SlideShare una empresa de Scribd logo
CIRCULAR 8/13




          COMUNICACIÓN AL BANCO DE ESPAÑA SOBRE
       APERTURAS, MOVIMIENTOS Y/O CANCELACIÓN DE LAS
         CUENTAS CORRIENTES Y VALORES NEGOCIABLES
                MANTENIDOS EN EL EXTERIOR



El pasado 1/01/2013 entró en vigor la Circular nº 4/2012, de 25 de abril, sobre normas para la
comunicación por los residentes en España de las transacciones económicas y los saldos de activos
y pasivos financieros con el exterior, introduciendo diversas normas con el objeto de conseguir que
la información sobre cobros y pagos exteriores (que antes se obtenía a través de los proveedores
de servicios de pago) se obtengan ahora de forma directa mediante modelos de declaración que
deben elaborar los residentes titulares de estas operaciones.

Efectivamente, siempre ha existido la obligación de comunicar al Banco de España sobre
aperturas, movimientos y/o cancelación de las cuentas corrientes y valores
negociables mantenidos en el exterior. Además, el incumplimiento de dicha obligación está
sujeto a un régimen sancionador específico.


En concreto, la Circular nº 4/2012 deroga, con fecha 1/01/2014, entre otras, las circulares 6/2000
y 3/2006, así como algunos apartados de la Circular 2/2001, estableciéndose un régimen
transitorio, hasta el próximo 31 de diciembre de 2013, en los siguientes términos:



A.   Residentes titulares de cuentas en el extranjero:


1)   Obligación de información respecto a las siguientes operaciones que realicen las personas
     físicas o jurídicas residentes:

     1.1) Apertura y cancelación de cuentas:
          i. En oficinas operantes en el extranjero, tanto de entidades registradas, como de
             entidades bancarias o de crédito extranjeras.
          ii. Con no residentes que no sean entidades bancarias o de crédito extranjeras, a través
              de las cuales se realicen cobros y pagos exteriores y se compensen créditos y débitos
              mutuos.




                                                1
1.2) Abonos y adeudos en las cuentas anteriormente enunciadas, originados por:
          i. Cobros, pagos y transferencias exteriores.
          ii. Compensaciones de créditos y débitos mutuos, que se liquiden en dichas cuentas.

     1.3) Depósitos a plazo que personas físicas o jurídicas residentes constituyan en oficinas
          operantes en el extranjero, tanto de entidades registradas como de entidades bancarias
          o de crédito extranjeras.



2)   Declaración de información de apertura, cancelación y modificación de las características de
     las cuentas Modelo DD1:

       La apertura y la cancelación de las cuentas deberán informarse al Banco de España en el
       plazo de un mes contado a partir de la fecha de dicha apertura o cancelación.

       Las modificaciones en las características de las cuentas (variaciones que afectan a sus
       titulares, país, moneda, etc.), deben comunicarse por escrito al Banco de España en el
       plazo de un mes contado desde la fecha en que se hayan producido.
        Cuando dichas modificaciones afecten a características esenciales de la cuenta (por
        ejemplo, titular, tipo de cuenta, moneda o país en el que está abierta), darán lugar a una
        declaración de cancelación de cuenta y a una nueva declaración de apertura de cuenta.

       La constitución y cancelación de depósitos a plazo serán informadas de la siguiente forma:
       - Mediante las correspondientes declaraciones de cobros y pagos exteriores realizados por
         residentes con intermediación de las entidades registradas, si los cobros y pagos a que
         dan lugar la constitución y cancelación de los depósitos se realizan a través de
         entidades de crédito residentes.
       - Como movimientos de las cuentas, si se realizan a través de las mismas.



3)   Periodicidad de la declaración de información sobre cobros, pagos y transferencias, Modelo
     DD2:

     Las variaciones que se produzcan en el saldo de cada una de las cuentas abiertas por
     residentes en el extranjero, así como los cobros, pagos y transferencias exteriores que
     originen dichas variaciones, deben comunicarse al Banco de España.

       La información sobre cobros, pagos y transferencias realizados mediante abonos y adeudos
       en las cuentas tendrá una periodicidad mensual, y su remisión al Banco de España habrá
       de producirse antes del día 20 del mes siguiente al que se informa.




                                                2
Sin embargo, no estarán obligados a presentar dichas declaraciones mensuales los titulares
       de cuentas en el exterior cuando ni la suma de abonos ni la de adeudos, en un mes,
       alcancen el importe de 3.000.000 de euros, o su contravalor en otras monedas.

       Si en un mes determinado, en abonos o adeudos, se alcanza la citada cifra de 3.000.000
       de euros, la declaración mensual que se realice englobará las operaciones no informadas
       del mes o meses anteriores.

       Los titulares de cuentas que hayan quedado exentos de informar en algún mes del año, o
       en todos ellos, habrán de hacer una declaración en el último mes de cada año, que
       contenga las operaciones no declaradas durante el año, abonadas/adeudadas en la cuenta
       desde el último período declarado, así como los saldos inicial y final.
       Con carácter general, esta declaración deberá enviarse al Banco de España no más tarde
       del día 20 de enero del año siguiente al que se informa.
       No obstante, cuando ni la suma de adeudos ni la de abonos hayan superado, en el curso
       del año natural completo, los 600.000 euros, la declaración solo se enviará al Banco de
       España a requerimiento expreso de este, en un plazo máximo de dos meses, a contar
       desde la fecha de su solicitud.

       La declaración anual a que se refiere el apartado anterior podrá contener, exclusivamente,
       los saldos inicial y final, la suma total de las operaciones de abono y la suma total de los
       adeudos del período declarado, cuando ni el importe total de abonos ni de adeudos de la
       declaración superen 6.000.000 €.

       En el caso de cancelación de cuentas, la comunicación al Banco de España, deberá ir
       acompañada de la declaración de cobros y pagos realizados en la cuenta en el período
       transcurrido entre la última declaración de cobros y pagos presentada y la cancelación de
       la cuenta.



B.   Residentes titulares de valores negociables en el extranjero:


1)   Obligación de información

     Las personas físicas y jurídicas residentes sometidas a la Circular 2/2001, deberán
     remitir mensualmente, dentro de los diez días hábiles siguientes al fin de cada mes, la
     información recogida en los cuadros 2A y 2B.

     No estarán obligadas a remitir información alguna, salvo requerimiento expreso, cuando se
     cumplan cada uno de los siguientes requisitos:
     - Que sus saldos totales de valores negociables depositados en entidades no residentes, no
       superen a 31 de diciembre del año anterior, los 6.000.000 €.




                                                3
- Que sus operaciones totales de valores negociables, efectuadas a través de entidades no
       residentes, no superen durante el año anterior, el importe de 60 millones de euros.

     Para cada uno de los conceptos mencionados, se comunicará, la siguiente información:
     - El saldo de las cuentas al inicio del período, indicando el número de valores y su importe.
     - Las entradas y salidas de valores en las cuentas, indicando el número e importe de los
       valores.
     - Los cupones o dividendos abonados, indicando el nº de valores y su importe.
     - El saldo de las cuentas al final del período, indicando nº de valores e importe.

2)   Presentación: La información se remitirá telemáticamente al Banco de España.




C.   Régimen sancionador:

Las infracciones previstas para el incumplimiento de las obligaciones de comunicación al Banco de
España sobre la apertura, movimientos y/o cancelación de las cuentas corrientes en el extranjero
se clasifican en muy graves, graves y leves.

No obstante, y de acuerdo con la normativa analizada y la documentación requerida, lo más
habitual es que las infracciones prácticas derivadas del análisis que estamos haciendo sean de
carácter leve o grave.

a)   Infracciones muy graves, prescripción y sanciones:

     Son infracciones muy graves la realización de actos, negocios, transacciones y operaciones
     prohibidas, las realizadas sin solicitar la pertinente autorización, cuando esta sea preceptiva y
     la falta de veracidad en las solicitudes de autorización cuando sea relevante.
     La prescripción de las infracciones muy graves tiene lugar a los 5 años, a contar desde que la
     infracción fue cometida.
     Las sanciones previstas para estas infracciones prescriben a los 5 años, y son:
     - Multa, que podrá ascender hasta el tanto del contenido económico de la operación y sin
       que pueda ser inferior a 30.000.-€, y
     - Amonestación pública o privada.

b)   Infracciones graves, prescripción y sanciones:

     Son infracciones graves la falta de declaración, de veracidad, la omisión o inexactitud de datos
     de las declaraciones de operaciones cuya cuantía supere los 6.000.000.-€.




                                                  4
La prescripción de las infracciones graves tiene lugar a los 3 años a contar desde que la
     infracción fue cometida.
     Las sanciones previstas para estas infracciones prescriben a los 4 años, y son:
     - Multa, que podrá ascender hasta el 50% de la cuantía, sin que pueda ser inferior a 6.000.-
       €, y
     - Amonestación pública o privada.


c)   Infracciones leves, prescripción y sanciones:

     Son infracciones leves la falta de declaración, de veracidad, la omisión o inexactitud de datos
     de las declaraciones de operaciones cuya cuantía no supere los 6.000.000.-€ y las
     declaraciones realizadas fuera de plazo.
     La prescripción de las infracciones leves tiene lugar al año a contar desde que la infracción fue
     cometida.
     Las sanciones previstas para estas infracciones prescriben a los 3 años, y son:
     - Multa, que podrá ascender hasta el hasta el 25% de la cuantía, sin que pueda ser inferior a
       3.000.-€ y amonestación privada para la ausencia de declaraciones
     - Por la presentación fuera de plazo de las declaraciones son:
        o Hasta 300.-€, sin que pueda ser inferior a 150.-€ si no ha transcurrido más de 6 meses
          desde su obligatoriedad y
        o Hasta 600.-€, sin que pueda ser inferior a 300.-€ si ha transcurrido más de 6 meses
          desde su obligatoriedad.




D. Cuestiones prácticas:


En la actualidad, con motivo de la regularización fiscal de bienes y derechos ocultos en el
extranjero -vía declaración tributaria especial (DTE)-, así como a raíz de por las novedades
introducidas por la Circular nº 4/2012, miembros de la Asociación Española de Asesores Fiscales
(AEDAF) se han reunido con un equipo del Banco de España, a los efectos de aclarar distintos
aspectos sobre cómo proceder este año 2013 y en años futuros en relación con estas obligaciones
de carácter financiero y administrativo.

En primer lugar, indicar que los modelos DD1 (utilizado para la comunicación de aperturas y
cancelaciones de cuentas en el exterior), y DD2 (que recoge los saldos y movimientos de cobros y
pagos exteriores efectuados a través de la cuenta abierta en la entidad no residente) tienen como
principal objetivo recopilar información veraz y correcta de las personas físicas o jurídicas con




                                                     5
cuentas o valores en el extranjero para obtener así los datos necesarios desde el punto de vista
estadístico que se necesita en la Balanza de Pagos para poder elaborar sus estudios e informes.

A tales efectos, teniendo en cuenta que el plazo para la comunicación de la apertura de cuentas en
el extranjero (modelo DD1) es de un mes contado desde la fecha de apertura, en el supuesto de
haberse regularizado cuentas ocultas en el extranjero (vía DTE), en tanto que estaríamos fuera de
plazo para dicha comunicación, se planteó al Banco de España cómo se debía proceder. En
concreto, el criterio manifestado, verbalmente, por el Banco de España ha sido el siguiente:

   •   Es obligatorio presentar el modelo DD1, con independencia de la fecha de apertura de la
       cuenta.
   •   No es posible presentar al Banco de España la DTE en la que se regularizó la
       cuenta/cuentas objeto de declaración. La DTE no exime de la obligación de informar
       recogida en la normativa reguladora de los modelos DD1 y DD2. Son ámbitos distintos y
       declaraciones con funciones distintas e independientes entre sí.
   •   ¿El modelo DD1 estaría fuera de plazo?. Efectivamente, sólo se podría presentar dentro de
       plazo la declaración de apertura o cancelación de cuentas abiertas o canceladas en el mes
       de diciembre de 2012; siendo el plazo establecido hasta el día 20/01/2013. A pesar de ello,
       cierto es que, verbalmente, el Banco de España ha manifestado su voluntad de ser flexible
       en cuanto a los plazos extemporáneos de presentación e incluso, más allá, indicando que
       es muy probable que no vaya a sancionar por la presentación en plazo distinto al
       estipulado.

Por otro lado, en relación al modelo DD2 (declaración de información sobre cobros, pagos y
transferencias) el criterio manifestado, verbalmente, por el Banco de España ha sido el siguiente:

   •   Según la normativa, en el caso de que la suma de movimientos de la cuenta en todo un
       año natural no supere los 600.000 euros anuales, no habrá obligación de presentar este
       modelo. Ahora bien, en el caso de que existieran dentro de una misma cuenta, subcuentas
       expresadas en monedas diferentes, y la suma de todas las operaciones superara dicho
       importe, sería conveniente facilitar dicha información.
   •   En el caso de cuentas mantenidas en el exterior durante un número importante de años y
       con respecto a las cuales no se ha presentado modelo alguno de información, la
       información a facilitar debería contener todos los movimientos de los años de duración de
       la cuenta. No obstante, ante la evidencia de que esta información sería prácticamente
       imposible de obtener, se debería aportar todo lo razonablemente posible.
   •   Si se procedió a cancelar una cuenta “histórica” en el extranjero con respecto a la cual no
       se presentó declaración alguna, mediante la transferencia del dinero a otra cuenta nueva,
       se debería formalizar:
       1. El modelo DD1 por la apertura en su día, no comunicada de la cuenta cancelada.
       2. Otro modelo DD1 por el cierre de la cuenta que se cancela.




                                                6
3. Un nuevo DD1 por la apertura de la nueva cuenta.
       4. El modelo DD2, si fuere procedente, por los movimientos de los años en los que estuvo
       abierta la cuenta que se ha cerrado.
   •   Si vía DTE se regularizó una cuenta abierta hace 5 años, y por la que no se presentó
       modelo alguno, no es posible presentar el modelo DD2 por los movimientos de la misma,
       sin presentar previamente el modelo DD1 por su apertura.

Por otro lado, en relación con los valores negociables, el criterio manifestado, verbalmente, por
el Banco de España ha sido el siguiente:

   •   Es imprescindible aportar todas las operaciones vinculadas a los valores negociables. Ahora
       bien, siempre que se aplique un criterio razonable, sería posible recoger todos los
       movimientos posibles, aunque no pudieran ser todos, por las dificultades que conllevaría.
   •   Al tener que cumplimentar esta obligación telemáticamente, es imprescindible que el titular
       de las acciones tenga firma electrónica.
   •   Con respecto a las cuentas asociadas, con independencia de su naturaleza, sé deberá
       presentar declaración por las mismas, según proceda, DD1 y DD2.




                                                            En Barcelona, a 25 de enero de 2013.




                                                7

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ley de timbres y estampillas
Ley de timbres y estampillasLey de timbres y estampillas
Ley de timbres y estampillasMakarena Bórquez
 
Examen final de impuesto a la renta titulacion 2014 1
Examen final de impuesto a la renta titulacion  2014 1Examen final de impuesto a la renta titulacion  2014 1
Examen final de impuesto a la renta titulacion 2014 1Fernando Inca Bazan
 
Presentacion Ley de Impuesto a las Operaciones Financieras
Presentacion Ley de Impuesto a las Operaciones FinancierasPresentacion Ley de Impuesto a las Operaciones Financieras
Presentacion Ley de Impuesto a las Operaciones Financieras
Miguel A. C. Sánchez
 
Medidas tributarias y aduana ante el impacto del coronavirus
Medidas tributarias y aduana ante el impacto del coronavirusMedidas tributarias y aduana ante el impacto del coronavirus
Medidas tributarias y aduana ante el impacto del coronavirus
Anderson Choque
 
Deuda tributaria determinada
Deuda tributaria determinadaDeuda tributaria determinada
Deuda tributaria determinadaGustavo Mariaca
 
Calendario tributario 2012 Decreto Vencimientos
Calendario tributario 2012  Decreto VencimientosCalendario tributario 2012  Decreto Vencimientos
Calendario tributario 2012 Decreto Vencimientos
OSCAR LUIS CONTRERAS
 
Talle nº 1 ingreso público evaluación.
Talle nº 1 ingreso público evaluación.Talle nº 1 ingreso público evaluación.
Talle nº 1 ingreso público evaluación.bazanbazan
 
Impuestos de bolivia
Impuestos de boliviaImpuestos de bolivia
Impuestos de bolivia
Javier Pulgar
 
Tributos vigentes en la República Argentina
Tributos vigentes en la República ArgentinaTributos vigentes en la República Argentina
Tributos vigentes en la República ArgentinaOscar Damen
 
Guia formularios 200 y 400 v.3
Guia formularios 200  y 400 v.3Guia formularios 200  y 400 v.3
Guia formularios 200 y 400 v.3
Luis Eduardo Zuñiga Torrez
 
GTS Uruguay Actividades con SA en Uruguay 2013
GTS Uruguay Actividades con SA en Uruguay 2013GTS Uruguay Actividades con SA en Uruguay 2013
GTS Uruguay Actividades con SA en Uruguay 2013
GTS URUGUAY - Contadores Públicos
 
Clase Del 24 04 2008
Clase Del 24 04 2008Clase Del 24 04 2008
Clase Del 24 04 2008
guest5d6fd1
 
Fincas andrés
Fincas andrésFincas andrés
Fincas andrésmayclacm
 
GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS
GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROSGRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS
GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS
Fredy Murillo
 
Newsalert Fiscal Junio 2014
Newsalert Fiscal Junio 2014Newsalert Fiscal Junio 2014
Newsalert Fiscal Junio 2014
IBERAUDIT Kreston
 

La actualidad más candente (18)

Ley de timbres y estampillas
Ley de timbres y estampillasLey de timbres y estampillas
Ley de timbres y estampillas
 
Examen final de impuesto a la renta titulacion 2014 1
Examen final de impuesto a la renta titulacion  2014 1Examen final de impuesto a la renta titulacion  2014 1
Examen final de impuesto a la renta titulacion 2014 1
 
Presentacion Ley de Impuesto a las Operaciones Financieras
Presentacion Ley de Impuesto a las Operaciones FinancierasPresentacion Ley de Impuesto a las Operaciones Financieras
Presentacion Ley de Impuesto a las Operaciones Financieras
 
Medidas tributarias y aduana ante el impacto del coronavirus
Medidas tributarias y aduana ante el impacto del coronavirusMedidas tributarias y aduana ante el impacto del coronavirus
Medidas tributarias y aduana ante el impacto del coronavirus
 
Rc.iva
Rc.ivaRc.iva
Rc.iva
 
Rc iva
Rc ivaRc iva
Rc iva
 
Deuda tributaria determinada
Deuda tributaria determinadaDeuda tributaria determinada
Deuda tributaria determinada
 
Calendario tributario 2012 Decreto Vencimientos
Calendario tributario 2012  Decreto VencimientosCalendario tributario 2012  Decreto Vencimientos
Calendario tributario 2012 Decreto Vencimientos
 
Talle nº 1 ingreso público evaluación.
Talle nº 1 ingreso público evaluación.Talle nº 1 ingreso público evaluación.
Talle nº 1 ingreso público evaluación.
 
Impuestos de bolivia
Impuestos de boliviaImpuestos de bolivia
Impuestos de bolivia
 
Presetntación modelo 720
Presetntación modelo 720Presetntación modelo 720
Presetntación modelo 720
 
Tributos vigentes en la República Argentina
Tributos vigentes en la República ArgentinaTributos vigentes en la República Argentina
Tributos vigentes en la República Argentina
 
Guia formularios 200 y 400 v.3
Guia formularios 200  y 400 v.3Guia formularios 200  y 400 v.3
Guia formularios 200 y 400 v.3
 
GTS Uruguay Actividades con SA en Uruguay 2013
GTS Uruguay Actividades con SA en Uruguay 2013GTS Uruguay Actividades con SA en Uruguay 2013
GTS Uruguay Actividades con SA en Uruguay 2013
 
Clase Del 24 04 2008
Clase Del 24 04 2008Clase Del 24 04 2008
Clase Del 24 04 2008
 
Fincas andrés
Fincas andrésFincas andrés
Fincas andrés
 
GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS
GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROSGRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS
GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS
 
Newsalert Fiscal Junio 2014
Newsalert Fiscal Junio 2014Newsalert Fiscal Junio 2014
Newsalert Fiscal Junio 2014
 

Destacado

4.5.2 Cathy Wheel
4.5.2 Cathy Wheel4.5.2 Cathy Wheel
4.5.3 Susan Brumby
4.5.3 Susan Brumby4.5.3 Susan Brumby
Building Inclusive Finacial Sectors for Development
Building Inclusive Finacial Sectors for DevelopmentBuilding Inclusive Finacial Sectors for Development
Building Inclusive Finacial Sectors for Development
Dr Lendy Spires
 
Sistemaekonomikoak
SistemaekonomikoakSistemaekonomikoak
Sistemaekonomikoakmungia14
 
Keisy dayana brango morales
Keisy dayana brango moralesKeisy dayana brango morales
Keisy dayana brango moralesvane21dayis18
 
Rhett Weiss. Negotiating something from nothing TechChill Baltics, February12...
Rhett Weiss. Negotiating something from nothing TechChill Baltics, February12...Rhett Weiss. Negotiating something from nothing TechChill Baltics, February12...
Rhett Weiss. Negotiating something from nothing TechChill Baltics, February12...TechChillBaltics
 
India 1210100035584350-8
India 1210100035584350-8India 1210100035584350-8
India 1210100035584350-8aulaprimerb
 
SQL Server Extended Events
SQL Server Extended Events SQL Server Extended Events
SQL Server Extended Events
Stuart Moore
 
06. rpp pengembangan e learning berbasis web
06. rpp pengembangan e learning berbasis web06. rpp pengembangan e learning berbasis web
06. rpp pengembangan e learning berbasis webMolavi Arman
 
Idef0
Idef0Idef0
Idef0
lida111
 
What is Design?
What is Design?What is Design?
What is Design?
Iqra Masroor
 
4.5.1 Rebecca Eckert
4.5.1 Rebecca Eckert4.5.1 Rebecca Eckert
Virgin Radio - Communiqué de presse (2008)
Virgin Radio - Communiqué de presse (2008)Virgin Radio - Communiqué de presse (2008)
Virgin Radio - Communiqué de presse (2008)
Grégoire Bessagnet
 

Destacado (19)

Teori organisasi umum 2#
Teori organisasi umum 2#Teori organisasi umum 2#
Teori organisasi umum 2#
 
ON_OFF SHADOWS
ON_OFF SHADOWSON_OFF SHADOWS
ON_OFF SHADOWS
 
Script in mapeh
Script in mapehScript in mapeh
Script in mapeh
 
4.5.2 Cathy Wheel
4.5.2 Cathy Wheel4.5.2 Cathy Wheel
4.5.2 Cathy Wheel
 
4.5.3 Susan Brumby
4.5.3 Susan Brumby4.5.3 Susan Brumby
4.5.3 Susan Brumby
 
Building Inclusive Finacial Sectors for Development
Building Inclusive Finacial Sectors for DevelopmentBuilding Inclusive Finacial Sectors for Development
Building Inclusive Finacial Sectors for Development
 
TLE Carpentry
TLE CarpentryTLE Carpentry
TLE Carpentry
 
Sistemaekonomikoak
SistemaekonomikoakSistemaekonomikoak
Sistemaekonomikoak
 
Keisy dayana brango morales
Keisy dayana brango moralesKeisy dayana brango morales
Keisy dayana brango morales
 
Rhett Weiss. Negotiating something from nothing TechChill Baltics, February12...
Rhett Weiss. Negotiating something from nothing TechChill Baltics, February12...Rhett Weiss. Negotiating something from nothing TechChill Baltics, February12...
Rhett Weiss. Negotiating something from nothing TechChill Baltics, February12...
 
India 1210100035584350-8
India 1210100035584350-8India 1210100035584350-8
India 1210100035584350-8
 
SQL Server Extended Events
SQL Server Extended Events SQL Server Extended Events
SQL Server Extended Events
 
Présentation tribu
Présentation tribuPrésentation tribu
Présentation tribu
 
06. rpp pengembangan e learning berbasis web
06. rpp pengembangan e learning berbasis web06. rpp pengembangan e learning berbasis web
06. rpp pengembangan e learning berbasis web
 
Idef0
Idef0Idef0
Idef0
 
ภุชงคประยาคฉันท์ 12
ภุชงคประยาคฉันท์ 12ภุชงคประยาคฉันท์ 12
ภุชงคประยาคฉันท์ 12
 
What is Design?
What is Design?What is Design?
What is Design?
 
4.5.1 Rebecca Eckert
4.5.1 Rebecca Eckert4.5.1 Rebecca Eckert
4.5.1 Rebecca Eckert
 
Virgin Radio - Communiqué de presse (2008)
Virgin Radio - Communiqué de presse (2008)Virgin Radio - Communiqué de presse (2008)
Virgin Radio - Communiqué de presse (2008)
 

Similar a Circular 8 13. Cuentas y valores negociables en el exterior

Circular 5-13 Modelo 720. Declaración informativa bienes y derechos situados ...
Circular 5-13 Modelo 720. Declaración informativa bienes y derechos situados ...Circular 5-13 Modelo 720. Declaración informativa bienes y derechos situados ...
Circular 5-13 Modelo 720. Declaración informativa bienes y derechos situados ...
Planartús
 
Cuenta general correspondiente al año 2020 de la mancomunidad de servicios de...
Cuenta general correspondiente al año 2020 de la mancomunidad de servicios de...Cuenta general correspondiente al año 2020 de la mancomunidad de servicios de...
Cuenta general correspondiente al año 2020 de la mancomunidad de servicios de...
José Luis De Andrés Huelves
 
Información precontractual de la Cuenta Nómina de OpenBank
Información precontractual de la Cuenta Nómina de OpenBankInformación precontractual de la Cuenta Nómina de OpenBank
Información precontractual de la Cuenta Nómina de OpenBank
Comparativa de Bancos
 
Ley de Transparencia Fiscal Internacional
Ley de Transparencia Fiscal InternacionalLey de Transparencia Fiscal Internacional
Ley de Transparencia Fiscal Internacional
Juan Pascual Perez
 
Cuenta online de BBVA
Cuenta online de BBVACuenta online de BBVA
Cuenta online de BBVA
Comparativa de Bancos
 
25 bis 2016 01 12_mat_shcp2a anexo 25 bis fatca
25 bis 2016 01 12_mat_shcp2a anexo 25 bis fatca25 bis 2016 01 12_mat_shcp2a anexo 25 bis fatca
25 bis 2016 01 12_mat_shcp2a anexo 25 bis fatca
EX ARTHUR MEXICO
 
{Da58938 b 55bd-092c-962f-a4ed76e9a937}
{Da58938 b 55bd-092c-962f-a4ed76e9a937}{Da58938 b 55bd-092c-962f-a4ed76e9a937}
{Da58938 b 55bd-092c-962f-a4ed76e9a937}Garcia, Maricarmen
 
News Alert Febrero 2014
News Alert Febrero 2014News Alert Febrero 2014
News Alert Febrero 2014
IBERAUDIT Kreston
 
¿Qué es el Mercado Cambiario y como administrar una cuenta de compensación?
¿Qué es el Mercado Cambiario y como administrar una cuenta de compensación?¿Qué es el Mercado Cambiario y como administrar una cuenta de compensación?
¿Qué es el Mercado Cambiario y como administrar una cuenta de compensación?
Lyntik
 
Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...
Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...
Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...
Miguel A. C. Sánchez
 
Bases préstamos a empresarios y emprendedores. SODEBUR
Bases préstamos a empresarios y emprendedores. SODEBUR Bases préstamos a empresarios y emprendedores. SODEBUR
Bases préstamos a empresarios y emprendedores. SODEBUR
CEDER Merindades
 
Presentacion ley emprendedores y modelos 2013
Presentacion ley emprendedores y modelos 2013Presentacion ley emprendedores y modelos 2013
Presentacion ley emprendedores y modelos 2013
Albert Cabedo Pla
 
Nuevos modelos y cambios fiscales para el 2014
Nuevos modelos y cambios fiscales para el 2014Nuevos modelos y cambios fiscales para el 2014
Nuevos modelos y cambios fiscales para el 2014
Domatix
 
Charla marzo para el #Desarrolloemprendedor - Monotributo e Ingresos Brutos
Charla marzo para el #Desarrolloemprendedor - Monotributo e Ingresos BrutosCharla marzo para el #Desarrolloemprendedor - Monotributo e Ingresos Brutos
Charla marzo para el #Desarrolloemprendedor - Monotributo e Ingresos Brutos
Quásar Comunicación - Agencia Boutique de Prensa
 
Guía para diligenciar el formulario de cuentas de compensación
Guía para diligenciar el formulario de cuentas de compensaciónGuía para diligenciar el formulario de cuentas de compensación
Guía para diligenciar el formulario de cuentas de compensación
Edwin Hernandez
 
Guía para diligenciar el formulario de cuentas de compensación
Guía para diligenciar el formulario de cuentas de compensaciónGuía para diligenciar el formulario de cuentas de compensación
Guía para diligenciar el formulario de cuentas de compensación
Edwin Hernandez
 
PRESUPUESTO-PROBIDAD-20-2006.pptx
PRESUPUESTO-PROBIDAD-20-2006.pptxPRESUPUESTO-PROBIDAD-20-2006.pptx
PRESUPUESTO-PROBIDAD-20-2006.pptx
FRANKSERECH
 
Atención de las cartas invitación del SAT
Atención de las cartas invitación del SATAtención de las cartas invitación del SAT
Atención de las cartas invitación del SAT
Fiscalito punto com
 
Texto de contabilidad comercial cecilia acosta
Texto de contabilidad comercial cecilia acostaTexto de contabilidad comercial cecilia acosta
Texto de contabilidad comercial cecilia acostaRobert Gallegos
 

Similar a Circular 8 13. Cuentas y valores negociables en el exterior (20)

Circular 5-13 Modelo 720. Declaración informativa bienes y derechos situados ...
Circular 5-13 Modelo 720. Declaración informativa bienes y derechos situados ...Circular 5-13 Modelo 720. Declaración informativa bienes y derechos situados ...
Circular 5-13 Modelo 720. Declaración informativa bienes y derechos situados ...
 
Cuenta general correspondiente al año 2020 de la mancomunidad de servicios de...
Cuenta general correspondiente al año 2020 de la mancomunidad de servicios de...Cuenta general correspondiente al año 2020 de la mancomunidad de servicios de...
Cuenta general correspondiente al año 2020 de la mancomunidad de servicios de...
 
Información precontractual de la Cuenta Nómina de OpenBank
Información precontractual de la Cuenta Nómina de OpenBankInformación precontractual de la Cuenta Nómina de OpenBank
Información precontractual de la Cuenta Nómina de OpenBank
 
Ley de Transparencia Fiscal Internacional
Ley de Transparencia Fiscal InternacionalLey de Transparencia Fiscal Internacional
Ley de Transparencia Fiscal Internacional
 
Cuenta online de BBVA
Cuenta online de BBVACuenta online de BBVA
Cuenta online de BBVA
 
25 bis 2016 01 12_mat_shcp2a anexo 25 bis fatca
25 bis 2016 01 12_mat_shcp2a anexo 25 bis fatca25 bis 2016 01 12_mat_shcp2a anexo 25 bis fatca
25 bis 2016 01 12_mat_shcp2a anexo 25 bis fatca
 
{Da58938 b 55bd-092c-962f-a4ed76e9a937}
{Da58938 b 55bd-092c-962f-a4ed76e9a937}{Da58938 b 55bd-092c-962f-a4ed76e9a937}
{Da58938 b 55bd-092c-962f-a4ed76e9a937}
 
News Alert Febrero 2014
News Alert Febrero 2014News Alert Febrero 2014
News Alert Febrero 2014
 
¿Qué es el Mercado Cambiario y como administrar una cuenta de compensación?
¿Qué es el Mercado Cambiario y como administrar una cuenta de compensación?¿Qué es el Mercado Cambiario y como administrar una cuenta de compensación?
¿Qué es el Mercado Cambiario y como administrar una cuenta de compensación?
 
Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...
Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...
Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...
 
Bases préstamos a empresarios y emprendedores. SODEBUR
Bases préstamos a empresarios y emprendedores. SODEBUR Bases préstamos a empresarios y emprendedores. SODEBUR
Bases préstamos a empresarios y emprendedores. SODEBUR
 
Presentacion ley emprendedores y modelos 2013
Presentacion ley emprendedores y modelos 2013Presentacion ley emprendedores y modelos 2013
Presentacion ley emprendedores y modelos 2013
 
Nuevos modelos y cambios fiscales para el 2014
Nuevos modelos y cambios fiscales para el 2014Nuevos modelos y cambios fiscales para el 2014
Nuevos modelos y cambios fiscales para el 2014
 
Charla marzo para el #Desarrolloemprendedor - Monotributo e Ingresos Brutos
Charla marzo para el #Desarrolloemprendedor - Monotributo e Ingresos BrutosCharla marzo para el #Desarrolloemprendedor - Monotributo e Ingresos Brutos
Charla marzo para el #Desarrolloemprendedor - Monotributo e Ingresos Brutos
 
Guía para diligenciar el formulario de cuentas de compensación
Guía para diligenciar el formulario de cuentas de compensaciónGuía para diligenciar el formulario de cuentas de compensación
Guía para diligenciar el formulario de cuentas de compensación
 
Guía para diligenciar el formulario de cuentas de compensación
Guía para diligenciar el formulario de cuentas de compensaciónGuía para diligenciar el formulario de cuentas de compensación
Guía para diligenciar el formulario de cuentas de compensación
 
PRESUPUESTO-PROBIDAD-20-2006.pptx
PRESUPUESTO-PROBIDAD-20-2006.pptxPRESUPUESTO-PROBIDAD-20-2006.pptx
PRESUPUESTO-PROBIDAD-20-2006.pptx
 
Atención de las cartas invitación del SAT
Atención de las cartas invitación del SATAtención de las cartas invitación del SAT
Atención de las cartas invitación del SAT
 
Carta invitación sat
Carta invitación satCarta invitación sat
Carta invitación sat
 
Texto de contabilidad comercial cecilia acosta
Texto de contabilidad comercial cecilia acostaTexto de contabilidad comercial cecilia acosta
Texto de contabilidad comercial cecilia acosta
 

Más de Planartús

Circular 10 14 LGT Anteproyecto de ley de reforma
Circular 10 14  LGT  Anteproyecto de ley de reformaCircular 10 14  LGT  Anteproyecto de ley de reforma
Circular 10 14 LGT Anteproyecto de ley de reforma
Planartús
 
Circular 9 14 IRNR Anteproyecto de ley de reforma
Circular 9 14  IRNR  Anteproyecto de ley de reformaCircular 9 14  IRNR  Anteproyecto de ley de reforma
Circular 9 14 IRNR Anteproyecto de ley de reforma
Planartús
 
Circular 8 14 IRPF. Anteproyecto de ley de reforma
Circular 8 14  IRPF.  Anteproyecto de ley de reformaCircular 8 14  IRPF.  Anteproyecto de ley de reforma
Circular 8 14 IRPF. Anteproyecto de ley de reforma
Planartús
 
Circular 7 14. ISS. Anteproyecto de ley de reforma
Circular 7 14. ISS. Anteproyecto de ley de reformaCircular 7 14. ISS. Anteproyecto de ley de reforma
Circular 7 14. ISS. Anteproyecto de ley de reforma
Planartús
 
Circular 6 14. IVA. Anteproyecto de ley de reforma
Circular 6 14. IVA. Anteproyecto de ley de reformaCircular 6 14. IVA. Anteproyecto de ley de reforma
Circular 6 14. IVA. Anteproyecto de ley de reforma
Planartús
 
Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014
Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014
Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014
Planartús
 
Circular 4-14. Nuevo modelo 303
Circular 4-14. Nuevo modelo 303Circular 4-14. Nuevo modelo 303
Circular 4-14. Nuevo modelo 303
Planartús
 
Circular 3 14 - Nuevo Impuesto de Sucesiones en Catalunya
Circular 3 14 - Nuevo Impuesto de Sucesiones en CatalunyaCircular 3 14 - Nuevo Impuesto de Sucesiones en Catalunya
Circular 3 14 - Nuevo Impuesto de Sucesiones en Catalunya
Planartús
 
Circular 2 14. Ley de Presupuestos Generales del Estado 2014
Circular 2 14. Ley de Presupuestos Generales del Estado 2014Circular 2 14. Ley de Presupuestos Generales del Estado 2014
Circular 2 14. Ley de Presupuestos Generales del Estado 2014
Planartús
 
Circular 17 13 Proyecto modificacion ISD catalunya
Circular 17 13  Proyecto modificacion ISD catalunyaCircular 17 13  Proyecto modificacion ISD catalunya
Circular 17 13 Proyecto modificacion ISD catalunya
Planartús
 
Circular 11 13 Medidas de apoyo al emprendedor
Circular 11 13  Medidas de apoyo al emprendedorCircular 11 13  Medidas de apoyo al emprendedor
Circular 11 13 Medidas de apoyo al emprendedor
Planartús
 
Circular 10 13. Actualización de balances
Circular 10 13. Actualización de balancesCircular 10 13. Actualización de balances
Circular 10 13. Actualización de balances
Planartús
 
Circular 9 13.IVA. Ejecuciones de obra. Inversion sujeto pasivo
Circular 9 13.IVA. Ejecuciones de obra. Inversion sujeto pasivoCircular 9 13.IVA. Ejecuciones de obra. Inversion sujeto pasivo
Circular 9 13.IVA. Ejecuciones de obra. Inversion sujeto pasivo
Planartús
 
Circular 7 13. Retribucion administradores-Alta Direccion. Tratamiento fiscal
Circular 7 13. Retribucion administradores-Alta Direccion. Tratamiento fiscalCircular 7 13. Retribucion administradores-Alta Direccion. Tratamiento fiscal
Circular 7 13. Retribucion administradores-Alta Direccion. Tratamiento fiscal
Planartús
 
Circular 4 13. Novedades en las declaraciones informativas
Circular 4 13. Novedades en las declaraciones informativasCircular 4 13. Novedades en las declaraciones informativas
Circular 4 13. Novedades en las declaraciones informativas
Planartús
 
Circular 3 13. Catalunya. Impuesto sobre el Patrimonio 2012
Circular 3 13. Catalunya. Impuesto sobre el Patrimonio 2012Circular 3 13. Catalunya. Impuesto sobre el Patrimonio 2012
Circular 3 13. Catalunya. Impuesto sobre el Patrimonio 2012
Planartús
 
Circular 2 13. LPGE 2013
Circular 2 13. LPGE 2013Circular 2 13. LPGE 2013
Circular 2 13. LPGE 2013
Planartús
 
Circular 1 13. Síntesis Ley 16-2012
Circular 1 13. Síntesis Ley 16-2012Circular 1 13. Síntesis Ley 16-2012
Circular 1 13. Síntesis Ley 16-2012
Planartús
 
Ley 7 2012 fraude fiscal-def
Ley 7 2012 fraude fiscal-defLey 7 2012 fraude fiscal-def
Ley 7 2012 fraude fiscal-def
Planartús
 
Resolución DGT IVA
Resolución DGT IVAResolución DGT IVA
Resolución DGT IVAPlanartús
 

Más de Planartús (20)

Circular 10 14 LGT Anteproyecto de ley de reforma
Circular 10 14  LGT  Anteproyecto de ley de reformaCircular 10 14  LGT  Anteproyecto de ley de reforma
Circular 10 14 LGT Anteproyecto de ley de reforma
 
Circular 9 14 IRNR Anteproyecto de ley de reforma
Circular 9 14  IRNR  Anteproyecto de ley de reformaCircular 9 14  IRNR  Anteproyecto de ley de reforma
Circular 9 14 IRNR Anteproyecto de ley de reforma
 
Circular 8 14 IRPF. Anteproyecto de ley de reforma
Circular 8 14  IRPF.  Anteproyecto de ley de reformaCircular 8 14  IRPF.  Anteproyecto de ley de reforma
Circular 8 14 IRPF. Anteproyecto de ley de reforma
 
Circular 7 14. ISS. Anteproyecto de ley de reforma
Circular 7 14. ISS. Anteproyecto de ley de reformaCircular 7 14. ISS. Anteproyecto de ley de reforma
Circular 7 14. ISS. Anteproyecto de ley de reforma
 
Circular 6 14. IVA. Anteproyecto de ley de reforma
Circular 6 14. IVA. Anteproyecto de ley de reformaCircular 6 14. IVA. Anteproyecto de ley de reforma
Circular 6 14. IVA. Anteproyecto de ley de reforma
 
Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014
Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014
Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014
 
Circular 4-14. Nuevo modelo 303
Circular 4-14. Nuevo modelo 303Circular 4-14. Nuevo modelo 303
Circular 4-14. Nuevo modelo 303
 
Circular 3 14 - Nuevo Impuesto de Sucesiones en Catalunya
Circular 3 14 - Nuevo Impuesto de Sucesiones en CatalunyaCircular 3 14 - Nuevo Impuesto de Sucesiones en Catalunya
Circular 3 14 - Nuevo Impuesto de Sucesiones en Catalunya
 
Circular 2 14. Ley de Presupuestos Generales del Estado 2014
Circular 2 14. Ley de Presupuestos Generales del Estado 2014Circular 2 14. Ley de Presupuestos Generales del Estado 2014
Circular 2 14. Ley de Presupuestos Generales del Estado 2014
 
Circular 17 13 Proyecto modificacion ISD catalunya
Circular 17 13  Proyecto modificacion ISD catalunyaCircular 17 13  Proyecto modificacion ISD catalunya
Circular 17 13 Proyecto modificacion ISD catalunya
 
Circular 11 13 Medidas de apoyo al emprendedor
Circular 11 13  Medidas de apoyo al emprendedorCircular 11 13  Medidas de apoyo al emprendedor
Circular 11 13 Medidas de apoyo al emprendedor
 
Circular 10 13. Actualización de balances
Circular 10 13. Actualización de balancesCircular 10 13. Actualización de balances
Circular 10 13. Actualización de balances
 
Circular 9 13.IVA. Ejecuciones de obra. Inversion sujeto pasivo
Circular 9 13.IVA. Ejecuciones de obra. Inversion sujeto pasivoCircular 9 13.IVA. Ejecuciones de obra. Inversion sujeto pasivo
Circular 9 13.IVA. Ejecuciones de obra. Inversion sujeto pasivo
 
Circular 7 13. Retribucion administradores-Alta Direccion. Tratamiento fiscal
Circular 7 13. Retribucion administradores-Alta Direccion. Tratamiento fiscalCircular 7 13. Retribucion administradores-Alta Direccion. Tratamiento fiscal
Circular 7 13. Retribucion administradores-Alta Direccion. Tratamiento fiscal
 
Circular 4 13. Novedades en las declaraciones informativas
Circular 4 13. Novedades en las declaraciones informativasCircular 4 13. Novedades en las declaraciones informativas
Circular 4 13. Novedades en las declaraciones informativas
 
Circular 3 13. Catalunya. Impuesto sobre el Patrimonio 2012
Circular 3 13. Catalunya. Impuesto sobre el Patrimonio 2012Circular 3 13. Catalunya. Impuesto sobre el Patrimonio 2012
Circular 3 13. Catalunya. Impuesto sobre el Patrimonio 2012
 
Circular 2 13. LPGE 2013
Circular 2 13. LPGE 2013Circular 2 13. LPGE 2013
Circular 2 13. LPGE 2013
 
Circular 1 13. Síntesis Ley 16-2012
Circular 1 13. Síntesis Ley 16-2012Circular 1 13. Síntesis Ley 16-2012
Circular 1 13. Síntesis Ley 16-2012
 
Ley 7 2012 fraude fiscal-def
Ley 7 2012 fraude fiscal-defLey 7 2012 fraude fiscal-def
Ley 7 2012 fraude fiscal-def
 
Resolución DGT IVA
Resolución DGT IVAResolución DGT IVA
Resolución DGT IVA
 

Último

pablo LAMINAS A EXPONER PROYECTO FINAL 2023 sabado 28.10.23.pptx
pablo LAMINAS A EXPONER PROYECTO FINAL 2023 sabado 28.10.23.pptxpablo LAMINAS A EXPONER PROYECTO FINAL 2023 sabado 28.10.23.pptx
pablo LAMINAS A EXPONER PROYECTO FINAL 2023 sabado 28.10.23.pptx
marisela352444
 
Planificación de Ecuador y sus respectivas zonas
Planificación de Ecuador y sus respectivas zonasPlanificación de Ecuador y sus respectivas zonas
Planificación de Ecuador y sus respectivas zonas
MarioBenedetti13
 
BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024 Ley de Emergencia
BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024 Ley de EmergenciaBBSC® Impuesto Sustitutivo 2024 Ley de Emergencia
BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024 Ley de Emergencia
Claudia Valdés Muñoz
 
Documentación comercial y contable para contadores
Documentación comercial y contable para contadoresDocumentación comercial y contable para contadores
Documentación comercial y contable para contadores
JeanpaulFredyChavezM
 
El crédito y los seguros como parte de la educación financiera
El crédito y los seguros como parte de la educación financieraEl crédito y los seguros como parte de la educación financiera
El crédito y los seguros como parte de la educación financiera
MarcoMolina87
 
TRABAJO DE EXPOSICIÓN CASO URUBO GUENDAA
TRABAJO DE EXPOSICIÓN CASO URUBO GUENDAATRABAJO DE EXPOSICIÓN CASO URUBO GUENDAA
TRABAJO DE EXPOSICIÓN CASO URUBO GUENDAA
AnglicaDuranRueda
 
Unidad I Generalidades de la Contabilidad.pdf
Unidad I Generalidades de la Contabilidad.pdfUnidad I Generalidades de la Contabilidad.pdf
Unidad I Generalidades de la Contabilidad.pdf
TatianaPoveda12
 
PMI sector servicios España mes de mayo 2024
PMI sector servicios España mes de mayo 2024PMI sector servicios España mes de mayo 2024
PMI sector servicios España mes de mayo 2024
LuisdelBarri
 
Economía Informal en el Perú:Situación actual y perspectivas .pdf
Economía Informal en el Perú:Situación actual y perspectivas .pdfEconomía Informal en el Perú:Situación actual y perspectivas .pdf
Economía Informal en el Perú:Situación actual y perspectivas .pdf
nelllalita3
 
El futuro de la población peruana. Aramburu y Mendoza.pdf
El futuro de la población peruana. Aramburu y Mendoza.pdfEl futuro de la población peruana. Aramburu y Mendoza.pdf
El futuro de la población peruana. Aramburu y Mendoza.pdf
nelllalita3
 
GARANTIAS Y SEGUROS de legal civ civil.pptx
GARANTIAS Y SEGUROS de legal civ civil.pptxGARANTIAS Y SEGUROS de legal civ civil.pptx
GARANTIAS Y SEGUROS de legal civ civil.pptx
MaraCalaniGonzalez
 
CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS – TERCEROS+.pdf
CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS – TERCEROS+.pdfCUENTAS POR COBRAR DIVERSAS – TERCEROS+.pdf
CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS – TERCEROS+.pdf
jotacf
 
Unidad 5 - Protección y seguridad en Excel.pdf
Unidad 5 - Protección y seguridad en Excel.pdfUnidad 5 - Protección y seguridad en Excel.pdf
Unidad 5 - Protección y seguridad en Excel.pdf
FernandoCanales26
 
Tratado sobre el dinero, John Maynard Keynes.pdf
Tratado sobre el dinero, John Maynard Keynes.pdfTratado sobre el dinero, John Maynard Keynes.pdf
Tratado sobre el dinero, John Maynard Keynes.pdf
ClaudioFerreyra8
 
La ejecución forzosa en especie (o en forma específica).pptx
La ejecución forzosa en especie (o en forma específica).pptxLa ejecución forzosa en especie (o en forma específica).pptx
La ejecución forzosa en especie (o en forma específica).pptx
AnaGarcia748312
 
anualidades anticipadas y diferidas .pptx
anualidades anticipadas y diferidas .pptxanualidades anticipadas y diferidas .pptx
anualidades anticipadas y diferidas .pptx
J. ALFREDO TORRES G
 
Rice & Jello Delights de yonhalberth cayama
Rice & Jello Delights de yonhalberth cayamaRice & Jello Delights de yonhalberth cayama
Rice & Jello Delights de yonhalberth cayama
haimaralinarez7
 
CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION 2024 ACTUALIZADO
CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION 2024 ACTUALIZADOCODIGO FISCAL DE LA FEDERACION 2024 ACTUALIZADO
CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION 2024 ACTUALIZADO
ARACELYMUOZ14
 
finanzas-en-mi-colegio-cuarto-de-secundaria.pdf
finanzas-en-mi-colegio-cuarto-de-secundaria.pdffinanzas-en-mi-colegio-cuarto-de-secundaria.pdf
finanzas-en-mi-colegio-cuarto-de-secundaria.pdf
dongimontjoy
 
Presentacion Crown. Finanzas sanas de Reino
Presentacion Crown. Finanzas sanas de ReinoPresentacion Crown. Finanzas sanas de Reino
Presentacion Crown. Finanzas sanas de Reino
AleOsorio14
 

Último (20)

pablo LAMINAS A EXPONER PROYECTO FINAL 2023 sabado 28.10.23.pptx
pablo LAMINAS A EXPONER PROYECTO FINAL 2023 sabado 28.10.23.pptxpablo LAMINAS A EXPONER PROYECTO FINAL 2023 sabado 28.10.23.pptx
pablo LAMINAS A EXPONER PROYECTO FINAL 2023 sabado 28.10.23.pptx
 
Planificación de Ecuador y sus respectivas zonas
Planificación de Ecuador y sus respectivas zonasPlanificación de Ecuador y sus respectivas zonas
Planificación de Ecuador y sus respectivas zonas
 
BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024 Ley de Emergencia
BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024 Ley de EmergenciaBBSC® Impuesto Sustitutivo 2024 Ley de Emergencia
BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024 Ley de Emergencia
 
Documentación comercial y contable para contadores
Documentación comercial y contable para contadoresDocumentación comercial y contable para contadores
Documentación comercial y contable para contadores
 
El crédito y los seguros como parte de la educación financiera
El crédito y los seguros como parte de la educación financieraEl crédito y los seguros como parte de la educación financiera
El crédito y los seguros como parte de la educación financiera
 
TRABAJO DE EXPOSICIÓN CASO URUBO GUENDAA
TRABAJO DE EXPOSICIÓN CASO URUBO GUENDAATRABAJO DE EXPOSICIÓN CASO URUBO GUENDAA
TRABAJO DE EXPOSICIÓN CASO URUBO GUENDAA
 
Unidad I Generalidades de la Contabilidad.pdf
Unidad I Generalidades de la Contabilidad.pdfUnidad I Generalidades de la Contabilidad.pdf
Unidad I Generalidades de la Contabilidad.pdf
 
PMI sector servicios España mes de mayo 2024
PMI sector servicios España mes de mayo 2024PMI sector servicios España mes de mayo 2024
PMI sector servicios España mes de mayo 2024
 
Economía Informal en el Perú:Situación actual y perspectivas .pdf
Economía Informal en el Perú:Situación actual y perspectivas .pdfEconomía Informal en el Perú:Situación actual y perspectivas .pdf
Economía Informal en el Perú:Situación actual y perspectivas .pdf
 
El futuro de la población peruana. Aramburu y Mendoza.pdf
El futuro de la población peruana. Aramburu y Mendoza.pdfEl futuro de la población peruana. Aramburu y Mendoza.pdf
El futuro de la población peruana. Aramburu y Mendoza.pdf
 
GARANTIAS Y SEGUROS de legal civ civil.pptx
GARANTIAS Y SEGUROS de legal civ civil.pptxGARANTIAS Y SEGUROS de legal civ civil.pptx
GARANTIAS Y SEGUROS de legal civ civil.pptx
 
CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS – TERCEROS+.pdf
CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS – TERCEROS+.pdfCUENTAS POR COBRAR DIVERSAS – TERCEROS+.pdf
CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS – TERCEROS+.pdf
 
Unidad 5 - Protección y seguridad en Excel.pdf
Unidad 5 - Protección y seguridad en Excel.pdfUnidad 5 - Protección y seguridad en Excel.pdf
Unidad 5 - Protección y seguridad en Excel.pdf
 
Tratado sobre el dinero, John Maynard Keynes.pdf
Tratado sobre el dinero, John Maynard Keynes.pdfTratado sobre el dinero, John Maynard Keynes.pdf
Tratado sobre el dinero, John Maynard Keynes.pdf
 
La ejecución forzosa en especie (o en forma específica).pptx
La ejecución forzosa en especie (o en forma específica).pptxLa ejecución forzosa en especie (o en forma específica).pptx
La ejecución forzosa en especie (o en forma específica).pptx
 
anualidades anticipadas y diferidas .pptx
anualidades anticipadas y diferidas .pptxanualidades anticipadas y diferidas .pptx
anualidades anticipadas y diferidas .pptx
 
Rice & Jello Delights de yonhalberth cayama
Rice & Jello Delights de yonhalberth cayamaRice & Jello Delights de yonhalberth cayama
Rice & Jello Delights de yonhalberth cayama
 
CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION 2024 ACTUALIZADO
CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION 2024 ACTUALIZADOCODIGO FISCAL DE LA FEDERACION 2024 ACTUALIZADO
CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION 2024 ACTUALIZADO
 
finanzas-en-mi-colegio-cuarto-de-secundaria.pdf
finanzas-en-mi-colegio-cuarto-de-secundaria.pdffinanzas-en-mi-colegio-cuarto-de-secundaria.pdf
finanzas-en-mi-colegio-cuarto-de-secundaria.pdf
 
Presentacion Crown. Finanzas sanas de Reino
Presentacion Crown. Finanzas sanas de ReinoPresentacion Crown. Finanzas sanas de Reino
Presentacion Crown. Finanzas sanas de Reino
 

Circular 8 13. Cuentas y valores negociables en el exterior

  • 1. CIRCULAR 8/13 COMUNICACIÓN AL BANCO DE ESPAÑA SOBRE APERTURAS, MOVIMIENTOS Y/O CANCELACIÓN DE LAS CUENTAS CORRIENTES Y VALORES NEGOCIABLES MANTENIDOS EN EL EXTERIOR El pasado 1/01/2013 entró en vigor la Circular nº 4/2012, de 25 de abril, sobre normas para la comunicación por los residentes en España de las transacciones económicas y los saldos de activos y pasivos financieros con el exterior, introduciendo diversas normas con el objeto de conseguir que la información sobre cobros y pagos exteriores (que antes se obtenía a través de los proveedores de servicios de pago) se obtengan ahora de forma directa mediante modelos de declaración que deben elaborar los residentes titulares de estas operaciones. Efectivamente, siempre ha existido la obligación de comunicar al Banco de España sobre aperturas, movimientos y/o cancelación de las cuentas corrientes y valores negociables mantenidos en el exterior. Además, el incumplimiento de dicha obligación está sujeto a un régimen sancionador específico. En concreto, la Circular nº 4/2012 deroga, con fecha 1/01/2014, entre otras, las circulares 6/2000 y 3/2006, así como algunos apartados de la Circular 2/2001, estableciéndose un régimen transitorio, hasta el próximo 31 de diciembre de 2013, en los siguientes términos: A. Residentes titulares de cuentas en el extranjero: 1) Obligación de información respecto a las siguientes operaciones que realicen las personas físicas o jurídicas residentes: 1.1) Apertura y cancelación de cuentas: i. En oficinas operantes en el extranjero, tanto de entidades registradas, como de entidades bancarias o de crédito extranjeras. ii. Con no residentes que no sean entidades bancarias o de crédito extranjeras, a través de las cuales se realicen cobros y pagos exteriores y se compensen créditos y débitos mutuos. 1
  • 2. 1.2) Abonos y adeudos en las cuentas anteriormente enunciadas, originados por: i. Cobros, pagos y transferencias exteriores. ii. Compensaciones de créditos y débitos mutuos, que se liquiden en dichas cuentas. 1.3) Depósitos a plazo que personas físicas o jurídicas residentes constituyan en oficinas operantes en el extranjero, tanto de entidades registradas como de entidades bancarias o de crédito extranjeras. 2) Declaración de información de apertura, cancelación y modificación de las características de las cuentas Modelo DD1: La apertura y la cancelación de las cuentas deberán informarse al Banco de España en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de dicha apertura o cancelación. Las modificaciones en las características de las cuentas (variaciones que afectan a sus titulares, país, moneda, etc.), deben comunicarse por escrito al Banco de España en el plazo de un mes contado desde la fecha en que se hayan producido. Cuando dichas modificaciones afecten a características esenciales de la cuenta (por ejemplo, titular, tipo de cuenta, moneda o país en el que está abierta), darán lugar a una declaración de cancelación de cuenta y a una nueva declaración de apertura de cuenta. La constitución y cancelación de depósitos a plazo serán informadas de la siguiente forma: - Mediante las correspondientes declaraciones de cobros y pagos exteriores realizados por residentes con intermediación de las entidades registradas, si los cobros y pagos a que dan lugar la constitución y cancelación de los depósitos se realizan a través de entidades de crédito residentes. - Como movimientos de las cuentas, si se realizan a través de las mismas. 3) Periodicidad de la declaración de información sobre cobros, pagos y transferencias, Modelo DD2: Las variaciones que se produzcan en el saldo de cada una de las cuentas abiertas por residentes en el extranjero, así como los cobros, pagos y transferencias exteriores que originen dichas variaciones, deben comunicarse al Banco de España. La información sobre cobros, pagos y transferencias realizados mediante abonos y adeudos en las cuentas tendrá una periodicidad mensual, y su remisión al Banco de España habrá de producirse antes del día 20 del mes siguiente al que se informa. 2
  • 3. Sin embargo, no estarán obligados a presentar dichas declaraciones mensuales los titulares de cuentas en el exterior cuando ni la suma de abonos ni la de adeudos, en un mes, alcancen el importe de 3.000.000 de euros, o su contravalor en otras monedas. Si en un mes determinado, en abonos o adeudos, se alcanza la citada cifra de 3.000.000 de euros, la declaración mensual que se realice englobará las operaciones no informadas del mes o meses anteriores. Los titulares de cuentas que hayan quedado exentos de informar en algún mes del año, o en todos ellos, habrán de hacer una declaración en el último mes de cada año, que contenga las operaciones no declaradas durante el año, abonadas/adeudadas en la cuenta desde el último período declarado, así como los saldos inicial y final. Con carácter general, esta declaración deberá enviarse al Banco de España no más tarde del día 20 de enero del año siguiente al que se informa. No obstante, cuando ni la suma de adeudos ni la de abonos hayan superado, en el curso del año natural completo, los 600.000 euros, la declaración solo se enviará al Banco de España a requerimiento expreso de este, en un plazo máximo de dos meses, a contar desde la fecha de su solicitud. La declaración anual a que se refiere el apartado anterior podrá contener, exclusivamente, los saldos inicial y final, la suma total de las operaciones de abono y la suma total de los adeudos del período declarado, cuando ni el importe total de abonos ni de adeudos de la declaración superen 6.000.000 €. En el caso de cancelación de cuentas, la comunicación al Banco de España, deberá ir acompañada de la declaración de cobros y pagos realizados en la cuenta en el período transcurrido entre la última declaración de cobros y pagos presentada y la cancelación de la cuenta. B. Residentes titulares de valores negociables en el extranjero: 1) Obligación de información Las personas físicas y jurídicas residentes sometidas a la Circular 2/2001, deberán remitir mensualmente, dentro de los diez días hábiles siguientes al fin de cada mes, la información recogida en los cuadros 2A y 2B. No estarán obligadas a remitir información alguna, salvo requerimiento expreso, cuando se cumplan cada uno de los siguientes requisitos: - Que sus saldos totales de valores negociables depositados en entidades no residentes, no superen a 31 de diciembre del año anterior, los 6.000.000 €. 3
  • 4. - Que sus operaciones totales de valores negociables, efectuadas a través de entidades no residentes, no superen durante el año anterior, el importe de 60 millones de euros. Para cada uno de los conceptos mencionados, se comunicará, la siguiente información: - El saldo de las cuentas al inicio del período, indicando el número de valores y su importe. - Las entradas y salidas de valores en las cuentas, indicando el número e importe de los valores. - Los cupones o dividendos abonados, indicando el nº de valores y su importe. - El saldo de las cuentas al final del período, indicando nº de valores e importe. 2) Presentación: La información se remitirá telemáticamente al Banco de España. C. Régimen sancionador: Las infracciones previstas para el incumplimiento de las obligaciones de comunicación al Banco de España sobre la apertura, movimientos y/o cancelación de las cuentas corrientes en el extranjero se clasifican en muy graves, graves y leves. No obstante, y de acuerdo con la normativa analizada y la documentación requerida, lo más habitual es que las infracciones prácticas derivadas del análisis que estamos haciendo sean de carácter leve o grave. a) Infracciones muy graves, prescripción y sanciones: Son infracciones muy graves la realización de actos, negocios, transacciones y operaciones prohibidas, las realizadas sin solicitar la pertinente autorización, cuando esta sea preceptiva y la falta de veracidad en las solicitudes de autorización cuando sea relevante. La prescripción de las infracciones muy graves tiene lugar a los 5 años, a contar desde que la infracción fue cometida. Las sanciones previstas para estas infracciones prescriben a los 5 años, y son: - Multa, que podrá ascender hasta el tanto del contenido económico de la operación y sin que pueda ser inferior a 30.000.-€, y - Amonestación pública o privada. b) Infracciones graves, prescripción y sanciones: Son infracciones graves la falta de declaración, de veracidad, la omisión o inexactitud de datos de las declaraciones de operaciones cuya cuantía supere los 6.000.000.-€. 4
  • 5. La prescripción de las infracciones graves tiene lugar a los 3 años a contar desde que la infracción fue cometida. Las sanciones previstas para estas infracciones prescriben a los 4 años, y son: - Multa, que podrá ascender hasta el 50% de la cuantía, sin que pueda ser inferior a 6.000.- €, y - Amonestación pública o privada. c) Infracciones leves, prescripción y sanciones: Son infracciones leves la falta de declaración, de veracidad, la omisión o inexactitud de datos de las declaraciones de operaciones cuya cuantía no supere los 6.000.000.-€ y las declaraciones realizadas fuera de plazo. La prescripción de las infracciones leves tiene lugar al año a contar desde que la infracción fue cometida. Las sanciones previstas para estas infracciones prescriben a los 3 años, y son: - Multa, que podrá ascender hasta el hasta el 25% de la cuantía, sin que pueda ser inferior a 3.000.-€ y amonestación privada para la ausencia de declaraciones - Por la presentación fuera de plazo de las declaraciones son: o Hasta 300.-€, sin que pueda ser inferior a 150.-€ si no ha transcurrido más de 6 meses desde su obligatoriedad y o Hasta 600.-€, sin que pueda ser inferior a 300.-€ si ha transcurrido más de 6 meses desde su obligatoriedad. D. Cuestiones prácticas: En la actualidad, con motivo de la regularización fiscal de bienes y derechos ocultos en el extranjero -vía declaración tributaria especial (DTE)-, así como a raíz de por las novedades introducidas por la Circular nº 4/2012, miembros de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) se han reunido con un equipo del Banco de España, a los efectos de aclarar distintos aspectos sobre cómo proceder este año 2013 y en años futuros en relación con estas obligaciones de carácter financiero y administrativo. En primer lugar, indicar que los modelos DD1 (utilizado para la comunicación de aperturas y cancelaciones de cuentas en el exterior), y DD2 (que recoge los saldos y movimientos de cobros y pagos exteriores efectuados a través de la cuenta abierta en la entidad no residente) tienen como principal objetivo recopilar información veraz y correcta de las personas físicas o jurídicas con 5
  • 6. cuentas o valores en el extranjero para obtener así los datos necesarios desde el punto de vista estadístico que se necesita en la Balanza de Pagos para poder elaborar sus estudios e informes. A tales efectos, teniendo en cuenta que el plazo para la comunicación de la apertura de cuentas en el extranjero (modelo DD1) es de un mes contado desde la fecha de apertura, en el supuesto de haberse regularizado cuentas ocultas en el extranjero (vía DTE), en tanto que estaríamos fuera de plazo para dicha comunicación, se planteó al Banco de España cómo se debía proceder. En concreto, el criterio manifestado, verbalmente, por el Banco de España ha sido el siguiente: • Es obligatorio presentar el modelo DD1, con independencia de la fecha de apertura de la cuenta. • No es posible presentar al Banco de España la DTE en la que se regularizó la cuenta/cuentas objeto de declaración. La DTE no exime de la obligación de informar recogida en la normativa reguladora de los modelos DD1 y DD2. Son ámbitos distintos y declaraciones con funciones distintas e independientes entre sí. • ¿El modelo DD1 estaría fuera de plazo?. Efectivamente, sólo se podría presentar dentro de plazo la declaración de apertura o cancelación de cuentas abiertas o canceladas en el mes de diciembre de 2012; siendo el plazo establecido hasta el día 20/01/2013. A pesar de ello, cierto es que, verbalmente, el Banco de España ha manifestado su voluntad de ser flexible en cuanto a los plazos extemporáneos de presentación e incluso, más allá, indicando que es muy probable que no vaya a sancionar por la presentación en plazo distinto al estipulado. Por otro lado, en relación al modelo DD2 (declaración de información sobre cobros, pagos y transferencias) el criterio manifestado, verbalmente, por el Banco de España ha sido el siguiente: • Según la normativa, en el caso de que la suma de movimientos de la cuenta en todo un año natural no supere los 600.000 euros anuales, no habrá obligación de presentar este modelo. Ahora bien, en el caso de que existieran dentro de una misma cuenta, subcuentas expresadas en monedas diferentes, y la suma de todas las operaciones superara dicho importe, sería conveniente facilitar dicha información. • En el caso de cuentas mantenidas en el exterior durante un número importante de años y con respecto a las cuales no se ha presentado modelo alguno de información, la información a facilitar debería contener todos los movimientos de los años de duración de la cuenta. No obstante, ante la evidencia de que esta información sería prácticamente imposible de obtener, se debería aportar todo lo razonablemente posible. • Si se procedió a cancelar una cuenta “histórica” en el extranjero con respecto a la cual no se presentó declaración alguna, mediante la transferencia del dinero a otra cuenta nueva, se debería formalizar: 1. El modelo DD1 por la apertura en su día, no comunicada de la cuenta cancelada. 2. Otro modelo DD1 por el cierre de la cuenta que se cancela. 6
  • 7. 3. Un nuevo DD1 por la apertura de la nueva cuenta. 4. El modelo DD2, si fuere procedente, por los movimientos de los años en los que estuvo abierta la cuenta que se ha cerrado. • Si vía DTE se regularizó una cuenta abierta hace 5 años, y por la que no se presentó modelo alguno, no es posible presentar el modelo DD2 por los movimientos de la misma, sin presentar previamente el modelo DD1 por su apertura. Por otro lado, en relación con los valores negociables, el criterio manifestado, verbalmente, por el Banco de España ha sido el siguiente: • Es imprescindible aportar todas las operaciones vinculadas a los valores negociables. Ahora bien, siempre que se aplique un criterio razonable, sería posible recoger todos los movimientos posibles, aunque no pudieran ser todos, por las dificultades que conllevaría. • Al tener que cumplimentar esta obligación telemáticamente, es imprescindible que el titular de las acciones tenga firma electrónica. • Con respecto a las cuentas asociadas, con independencia de su naturaleza, sé deberá presentar declaración por las mismas, según proceda, DD1 y DD2. En Barcelona, a 25 de enero de 2013. 7