 31 de enero. Si no se consignan oportunamente las cesantías, el empleador debe pagar un día de salario por cada día de retraso.
Este decreto establece la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales en Colombia. El sistema busca prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y accidentes laborales. Todas las empresas deben afiliarse al sistema y cubrir a sus empleados. El sistema ofrece prestaciones asistenciales y económicas a los trabajadores que sufran accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
El documento describe la evolución de las leyes de higiene y seguridad laboral en Venezuela desde 1909 hasta 1968. También justifica la importancia de implementar programas de higiene y seguridad en los centros de trabajo para prevenir riesgos laborales y reducir costos. Finalmente, presenta el objetivo general e específicos de implementar una jornada informativa sobre higiene y seguridad laboral dirigida a los empleados de la Alcaldía del Municipio Maneiro.
El documento habla sobre el sistema de seguridad social en Colombia y los requisitos para diferentes tipos de pensiones según la Ley 100 de 1993. Explica que la ley creó un sistema integral de seguridad social y reformó el sistema pensional. Detalla los requisitos para pensiones de vejez, invalidez, sobrevivientes y traslados entre regímenes.
Marco legal en seguridad y salud en el trabajo - CICAT-SALUDCICAT SALUD
El reglamento establece los principios de responsabilidad del empleador por accidentes laborales y de primacía de la realidad sobre los documentos. Abarca a todos los sectores económicos y trabajadores. Requiere la participación de los trabajadores en comités de seguridad y salud. Obliga a los empleadores a garantizar el funcionamiento de estos comités y a indemnizar daños a la salud de los trabajadores. También establece obligaciones para los trabajadores de cumplir normas de seguridad y reportar incidentes.
El documento presenta un resumen de varios artículos de la Ley 100 de 1993 en Colombia que establece el Sistema General de Seguridad Social en Salud. El sistema tiene como objetivos regular el servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso para toda la población. Los artículos describen los principales integrantes, características y funciones del sistema, incluyendo la dirección, administración, financiamiento y afiliados al mismo.
La Ley 100 de 1993 establece el Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia. El sistema tiene como objetivos regular el servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso a la atención médica para toda la población. La ley define los principios de equidad, obligatoriedad, protección integral, libre escogencia, autonomía institucional y otros que rigen el sistema. También establece la estructura del sistema, que incluye entidades de dirección, administración, financiación y prestación de servicios.
Este documento resume el Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia. Explica que el objetivo del sistema es garantizar el acceso a la salud para toda la población colombiana mediante la protección de contingencias que afecten la salud. Describe los principios de universalidad, solidaridad e integralidad que rigen al sistema, así como sus entidades promotoras, prestadoras y mecanismos de financiamiento y control.
El documento describe la historia y organización del sistema de salud en Chile. Se creó el Ministerio de Salud en 1924 y el Servicio Nacional de Salud en 1952 para administrar los hospitales. En 1979 se creó el Fondo Nacional de Salud (FONASA) y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Actualmente el sistema está organizado en dos subsistemas, el público FONASA y el privado ISAPRE, con desafíos como la equidad, cobertura y calidad de la atención.
El documento describe la estructura de la seguridad social en Venezuela. Explica que el sistema está compuesto por varias instituciones gubernamentales que cumplen roles específicos como la Superintendencia de Seguridad Social, el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat, y el Instituto Nacional de Pensiones. El objetivo es orientar a los participantes para que analicen críticamente la teoría y práctica de la seguridad social venezolana a través de la observación e investigación.
El documento describe la evolución del sistema de seguridad social en España desde sus orígenes a principios del siglo XX hasta la actualidad. Se explican las distintas etapas por las que ha pasado, desde la definición inicial de prestaciones e instituciones, la configuración normativa en la década de 1960 y la consolidación del sistema. También se destacan hitos como la Ley de Bases de 1963 que unificó los seguros sociales y la Constitución de 1978 que consagró el derecho a la seguridad social.
Este decreto establece el sistema general de riesgos profesionales en Colombia, el cual tiene como objetivo prevenir accidentes laborales y enfermedades, reconocer prestaciones a trabajadores por incapacidad temporal o permanente, y pagar pensiones de invalidez y sobrevivientes. Se aplica a todas las empresas públicas y privadas en el país. Las entidades administradoras del sistema son responsables de afiliar trabajadores y proveerles asistencia médica, quirúrgica, medicamentos, rehabilitación física y económica, así como subsidios
Estructura y organizacion del sistema general de seguridad social integralLAURA LEONOR ARIAS GOMEZ
El documento describe la estructura y organización del Sistema General de Seguridad Social Integral de Colombia, el cual está conformado por cuatro subsistemas: el Sistema General de Riesgos Profesionales, el Sistema General de Seguridad Social en Salud, el Sistema General de Pensiones, y los Servicios Sociales Complementarios. Cada subsistema brinda cobertura en áreas específicas como riesgos laborales, salud, pensiones y apoyo a ancianos indigentes respectivamente. El documento también analiza aspectos como los regímenes contributivo
El documento resume la Ley 100 de 1993 en Colombia, la cual creó el sistema de seguridad social integral. El sistema busca proporcionar beneficios de manera adecuada, oportuna y suficiente para todos los ciudadanos sin discriminación a través de la solidaridad y la contribución según la capacidad de cada uno. El sistema también ofrece cobertura integral para la salud, pensiones, riesgos catastróficos y más.
R E G L A M E N T O I N T E R N O D E T R A B A J O250k
Este documento presenta el Reglamento Interno de Trabajo de una empresa. Establece normas sobre el sometimiento de la empresa y trabajadores al reglamento, condiciones de admisión, contratos de aprendizaje, períodos de prueba, horarios de trabajo, horas extras y días de descanso obligatorio. El reglamento contiene 14 capítulos con diversas disposiciones sobre estos temas con el fin de regular las relaciones laborales en la empresa.
Este documento resume la Ley 100 de 1993 que estableció el Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia. Explica que creó dos regímenes pensionales obligatorios (Régimen de Prima Media y Régimen de Ahorro Individual) y un sistema de salud. Detalla los objetivos de garantizar cobertura pensional, salud y servicios sociales a los trabajadores. También cubre temas como afiliados obligatorios, incompatibilidad de regímenes y obligatoriedad de cotizaciones.
El documento resume la Ley 100 de 1993 en Colombia, la cual estableció el Sistema de Seguridad Social Integral. Incluye los objetivos de la ley, la creación del sistema de pensiones y salud, y los principios como la universalidad, solidaridad e integralidad. También describe los regímenes de pensiones creados, las características del sistema de pensiones y salud, y los deberes de afiliados y empleadores para realizar cotizaciones obligatorias.
Este contrato establece un acuerdo de suministro determinado entre dos empresas durante 12 meses. La empresa xxxxxx se compromete a suministrar mensualmente 2300 placas de diferentes medidas a xxxxxxxxx a un precio fijo. El contrato detalla los términos de pago, entrega, penalidades y resolución de disputas a través de arbitraje.
El documento define el contrato de suministro como aquel en el que una parte se obliga a proveer periódica o continuamente cosas o servicios a cambio de una contraprestación. Establece reglas para determinar la cantidad a suministrar cuando no se haya especificado, así como para fijar el precio cuando las partes no lo hayan acordado. También regula aspectos como el pago, plazos de entrega, consecuencias de incumplimiento y duración.
El documento describe el contrato de suministro, donde una parte se compromete a proveer bienes o servicios a la otra parte de forma periódica o continua a cambio de pago. Se caracteriza por ser bilateral, estar regulado por el código de comercio, y ser consensual y oneroso. Proporciona ventajas como satisfacer necesidades de forma rápida y evitar contratos distintos cada vez, asegurando la provisión de necesidades para las partes.
Este contrato establece un acuerdo de suministro de materia prima (anchoveta) entre un armador pesquero y un establecimiento de procesamiento pesquero. El armador se compromete a entregar la producción de su embarcación al establecimiento de acuerdo con los pedidos realizados. El contrato tiene una vigencia de 12 meses y puede renovarse. El armador debe entregar la anchoveta en cubetas con hielo y manteniendo la cadena de frío. El precio se determinará diariamente de común acuerdo.
El documento resume la normativa aplicable a los procesos de compras y contrataciones del sector público en la Argentina a nivel nacional, provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Describe los decretos, leyes y resoluciones que regulan aspectos como los procedimientos de selección, publicidad, programación, requisitos de los pedidos, pliegos de bases y condiciones, entre otros. También menciona los principios de igualdad, legalidad, razonabilidad y transparencia que deben guiar las contrataciones públicas.
Licitación contrato de suministro eléctrico de las instalaciones y dependenci...Ayuntamiento De Cazorla
El Ayuntamiento de Cazorla está licitando un contrato de suministro eléctrico para sus instalaciones y dependencias municipales. El contrato tendrá una duración inicial de un año y podrá prorrogarse anualmente hasta un máximo de cuatro años. El valor estimado del contrato es de 147.000 euros. Las ofertas deben presentarse en el plazo de 15 días desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén.
Codigo civil del estdo libre y soberano de Guerrero.EdwinLoar
Este documento presenta el Código Civil del estado de Guerrero, México. Contiene disposiciones sobre personas, familia, bienes, derechos reales, sucesiones y obligaciones. Se divide en cinco libros que cubren estos temas legales fundamentales. El Código establece las leyes que rigen las relaciones civiles entre los ciudadanos de Guerrero.
1. El documento describe las obligaciones laborales generales de las empresas en Perú según la ley, incluyendo la autorización de funcionamiento del centro de trabajo, la inscripción en el registro nacional de centros de trabajo y la autorización para empresas especiales de servicios temporales o complementarios.
2. También cubre el registro obligatorio del trabajo a domicilio y los derechos de los trabajadores a domicilio como la gratificación y las vacaciones.
3. Finalmente, analiza aspectos críticos del capítulo laboral del TLC entre Perú y Estados Un
Este documento es un contrato de compra-venta entre Milena Sarmiento Pimentel y la pareja Aparicio Pareja Bedia y Yolanda Paniora Huamán. La vendedora está transfiriendo varios artículos de oficina como computadoras, monitores, mesas, sillas y equipos de copiado a los compradores. El precio acordado es de 13,000 nuevos soles, que será pagado en dos partes. La primera mitad se pagará al momento de la entrega y la segunda mitad se pagará el 30 de abril de 2014
El documento describe los sistemas de preferencia en la comparación de precios y adjudicación de contratos en el ámbito nacional, provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Establece preferencias para productos y servicios nacionales y locales en las licitaciones públicas. Detalla los requisitos y procedimientos para la presentación, evaluación y adjudicación de ofertas en los procesos de compras gubernamentales.
Este documento es un contrato de compraventa de un bien inmueble ubicado en Moquegua. La vendedora transfiere la propiedad del lote 32 de la Asociación de Vivienda Pro Ciudad Magisterial al comprador por un precio de S/. 13,000. El comprador paga el precio total y al contado en la fecha de firma del contrato. Ambas partes acuerdan someterse a la jurisdicción de los tribunales de Moquegua para cualquier controversia relacionada con el contrato.
01694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos regis...juan rodriguez
01694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer001694084 existencia y reperesentacion legal o inscripcion de documentos registro mer0
Definición de los requisitos técnicos y administrativos para la contratación ...Teckelino
El documento presenta los requisitos técnicos y administrativos para contratar suministros energéticos como electricidad y gas LP. Define conceptos clave como instalación eléctrica, tensión nominal y proveedores de energía. Describe el procedimiento para solicitar la verificación de instalaciones eléctricas incluyendo la entrega de planos, revisión por parte de una unidad de verificación autorizada y subsanación de incumplimientos encontrados. Incluye diagramas y figuras de acometidas eléctricas para diferentes niveles de tens
Este documento establece los términos y condiciones del servicio de pago a proveedores en modalidad de factoring electrónico entre un banco y un proveedor. El banco acuerda adelantar el pago de las facturas que el proveedor ha emitido a sus clientes, descontando los intereses correspondientes. El documento define términos como facturas, cliente, proveedor y factoring electrónico, y establece los requisitos, declaraciones, gastos, modificaciones, vigencia y solución de controversias del acuerdo.
Certificado De Existencia Y Representacion DiseñOs Nochesiejcg
Este documento certifica la existencia y representación legal de la sociedad comercial de responsabilidad limitada "Diseños Noches de Peluche LTDA". Resume que la sociedad fue constituida en 2008, tiene un capital de $500 millones distribuido entre 5 socios, y su objeto principal es la compra, venta y comercialización de ropa interior. Designa a Yoiner Ibarra como Gerente y representante legal con facultades para ejecutar actos relacionados con los negocios sociales.
Este documento es un modelo de escritura pública de compraventa de un inmueble en El Salvador. Resume la venta de una propiedad de un vendedor a un comprador, incluyendo la descripción de la propiedad, el precio de venta, la entrega del dominio al comprador, y las declaraciones del notario sobre los impuestos y otros requisitos legales de la transacción.
Este contrato establece los términos de una promesa de compraventa entre Adriano Valderrama y Juan Rafael Thadeus por una finca de US$55,748. Thadeus pagará US$5,600 inicialmente y US$50,400 mediante una carta de crédito bancaria dentro de 30 días. El contrato tendrá un plazo de 30 días para completar la transacción. Si no se completa por causas de Thadeus, él perderá el pago inicial. Si no se completa por causas de Valderrama, Thadeus rec
El documento es un contrato de arrendamiento de terrenos agrícolas entre el propietario José Crosbaldo Lazo Taborga y los arrendatarios Carmen Rosa Mamani Huanacuni y Emilio Chucllo Kano. El contrato establece que José Crosbaldo arrendará cinco topos de tierra a cada arrendatario por un año, del 15 de marzo de 2013 al 15 de marzo de 2014, por un pago de S/./3,000 por topo. El contrato detalla los límites de la tierra, las obligaciones de cada parte, y est
Este documento resume los principales aspectos del contrato de compra-venta según el Código Civil peruano. Explica las características de este contrato, los elementos que lo componen como el bien, el precio y las obligaciones de las partes. También describe figuras afines como la permuta y el arrendamiento, e incluye un apartado sobre el derecho de retracto, especificando sus elementos, titulares y plazos.
La empresa ABC Catering SA de CV se constituirá legalmente como una sociedad anónima con tres accionistas. Su objetivo es proveer servicios de organización de eventos sociales mediante outsourcing. La estructura administrativa estará conformada por los tres accionistas que se encargarán del área creativa, relaciones públicas y finanzas/contabilidad, respectivamente. Contará también con asesores externos en mercadeo y asuntos legales. Se establecen políticas para la administración, personal, producción y endeudamiento de la empresa.
Aspectos sustanciales y procedimentales de los aportes a la seguridad social....Camilo Peña
1) Para verificar la afiliación y aportes de los contratistas, el contratante debe verificar que el contratista esté afiliado al sistema de seguridad social y que esté pagando los aportes correspondientes.
2) Las personas naturales con capacidad de pago deben aportar al sistema de seguridad social. Se presume capacidad de pago para quienes declaran impuestos o tienen certificados de ingresos y retenciones que reflejen el ingreso mínimo para afiliarse.
3) La base de cotización de los trabajadores independientes
Aspectos sustanciales y procedimentales de los aportes a la seguridad social...Camilo Peña
1) Para verificar la afiliación y aportes de los contratistas independientes, el contratante debe confirmar que el contratista está afiliado y ha pagado las cotizaciones correspondientes según la ley.
2) Las personas naturales con capacidad de pago deben aportar de forma obligatoria al sistema de seguridad social.
3) Los trabajadores independientes son aquellos que trabajan por cuenta propia o con contratos diferentes a la prestación de servicios.
La reforma de 2012 de la ley del seguro social venezolana tuvo como objetivo ampliar la cobertura a trabajadores no dependientes e incluirlos en el sistema de seguridad social. Algunos cambios clave incluyeron permitir que trabajadores independientes y asociaciones se inscribieran de manera voluntaria y definieran sus propias cotizaciones. También se establecieron sanciones por incumplimiento de las obligaciones de registro y pago de cotizaciones al instituto de seguros sociales.
Este documento presenta un resumen de la Ley del Seguro Social de Venezuela. Establece que la ley rige la protección de la seguridad social para beneficiarios en contingencias como maternidad, vejez, enfermedad y accidentes. Cubre a trabajadores dependientes de un empleador, tanto en áreas urbanas como rurales. También incluye a empleados del gobierno y establece seguro social facultativo para trabajadores independientes y mujeres no trabajadoras. Detalla prestaciones como asistencia médica, indemnizaciones por incapacidad temporal y pension
Este documento presenta un resumen de la Ley del Seguro Social de Venezuela. Establece que la ley rige la protección de la seguridad social para beneficiarios en contingencias como maternidad, vejez, enfermedad y accidentes. Cubre a trabajadores dependientes de un empleador, tanto en áreas urbanas como rurales. También incluye a empleados del gobierno y establece seguro social facultativo para trabajadores independientes y mujeres no trabajadoras. Detalla prestaciones como asistencia médica, indemnizaciones por incapacidad temporal y pension
Consecuencias Les Del Issste SeptiembreMartin Triana
La nueva ley del ISSSTE cambia el sistema de pensiones de reparto a cuentas individuales, disminuye las pensiones y beneficios, y prohíbe que los pensionados vuelvan a trabajar. Los trabajadores deberán pagar más cuotas pero recibirán menos prestaciones al finalizar su carrera. La ley también permite la venta de activos del ISSSTE.
Este documento presenta un resumen de la Ley del Seguro Social de Venezuela. Establece que la ley rige la protección de la seguridad social para beneficiarios en contingencias como maternidad, vejez, enfermedad y accidentes. Cubre a trabajadores dependientes de un empleador, tanto en áreas urbanas como rurales. También cubre a personas que prestan servicios al gobierno. Establece el derecho a asistencia médica y prestaciones por incapacidad temporal, invalidez, vejez y sobrevivientes.
Este decreto establece las reglas para la afiliación y cotización al régimen de seguridad social en salud en Colombia. Establece que la cotización mínima debe ser equivalente al 12% de un salario mínimo y la máxima puede limitarse a 20 salarios mínimos. También determina las bases de cotización para trabajadores dependientes, independientes, pensionados y durante incapacidades.
La nueva ley del ISSSTE reduce los beneficios de los trabajadores al modificar el cálculo de pensiones, eliminar la jubilación y obligar a los trabajadores a contratar pensiones privadas con su ahorro individual. Además, transfiere los recursos del fondo de vivienda al sistema privado de pensiones.
Mora en Aportes Patronales, Mora Pago LicenciaCendap Ltda
La mora en que se puede incurrir en el pago aportes patronales a seguridad social en el sector público genera la consecuente exoneración de la EPS de asumir una licencia o incapacidad dependerá del plazo de los 10 días. (Minsalud, Concepto 201611200447311, 03/17/2016 )
Precisan cuándo hay mora en el giro de aportes patronales a seguridad social en el sector público (1:49 p.m.)
(Minsalud, Concepto 201611200447311, 03/17/2016 )
Con la expedición de la Ley 715 del 2001 y, en especial, del Decreto 1636 del 2006, para el caso de aportes patronales, se modificó el plazo máximo que se tiene para girar los aportes a la seguridad social que regulaba el Decreto 1406 de 1999, modificado por el Decreto 1670 del 2007, por lo que el pago que se realice dentro de los 10 primeros días del mes siguiente al que corresponde la transferencia a que hace alusión el artículo 53 de la ley en mención no constituye mora y, por ende, no genera interés moratorio. Así las cosas, las reglas para el reconocimiento de licencias e incapacidades previstas en el Decreto 2353 del 2015 son aplicables en iguales circunstancias en el sector público y privado, salvo en el caso de giro de aportes patronales en el sector público, caso en el cual la mora en que se puede incurrir en el pago de los mismos y la consecuente exoneración de la EPS de asumir una licencia o incapacidad dependerá del plazo de los 10 días, que de excederse implicaría mora y posiblemente la suspensión de la afiliación, evento en el cual será el empleador quien debe asumir el costo de los servicios de salud que demande el trabajador y su núcleo familiar. Habiéndose producido la suspensión de la afiliación, no habrá lugar al reconocimiento de las prestaciones económicas, salvo que haya mediado un acuerdo de pago o la EPS se hubiese allanado a la mora.
Este documento presenta la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud en Perú. Establece los principios de la seguridad social en salud como el derecho al bienestar y acceso a prestaciones de salud. Define los regímenes contributivo y estatal de seguridad social en salud, los asegurados y sus aportes. También describe las prestaciones, derechos de cobertura y recursos del seguro social de salud.
Este documento resume los principales aspectos del derecho de la seguridad social en Argentina. Explica que la Constitución Nacional establece el derecho a la seguridad social y que actualmente existe un Sistema Único de Seguridad Social que incluye el régimen de jubilaciones y pensiones, el PAMI, obras sociales y otros subsistemas. Describe los principios, fuentes de financiamiento, contingencias cubiertas y sujetos amparados por la seguridad social en Argentina.
El documento describe los requisitos y procedimientos para la constitución y funcionamiento de cajas de auxilio o seguros convencionales de enfermedad en Uruguay. Se especifica que deben transformarse en personas jurídicas sin fines de lucro con representación paritaria de empleadores y trabajadores, y tener como objeto brindar prestaciones de salud complementarias al Seguro Nacional de Salud. También se detallan aspectos como la financiación, administración, controles del Poder Ejecutivo e incorporación gradual de los afiliados al sistema de salud público
La ley del seguro social define los derechos y obligaciones de los trabajadores y el Instituto Mexicano del Seguro Social. Establece el régimen obligatorio que cubre riesgos de trabajo, enfermedades, invalidez, vejez y servicios sociales. También regula las obligaciones de los patrones de registrar a sus trabajadores, pagar cuotas, y proporcionar información requerida. La ley contiene numerosos artículos que especifican estas definiciones y regulaciones.
La resolución establece nuevas reglas para la afiliación de jubilados y pensionados a la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) en Mendoza. Los jubilados que hayan trabajado en el sector público durante los últimos 10 años podrán afiliarse a OSEP. También podrán afiliarse los pensionados cuyos titulares trabajaron en el sector público. Finalmente, las pensiones por fallecimiento de jubilados de OSEP también podrán afiliarse.
Este documento presenta un resumen de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud en Perú. Establece los principios de equidad, solidaridad y acceso a la atención médica. Crea el Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, administrado por el Instituto Peruano de Seguridad Social. Define a los asegurados y sus derechohabientes, y establece los aportes obligatorios de trabajadores y empleadores. Finalmente, detalla las prestaciones de salud, los requisitos para acceder a la
Este documento establece el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones en Argentina a través de la Ley 24.241. El sistema cubre las contingencias de vejez, invalidez y muerte y está compuesto por un régimen público de reparto y un régimen de capitalización individual. Se detallan las personas obligatoriamente incorporadas al sistema como empleados públicos y privados, trabajadores autónomos, entre otros. También se permite la incorporación voluntaria de ciertos grupos.
Este documento presenta extractos de la Ley 100 de 1993 en Colombia, la cual estableció el sistema de seguridad social integral. Incluye secciones sobre el Fondo de Solidaridad Pensional, pensiones de sobrevivientes, beneficios de salud, y tipos de participantes en el sistema de seguridad social en salud como afiliados contributivos y subsidiados. También cubre deberes de los afiliados y beneficiarios, atención básica, materno infantil, y otros aspectos clave del sistema de seguridad social.
Desde Fenalco Antioquia le invitamos a leer nuestra nueva edición del Fenaljurídico, que partir de noviembre de 2019 es digital. Disfrute de esta edición especial, atractiva, con contenido de valor y totalmente renovada para nuestros Afiliados.
También puede encontrarlo en nuestro sitio web: www.fenalcoantioquia.com donde podrá encontrar esta y las ediciones anteriores.
Similar a CGR 98343 aporte al SGSSS Contratos Compraventa y Suministro (20)
Comisión de servicios: Situación administrativa que permite ejercer temporalmente las funciones propias del cargo en lugares diferentes a la sede habitual o cuando se atienden transitoriamente actividades oficiales distintas a las inherentes al empleo del que se es titular
Conozca el texto del acuerdo de Paz que se enviará al Legislativo acompañado de Ley Estatutaria 1806, por medio de la cual se regula el plebiscito para la refrendación del acuerdo final, que fija fecha para 2 de octubre de 2016.
Ley 1797 de 2016 saneamiento fiscal para sector saludCendap Ltda
La ley establece medidas para mejorar el flujo de recursos y la calidad de los servicios de salud en Colombia. Asigna el 10% de los fondos del sistema de participaciones para salud pública, hasta el 80% para el régimen subsidiado, y el resto para servicios no cubiertos por subsidios. También establece cómo usar los excedentes de fondos de pensiones, cesantías y regalías para pagar deudas en salud y fortalecer la red pública.
Este documento proporciona instrucciones para actualizar la hoja 1 y 2 del Registro Único Tributario (RUT) con la información relevante sobre el grupo contable y el sistema de registro de diferencias entre marcos contables y normas fiscales a que pertenece cada contribuyente. Explica los diferentes grupos contables del sector privado y público y los sistemas de registro obligatorios según la normativa colombiana.
El documento presenta el caso de una demanda de pérdida de investidura contra el concejal Jaime Enrique Quintanilla Archila por la supuesta indebida destinación de dineros públicos al aprobar un "bono de navidad" para empleados del concejo municipal a través de la Resolución 111 de 2010. El Tribunal Administrativo de Santander decretó la pérdida de investidura, pero Quintanilla apeló alegando que creía que el pago era legal. El Consejo de Estado debe decidir si confirma o revoca la sentencia.
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Las Entidades y organismos que cuenten con un modelo implementado MECI, deberán realizar los ajustes necesarios para adaptar en su interior los cambios surgidos en la actualización del MECI:2014 cumpliendo las fases de acuerdo con lo señalado en el manual técnico MECI:2014 - Plazo Diciembre 31 de 2014
Sent. C 241-14 Continuacion Régimen empleados para hospitales públicos liquid...Cendap Ltda
Corte Constitucional oficializó sentencia que declaró exequibles el art. 3º y incisos 1º y 3º del art. 4º del Decreto Ley 1399 de 1990, que regula la nueva vinculación laboral de empleados oficiales y trabajadores del sector salud, en los casos de los artículos 16 y 22 de la Ley 10 de 1990. Protección especial a quienes quedaran cesantes por supresión, liquidación o cambio de adscripción a otro nivel administrativo
Supersalud recordó que en los contratos de obra se debe cotizar obligatoriamente a la salud y pensiones, sobre una base del 40% del valor bruto del contrato facturado en forma mensualizada.
CGR 98343 aporte al SGSSS Contratos Compraventa y Suministro
1. 80112 –
Bogotá, D.C.,
Señora:
ZULMA YANETH MEDINA RUIZ
Carrera 12 No 16-74
Tunja - Boyacá
Asunto: PAGO SEGURIDAD SOCIAL CONTRATOS SUMINISTRO DE BIENES.
Respetada Señora Zulma:
Mediante radicado 2013ER0083191 de fecha 08 de Agosto de 2013, recibimos su
solicitud de consulta, en la que se plantea:
¿Una persona que celebra un contrato de suministro de bienes (Compraventa bienes) en
el cual el pago se realiza contra entrega con una Entidad Pública, está obligada a pagar
aportes a seguridad social y pensión por el 40% del valor del contrato?
1. CONSIDERACIONES JURÍDICAS:
El Decreto 1406 de 1999, en el numeral B del articulo 16 define el término
“trabajador independiente” como “aquel que no se encuentre vinculado laboralmente a un
empleador, mediante contrato de trabajo o a través de una relación legal y reglamentaria.”
A su vez el articulo 594-1 del Estatuto Tributario, modificado por Art.863,
L.863/2003, señala que se considera que una persona es un “trabajador
independiente” si no está vinculada mediante contrato de trabajo y su
remuneración consiste básicamente en honorarios, comisiones y servicios
La Ley 100 del 23 de Diciembre de 1993, por medio de la cual crea el sistema de
seguridad social integral y se dictan otras disposiciones, consagra en el artículo
157 quienes son los afiliados al sistema de seguridad social, así:
ARTICULO. 157.-Tipos de participantes en el sistema general de seguridad social
en salud: A partir de la sanción de la presente ley, todo colombiano participará en el
servicio público esencial de salud que permite el sistema general de seguridad social
en salud. Unos lo harán en su condición de afiliados al régimen contributivo o
subsidiado y otros lo harán en forma temporal como participantes vinculados.
A) Afiliados al sistema de seguridad social
Existirán dos tipos de afiliados al sistema general de seguridad social en salud:
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2. Señora. Zulma Yaneth Medina Ruiz
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1. Los afiliados al sistema mediante el régimen contributivo son las personas
vinculadas a través de contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados y
jubilados y los trabajadores independientes con capacidad de pago. Estas
personas deberán afiliarse al sistema mediante las normas del régimen contributivo de
que trata el capítulo I del título III de la presente ley.
2. Los afiliados al sistema mediante el régimen subsidiado de que trata el artículo 211
de la presente ley son las personas sin capacidad de pago para cubrir el monto total de
la cotización. Será subsidiada en el sistema general de seguridad social en salud la
población más pobre y vulnerable del país en las áreas rural y urbana. Tendrán
particular importancia, dentro de este grupo, personas tales como las madres durante
el embarazo, parto y posparto y período de lactancia, las madres comunitarias, las
mujeres cabeza de familia, los niños menores de un año, los menores en situación
irregular, los enfermos de Hansen, las personas mayores de 65 años, los
discapacitados, los campesinos, las comunidades indígenas, los trabajadores y
profesionales independientes, artistas y deportistas, toreros y sus subalternos,
periodistas independientes, maestros de obra de construcción, albañiles, taxistas,
electricistas, desempleados y demás personas sin capacidad de pago” (Negrilla y
subrayado fuera de texto)
Así mismo el artículo 15, modificado por el artículo 3º de la Ley 797 de 2003, de la
Ley 100 de 1993, prevé:
ARTÍCULO 15. AFILIADOS: Serán afiliados al Sistema General de Pensiones:
1. En forma obligatoria: Todas aquellas personas vinculadas mediante contrato de
trabajo o como servidores públicos. Así mismo, las personas naturales que presten
directamente servicios al Estado o a las entidades o empresas del sector privado, bajo
la modalidad de contratos de prestación de servicios, o cualquier otra modalidad de
servicios que adopten, los trabajadores independientes y los grupos de población
que por sus características o condiciones socioeconómicas sean elegidos para ser
beneficiarios de subsidios a través del Fondo de Solidaridad Pensional, de acuerdo con
las disponibilidades presupuestales.
También serán afiliados en forma obligatoria al Sistema General de Pensiones creado
por la Ley 100 de 1993, y se regirán por todas las disposiciones contenidas en esta ley
para todos los efectos, los servidores públicos que ingresen a Ecopetrol, a partir de la
vigencia de la presente ley.(…)” (Negrilla y subrayado fuera de texto)
A su vez, el artículo 204 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 10º de la
Ley 1122 de 2007, señala:
ARTÍCULO 204. MONTO Y DISTRIBUCIÓN DE LAS COTIZACIONES: La cotización
al Régimen Contributivo de Salud será, a partir del primero (1°) de enero del año 2007,
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3. Señora. Zulma Yaneth Medina Ruiz
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del 12,5% del ingreso o salario base de cotización, el cual no podrá ser inferior al
salario mínimo. La cotización a cargo del empleador será del 8.5% y a cargo del
empleado del 4%. Uno punto cinco (1,5) de la cotización serán trasladados a la
subcuenta de Solidaridad del Fosyga para contribuir a la financiación de los
beneficiarios del régimen subsidiado. Las cotizaciones que hoy tienen para salud los
regímenes especiales y de excepción se incrementarán en cero punto cinco por ciento
(0,5%), a cargo del empleador, que será destinado a la subcuenta de solidaridad para
completar el uno punto cinco a los que hace referencia el presente artículo. El cero
punto cinco por ciento (0,5%) adicional reemplaza en parte el incremento del punto en
pensiones aprobado en la Ley 797 de 2003, el cual sólo será incrementado por el
Gobierno Nacional en cero punto cinco por ciento (0,5%).
PARÁGRAFO 1o. La base de cotización de las personas vinculadas mediante contrato
de trabajo o como servidores públicos, afiliados obligatorios al Sistema General de
Seguridad Social en Salud, será la misma contemplada en el sistema general de
pensiones de esta Ley.
PARÁGRAFO 2o. Para efectos de cálculo de la base de cotización de los
trabajadores independientes, el Gobierno Nacional reglamentará un sistema de
presunciones de ingreso con base en información sobre el nivel de educación, la
experiencia laboral, las actividades económicas, la región de operación y el
patrimonio de los individuos. Así mismo, la periodicidad de la cotización para
estos trabajadores podrá variar dependiendo de la estabilidad y periodicidad de
sus ingresos. (…)” (Negrilla y subrayado fuera de texto)
En lo que concierne a la cotización del Sistema General del Pensiones, el Decreto
4982 de 2007, por el cual se establece el incremento en la cotización para el
Sistema General de Pensiones a partir del año 2008, en su artículo primero, prevé:
“Cotización al Sistema General de Pensiones. A partir del 1° de enero del año 2008, la
tasa de cotización al Sistema General de Pensiones será del 16% del ingreso base de
cotización.”
Aunado a lo anterior, se debe observar lo previsto en el artículo 18 de la Ley 1122
de 2007, en el cual se señala:
“ARTÍCULO 18: Aseguramiento de los independientes CONTRATISTAS DE
PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Los independientes contratistas de prestación de
servicios cotizarán al Sistema General de Seguridad Social en Salud el porcentaje
obligatorio para salud sobre una base de la cotización máxima de un 40% del valor
mensualizado del contrato. El contratista podrá autorizar a la entidad contratante el
descuento y pago de la cotización sin que ello genere relación laboral.
Para los demás contratos y tipos de ingresos el Gobierno Nacional reglamentará
un sistema de presunción de ingresos con base en la información sobre las
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4. Señora. Zulma Yaneth Medina Ruiz
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actividades económicas, la región de operación, la estabilidad y estacionalidad
del ingreso. (…)” (Negrilla y subrayado fuera de texto).
En lo que respecta a la presunción de ingresos el Decreto 3085 de 2007, en su
artículo 1° se observa:
“Declaración Anual de Ingreso Base de Cotización. Todos los trabajadores
independientes deberán presentar una declaración anual a más tardar en el mes de
febrero de cada año, en la cual informen a las entidades administradoras del Sistema
de la Protección Social a las que se encuentren afiliados, en la misma fecha prevista
para el pago de sus aportes, el Ingreso Base de Cotización, IBC, que se tendrá en
cuenta para liquidar sus aportes a partir del mes de febrero de cada año y hasta enero
del año siguiente. Cuando el trabajador independiente no presente su declaración de
Ingresos Base de Cotización anual en la fecha prevista, se presumirá que el Ingreso
Base de Cotización es igual a aquel definido para el periodo anual anterior y sobre el
mismo se realizará la autoliquidación y pago del mes de enero de cada año. La
declaración del IBC anual podrá realizarse de manera manual en los formularios
previstos para el efecto o de manera electrónica, mediante la utilización de la novedad
„Variación permanente de salario‟ en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes.
En todo caso el Ingreso Base de Cotización no podría ser inferior a un salario
mínimo legal mensual, ni al porcentaje previsto en el artículo 18 de la Ley 1122 de
2007 y su definición se continuará aplicando, cuando corresponda, el Sistema de
Presunción de Ingresos.” (Negrilla fuera de texto)
La Ley 789 de 2002 Art.50 señala que “La celebración, renovación o liquidación por
parte de un particular, de contratos de cualquier naturaleza con Entidades del sector
público, requerirá para el efecto, del cumplimiento por parte del contratista de sus
obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las
Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio
Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar”, las Entidades públicas en el momento
de liquidar los contratos deberán “verificar y dejar constancia del cumplimiento de las
obligaciones del contratista frente a los aportes mencionados durante toda su vigencia,
estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron
haber sido cotizadas”.
Como se observa de lo estipulado en la normatividad que antecede, sin distinción
alguna de la naturaleza del contrato y de la vigencia del mismo, es obligatorio que
los contratistas acrediten que se encuentran al día en el pago de aportes al
Sistema de Seguridad Social Integral y Pensiones; en el momento del pago del
contrato surge la obligación por parte del servidor público de verificar el pago de
estos aportes, so pena de incurrir en causal de mala conducta.
A su vez, de la normatividad citada en precedencia se puede colegir que las
personas que tienen contratos de prestación de servicios con una Entidad Estatal
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5. Señora. Zulma Yaneth Medina Ruiz
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se les aplica lo previsto en el artículo 18 de la Ley 1122 de 2007, es decir que sus
cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud se harán sobre una
base de la cotización máxima de un 40% del valor mensualizado del contrato.
No obstante lo anterior, en el caso de los contratos de suministro de bienes y
compraventa, como quiera que estos no implican la ejecución de un trabajo o la
prestación de un servicio y como la remuneración del contratista no equivale al
valor total del contrato, sino que consiste en la comisión o utilidad que gana con la
transacción comercial, siendo el contratista un trabajador independiente, para el
cumplimiento de sus obligaciones con el sistema de seguridad social se debe
aplicar lo establecido en el Decreto 3085 de 2007.
Es decir que si el contratista es una persona natural, para el cumplimiento de sus
obligaciones con el sistema de seguridad social se deberá tener en cuenta si se
trata o no de un “trabajador independiente”, caso en el cual, deberá presentar la
declaración anual en la que informe a las entidades administradoras del Sistema
de la Protección Social su Ingreso Base de Cotización, IBC, para liquidar sus
aportes a partir del mes de febrero de cada año y hasta enero del año siguiente,
siendo la base sobre la cual se cotizará, los ingresos que efectivamente perciba el
afiliado, y atendiendo lo establecido en el Decreto 3085 de 2007 sobre presunción
de ingresos, el ingreso base de cotización del trabajador independiente
corresponderá al que éste haya declarado a las entidades administradoras del
Sistema de Protección Social.
2. CONCLUSIÓN.
El ingreso base de cotización para el pago de aportes al Sistema de Seguridad
Social en Salud y Pensión, en contratos diferentes a los de prestación de servicios
tales como el de suministro de bienes y compraventa corresponderá a los ingresos
efectivamente percibidos por el afiliado.
3. ALCANCE DEL CONCEPTO.
Los conceptos emitidos por la Oficina Asesora Jurídica de la Contraloría General
de la República, son orientaciones de carácter general que no comprenden la
solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones
particulares.
En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución1, ni tienen
el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la
1 Artículo 28 de la Ley 1437 de 2011.
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6. Señora. Zulma Yaneth Medina Ruiz
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interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control
fiscal.
Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se
limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los
empleados de las mismas y las entidades vigiladas “sobre interpretación y
aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la
Contraloría General”2, así como las formuladas por las contralorías territoriales
“respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban
actuar en armonía con la Contraloría General”3, y las presentadas por la
ciudadanía respecto de “la consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la
Contraloría General de la República”4.
En este orden, mediante su expedición se busca “orientar a las dependencias de
la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que
rigen para la vigilancia de la gestión fiscal”5 y “asesorar jurídicamente a las
entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos
de vigilancia cuando éstos lo soliciten”6.
Recordamos finalmente que conforme al art. 43 del Decreto Ley 267 de 2000, es
la Oficina Jurídica una dependencia asesora, por lo que los conceptos que emite
carecen de fuerza vinculante, según el carácter que les atribuye el art. 28 del
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Le informamos además que puede conocer y consultar los conceptos que, con
relación a este y otros temas, ha proferido la Oficina Jurídica, visitando el enlace
normatividad
conceptos
de
nuestro
portal
institucional:
http://www.contraloriagen.gov.co.
Cordial saludo
GERMAN SILVA GARCIA
Director Oficina Jurídica (e)
Proyectó: Lilibeth Lozada Rozo, Profesional Universitario, grado 01
Radicado: 2013ER0083191
2 Art. 43, numeral 4 del Decreto Ley 267 de 2000.
3 Art. 43, numeral 5 del Decreto Ley 267 de 2000.
4 Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000.
5 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000.
6 Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000.
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