INDICACIONES
DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE
Ministerio de Educación
18 de agosto de 2015
0
ASPECTOS
GENERALES
PROCESO
INDICACIONES
• Las indicaciones presentadas por el Ejecutivo son
producto de un intenso diálogo con diversos actores:
Colegio de Profesores, expertos, académicos y
parlamentarios.
• Las mejoras del proyecto de ley que presentamos se
hacen cargo del informe emanado de la Comisión de
Educación: “Condiciones básicas para continuar la
tramitación del proyecto de Nueva Carrera Docente”.
• Por lo tanto, estas indicaciones tienen el objetivo de
cumplir los compromisos asumidos por el Ministerio de
Educación en la mesa tripartita, convocada por la
Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.
• Valoramos enormemente el consenso transversal que
existe en los distintos sectores representados en esta
comisión, en relación a los temas contenidos en el
acuerdo emanado de esta comisión.
1
ASPECTOS
GENERALES
PROCESO
INDICACIONES
• Asimismo, en el contexto de este proceso de diálogo,
estamos dando cumplimiento a los siguientes
compromisos:
• Mesa técnica de evaluación docente.
• Mesa técnica de número de alumnos por sala y
desempeño profesional, y otras materias tales como
aspectos críticos de la carrera Ley 20.501.
• Indicación sobre voluntariedad en el uso de los
resultados de la evaluación docente 2015.
2
PUNTOS
RELEVANTES
DE LAS
INDICACIONES
• Hemos presentado cerca de sesenta indicaciones,
que junto con abarcar los temas del acuerdo
tripartito, también incluyen otros aspectos que
enriquecen el proyecto.
• De este modo, en ellas se abordan diversos aspectos
sobre: formación inicial, formación en servicio,
inducción y mentoría, Sistema de Desarrollo
Profesional, remuneraciones, encasillamiento,
voluntariedad en ingreso y horas no lectivas.
3
FORMACIÓN
INICIAL
Requisitos para la acreditación de carreras de
Pedagogía :
• Realizar una prueba diagnóstica al inicio y otra durante
la carrera, a lo menos, un año antes del término de
ésta.
• La obligación de implementar planes de nivelación a los
estudiantes en función de las pruebas diagnósticas
realizadas.
• Celebrar convenios con establecimientos
educacionales para la realización de prácticas de los
estudiantes de pedagogía.
• Que el proceso formativo de la carrera permita el logro
de un perfil de egreso definido por la universidad.
• Infraestructura y equipamiento adecuado.
• Un cuerpo académico idóneo para impartir la
carrera de pedagogía.
• La acreditación deberá ser realizada directamente por
la Comisión Nacional de Acreditación y no por agencias
privadas. 4
FORMACIÓN
PARA EL
DESARROLLO
Formación para el desarrollo:
• Se establece el derecho a una formación para el
desarrollo profesional, gratuita y pertinente, para todos
los docentes.
• Se compromete formación focalizada para grupos
específicos de docentes: aquellos que se encuentran
durante los primeros cuatro años de ejercicio; y
aquellos que no han logrado avanzar, a lo menos, al
tramo avanzado en su primer proceso de
reconocimiento.
• Para el acceso a los restantes programas o cursos de
formación se priorizará a los docentes que se
desempeñan en establecimientos vulnerables y en
forma aislada como escuelas rurales uni, bi o tri-
docentes.
5
INDUCCIÓN
Derecho a la inducción:
• Se consagra la inducción como derecho de todos los
docentes principiantes.
• Podrán acceder al proceso de inducción dentro de los
primeros dos años de ejercicio profesional.
• Se fomenta que los mentores se encuentren en la
misma escuela que el docente principiante en proceso
de inducción, o en su defecto, que se desempeñen en
alguna escuela de la misma comuna.
6
SISTEMA DE
DESARROLLO
PROFESIONAL
Sistema de Reconocimiento del Desarrollo Docente:
• Se reemplaza el concepto de certificación por el de
Reconocimiento al Desarrollo Profesional Docente,
el que se concibe como un proceso evaluativo integral
que reconoce la consolidación y experiencia, así como
las competencias y saberes que los y las docentes
deben enseñar.
Sistema de Desarrollo Docente:
• Se redefine el Sistema de Desarrollo Profesional,
quedando conformado por tres componentes: un
proceso evaluativo integral; un sistema de progresión
en distintos tramos, y apoyo formativo a los docentes.
• Se establece que se ingresa a la carrera por el hecho
de estar en posesión del título profesional de profesor
(a) o educador(a) o encontrarse habilitado o autorizado
para el ejercicio de la profesión.
7
SISTEMA DE
DESARROLLO
PROFESIONAL
Redefinición de los tramos
Se define para cada tramo el nivel de desarrollo
profesional esperado, según la experiencia de la o el
docente así como su progresión esperada dentro y
fuera del aula.
- Tramo profesional inicial: se accede con el título
profesional y se enfatiza el concepto de apoyo para el
inicio del ejercicio profesional.
- Tramo profesional temprano: se enfatiza el concepto
de avance hacia la consolidación de sus competencias
profesionales.
- Tramo profesional avanzado: se enfatiza el concepto
de consolidación de sus competencias y su apoyo a
la comunidad educativa.
- Se elimina el concepto de tramo superior,
reemplazándose por “Experto I y Experto II”, entendido
que estos niveles son voluntarios y reflejan el
desarrollo de habilidades profesionales particulares y
específicas.
8
SISTEMA DE
DESARROLLO
PROFESIONAL
Experiencia para progresión en carrera
- Tramo profesional inicial: ingreso inmediato (antes, a
los 2 años)
- Tramo profesional temprano: a los 4 años de
ejercicio (antes, a los 6 años)
- Tramo profesional avanzado: a los 4 años (antes, a
los 6 años).
- Tramo experto I: a los 8 años (antes, a los 10 años).
- Tramo experto II: a los 12 años (antes, a los 14 años).
9
SISTEMA DE
DESARROLLO
PROFESIONAL
Instrumentos del Sistema de Reconocimiento:
• Se incluyen las responsabilidades fuera del aula, el
trabajo colaborativo y el perfeccionamiento en el
portafolio. Lo que aplicará también para la evaluación
docente.
• El instrumento portafolio se adecuará para aquellos
docentes que se desempeñen en modalidades
educativas particulares, tales como escuelas de
educación especial, aulas hospitalarias, escuelas
cárceles y especialidades de educación media técnico
profesional.
• Los docentes que obtengan resultado competente en
dos oportunidades consecutivas en el instrumento
portafolio, o destacado en una, podrán mantener sus
resultados para el proceso de reconocimiento
siguiente. La misma regla se aplicará en la Evaluación
Docente. Con esto se reduce de manera importante la
carga de evaluaciones para las y los profesores.
10
SISTEMA DE
DESARROLLO
PROFESIONAL
• Los docentes con resultado destacado o competente
en el instrumento de evaluación de conocimientos
específicos y pedagógicos no deberán rendirlo
nuevamente. Con esto, dichos profesores podrán rendir
el instrumento sólo una vez en su trayectoria laboral,
salvo que deseen volver a hacerlo.
11
REMUNERACIONES
Remuneraciones:
• Se garantiza que ningún profesor sufrirá menoscabo
en su remuneración actual ni en su trayectoria
futura.
• Se modifica la asignación de tramo que se propuso en
el proyecto original, a objeto de hacer más atractivo el
ejercicio profesional al inicio de la carrera, pudiendo un
docente que se desempeña en un establecimiento con
alta vulnerabilidad superar el millón de pesos al cabo
del quinto año (en el proyecto original se alcanzaba esa
remuneración al noveno año).
• Se reestructura la asignación por vulnerabilidad, de
manera de hacer más atractivo para los docentes
jóvenes desempeñarse en establecimientos
vulnerables. Ahora esta asignación alcanza a 47 mil
pesos para un docente en tramo profesional inicial al
tercer año de ejercicio (anteriormente eran 8 mil
pesos).
12
REMUNERACIONES
Remuneraciones:
Se presenta a continuación la comparación de
remuneración con la situación actual de las y los
profesores así como la comparación con el proyecto de ley
original.
13
1.229.718
655.885
1.459.251
500.000
1.000.000
1.500.000
2.000.000
2.500.000
3.000.000
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32
Estatuto docente 44 horas
RBMN de ed. básica + Asignac Exp (100%) + BRP actual (Título + Mención)
RBMN de ed. básica + Asignac Exp (100%) + BRP actual (Título + Mención) + Asignación de Perfeccionamiento Máxima
Gráficos 1: REMUNERACIONES POR TRAMO INDICACIONES. Con asignación de alumnos
prioritario (44 horas). Educación Básica.
1.229.718
655.885
1.459.251
887.307
1.577.939
1.613.948
1.137.616
1.774.304
1.353.847
2.102.348
1.747.703
2.629.759
500.000
1.000.000
1.500.000
2.000.000
2.500.000
3.000.000
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32
RBMN de ed. básica + Asignac Exp (100%) + BRP actual (Título + Mención)
RBMN de ed. básica + Asignac Exp (100%) + BRP actual (Título + Mención) + Asignación de
Perfeccionamiento Máxima
RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP P. Inicial + A. Prioritario
RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP P.Temprano + A. Prioritario
RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP P. Avanzado + A. Prioritario
RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP Experto I + A. Prioritario
RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP Experto II + A. Prioritario
No existe menoscabo
44 horas de contrato
Tabla 1: Trayectoria remuneraciones docentes PDL original versus PDL con Indicación. Incluye
asignación alumnos prioritario AP (44 horas).
Tramo PDL Año PDL AP Indicación AP Tramo Indicación
1 887.307 887.307
2 887.307 887.307
3 934.701 974.749
4 934.701 974.749
5 981.809 1.137.616
6 981.809 1.137.616
7 1.088.140 1.186.592
8 1.088.140 1.186.592
9 1.154.989 1.353.847
10 1.154.989 1.353.847
11 1.353.127 1.421.893
12 1.353.127 1.421.893
13 1.446.234 1.747.703
14 1.446.234 1.747.703
15 1.824.220 1.845.708
16 1.824.220 1.845.708
17 1.958.023 1.943.715
18 1.958.023 1.943.715
19 2.091.827 2.041.721
20 2.091.827 2.041.721
21 2.225.630 2.139.728
22 2.225.630 2.139.728
23 2.359.434 2.237.734
24 2.359.434 2.237.734
25 2.493.238 2.335.741
26 2.493.238 2.335.741
27 2.627.041 2.433.747
28 2.627.041 2.433.747
29 2.760.845 2.531.754
30 2.760.845 2.531.754
31 2.894.650 2.629.759
32 2.894.650 2.629.759
Mentoría
Inicial
Tramo
Avanzado
Tramo
Experto I
Tramo
Experto II
Inicial
Tramo Avanzado
Tramo Experto I
Tramo Experto II
1.047.135
564.594
1.240.151
500.000
1.000.000
1.500.000
2.000.000
2.500.000
3.000.000
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32
Estatuto docente 37 horas
RBMN de ed. básica + Asignac Exp (100%) + BRP actual (Título + Mención)
RBMN de ed. básica + Asignac Exp (100%) + BRP actual (Título + Mención) + Asignación de Perfeccionamiento Máxima
Gráficos 2: REMUNERACIONES POR TRAMO INDICACIONES. Con asignación de alumnos
prioritario (37 horas). Educación Básica.
1.047.135
564.594
1.240.151
796.016
1.376.774
1.407.055
1.006.503
1.541.900
1.188.333
1.817.755
1.519.530
2.261.259
500.000
700.000
900.000
1.100.000
1.300.000
1.500.000
1.700.000
1.900.000
2.100.000
2.300.000
2.500.000
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32
RBMN de ed. básica + Asignac Exp (100%) + BRP actual (Título + Mención)
RBMN de ed. básica + Asignac Exp (100%) + BRP actual (Título + Mención) + Asignación de
Perfeccionamiento Máxima
RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP P. Inicial + A. Prioritario
RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP P.Temprano + A. Prioritario
RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP P. Avanzado + A. Prioritario
RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP Experto I + A. Prioritario
RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP Experto II + A. Prioritario
No existe menoscabo
37 horas de contrato
Al 5 año docente
alcanza tramo
avanzado y un
millón de pesos si se
desempeña en
establecimientos
vulnerables
Tabla 2: Trayectoria remuneraciones docentes PDL original versus PDL con Indicación. Incluye
asignación alumnos prioritario (37 horas).
Tramo PDL Año PDL Indicación Tramo Indicación
1 796.016 796.016
2 796.016 796.016
3 835.869 869.547
4 835.869 869.547
5 875.483 1.006.503
6 875.483 1.006.503
7 964.898 1.047.687
8 964.898 1.047.687
9 1.021.112 1.188.333
10 1.021.112 1.188.333
11 1.187.728 1.245.552
12 1.187.728 1.245.552
13 1.266.022 1.519.530
14 1.266.022 1.519.530
15 1.583.873 1.601.944
16 1.583.873 1.601.944
17 1.696.391 1.684.358
18 1.696.391 1.684.358
19 1.808.907 1.766.773
20 1.808.907 1.766.773
21 1.921.424 1.849.187
22 1.921.424 1.849.187
23 2.033.940 1.931.602
24 2.033.940 1.931.602
25 2.146.458 2.014.017
26 2.146.458 2.014.017
27 2.258.974 2.096.430
28 2.258.974 2.096.430
29 2.371.491 2.178.845
30 2.371.491 2.178.845
31 2.484.008 2.261.259
32 2.484.008 2.261.259
Mentoría
Inicial
Tramo Avanzado
Tramo Experto I
Tramo Experto II
Inicial
Tramo Avanzado
Tramo Experto I
Tramo Experto II
VOLUNTARIEDAD
DEL INGRESO
Voluntariedad en ingreso al Sistema para los
docentes:
• Aquellos docentes, a quienes les falten diez o menos
años para la edad legal de jubilación, podrán optar por
no ingresar al sistema. Estos docentes no deberán
presentar renuncia irrevocable si deciden optar por
permanecer en el actual sistema.
• Se dispone que éstos mantendrán su actual
remuneración considerando los reajustes del sector
público y la asignación de experiencia, entre otras que
corresponda.
20
ENCASILLAMIENTO
En relación con el encasillamiento:
• El encasillamiento de los docentes actuales en los
tramos de la carrera se hará de acuerdo al resultado en
el instrumento portafolio, considerando los años de
experiencia para efectos de determinar el tramo que
corresponda.
• El uso de los resultados en las pruebas ADVI y AEP
será voluntario.
• Los docentes con resultado básico en el instrumento
portafolio serán encasillados en el tramo profesional
temprano (antes eran encasillados en el tramo inicial).
• Los docentes con resultado insatisfactorio en el
portafolio serán encasillados en el tramo profesional
inicial.
21
PUNTOS
RELEVANTES
DE LAS
INDICACIONES
Horas no lectivas:
• Se amplía la proporción de horas no lectivas
establecidas en un 35% en el proyecto original,
disponiendo el aumento de éstas hasta un 40%, para
establecimientos con concentración de más de 80% de
alumnos prioritarios en el primer ciclo básico.
• Para lo anterior, se autoriza el uso de recursos SEP.
• Para todo el sistema se amplía esta proporción
mediante un mecanismo que, a través de indicadores
económicos, permitirá alcanzar gradualmente dicho
aumento una vez que el país cuente con los recursos
para aquello.
• Se establece que las horas no lectivas adicionales sean
destinadas a planificación, evaluación, atención de
apoderados y alumnos, además de aquellas acordadas
con el consejo de profesores. Para esto, el proyecto de
ley establece que el 30% del total de horas no lectivas
deberán dedicarse exclusivamente a estas acciones.
22
OTRAS NORMAS
Otras disposiciones.
Se introduce un nuevo artículo transitorio para
implementar un programa de fortalecimiento del CPEIP,
para el adecuado cumplimiento de las nuevas funciones
que se le entregan, de acuerdo a los recursos que al
efecto contemple la ley de presupuestos del sector
público.
El Ejecutivo se compromete a enviar uno o más proyectos
de ley que regulen la educación superior, los que incluirán
normas particulares para la formación inicial docente.
23
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Equipo Legislativo Reforma Educacional
Agosto/2015
24

Clase 2

  • 1.
    INDICACIONES DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE Ministeriode Educación 18 de agosto de 2015 0
  • 2.
    ASPECTOS GENERALES PROCESO INDICACIONES • Las indicacionespresentadas por el Ejecutivo son producto de un intenso diálogo con diversos actores: Colegio de Profesores, expertos, académicos y parlamentarios. • Las mejoras del proyecto de ley que presentamos se hacen cargo del informe emanado de la Comisión de Educación: “Condiciones básicas para continuar la tramitación del proyecto de Nueva Carrera Docente”. • Por lo tanto, estas indicaciones tienen el objetivo de cumplir los compromisos asumidos por el Ministerio de Educación en la mesa tripartita, convocada por la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados. • Valoramos enormemente el consenso transversal que existe en los distintos sectores representados en esta comisión, en relación a los temas contenidos en el acuerdo emanado de esta comisión. 1
  • 3.
    ASPECTOS GENERALES PROCESO INDICACIONES • Asimismo, enel contexto de este proceso de diálogo, estamos dando cumplimiento a los siguientes compromisos: • Mesa técnica de evaluación docente. • Mesa técnica de número de alumnos por sala y desempeño profesional, y otras materias tales como aspectos críticos de la carrera Ley 20.501. • Indicación sobre voluntariedad en el uso de los resultados de la evaluación docente 2015. 2
  • 4.
    PUNTOS RELEVANTES DE LAS INDICACIONES • Hemospresentado cerca de sesenta indicaciones, que junto con abarcar los temas del acuerdo tripartito, también incluyen otros aspectos que enriquecen el proyecto. • De este modo, en ellas se abordan diversos aspectos sobre: formación inicial, formación en servicio, inducción y mentoría, Sistema de Desarrollo Profesional, remuneraciones, encasillamiento, voluntariedad en ingreso y horas no lectivas. 3
  • 5.
    FORMACIÓN INICIAL Requisitos para laacreditación de carreras de Pedagogía : • Realizar una prueba diagnóstica al inicio y otra durante la carrera, a lo menos, un año antes del término de ésta. • La obligación de implementar planes de nivelación a los estudiantes en función de las pruebas diagnósticas realizadas. • Celebrar convenios con establecimientos educacionales para la realización de prácticas de los estudiantes de pedagogía. • Que el proceso formativo de la carrera permita el logro de un perfil de egreso definido por la universidad. • Infraestructura y equipamiento adecuado. • Un cuerpo académico idóneo para impartir la carrera de pedagogía. • La acreditación deberá ser realizada directamente por la Comisión Nacional de Acreditación y no por agencias privadas. 4
  • 6.
    FORMACIÓN PARA EL DESARROLLO Formación parael desarrollo: • Se establece el derecho a una formación para el desarrollo profesional, gratuita y pertinente, para todos los docentes. • Se compromete formación focalizada para grupos específicos de docentes: aquellos que se encuentran durante los primeros cuatro años de ejercicio; y aquellos que no han logrado avanzar, a lo menos, al tramo avanzado en su primer proceso de reconocimiento. • Para el acceso a los restantes programas o cursos de formación se priorizará a los docentes que se desempeñan en establecimientos vulnerables y en forma aislada como escuelas rurales uni, bi o tri- docentes. 5
  • 7.
    INDUCCIÓN Derecho a lainducción: • Se consagra la inducción como derecho de todos los docentes principiantes. • Podrán acceder al proceso de inducción dentro de los primeros dos años de ejercicio profesional. • Se fomenta que los mentores se encuentren en la misma escuela que el docente principiante en proceso de inducción, o en su defecto, que se desempeñen en alguna escuela de la misma comuna. 6
  • 8.
    SISTEMA DE DESARROLLO PROFESIONAL Sistema deReconocimiento del Desarrollo Docente: • Se reemplaza el concepto de certificación por el de Reconocimiento al Desarrollo Profesional Docente, el que se concibe como un proceso evaluativo integral que reconoce la consolidación y experiencia, así como las competencias y saberes que los y las docentes deben enseñar. Sistema de Desarrollo Docente: • Se redefine el Sistema de Desarrollo Profesional, quedando conformado por tres componentes: un proceso evaluativo integral; un sistema de progresión en distintos tramos, y apoyo formativo a los docentes. • Se establece que se ingresa a la carrera por el hecho de estar en posesión del título profesional de profesor (a) o educador(a) o encontrarse habilitado o autorizado para el ejercicio de la profesión. 7
  • 9.
    SISTEMA DE DESARROLLO PROFESIONAL Redefinición delos tramos Se define para cada tramo el nivel de desarrollo profesional esperado, según la experiencia de la o el docente así como su progresión esperada dentro y fuera del aula. - Tramo profesional inicial: se accede con el título profesional y se enfatiza el concepto de apoyo para el inicio del ejercicio profesional. - Tramo profesional temprano: se enfatiza el concepto de avance hacia la consolidación de sus competencias profesionales. - Tramo profesional avanzado: se enfatiza el concepto de consolidación de sus competencias y su apoyo a la comunidad educativa. - Se elimina el concepto de tramo superior, reemplazándose por “Experto I y Experto II”, entendido que estos niveles son voluntarios y reflejan el desarrollo de habilidades profesionales particulares y específicas. 8
  • 10.
    SISTEMA DE DESARROLLO PROFESIONAL Experiencia paraprogresión en carrera - Tramo profesional inicial: ingreso inmediato (antes, a los 2 años) - Tramo profesional temprano: a los 4 años de ejercicio (antes, a los 6 años) - Tramo profesional avanzado: a los 4 años (antes, a los 6 años). - Tramo experto I: a los 8 años (antes, a los 10 años). - Tramo experto II: a los 12 años (antes, a los 14 años). 9
  • 11.
    SISTEMA DE DESARROLLO PROFESIONAL Instrumentos delSistema de Reconocimiento: • Se incluyen las responsabilidades fuera del aula, el trabajo colaborativo y el perfeccionamiento en el portafolio. Lo que aplicará también para la evaluación docente. • El instrumento portafolio se adecuará para aquellos docentes que se desempeñen en modalidades educativas particulares, tales como escuelas de educación especial, aulas hospitalarias, escuelas cárceles y especialidades de educación media técnico profesional. • Los docentes que obtengan resultado competente en dos oportunidades consecutivas en el instrumento portafolio, o destacado en una, podrán mantener sus resultados para el proceso de reconocimiento siguiente. La misma regla se aplicará en la Evaluación Docente. Con esto se reduce de manera importante la carga de evaluaciones para las y los profesores. 10
  • 12.
    SISTEMA DE DESARROLLO PROFESIONAL • Losdocentes con resultado destacado o competente en el instrumento de evaluación de conocimientos específicos y pedagógicos no deberán rendirlo nuevamente. Con esto, dichos profesores podrán rendir el instrumento sólo una vez en su trayectoria laboral, salvo que deseen volver a hacerlo. 11
  • 13.
    REMUNERACIONES Remuneraciones: • Se garantizaque ningún profesor sufrirá menoscabo en su remuneración actual ni en su trayectoria futura. • Se modifica la asignación de tramo que se propuso en el proyecto original, a objeto de hacer más atractivo el ejercicio profesional al inicio de la carrera, pudiendo un docente que se desempeña en un establecimiento con alta vulnerabilidad superar el millón de pesos al cabo del quinto año (en el proyecto original se alcanzaba esa remuneración al noveno año). • Se reestructura la asignación por vulnerabilidad, de manera de hacer más atractivo para los docentes jóvenes desempeñarse en establecimientos vulnerables. Ahora esta asignación alcanza a 47 mil pesos para un docente en tramo profesional inicial al tercer año de ejercicio (anteriormente eran 8 mil pesos). 12
  • 14.
    REMUNERACIONES Remuneraciones: Se presenta acontinuación la comparación de remuneración con la situación actual de las y los profesores así como la comparación con el proyecto de ley original. 13
  • 15.
    1.229.718 655.885 1.459.251 500.000 1.000.000 1.500.000 2.000.000 2.500.000 3.000.000 1 2 34 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 Estatuto docente 44 horas RBMN de ed. básica + Asignac Exp (100%) + BRP actual (Título + Mención) RBMN de ed. básica + Asignac Exp (100%) + BRP actual (Título + Mención) + Asignación de Perfeccionamiento Máxima
  • 16.
    Gráficos 1: REMUNERACIONESPOR TRAMO INDICACIONES. Con asignación de alumnos prioritario (44 horas). Educación Básica. 1.229.718 655.885 1.459.251 887.307 1.577.939 1.613.948 1.137.616 1.774.304 1.353.847 2.102.348 1.747.703 2.629.759 500.000 1.000.000 1.500.000 2.000.000 2.500.000 3.000.000 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 RBMN de ed. básica + Asignac Exp (100%) + BRP actual (Título + Mención) RBMN de ed. básica + Asignac Exp (100%) + BRP actual (Título + Mención) + Asignación de Perfeccionamiento Máxima RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP P. Inicial + A. Prioritario RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP P.Temprano + A. Prioritario RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP P. Avanzado + A. Prioritario RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP Experto I + A. Prioritario RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP Experto II + A. Prioritario No existe menoscabo 44 horas de contrato
  • 17.
    Tabla 1: Trayectoriaremuneraciones docentes PDL original versus PDL con Indicación. Incluye asignación alumnos prioritario AP (44 horas). Tramo PDL Año PDL AP Indicación AP Tramo Indicación 1 887.307 887.307 2 887.307 887.307 3 934.701 974.749 4 934.701 974.749 5 981.809 1.137.616 6 981.809 1.137.616 7 1.088.140 1.186.592 8 1.088.140 1.186.592 9 1.154.989 1.353.847 10 1.154.989 1.353.847 11 1.353.127 1.421.893 12 1.353.127 1.421.893 13 1.446.234 1.747.703 14 1.446.234 1.747.703 15 1.824.220 1.845.708 16 1.824.220 1.845.708 17 1.958.023 1.943.715 18 1.958.023 1.943.715 19 2.091.827 2.041.721 20 2.091.827 2.041.721 21 2.225.630 2.139.728 22 2.225.630 2.139.728 23 2.359.434 2.237.734 24 2.359.434 2.237.734 25 2.493.238 2.335.741 26 2.493.238 2.335.741 27 2.627.041 2.433.747 28 2.627.041 2.433.747 29 2.760.845 2.531.754 30 2.760.845 2.531.754 31 2.894.650 2.629.759 32 2.894.650 2.629.759 Mentoría Inicial Tramo Avanzado Tramo Experto I Tramo Experto II Inicial Tramo Avanzado Tramo Experto I Tramo Experto II
  • 18.
    1.047.135 564.594 1.240.151 500.000 1.000.000 1.500.000 2.000.000 2.500.000 3.000.000 1 2 34 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 Estatuto docente 37 horas RBMN de ed. básica + Asignac Exp (100%) + BRP actual (Título + Mención) RBMN de ed. básica + Asignac Exp (100%) + BRP actual (Título + Mención) + Asignación de Perfeccionamiento Máxima
  • 19.
    Gráficos 2: REMUNERACIONESPOR TRAMO INDICACIONES. Con asignación de alumnos prioritario (37 horas). Educación Básica. 1.047.135 564.594 1.240.151 796.016 1.376.774 1.407.055 1.006.503 1.541.900 1.188.333 1.817.755 1.519.530 2.261.259 500.000 700.000 900.000 1.100.000 1.300.000 1.500.000 1.700.000 1.900.000 2.100.000 2.300.000 2.500.000 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 RBMN de ed. básica + Asignac Exp (100%) + BRP actual (Título + Mención) RBMN de ed. básica + Asignac Exp (100%) + BRP actual (Título + Mención) + Asignación de Perfeccionamiento Máxima RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP P. Inicial + A. Prioritario RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP P.Temprano + A. Prioritario RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP P. Avanzado + A. Prioritario RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP Experto I + A. Prioritario RBMN + Asig Exp + BRP Nueva (Tïtulo + Mención) + ATDP Experto II + A. Prioritario No existe menoscabo 37 horas de contrato Al 5 año docente alcanza tramo avanzado y un millón de pesos si se desempeña en establecimientos vulnerables
  • 20.
    Tabla 2: Trayectoriaremuneraciones docentes PDL original versus PDL con Indicación. Incluye asignación alumnos prioritario (37 horas). Tramo PDL Año PDL Indicación Tramo Indicación 1 796.016 796.016 2 796.016 796.016 3 835.869 869.547 4 835.869 869.547 5 875.483 1.006.503 6 875.483 1.006.503 7 964.898 1.047.687 8 964.898 1.047.687 9 1.021.112 1.188.333 10 1.021.112 1.188.333 11 1.187.728 1.245.552 12 1.187.728 1.245.552 13 1.266.022 1.519.530 14 1.266.022 1.519.530 15 1.583.873 1.601.944 16 1.583.873 1.601.944 17 1.696.391 1.684.358 18 1.696.391 1.684.358 19 1.808.907 1.766.773 20 1.808.907 1.766.773 21 1.921.424 1.849.187 22 1.921.424 1.849.187 23 2.033.940 1.931.602 24 2.033.940 1.931.602 25 2.146.458 2.014.017 26 2.146.458 2.014.017 27 2.258.974 2.096.430 28 2.258.974 2.096.430 29 2.371.491 2.178.845 30 2.371.491 2.178.845 31 2.484.008 2.261.259 32 2.484.008 2.261.259 Mentoría Inicial Tramo Avanzado Tramo Experto I Tramo Experto II Inicial Tramo Avanzado Tramo Experto I Tramo Experto II
  • 21.
    VOLUNTARIEDAD DEL INGRESO Voluntariedad eningreso al Sistema para los docentes: • Aquellos docentes, a quienes les falten diez o menos años para la edad legal de jubilación, podrán optar por no ingresar al sistema. Estos docentes no deberán presentar renuncia irrevocable si deciden optar por permanecer en el actual sistema. • Se dispone que éstos mantendrán su actual remuneración considerando los reajustes del sector público y la asignación de experiencia, entre otras que corresponda. 20
  • 22.
    ENCASILLAMIENTO En relación conel encasillamiento: • El encasillamiento de los docentes actuales en los tramos de la carrera se hará de acuerdo al resultado en el instrumento portafolio, considerando los años de experiencia para efectos de determinar el tramo que corresponda. • El uso de los resultados en las pruebas ADVI y AEP será voluntario. • Los docentes con resultado básico en el instrumento portafolio serán encasillados en el tramo profesional temprano (antes eran encasillados en el tramo inicial). • Los docentes con resultado insatisfactorio en el portafolio serán encasillados en el tramo profesional inicial. 21
  • 23.
    PUNTOS RELEVANTES DE LAS INDICACIONES Horas nolectivas: • Se amplía la proporción de horas no lectivas establecidas en un 35% en el proyecto original, disponiendo el aumento de éstas hasta un 40%, para establecimientos con concentración de más de 80% de alumnos prioritarios en el primer ciclo básico. • Para lo anterior, se autoriza el uso de recursos SEP. • Para todo el sistema se amplía esta proporción mediante un mecanismo que, a través de indicadores económicos, permitirá alcanzar gradualmente dicho aumento una vez que el país cuente con los recursos para aquello. • Se establece que las horas no lectivas adicionales sean destinadas a planificación, evaluación, atención de apoderados y alumnos, además de aquellas acordadas con el consejo de profesores. Para esto, el proyecto de ley establece que el 30% del total de horas no lectivas deberán dedicarse exclusivamente a estas acciones. 22
  • 24.
    OTRAS NORMAS Otras disposiciones. Seintroduce un nuevo artículo transitorio para implementar un programa de fortalecimiento del CPEIP, para el adecuado cumplimiento de las nuevas funciones que se le entregan, de acuerdo a los recursos que al efecto contemple la ley de presupuestos del sector público. El Ejecutivo se compromete a enviar uno o más proyectos de ley que regulen la educación superior, los que incluirán normas particulares para la formación inicial docente. 23
  • 25.
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN EquipoLegislativo Reforma Educacional Agosto/2015 24