Este documento certifica que Viviana del Pilar Pérez Valenzuela ha sido facultada por Patricio Guillermo Pérez Droppelmann para vender y transferir un vehículo a su nombre. Se le otorgan amplios poderes para negociar la venta, recibir el vehículo, firmar contratos y realizar todos los trámites necesarios durante un plazo de 6 meses. El documento también declara que el poderdante mantendrá la responsabilidad sobre el vehículo hasta que se complete la venta.
EL PROCESO ORDINARIO LABORAL. Se hace un análisis del proceso ordinario laboral previsto en la Nueva Ley Procesal del Trabajo – Ley 29497 (autor José María Pacori Cari).
EL PROCESO ORDINARIO LABORAL. Se hace un análisis del proceso ordinario laboral previsto en la Nueva Ley Procesal del Trabajo – Ley 29497 (autor José María Pacori Cari).
Requisitos Aduana del Ecuador para cada Regimen previo FuncionamientoTodoComercioExterior
El Directorio de la Corporación Aduanera Ecuatoriana considerando necesario regular los requisitos técnico administrativos necesarios para la autorización y/o concesión de actividades relacionadas con el devenir aduanero y los regímenes especiales, expidió mediante Resolución No. 1-2003-R2 del 9 de enero del 2003, políticas permanentes a ser consideradas dentro de los requisitos generales de autorización y el listado de requisitos que deberán cumplir los solicitantes de autorizaciones para las actividades de consolidadoras/desconsolidadoras y Courier, así como para otorgar las concesiones de Depósitos, Almacenes Temporales, Almacenes Especiales y Libres. Dentro del proceso de modernización en el área aduanera, se ha expedido Resoluciones que modifican, derogan o actualizan los requisitos contemplados en la Resolución No. 1-2003-R2 y, se han incorporando regulaciones para las operaciones de Agente de Aduana, Agente de Carga Internacional de Exportación, Empresas Auditoras y Auditores Independientes de Regímenes Especiales, y Zona Franca.
Siendo necesario que los Usuarios Internos y Externos de la Corporación Aduanera Ecuatoriana tengan pleno conocimiento de las actualizaciones y regulaciones vigentes para los diferentes regimenes y servicios que autoriza la Corporación Aduanera Ecuatoriana, sírvase encontrar adjunto el archivo conteniendo el listado general de requisitos para cada servicio o régimen que requieran la respectiva autorización previo su funcionamiento.
Aprobar la Reglamentación de la Ley N° 4.798. Cuantifica montos por los cuales hay obligación de acreditar la inexistencia de mora en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
“La teoría de la producción sostiene que en un proceso productivo que se caracteriza por tener factores fijos (corto plazo), al aumentar el uso del factor variable, a partir de cierta tasa de producción
EL MERCADO LABORAL EN EL SEMESTRE EUROPEO. COMPARATIVA.ManfredNolte
Hoy repasaremos a uña de caballo otro reciente documento de la Comisión (SWD-2024) que lleva por título ‘Análisis de países sobre la convergencia social en línea con las características del Marco de Convergencia Social (SCF)’.
CAPITALISMO, HISTORIA Y CARACTERÍSTICAS.remingtongar
El capitalismo se basa en los siguientes pilares: Propiedad privada, que permite a las personas poseer bienes tangibles, como tierras y viviendas, y activos intangibles, como acciones y bonos. Interés propio, por el cual las personas persiguen su propio bien, sin considerar las presiones sociopolíticas.
1. Notario Lampa Notaria Gloria Ortiz Carmona
Certifico que el presente documento electrónico es copia fiel e íntegra de
CONVENIO SOBRE RESPONSABILIDAD VEHICULO otorgado el 16 de
Julio de 2020 reproducido en las siguientes páginas.
Repertorio Nº: 89 - 2020.-
Lampa, 16 de Julio de 2020.-
Emito el presente documento con firma electrónica avanzada (ley No19.799, de
2002), conforme al procedimiento establecido por Auto Acordado de 13/10/2006 de la
Excma. Corte Suprema.-
Certificado Nº 123497792462.- Verifique validez en www.fojas.cl.-
CUR Nº: F517-123497792462.-
Nº Certificado: 123497792462.-
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2. Certificado emitido
con Firma
Electrónica
Avanzada Ley Nº
19.799 Autoacordado
de la Excma Corte
Suprema de Chile.-
Cert Nº
123497792462
Verifique validez en
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MANDATO ESPECIAL
CARTA DE RESPONSABILIDAD CON CLAUSULA DE AUTOCONTRATO
POR EL PRESENTE DOCUMENTO, DON/ÑA: PATRICIO GUILLERMO PÉREZ
DROPPELMANN, CEDULA DE IDENTIDAD Nº: 13.592.623-K
DOMICILIADO EN: FRANCISCO COLOANE 3 111, COND. MAGALLANES, CIUDAD
SATELITE COMUNA DE: MAIPÚ, MAYOR DE EDAD, QUIEN ACREDITÓ SU
IDENTIDAD CON LA CÉDULA ANOTADA, EXPONE:
QUE, CONFIERE PODER ESPECIAL A VIVIANA DEL PILAR PÉREZ
VALENZUELA, CEDULA DE IDENTIDAD Nº: 15.216.403-3
DOMICILIADO EN: AVENIDA ECUADOR 1040
COMUNA DE: CHILLAN
PARA QUE EN SU NOMBRE Y REPRESENTACION Y BAJO SU EXCLUSIVA
RESPONSABILIDAD PROCEDA A HACER USO PERSONAL, PARA CEDER,
VENDER Y/O TRANSFERIR EL/LA AUTOMOVIL:
MARCA: BRILLIANCE
AÑO: 2018
MODELO: H230
COLOR: NEGRO
Nº MOTOR: BM15LF102743
Nº CHASIS: LSYYBACA3HC011334
PLACA ÚNICA E INSCRIPCIÓN: KB KX 23 - 1
AL EFECTO, CON EL FIN DE DAR CABAL CUMPLIMIENTO A LA MISIÓN
ENCOMENDADA, SE FACULTA EXPRESAMENTE AL APODERADO PARA:
A)CONVENIR EL PRECIO DE LA COMPRA Y LAS MODALIDADES DE PAGO
DE ÉSTE;
B) RECIBIR MATERIALMENTE EL VEHÍCULO; C) SUSCRIBIR EL CONTRATO DE
COMPRAVENTA Y LOS INSTRUMENTOS ACLARATORIOS, MODIFICATORIOS Y
COMPLEMENTARIOS QUE FUEREN REQUERIDOS POR EL SERVICIO
REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN; D) CONVENIR LIBREMENTE LOS
ELEMENTOS DE LA ESENCIA, NATURALEZA Y ACCIDENTALES DEL
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO; E) FIJAR DOMICILIO
CONVENCIONAL; F) RESCILIAR Y SUSCRIBIR NUEVOS CONTRATOS, SIN
LÍMITE DE FACULTADES QUE IMPIDAN EL EFICAZ CUMPLIMIENTO DE SU
ENCARGO, CON FACULTADES DE AUTO-CONTRATAR; G) AUTOCONTRATAR,
ES DECIR AUTOTRANSFERIRSE EL VEHICULO; H) Y EN GENERAL LO
FACULTA PARA QUE PROCEDA A EFECTUAR TODOS LOS TRÁMITES QUE
SEAN NECESARIOS PARA EL ÉXITO DE SU GESTIÓN. EL PRESENTE PODER
3. Certificado emitido
con Firma
Electrónica
Avanzada Ley Nº
19.799 Autoacordado
de la Excma Corte
Suprema de Chile.-
Cert Nº
123456792462
Verifique validez en
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FIRMÓ ANTE MI: PATRICIO GUILLERMO PÉREZ DROPPELMANN,
QUIEN ACREDITA SU IDENTIDAD CON EL RUT Nº: 13.592.623-K
LAMPA, 16 DE JULIO DE 2020.-
T E N D R Á U N P L A Z O D E 6 M E S E S , A P A R T I R D E S D E E L D Í A D E
LA AUTORIZACIÓN NOTARIAL DEL PRESENTE DOCUMENTO. EL
PODERDANTE DECLARA QUE EL PRESENTE DOCUMENTO NO CONSTITUYE
VENTA DE VEHICULO MOTORIZADO, Y POR CONSIGUIENTE, SE MANTENDRA
SU RESPONSABILIDAD CIVIL Y CONTRAVENCIONAL MIENTRAS NO SE
CELEBRE LA COMPRAVENTA DEL MISMO.
SE EMITE LA PRESENTE MANIFESTACIÓN A FIN DE SER PRESENTADA EN
CUALQUIER NOTARIA Y TAMBIEN ANTE EL SERVICIO REGISTRO CIVIL E
IDENTIFICACIÓN A FIN DE TRAMITAR SOLICITUD DE TRANSFERENCIA DE
VEHÍCULO.