El documento presenta una discusión sobre las circunstancias agravantes en el derecho penal. Define las circunstancias agravantes como aquellas que modifican la responsabilidad criminal del sujeto aumentando la pena por representar una mayor antijuridicidad o culpabilidad. Explica que existen agravantes genéricas, específicas, objetivas y subjetivas, y clasifica doce agravantes reconocidas en el Código Penal, incluyendo la alevosía, abuso de superioridad, precio o recompensa, y reincidencia.
1) El documento trata sobre las circunstancias agravantes en el derecho penal, incluyendo definiciones, clasificaciones y ejemplos. 2) Se describen doce circunstancias agravantes genéricas reconocidas en el código penal como la alevosía, abuso de superioridad, disfraz, auxilio de otras personas, abuso de confianza, aprovechamiento del carácter público, ensañamiento, precio o recompensa, motivos racistas, reincidencia y parentesco. 3) También incluye ejemplos de agres
El documento describe diferentes tipos de circunstancias agravantes en el derecho penal, incluyendo genéricas, específicas, objetivas y subjetivas. Explica que las circunstancias agravantes aumentan la pena por representar una mayor gravedad del delito. Entre las circunstancias agravantes descritas están la edad de la víctima, la relación entre agresor y víctima, el uso de la violencia, y causar daños físicos o psicológicos.
Este documento contiene información sobre circunstancias agravantes en el derecho penal. Define las circunstancias agravantes como aquellas que modifican la responsabilidad criminal del sujeto determinando un mayor quantum de pena. Describe diferentes tipos de circunstancias agravantes incluyendo la edad de la víctima, la relación entre agresor y víctima, el uso de medios violentos, y daños físicos o psicológicos a la víctima. Además, explica clasificaciones de circunstancias agravantes
Este documento discute las causas generales de atenuación de pena en derecho penal. Explica que las penas se reducen por circunstancias como la minoría de edad del autor, cuando no hubo intención de causar un daño grave, o cuando el acto se cometió bajo amenaza o injuria. También se pueden reducir las penas por condiciones como la buena conducta previa, la condición femenina, o la pobreza en algunos casos. Finalmente, cubre cómo la embriaguez puede ser una causa de atenuación si caus
El documento analiza si es necesario probar la intención de dominación u machismo mencionada en el artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2004 sobre la violencia de género para que los hechos se consideren un delito de violencia de género. Existen diferentes posiciones al respecto y las sentencias del Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional permiten que el acusado pruebe que en la comisión del hecho no hubo dicha intención.
El documento describe diferentes penas y medidas de seguridad que puede imponer el estado para combatir la delincuencia, incluyendo prisión, tratamientos, confinamiento, sanciones pecuniarias, y prohibiciones. También resume varios artículos del código penal relacionados con la responsabilidad penal, la gravedad de los delitos, y la aplicación de penas y medidas de seguridad.
El documento describe los sujetos y partes involucradas en el proceso penal venezolano. Explica que el proceso penal se define como la relación jurídica entre el órgano sancionador y el acusado para garantizar los derechos de las partes. Las partes principales son el Ministerio Público y el acusado, pero también participan testigos, peritos y víctimas. El documento también distingue entre defensa privada y defensa pública.
1) El documento trata sobre las circunstancias agravantes en el derecho penal, incluyendo definiciones, clasificaciones y ejemplos. 2) Se describen doce circunstancias agravantes genéricas reconocidas en el código penal como la alevosía, abuso de superioridad, disfraz, auxilio de otras personas, abuso de confianza, aprovechamiento del carácter público, ensañamiento, precio o recompensa, motivos racistas, reincidencia y parentesco. 3) También incluye ejemplos de agres
El documento describe diferentes tipos de circunstancias agravantes en el derecho penal, incluyendo genéricas, específicas, objetivas y subjetivas. Explica que las circunstancias agravantes aumentan la pena por representar una mayor gravedad del delito. Entre las circunstancias agravantes descritas están la edad de la víctima, la relación entre agresor y víctima, el uso de la violencia, y causar daños físicos o psicológicos.
Este documento contiene información sobre circunstancias agravantes en el derecho penal. Define las circunstancias agravantes como aquellas que modifican la responsabilidad criminal del sujeto determinando un mayor quantum de pena. Describe diferentes tipos de circunstancias agravantes incluyendo la edad de la víctima, la relación entre agresor y víctima, el uso de medios violentos, y daños físicos o psicológicos a la víctima. Además, explica clasificaciones de circunstancias agravantes
Este documento discute las causas generales de atenuación de pena en derecho penal. Explica que las penas se reducen por circunstancias como la minoría de edad del autor, cuando no hubo intención de causar un daño grave, o cuando el acto se cometió bajo amenaza o injuria. También se pueden reducir las penas por condiciones como la buena conducta previa, la condición femenina, o la pobreza en algunos casos. Finalmente, cubre cómo la embriaguez puede ser una causa de atenuación si caus
El documento analiza si es necesario probar la intención de dominación u machismo mencionada en el artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2004 sobre la violencia de género para que los hechos se consideren un delito de violencia de género. Existen diferentes posiciones al respecto y las sentencias del Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional permiten que el acusado pruebe que en la comisión del hecho no hubo dicha intención.
El documento describe diferentes penas y medidas de seguridad que puede imponer el estado para combatir la delincuencia, incluyendo prisión, tratamientos, confinamiento, sanciones pecuniarias, y prohibiciones. También resume varios artículos del código penal relacionados con la responsabilidad penal, la gravedad de los delitos, y la aplicación de penas y medidas de seguridad.
El documento describe los sujetos y partes involucradas en el proceso penal venezolano. Explica que el proceso penal se define como la relación jurídica entre el órgano sancionador y el acusado para garantizar los derechos de las partes. Las partes principales son el Ministerio Público y el acusado, pero también participan testigos, peritos y víctimas. El documento también distingue entre defensa privada y defensa pública.
El documento habla sobre el derecho penal español. Explica que son responsables criminalmente los autores y cómplices de los delitos. Define a los autores como quienes realizan el delito por sí mismos o a través de otros, e incluye a los inductores y cooperadores necesarios. Define a los cómplices como quienes cooperan de forma no necesaria. También explica la figura del encubrimiento y las formas de extinción de la responsabilidad criminal.
El documento habla sobre la clasificación de delitos y contravenciones según el Código Penal dominicano. Explica que los delitos se clasifican por gravedad, forma de acción, consecuencias y otros factores. Las tentativas de delito solo son punibles cuando la ley lo establece. Las contravenciones son infracciones menores castigadas con multas o arrestos cortos.
Este documento resume varios delitos y faltas tipificados en el Código Penal Venezolano. Entre ellos se encuentran la desaparición forzada de personas, resistencia a la autoridad, simulación de hecho punible, calumnia, falso testimonio, prevaricación, encubrimiento, instigación a delinquir, agavillamiento y un análisis del Libro III sobre faltas. Para cada uno se describe la acción, sujetos, naturaleza jurídica, bien jurídico tutelado y otras características como formas
Este documento compara el régimen legal anterior y actual respecto a los delitos de violación y estupro en Argentina. Explica cómo estaban regulados en el Código Penal anterior y describe los cambios realizados por la ley 25.087, incluyendo modificaciones en las definiciones, penas y circunstancias agravantes. Resalta que la nueva ley enfatiza los delitos contra la "integridad sexual" en lugar de la "honestidad" y amplía las circunstancias que agravan estos delitos.
El documento describe el proceso de denuncia por violencia de género en España. Explica que cuando una víctima se presenta, los agentes deben recabar datos de la víctima, agresor y agresión. También deben informar a la víctima de sus derechos y realizar una evaluación de riesgo. Luego, deben investigar los hechos, detener al agresor y realizar un seguimiento de la víctima según su nivel de riesgo. El proceso suele terminar con un juicio rápido y,
La mediación penal busca crear un espacio seguro y confidencial para que la víctima y el ofensor dialoguen y lleguen a acuerdos sobre cómo reparar el daño causado por un delito de manera restaurativa. Para que haya mediación, el delito debe ser mediable, las partes deben consentir voluntariamente y el ofensor aceptar responsabilidad por el daño.
1) El documento clasifica y describe diferentes tipos de homicidios según el Código Penal venezolano, incluyendo homicidio simple, homicidio calificado, homicidio agravado y homicidio concausal.
2) Dentro de homicidio calificado, describe subtipos como parricidio, filicidio, conyugicidio y magnicidio.
3) Explica las características y elementos de cada tipo de homicidio, como la intención, sujetos, objetos, penalidad y procedimiento para juzgarlos.
Este documento resume los diferentes tipos de homicidios descritos en el Código Penal Venezolano, incluyendo homicidio simple, calificado, agravado, concausal, preterintencional, culposo e inducción o ayuda al suicidio. Proporciona ejemplos de cada tipo y las penas asociadas según la ley. Finalmente, ofrece cifras de homicidios en Venezuela en 2017, mostrando que la mayoría involucran armas de fuego y que muchos casos no han sido resueltos.
El fallo contra un asesino serial de JunínRoberto Torres
Sentencia del Tribunal Oral Criminal 1 del Departamento Judicial Junín contra Rubén Recalde, imputado del homicidio de dos jóvenes juninenses: Sandra Colo y Paola Tomé.
Individualizacion de la pena y ley de ejecucion de penas del estado deaalejandraa
Este documento describe el marco legal de la individualización de la pena en México. Explica que la individualización de la pena consiste en determinar la sanción apropiada para cada caso particular teniendo en cuenta factores como la personalidad del infractor y su culpabilidad. Esto implica que la pena la determinan no solo el legislador sino también el juez y el órgano ejecutivo durante la aplicación y ejecución de la pena.
El documento resume el caso de Sandra Palo, una mujer de 22 años con discapacidad que fue secuestrada, violada y asesinada por cuatro personas, tres de ellas menores de edad. Los acusados formaban parte de una banda conocida como "La banda del chupete" que tenía más de 700 delitos. Se los acusa de detención ilegal, tres delitos de agresión sexual, y asesinato. Debido a que los hechos fueron cometidos de forma conjunta, todos son considerados coautores. El documento también resume las leyes aplicables
Las cotas de delincuencia femenina han sido, a lo largo de la historia, mucho menores que las masculinas. Resulta sencillo acceder a estudios sobre la delincuencia masculina, siendo, sin embargo, más complicado encontrar investigaciones sobre mujeres delincuentes, y más, aún, desde la perspectiva de género. Ante ello, surge la dificultad de discernir si los factores de riesgo/protección que influyen en la conducta antijurídica de los hombres van a ser los mismos que inciden en la delincuencia femenina. Es por ello interesante una reflexión sobre la posibilidad de que sea la mujer el sujeto activo de la delincuencia que tiene lugar en el ámbito familiar, hecho, que si bien, ajeno a la intencionalidad de la última reforma del Código Penal en la materia –Ley Orgánica 1/2004, de violencia de género-, se encontraba ya prevista en el articulado del Código, donde el legislador nunca desdeñó la posibilidad de que todas las conductas relativas al maltrato pudieran tener un autor femenino. Seguimos manteniendo una sociedad desigual en la que, si bien en un camino descendente, la mujer sigue sometida al hombre, a lo que colabora un conjunto de estereotipos y de roles que sitúan a la mujer en el epicentro de un mayor control social y de la tradicional dominación masculina. Esta desigualdad de género se traslada incluso al interior de las cárceles, espacios que no dejan de ser un reflejo de la sociedad y en la que estas desigualdades, incluso se acrecientan.
Este documento describe diferentes salidas alternas al proceso penal dentro del nuevo sistema acusatorio mexicano, incluyendo el principio de oportunidad, el procedimiento abreviado, los acuerdos reparatorios y la suspensión condicional del proceso. Explica los criterios y requisitos para la aplicación de cada una de estas alternativas, así como sus efectos sobre el proceso penal cuando son aprobadas.
Este documento describe los delitos de violencia y resistencia contra la autoridad según el Código Penal peruano. Explica las conductas tipificadas como delito, los elementos objetivos y subjetivos de cada delito, las penas asociadas y casos emblemáticos. En particular, se definen los delitos de violencia contra la autoridad para obligarle a algo o impedir el ejercicio de sus funciones, así como el delito de resistencia u desobediencia a la autoridad, con agravantes cuando los hechos se cometen contra funcionarios policiales o al desobede
Los Métodos Alternos de Solución de Conflictos en el Proceso Penal Acusatoriojoisbaro
Este documento resume los métodos alternos de solución de conflictos en el sistema penal acusatorio. Explica las características del sistema acusatorio y sus sujetos procesales como el Ministerio Público y la persona imputada. También describe las fases del proceso penal como la investigación y el juicio oral. Finalmente, detalla las alternativas de solución de conflictos como la conciliación, mediación y acuerdos entre las partes.
La prueba en los supuestos de violencia de vg univ csc@mereces_saberlo
Este documento analiza tres cuestiones relacionadas con la prueba en casos de violencia de género en España. Primero, cuestiona si es correcto que la única prueba para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado sea la declaración de la víctima. Segundo, examina si la doctrina del Tribunal Supremo permite esto y si se aplica a todos los casos. Tercero, explora las posibles consecuencias de admitir solo el testimonio de la víctima como prueba. El documento sugiere que aceptar solo esta p
ENJ-300 Módulo IX curso Teoría General del DelitoENJ
Este documento resume conceptos clave sobre circunstancias modificativas de la responsabilidad penal y pluralidad de delitos. Explica que las circunstancias modificativas pueden ser atenuantes u agravantes, y que estas últimas se pueden clasificar como objetivas o subjetivas, generales o especiales, y legales o judiciales. También cubre los diferentes tipos de concurso de delitos, como el real, ideal o medial, y sistemas para determinar las penas como suma, cúmulo o no cúmulo. Por último, resume excepciones a
Es la condena, la sanción o la punición que un juez o un tribunal impone, según lo estipulado por la legislación, a la persona que ha cometido un delito o una infracción
ENJ-300 Responsabilidad Penal y Pluralidad del DelitoENJ
Las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal son circunstancias que pueden atenuar o agravar la sanción por un delito. Entre las agravantes se encuentran las objetivas y subjetivas, generales y especiales, legales y judiciales. Las atenuantes pueden ser generales o específicas. Existen diferentes tipos de pluralidad de delitos como el concurso real, ideal y medial. Para determinar la pena por pluralidad de delitos se utilizan sistemas como la suma, el cúmulo jurídico o la no absorción de pen
Presentacion power ENJ-300: Curso Teoría General del Delito. Módulo VIIIENJ
Este documento describe las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal en el derecho dominicano. Explica que existen circunstancias agravantes y atenuantes, y describe algunas de estas circunstancias y cómo afectan la pena. También discute conceptos como la comunicabilidad de las circunstancias entre autores y cómplices, y los efectos de las circunstancias atenuantes en la determinación de la pena.
El documento define el cuerpo del delito como los elementos objetivos que constituyen la materialidad de la figura delictiva descrita en la ley penal. Explica que se debe distinguir el hecho ocurrido del sujeto que lo cometió, determinando si su conducta fue típica, antijurídica y culpable. También define la probable responsabilidad como la existencia de indicios que permitan suponer la intervención culpable de alguien en el delito. Finalmente, señala que el cuerpo del delito se refiere al hecho en sí, mientras que
El documento habla sobre el derecho penal español. Explica que son responsables criminalmente los autores y cómplices de los delitos. Define a los autores como quienes realizan el delito por sí mismos o a través de otros, e incluye a los inductores y cooperadores necesarios. Define a los cómplices como quienes cooperan de forma no necesaria. También explica la figura del encubrimiento y las formas de extinción de la responsabilidad criminal.
El documento habla sobre la clasificación de delitos y contravenciones según el Código Penal dominicano. Explica que los delitos se clasifican por gravedad, forma de acción, consecuencias y otros factores. Las tentativas de delito solo son punibles cuando la ley lo establece. Las contravenciones son infracciones menores castigadas con multas o arrestos cortos.
Este documento resume varios delitos y faltas tipificados en el Código Penal Venezolano. Entre ellos se encuentran la desaparición forzada de personas, resistencia a la autoridad, simulación de hecho punible, calumnia, falso testimonio, prevaricación, encubrimiento, instigación a delinquir, agavillamiento y un análisis del Libro III sobre faltas. Para cada uno se describe la acción, sujetos, naturaleza jurídica, bien jurídico tutelado y otras características como formas
Este documento compara el régimen legal anterior y actual respecto a los delitos de violación y estupro en Argentina. Explica cómo estaban regulados en el Código Penal anterior y describe los cambios realizados por la ley 25.087, incluyendo modificaciones en las definiciones, penas y circunstancias agravantes. Resalta que la nueva ley enfatiza los delitos contra la "integridad sexual" en lugar de la "honestidad" y amplía las circunstancias que agravan estos delitos.
El documento describe el proceso de denuncia por violencia de género en España. Explica que cuando una víctima se presenta, los agentes deben recabar datos de la víctima, agresor y agresión. También deben informar a la víctima de sus derechos y realizar una evaluación de riesgo. Luego, deben investigar los hechos, detener al agresor y realizar un seguimiento de la víctima según su nivel de riesgo. El proceso suele terminar con un juicio rápido y,
La mediación penal busca crear un espacio seguro y confidencial para que la víctima y el ofensor dialoguen y lleguen a acuerdos sobre cómo reparar el daño causado por un delito de manera restaurativa. Para que haya mediación, el delito debe ser mediable, las partes deben consentir voluntariamente y el ofensor aceptar responsabilidad por el daño.
1) El documento clasifica y describe diferentes tipos de homicidios según el Código Penal venezolano, incluyendo homicidio simple, homicidio calificado, homicidio agravado y homicidio concausal.
2) Dentro de homicidio calificado, describe subtipos como parricidio, filicidio, conyugicidio y magnicidio.
3) Explica las características y elementos de cada tipo de homicidio, como la intención, sujetos, objetos, penalidad y procedimiento para juzgarlos.
Este documento resume los diferentes tipos de homicidios descritos en el Código Penal Venezolano, incluyendo homicidio simple, calificado, agravado, concausal, preterintencional, culposo e inducción o ayuda al suicidio. Proporciona ejemplos de cada tipo y las penas asociadas según la ley. Finalmente, ofrece cifras de homicidios en Venezuela en 2017, mostrando que la mayoría involucran armas de fuego y que muchos casos no han sido resueltos.
El fallo contra un asesino serial de JunínRoberto Torres
Sentencia del Tribunal Oral Criminal 1 del Departamento Judicial Junín contra Rubén Recalde, imputado del homicidio de dos jóvenes juninenses: Sandra Colo y Paola Tomé.
Individualizacion de la pena y ley de ejecucion de penas del estado deaalejandraa
Este documento describe el marco legal de la individualización de la pena en México. Explica que la individualización de la pena consiste en determinar la sanción apropiada para cada caso particular teniendo en cuenta factores como la personalidad del infractor y su culpabilidad. Esto implica que la pena la determinan no solo el legislador sino también el juez y el órgano ejecutivo durante la aplicación y ejecución de la pena.
El documento resume el caso de Sandra Palo, una mujer de 22 años con discapacidad que fue secuestrada, violada y asesinada por cuatro personas, tres de ellas menores de edad. Los acusados formaban parte de una banda conocida como "La banda del chupete" que tenía más de 700 delitos. Se los acusa de detención ilegal, tres delitos de agresión sexual, y asesinato. Debido a que los hechos fueron cometidos de forma conjunta, todos son considerados coautores. El documento también resume las leyes aplicables
Las cotas de delincuencia femenina han sido, a lo largo de la historia, mucho menores que las masculinas. Resulta sencillo acceder a estudios sobre la delincuencia masculina, siendo, sin embargo, más complicado encontrar investigaciones sobre mujeres delincuentes, y más, aún, desde la perspectiva de género. Ante ello, surge la dificultad de discernir si los factores de riesgo/protección que influyen en la conducta antijurídica de los hombres van a ser los mismos que inciden en la delincuencia femenina. Es por ello interesante una reflexión sobre la posibilidad de que sea la mujer el sujeto activo de la delincuencia que tiene lugar en el ámbito familiar, hecho, que si bien, ajeno a la intencionalidad de la última reforma del Código Penal en la materia –Ley Orgánica 1/2004, de violencia de género-, se encontraba ya prevista en el articulado del Código, donde el legislador nunca desdeñó la posibilidad de que todas las conductas relativas al maltrato pudieran tener un autor femenino. Seguimos manteniendo una sociedad desigual en la que, si bien en un camino descendente, la mujer sigue sometida al hombre, a lo que colabora un conjunto de estereotipos y de roles que sitúan a la mujer en el epicentro de un mayor control social y de la tradicional dominación masculina. Esta desigualdad de género se traslada incluso al interior de las cárceles, espacios que no dejan de ser un reflejo de la sociedad y en la que estas desigualdades, incluso se acrecientan.
Este documento describe diferentes salidas alternas al proceso penal dentro del nuevo sistema acusatorio mexicano, incluyendo el principio de oportunidad, el procedimiento abreviado, los acuerdos reparatorios y la suspensión condicional del proceso. Explica los criterios y requisitos para la aplicación de cada una de estas alternativas, así como sus efectos sobre el proceso penal cuando son aprobadas.
Este documento describe los delitos de violencia y resistencia contra la autoridad según el Código Penal peruano. Explica las conductas tipificadas como delito, los elementos objetivos y subjetivos de cada delito, las penas asociadas y casos emblemáticos. En particular, se definen los delitos de violencia contra la autoridad para obligarle a algo o impedir el ejercicio de sus funciones, así como el delito de resistencia u desobediencia a la autoridad, con agravantes cuando los hechos se cometen contra funcionarios policiales o al desobede
Los Métodos Alternos de Solución de Conflictos en el Proceso Penal Acusatoriojoisbaro
Este documento resume los métodos alternos de solución de conflictos en el sistema penal acusatorio. Explica las características del sistema acusatorio y sus sujetos procesales como el Ministerio Público y la persona imputada. También describe las fases del proceso penal como la investigación y el juicio oral. Finalmente, detalla las alternativas de solución de conflictos como la conciliación, mediación y acuerdos entre las partes.
La prueba en los supuestos de violencia de vg univ csc@mereces_saberlo
Este documento analiza tres cuestiones relacionadas con la prueba en casos de violencia de género en España. Primero, cuestiona si es correcto que la única prueba para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado sea la declaración de la víctima. Segundo, examina si la doctrina del Tribunal Supremo permite esto y si se aplica a todos los casos. Tercero, explora las posibles consecuencias de admitir solo el testimonio de la víctima como prueba. El documento sugiere que aceptar solo esta p
ENJ-300 Módulo IX curso Teoría General del DelitoENJ
Este documento resume conceptos clave sobre circunstancias modificativas de la responsabilidad penal y pluralidad de delitos. Explica que las circunstancias modificativas pueden ser atenuantes u agravantes, y que estas últimas se pueden clasificar como objetivas o subjetivas, generales o especiales, y legales o judiciales. También cubre los diferentes tipos de concurso de delitos, como el real, ideal o medial, y sistemas para determinar las penas como suma, cúmulo o no cúmulo. Por último, resume excepciones a
Es la condena, la sanción o la punición que un juez o un tribunal impone, según lo estipulado por la legislación, a la persona que ha cometido un delito o una infracción
ENJ-300 Responsabilidad Penal y Pluralidad del DelitoENJ
Las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal son circunstancias que pueden atenuar o agravar la sanción por un delito. Entre las agravantes se encuentran las objetivas y subjetivas, generales y especiales, legales y judiciales. Las atenuantes pueden ser generales o específicas. Existen diferentes tipos de pluralidad de delitos como el concurso real, ideal y medial. Para determinar la pena por pluralidad de delitos se utilizan sistemas como la suma, el cúmulo jurídico o la no absorción de pen
Presentacion power ENJ-300: Curso Teoría General del Delito. Módulo VIIIENJ
Este documento describe las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal en el derecho dominicano. Explica que existen circunstancias agravantes y atenuantes, y describe algunas de estas circunstancias y cómo afectan la pena. También discute conceptos como la comunicabilidad de las circunstancias entre autores y cómplices, y los efectos de las circunstancias atenuantes en la determinación de la pena.
El documento define el cuerpo del delito como los elementos objetivos que constituyen la materialidad de la figura delictiva descrita en la ley penal. Explica que se debe distinguir el hecho ocurrido del sujeto que lo cometió, determinando si su conducta fue típica, antijurídica y culpable. También define la probable responsabilidad como la existencia de indicios que permitan suponer la intervención culpable de alguien en el delito. Finalmente, señala que el cuerpo del delito se refiere al hecho en sí, mientras que
ENJ-300 Tema IX: Circunstancias Modificativas de la Responasabilidad Penal y ...ENJ
Este documento resume las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal y la pluralidad de delitos. Explica que las circunstancias modificativas pueden atenuar o agravar la sanción, y describe las agravantes, atenuantes, y cómo se comunican. También cubre los diferentes tipos de concurso de delitos (real, ideal y medial), concurso de leyes, y los sistemas para determinar la pena cuando hay pluralidad de delitos (suma, cúmulo jurídico y no cúmulo). Por último, analiza las exce
Este documento resume los aspectos clave de los delitos contra la vida, el cuerpo y la salud en derecho penal, incluyendo la tipicidad, agravantes y atenuantes, tentativa, participación y consumación. Una sección se enfoca en el artículo que establece un agravante para el aborto cuando es cometido por un médico, obstetra, farmacéutico u otro profesional sanitario que abuse de su ciencia o arte.
Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal3bv
Este documento describe las circunstancias que la ley considera para determinar la magnitud de la pena en un caso particular, ya sea aumentándola o disminuyéndola. Se clasifican las circunstancias atenuantes y agravantes de acuerdo a sus efectos, fundamentos, naturaleza y ámbito de aplicación. Algunas circunstancias pueden transformarse en elementos del delito cuando se incorporan al tipo penal.
Este documento trata sobre el origen y evolución del concepto de cuerpo del delito. En primer lugar, explica que los antecedentes del corpus delicti se remontan al procedimiento inquisitorial canónico italiano del siglo XII. Luego, describe brevemente cómo surgió la inquisición y sus poderes para perseguir herejes y amenazas a la fe cristiana. Finalmente, señala que la inquisición utilizaba delaciones anónimas y rumores para imputar cargos de herejía, aunque los tribunales difícilmente condenaban con solo
El delito en el derecho penal post finalistaale_juli
Este documento resume la evolución del concepto de delito en el derecho penal desde las perspectivas causalista, neoclásica, finalista y funcionalista. Explica que el enfoque finalista establece un concepto tripartito de delito que ubica la acción, dolo y culpa en el tipo penal. También señala que el sistema funcionalista incorporó nuevos planteamientos como la teoría de la imputación objetiva aunque no se encuentra totalmente aceptado. Concluye definiendo el delito en su concepción dogmática como una acción tí
Este documento define la antijuricidad y sus subtemas. Explica que la antijuricidad formal se refiere a cualquier conducta que viole la ley, mientras que la antijuricidad material se refiere a una conducta antisocial que ponga en peligro bienes jurídicos protegidos. También distingue entre el desvalor de la acción, que depende del dolo o la culpa, y el desvalor del resultado, que depende del daño o riesgo causado al bien jurídico.
Este documento resume las diferentes fases del proceso penal ordinario en Venezuela de acuerdo al Código Orgánico Procesal Penal (COPP), incluyendo la fase preparatoria, intermedia, de juicio oral, y ejecución de sentencia. La fase preparatoria inicia con la noticia criminis y puede concluir con archivo, sobreseimiento o acusación. La fase intermedia incluye la audiencia preliminar ante el juez de control. La fase de juicio oral culmina con la sentencia, y la fase de ejecución supervisa el cumplimiento
La teoría del delito requiere que una conducta sea típica, antijurídica y reprochable para ser punible. Para ser considerada un delito, una acción u omisión debe encajar dentro de la descripción de una conducta prohibida por la ley y ser imputable y culpable.
Este documento presenta un mapa conceptual sobre los elementos del delito en derecho penal. El mapa conceptual fue creado por la alumna Nereyda Pérez y revisado por su tutora Gloria Briceño para la cátedra de Derecho Penal. El mapa conceptual también está disponible en línea en la dirección URL provista.
Este documento analiza los elementos del delito (tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad) según la doctrina jurídica. Explica la evolución del concepto de delito desde una noción causalista hasta una finalista. También aborda conceptos como la acción, omisión, tipicidad subjetiva y objetiva, y antijuridicidad.
El documento define los conceptos de punibilidad, punición y pena. La punibilidad es la amenaza de pena establecida por el legislador para inhibir a sujetos imputables. La punición es la determinación de la pena exacta por el órgano jurisdiccional. La pena es la restricción o privación de derechos impuesta al autor de un delito.
El documento explica los conceptos de culpabilidad y sus evoluciones. Define la culpabilidad como el conjunto de condiciones que determinan la responsabilidad penal de quien comete un acto antijurídico. Explica las teorías de la culpabilidad por el hecho, psicológica y normativista. También cubre los conceptos de error de prohibición, incapacidad psíquica e inexigibilidad de comprensión.
Este documento presenta una introducción a la teoría del delito. Define el delito según varios autores y presenta los elementos esenciales del delito según la clasificación pentatómica. Explica las dos concepciones del delito, unitaria y analítica, y los elementos integrantes y desintegrantes. Además, describe los sujetos activo y pasivo del delito, los presupuestos, la conducta, sus formas y elementos, el resultado y nexo causal. Finalmente, clasifica los delitos según la conducta y resultados.
Este documento presenta una discusión sobre el concepto de culpabilidad en derecho penal. Define culpabilidad como la relación entre la conducta y el resultado injusto de un acto desde una perspectiva subjetiva. Explora las teorías psicológica y normativa de la culpabilidad y sus elementos, incluyendo la conciencia de la desaprobación jurídica y la capacidad de motivación. También analiza casos relacionados con la edad de imputabilidad y el estado de ebriedad.
1) El documento trata sobre las circunstancias agravantes en el código penal, incluyendo su definición, clasificación y ejemplos. 2) Se describen varias circunstancias agravantes genéricas como la alevosía, abuso de superioridad, disfraz, auxilio de otras personas, abuso de confianza y aprovechamiento del carácter público. 3) También se mencionan ejemplos de delitos agravados como la agresión sexual y el robo.
El documento describe diferentes tipos de circunstancias agravantes en el derecho penal, incluyendo genéricas, específicas, objetivas y subjetivas. Explica que las circunstancias agravantes aumentan la pena por representar una mayor gravedad del delito. Luego proporciona ejemplos de circunstancias agravantes como el uso de violencia, la edad de la víctima, la relación entre agresor y víctima, y el aprovechamiento de la autoridad.
El documento describe diferentes tipos de circunstancias agravantes en el derecho penal, incluyendo genéricas, específicas, objetivas y subjetivas. Explica que las circunstancias agravantes aumentan la pena por representar una mayor gravedad del delito. Entre las circunstancias agravantes descritas están la edad de la víctima, la relación entre agresor y víctima, el uso de la violencia, y causar daños físicos o psicológicos.
El documento describe diferentes tipos de circunstancias agravantes en el derecho penal, incluyendo genéricas, específicas, objetivas y subjetivas. Explica que las circunstancias agravantes aumentan la pena por representar una mayor gravedad del delito. Entre las circunstancias agravantes descritas están la edad de la víctima, la relación entre agresor y víctima, el uso de la violencia, y causar daños físicos o psicológicos.
ENJ-2-301: Presentación Módulo IX Curso Teoría del Delito AJP (2)ENJ
ENJ-2-301: Presentación Módulo IX: Circunstancias Modificativas de la Responsabilidad Penal y Régimen sobre la Unidad y Pluralidad de Hechos y Régimen de Sanciones Curso Teoría del Delito AJP
Este documento resume la figura del homicidio culposo en el Código Penal Argentino. Define el bien jurídico protegido como la vida humana y describe la estructura del tipo básico y sus agravantes. Explica que se caracteriza por la ausencia de intención de matar y la violación de deberes de cuidado que causan la muerte. También cubre el homicidio culposo agravado por la conducción de vehículos y cita una bibliografía relevante.
1. El documento describe los tres juicios que realiza un órgano jurisdiccional en una sentencia penal: sobre la tipicidad de la conducta, la culpabilidad del procesado, y la sanción a aplicar.
2. Explica que la determinación judicial de la pena implica un procedimiento para concretar cualitativa y cuantitativamente la sanción penal considerando circunstancias del caso.
3. Señala que existen circunstancias genéricas y específicas que pueden agravar o atenuar la pena en base a
R llamó a su amigo T para acompañarlo a matar a S por burlarse de R. T acompañó a R y este apuñaló a S 6 veces, luego R apuñaló a H 7 veces. Después le robaron dinero a una persona ciega. R y T fueron detenidos. El documento analiza las normas aplicables para determinar las penas legales y judiciales para R y T considerando circunstancias atenuantes y agravantes.
Libro Primero Parte General Anteproyecto Codigo Penal ZaffaroniHugo Sanchez
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1) El documento presenta el anteproyecto del Libro Primero de la Parte General del Código Penal de la Nación Argentina, el cual establece los principios y reglas generales aplicables al derecho penal sustantivo. 2) Incluye disposiciones sobre principios como legalidad, culpabilidad y ofensividad; causas de justificación y culpabilidad atenuada; participación criminal y concursos de delitos; y determinación de las penas. 3) El Código tiene por objeto reformar, actualizar e integrar la legislación penal argentina de
1) El documento habla sobre diferentes temas relacionados con el derecho penal venezolano como la pena, la amnistía, el indulto, la punibilidad, la penalidad y las excusas absolutorias.
2) Define conceptos como la pena, la amnistía, el indulto, la punibilidad y la penalidad según la legislación venezolana.
3) Explica algunas causas de ausencia de penalidad reconocidas en el Código Penal venezolano como el perdón del ofendido y casos de rebeldes que depongan
Este documento presenta un resumen de las consecuencias jurídicas del delito. Explica las diferentes clases de penas como las privativas de libertad, restrictivas de libertad, limitativas de derechos y multas. También describe la determinación judicial de la pena y las medidas de seguridad. Por último, aborda temas como la reparación civil y las consecuencias accesorias.
Sin dudas las reglas de aplicación de la doctrina de la real malicia no tienen por fin dejar impunes los delitos en los cuales se utiliza a la prensa como medio para cometerlos, no eximen de responsabilidad a aquellos que so pretexto de ejercer el derecho de libertad de expresión, injurian o calumnian a las personas, sean estos o no funcionarios públicos, figuras públicas o particulares involucrados voluntaria o involuntariamente en temas de interés público.
Este documento trata sobre varios temas relacionados con el derecho penal como la pena, la atenuación penal, las causas de justificación y las excusas absolutorias. Define la pena como la sanción impuesta por cometer un delito y explica que las atenuantes buscan disminuir la gravedad de la pena por circunstancias subjetivas. También describe algunas causas de justificación y excusas absolutorias reconocidas en el código penal venezolano.
Este documento presenta una introducción al concepto de atenuación de la responsabilidad penal en el derecho penal. Explica las definiciones de atenuación y clasifica las diferentes causas de atenuación, incluyendo eximentes legales incompletas, excusas legales atenuantes, circunstancias atenuantes especificadas e indefinidas. También cubre las agravantes en materia penal y proporciona ejemplos de circunstancias agravantes genéricas y específicas. El documento tiene el propósito de brindar una guía básica sobre
Principios Penales Como Limites Al Jus PuniendiCatalina Lara
El documento resume varios principios penales que sirven como límites al poder punitivo del Estado. Describe el principio de legalidad, que establece que solo la ley puede tipificar delitos y penas. También menciona los principios de lesividad, subsidiariedad, proporcionalidad, culpabilidad, responsabilidad subjetiva y personal, los cuales limitan la imposición de responsabilidad penal a casos donde existe un daño a bienes jurídicos protegidos y una relación justa entre el delito y la pena impuesta, considerando la culpabilidad
Este documento contiene extractos de la Constitución Política de Chile y del Código Penal chileno. En la Constitución se establecen derechos fundamentales como el derecho a la vida y la prohibición de la pena de muerte, así como garantías para procesos judiciales justos. El Código Penal define los delitos y establece las circunstancias atenuantes y agravantes que modifican las penas. También clasifica los delitos en crímenes, simples delitos y faltas, y establece las diferentes escalas de
El documento trata sobre la responsabilidad penal de los funcionarios públicos por delitos relacionados con la falta de probidad. Explica los elementos del delito (conducta típica, antijurídica y culpable), y analiza en detalle diversos delitos como la malversación de caudales públicos, fraude al fisco, negociaciones incompatibles, cohecho y uso de información privilegiada. También define conceptos como empleado público y probidad administrativa.
El documento trata sobre la responsabilidad penal de los funcionarios públicos por delitos de falta de probidad. Explica que estos delitos requieren una conducta típica, antijurídica y culpable. Define los delitos de malversación de caudales públicos, fraude al fisco, negociaciones incompatibles y tráfico de influencias, uso de información privilegiada y cohecho. Describe las figuras de malversación contempladas en el Código Penal como sustracción, distracción y aplicación diferente de fondos públicos.
3. Son aquellas circunstancias accidentales al delito y concurrentes con la
acción delictiva que producen el efecto de modificar la responsabilidad
criminal del sujeto determinando un mayor quantum de pena por
representar una mayor antijuridicidad de la acción y/o un plus de
culpabilidad en el agente.
El número y configuración de las agravantes dependen de la concreta
política criminal subyacente a una regulación penal dada y, en este
sentido, el catálogo de agravantes puede presentar cierta diversidad
según los distintos Ordenamientos
El sistema de numerus clausus es por el cual se rigen las agravantes, la
técnica analógica o la interpretación extensiva están, por ser in malam
partem, absolutamente prescritas del ámbito de las circunstancias de
agravación o agravantes en los arts. 1 y 9.3 C.E., se recoge
expresamente en los arts. 4.1 C.P. y 4.2 C.C.
4. Entre las circunstancias agravantes se encuentran:
• la edad de la persona superviviente;
• la relación entre el agresor y la persona superviviente;
• la utilización o la amenaza de utilización de medios violentos;
• si la persona superviviente sufrió daños físicos o psicológicos
como consecuencia de la agresión;
• múltiples agresores o cómplices;
• la utilización o la amenaza de utilización de armas;
• si la persona superviviente sufre algún problema físico o mental
• actos múltiples de agresión sexual.
5. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
GENÉRICAS, ESPECÍFICAS, OBJETIV
AS Y SUBJETIVAS.
Son aquellas que, en alguna medida o grado, dan
lugar al aumento de la pena normalmente
aplicable.
CLASIFICACIÓN DE LAS CAUSAS
GENERALES DE AGRAVACIÓN.
1.- Circunstancias agravantes genéricas o
propiamente dichas, consagradas en los 20
ordinales del articulo 77 del Código Penal
Venezolano vigente.
2.- La reincidencia.
3.- Las agravantes especiales, que son la
contrapartida de las atenuantes especiales ya
vistas.
6. PRIMERA CLASIFICACIÓN
Según su ámbito y positivación son:
A) Genéricas.- Las aplicables, en principio, a cualquier tipo recogido en la
Parte Especial cuya estructura y contenido lo permita. Están
comprendidas en el catálogo del art. 22 C.P. y, por tanto, en la Parte
General (Libro I) del mismo. Dado el mandato del art. 9 C.P. son
aplicables no sólo a la Parte Especial del Código, sino a todo el Derecho
Penal, salvo exclusión expresa.
B) Específicas.- Podemos considerar dos clases:
1) Impropias. Son aquellas genéricas del art. 22 C.P. que producen un
efecto particular con respecto a un tipo determinado de la manera que se
recoge en el mismo. Así ocurre, por ejemplo, en el delito de asesinato con
la alevosía, el precio, recompensa o promesa y el ensañamiento cuya
presencia califica la muerte de una persona como tal asesinato (art. 139
C.P.) y cuya concurrencia entre sí produce un aumento específico de pena
al fijar la banda de la pena de prisión aplicable a este delito entre veinte y
veinticinco años (art. 140 C.P.), por encima, pues, del límite general
señalado a estas penas en el art. 36 C.P.
7. No debe confundirse este supuesto con el fenómeno de la
inherencia, expresa o tácita, regulado en el art. 67 C.P., si bien
las circunstancias específicas impropias pueden configurarse a
la vez como inherentes al tipo concreto (tal ocurre con la
agravante específica impropia del art. 139 C.P. que se elija
para calificar como tal al asesinato).
2) Propias. Aquellas que sólo se aplican o producen efecto
respecto aun tipo concreto junto al cual se recogen. Son, en
consecuencia, diferentes de las que aparecen en el catálogo
general del art. 22 C.P., así por ejemplo, las circunstancias
consignadas en los arts. 286, 353 o 403.2 C.P.
Precisamente, por esta vía algunas de las agravantes genéricas
del Código de 1973, suprimidas por el Código de
1995, siguen subsistiendo como específicas en éste. Tal
ocurre con el desprecio a la edad (art. 180.3) o los estragos
(art. 473.2), por ejemplo.
8. Ha quedado algo desdibujada en la actualidad la clasificación que
distinguía entre las agravantes que determinan una mayor
culpabilidad, bien sea por la más alta intensidad del dolo, por los
motivos del agente o por la mayor exigibilidad de una conducta
distinta y que son las agravantes de precio, recompensa o
promesa, motivos racistas y reincidencia; y las que implican una
mayor antijuridicidad, bien sea por la técnica de comisión, por el
tiempo o el lugar en que se perpetra el delito o por la mayor
gravedad del resultado, que son todas las demás.
El Código de 1995 ha supuesto un cierto cambio en la regulación
de las mismas en sentido reductor y re clasificatorio o refundidor .
Así, las agravantes de premeditación, astucia o
fraude, publicidad, estragos, ofensa a la autoridad o desprecio a la
dignidad, la edad o la morada han sido suprimidas ya que, en su
mayor parte, eran integrables en otras circunstancias o no
respondían ya al actual estado de la técnica penal.
9. SEGUNDA CLASIFICACIÓN
El art. 22 C.P. establece como agravantes las siguientes:
1) La alevosía.- Se recoge en el párrafo 1º del art. 22 y se define como el
empleo en la ejecución, en cualquiera de los delitos contra las
personas, de medios, modos o formas que tiendan directa o
especialmente a asegurarla, eliminando el riesgo que para la persona del
sujeto activo pudiera proceder de la defensa por parte del ofendido.
2) El abuso de superioridad.- Es de carácter predominantemente
objetivo. Se recoge en el párrafo 2º del art. 22. Su parecido con la alevosía
es muy marcado y ha sido calificada como «alevosía menor o de segundo
grado. Su diferencia con la alevosía radica, principalmente, en la situación
de indefensión de la víctima. Si ésta es total o prácticamente absoluta
estamos ante la alevosía. Por otra parte, constituye también una
diferencia importante el que el abuso de superioridad no queda
limitado, como la alevosía, al ámbito de los delitos contra la vida e
integridad física de las personas.
10. 3) Disfraz.- Se recoge, también, en el párrafo 2º del art. 22
C.P. Consiste en el empleo de cualquier medio o procedimiento
por el cual se oculte, desfigure o enmascaren las facciones del
agente o en la modificación de su indumentaria o aspecto
externo habitual que hagan imposible o muy difícil su
identificación. Proporciona una mayor facilidad para la
comisión del hecho y debilita la defensa del ofendido. Basta su
empleo para que concurra la agravante sin que sea preciso el
éxito del disfraz.
4) Auxilio de otras personas.- Es de carácter objetivo. Se
recoge, así mismo, en el párrafo 2ºdel art. 22 C.P. Se refunden
en ella las antiguas agravantes de cuadrilla y auxilio de gente
armada o que proporcione impunidad del Código de 1973. Su
falta de substantividad y, sobre todo, la cercanía o confusión de
las conductas que integrarían la agravante con actos de auxilio
necesario o no necesario.
11. 5) Abuso de confianza.- Es de carácter mixto ya que
requiere el elemento subjetivo del quebrantamiento de la
confianza y el objetivo, que es predominante, de la mayor
facilidad de la acción. Se recoge en el párrafo sexto del art.
22 C.P.
6) Aprovechamiento del carácter público.- El
fundamento de la agravación es idéntico al de los casos
anteriores. Figura en el párrafo 7º del art. 22 C.P. Se da este
supuesto en los casos en que el agente al que le está
atribuida una función pública, se prevale de ella para la más
fácil comisión del delito. Es de carácter mixto con
predominio del carácter objetivo
12. 7) Aprovechamiento de las circunstancias del tiempo
y del lugar.- Se recoge en el párrafo 2º del art. 22 C.P. y su
diferencia con la alevosía es meramente cuantitativa. Se
refunden en esta agravante las antiguas circunstancias de
situación calamitosa o catastrófica, nocturnidad y despoblado
del Código de 1973. Es de carácter mixto con predominio del
elemento objetivo
8) Ensañamiento.- Se tipifica en el párrafo 5º del art. 22.
Consiste en la causación de males innecesarios para cometer el
delito cuya gravedad no ha sido tenida en cuenta por el
legislador al señalar la pena al tipo básico. Ocurre lo mismo
que en la preterintencionalidad, pero en sentido inverso: el
exceso de mal por encima de las previsiones normales del
legislador es tratado con esta agravación. Salvo el robo con
violencia es difícil imaginar que pueda concurrir fuera del
ámbito de los delitos contra las personas.
13. 9) Precio, recompensa o promesa.- (animus lucri). Su
naturaleza es subjetiva. Se recoge en el párrafo 3º del art. 22
C.P. La agravante viene referida a aquél que recibe la
dádiva, no a quien la da el cual responderá como autor por
inducción. Para poder apreciarse requiere un acuerdo previo
entre dos o más personas para la comisión del delito y la
existencia de una merced o dádiva de suficiente entidad para
ser objeto de repulsa social.
10) Motivos racistas y discriminatorios.- Es de naturaleza
subjetiva, aunque algún autor ha hablado de una mayor
antijuridicidad de la acción. Se recoge en el párrafo 4º del art.
22 C.P. Se refiere la agravante a aquél que comete el delito
por motivos racistas, antisemitas u otra clase de
discriminación referida a la
ideología, religión, creencia, etnia, raza, nación, sexo, orientac
ión sexual, enfermedad o minusvalía de la víctima.
14. 11) Reincidencia.- Es de naturaleza subjetiva. Se
recoge en el párrafo 8º del art. 22 C.P. que
establece que hay reincidencia cuando el culpable
haya sido condenado varias veces por mismo
delito.
12) El parentesco.- Es una circunstancia mixta de
carácter subjetivo recogida en el art. 23 C.P.
Comprende no sólo el parentesco stricto
sensu, sino también las relaciones de afectividad
estables análogas al matrimonio y las consiguientes
relaciones de cuasi afinidad que puede generar, las
cuales han encontrado recientemente estado legal.
15. Ejemplo: Agresión sexual con agravantes
1) Toda persona que mantenga una relación sexual con otra
persona sin el consentimiento de ésta y en circunstancias
agravantes y sepa que esta otra persona no desea mantener
dicha relación sexual podrá ser condenada a 20 años de
cárcel.
2) En este apartado, se entenderá por “circunstancias
agravantes” aquéllas en que:
a) En el momento de la comisión del delito, o
inmediatamente antes o después de su comisión, el presunto
agresor inflige de manera intencionada o imprudente daños
físicos reales a la presunta víctima o a cualquier otra persona
presente o próxima; o
b) En el momento de la comisión del delito, o
inmediatamente antes o después de su comisión, el presunto
agresor amenaza con infligir daños físicos reales a la presunta
víctima o a cualquier otra persona presente o próxima con un
arma o instrumento ofensivo,
16. c) El presunto agresor se encuentra en compañía de
otra persona o personas,
d) La presunta víctima tiene menos de 16 años, o
e) la presunta víctima se encuentra (en general o en el
momento de la comisión del delito) bajo la autoridad
del presunto agresor, o
f) la presunta víctima sufre una grave discapacidad
física
g) la presunta víctima padece una deficiencia cognitiva
h) el presunto agresor irrumpe por la fuerza en una
vivienda u otro tipo de edificio con la intención de
cometer el delito o cualquier otro delito tipificado
como grave
i) el presunto agresor priva a la presunta víctima de su
libertad durante un periodo determinado antes o
después de la comisión del delito.
17. Ejemplo.- Robo agravado
Por medio de sentencia del Tribunal Penal Primero
de Tungurahua se condena al acusado A.B. al
cumplimiento de la pena de tres años de reclusión
menor y al pago de costas y daños y perjuicios por
el cometimiento del delito denominado por la
doctrina como robo agravado y tipificado en el Art.
552 del Código Penal. Se casa la sentencia por parte
de la Tercera Sala de lo Penal de la Corte Suprema
de Justicia en fallo publicado mediante Resolución
14-2005 en el Registro Oficial 321 del 26 de julio del
2006, modificando la pena, decisión judicial que será
objeto de examen en el presente artículo.
18. Relato de los hechos:
El día del cometimiento del acto delictivo los
implicados, aproximadamente a las
00h14, interceptan, fuertemente armados, a un funcionario de
una institución financiera en su vehículo, lo llevan a su domicilio
y toman como rehenes a la familia, del sujeto, amenazándoles de
muerte. Luego, acuden con él a la institución financiera y le
obligan a abrir la puerta, sometiendo a los que custodiaban el
banco, para posteriormente obligar a otro de los empleados del
banco a abrir la bóveda temporizada y sustraerse una cantidad
importante de dinero de la institución bancaria y de uno de los
depositantes, fugando en un taxi que los esperaba cerca del lugar
de los acontecimientos, hechos relatados en forma unívoca y
concordante en los testimonios propios de los testigos.
19. Conclusiones:
En los delitos calificados ciertas circunstancias
agravantes ya forman parte del tipo del delito, razón por
la cual al ya estar previstas dentro de una infracción no se
debe tomar en cuenta nuevamente las circunstancias
agravantes generales, puesto que de así hacerlo se
coartaría el derecho a considerarse circunstancias
atenuantes.
Las legislaciones penales prevén varias formas de incluir
en sus normas punitivas las circunstancias agravantes de
los delitos, esto es fijando taxativamente todas y cada una
de ellas o ejemplificando y dejando a criterio del
juzgador las demás.