Universidad “Fermín Toro”
Vicerrectorado Académico
Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas
Escuela de Derecho
MARILECT MONTES
C.I: 11.694.037Barquisimeto Septiembre 2015Barquisimeto Septiembre 2015
CONTROL AMBIENTAL
De las Autoridades Ambientales ministerio con
competencia en materia ambiental como órgano
rector, responsable de formular, planificar, dirigir,
ejecutar, coordinar, controlar y evaluar las políticas,
planes, programas, proyectos y actividades
estratégicas para la gestión del ambiente.
GUARDERÍA AMBIENTAL
Planificar, en coordinación con los
otros organismos involucrados en
las tareas de Guardería Ambiental, la
vigilancia y el control del ambiente y
de los recursos naturales renovables
a fin de impedir su degradación y
deterioro.
Suprema dirección de la política nacional
ambiental.
ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL
La actividad tendiente a la prevención,
vigilancia, examen, control, fiscalización,
sanción y represión de las acciones u
omisiones que directa o indirectamente sean
susceptibles de degradar el ambiente y los
recursos naturales renovables". En pocas
palabras son las distintas actividades de
diferentes organismos y entes para aplicar el
marco legal ambiental en Venezuela
De la Defensa Ambiental En esta intervienen en
la defensa un ambiente sano, seguro y
ecológicamente equilibrado, la Procuraduría General
de la República, el Ministerio Público, la Defensoría
del Pueblo, la Fuerza Armada Nacional, así como
los demás órganos y entes nacionales, estadales y
municipales con competencia en la materia, conforme
a las normas que lo rija
Dentro de las funciones
correspondientes
Vigilar y controlar el aprovechamiento
de los bosques, de la fauna silvestre y
acuática, el uso del suelo y de las
aguas y la ocupación del territorio.
El Estado, a través de la
Autoridad Nacional
Ambiental, ejercerá el
control ambiental sobre
las actividades y sus
efectos capaces de
degradar el ambiente de
las competencias de los
estados, municipios,
pueblos y comunidades
indígenas, en aquellas
materias
ambientales expresame
nte asignadas por la
Constitución y las leyes

Control ambiental

  • 1.
    Universidad “Fermín Toro” VicerrectoradoAcadémico Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas Escuela de Derecho MARILECT MONTES C.I: 11.694.037Barquisimeto Septiembre 2015Barquisimeto Septiembre 2015
  • 2.
    CONTROL AMBIENTAL De lasAutoridades Ambientales ministerio con competencia en materia ambiental como órgano rector, responsable de formular, planificar, dirigir, ejecutar, coordinar, controlar y evaluar las políticas, planes, programas, proyectos y actividades estratégicas para la gestión del ambiente. GUARDERÍA AMBIENTAL Planificar, en coordinación con los otros organismos involucrados en las tareas de Guardería Ambiental, la vigilancia y el control del ambiente y de los recursos naturales renovables a fin de impedir su degradación y deterioro. Suprema dirección de la política nacional ambiental. ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL La actividad tendiente a la prevención, vigilancia, examen, control, fiscalización, sanción y represión de las acciones u omisiones que directa o indirectamente sean susceptibles de degradar el ambiente y los recursos naturales renovables". En pocas palabras son las distintas actividades de diferentes organismos y entes para aplicar el marco legal ambiental en Venezuela De la Defensa Ambiental En esta intervienen en la defensa un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, la Procuraduría General de la República, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, la Fuerza Armada Nacional, así como los demás órganos y entes nacionales, estadales y municipales con competencia en la materia, conforme a las normas que lo rija Dentro de las funciones correspondientes Vigilar y controlar el aprovechamiento de los bosques, de la fauna silvestre y acuática, el uso del suelo y de las aguas y la ocupación del territorio. El Estado, a través de la Autoridad Nacional Ambiental, ejercerá el control ambiental sobre las actividades y sus efectos capaces de degradar el ambiente de las competencias de los estados, municipios, pueblos y comunidades indígenas, en aquellas materias ambientales expresame nte asignadas por la Constitución y las leyes