La ley orgánica del ambiente de Venezuela establece que el presidente de la república preside la política ambiental nacional y las autoridades ambientales coordinan con los organismos competentes. Los órganos del poder público nacional, estadal y municipal son responsables de aplicar los objetivos de la ley en el ámbito de su competencia. El estado ejerce el control ambiental a través de la autoridad nacional ambiental para regular actividades que degraden el ambiente. El control preventivo se realiza mediante permisos y licencias, mientras que el control posterior verifica el cumplimiento