1. Parte Dogmática
Hace referencia a la parte de la constitución que contiene los derechos
fundamentales de las personas, es un segmento rígido ya que trata de las
declaraciones de los derechos inalienables y sus garantías. Tiene como
finalidad garantizar para todos los nacionales la defensa de sus derechos y sus
libertades, limitar al Estado y proteger al individuo. Marca el rumbo del actuar
del poder público.
Dentro de las ventajas está la de priorizar y tener como punta de lanza el de
forzar a la protección de los derechos individuales y las libertades de las
personas. Otra es la conformación de un Estado social de derecho y la
creación de mecanismos de participación ciudadana.
Dentro las desventajas está que aunque la ley es clara, el Estado y sus
instituciones se quedan cortas a la hora de garantizar la protección de todos los
colombianos, encontramos todavía que no se da total importancia a los
derechos de las minorías y que los niños en nuestro país siguen siendo parte
de un conflicto que supera el medio siglo sin solución. Otro es el mal uso que
se la ha dado a instrumentos de protección como la tutela y la falta de
conocimiento de la jurisprudencia para hacer uso adecuado de los mecanismos
de protección.
Parte Orgánica
Se compone de las normas, principios e instituciones que estructuran y regulan
el orden jurídico del Estado bajo el principio de separación de poderes. Su
principal finalidad es dar orden al poder, implanta una estructura de dominio del
estado limitado, distribuido y controlado.
Como ventaja está el orden claro que se le da a las diferentes ramas del poder
y los órganos que las componen evitando el despotismo y arbitrariedad de los
mismos.
Como desventaja aparece la falta de control al interior de dichos órganos
gubernamentales junto con la corrupción. Ésta última deslegitima el poder del
Estado entre los ciudadanos dada la pérdida credibilidad en las instituciones y
servidores públicos. Otra desventaja es la falta de acuerdo entre las funciones
de las altas cortes que han derivado en “choques de trenes” que obstaculizan
el desarrollo del poder jurídico.
Contenido de la Constitución
La carta constitucional de 1991, al igual que las demás constituciones
democráticas, está dividida en dos partes. La primera, correspondiente a la
sección introductoria o dogmática, "resume la ideología predominante y
enumera las libertades y derechos subjetivos reconocidos al individuo". La
segunda parte de la constitución, denominada orgánica o normativa, describe
la estructura del Estado y el poder público, con sus órganos y competencias.
2. Esta parte, está compuesta por 13 títulos, 51 Capítulos, 380 artículos
permanentes y 61 artículos transitorios.
Se trata de establecer qué partes son las que componen una constitución.
Tradicionalmente se ha dicho que la Carta Política está conformada por una
parte orgánica y otra dogmática. No obstante, a partir de un ejercicio
pragmático de asunción de las constituciones contemporáneas es posible
establecer otro tipo de divisiones, más o menos extenso, y que puede cruzarse
con el tradicional.
Pues bien, por la parte dogmática de la Constitución (de las constituciones), se
habla de aquella parte que consagra valores superiores de una sociedad, que
postula los principios y fines estatales, y las libertades a proteger
principalmente por el ordenamiento jurídico, es decir que se trata del conjunto
de normas que establecen los principios básicos y que orientan la vida del
Estado y los derechos de las personas.
La parte orgánica, determina la estructura del Estado, jerarquías,
procedimientos y las competencias de los diversos órganos que integran el
poder público. Por consiguiente tiene un énfasis instrumental y mecánico en el
buen sentido de la palabra ya que organiza los poderes, sus funciones,
competencias e inclusive los procedimientos de las mismas.
No obstante esta composición básica que presentan las Constituciones se hace
un listado de los temas objeto de tratamiento que en ellas encontramos:
• Preámbulo: se trata de una especie de introducción al texto
constitucional que proclama cual es la fuente de legitimidad del poder
constituyente, los valores, principios y fines del estado. No obstante,
más adelante se definirá de manera más extensa y precisa, pues
constituye una unidad especial de este texto
• Principios fundamentales en los que se sustenta el orden
constitucional: se especifican cuáles son los principios, valores y fines
trazados para el Estado y ellos sirven de normas orientadoras para la
interpretación y aplicación constitucional.
• Catálogo de derechos y mecanismos de protección de los mismos:
el documento que integra los diversos derechos reconocidos a la
población vinculada con la Constitución. Además se establece cuáles
son los instrumentos con los que cuentan las personas para hacer valer
sus derechos.
• Estructura institucional del Estado: enseña como se organiza el
poder publico en el respectivo Estado, teniendo en cuenta que las
Constituciones modernas normalmente incorporan el principio de
separación de poderes, se dice como tiene desarrollo orgánicamente. Se
trata de un organigrama de instituciones oficiales, sus relaciones,
funciones, competencias y procedimientos para la toma de decisiones
importantes de lo nacional, regional y municipal.
3. • Control Constitucional: para que la Constitución efectivamente sea la
norma básica y superior del sistema jurídico se requiere que en ella
misma se contemplen los mecanismos a través de los cuales ello se
garantice su superioridad, es decir, debe indicarse cómo se hace
efectiva la guarda de la Constitución; veremos que en los Estados
constitucionales actuales se opta básicamente por dos tipos de modelos
de control de constitucionalidad: control concentrado o control difuso.
(Ver capítulo VIII).
• Procedimientos de reforma constitucional: con el fin de que la
Constitución pueda adaptarse a los cambios que supone la vida social y
estatal sin que se presenten rupturas es necesario que se prevea de que
manera puede modificarse el texto constitucional y por quién o quiénes.
• Disposiciones transitorias, que van como anexo y después de las
disposiciones permanentes, que permiten el paso pacifico del antiguo
régimen al nuevo, por el cambio de las constituciones.
• Finalmente podemos establecer como elemento informante de la
Constitución, pero que se hallan diseminados en todo su cuerpo, los
elementos de supremacía constitucional, cuyo máximo instrumento
se encuentra en el control de constitucionalidad. Son mecanismos
dirigidos a establecer la supremacía de la Carta frente a las demás
normas jurídicas de la sociedad, fundamentalmente frente a la Ley, que
históricamente ha disputado el carácter de superioridad.
Al preámbulo se dedica un capítulo específico, así también a los demás
elementos que conforman la Constitución, excepción hecha de las
disposiciones transitorias. A ellas han de dedicarse en este espacio algunos
renglones.
La Constitución Política de Colombia de 1991, en su parte final, a manera de
anexo, trajo 59 artículos de carácter transitorio, agrupados en ocho capítulos.
Las disposiciones estaban dirigidas a permitir un tránsito menos dificultoso del
régimen proscrito al nuevo. Para el efecto los constituyentes entre otras
materias revistieron de funciones legislativas protémpore al Presidente de la
República para expedir normas en las cuales se pusieran en funcionamiento
las nuevas instituciones creadas y para que se adelantaran procesos de paz.
Se crearon además, por la Constituyente algunos organismos de existencia
temporal y con funciones muy precisas; fundamentalmente una comisión
especial (de ayuda legislativa al Presidente de la República) y la Veeduría del
Tesoro Público. Se establecieron limitaciones a los propios constituyentes para
que en los primeros años no pudieran hacer parte de los organismos creados;
se expidieron normas sobre las elecciones que debían realizarse.