El documento trata sobre la responsabilidad penal de los funcionarios públicos por delitos de falta de probidad. Explica que estos delitos requieren una conducta típica, antijurídica y culpable. Define los delitos de malversación de caudales públicos, fraude al fisco, negociaciones incompatibles y tráfico de influencias, uso de información privilegiada y cohecho. Describe las figuras de malversación contempladas en el Código Penal como sustracción, distracción y aplicación diferente de fondos públicos.
El documento resume los siguientes puntos sobre la acción penal privada en el Código Orgánico Integral Penal de Ecuador:
1. Enumera los delitos considerados de acción privada, incluyendo calumnia, usurpación, estupro y algunas lesiones.
2. Explica que en estos delitos la persecución penal depende de la querella de la víctima y no puede iniciarse de oficio.
3. Señala que la naturaleza predominantemente privada del bien jurídico tutelado es el fundamento para establecer la
Este documento describe la acción penal, incluyendo sus características y formas de ejercicio. Define la acción penal como la manifestación del poder estatal para solicitar una declaración judicial tras la comisión de un delito. Explica que la acción penal puede ser pública, ejercida por el Ministerio Público, o privada, ejercida por la víctima con permiso. También describe formas alternas de prosecución como el principio de oportunidad, acuerdos reparatorios y suspensión condicional del proceso.
El documento trata sobre la acción penal. Explica que la acción penal es el poder del Estado para perseguir delitos mediante procesos penales y obtener sentencias judiciales. Se puede ejercer de forma pública a través del Ministerio Público o de forma privada cuando la víctima inicia el caso. También cubre temas como las formas de ejercer la acción penal, los supuestos de su aplicación, y las causales por las cuales la acción penal puede extinguirse, como la muerte del imputado o la prescripción.
Este documento presenta un mapa conceptual sobre la clasificación de los hechos punibles según la legislación venezolana. Explica que los hechos punibles se dividen en delitos y faltas, y describe las diferencias entre ambos. También define varios tipos de delitos como delitos formales, materiales, de daño, de peligro, comunes, especiales, individuales y colectivos; y explica cómo se clasifican según si son dolosos, culposos o preterintencionales. Finalmente, menciona una referencia monográfica sobre
Presentacion power point curso nuevo codigo penal 4 ta. semanaENJ
Este documento describe las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal y la teoría de los concursos en el derecho penal dominicano. Explica que las circunstancias modificativas incluyen agravantes y atenuantes, y que las agravantes se comunican entre autores y partícipes mientras que las atenuantes no. También describe los diferentes tipos de concursos de delitos y cómo se aplican las penas en cada caso.
El documento describe dos causales de justificación de ausencia de responsabilidad penal: 1) cuando se obra en estricto cumplimiento de un deber legal y 2) cuando se obra en cumplimiento de una orden legítima de una autoridad competente emitida con las formalidades legales. Estas causales eximen de responsabilidad si se cumplen ciertos requisitos como que el deber sea jurídico y estrictamente cumplido, o que la orden sea legítima y emitida por una autoridad competente. Se proveen ejemplos como un policía que dispara a un delincuente en def
Este documento presenta una clase de derecho penal. Explica conceptos clave como la estructura de la norma jurídica penal, la teoría del delito, los elementos del hecho punible y la clasificación de los delitos y faltas. Además, analiza la importancia de la teoría del delito para orientar al juzgador bajo criterios jurídicos en lugar de emocionales.
Este documento describe las causales de ausencia de responsabilidad penal según el artículo 32 del Código Penal colombiano. Explica cada una de las doce causales enumeradas en el artículo, incluyendo caso fortuito, fuerza mayor, consentimiento válido, cumplimiento de un deber legal, y obrar por necesidad de defensa o protección de un derecho. El documento provee ejemplos para ilustrar cada causal y analiza los requisitos y elementos necesarios para que se apliquen. El propósito es que los estudiantes entiend
El documento resume los siguientes puntos sobre la acción penal privada en el Código Orgánico Integral Penal de Ecuador:
1. Enumera los delitos considerados de acción privada, incluyendo calumnia, usurpación, estupro y algunas lesiones.
2. Explica que en estos delitos la persecución penal depende de la querella de la víctima y no puede iniciarse de oficio.
3. Señala que la naturaleza predominantemente privada del bien jurídico tutelado es el fundamento para establecer la
Este documento describe la acción penal, incluyendo sus características y formas de ejercicio. Define la acción penal como la manifestación del poder estatal para solicitar una declaración judicial tras la comisión de un delito. Explica que la acción penal puede ser pública, ejercida por el Ministerio Público, o privada, ejercida por la víctima con permiso. También describe formas alternas de prosecución como el principio de oportunidad, acuerdos reparatorios y suspensión condicional del proceso.
El documento trata sobre la acción penal. Explica que la acción penal es el poder del Estado para perseguir delitos mediante procesos penales y obtener sentencias judiciales. Se puede ejercer de forma pública a través del Ministerio Público o de forma privada cuando la víctima inicia el caso. También cubre temas como las formas de ejercer la acción penal, los supuestos de su aplicación, y las causales por las cuales la acción penal puede extinguirse, como la muerte del imputado o la prescripción.
Este documento presenta un mapa conceptual sobre la clasificación de los hechos punibles según la legislación venezolana. Explica que los hechos punibles se dividen en delitos y faltas, y describe las diferencias entre ambos. También define varios tipos de delitos como delitos formales, materiales, de daño, de peligro, comunes, especiales, individuales y colectivos; y explica cómo se clasifican según si son dolosos, culposos o preterintencionales. Finalmente, menciona una referencia monográfica sobre
Presentacion power point curso nuevo codigo penal 4 ta. semanaENJ
Este documento describe las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal y la teoría de los concursos en el derecho penal dominicano. Explica que las circunstancias modificativas incluyen agravantes y atenuantes, y que las agravantes se comunican entre autores y partícipes mientras que las atenuantes no. También describe los diferentes tipos de concursos de delitos y cómo se aplican las penas en cada caso.
El documento describe dos causales de justificación de ausencia de responsabilidad penal: 1) cuando se obra en estricto cumplimiento de un deber legal y 2) cuando se obra en cumplimiento de una orden legítima de una autoridad competente emitida con las formalidades legales. Estas causales eximen de responsabilidad si se cumplen ciertos requisitos como que el deber sea jurídico y estrictamente cumplido, o que la orden sea legítima y emitida por una autoridad competente. Se proveen ejemplos como un policía que dispara a un delincuente en def
Este documento presenta una clase de derecho penal. Explica conceptos clave como la estructura de la norma jurídica penal, la teoría del delito, los elementos del hecho punible y la clasificación de los delitos y faltas. Además, analiza la importancia de la teoría del delito para orientar al juzgador bajo criterios jurídicos en lugar de emocionales.
Este documento describe las causales de ausencia de responsabilidad penal según el artículo 32 del Código Penal colombiano. Explica cada una de las doce causales enumeradas en el artículo, incluyendo caso fortuito, fuerza mayor, consentimiento válido, cumplimiento de un deber legal, y obrar por necesidad de defensa o protección de un derecho. El documento provee ejemplos para ilustrar cada causal y analiza los requisitos y elementos necesarios para que se apliquen. El propósito es que los estudiantes entiend
La acción penal puede ser pública, ejercida por el ministerio público para defender el interés público, o privada, ejercida por la víctima para defender su interés privado. La acción penal privada permite a la víctima iniciar directamente un proceso penal en ciertos delitos menores con preponderante interés privado, como lesiones o daños a la propiedad, aunque el ministerio público puede intervenir. Algunos estados de México han implementado la acción penal privada en su legislación procesal penal para aumentar el acceso a la justicia.
El documento describe los principios que justifican la aplicación de la ley penal fuera del territorio del Estado. Explica el principio de territorialidad y el principio del pabellón. También describe principios como el principio real, de personalidad, universal y del derecho penal por representación, los cuales permiten aplicar la ley penal a delitos cometidos fuera del territorio nacional. Finalmente, analiza teorías sobre el lugar de comisión de delitos transfronterizos.
El documento habla sobre la tentativa de delito. Indica que las tentativas de infracciones graves serán sancionadas como el hecho consumado, mientras que las tentativas de infracciones menos graves solo serán punibles si la ley lo establece expresamente. Luego discute diferentes teorías que fundamentan el castigo de la tentativa y aspectos como el comienzo de la ejecución desde una perspectiva objetiva.
Este documento presenta una discusión sobre los principios básicos del derecho penal como la legalidad, el bien jurídico, la responsabilidad por el hecho, la culpabilidad y la pena humanitaria. También define la extradición como un procedimiento judicial donde una persona condenada por un delito en un estado es detenida en otro estado y devuelta para ser juzgada. Finalmente, presenta un caso real de extradición en Venezuela sobre el asesinato de una periodista.
El documento describe las modificaciones introducidas por la ley 26.842 a los delitos de trata de personas y delitos contra la integridad sexual y libertad en Argentina. Se define el delito de trata de mayores de edad como ofrecer, captar, trasladar, recibir o acoger personas con fines de explotación. Se establece que el consentimiento de la víctima no exime de responsabilidad y que la consumación ocurre con la realización de las acciones típicas con fines de explotación.
Presentacion power point derecho penal especializado enj 2017ENJ
Este documento presenta una introducción al derecho penal especializado. Explica que la norma penal está compuesta por un supuesto de hecho y una consecuencia jurídica. También describe los principios de legalidad, intervención mínima, culpabilidad y lesividad que rigen el derecho penal. Finalmente, analiza conceptos como tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad, punibilidad y los elementos del tipo subjetivo como el dolo y la imprudencia.
ANÁLISIS DEL CÓDIGO DEL SISTEMA PENAL BOLIVIAAlejandra Prado
ANÁLISIS ELABORADO POR EL DR. EDUARDO LEON
EXTINCIÓN DE BIENES
DEL ANÁLISIS SE DESPRENDE QUE TODO DELITO COMETIDO TIENE UNA REPARACIÓN ECONÓMICA, POR LO QUE DESDE EL MOMENTO QUESE INICIA UN PROCESO PENAL SE PUEDE PEDIR EL DECOMISO DE BIENES Y LLEGAR HASTA EL REMATE JUDICIAL.
PARADOGICAMENTE, LOS SERVIDORES PÚBLICOS ESTÁN EXCENTOS DE ESTA REPARACIÓN EN CASO DE DELITOS CONTRA EL ESTADO O DE DAÑO ECONÓMICO.
EL CSP, ESTÁ DISEÑADO PARA LA PERSECUCIÓN DE OPOSITORES, Y DE TODOS.
AL MISMO TIEMPO ES UN CUERPO DE IMPUNIDAD
La acción penal se origina a partir de un delito y supone la imposición de un castigo al responsable según la ley. Existen varias alternativas a la prosecución del proceso penal como el principio de oportunidad, los acuerdos reparatorios y la suspensión condicional del proceso. La acción penal se extingue por la muerte del imputado, amnistía, cumplimiento de acuerdos o prescripción, salvo que el imputado renuncie a ella. El Tribunal Supremo de Justicia anuló el sobreseimiento de una causa por presc
ENJ-300 Curso Nuevo Código Penal. Módulo III: Reglas de Intervención en el He...ENJ
Este documento resume los principales principios y conceptos del nuevo Código Penal de la República Dominicana. En 7 oraciones o menos, describe los 7 principios fundamentales de la ley penal como la legalidad, interpretación estricta, irretroactividad, personalidad de las penas, culpabilidad, territorialidad y lesividad. También resume brevemente conceptos como autoría, complicidad, circunstancias modificativas, responsabilidad penal de personas jurídicas e inimputabilidad.
El documento resume los tres tipos de acción penal según el Código Procesal Penal: 1) Acción pública, que debe ser ejercida por la Fiscalía para perseguir delitos. 2) Acción privada previa instancia particular, que puede ser ejercida por particulares para delitos menores y 3) Acción privada, que incluye delitos como el hurto impropio que puede ser perseguido por acción privada. También proporciona un ejemplo de hurto impropio por ignorancia como dejar el vehículo mal estacionado.
Este documento trata sobre el ejercicio de la acción penal en Venezuela. Explica conceptos como la acción y la pretensión, y señala que la acción penal debe ser ejercida de oficio por el Ministerio Público, salvo en delitos de instancia privada que pueden ser ejercidos por la víctima. También introduce las alternativas de la prosecución del proceso como los acuerdos reparatorios y la suspensión condicional del proceso.
Exposicion fases de aplicacion de la ley penaldoris
Este documento describe las fases de aplicación de la ley penal en Venezuela en términos de validez temporal, validez espacial, y validez personal. Explica principios como la territorialidad, personalidad, y realidad. También cubre excepciones a la validez personal como parlamentarios e jefes de estado extranjeros. Finalmente, resume el procedimiento de extradición activa y pasiva y el concurso de extradición.
El documento describe los sujetos y partes involucradas en el proceso penal venezolano. Explica que el proceso penal se define como la relación jurídica entre el órgano sancionador y el acusado para garantizar los derechos de las partes. Las partes principales son el Ministerio Público y el acusado, pero también participan testigos, peritos y víctimas. El documento también distingue entre defensa privada y defensa pública.
Diapositivas (sujetos procesales) trabajo finalmdaudhasan
El documento presenta una introducción al sistema procesal acusatorio adoptado en Panamá mediante la Ley N°68 de 2008. Explica que los sujetos procesales son aquellos que intervienen en el proceso penal y clasifica a estos sujetos en esenciales y eventuales, permanentes y transitorios, y principales y accesorios. Describe las funciones del Ministerio Público, la víctima, el querellante, el imputado, y el juez según la legislación panameña. Finalmente, analiza el rol del juez ante el sistema
Este documento presenta una introducción al Derecho Penal. Explica que el Derecho Penal estudia el delito, el delincuente y la reacción social provocada. Tiene como objetivos dejar información detallada sobre el Derecho Penal para futuras generaciones y entender las relaciones entre el Derecho y las ciencias penales. Describe las características, fuentes y ramas del Derecho Penal, así como conceptos como la ley penal, el delito, el tipo penal, el bien jurídico tutelado y los principios que rigen el pro
Este documento resume las principales garantías constitucionales en el proceso penal según la Constitución Nacional argentina, incluyendo el derecho a un juicio justo, la presunción de inocencia, el derecho a la defensa, la prohibición de la doble incriminación, y el derecho a no autoincriminarse. También explica que el sistema procesal penal argentino es mixto, con una etapa de instrucción con características inquisitivas y un juicio oral con un enfoque más acusatorio.
El documento presenta conceptos básicos sobre Derecho Penal. Explica que se origina del Derecho Romano y comprende conductas que violan normas sociales. También cubre principios como la legalidad, proporcionalidad de las penas, y que solo un tribunal puede imponer sanciones mediante un proceso judicial.
El documento define el derecho penal y sus elementos. Explica que el derecho penal es el conjunto de leyes que determinan los delitos y penas impuestas por el poder social al delincuente. Describe los elementos del delito como la tipicidad, el delincuente, las excluyentes de responsabilidad, y las penas. Finalmente, menciona algunos delitos específicos como la traición a la patria, el espionaje, y el genocidio.
El documento habla sobre la acción penal en el sistema procesal penal venezolano. Explica que la acción penal es el derecho del Estado a perseguir delitos mediante procesos penales y castigar a los responsables. Normalmente la acción penal es ejercida por el Ministerio Público, pero en algunos delitos de acción privada puede ser ejercida por la víctima. También describe los diferentes tipos de delitos, como de acción pública, privada e instancia privada, y cómo se determina a qué tipo pertenece cada delito.
Este documento resume los conceptos clave de la acción penal y la acción civil en el proceso penal. Explica que la acción penal puede ser pública, privada o mixta, y detalla los delitos que corresponden a cada categoría. También distingue entre la acción civil restitutoria, reparatoria e indemnizatoria, y especifica quién puede interponer cada tipo de acción civil en el proceso penal.
RESISTENCIA DE MATERIALES, TOMO 1, TIMOSHENKOJLSUSTAITA
La pandemia de COVID-19 ha tenido un impacto significativo en la economía mundial. Muchos países experimentaron fuertes caídas en el PIB y aumentos en el desempleo en 2020. A medida que se implementaron las vacunas en 2021, la mayoría de las economías comenzaron a recuperarse, aunque los efectos a largo plazo en los mercados laborales y sectores específicos aún no están claros.
La acción penal puede ser pública, ejercida por el ministerio público para defender el interés público, o privada, ejercida por la víctima para defender su interés privado. La acción penal privada permite a la víctima iniciar directamente un proceso penal en ciertos delitos menores con preponderante interés privado, como lesiones o daños a la propiedad, aunque el ministerio público puede intervenir. Algunos estados de México han implementado la acción penal privada en su legislación procesal penal para aumentar el acceso a la justicia.
El documento describe los principios que justifican la aplicación de la ley penal fuera del territorio del Estado. Explica el principio de territorialidad y el principio del pabellón. También describe principios como el principio real, de personalidad, universal y del derecho penal por representación, los cuales permiten aplicar la ley penal a delitos cometidos fuera del territorio nacional. Finalmente, analiza teorías sobre el lugar de comisión de delitos transfronterizos.
El documento habla sobre la tentativa de delito. Indica que las tentativas de infracciones graves serán sancionadas como el hecho consumado, mientras que las tentativas de infracciones menos graves solo serán punibles si la ley lo establece expresamente. Luego discute diferentes teorías que fundamentan el castigo de la tentativa y aspectos como el comienzo de la ejecución desde una perspectiva objetiva.
Este documento presenta una discusión sobre los principios básicos del derecho penal como la legalidad, el bien jurídico, la responsabilidad por el hecho, la culpabilidad y la pena humanitaria. También define la extradición como un procedimiento judicial donde una persona condenada por un delito en un estado es detenida en otro estado y devuelta para ser juzgada. Finalmente, presenta un caso real de extradición en Venezuela sobre el asesinato de una periodista.
El documento describe las modificaciones introducidas por la ley 26.842 a los delitos de trata de personas y delitos contra la integridad sexual y libertad en Argentina. Se define el delito de trata de mayores de edad como ofrecer, captar, trasladar, recibir o acoger personas con fines de explotación. Se establece que el consentimiento de la víctima no exime de responsabilidad y que la consumación ocurre con la realización de las acciones típicas con fines de explotación.
Presentacion power point derecho penal especializado enj 2017ENJ
Este documento presenta una introducción al derecho penal especializado. Explica que la norma penal está compuesta por un supuesto de hecho y una consecuencia jurídica. También describe los principios de legalidad, intervención mínima, culpabilidad y lesividad que rigen el derecho penal. Finalmente, analiza conceptos como tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad, punibilidad y los elementos del tipo subjetivo como el dolo y la imprudencia.
ANÁLISIS DEL CÓDIGO DEL SISTEMA PENAL BOLIVIAAlejandra Prado
ANÁLISIS ELABORADO POR EL DR. EDUARDO LEON
EXTINCIÓN DE BIENES
DEL ANÁLISIS SE DESPRENDE QUE TODO DELITO COMETIDO TIENE UNA REPARACIÓN ECONÓMICA, POR LO QUE DESDE EL MOMENTO QUESE INICIA UN PROCESO PENAL SE PUEDE PEDIR EL DECOMISO DE BIENES Y LLEGAR HASTA EL REMATE JUDICIAL.
PARADOGICAMENTE, LOS SERVIDORES PÚBLICOS ESTÁN EXCENTOS DE ESTA REPARACIÓN EN CASO DE DELITOS CONTRA EL ESTADO O DE DAÑO ECONÓMICO.
EL CSP, ESTÁ DISEÑADO PARA LA PERSECUCIÓN DE OPOSITORES, Y DE TODOS.
AL MISMO TIEMPO ES UN CUERPO DE IMPUNIDAD
La acción penal se origina a partir de un delito y supone la imposición de un castigo al responsable según la ley. Existen varias alternativas a la prosecución del proceso penal como el principio de oportunidad, los acuerdos reparatorios y la suspensión condicional del proceso. La acción penal se extingue por la muerte del imputado, amnistía, cumplimiento de acuerdos o prescripción, salvo que el imputado renuncie a ella. El Tribunal Supremo de Justicia anuló el sobreseimiento de una causa por presc
ENJ-300 Curso Nuevo Código Penal. Módulo III: Reglas de Intervención en el He...ENJ
Este documento resume los principales principios y conceptos del nuevo Código Penal de la República Dominicana. En 7 oraciones o menos, describe los 7 principios fundamentales de la ley penal como la legalidad, interpretación estricta, irretroactividad, personalidad de las penas, culpabilidad, territorialidad y lesividad. También resume brevemente conceptos como autoría, complicidad, circunstancias modificativas, responsabilidad penal de personas jurídicas e inimputabilidad.
El documento resume los tres tipos de acción penal según el Código Procesal Penal: 1) Acción pública, que debe ser ejercida por la Fiscalía para perseguir delitos. 2) Acción privada previa instancia particular, que puede ser ejercida por particulares para delitos menores y 3) Acción privada, que incluye delitos como el hurto impropio que puede ser perseguido por acción privada. También proporciona un ejemplo de hurto impropio por ignorancia como dejar el vehículo mal estacionado.
Este documento trata sobre el ejercicio de la acción penal en Venezuela. Explica conceptos como la acción y la pretensión, y señala que la acción penal debe ser ejercida de oficio por el Ministerio Público, salvo en delitos de instancia privada que pueden ser ejercidos por la víctima. También introduce las alternativas de la prosecución del proceso como los acuerdos reparatorios y la suspensión condicional del proceso.
Exposicion fases de aplicacion de la ley penaldoris
Este documento describe las fases de aplicación de la ley penal en Venezuela en términos de validez temporal, validez espacial, y validez personal. Explica principios como la territorialidad, personalidad, y realidad. También cubre excepciones a la validez personal como parlamentarios e jefes de estado extranjeros. Finalmente, resume el procedimiento de extradición activa y pasiva y el concurso de extradición.
El documento describe los sujetos y partes involucradas en el proceso penal venezolano. Explica que el proceso penal se define como la relación jurídica entre el órgano sancionador y el acusado para garantizar los derechos de las partes. Las partes principales son el Ministerio Público y el acusado, pero también participan testigos, peritos y víctimas. El documento también distingue entre defensa privada y defensa pública.
Diapositivas (sujetos procesales) trabajo finalmdaudhasan
El documento presenta una introducción al sistema procesal acusatorio adoptado en Panamá mediante la Ley N°68 de 2008. Explica que los sujetos procesales son aquellos que intervienen en el proceso penal y clasifica a estos sujetos en esenciales y eventuales, permanentes y transitorios, y principales y accesorios. Describe las funciones del Ministerio Público, la víctima, el querellante, el imputado, y el juez según la legislación panameña. Finalmente, analiza el rol del juez ante el sistema
Este documento presenta una introducción al Derecho Penal. Explica que el Derecho Penal estudia el delito, el delincuente y la reacción social provocada. Tiene como objetivos dejar información detallada sobre el Derecho Penal para futuras generaciones y entender las relaciones entre el Derecho y las ciencias penales. Describe las características, fuentes y ramas del Derecho Penal, así como conceptos como la ley penal, el delito, el tipo penal, el bien jurídico tutelado y los principios que rigen el pro
Este documento resume las principales garantías constitucionales en el proceso penal según la Constitución Nacional argentina, incluyendo el derecho a un juicio justo, la presunción de inocencia, el derecho a la defensa, la prohibición de la doble incriminación, y el derecho a no autoincriminarse. También explica que el sistema procesal penal argentino es mixto, con una etapa de instrucción con características inquisitivas y un juicio oral con un enfoque más acusatorio.
El documento presenta conceptos básicos sobre Derecho Penal. Explica que se origina del Derecho Romano y comprende conductas que violan normas sociales. También cubre principios como la legalidad, proporcionalidad de las penas, y que solo un tribunal puede imponer sanciones mediante un proceso judicial.
El documento define el derecho penal y sus elementos. Explica que el derecho penal es el conjunto de leyes que determinan los delitos y penas impuestas por el poder social al delincuente. Describe los elementos del delito como la tipicidad, el delincuente, las excluyentes de responsabilidad, y las penas. Finalmente, menciona algunos delitos específicos como la traición a la patria, el espionaje, y el genocidio.
El documento habla sobre la acción penal en el sistema procesal penal venezolano. Explica que la acción penal es el derecho del Estado a perseguir delitos mediante procesos penales y castigar a los responsables. Normalmente la acción penal es ejercida por el Ministerio Público, pero en algunos delitos de acción privada puede ser ejercida por la víctima. También describe los diferentes tipos de delitos, como de acción pública, privada e instancia privada, y cómo se determina a qué tipo pertenece cada delito.
Este documento resume los conceptos clave de la acción penal y la acción civil en el proceso penal. Explica que la acción penal puede ser pública, privada o mixta, y detalla los delitos que corresponden a cada categoría. También distingue entre la acción civil restitutoria, reparatoria e indemnizatoria, y especifica quién puede interponer cada tipo de acción civil en el proceso penal.
RESISTENCIA DE MATERIALES, TOMO 1, TIMOSHENKOJLSUSTAITA
La pandemia de COVID-19 ha tenido un impacto significativo en la economía mundial. Muchos países experimentaron fuertes caídas en el PIB y aumentos en el desempleo en 2020. A medida que se implementaron las vacunas en 2021, la mayoría de las economías comenzaron a recuperarse, aunque los efectos a largo plazo en los mercados laborales y sectores específicos aún no están claros.
Derecho penal especial I Dr. VillarragaDaniel Brun
Este documento resume el delito de genocidio según el derecho penal colombiano. Explica que el genocidio se refiere a actos cometidos con la intención de destruir a un grupo nacional, étnico, racial, religioso o político. Detalla los elementos del delito de genocidio, como las conductas constitutivas (causar la muerte, lesiones graves, embarazos forzados, someter a condiciones de vida que acarreen la destrucción del grupo), y cómo este delito atenta contra los derechos fundamentales y
Quill West is an open education project manager at Pierce College who discusses open practices for institutional change, including Pierce College's Transferrable Associate of Arts degree called Pierce Open Pathways that has no required textbooks. The presentation discusses establishing a second degree through the program and expanding it across the entire college district, with the goal of blending open practices with data analysis to translate increased access to educational resources into greater student success.
Michal Kaderka is a teacher in the Czech Republic who has been teaching media studies based on open pedagogy since 2015. He coordinates the Alliance for Open Education and uses various open tools like Facebook, Twitter, and SlideShare to openly share his teaching materials and collaborate with others. Some key aspects of his open approach include organizing open field trips, creating an open online textbook, and ensuring student privacy while promoting a culture of cooperation and sharing within his Facebook group for the class.
Each device is a self-execution entity with its own state and life cycle. Akka Actors are live objects that can act as (simulate) a device; it's a prefect fit for this job. I'll talk about how I use several actors to simulate a device and how Kamon can help with application monitoring and performance tuning.
El documento describe tres delitos contra la administración pública contemplados en los artículos 393o - 394o-395o del Código Penal: cohecho pasivo propio, cohecho pasivo impropio y cohecho pasivo específico. Define los sujetos, bien jurídico protegido y tipicidad objetiva y subjetiva de cada delito. El cohecho pasivo propio ocurre cuando un funcionario acepta un beneficio a cambio de realizar u omitir un acto en violación a sus obligaciones. El cohecho pasivo impropio se da cuando un terc
Este documento define los sustantivos comunes, propios y sus clasificaciones. Explica que un sustantivo es un nombre que designa personas, animales, cosas, lugares o ideas abstractas. Luego describe los sustantivos comunes como nombres genéricos y los propios como nombres específicos de personas, lugares u otras entidades. Finalmente, clasifica los sustantivos propios en antropónimos para personas y topónimos para lugares.
Responsabilidad civil y su diferencia entre extracontractual y contractualNelson Zelada Mendoza
El documento presenta una introducción al tema de la responsabilidad civil contractual y extracontractual. Explica que la responsabilidad civil surgió originalmente de un único origen pero luego se dividió en estas dos áreas. Define la responsabilidad extracontractual como aquella que surge del deber general de no causar daño a otros, mientras que la responsabilidad contractual se origina por el incumplimiento de obligaciones voluntarias. Finalmente, proporciona algunos ejemplos de casos que podrían generar responsabilidad civil de acuerdo a cada tipo.
La ley contra la corrupción de 2005 busca frenar las acciones deshonestas de funcionarios públicos. Desde 1863 existían delitos como el cohecho y la malversación de fondos públicos. La ley actual establece delitos como el enriquecimiento ilícito y la corrupción pasiva, y describe la responsabilidad civil, disciplinaria, administrativa y penal de los funcionarios. Si se comprueba una irregularidad en una investigación administrativa, esta se remite a la fiscalía.
Este documento presenta la defensa de Alberto Salas Vasquez, quien está siendo investigado preliminarmente por los delitos de acoso sexual y abuso de autoridad. El abogado defensor argumenta que los elementos constitutivos del delito de abuso de autoridad no se cumplen en este caso, ya que 1) no hubo un acto arbitrario cometido u ordenado por el acusado, 2) no se causó un perjuicio grave, y 3) no hubo abuso de atribuciones. El documento analiza en detalle cada uno de estos elementos del tipo penal.
Análisis sobre la ley contra la corrupción, Universidad Fermín Toro, Ciencias...Yecseli Pereira
Cabe señalar que El Diccionario de Ciencias Jurídicas, Politicas y Sociales, siguiendo la orientación del DRAE la define la Corrupción como un vicio o abuso introducidos contra la ley, que de alguna manera la degrada. Es decir que por “corrupción” entenderemos una forma de delincuencia de cuello blanco, como la denominó el criminólogo E. Sutherland- que engloba figuras delictivas tradicionales como la malversación, el cohecho o la prevaricación, con otras de nuevo cuño como serian el blanqueo de capitales, el tráfico de influencias, utilización de posición de poder en la toma de decisiones políticas para favorecer al funcionario(a) o autoridad, a la organización a la cual se pertenece (partido político) o a la empresa mercantil con la cual el(la) funcionario(a) mantiene relaciones y que aparece fuerte e íntimamente ligada a ciertos factores como serian, entre otros, la globalización, el riesgo y la economía
Es fundamental conocer la Ley Contra la Corrupción (LCC) derogó expresamente a la ley orgánica de Salvaguarda de Patrimonio Público (LOSPP). Entrando en Vigencia el día 7 de abril de 2003 en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.637; la nueva estructura legal establece cinco títulos a saber:
1) Disposiciones Fundamentales.
2) De las Sanciones
3) De las atribuciones y deberes de la contraloria general de la república y del ministerio público en materia de corrupción.
4) De los delitos contra el patrimonio público y la administración de justicia en la aplicación de esta ley.
5) Procedimiento penal y medidas preventivas
Por consiguiente a presente Ley tiene por objeto el establecimiento de normas que rijan la conducta que deben asumir las personas sujetas a la misma, a los fines de salvaguardar el patrimonio público, garantizar el manejo adecuado y transparente de los recursos públicos, con fundamento en los principios de honestidad, transparencia, participación, eficiencia, eficacia, legalidad, rendición de cuentas y responsabilidad consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como la tipificación de los delitos contra la cosa pública y las sanciones que deben aplicarse a quienes infrinjan las disposiciones y cuyos actos, hechos u omisiones causen un daño al patrimonio público.
Este documento define el derecho penal como el conjunto de normas que regulan el ejercicio de la potestad punitiva del Estado al tipificar delitos y fijar penas. Describe las características del derecho penal como un derecho público, normativo, sancionatorio y personalísimo. También explica conceptos como principio de legalidad, tipicidad, imputabilidad, extradición y definiciones de delito.
El documento discute los principios fundamentales del derecho penal como rama del derecho. En particular, señala que el derecho penal tiene la función de limitar el poder punitivo del Estado y no de legitimarlo, y que es un elemento esencial para mantener el estado de derecho y evitar un estado totalitario. Además, destaca los principios de legalidad y reserva como fundamentos del derecho penal.
Fundamentos
La figura del colaborador eficaz ha sido fundamental en diversos casos de corrupción a
nivel mundial, a los fines de identificar los responsables de los delitos, y de recuperar los
activos apropiados ilícitamente. En nuestro continente, el caso más relevante es el de
Perú, en el marco del escándalo Fujimori-Montesinos. Luego de que tomara estado
público el caso Montesinos, y la red de corrupción desplegada durante del gobierno de
Alberto Fujimori, comienza a desarrollarse un proceso de reformas legales que permiten
investigar estos hechos. Entre diversas reformas en Perú, se sancionó la ley 27.378 de
Colaboración Eficaz, que habilitó a que excepto por los jefes criminales y los altos
funcionarios públicos designados constitucionalmente -entre otros-, los acusados de
participar en una organización criminal, podían ver su pena reducida, e incluso, obtener
inmunidad, a cambio de brindar información que fuera útil para la investigación. Esta
herramienta, no solo permitió identificar a muchos de los miembros de la red de
corrupción, sino que fue un mecanismo fundamental para recuperar los activos producto
del delito (participaron más de cien colaboradores a través de esta herramienta legal).
Además de Perú, Guatemala y Brasil han regulado esta figura. En Brasil, la ley 12.850 de
2013 establece que “…El juez podrá, a requerimiento de las partes, conceder el perdón
judicial, reducir en hasta 2/3 (dos tercios) la pena privativa de libertad o sustituirla por
restrictiva de derechos de aquel que haya colaborado efectiva y voluntariamente con la
investigación y con el proceso criminal…”
(http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011-2014/2013/lei/l12850.htm)
Así, la figura fue utilizada en los casos "Mensalao", donde existía un esquema de sobornos
mensuales a legisladores de la oposición para apoyar proyectos de la administración Lula,
cuyo dinero provenía de fondos públicos y de recursos de campañas electorales del
Partido de los Trabajadores, y "Petrolao"; en donde se descubrió una gigantesca red de
corrupción en la compañía estatal Petrobras. En este último caso, el ex gerente de
Petrobras se acogió a un acuerdo de delación premiada para reducir su pena, lo que
generó la recuperación de 51 millones de dólares. “…Con los acuerdos de delación
premiada de varios de los acusados, algunos ya condenados, la estatal puede recuperar
unos 570 millones de reales (unos 186,7 millones de dólares) del dinero desviado, que
afectó los cofres y el balance de la petrolera en 2014. No obstante, el presidente de
Petrobras, Aldemir Bendine, quien estuvo presente en el acto simbólico de devolución del
dinero, confía en la recuperación de unos 1300 millones de reales (unos 425,9 millones
de dólares) con otra cantidad similar bloqueada por la Justicia que se sumaría a la
Este documento resume los conceptos centrales de los delitos contra la administración pública. Explica que estos delitos buscan proteger el correcto funcionamiento del Estado y que solo los funcionarios y servidores públicos pueden cometer estos delitos. También describe que la teoría de la infracción del deber es la que mejor explica la autoría y participación en estos delitos especiales.
1) El documento habla sobre diferentes temas relacionados con el derecho penal venezolano como la pena, la amnistía, el indulto, la punibilidad, la penalidad y las excusas absolutorias.
2) Define conceptos como la pena, la amnistía, el indulto, la punibilidad y la penalidad según la legislación venezolana.
3) Explica algunas causas de ausencia de penalidad reconocidas en el Código Penal venezolano como el perdón del ofendido y casos de rebeldes que depongan
Este documento resume los aspectos clave de la nueva Ley Nacional de Extinción de Dominio en México. La ley amplía el catálogo de delitos sujetos a extinción de dominio e incluye delitos de corrupción, recursos de procedencia ilícita y extorsión. El procedimiento consta de dos fases, una preparatoria y una judicial. Si bien la ley busca recuperar activos para programas sociales, también genera controversia por cuestiones como la carga de la prueba y los plazos de prescripción.
Libro Primero Parte General Anteproyecto Codigo Penal ZaffaroniHugo Sanchez
10
1) El documento presenta el anteproyecto del Libro Primero de la Parte General del Código Penal de la Nación Argentina, el cual establece los principios y reglas generales aplicables al derecho penal sustantivo. 2) Incluye disposiciones sobre principios como legalidad, culpabilidad y ofensividad; causas de justificación y culpabilidad atenuada; participación criminal y concursos de delitos; y determinación de las penas. 3) El Código tiene por objeto reformar, actualizar e integrar la legislación penal argentina de
El documento define el derecho penal como el conjunto de normas que regulan el ejercicio de la potestad punitiva del Estado al tipificar delitos, fijar penas y determinar la participación del delincuente. Describe las características del derecho penal como un derecho público, normativo, valorativo y sancionatorio que castiga conductas externas. Finalmente, explica conceptos como principio de legalidad, tipicidad, aplicación de la ley penal a personas y excepciones a la territorialidad.
La responsabilidad de las personas jurídicas en el nuevo Código PenalLex Nova
El 23 de diciembre de 2010 pasará a la historia de nuestro derecho penal por ser el día en el que se produjo su abrupta ruptura con el tradicional principio «societas delinquere non potest» –las sociedades no pueden delinquir–. Ésta es la fecha de entrada en vigor de la reforma del Código Penal, que practica la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, entre cuyas múltiples modificaciones cabe destacar el reconocimiento de la responsabilidad penal de las personas jurídicas –uno de los temas de debate abiertos históricamente en el Derecho Penal–, principalmente, para combatir la delincuencia económica. Ambiciosa reforma que marcará un antes y un después en la manera de entender y concebir la estructura organizativa empresarial.
Artículo de Sara Sánchez Prieto publicado en el número 62 de Lex Nova · La Revista
Este documento presenta conceptos jurídicos fundamentales relacionados con los conflictos de leyes en el espacio y el tiempo. Brevemente describe 1) las causas que generan estos conflictos como la pluralidad de legislaciones y la naturaleza migratoria del hombre, 2) los principios de territorialidad y extraterritorialidad de las leyes, 3) las teorías de la retroactividad, irretroactividad y ultractividad en el tiempo, y 4) conceptos como deber jurídico y su clasificación.
El documento resume los principales aspectos de la ley penal. En 3 oraciones:
La ley penal regula la conducta humana a través de normas que castigan ciertos actos. Estas normas tienen características como la generalidad, obligatoriedad e igualdad. Para determinar la responsabilidad penal se analizan elementos como la acción, tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad de los actos, así como causas que pueden eximir de responsabilidad.
3. Delitos por hechos de corrupcion - Dra. Eileen Matus Calleros 27.11.2020.pdfArtruroAntonioGarcia
Este documento presenta información sobre delitos por hechos de corrupción de acuerdo con la Constitución Mexicana y el Código Penal Federal. Explica 13 delitos como ejercicio ilícito de servicio público, abuso de autoridad, cohecho y enriquecimiento ilícito. También cubre casos específicos como Rosario Robles y Emilio Lozoya, y la ley sobre desaparición forzada de personas. Finalmente, incluye recursos complementarios sobre casos de corrupción en México, Brasil, Perú y Colombia.
El documento define conceptos clave del derecho penal como el derecho penal en sí, el principio de legalidad, las causas de inimputabilidad y justificación, los tipos de participación en delitos, las clases de penas y su extinción, y la prescripción de la responsabilidad penal. También explica conceptos como el supuesto lógico, el verbo rector, el bien jurídico tutelado, el sujeto activo y pasivo, y los elementos internos y materiales de un delito.
Este documento analiza el delito de otorgamiento ilegítimo de derechos sobre inmuebles recientemente incorporado al Código Penal peruano. El delito busca proteger el patrimonio público y privado al sancionar a funcionarios que otorguen derechos de posesión o emitan títulos de propiedad sobre bienes estatales o privados sin cumplir los requisitos legales. Se define el bien jurídico protegido, el sujeto activo como cualquier funcionario público, y las conductas típicas como otorgar derechos de
La responsabilidad es un valor jurídico que implica responder por los propios actos, ya sean buenos o malos. Existen diferentes tipos de responsabilidad como la civil, penal y administrativa. La responsabilidad civil se refiere a la obligación de resarcir daños, la penal a las consecuencias de violar la ley, y la administrativa a sanciones por incumplir normas o deberes oficiales. La responsabilidad juega un papel importante en el derecho y la ética.
Similar a Responsabilidad penal del funcionario. (20)
Este documento presenta instrucciones para un concurso de ascenso de escala en la carrera pública magisterial para el nivel primaria. Detalla la cantidad mínima de preguntas que deben ser respondidas correctamente dependiendo de la escala a la que se postula, con un total de 60 preguntas y un tiempo máximo de 3 horas para responderlas. También incluye orientaciones para el marcado de la ficha de respuestas.
Este documento presenta instrucciones para un concurso de ascenso de escala en la carrera pública magisterial para el nivel secundario. Detalla la cantidad mínima de preguntas que deben ser respondidas correctamente según la escala a la que se postula. También incluye orientaciones para el marcado de la ficha de respuestas y verificaciones previas a iniciar la prueba.
La Unión Europea ha propuesto un nuevo paquete de sanciones contra Rusia que incluye un embargo al petróleo. El embargo prohibiría la importación de petróleo ruso a la UE y también prohibiría a los buques europeos transportar petróleo ruso a otros lugares. Sin embargo, Hungría se opone al embargo al petróleo, lo que podría retrasar la aprobación del paquete de sanciones de la UE.
A empresa de tecnologia anunciou um novo smartphone com câmera aprimorada, processador mais rápido e bateria de maior duração. O dispositivo também possui tela maior e armazenamento expansível, com preço sugerido a partir de US$799. Analistas esperam que o aparelho ajude a empresa a aumentar sua participação no competitivo mercado de smartphones.
Este documento describe los pasos para configurar una nueva red inalámbrica. Explica que primero se debe instalar el hardware como el enrutador y las tarjetas de red inalámbricas. Luego se debe configurar el enrutador con la contraseña de red, el canal y la seguridad. Finalmente, se conectan los dispositivos a la red y se comprueba que todo funciona correctamente.
Este documento presenta una colección de artículos académicos que examinan diferentes modelos de ocupación y conquista de la Amazonía andina entre las décadas de 1840 y 1950. Los artículos analizan temas como las funciones de las misiones franciscanas en Bolivia, la exportación de mano de obra indígena desde Ecuador, y la posición española durante el conflicto limítrofe entre Perú y Ecuador. El objetivo es contribuir al estudio de este periodo de redefinición de fronteras y articulación del territorio amazónico.
Este documento describe los sistemas de percepción y coordinación en los animales para la función de relación. Explica que los animales usan receptores para percibir estímulos del medio como la luz, sustancias químicas, vibraciones y temperatura. Los sistemas nervioso y hormonal coordinan la respuesta al estímulo. El sistema nervioso produce respuestas rápidas a través de neuronas, mientras que el sistema hormonal usa glándulas para respuestas más lentas pero duraderas. Además, detalla la evolución del
El documento describe la función de relación en los seres vivos. La función de relación permite a los organismos percibir estímulos del ambiente interno y externo y responder de manera adecuada para sobrevivir. Los seres unicelulares responden a los estímulos a nivel celular, mientras que los pluricelulares requieren de sistemas como el nervioso y hormonal. La función consta de la percepción de estímulos, procesamiento de información, y ejecución de respuestas.
El documento proporciona una lista extensa de términos numéricos y vocabulario básico en japonés. Incluye números del 1 al 10,000, días de la semana, meses, partes del cuerpo, edades y fechas. También presenta oraciones de ejemplo para preguntar la hora, fecha de nacimiento y días festivos. El documento sirve como una guía útil de vocabulario y estructuras básicas en japonés.
Los primeros pueblos andinos del Perú incluyeron a la cultura Chavín entre los años 900 a. C. y 200 a. C., que se caracterizó por la construcción del centro ceremonial de Chavín de Huántar. Posteriormente surgieron las culturas Moche, Nazca, Wari e Inca, que desarrollaron avanzadas civilizaciones preincas con logros arquitectónicos, sistemas de irrigación y complejas redes de comercio.
Los circuitos integrados son obleas semiconductoras que contienen muchas resistencias, condensadores y transistores miniaturizados. Ofrecen ventajas como bajo costo, menor consumo de energía y espacio, y mayor fiabilidad en comparación con circuitos discretos. Algunas desventajas son la limitada potencia de salida y los voltajes de funcionamiento. Los componentes integrables tienen limitaciones de tamaño y capacidad. Los circuitos se clasifican por aplicación específica, propósito general o programables, y se encapsulan de diferentes formas como
El primer circuito integrado fue desarrollado en 1959 por Jack Kilby de Texas Instruments. Consistía en un dispositivo de germanio que integraba seis transistores en una base semiconductor para formar un oscilador. Un circuito integrado es una estructura de silicio de pocos milímetros que contiene circuitos electrónicos fabricados mediante fotolitografía. Existen circuitos integrados analógicos y digitales que van desde puertas lógicas hasta microprocesadores.
Circuitos integrados são circuitos eletrônicos miniaturizados em um único chip de silício. Eles contêm milhares de transistores, resistores, capacitores e outros componentes elétricos. Circuitos integrados são amplamente utilizados em dispositivos eletrônicos modernos como computadores, celulares e eletrodomésticos.
Este documento contiene una lista de 54 estudiantes de cuarto grado de la sección A, con sus nombres completos, número de orden y correo institucional asignado. También incluye listas similares para las secciones B, C y D del mismo grado, con información sobre los estudiantes de cada sección.
Este documento contiene una lista de estudiantes de quinto grado de la sección A, B, C y D del Colegio Honorio Delgado Espinoza con sus nombres completos, número de orden, usuario de correo institucional y contraseña asignada. En total se enumeran a 128 estudiantes distribuidos en 4 secciones diferentes.
Este documento contiene 4 listados que muestran los nombres completos y correos institucionales de estudiantes de 2do grado de la sección A, B, C y D. Cada lista incluye el número de orden, apellidos, nombres, correo institucional y contraseña de los estudiantes.
Este documento contiene una lista de 32 estudiantes de primer grado sección A con sus nombres completos, número de orden y correo institucional asignado. Cada estudiante está identificado con un código alfanumérico que incluye la sección, número de orden y apellidos. El documento también incluye las contraseñas asignadas.
Soluciones Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinar...Juan Martín Martín
Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
Soluciones al examen.
Convocatoria Ordinaria.
Examen resuelto de Geografía
conocer el examen de geografía de julio 2024 en:
https://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/2024/06/soluciones-examen-de-selectividad.html
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
Ofrecemos herramientas y metodologías para que las personas con ideas de negocio desarrollen un prototipo que pueda ser probado en un entorno real.
Cada miembro puede crear su perfil de acuerdo a sus intereses, habilidades y así montar sus proyectos de ideas de negocio, para recibir mentorías .
En la ciudad de Pasto, estamos revolucionando el acceso a microcréditos y la formalización de microempresarios informales con nuestra aplicación CrediAvanza. Nuestro objetivo es empoderar a los emprendedores locales proporcionándoles una plataforma integral que facilite el acceso a servicios financieros y asesoría profesional.
Presentación simple corporativa degradado en violeta blanco.pdf
Responsabilidad penal del funcionario.
1. 1
RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS.
Seminario
Probidad y Transparencia para la Administración.
Prof.: Juana Sanhueza Romero.
AÑO 2009
Contenido de diapositivas de presentación Power Point.
Delimitación del tema.
Delitos que consisten en falta de probidad.
Naturaleza y extensión de las penas asignadas a los delitos en
estudio.
Obligación de denunciar por parte de los funcionarios públicos.
Responsabilidad penal y responsabilidad administrativa.
2. 2
INTRODUCCIÓN.
EL DELITO, CONCEPTO Y
ELEMENTOS
CONCEPTO DE DELITO.
Actualmente existe unanimidad en cuanto a que el delito está
constituido por una acción u omisión, típica, antijurídica y culpable.
El contenido de cada uno de sus elementos es lo que dividió a la
ciencia jurídica penal, en dos grandes escuelas, a saber; causalismo
y finalismo.
Discusión hoy superada.
Relación del concepto dogmático de delito con la definición del
art. 1 inc.1º del C.Penal.
El art. 1 inc. 1º del Código Penal, define el delito como “toda acción
u omisión voluntaria penada por la ley”.
El concepto de delito como toda acción u omisión típica, antijurídica
y culpable, es fruto de la dogmática alemana del siglo XIX, es decir,
fue elaborado por la doctrina alemana a partir del ordenamiento
jurídico de aquella época y tiene plena validez en nuestro sistema
3. 3
jurídico.
Reconocimiento del concepto dogmático de delito en el Derecho
chileno.
De conformidad al concepto proporcionado por la dogmática los
elementos de todo delito son la acción u omisión (conducta)
tipicidad, antijuricidad y culpabilidad.
Todos estos elementos deben concurrir para imponer una sanción
penal y deben ser probados en el respectivo juicio.
La conducta humana, elemento esencial del delito.
Puede revestir la forma de acción u omisión y ello se encuentra
consagrado en el art. 19 Nº 3 inc. 8° de la Constitución Política de la
República “Ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta
que se sancione esté expresamente descrita en ella”
Se encuentra reafirmado en el art. 1 inc.1º del C. Penal.
Tipicidad.
Es el segundo elemento del delito y la primera característica que
tiene que reunir la conducta.
Consiste en la conformidad entre la conducta ejecutada por el
sujeto, en la vida real- y el respectivo tipo penal.
Tipo penal, es la descripción que hace la ley penal del
comportamiento humano prohibido, en su aspecto objetivo y
4. 4
subjetivo.
La tipicidad tiene reconocimiento constitucional en el art. 19 Nº 3 inc.
7º de la Constitución Política de la República “Ningún delito se
castigará con otra pena que la que le señale una ley promulgada
con anterioridad a su perpetración, a menos que la nueva ley
favorezca al afectado” Principio de legalidad.
También en el artículo 19 Nº 3 inc.8º del texto fundamental.
Así se pueden citar como preceptos que autorizan la ejecución de
conductas típicas los contenidos en los números 4,5 y 6 del art. 10,
del C. Penal, que declara exento de responsabilidad a quienes
actúen en legítima defensa propia, de parientes o de extraños.
También los numerales 7, 10 y 12 primera parte del mismo artículo y
Código.
Si se ejecuta una conducta típica en alguna de las situaciones antes
indicadas, no será antijurídica y por la misma razón no habrá delito.
De todo lo anterior se colige que, de acuerdo a nuestro
ordenamiento jurídico, la antijuricidad es una característica que tiene
que reunir la conducta típica para que pueda configurarse un delito.
5. 5
Culpabilidad.
Es el juicio de reproche que se formula a quien ha ejecutado una
conducta típica y antijurídica porque - en el caso concreto- el sujeto
pudiendo haberse comportado de acuerdo a los mandatos y
prohibiciones del derecho, no lo hizo.
Requisitos que deben concurrir para que se pueda formular el
juicio de reproche.
El sujeto debe tener capacidad para conocer el injusto del actuar.
Esto ocurre en general cuando el sujeto tiene una mente sana y
madura.
En otros términos debe ser imputable.
La imputabilidad es la regla general. Sólo no lo son quienes se
encuentren en las situaciones contempladas en los Nº 1 y 2 del art.
10 del C. Penal
Es necesario que el sujeto haya tenido la posibilidad real de conocer
que su conducta típica es antijurídica.
Por último, es indispensable que la conducta típica y antijurídica la
haya ejecutado en circunstancias normales en términos que le era
exigible una conducta conforme a Derecho. Si ello no ocurrió no se
le podrá reprochar penalmente. Así lo reconoce el Código Penal,
cuando declara exento de responsabilidad penal a quienes han
obrado violentados por una fuerza irresistible o impulsados por
6. 6
miedo insuperable.
Acreditación de los elementos del delito.
De acuerdo a lo afirmado para que exista delito- en nuestro
ordenamiento jurídico- debe concurrir una conducta típica,
antijurídica y culpable.
Estos elementos deben estar presentes en toda clase de delitos y en
consecuencia también en los delitos funcionarios.
Es al Ministerio público a quien le corresponde de manera exclusiva
la investigación y tendrá que procurarse los elementos probatorios
para formar la convicción del Tribunal.
DELITOS QUE CONSISTEN EN FALTA DE PROBIDAD.
1.- Malversación de caudales públicos.
2.‑ Fraude al fisco.
3.- Negociaciones incompatibles y tráfico de influencias.
4.- Uso de información privilegiada.
5.- Cohecho.
Bien jurídico protegido.
La recta administración pública entendida en sentido muy amplio,
como actividad general del Estado.
El sujeto activo, empleado público, infringe un deber específico de
7. 7
lealtad, corrección y eficiencia que recae sobre ellos por encontrarse
ligados con la autoridad pública por un vínculo especial.
La ley 18.575, en su art. 54 proporciona una definición de probidad
administrativa “consiste en observar una conducta funcionaria
intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con
preeminencia del interés general sobre el particular”.
Concepto de empleado público.
El art. 260 del C. Penal contiene una definición de empleado público
para los efectos del título V, libro II y del párrafo IV del título III.
En la definición casuística se emplea la noción de función pública.
De manera que, a partir de este texto legal, se puede afirmar que:
“Son empleados públicos los funcionarios que sirven a la
administración pública dentro de las nuevas formas administrativas,
judiciales y económicas que las actividades del Estado han ido
asumiendo”.
DELITO DE MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS.
La malversación se relaciona con la idea de empleo indebido de los
fondos públicos, mala inversión, mal empleo.
Técnicamente tiene una acepción más restringida, la de dar a los
fondos públicos un destino también público pero diferente del que
tenía asignado por la ley o la autoridad competente.
8. 8
Figuras de malversación contempladas en el C. Penal.
1.‑ Sustracción de fondos.
2.‑ Distracción de fondos.
3.‑ Aplicación pública diferente.
4.‑ Negativa a efectuar un pago o entrega.
Sustracción de fondos públicos.
El art. 233 del C. Penal contempla el tipo doloso.
El art. 234 tipifica la forma culposa.
Tipo del art. 233 del C. Penal.
“El empleado público que, teniendo a su cargo caudales o efectos
públicos o de particulares en depósito, consignación o secuestro, los
substrajere o consintiere que otro los substraiga”.
Sujeto activo.
Es el empleado público.
En este caso es indispensable que, legal o reglamentariamente, el
cargo lleve consigo la custodia de los caudales o efectos sustraídos,
por ello es que el art. 233 habla de "teniendo a su cargo".
Conducta
“Sustraer o consentir que otro lo substraiga”.
9. 9
“Sustraer” significa una acción material de apoderamiento que hace
salir la cosa de la esfera custodia de su titular.
“Consentir que otro los substraiga”.
Aquí el empleado público desempeña una conducta pasiva, pero
dolosa.
Objeto material.
:
“Caudales o efectos públicos o de particulares”.
Caudales, comprende el dinero como otros bienes.
Efectos, todos los documentos susceptibles de estimación
pecuniaria y que signifiquen un valor negociable, ej.: letras de
cambios, etc.
Se equipara a caudales públicos ciertos fondos particulares que se
hallan legalmente depositados bajo la tenencia del funcionario
malversador. No puede ser voluntario.
Tipicidad Subjetiva.
Dolo
Esto significa que el sujeto debe conocer los elementos del tipo
objetivo y querer su realización.
10. 10
Tipo del art. 234 del C. Penal.
“El empleado público, que por abandono o negligencia inexcusables,
diere ocasión a que se efectúe por otra persona la substracción de
caudales o efectos públicos o de particulares de que se trata en los
tres números del artículo anterior”.
En esta disposición se sanciona una conducta negligente que
permita que el tercero sustraiga, pero ello se debe a su negligencia
o abandono, no porque se lo quiera permitir.
La diferencia es que aquí se obra con culpa y no con dolo como en
el artículo anterior.
Distracción de fondos art. 235 del C. Penal.
► “El empleado público que, con daño o entorpecimiento del servicio
público, aplicare a usos propios o ajenos los caudales o efectos
puestos a su cargo”.
► “No verificado el reintegro, se le aplicarán las penas señaladas en el
art. 233”.
► Si el uso indebido de los fondos fuere sin daño ni entorpecimiento
del servicio público se le aplica la pena que indica el inciso final del
art. 235.
La acción.
► Es aplicar a usos propios o ajenos.
Aplicar sería sustraer y luego reintegrar, es decir, aquí no existe una
11. 11
conducta que implique ingresar los caudales o efectos
definitivamente al patrimonio propio o ajeno.
► Si se sustrae y no se reintegra se está en el art. 233.
► Si se reintegra se aplica el art. 235.
Momento en que debe efectuarse el reintegro.
► Para algunos el reintegro debe producirse antes de que se descubra
la sustracción por la autoridad competente.
► Otro criterio es hasta antes que se inicie la acción judicial contra el
inculpado.
► Finalmente hay quienes afirman que el reintegro puede efectuarse
hasta el momento que permita acreditarlo en el proceso y tomarlo en
consideración al momento de dictarse la sentencia definitiva.
Tipicidad subjetiva.
►Dolo.
► Esto significa que el sujeto activo debe conocer los elementos que
integran el tipo objetivo y querer su realización.
12. 12
Aplicación pública diferente. art. 236 del C. Penal.
“ El empleado público que arbitrariamente diere a los caudales o
efectos que administre una aplicación pública diferente de aquella a
que estuvieren destinados,.. será castigado..”
Esta figura es la que corresponde al concepto clásico de
malversación "inversión indebida".
La doctrina es partidaria de su despenalización, pues bastaría con
una sanción administrativa.
La acción.
Consiste en dar a los caudales o efectos públicos que el funcionario
administra una aplicación pública, pero diferente de aquella a que
estuvieren destinados por la ley o el reglamento.
Existe una desviación de los caudales de los fines públicos
autorizados a otros también públicos, pero indebidos.
Los fondos deben invertirse efectivamente, no basta sólo ordenar la
inversión.
Tipicidad subjetiva.
Dolo.
El sujeto activo, es decir, el empleado público debe conocer los
elementos del tipo objetivo y querer realizarlo.
13. 13
Negativa a efectuar un pago o entregar una cosa art. 237 del C.
Penal.
Aquí existen dos hipótesis:
El inciso primero sanciona al “ El empleado público, que debiendo
hacer un pago como tenedor de fondos del Estado, rehusare hacerlo
sin causa bastante”.
El inciso segundo dispone que “Esta disposición es aplicable al
empleado público que, requerido por orden de autoridad
competente, rehusare hacer entrega de una cosa puesta bajo su
custodia o administración”.
Conducta típica.
Rehusare hacer un pago sin causa bastante o rehusare entregar
una cosa puesta bajo su custodia o administración.
“Rehusar” Es negarse al pago o entrega habiendo sido requerido.
No existe pérdida para el Estado, ni desorden en las inversiones,
pero se sanciona porque entraba la regular o normal marcha de la
administración pública (en el fondo hay sospechas de una
apropiación).
Tipicidad subjetiva.
Dolo.
14. 14
Antecedentes Ley 20.341.-
Los delitos de Fraude al Fisco, Negociaciones incompatibles,
Cohecho de funcionarios públicos tanto nacionales como
extranjeros, fueron objeto de importantes modificaciones por Ley
20.341.- publicada en el D.O. de 22 de abril de 2009.-
Las modificaciones tienen principalmente por objeto adecuar la
legislación nacional a las obligaciones contraídas por Chile al
suscribir la Convención para la Cooperación y el Desarrollo
Económico (O.C.D.E.) para combatir el cohecho a los funcionarios
públicos extranjeros en transacciones Comerciales internacionales.
El delito de fraude al fisco tiene mayor pena a partir de cierto monto
en lo defraudado.
Se aumentan las penas de los delitos de negociaciones
incompatibles y de cohecho de funcionarios públicos nacionales.
Se derogan los artículos 250 bis A y 250 bis B, del C. Penal que
regulaba el soborno internacional y se incorporan los artículos 251
bis y 251 ter, sobre cohecho a funcionarios públicos extranjeros.
DELITO DE FRAUDE AL FISCO. Art. 239 del C. Penal
“ El empleado público que en las operaciones en que interviniere por
razón de su cargo, defraudare o consintiere que se defraude al
Estado, a las municipalidades o a los establecimientos públicos de
instrucción o de beneficiencia, sea originándoles pérdida o
15. 15
privándoles de un lucro legítimo..”
La pena es de presidio menor en su grado medio a máximo.
En los casos en que el monto de lo defraudado excede de 40 UTM.
Faculta al juez para aumentar la pena en un grado.
Si la defraudación excede de 400 UTM, se aplica presidio mayor en
su grado mínimo.
También se aplica multa e inhabilitación absoluta temporal para
cargos o empleos públicos en sus grados medio a máximo.
Principales controversias en el delito de fraude al fisco.
En los últimos tiempos los Tribunales de Justicia se han pronunciado
en diversas ocasiones sobre la existencia de este delito.
Los puntos centrales de discusión han sido sobre el sujeto activo,
conducta típica y comunicabilidad del vínculo a los extraños que
participaren en su comisión.
Sujeto activo.
De acuerdo al artículo 239, es el funcionario público que ejecuta la
conducta en las operaciones que interviene en razón de su cargo.
Es aplicable aquí la definición de empleado público que indica el art.
16. 16
260 del C. Penal. y los Tribunales lo han precisado latamente como
lo constataremos en los fallos que examinaremos.
Conducta típica.
Defraudar o consentir en que se defraude.
Aquí se castigan dos clases de conducta: defraudar (defraudación
directa)
Consentir en que se defraude (defraudación indirecta.)
La defraudación directa, se presenta cuando el propio funcionario es
quien defrauda al Estado o a los entes mencionados en el art. 239.
La defraudación indirecta, tiene lugar cuando el funcionario público
realiza una conducta de cooperación para que el tercero defraude al
fisco.
Defraudar es causar un perjuicio- en este caso- al Estado o algunas
de las instituciones que indica el art. 239, mediante fraude.
El fraude, es caracterizado como un medio o modo de obrar.
El punto discutido es si este medio, debe estar constituido por el
engaño, abuso de confianza o basta con el sólo incumplimiento de
deberes. Es un aspecto no pacífico.
17. 17
Resultado típico.
El perjuicio.
Aparece indicado cuando el art. 239 habla de "sea originándole
pérdidas o privándole de un lucro legítimo”, es decir, se comprende
tanto el daño emergente como el lucro cesante
Este es un delito de resultado externo y por lo mismo se puede dar
en grado tentado, frustrado o consumado.
La comunicabilidad en el delito de Fraude al Fisco.
Este problema se presenta en todos los delitos que estamos
analizando, pero nos detendremos aquí porque es donde mayor
pronunciamiento existe en decisiones judiciales.
Sin perjuicio de lo anterior, las reglas podrán ser aplicables a los
otros tipos penales en cuanto su naturaleza lo permita.
Tipicidad subjetiva.
Dolo.
DELITO DE NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES Y TRÁFICO DE
INFLUENCIAS. Art. 240 y 240 bis.
Tipo del art. 240.
“Empleado público que directa o indirectamente se interesare en
cualquiera clase de contrato u operación en que debe intervenir en
18. 18
razón de su cargo..”
En el inciso segundo amplía la calidad de sujeto activo a otras
personas, tales como peritos, partidores etc.
Los incisos tercero y cuarto contempla los casos en que da interés a
su cónyuge, algunos parientes o personas vinculadas por adopción,
asociados con él, etc.
La ley 20.341 del 22-04-2009, sustituyó el inc. primero del art. 240,
manteniendo la conducta típica, la pena privativa de libertad, pero
ahora la inhabilitación es absoluta temporal para cargos, empleos u
oficios públicos en sus grados medio a máximos y multa de diez al
cincuenta por ciento del valor del interés que hubiere tomado en el
negocio.
Conducta típica del art. 240.
Interesarse sea en al forma de tomar interés o de dar interés.
Basta la sola ingerencia, no es necesario que se produzca un
perjuicio para el Estado o un beneficio para el empleado.
El Código dice que “directa o indirectamente se interesare”, es decir,
por sí mismo o por interpósita persona.
Este es un delito formal.
Comunicabilidad en el delito de negociaciones incompatibles.
Si bien este aspecto es analizado a propósito del delito de fraude al
fisco, sus conclusiones son diversas por tratarse de un delito
especial propio.
Los Tribunales de Justicia han tenido oportunidad de pronunciarse
19. 19
expresamente sobre este aspecto acogiendo nuevas posiciones
doctrinarias.
Tipicidad subjetiva.
Dolo.
Tipo del art. 240 bis.
►Inciso 1°
“Las penas establecidas en el artículo precedente serán también
aplicadas al empleado público que, interesándose directa o
indirectamente en cualquier clase de contrato u operación en que
deba intervenir otro empleado público, ejerciere influencia en éste
para obtener una decisión favorable a sus intereses”.
► Inciso 2°
Sanciona con iguales penas “al empleado público que, para dar
interés a cualquiera de las personas expresadas en los incisos
tercero y final del artículo precedente en cualquier clase de contrato
u operación en que deba intervenir otro empleado público, ejerciere
influencia en él para obtener una decisión favorable a esos
intereses”.
En el primer caso el empleado público ejerce influencia sobre otro
empleado público en su propio interés. En cambio, en la segunda
situación lo hace para dar interés a otras personas ligadas a el por
especiales vínculos.
20. 20
Conducta típica.
► Ejercer influencia en otro empleado.
► Esto implica que el funcionario público se vale de condiciones
especiales, derivadas del cargo o función que desempeña, que lo
colocan en una situación de superioridad por sobre el otro empleado
público, de tal manera que lo incline a una resolución favorable a
sus intereses o de las otras personas con quienes se encuentra
vinculado.
Tipicidad subjetiva.
► Dolo.
USO DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA. Art. 247 bis del C. Penal.
“El empleado público que, haciendo uso de un secreto o información
concreta reservada, de que tenga conocimiento en razón de su
cargo, obtuviere un beneficio económico para sí o para un tercero...”
Este tipo fue incorporado por la ley 19.645. D.O.
de 11 de diciembre de 1999.
Conducta típica.
Hacer uso de un secreto o información concreta reservada.
Esto debe referirse a algún antecedente específico que
reglamentariamente tenga el carácter de reservada.
El solo usar en beneficio propio o de terceros la información
21. 21
reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la
función pública que desempeña, constituye una conducta que
contraviene especialmente el principio de la probidad administrativa.
art. 64 N °1 de la ley 18.575.
La obtención del provecho económico operaría aquí como condición
objetiva de punibilidad,de tal manera que si el no se verifica, no
puede imponerse sanción ni a título de tentativa ni frustración. Esta
es la doctrina sustentada por los autores Politoff, Matus y Ramirez,
aun cuando el punto puede ser discutido.
Delito de exacción ilegal
El art. 241, sanciona al “empleado público que directa o
indirectamente exigiere mayores derechos de los que le están
señalados por razón de su cargo o un beneficio económico para sí o
un tercero para ejecutar o por haber ejecutado un acto propio de su
cargo en razón del cual no le estén señalados derechos.”
Un sector de la doctrina sostenía, hasta antes de la ley 20.341.-, que
no se trataba de un delito independiente, sino que una forma
agravada de cohecho pasivo propio. Actualmente no sería así
porque la pena no se modificó y quedó con menor pena que la del
cohecho.
El sujeto activo, debe ser un funcionario público bien sea de
aquellos que están autorizados para percibir directamente del
usuario ciertos derechos Ej.: notarios. O que los exigiere sin estar
22. 22
autorizado para ello
La conducta típica, consiste en exigir directa o indirectamente.
El término exigir, consiste en pedir los derechos excesivos o
inexistentes subordinando a su pago la prestación del servicio.
Es un delito formal.
Delito de incremento patrimonial indebido.
El art. 241 bis, incorporado por Ley 20.088.- D. O. de 5-01-2006.-
Esta disposición tipifica lo que también se ha denominado como
enriquecimiento ilícito o injustificado.
“El empleado público que durante el ejercicio de su cargo obtenga
un incremento patrimonial relevante e injustificado… “.
El inciso segundo indica que “lo dispuesto en el inciso precedente
no se aplicará si la conducta que dio origen al incremento
patrimonial indebido constituye por sí misma algunos de los delitos
descritos en el presente Título, caso en el cual se impondrán las
penas asignadas al respectivo delito.”
Ello es así porque en tales situaciones el enriquecimiento
injustificado constituiría el agotamiento del respectivo delito.
Según el texto legal la prueba del enriquecimiento injustificado será
23. 23
siempre de cargo del Ministerio Público.
Esto en realidad no es más que una aplicación del principio de
inocencia.
El inciso final del art. 241 bis, regula el derecho a indemnización
que en ciertos casos correspondería al funcionario público cuando
es absuelto o la causa se sobresee definitivamente.
DELITO DE COHECHO.
Históricamente a este delito se le denomina corrupción.
Es un delito bilateral porque necesita la concurrencia de dos
sujetos:
1.- Un cohechador o sobornante, que es un particular artículo 250.
2.- Un cohechado que es el empleado público, art. 248, 248 bis y
249.
Clasificación.
Por la distinta naturaleza y significación jurídica que tienen las
conductas de uno y otro, se distingue entre cohecho activo y
cohecho pasivo.
Desde otro punto de vista se distinguen entre cohecho propio y
cohecho impropio.
24. 24
• Cohecho activo
Es el realizado por el particular que ofrece un beneficio económico al
funcionario público, el artículo 250 le llama sobornante.
• Cohecho pasivo
Es el realizado por el funcionario público.
• Cohecho propio.
El Funcionario público solicita o acepta recibir mayores derechos o
un beneficio económico que no corresponda por la ejecución u
omisión de actos propios de su cargo. art. 248 y 248 bis.
• Cohecho impropio.
El funcionario solicita o acepta el beneficio económico por la
comisión de delitos funcionarios, art. 249.
COHECHO PASIVO PROPIO.
Existen diversos tipos:
1.‑ Artículo 248 primera parte: “El empleado público que
solicitare o aceptare recibir mayores derechos de los que están
señalados por razón de su cargo...”
• El empleado aquí se hace pagar más de lo que le corresponde para
cumplir con su deber.
25. 25
2.‑ Artículo 248 segunda parte: “El empleado público que solicitare o
aceptare recibir un beneficio económico para sí o un tercero para
ejecutar o por haber ejecutado un acto propio de su cargo en razón
del cual no le están señalados derechos.”
• Aquí el empleado se hace pagar para cumplir con su deber.
3.‑ Artículo 248 bis segunda parte: “El empleado público que solicitare
o aceptare recibir para sí o un tercero un beneficio económico” “
para ejecutar o por haber ejecutado un acto con infracción a los
deberes de su cargo”.
4.‑ Artículo 248 bis primera parte: “El empleado Público que solicitare
o aceptare recibir para si o un tercero un beneficio económico por
omitir o por haber omitido un acto debido propio de su cargo”.
• En las dos situaciones anteriormente descritas, el empleado público
se hace pagar para faltar a las obligaciones de su cargo.
• Si la infracción a los derechos del cargo consiste en ejercer
influencia en otro empleado público para obtener de éste una
decisión que pueda generar un provecho para un tercer interesado,
la pena es la señalada en el artículo 248 bis inciso 2º.
26. 26
COHECHO PASIVO IMPROPIO.
Artículo 249: “El empleado público que solicitare o aceptare recibir
un beneficio económico para sí o para un tercero para cometer
algunos de los crímenes o simples delitos expresados en este Título,
o en el párrafo 4 del Título III..”
Es cohecho pasivo, porque se mira desde el punto de vista del
funcionario y es impropio porque tiene por objeto la comisión de un
delito.
Tipicidad subjetiva del cohecho pasivo
En todos los tipos se requiere de dolo.
COHECHO ACTIVO.
Art. 250.
Sujeto activo.
El sobornante, es decir, el particular que soborna al funcionario
público.
Conducta típica.
Consiste en ofrecer o consentir en dar al empleado público un
beneficio económico para la ejecución de las acciones u omisiones
señaladas en los artículos anteriores.
27. 27
Tipicidad Subjetiva.
Dolo.
Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros.
La ley 20.341 del 22-04- 2009, intercaló a continuación del art. 251
del C. Penal, un epígrafe nuevo, párrafo 9 bis, cuyo nombre es el
indicado.
Se incluyen los artículos 251 bis y, además, en el artículo 251 ter,
proporciona un concepto de funcionario público extranjero, en donde
se destaca la función pública.
Fundamentos de la nueva regulación.
Los artículos 250 bis y 250 bis B.- incorporados por ley 19.645.-
D.O. de 11 de diciembre de 1999, fueron estimados insuficientes por
el grupo de trabajo de la O.C.D.E.-
El art. 250 bis, incluía la figura de “dar” un beneficio y lo limitaba a
que éste fuera económico. La Convención solicitaba sancionar el
“ofrecer, prometer y dar” y no sólo un beneficio económico, sino que
de cualquier otra clase.
Se solicitaba que quien efectuara el cohecho buscara la obtención
de una ventaja indebida, lo que no se reflejaba en la normativa.
Que se extendiera a transacciones internacionales que puedan no
28. 28
tener el carácter de comerciales.
El concepto de funcionario público no comprendía todos los
elementos exigidos por la Convención.
Artículo 251 bis.
“El que ofreciere, prometiere o diere a un funcionario público
extranjero, un beneficio económico o de otra naturaleza, en
provecho de éste o de un tercero, para que realice una acción o
incurra en una omisión con miras a la obtención o mantención, para
sí u otro, de cualquier negocio o ventaja indebidos en el ámbito de
cualesquiera transacciones internacionales, será sancionado…”
De igual forma será castigado el que ofreciere, prometiere o diere el
aludido beneficio a un funcionario público extranjero por haber
realizado o haber incurrido en las acciones u omisiones señaladas.
El que, en iguales situaciones a las descritas en el inciso anterior,
consintiere en dar el referido beneficio, será sancionado con la pena
de…
Como se puede constatar el legislador amplió las conductas y ahora
el beneficio puede ser económico o de otra naturaleza.
Las transacciones internacionales, pueden ser distintas de las
económicas.
29. 29
Concepto de funcionario público extranjero.
El artículo 251 ter, señala “ Para los efectos de lo dispuesto en el
artículo anterior, se considera funcionario público extranjero toda
persona que tenga un cargo legislativo, administrativo o judicial en
un país extranjero, haya sido nombrada o elegida, así como
cualquier persona que ejerza una función pública para un país
extranjero, sea dentro de un organismo público o de una empresa
pública. También se entenderá que inviste la referida calidad
cualquier funcionario o agente de una organización pública
internacional.”
Penas asignadas a los delitos contra la Probidad.
Si se revisan los diversos delitos ya estudiados se puede constatar
que el legislador sanciona su ejecución principalmente con penas de
presidio y reclusión (privativas de libertad) inhabilitaciones y
suspensiones (privativas de otros derechos) y multas (penas
pecuniarias)
Se estudiará su naturaleza y extensión.
Concepto de pena.
Consiste en la privación o disminución de ciertos bienes jurídicos,
señalados en la ley, que se impone por los órganos jurisdiccionales
competentes a quien ha cometido culpablemente un injusto de
aquellos que la ley amenaza expresamente con ella.
30. 30
Penas privativas de libertad.
Se les denomina penas de encierro, pues afectan la libertad
ambulatoria del condenado.
El Código Penal contempla el presidio, reclusión y prisión.
El presidio consiste en el encierro del condenado en un
establecimiento penal sujeto a los trabajos contemplados en los
reglamentos de éste, art. 32 del C. Penal.
En cuanto a su duración, el presidio puede ser perpetuo calificado,
perpetuo simple o temporal.
El presidio temporal, dura de 61 días a 20 años y se divide en menor
y mayor.
El menor dura de 61 días a 5 años y el mayor de 5 años y un día a
20 años.
Tanto el presidio menor como el mayor se divide en tres grados,
mínimo, medio y máximo
Presidio menor en su grado mínimo, 61 a 540 días.
Presidio menor en su grado medio, 541 días a 3 años.
31. 31
Presidio menor en su grado máximo, 3 años y un día a 5 años (pena
aflictiva)
El presidio comienza a los 61 días, porque de 1 a 60 días
corresponde a la pena de prisión.
Presidio mayor en su grado mínimo, 5 años y un día a 10 años
(pena de crimen)
Debe siempre cumplirse efectivamente.
Presidio mayor en su grado medio, 10 años y un día a 15 años.
Presidio mayor en su grado máximo, 15 años y un día a 20 años.
No existe ningún delito de los estudiados que tenga asignada la
pena de presidio mayor en su grado máximo
El C. Penal asigna pena de presidio a la figura de sustracción dolosa
de caudales y efectos públicos del art. 233 y cuando la sustracción
excede de 40 UTM, la pena es de presidio mayor en sus grados
mínimo a medio ( 5 años y un día a 15 años) además le impone
multa.
Tiene una pena privativa de libertad igual a la del delito de homicidio
simple, pero además se le impone multa.
La ley 20.341, no aumentó las penas de este delito porque se estimó
32. 32
que ya estaban muy altas.
En el delito de Fraude al Fisco del art. 239 del C. Penal, si lo
defraudado excede de 400 UTM, la pena es de presidio mayor en su
grado mínimo ( 5 años y un día a 10 años)
Todas estas penas son de crímenes y si se imponen en un caso
concreto deben ser cumplidas efectivamente pues exceden de los
límites para optar a alguna medida alternativa.
La pena de reclusión, consiste en el encierro del condenado en un
establecimiento penal, pero sin sujeción a la obligación de trabajar,
art. 32 del C. Penal. Esto es lo que lo diferencia con la pena de
presidio, aun cuando en la práctica se confunden.
En cuanto a su duración puede ser perpetua o temporal, pero aquí
no existe la distinción de perpetua calificada o simple, sólo es
perpetua.
La reclusión temporal tiene la misma duración que el presidio y se
divide de igual forma.
El Código impone esta pena en los delitos de negociación
incompatible y en las figuras de cohecho. En la mayoría de los
casos se trata de reclusión menor en sus grados mínimo a medio,
salvo en el art.251 bis, que puede llegar a reclusión menor en su
grado máximo.
33. 33
Penas privativas de otros derechos.
Afectan la libertad del condenado, pero no en su aspecto
ambulatorio, sino que en lo que dice relación con la facultad de
ejercitar ciertos derechos, desempeñar cargos o profesiones o
ejecutar una determinada actividad.
Aquí están, entre otras, la inhabilitación y suspensión para cargos y
oficios públicos y profesiones titulares.
En los delitos que estamos estudiando se imponen las
inhabilitaciones y suspensiones.
La inhabilitación para cargos u oficios públicos, comprende
tanto la incapacidad para continuar desempeñándolos, como para
acceder a ellos.
La expresión cargos u oficios públicos debe entenderse en el
sentido amplio del art. 260 del C. Penal.
La inhabilitación, puede ser absoluta o especial, según sea una
incapacidad para todo cargo u oficio público o sólo para uno
determinado.
La inhabilitación para profesión titular, consiste en la incapacidad
para el ejercicio de una labor que se encuentra reservada a quienes
cumplen ciertos requisitos legales o reglamentarios.
34. 34
También puede ser absoluta o especial, según sea para cualquiera
o una en particular.
Tanto la inhabilitación absoluta como especial, pueden ser
perpetuas o temporales.
La temporal, tiene una duración que va desde 3 años y un día a 10
años y se divide en tres grados. Mínimo (3 años y un día a 5 años)
medio (5 años y un día a 7 años) y máximo (7 años y un día a 10
años.
El Código, por ej.: asigna en el delito de fraude al fisco, art. 239,
junto a las penas de presidio y multa, la de inhabilitación absoluta
temporal para cargos, empleos u oficios públicos en sus grados
medio a máximo, es decir, su extensión va desde 5 años y un día a
10 años.
La suspensión de cargos u oficio público o profesión titular,
afecta la capacidad para desempeñarlos.
Es siempre especial, pues afecta sólo al cargo, oficio público o
profesión desempeñadas por el condenado al momento de cometer
el delito.
Es sólo temporal, su duración va de 61 días a 3 años y se divide en
tres grados. Mínimo (61 días a 1 año) medio (1 año y un día a 2
35. 35
años) máximo ( 2 años y un día a3 años.)
En la figura de aplicación pública diferente del art. 236, se aplica la
pena de suspensión.
La multa, consiste en obligar al condenado al pago de una cantidad
de dinero cuyo monto establece la respectiva sentencia judicial.
Si el condenado carece de bienes, es sustituida en la forma que
indica el art. 49 del C. Penal.
La multa es considerada por el art. 21 como pena de crímenes,
simples delitos y faltas.
Opera como sanción residual, pues se le considera como la pena
inmediatamente inferior a la última en todas las escalas graduales,
art. 60 inc. 1°
En los delitos, objeto de estudio, el Código impone multa en la
mayoría de ellos, así en el art. 233, junto a la pena privativa de
libertad le asigna multa. En el art. 235, aplica inhabilitación y multa.
En el art. 251 bis, le señala penas de reclusión, multa e
inhabilitación.
36. 36
OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR QUE PESA SOBRE LOS
FUNCIONARIOS PÚBLICOS.
El art. 175 del C. Procesal Penal señala que estarán obligados a
denunciar:
b) “Los fiscales y los demás empleados públicos, los delitos de que
tomaren conocimiento en el ejercicio de sus funciones y,
especialmente, en su caso, los que notaren en la conducta
ministerial de sus subalternos”.
La denuncia deberá efectuarse dentro de las 24 horas siguientes al
momento en que tomaren conocimiento del hecho criminal.
Si se omite la denuncia se incurre en la pena establecida en el art.
494 del C.
El art. 177 inc. 2° del C. Procesal Penal dispone que “no se aplica la
pena cuando quien hubiere omitido formular la denuncia arriesgaba
la persecución penal propia, del cónyuge, de su conviviente o de
ascendientes, descendientes o hermanos”.
El art. 13 de la ley 20.000 sobre tráfico ilícito de estupefacientes y
sustancias psicotrópicas, le impone a los funcionarios públicos la
obligación de denunciar los delitos contemplados en dicha ley y de
que haya tomado conocimiento en razón de su cargo. La omisión de
esta obligación es sancionada con presidio menor en sus grados
medio a máximo y multa de cuarenta a cuatrocientas unidades
37. 37
tributarias mensuales. En este texto legal la sanción es más grave.
RESPONSABILIDAD PENAL Y RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA.
• Comprobado que una persona ha cometido un delito, surge la
responsabilidad penal, que es absolutamente independiente de la
responsabilidad civil y administrativa.
• El juzgamiento y fallo corresponde de manera privativa a los
tribunales de justicia.
La independencia es la regla general, de manera que cualquiera
resolución que se dicte en el proceso criminal, tales como archivo
provisional, principio de oportunidad, sobreseimiento absolución o
condena no excluye la posibilidad de aplicar al funcionario una
medida disciplinaria en razón de los mismos hechos.
Situaciones excepcionales.
Tratándose de un proceso criminal por delitos cometidos por
funcionarios públicos en el desempeño de sus cargos en ocasiones
el propio legislador le otorga al fallo judicial una preeminencia sobre
la resolución administrativa o al menos el derecho del afectado a
solicitar su revisión. Estas situaciones excepcionales son las
siguientes:
38. 38
1.- Cuando a un funcionario público o municipal se le ha sancionado
con la medida de destitución como consecuencia exclusiva de
hechos que revisten caracteres de delito, y en el proceso criminal
hubiere sido absuelto o sobreseído definitivamente por no constituir
delito los hechos denunciados.
En este caso, el funcionario deberá ser reincorporado a la institución
y si ello no es posible debe ser indemnizado.
2.- En los demás casos de sobreseimiento definitivo o sentencia
absolutoria, el afectado podrá pedir la reapertura del sumario
administrativo y, si en éste también se le absolviere, procederá la
reincorporación .
En esta situación el fallo judicial sólo le otorga al afectado el derecho
a la revisión del respectivo sumario.