El Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda de cumplimiento interpuesta por AIDESEP contra el MINEM por no haber cumplido adecuadamente con su deber de reglamentar el derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas reconocido en el Convenio 169 de la OIT. El Tribunal ordenó al MINEM emitir un nuevo reglamento especial para implementar debidamente el derecho a la consulta previa y exhortó al Congreso a promulgar la ley sobre el derecho a la consulta previa.