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Con el propósito de contribuir a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas y zonas escolares mediante el
fomento de la corresponsabilidad de la comunidad escolar en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta en la
generación de condiciones que propicien la mejora del logro educativo, el Gobierno del Estado de Durango a través de
la Secretaría de Educación
CONVOCAN
A las escuelas públicas de educación básica, en todos sus niveles y modalidades, de Educación Especial, Centros de
Desarrollo Infantil que proporcionen el servicio de preescolar y centros comunitarios del CONAFE de la entidad, que no
reciban recursos del Programa de Escuelas de Tiempo Completo1, a participar, de manera voluntaria, en el proceso de
incorporación y reincorporación al Programa Escuelas de Calidad (PEC) en el ciclo escolar 2013-2014, a partir de las
siguientes:
BASES
I. Lineamientos Generales
A. La presente convocatoria se fundamenta en las Reglas de Operación 2013 del Programa Escuelas de Calidad,
publicadas el 25 de febrero de 2013 en el Diario Oficial de la Federación y pueden ser consultadas en la siguiente
dirección: www.pecdurango.com.mx
B. Población objetivo: Escuelas públicas de educación básica en todos sus niveles y modalidades; con énfasis en
aquellas, de nivel primaria y secundaria, con indicadores educativos desfavorables, o ubicadas en localidades de
alta y muy alta marginación conforme al índice determinado por el CONAPO.
C. Características de los apoyos.
1.- Apoyo Técnico
Las escuelas beneficiadas recibirán asesoría y apoyo para fortalecer su autonomía de gestión, propiciar
condiciones para garantizar la normalidad escolar, así como de correspondencia y participación de
estudiantes, maestros, padres de familia y la comunidad en general para mejorar los índices de
permanencia, inclusión, eficiencia terminal y logro de aprendizajes en educación básica teniendo como base
fundamental la escritura, la lectura y el desarrollo del razonamiento lógico matemático.
2.- Apoyo Financiero
Las escuelas que cumplan con los criterios y condiciones establecidos en la presente Convocatoria y en las
Reglas de Operación 2013, podrán recibir financiamiento, para la ejecución de su Programa Anual de
Trabajo.
II. Criterios de selección
Considerando la disponibilidad de recursos en el Fideicomiso Estatal de Escuelas de Calidad (FEEC) y con apego a
las Reglas de Operación y a la política estatal de transformación de la gestión educativa, la estrategia para la
selección de escuelas beneficiadas por el PEC, considera los siguientes criterios de focalización:
A. Escuelas reincorporadas. Podrán ser reincorporadas con financiamiento, asesoría y acompañamiento
aquellas escuelas que han participado en el PEC cuando menos durante una fase, dando prioridad a las que no
han cumplido más de cinco ciclos escolares, siempre y cuando cumplan con las siguientes condiciones:
1.- Que al finalizar su participación en la fase correspondiente demuestren avance y cumplimiento de las
metas planeadas en su Plan Estratégico de Transformación Escolar (PETE) y Programa Anual de
Trabajo (PAT) revisado y avalado por el Comité Dictaminador Estatal.
2.- Haber presentado a la Coordinación General Estatal del Programa Escuelas de Calidad (CGEPEC),
sus informes de seguimiento técnico-pedagógico y anual financiero, así como el análisis de los
resultados de logro académico de sus estudiantes, identificando sus avances.
3.- Que presenten evidencias del funcionamiento del Consejos Escolar de Participación Social o
equivalente, y haber realizado un informe público a la comunidad escolar, con los avances de las
acciones académicas, los objetivos y las metas alcanzadas con el apoyo de los recursos otorgados por
el PEC.
4.- No haber rebasado los porcentajes en los componentes establecidos en las reglas de operación de
acuerdo a su antigüedad en el Programa.
1 Como parte de las acciones de articulación de las políticas educativas, las escuelas de tiempo completo o de jornada ampliada que participen en
el Programa de Tiempo Completo, recibirán recursos equivalentes a los que otorga el PEC, por lo cual las escuelas que venían participando en el
PEC y que no podrán reincorporarse, tienen garantizado los recursos para fortalecer la gestión escolar.
5.- No tener adeudos o comprobaciones pendientes con el PEC, sobre recursos recibidos en ciclos
escolares anteriores.
Para el caso de los niveles de primaria y secundaria, adicionalmente:
6.- Deberán haber obtenido una mejora en sus niveles de logro académico, medido a través de los últimos
resultados promedio obtenidos en la aplicación de la prueba ENLACE en la que haya participado,
comparada contra los resultados de la prueba inmediata anterior.
Las escuelas que hayan cumplido 5 o más ciclos escolares de permanencia en el Programa, de manera continua o
discontinua, podrán ser invitadas a continuar participando y recibir el financiamiento del mismo, siempre y cuando
cumplan con todas y cada una de las condiciones señaladas anteriormente y que le sean aplicables de acuerdo al
nivel correspondiente.
B. Escuelas de nueva incorporación. Se dará prioridad a primarias y secundarias, con indicadores educativos
desfavorables o ubicadas en localidades de alta y muy alta marginación conforme al índice determinado por el
CONAPO y/o que cumplan al menos con una de las siguientes condiciones:
1.- Que se encuentren ubicadas en localidades con población mayoritariamente indígena;
2.- Que al menos el 50 por ciento de su matrícula tenga resultados de insuficiente en la prueba ENLACE;
3.- Inclusivas, que en su matrícula cuenten con al menos el 5 por ciento de estudiantes que tenga
discapacidad y/o dificultades de aprendizaje y/o desventajas;
4.- Multigrado;
5.- Centros Comunitarios del CONAFE en educación básica;
6.- Espacios educativos ubicados en los campamentos de jornaleros agrícolas que atienden a estudiantes
migrantes,
7.- CENDIS que imparten educación preescolar.
En la dirección electrónica http://www.pecdurango.com.mx se podrá consultar el catálogo de Centros de
Trabajo y el grado de marginalidad de CONAPO para identificar a aquéllas escuelas susceptibles de
incorporarse por primera ocasión.
C. Una vez atendidas las escuelas consideradas en las prioridades anteriores y de acuerdo a la disponibilidad
financiera del Programa en el Fideicomiso Estatal para Escuelas de Calidad, podrán ser beneficiadas aquellas
escuelas que han participado por cinco años o más y que deseen reincorporarse con financiamiento, asesoría y
acompañamiento, incluyendo Educación Especial (Centros de Atención Múltiple) y Centros de Desarrollo
Infantil (CENDIS) que imparten educación preescolar, para lo cual:
Todas las escuelas deberán cumplir las condiciones establecidas en los numerales 1, 2, 3, 4 y 5 del inciso “A”
de este apartado.
Para el caso de los niveles de primaria y secundaria, adicionalmente deberán cumplir las condiciones
establecidas en el numeral 6, del mismo inciso “A”.
En todos los casos, los recursos del PEC estarán orientados a las escuelas que no estén financiadas por
otros programas o proyectos.
III. Criterios de participación
A. Las escuelas interesadas en participar podrán inscribirse en línea y deberán hacer llegar el formato, una vez
impreso, debidamente requisitado al nivel/modalidad de educación básica correspondiente. Este procedimiento
es requisito indispensable para participar en la capacitación, dictaminación y en su caso, selección para recibir
financiamiento.
B. La inscripción en línea se hará en la siguiente dirección: www.pecdurango.com.mx.
C. Link directo para inscripción: http://pecdurango.com.mx/pagePEC2011/
D. El periodo de inscripción será a partir de la publicación de la presente Convocatoria y hasta el 30 de agosto de
2013.
E. Las escuelas inscritas, serán orientadas en cada uno de los procesos de operación del PEC para que conozcan
las implicaciones de su incorporación, así como sus derechos y compromisos posteriores.
IV. Requisitos.
Las escuelas que soliciten su incorporación o reincorporación deberán:
A. Manifestar su voluntad de participar en el PEC, cumplir con las bases publicadas en la convocatoria estatal y
además de lo anterior, la comunidad escolar a través del Consejo Técnico Escolar (CTE), expresará por escrito
la decisión colegiada de cumplir con los compromisos correspondientes.
B. Presentar a la Coordinación General Estatal del Programa Escuelas de Calidad (CGEPEC) en su caso, sus
informes anuales de seguimiento técnico-pedagógico y el financiero, así como el análisis de los resultados de
evaluación de la prueba ENLACE cuando corresponda.
C. Demostrar, en su caso, avance positivo en el cumplimiento de las metas de su PAT y relacionadas con los
objetivos del PETE o equivalente.
D. En el caso de escuelas con doble turno o que comparten el mismo edificio, presentarán un compromiso de
colaboración, avalado por el CTE, con el fin de optimizar los recursos materiales y financieros, de tal manera que
los beneficios sean compartidos. El cumplimiento del citado compromiso será un factor determinante para su
futura reincorporación.
E. Todas las escuelas incorporadas y reincorporadas deberán entregar el Informe Anual de Seguimiento Técnico-
pedagógico y, en su caso, financiero 2013-2014 en el nivel educativo correspondiente; quien lo hará llegar a la
CGEPEC a más tardar el 4 de julio de 2014.
F. El Consejo Técnico Escolar, como organismo representativo de la comunidad escolar, en todos los casos,
conocerá, revisará y validará los documentos que presente la escuela.
G. La recepción del PETE o equivalente y del PAT 2013-2014, tendrá fecha límite el 17 de septiembre de 2013. La
recepción de estos documentos será responsabilidad de cada nivel/modalidad de educación básica con escuelas
participantes.
H. Participarán en el proceso de dictaminación las escuelas cuyo expediente de inscripción esté completo y
debidamente requisitado.
La revisión de documentos será responsabilidad del Comité Dictaminador Estatal (CDE) y se realizará del 23 de
septiembre al 18 de octubre de 2013.
La selección final de las escuelas para incorporarse o reincorporarse al PEC así como para la distribución de los
recursos, será responsabilidad compartida del CDE, la CGEPEC y la Comisión Ejecutiva del PEC.
Los resultados del proceso de selección serán dados a conocer a más tardar en la última semana del mes de octubre
de 2013.
V. Elaboración o Actualización del PETE y PAT.
A partir de la publicación de la presente convocatoria y hasta el 30 de agosto de 2013, la CGEPEC desarrollará
acciones de capacitación, a directivos en el Modelo de Gestión Educativa Estratégica y elaboración o actualización
del PETE-PAT, así como lo referente a la administración financiera, ejercicio y comprobación de los recursos.
A) Las escuelas de nuevo ingreso elaborarán un Plan Estratégico de Transformación Escolar (PETE) y un
Programa Anual de Trabajo (2013-2014), conforme a los resultados de la autoevaluación que lleven a cabo;
basado en la ruta metodológica establecida para su construcción en el marco del Modelo de Gestión Educativa
Estratégica y con atención a los Estándares de Gestión para la Educación Básica, los cuales pueden consultarse
en http://basica.sep.gob.mx/pec
B) Las escuelas de reincorporación deberán reestructurar o actualizar su PETE y entregarlo a la CGEPEC junto
con el Programa Anual de Trabajo (2013-2014), conforme a los resultados de la obtenidos en ciclo escolar
anterior.
C) Las escuelas que en el ciclo escolar 2013-2014 inicien su sexto año de permanencia en el PEC y que deseen
continuar recibiendo los beneficios del Programa, deberán inscribirse y elaborar un nuevo PETE o equivalente y
el correspondiente PAT, con acciones que permitan mantener la mejora continua de su gestión; tomando en
cuenta lo realizado y logrado en los años anteriores.
D) En el caso de los Centros de Atención Múltiple, además de los criterios establecidos anteriormente, deberán
tomar en cuenta para su planeación estratégica el documento de Orientaciones Generales para el
Funcionamiento de los Servicios de Educación Especial y la “Guía para facilitar la inclusión de alumnos y
alumnas con discapacidad en escuelas que participan en el PEC”, la cual pueden consultar en
http://basica.sep.gob.mx/pec
E) El nivel de preescolar además de lo anterior, considerará la propuesta de evaluación contenida en su programa
de estudio.
F) El PETE y PAT deberán elaborarse atendiendo lo siguiente:
1. Para la elaboración o actualización del PETE/PAT, es responsabilidad del Consejo Técnico Escolar
(directivo y docentes) promover y contar con la participación y compromiso de la comunidad educativa
(personal de apoyo y administrativos, estudiantes y padres de familia, así como de otros integrantes de la
comunidad pertenecientes al CEPS o sus Comités, o su equivalente en el caso de los Centros Comunitarios
del CONAFE).
2. Que el PETE incluya y se fundamente en una autoevaluación inicial de la gestión escolar en sus dimensiones:
Pedagógica-Curricular, Organizativa, Administrativa y de Participación Social, considerando los resultados de
aprovechamiento escolar alcanzados por sus estudiantes (incluyendo, en el caso de primaria y secundaria,
los resultados de la prueba ENLACE), con referencia a los propósitos educativos establecidos en Plan y los
Programas de Estudio Nacionales; los indicadores de permanencia y eficiencia terminal, así como tomar
en cuenta los estándares de gestión para la educación básica y los aspectos básicos que favorecen las
condiciones de aprendizaje en la escuela asociados a la normalidad mínima escolar, con una mirada a
mediano (PETE) y corto (PAT) plazo.
3. Que, con base en una autoevaluación inicial, el PETE establezca: Misión, Visión, Valores, Compromisos
específicos, Objetivos, Estrategias y Metas, para fomentar y desarrollar estrategias de cultura escrita y
razonamiento matemático, elevar la permanencia y la eficiencia terminal, mediante prácticas flexibles y
de autonomía en el trabajo de aula, que permitan el uso racional y efectivo del tiempo por parte de los
docentes en cada una de las actividades desarrolladas en clase, favoreciendo la equidad y mejorar la calidad
del servicio educativo que ofrece la escuela.
4. Que en el PETE y PAT se establezca la autoevaluación sistemática de los avances y logros, como parte de
las acciones a desarrollar en las reuniones del Consejo Técnico Escolar, con la finalidad de efectuar ajustes
y cambios oportunos a lo largo del ciclo escolar, en beneficio de todos los estudiantes del centro escolar.
5. Que el PAT establezca y describa con claridad las metas y acciones específicas a desarrollarse durante el
ciclo escolar; los recursos y apoyos requeridos, así como una estimación del costo de las acciones, tiempos y
responsables de su ejecución, en correspondencia con la autoevaluación y el plan de mejora, así como con
los objetivos y estrategias del PETE y su relación con las estrategias de fomento de cultura escrita y
razonamiento matemático, elevar la permanencia y la eficiencia terminal y favorecer las condiciones de
aprendizaje en la escuela asociados a la normalidad mínima escolar y los estándares de desempeño por
cada dimensión, todo ello encaminado a mejorar los resultados de aprendizaje de los estudiantes.
6. Que el Consejo Escolar de Participación Social (CEPS) o su equivalente en el caso de los Centros
Comunitarios del CONAFE, esté constituido y registrado en el Registro Público de Consejos Escolares
(REPUCE) y que las madres y padres de familia que los integran estén involucrados en las estrategias de
mejora del logro educativo de sus hijos.
VI. Derechos y obligaciones que adquieren las escuelas seleccionadas.
A. Derechos
1.- Todas las escuelas participantes en el PEC son financiables y tendrán posibilidad de recibir los recursos
establecidos conforme a la disponibilidad financiera y al cumplimiento de la normatividad. Todas, sin
excepción, tendrán la asistencia académica y técnica del Programa.
2.- Las escuelas que en este ciclo escolar inicien su sexto año o más de permanencia en el PEC, continuarán
siendo beneficiadas por el Programa, conforme al inciso “C” del apartado V de esta convocatoria.
B. Obligaciones
1.- Cumplir con los objetivos, metas y actividades establecidos en sus documentos de planeación estratégica;
2.- Que el Consejo Técnico Escolar desarrolle procesos de evaluación interna y seguimiento de sus
avances durante la implementación del PETE-PAT o equivalente;
3.- Colaborar con las evaluaciones externas efectuadas por instancias estatales, nacionales e internacionales
referidas a los procesos de transformación de su gestión escolar y logros educativos;
4.- Articular las acciones de otros programas y proyectos federales y/o estatales a través del PETE-PAT o
equivalente;
5.- Constituir el Consejo Escolar de Participación Social (CEPS) y registrarlo en el Registro Público de
Consejos Escolares (REPUCE);
6.- Firmar, de manera mancomunada, el director de la escuela o docente a cargo de la función y un
representante de los padres de familia -designado por el CEPS- los documentos del gasto y sujetar el
ejercicio de los recursos del PEC, a lo establecido en su PAT;
7.- Entregar a la CGEPEC, al término de cada ciclo escolar, el informe técnico-pedagógico y financiero de los
resultados del trabajo realizado;
8.- Reintegrar al FEEC los recursos no utilizados que le hayan sido transferidos del mismo, dentro de los diez
días hábiles siguientes a la fecha de vencimiento del ejercicio (30 de junio de 2014);
9.- Comprobar el ejercicio de los recursos conforme a la legislación estatal vigente y aplicable en materia de
adquisiciones de bienes, contratación de servicios y ejecución de obra pública, integrando un expediente
de acuerdo a lo establecido en el Manual de Ejercicio y Comprobación de Recursos emitido por la
CGEPEC.
10.- Acreditar la recepción de los recursos gestionados provenientes del gobierno municipal, de los sectores
privado y social, a más tardar el 14 de marzo de 2014;
11.- Integrar un expediente de cada fase de su participación en el PEC, que incluya y salvaguarde como
mínimo la siguiente documentación:
a. Solicitud de participación
b. PETE-PAT o equivalente
c. Convenio de colaboración, en su caso
d. Acta constitutiva del CEPS o equivalente
e. Informe de Dictaminación
f. Análisis de los resultados de evaluación de la prueba ENLACE, en su caso
g. Informe técnico pedagógico anual
h. Informe financiero con documentos comprobatorios de los gastos realizados en contratación, pago
de obras, bienes y servicios.
12.- Las escuelas que se retiren del PEC y que cuenten aún con recursos otorgados por el FEEC en su cuenta
bancaria, deberán devolverlos al mismo, en un término no mayor a 10 días hábiles, así como comprobar la
totalidad de los recursos ejercidos.
13.- Cuando haya cambio de director en la escuela, el CTE garantizará que en el proceso de entrega
recepción el expediente completo del PEC quede en resguardo en la institución.
VII. De la asignación y distribución de los recursos a las escuelas.
Los recursos del PEC son adicionales y complementarios a los programas federales, estatales y municipales
vigentes destinados a infraestructura y operación de los planteles escolares; en ningún caso sustituirán a los
recursos regulares dirigidos a estos fines, por lo tanto su ejercicio deberá orientarse a otros aspectos de más impacto
en el aprovechamiento escolar.
A. Considerando la disponibilidad de recursos, las Reglas de Operación y las estrategias diferenciadas de
financiamiento propuestas por la CGEPEC, el Comité Técnico del FEEC podrá autorizar una aportación anual
inicial a las escuelas beneficiadas, de acuerdo a la siguiente tabla:
ANTIGÜEDAD y FINANCIAMIENTO EN EL PROGRAMA MONTO INICIAL
Escuelas Unigrado con 4 años financiados $ 15,000.00
Escuelas Unigrado con 3 años financiados $ 20,000.00
Escuelas Unigrado con 2 años financiados $ 25,000.00
Escuelas Unigrado con 1 año financiado $ 35,000.00
Escuelas Unigrado de nuevo ingreso $ 50,000.00
Escuelas Multigrado de nuevo ingreso o con menos de 5 años financiados $ 25,000.00
Escuelas Multigrado con más de 5 años financiados $ 5,000.00
Unigrado: Escuelas de Organización Completa.
Multigrado: Escuelas que no cuentan con un maestro para cada grado y carecen de un Director Técnico.
Estos recursos se entregarán a las escuelas, a partir de su selección y hasta el 29 de noviembre de 2013,
conforme se cumplan los siguientes requisitos de financiamiento, posteriores a su selección:
1.- Entrega de su PETE/PAT o equivalente ajustado con base en las recomendaciones técnicas del Comité
Dictaminador a más tardar el 8 de noviembre de 2013.
2.- Contar con nombramiento del director de la escuela y padre de familia (representante del CEPS) vigentes y
copia de credencial de elector actualizada de ambas personas, al momento de entrega de su PETE/PAT o
equivalente ajustado.
3.- Para el caso de escuelas unigrado, tener cuenta bancaria actualizada y vigente.
B. El esquema de financiamiento del Programa está basado en la autogestión y en la corresponsabilidad. Si la
escuela, a excepción de la multigrado, requiere un monto superior a la establecida en la tabla anterior, podrá
solicitar y recibir nuevos recursos provenientes del FEEC, con base en el siguiente criterio: por cada peso que la
escuela gestione de aportaciones voluntarias –del municipio, padres de familia y/o de los sectores privado y
social- el Fideicomiso Estatal otorgará otro peso. El monto de esta aportación adicional no será mayor a la inicial
entregada; para tal fin se aplicará la siguiente tabla:
ANTIGÜEDAD y FINANCIAMIENTO EN EL PROGRAMA CONTRAPARTIDA
Escuelas focalizadas* unigrado con 5 o más años financiados $ 30,000.00
Escuelas Unigrado con 4 años financiados $ 15,000.00
Escuelas Unigrado con 3 años financiados $ 20,000.00
Escuelas Unigrado con 2 años financiados $ 25,000.00
Escuelas Unigrado con 1 año financiado $ 35,000.00
Escuelas Unigrado de nuevo ingreso $ 50,000.00
Para escuelas Multigrado no aplica la contrapartida
* Focalización establecida por Reglas de Operación.
Consultar relación de escuelas focalizadas y universo potencial en la dirección: www.pecdurango.com.mx
C. Las aportaciones y/o donaciones a las escuelas de origen municipal, privado y de organizaciones sociales,
podrán hacerse en efectivo o en especie. El 14 de marzo de 2014, será la fecha límite para que las escuelas
comprueben sus donaciones. Las donaciones en especie sólo podrán ser aceptadas, para efectos de
contrapartida, si están consideradas en el PAT, si cumplen condiciones de calidad, cantidad y costo y están
validadas mediante el acta correspondiente. Las aportaciones podrán ser sujetas a revisión para verificar
procedencia, montos y aplicación. A través de la CGEPEC, se expedirán recibos para deducción de impuestos a
quien así lo solicite.
D. Las escuelas unigrado seleccionadas para el financiamiento del PEC, abrirán una cuenta bancaria exclusiva para
administrar los recursos del PEC; el director de la escuela y un representante de los padres de familia, designado
por el CEPS, firmarán mancomunadamente dicha cuenta, y se sujetarán en el ejercicio de los recursos a lo
establecido en su PETE o equivalente y su PAT. Para escuelas multigrado, que sólo reciben una aportación
única, la entrega de los recursos correspondientes se hará a través de dispersión electrónica a nombre del
director de la escuela. En todo caso, el CEPS, a través del Comité de Contraloría Social de la escuela, el CTE y/o
de Zona y la CGEPEC, serán los responsables de vigilar la correcta administración de estos recursos.
E. Las escuelas financiadas podrán ejercer los recursos de la siguiente manera:
1.- Cuando sean de nuevo ingreso destinarán al menos el 30% (treinta por ciento) para el fortalecimiento
académico a través de las siguientes opciones:
a) el desarrollo profesional de directivos y docentes
b) el fortalecimiento de los Consejos Técnicos Escolares
c) implementación de acciones para la mejora del logro académico, dando énfasis en el desarrollo de
competencias lectoras y matemáticas;
d) desarrollo de estrategias pedagógicas que contribuyan a mejorar la eficiencia de la jornada escolar, el
logro del perfil de egreso, e incentiven la permanencia e inclusión de estudiantes de educación básica,
e) la formación de padres de familia para la participación social y apoyo al aprendizaje.
f) la compra de equipo técnico, libros, útiles, materiales escolares y didácticos, así como software para la
gestión de los aprendizajes;
g) el desarrollo en los docentes y directivos a través de la capacitación, de habilidades digitales para el uso y
aprovechamiento de las tecnologías de información y comunicación en la educación.
2.- De manera gradual, las escuelas en reincorporación deberán incrementar la inversión en el fortalecimiento
académico por cada año de permanencia. El resto del recurso podrá asignarse para:
a) la rehabilitación, acondicionamiento, mantenimiento, construcción y ampliación de espacios educativos, y
que en su caso generen condiciones para aprovechar la ampliación de la jornada escolar con sentido
educativo;
b) la adquisición de mobiliario, y/o
c) la adquisición de equipo y servicios de conectividad para el uso de las tecnologías de información y
comunicación en la educación.
3.- Las escuelas que en esta fase cumplieron más de cinco años de permanencia en el PEC y hayan sido
elegidas para continuar participando, deberán ejercer los recursos públicos otorgados para el fortalecimiento
académico a través de las siguientes opciones:
a) el desarrollo profesional de directivos y docentes
b) el fortalecimiento de los Consejos Técnicos Escolares
c) implementación de acciones para la mejora del logro académico, dando énfasis en el desarrollo de
competencias lectoras y matemáticas;
d) desarrollo de estrategias pedagógicas que contribuyan a mejorar la eficiencia de la jornada escolar, el
logro del perfil de egreso, e incentiven la permanencia e inclusión de estudiantes de educación básica,
e) la formación de padres de familia para la participación social y apoyo al aprendizaje.
f) la compra de equipo técnico, libros, útiles, materiales escolares y didácticos, así como software para la
gestión de los aprendizajes;
g) el desarrollo en los docentes y directivos a través de la capacitación, de habilidades digitales para el uso y
aprovechamiento de las tecnologías de información y comunicación en la educación
h) el mantenimiento de espacios educativos;
i) la adquisición de mobiliario;
j) la adquisición de equipo y servicios de conectividad para el uso de las tecnologías de información y
comunicación en la educación, y
k) Estos recursos no podrán destinarse a la construcción y ampliación de espacios educativos.
F. La CGEPEC, a través del Comité Dictaminador, verificará la pertinencia de los cursos que podrán ser
financiados, con respecto a la aplicación del PETE o equivalente y Trayecto Formativo de la escuela y con el
apoyo de la Unidad de Formación Continua (UFC) regulará los aspectos técnicos en apego a las disposiciones
normativas correspondientes.
G. Las escuelas que requieran de construcción de obra educativa, deberán sujetarse a la normatividad emitida por el
Instituto Nacional de Infraestructura Física Educativa del Estado de Durango (INIFEED): para obras mayores de
construcción, las escuelas deberán comprobar la pertinencia de la obra así como el respaldo normativo y los
recursos suficientes para su ejecución, mediante la suscripción de convenios de colaboración y/o alianzas con los
sectores público, privado y/o social.
En ningún caso se podrán utilizar los recursos financieros asignados a los beneficiarios, para el pago de
prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos o sobresueldos de los directivos, docentes o
empleados que laboren en la Secretaría de Educación Estatal y/o CONAFE; tampoco para el pago de festejos y/o
concursos.
VIII. Transparencia y Rendición de Cuentas
A. La Coordinación General Estatal del PEC, publicará y difundirá la relación de escuelas seleccionadas, informará
al Consejo Estatal de Participación Social, y a los Municipales de Participación Social sobre los beneficios
otorgados a cada escuela; asimismo se asegurará que todas ellas tengan a la vista el pizarrón de autoevaluación,
en los que indique las acciones y recursos aplicados (los que deberán estar expuestos de manera permanente
toda vez que son evidencia auditable).
B. Las acciones de transparencia y rendición de cuentas estarán a cargo del CEPS o su equivalente en el caso de
los Centros Comunitarios del CONAFE y de la Asociación de Padres de Familia (APF), así como de sus comités
mediante la participación de los padres y madres de familia y de otros miembros de la comunidad que los
conformen, quienes recibirán capacitación para constituirse en instancias de seguimiento y evaluación social, con
la finalidad de establecer una vinculación de las madres y padres de familia con la educación de sus hijos en el
ámbito escolar, con lo que realiza el Consejo Técnico Escolar (director y los docentes) en el centro escolar, con
los recursos que reciben y la manera en que los aplican de acuerdo a su PETE y PAT, con procesos
transparentes hacia la comunidad y con una rendición de cuentas basada en los resultados educativos de los
estudiantes y el uso de los recursos utilizados para su consecución.
C. Las escuelas elaborarán y entregarán en cada periodo estipulado en el Manual de Ejercicio y Comprobación de
Recursos emitido por la CGEPEC, informes que incluyan los resultados del desarrollo del PETE-PAT en el que se
destaque: el avance de sus estudiantes y su aprovechamiento escolar, particularmente en lectura, escritura y
razonamiento lógico matemático, los avances en materia de permanencia, inclusión y eficiencia terminal
de sus estudiantes, así como el cumplimiento de sus metas, todo ello asociado a la normalidad del servicio
educativo. Asimismo entregarán la información del ejercicio de los recursos financieros asignados y avances de
los compromisos de esta convocatoria. Las escuelas deberán hacer públicos estos informes ante su comunidad e
incluir la información en el REPUCE, a través del CEPS.
IX. Sanciones.
A. Las escuelas reincorporadas para el ciclo escolar 2013-2014, que no hayan comprobado los recursos otorgados
en el ciclo escolar 2012-2013, no podrán recibir recursos del PEC.
B. Las escuelas que no proporcionen la información que permita el monitoreo y seguimiento de las acciones del
PEC a través de los canales que se determinen por la Coordinación Nacional del Programa Escuelas de Calidad
(CNPEC) y la CGEPEC, no podrán recibir recursos del mismo hasta en tanto no proporcionen dicha información.
C. La Secretaría de Educación podrá suspender, cancelar o exigir el reintegro de los apoyos proporcionados a la
escuela que incumpla con las Reglas de Operación y/o con la normatividad estatal vigente y aplicable en la
materia, cometa alguna irregularidad en el manejo de los recursos o bien en el caso que por la movilidad del
director(a), la escuela carezca de la figura directiva.
X. Del recurso de revisión.
A. Las escuelas que manifiesten alguna inconformidad con los resultados de la selección, dispondrán de cinco días
hábiles una vez dados a conocer los resultados para presentar una solicitud de revisión de su expediente. Esta
solicitud deberá dirigirse al Comité Dictaminador correspondiente, quien emitirá una resolución en un término
máximo de cinco días hábiles a la presentación de la misma, la cual tendrá carácter de inapelable.
XI. Asuntos Generales.
A. Cualquier situación no prevista en la presente convocatoria será resuelta por la Comisión Ejecutiva del PEC con
base en los criterios establecidos en las Reglas de Operación del Programa.
B. Para mayores informes acudir a la siguiente dirección:
Profr. Ismael Carrillo Romero
Coordinación General Estatal del Programa Escuelas de Calidad.
Calle Paloma No. 1024, Col. Fátima C.P. 34080 en Durango, Dgo.
Teléfonos (13) 76 673, 76 669, 76 672, 76 676 y 76 675
cgepec.dgo@hotmail.com
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los
impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y
otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado
de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.

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Convocatoria durango fase pec xiii

  • 1. Con el propósito de contribuir a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas y zonas escolares mediante el fomento de la corresponsabilidad de la comunidad escolar en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta en la generación de condiciones que propicien la mejora del logro educativo, el Gobierno del Estado de Durango a través de la Secretaría de Educación CONVOCAN A las escuelas públicas de educación básica, en todos sus niveles y modalidades, de Educación Especial, Centros de Desarrollo Infantil que proporcionen el servicio de preescolar y centros comunitarios del CONAFE de la entidad, que no reciban recursos del Programa de Escuelas de Tiempo Completo1, a participar, de manera voluntaria, en el proceso de incorporación y reincorporación al Programa Escuelas de Calidad (PEC) en el ciclo escolar 2013-2014, a partir de las siguientes: BASES I. Lineamientos Generales A. La presente convocatoria se fundamenta en las Reglas de Operación 2013 del Programa Escuelas de Calidad, publicadas el 25 de febrero de 2013 en el Diario Oficial de la Federación y pueden ser consultadas en la siguiente dirección: www.pecdurango.com.mx B. Población objetivo: Escuelas públicas de educación básica en todos sus niveles y modalidades; con énfasis en aquellas, de nivel primaria y secundaria, con indicadores educativos desfavorables, o ubicadas en localidades de alta y muy alta marginación conforme al índice determinado por el CONAPO. C. Características de los apoyos. 1.- Apoyo Técnico Las escuelas beneficiadas recibirán asesoría y apoyo para fortalecer su autonomía de gestión, propiciar condiciones para garantizar la normalidad escolar, así como de correspondencia y participación de estudiantes, maestros, padres de familia y la comunidad en general para mejorar los índices de permanencia, inclusión, eficiencia terminal y logro de aprendizajes en educación básica teniendo como base fundamental la escritura, la lectura y el desarrollo del razonamiento lógico matemático. 2.- Apoyo Financiero Las escuelas que cumplan con los criterios y condiciones establecidos en la presente Convocatoria y en las Reglas de Operación 2013, podrán recibir financiamiento, para la ejecución de su Programa Anual de Trabajo. II. Criterios de selección Considerando la disponibilidad de recursos en el Fideicomiso Estatal de Escuelas de Calidad (FEEC) y con apego a las Reglas de Operación y a la política estatal de transformación de la gestión educativa, la estrategia para la selección de escuelas beneficiadas por el PEC, considera los siguientes criterios de focalización: A. Escuelas reincorporadas. Podrán ser reincorporadas con financiamiento, asesoría y acompañamiento aquellas escuelas que han participado en el PEC cuando menos durante una fase, dando prioridad a las que no han cumplido más de cinco ciclos escolares, siempre y cuando cumplan con las siguientes condiciones: 1.- Que al finalizar su participación en la fase correspondiente demuestren avance y cumplimiento de las metas planeadas en su Plan Estratégico de Transformación Escolar (PETE) y Programa Anual de Trabajo (PAT) revisado y avalado por el Comité Dictaminador Estatal. 2.- Haber presentado a la Coordinación General Estatal del Programa Escuelas de Calidad (CGEPEC), sus informes de seguimiento técnico-pedagógico y anual financiero, así como el análisis de los resultados de logro académico de sus estudiantes, identificando sus avances. 3.- Que presenten evidencias del funcionamiento del Consejos Escolar de Participación Social o equivalente, y haber realizado un informe público a la comunidad escolar, con los avances de las acciones académicas, los objetivos y las metas alcanzadas con el apoyo de los recursos otorgados por el PEC. 4.- No haber rebasado los porcentajes en los componentes establecidos en las reglas de operación de acuerdo a su antigüedad en el Programa. 1 Como parte de las acciones de articulación de las políticas educativas, las escuelas de tiempo completo o de jornada ampliada que participen en el Programa de Tiempo Completo, recibirán recursos equivalentes a los que otorga el PEC, por lo cual las escuelas que venían participando en el PEC y que no podrán reincorporarse, tienen garantizado los recursos para fortalecer la gestión escolar.
  • 2. 5.- No tener adeudos o comprobaciones pendientes con el PEC, sobre recursos recibidos en ciclos escolares anteriores. Para el caso de los niveles de primaria y secundaria, adicionalmente: 6.- Deberán haber obtenido una mejora en sus niveles de logro académico, medido a través de los últimos resultados promedio obtenidos en la aplicación de la prueba ENLACE en la que haya participado, comparada contra los resultados de la prueba inmediata anterior. Las escuelas que hayan cumplido 5 o más ciclos escolares de permanencia en el Programa, de manera continua o discontinua, podrán ser invitadas a continuar participando y recibir el financiamiento del mismo, siempre y cuando cumplan con todas y cada una de las condiciones señaladas anteriormente y que le sean aplicables de acuerdo al nivel correspondiente. B. Escuelas de nueva incorporación. Se dará prioridad a primarias y secundarias, con indicadores educativos desfavorables o ubicadas en localidades de alta y muy alta marginación conforme al índice determinado por el CONAPO y/o que cumplan al menos con una de las siguientes condiciones: 1.- Que se encuentren ubicadas en localidades con población mayoritariamente indígena; 2.- Que al menos el 50 por ciento de su matrícula tenga resultados de insuficiente en la prueba ENLACE; 3.- Inclusivas, que en su matrícula cuenten con al menos el 5 por ciento de estudiantes que tenga discapacidad y/o dificultades de aprendizaje y/o desventajas; 4.- Multigrado; 5.- Centros Comunitarios del CONAFE en educación básica; 6.- Espacios educativos ubicados en los campamentos de jornaleros agrícolas que atienden a estudiantes migrantes, 7.- CENDIS que imparten educación preescolar. En la dirección electrónica http://www.pecdurango.com.mx se podrá consultar el catálogo de Centros de Trabajo y el grado de marginalidad de CONAPO para identificar a aquéllas escuelas susceptibles de incorporarse por primera ocasión. C. Una vez atendidas las escuelas consideradas en las prioridades anteriores y de acuerdo a la disponibilidad financiera del Programa en el Fideicomiso Estatal para Escuelas de Calidad, podrán ser beneficiadas aquellas escuelas que han participado por cinco años o más y que deseen reincorporarse con financiamiento, asesoría y acompañamiento, incluyendo Educación Especial (Centros de Atención Múltiple) y Centros de Desarrollo Infantil (CENDIS) que imparten educación preescolar, para lo cual: Todas las escuelas deberán cumplir las condiciones establecidas en los numerales 1, 2, 3, 4 y 5 del inciso “A” de este apartado. Para el caso de los niveles de primaria y secundaria, adicionalmente deberán cumplir las condiciones establecidas en el numeral 6, del mismo inciso “A”. En todos los casos, los recursos del PEC estarán orientados a las escuelas que no estén financiadas por otros programas o proyectos. III. Criterios de participación A. Las escuelas interesadas en participar podrán inscribirse en línea y deberán hacer llegar el formato, una vez impreso, debidamente requisitado al nivel/modalidad de educación básica correspondiente. Este procedimiento es requisito indispensable para participar en la capacitación, dictaminación y en su caso, selección para recibir financiamiento. B. La inscripción en línea se hará en la siguiente dirección: www.pecdurango.com.mx. C. Link directo para inscripción: http://pecdurango.com.mx/pagePEC2011/ D. El periodo de inscripción será a partir de la publicación de la presente Convocatoria y hasta el 30 de agosto de 2013. E. Las escuelas inscritas, serán orientadas en cada uno de los procesos de operación del PEC para que conozcan las implicaciones de su incorporación, así como sus derechos y compromisos posteriores. IV. Requisitos. Las escuelas que soliciten su incorporación o reincorporación deberán: A. Manifestar su voluntad de participar en el PEC, cumplir con las bases publicadas en la convocatoria estatal y además de lo anterior, la comunidad escolar a través del Consejo Técnico Escolar (CTE), expresará por escrito la decisión colegiada de cumplir con los compromisos correspondientes.
  • 3. B. Presentar a la Coordinación General Estatal del Programa Escuelas de Calidad (CGEPEC) en su caso, sus informes anuales de seguimiento técnico-pedagógico y el financiero, así como el análisis de los resultados de evaluación de la prueba ENLACE cuando corresponda. C. Demostrar, en su caso, avance positivo en el cumplimiento de las metas de su PAT y relacionadas con los objetivos del PETE o equivalente. D. En el caso de escuelas con doble turno o que comparten el mismo edificio, presentarán un compromiso de colaboración, avalado por el CTE, con el fin de optimizar los recursos materiales y financieros, de tal manera que los beneficios sean compartidos. El cumplimiento del citado compromiso será un factor determinante para su futura reincorporación. E. Todas las escuelas incorporadas y reincorporadas deberán entregar el Informe Anual de Seguimiento Técnico- pedagógico y, en su caso, financiero 2013-2014 en el nivel educativo correspondiente; quien lo hará llegar a la CGEPEC a más tardar el 4 de julio de 2014. F. El Consejo Técnico Escolar, como organismo representativo de la comunidad escolar, en todos los casos, conocerá, revisará y validará los documentos que presente la escuela. G. La recepción del PETE o equivalente y del PAT 2013-2014, tendrá fecha límite el 17 de septiembre de 2013. La recepción de estos documentos será responsabilidad de cada nivel/modalidad de educación básica con escuelas participantes. H. Participarán en el proceso de dictaminación las escuelas cuyo expediente de inscripción esté completo y debidamente requisitado. La revisión de documentos será responsabilidad del Comité Dictaminador Estatal (CDE) y se realizará del 23 de septiembre al 18 de octubre de 2013. La selección final de las escuelas para incorporarse o reincorporarse al PEC así como para la distribución de los recursos, será responsabilidad compartida del CDE, la CGEPEC y la Comisión Ejecutiva del PEC. Los resultados del proceso de selección serán dados a conocer a más tardar en la última semana del mes de octubre de 2013. V. Elaboración o Actualización del PETE y PAT. A partir de la publicación de la presente convocatoria y hasta el 30 de agosto de 2013, la CGEPEC desarrollará acciones de capacitación, a directivos en el Modelo de Gestión Educativa Estratégica y elaboración o actualización del PETE-PAT, así como lo referente a la administración financiera, ejercicio y comprobación de los recursos. A) Las escuelas de nuevo ingreso elaborarán un Plan Estratégico de Transformación Escolar (PETE) y un Programa Anual de Trabajo (2013-2014), conforme a los resultados de la autoevaluación que lleven a cabo; basado en la ruta metodológica establecida para su construcción en el marco del Modelo de Gestión Educativa Estratégica y con atención a los Estándares de Gestión para la Educación Básica, los cuales pueden consultarse en http://basica.sep.gob.mx/pec B) Las escuelas de reincorporación deberán reestructurar o actualizar su PETE y entregarlo a la CGEPEC junto con el Programa Anual de Trabajo (2013-2014), conforme a los resultados de la obtenidos en ciclo escolar anterior. C) Las escuelas que en el ciclo escolar 2013-2014 inicien su sexto año de permanencia en el PEC y que deseen continuar recibiendo los beneficios del Programa, deberán inscribirse y elaborar un nuevo PETE o equivalente y el correspondiente PAT, con acciones que permitan mantener la mejora continua de su gestión; tomando en cuenta lo realizado y logrado en los años anteriores. D) En el caso de los Centros de Atención Múltiple, además de los criterios establecidos anteriormente, deberán tomar en cuenta para su planeación estratégica el documento de Orientaciones Generales para el Funcionamiento de los Servicios de Educación Especial y la “Guía para facilitar la inclusión de alumnos y alumnas con discapacidad en escuelas que participan en el PEC”, la cual pueden consultar en http://basica.sep.gob.mx/pec E) El nivel de preescolar además de lo anterior, considerará la propuesta de evaluación contenida en su programa de estudio. F) El PETE y PAT deberán elaborarse atendiendo lo siguiente:
  • 4. 1. Para la elaboración o actualización del PETE/PAT, es responsabilidad del Consejo Técnico Escolar (directivo y docentes) promover y contar con la participación y compromiso de la comunidad educativa (personal de apoyo y administrativos, estudiantes y padres de familia, así como de otros integrantes de la comunidad pertenecientes al CEPS o sus Comités, o su equivalente en el caso de los Centros Comunitarios del CONAFE). 2. Que el PETE incluya y se fundamente en una autoevaluación inicial de la gestión escolar en sus dimensiones: Pedagógica-Curricular, Organizativa, Administrativa y de Participación Social, considerando los resultados de aprovechamiento escolar alcanzados por sus estudiantes (incluyendo, en el caso de primaria y secundaria, los resultados de la prueba ENLACE), con referencia a los propósitos educativos establecidos en Plan y los Programas de Estudio Nacionales; los indicadores de permanencia y eficiencia terminal, así como tomar en cuenta los estándares de gestión para la educación básica y los aspectos básicos que favorecen las condiciones de aprendizaje en la escuela asociados a la normalidad mínima escolar, con una mirada a mediano (PETE) y corto (PAT) plazo. 3. Que, con base en una autoevaluación inicial, el PETE establezca: Misión, Visión, Valores, Compromisos específicos, Objetivos, Estrategias y Metas, para fomentar y desarrollar estrategias de cultura escrita y razonamiento matemático, elevar la permanencia y la eficiencia terminal, mediante prácticas flexibles y de autonomía en el trabajo de aula, que permitan el uso racional y efectivo del tiempo por parte de los docentes en cada una de las actividades desarrolladas en clase, favoreciendo la equidad y mejorar la calidad del servicio educativo que ofrece la escuela. 4. Que en el PETE y PAT se establezca la autoevaluación sistemática de los avances y logros, como parte de las acciones a desarrollar en las reuniones del Consejo Técnico Escolar, con la finalidad de efectuar ajustes y cambios oportunos a lo largo del ciclo escolar, en beneficio de todos los estudiantes del centro escolar. 5. Que el PAT establezca y describa con claridad las metas y acciones específicas a desarrollarse durante el ciclo escolar; los recursos y apoyos requeridos, así como una estimación del costo de las acciones, tiempos y responsables de su ejecución, en correspondencia con la autoevaluación y el plan de mejora, así como con los objetivos y estrategias del PETE y su relación con las estrategias de fomento de cultura escrita y razonamiento matemático, elevar la permanencia y la eficiencia terminal y favorecer las condiciones de aprendizaje en la escuela asociados a la normalidad mínima escolar y los estándares de desempeño por cada dimensión, todo ello encaminado a mejorar los resultados de aprendizaje de los estudiantes. 6. Que el Consejo Escolar de Participación Social (CEPS) o su equivalente en el caso de los Centros Comunitarios del CONAFE, esté constituido y registrado en el Registro Público de Consejos Escolares (REPUCE) y que las madres y padres de familia que los integran estén involucrados en las estrategias de mejora del logro educativo de sus hijos. VI. Derechos y obligaciones que adquieren las escuelas seleccionadas. A. Derechos 1.- Todas las escuelas participantes en el PEC son financiables y tendrán posibilidad de recibir los recursos establecidos conforme a la disponibilidad financiera y al cumplimiento de la normatividad. Todas, sin excepción, tendrán la asistencia académica y técnica del Programa. 2.- Las escuelas que en este ciclo escolar inicien su sexto año o más de permanencia en el PEC, continuarán siendo beneficiadas por el Programa, conforme al inciso “C” del apartado V de esta convocatoria. B. Obligaciones 1.- Cumplir con los objetivos, metas y actividades establecidos en sus documentos de planeación estratégica; 2.- Que el Consejo Técnico Escolar desarrolle procesos de evaluación interna y seguimiento de sus avances durante la implementación del PETE-PAT o equivalente; 3.- Colaborar con las evaluaciones externas efectuadas por instancias estatales, nacionales e internacionales referidas a los procesos de transformación de su gestión escolar y logros educativos; 4.- Articular las acciones de otros programas y proyectos federales y/o estatales a través del PETE-PAT o equivalente; 5.- Constituir el Consejo Escolar de Participación Social (CEPS) y registrarlo en el Registro Público de Consejos Escolares (REPUCE); 6.- Firmar, de manera mancomunada, el director de la escuela o docente a cargo de la función y un representante de los padres de familia -designado por el CEPS- los documentos del gasto y sujetar el ejercicio de los recursos del PEC, a lo establecido en su PAT;
  • 5. 7.- Entregar a la CGEPEC, al término de cada ciclo escolar, el informe técnico-pedagógico y financiero de los resultados del trabajo realizado; 8.- Reintegrar al FEEC los recursos no utilizados que le hayan sido transferidos del mismo, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de vencimiento del ejercicio (30 de junio de 2014); 9.- Comprobar el ejercicio de los recursos conforme a la legislación estatal vigente y aplicable en materia de adquisiciones de bienes, contratación de servicios y ejecución de obra pública, integrando un expediente de acuerdo a lo establecido en el Manual de Ejercicio y Comprobación de Recursos emitido por la CGEPEC. 10.- Acreditar la recepción de los recursos gestionados provenientes del gobierno municipal, de los sectores privado y social, a más tardar el 14 de marzo de 2014; 11.- Integrar un expediente de cada fase de su participación en el PEC, que incluya y salvaguarde como mínimo la siguiente documentación: a. Solicitud de participación b. PETE-PAT o equivalente c. Convenio de colaboración, en su caso d. Acta constitutiva del CEPS o equivalente e. Informe de Dictaminación f. Análisis de los resultados de evaluación de la prueba ENLACE, en su caso g. Informe técnico pedagógico anual h. Informe financiero con documentos comprobatorios de los gastos realizados en contratación, pago de obras, bienes y servicios. 12.- Las escuelas que se retiren del PEC y que cuenten aún con recursos otorgados por el FEEC en su cuenta bancaria, deberán devolverlos al mismo, en un término no mayor a 10 días hábiles, así como comprobar la totalidad de los recursos ejercidos. 13.- Cuando haya cambio de director en la escuela, el CTE garantizará que en el proceso de entrega recepción el expediente completo del PEC quede en resguardo en la institución. VII. De la asignación y distribución de los recursos a las escuelas. Los recursos del PEC son adicionales y complementarios a los programas federales, estatales y municipales vigentes destinados a infraestructura y operación de los planteles escolares; en ningún caso sustituirán a los recursos regulares dirigidos a estos fines, por lo tanto su ejercicio deberá orientarse a otros aspectos de más impacto en el aprovechamiento escolar. A. Considerando la disponibilidad de recursos, las Reglas de Operación y las estrategias diferenciadas de financiamiento propuestas por la CGEPEC, el Comité Técnico del FEEC podrá autorizar una aportación anual inicial a las escuelas beneficiadas, de acuerdo a la siguiente tabla: ANTIGÜEDAD y FINANCIAMIENTO EN EL PROGRAMA MONTO INICIAL Escuelas Unigrado con 4 años financiados $ 15,000.00 Escuelas Unigrado con 3 años financiados $ 20,000.00 Escuelas Unigrado con 2 años financiados $ 25,000.00 Escuelas Unigrado con 1 año financiado $ 35,000.00 Escuelas Unigrado de nuevo ingreso $ 50,000.00 Escuelas Multigrado de nuevo ingreso o con menos de 5 años financiados $ 25,000.00 Escuelas Multigrado con más de 5 años financiados $ 5,000.00 Unigrado: Escuelas de Organización Completa. Multigrado: Escuelas que no cuentan con un maestro para cada grado y carecen de un Director Técnico. Estos recursos se entregarán a las escuelas, a partir de su selección y hasta el 29 de noviembre de 2013, conforme se cumplan los siguientes requisitos de financiamiento, posteriores a su selección: 1.- Entrega de su PETE/PAT o equivalente ajustado con base en las recomendaciones técnicas del Comité Dictaminador a más tardar el 8 de noviembre de 2013. 2.- Contar con nombramiento del director de la escuela y padre de familia (representante del CEPS) vigentes y copia de credencial de elector actualizada de ambas personas, al momento de entrega de su PETE/PAT o equivalente ajustado.
  • 6. 3.- Para el caso de escuelas unigrado, tener cuenta bancaria actualizada y vigente. B. El esquema de financiamiento del Programa está basado en la autogestión y en la corresponsabilidad. Si la escuela, a excepción de la multigrado, requiere un monto superior a la establecida en la tabla anterior, podrá solicitar y recibir nuevos recursos provenientes del FEEC, con base en el siguiente criterio: por cada peso que la escuela gestione de aportaciones voluntarias –del municipio, padres de familia y/o de los sectores privado y social- el Fideicomiso Estatal otorgará otro peso. El monto de esta aportación adicional no será mayor a la inicial entregada; para tal fin se aplicará la siguiente tabla: ANTIGÜEDAD y FINANCIAMIENTO EN EL PROGRAMA CONTRAPARTIDA Escuelas focalizadas* unigrado con 5 o más años financiados $ 30,000.00 Escuelas Unigrado con 4 años financiados $ 15,000.00 Escuelas Unigrado con 3 años financiados $ 20,000.00 Escuelas Unigrado con 2 años financiados $ 25,000.00 Escuelas Unigrado con 1 año financiado $ 35,000.00 Escuelas Unigrado de nuevo ingreso $ 50,000.00 Para escuelas Multigrado no aplica la contrapartida * Focalización establecida por Reglas de Operación. Consultar relación de escuelas focalizadas y universo potencial en la dirección: www.pecdurango.com.mx C. Las aportaciones y/o donaciones a las escuelas de origen municipal, privado y de organizaciones sociales, podrán hacerse en efectivo o en especie. El 14 de marzo de 2014, será la fecha límite para que las escuelas comprueben sus donaciones. Las donaciones en especie sólo podrán ser aceptadas, para efectos de contrapartida, si están consideradas en el PAT, si cumplen condiciones de calidad, cantidad y costo y están validadas mediante el acta correspondiente. Las aportaciones podrán ser sujetas a revisión para verificar procedencia, montos y aplicación. A través de la CGEPEC, se expedirán recibos para deducción de impuestos a quien así lo solicite. D. Las escuelas unigrado seleccionadas para el financiamiento del PEC, abrirán una cuenta bancaria exclusiva para administrar los recursos del PEC; el director de la escuela y un representante de los padres de familia, designado por el CEPS, firmarán mancomunadamente dicha cuenta, y se sujetarán en el ejercicio de los recursos a lo establecido en su PETE o equivalente y su PAT. Para escuelas multigrado, que sólo reciben una aportación única, la entrega de los recursos correspondientes se hará a través de dispersión electrónica a nombre del director de la escuela. En todo caso, el CEPS, a través del Comité de Contraloría Social de la escuela, el CTE y/o de Zona y la CGEPEC, serán los responsables de vigilar la correcta administración de estos recursos. E. Las escuelas financiadas podrán ejercer los recursos de la siguiente manera: 1.- Cuando sean de nuevo ingreso destinarán al menos el 30% (treinta por ciento) para el fortalecimiento académico a través de las siguientes opciones: a) el desarrollo profesional de directivos y docentes b) el fortalecimiento de los Consejos Técnicos Escolares c) implementación de acciones para la mejora del logro académico, dando énfasis en el desarrollo de competencias lectoras y matemáticas; d) desarrollo de estrategias pedagógicas que contribuyan a mejorar la eficiencia de la jornada escolar, el logro del perfil de egreso, e incentiven la permanencia e inclusión de estudiantes de educación básica, e) la formación de padres de familia para la participación social y apoyo al aprendizaje. f) la compra de equipo técnico, libros, útiles, materiales escolares y didácticos, así como software para la gestión de los aprendizajes; g) el desarrollo en los docentes y directivos a través de la capacitación, de habilidades digitales para el uso y aprovechamiento de las tecnologías de información y comunicación en la educación. 2.- De manera gradual, las escuelas en reincorporación deberán incrementar la inversión en el fortalecimiento académico por cada año de permanencia. El resto del recurso podrá asignarse para: a) la rehabilitación, acondicionamiento, mantenimiento, construcción y ampliación de espacios educativos, y que en su caso generen condiciones para aprovechar la ampliación de la jornada escolar con sentido educativo; b) la adquisición de mobiliario, y/o
  • 7. c) la adquisición de equipo y servicios de conectividad para el uso de las tecnologías de información y comunicación en la educación. 3.- Las escuelas que en esta fase cumplieron más de cinco años de permanencia en el PEC y hayan sido elegidas para continuar participando, deberán ejercer los recursos públicos otorgados para el fortalecimiento académico a través de las siguientes opciones: a) el desarrollo profesional de directivos y docentes b) el fortalecimiento de los Consejos Técnicos Escolares c) implementación de acciones para la mejora del logro académico, dando énfasis en el desarrollo de competencias lectoras y matemáticas; d) desarrollo de estrategias pedagógicas que contribuyan a mejorar la eficiencia de la jornada escolar, el logro del perfil de egreso, e incentiven la permanencia e inclusión de estudiantes de educación básica, e) la formación de padres de familia para la participación social y apoyo al aprendizaje. f) la compra de equipo técnico, libros, útiles, materiales escolares y didácticos, así como software para la gestión de los aprendizajes; g) el desarrollo en los docentes y directivos a través de la capacitación, de habilidades digitales para el uso y aprovechamiento de las tecnologías de información y comunicación en la educación h) el mantenimiento de espacios educativos; i) la adquisición de mobiliario; j) la adquisición de equipo y servicios de conectividad para el uso de las tecnologías de información y comunicación en la educación, y k) Estos recursos no podrán destinarse a la construcción y ampliación de espacios educativos. F. La CGEPEC, a través del Comité Dictaminador, verificará la pertinencia de los cursos que podrán ser financiados, con respecto a la aplicación del PETE o equivalente y Trayecto Formativo de la escuela y con el apoyo de la Unidad de Formación Continua (UFC) regulará los aspectos técnicos en apego a las disposiciones normativas correspondientes. G. Las escuelas que requieran de construcción de obra educativa, deberán sujetarse a la normatividad emitida por el Instituto Nacional de Infraestructura Física Educativa del Estado de Durango (INIFEED): para obras mayores de construcción, las escuelas deberán comprobar la pertinencia de la obra así como el respaldo normativo y los recursos suficientes para su ejecución, mediante la suscripción de convenios de colaboración y/o alianzas con los sectores público, privado y/o social. En ningún caso se podrán utilizar los recursos financieros asignados a los beneficiarios, para el pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos o sobresueldos de los directivos, docentes o empleados que laboren en la Secretaría de Educación Estatal y/o CONAFE; tampoco para el pago de festejos y/o concursos. VIII. Transparencia y Rendición de Cuentas A. La Coordinación General Estatal del PEC, publicará y difundirá la relación de escuelas seleccionadas, informará al Consejo Estatal de Participación Social, y a los Municipales de Participación Social sobre los beneficios otorgados a cada escuela; asimismo se asegurará que todas ellas tengan a la vista el pizarrón de autoevaluación, en los que indique las acciones y recursos aplicados (los que deberán estar expuestos de manera permanente toda vez que son evidencia auditable). B. Las acciones de transparencia y rendición de cuentas estarán a cargo del CEPS o su equivalente en el caso de los Centros Comunitarios del CONAFE y de la Asociación de Padres de Familia (APF), así como de sus comités mediante la participación de los padres y madres de familia y de otros miembros de la comunidad que los conformen, quienes recibirán capacitación para constituirse en instancias de seguimiento y evaluación social, con la finalidad de establecer una vinculación de las madres y padres de familia con la educación de sus hijos en el ámbito escolar, con lo que realiza el Consejo Técnico Escolar (director y los docentes) en el centro escolar, con los recursos que reciben y la manera en que los aplican de acuerdo a su PETE y PAT, con procesos transparentes hacia la comunidad y con una rendición de cuentas basada en los resultados educativos de los estudiantes y el uso de los recursos utilizados para su consecución. C. Las escuelas elaborarán y entregarán en cada periodo estipulado en el Manual de Ejercicio y Comprobación de Recursos emitido por la CGEPEC, informes que incluyan los resultados del desarrollo del PETE-PAT en el que se destaque: el avance de sus estudiantes y su aprovechamiento escolar, particularmente en lectura, escritura y razonamiento lógico matemático, los avances en materia de permanencia, inclusión y eficiencia terminal de sus estudiantes, así como el cumplimiento de sus metas, todo ello asociado a la normalidad del servicio
  • 8. educativo. Asimismo entregarán la información del ejercicio de los recursos financieros asignados y avances de los compromisos de esta convocatoria. Las escuelas deberán hacer públicos estos informes ante su comunidad e incluir la información en el REPUCE, a través del CEPS. IX. Sanciones. A. Las escuelas reincorporadas para el ciclo escolar 2013-2014, que no hayan comprobado los recursos otorgados en el ciclo escolar 2012-2013, no podrán recibir recursos del PEC. B. Las escuelas que no proporcionen la información que permita el monitoreo y seguimiento de las acciones del PEC a través de los canales que se determinen por la Coordinación Nacional del Programa Escuelas de Calidad (CNPEC) y la CGEPEC, no podrán recibir recursos del mismo hasta en tanto no proporcionen dicha información. C. La Secretaría de Educación podrá suspender, cancelar o exigir el reintegro de los apoyos proporcionados a la escuela que incumpla con las Reglas de Operación y/o con la normatividad estatal vigente y aplicable en la materia, cometa alguna irregularidad en el manejo de los recursos o bien en el caso que por la movilidad del director(a), la escuela carezca de la figura directiva. X. Del recurso de revisión. A. Las escuelas que manifiesten alguna inconformidad con los resultados de la selección, dispondrán de cinco días hábiles una vez dados a conocer los resultados para presentar una solicitud de revisión de su expediente. Esta solicitud deberá dirigirse al Comité Dictaminador correspondiente, quien emitirá una resolución en un término máximo de cinco días hábiles a la presentación de la misma, la cual tendrá carácter de inapelable. XI. Asuntos Generales. A. Cualquier situación no prevista en la presente convocatoria será resuelta por la Comisión Ejecutiva del PEC con base en los criterios establecidos en las Reglas de Operación del Programa. B. Para mayores informes acudir a la siguiente dirección: Profr. Ismael Carrillo Romero Coordinación General Estatal del Programa Escuelas de Calidad. Calle Paloma No. 1024, Col. Fátima C.P. 34080 en Durango, Dgo. Teléfonos (13) 76 673, 76 669, 76 672, 76 676 y 76 675 cgepec.dgo@hotmail.com “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.