El documento resume la responsabilidad del Estado en el sistema educativo según la Ley 1420 de 1884, incluyendo garantizar la igualdad y gratuidad de la enseñanza y fijar las políticas educativas. También describe cómo la Ley 1420 estableció la educación obligatoria para niños de 6 a 14 años e incluyó conceptos como la enseñanza religiosa y la inspección médica. Finalmente, resume los artículos de la Constitución Nacional y la Ley de Educación Nacional relacionados con la educación.
Este documento presenta información sobre los modelos de pruebas estructuradas, incluyendo definiciones de términos clave como "ítem". Explica los componentes de un ítem, como la base, opciones de respuesta y argumentaciones. También describe características de los ítems, tipos de ítems según su formato de respuesta, y sugerencias para la construcción y validación de ítems.
El documento describe las preguntas de verdadero o falso como una herramienta para medir la capacidad de distinguir entre hechos y opiniones. Recomienda que las preguntas sean completamente correctas o incorrectas para evitar dudas, y que incluyan entre 30 y 50 cuestiones cortas, concretas y claras sin palabras ambiguas. También incluye un ejemplo de preguntas de verdadero o falso con una rúbrica para calificar las respuestas.
Este documento presenta la planificación de contenidos y aprendizajes esperados para diferentes asignaturas del tercer grado de primaria durante el ciclo escolar 2020-2021. Incluye la dosificación anual dividida en trimestres para las áreas de lengua materna, matemáticas, ciencias naturales, formación cívica y ética, y la entidad donde vive el estudiante. Se especifican los temas a tratar, aprendizajes esperados, lecciones aplicadas y páginas de referencia para cada semestre.
Este documento proporciona sugerencias para la construcción de pruebas de base estructurada. Enfatiza que los ítems deben medir un solo aprendizaje significativo y tener una sola respuesta correcta. También recomienda variar la posición de la respuesta correcta y hacer preguntas para asegurar que cada ítem esté bien formulado y sea adecuado para el nivel del estudiante.
Este documento presenta el plan curricular anual para el área de Lengua y Literatura en el grado primero de bachillerato en una unidad educativa en Ecuador. El plan incluye 11 objetivos generales del área, un resumen de las 5 unidades de planificación que se abordarán durante el año escolar, con sus respectivos objetivos específicos, destrezas, estrategias metodológicas y formas de evaluación. La primera unidad se centra en analizar la influencia del griego y latín en la formación del castellano y examinar textos represent
Este documento presenta el plan de aprendizaje para una asignatura de Lengua y Literatura en el segundo año de bachillerato. El objetivo es que los estudiantes lean poesía del escritor ecuatoriano Jorge Carrera Andrade y reconozcan sus aspectos posmodernistas. La metodología incluye discusiones sobre la modernidad y posmodernidad, la lectura de biografías y poemas de Carrera Andrade, y actividades de análisis y socialización. El aprendizaje se evaluará a través de la capacidad de retención de información
Este documento presenta el plan de estudios para la unidad 1 de Ciencias Naturales para tercer grado de educación básica. La unidad se enfocará en nuestro planeta y sus vecinos y tendrá una duración de 6 semanas entre septiembre y octubre. Los objetivos incluyen comprender las relaciones de causa y efecto en el universo y la Tierra, así como analizar la importancia de los recursos naturales. Se evaluará la capacidad de los estudiantes para proponer medidas de protección de hábitats.
Este documento presenta el plan curricular anual para la asignatura de Educación Física en el primer año de bachillerato en el Colegio "Simón Bolívar". El plan consta de 6 bloques temáticos que abarcan prácticas lúdicas, gimnásticas, corporales expresivo-comunicativas, deportivas, de construcción de identidad corporal y relaciones entre prácticas corporales y salud. Cada bloque contiene objetivos específicos, contenidos, metodologías de enseñanza y evaluación, y
Este documento presenta información sobre los modelos de pruebas estructuradas, incluyendo definiciones de términos clave como "ítem". Explica los componentes de un ítem, como la base, opciones de respuesta y argumentaciones. También describe características de los ítems, tipos de ítems según su formato de respuesta, y sugerencias para la construcción y validación de ítems.
El documento describe las preguntas de verdadero o falso como una herramienta para medir la capacidad de distinguir entre hechos y opiniones. Recomienda que las preguntas sean completamente correctas o incorrectas para evitar dudas, y que incluyan entre 30 y 50 cuestiones cortas, concretas y claras sin palabras ambiguas. También incluye un ejemplo de preguntas de verdadero o falso con una rúbrica para calificar las respuestas.
Este documento presenta la planificación de contenidos y aprendizajes esperados para diferentes asignaturas del tercer grado de primaria durante el ciclo escolar 2020-2021. Incluye la dosificación anual dividida en trimestres para las áreas de lengua materna, matemáticas, ciencias naturales, formación cívica y ética, y la entidad donde vive el estudiante. Se especifican los temas a tratar, aprendizajes esperados, lecciones aplicadas y páginas de referencia para cada semestre.
Este documento proporciona sugerencias para la construcción de pruebas de base estructurada. Enfatiza que los ítems deben medir un solo aprendizaje significativo y tener una sola respuesta correcta. También recomienda variar la posición de la respuesta correcta y hacer preguntas para asegurar que cada ítem esté bien formulado y sea adecuado para el nivel del estudiante.
Este documento presenta el plan curricular anual para el área de Lengua y Literatura en el grado primero de bachillerato en una unidad educativa en Ecuador. El plan incluye 11 objetivos generales del área, un resumen de las 5 unidades de planificación que se abordarán durante el año escolar, con sus respectivos objetivos específicos, destrezas, estrategias metodológicas y formas de evaluación. La primera unidad se centra en analizar la influencia del griego y latín en la formación del castellano y examinar textos represent
Este documento presenta el plan de aprendizaje para una asignatura de Lengua y Literatura en el segundo año de bachillerato. El objetivo es que los estudiantes lean poesía del escritor ecuatoriano Jorge Carrera Andrade y reconozcan sus aspectos posmodernistas. La metodología incluye discusiones sobre la modernidad y posmodernidad, la lectura de biografías y poemas de Carrera Andrade, y actividades de análisis y socialización. El aprendizaje se evaluará a través de la capacidad de retención de información
Este documento presenta el plan de estudios para la unidad 1 de Ciencias Naturales para tercer grado de educación básica. La unidad se enfocará en nuestro planeta y sus vecinos y tendrá una duración de 6 semanas entre septiembre y octubre. Los objetivos incluyen comprender las relaciones de causa y efecto en el universo y la Tierra, así como analizar la importancia de los recursos naturales. Se evaluará la capacidad de los estudiantes para proponer medidas de protección de hábitats.
Este documento presenta el plan curricular anual para la asignatura de Educación Física en el primer año de bachillerato en el Colegio "Simón Bolívar". El plan consta de 6 bloques temáticos que abarcan prácticas lúdicas, gimnásticas, corporales expresivo-comunicativas, deportivas, de construcción de identidad corporal y relaciones entre prácticas corporales y salud. Cada bloque contiene objetivos específicos, contenidos, metodologías de enseñanza y evaluación, y
EXPOSICIÓN DEL 4 GRUPO El Registro anecdoticogeovana111993
El documento describe el registro anecdótico como un instrumento de evaluación que describe situaciones significativas observadas en los estudiantes de manera espontánea o planificada. Explica que consiste en registrar por escrito la conducta observada de manera fiel sin agregar interpretaciones, y provee características y tipos de registros anecdóticos. Proporciona un ejemplo de registro anecdótico de una estudiante.
Los lineamientos son orientaciones generales editadas por el Ministerio de Educación Nacional de Colombia con el objetivo de apoyar a los maestros y dinamizar su labor pedagógica. Los lineamientos curriculares son orientaciones conceptuales, pedagógicas y curriculares definidas por el MEN para apoyar el proceso de fundamentación y planeación de las áreas obligatorias establecidas por la ley educativa. Estas orientaciones sirven de referencia junto con los aportes de las instituciones educativas y maestros para elaborar los proyectos educ
Este documento presenta el plan anual de matemáticas para el quinto año de educación básica en una escuela. Incluye la carga horaria semanal, los objetivos generales y específicos, y cuatro unidades de planificación sobre los números naturales, las operaciones básicas y las figuras geométricas. Cada unidad detalla los objetivos, destrezas y conceptos que los estudiantes aprenderán. El plan busca desarrollar las habilidades matemáticas de los estudiantes para resolver problemas de la vida cotidiana.
P.C.A Y P.U.D - CUARTO DE BASICA 2017-2018Elvira Suarez
Este documento presenta el plan curricular anual para el área de Lengua y Literatura del cuarto año de educación básica elemental. El plan describe los objetivos generales y específicos del área y del grado, la carga horaria, las unidades de planificación y sus contenidos, y los criterios y estrategias de evaluación. El plan busca que los estudiantes se desenvuelvan como usuarios competentes de la lengua escrita, valoren la diversidad lingüística, y produzcan textos para comunicarse y aprender.
Este documento presenta un plan de clase para estudiantes de octavo grado sobre publicidad y campañas sociales. El objetivo es comprender estos temas mediante el análisis de sus elementos, contenido, argumentos y propiedades. Las actividades incluyen escuchar, observar, discutir y analizar diferentes tipos de publicidad para identificar sus características. También se compararán publicidades y se producirán campañas sociales sobre temas ambientales utilizando sus propiedades persuasivas. El plan incluye recursos, técnicas de evaluación
Este documento presenta una rúbrica para evaluar materiales didácticos. La rúbrica contiene tres aspectos principales: introducción, desarrollo y actividades. La sección de introducción evalúa si el material contiene información administrativa y una introducción del tema, así como los objetivos. El desarrollo considera la organización de los contenidos en temas y subtemas y la presentación de la información con recursos diversos. Por último, las actividades son evaluadas en términos de si promueven el aprendizaje colaborativo, la
Este documento proporciona información sobre un recurso educativo para segundo grado de Educación Básica General. El recurso trata sobre el cuerpo humano y los movimientos que puede realizar. Incluye imágenes del cuerpo y ejercicios para que los estudiantes identifiquen partes del cuerpo y articulaciones, y reproduzcan diferentes movimientos corporales. El objetivo es que los estudiantes mejoren su conocimiento sobre el cuerpo y su capacidad de coordinar movimientos.
Currículo de-los-niveles-de-educación-obligatoriaGalo Malo Scryn
El documento discute las consideraciones legales en torno al currículo de la educación obligatoria en Ecuador. La Constitución establece que la educación es un derecho a lo largo de la vida y un deber del Estado. Reconoce que el estudiante es el centro del proceso educativo y que el sistema educativo debe integrar una visión intercultural. La Ley Orgánica de Educación Intercultural garantiza el derecho a una educación de calidad y pertinente y establece que la Autoridad Educativa Nacional debe diseñar y aplicar un currículo n
Este documento describe tres instrumentos utilizados para evaluar el comportamiento y desarrollo de los estudiantes: el registro anecdótico, la lista de control y el diario de clase. El registro anecdótico describe comportamientos observados de los estudiantes en situaciones cotidianas. La lista de control consiste en una serie de ítems que indican si un estudiante demostró o no un comportamiento específico. El diario de clase permite registrar las actividades del grupo, sus evaluaciones y estimula la creatividad y autonomía de los estudiantes.
Plan micro curricular de Ciencias Naturales. Unidad N° 1Walter Chamba
Este documento presenta la planificación microcurricular de una unidad didáctica sobre seres bióticos y abióticos para estudiantes de quinto grado. La unidad abarca objetivos como analizar las características y clasificación de plantas, animales vertebrados e invertebrados, y comprender procesos vitales como la fotosíntesis, nutrición y reproducción. Las actividades propuestas incluyen identificar seres vivos en imágenes, analizar ciclos de vida y tipos de reproducción, y explicar procesos como la f
Este documento presenta los diferentes niveles de concreción curricular (macro, meso y micro) y los distintos documentos que componen la planificación curricular (Plan Curricular Institucional, Plan Curricular Anual y Planificación de Unidad Didáctica). Además, ofrece ejemplos de cómo distribuir los criterios de evaluación, destrezas y criterios de desempeño a través de los grados escolares, así como matrices que muestran objetivos gradados y destrezas gradadas para diferentes bloques curriculares.
El documento habla sobre ítems de pruebas estructuradas. Define un ítem como la unidad básica de observación de una prueba objetiva y describe sus componentes como la base, opciones de respuesta y argumentaciones. Luego discute características, formatos, tipos de ítems según su respuesta y validación de ítems.
Este documento presenta información sobre diferentes aspectos de la planificación curricular en una institución educativa ecuatoriana. En primer lugar, describe brevemente el perfil de salida del bachillerato ecuatoriano. Luego, detalla algunos componentes clave del proyecto educativo institucional como la realidad institucional y el plan de mejoras. También explica los niveles de planificación curricular, incluyendo la planificación curricular institucional, anual y microcurricular. Por último, resume las actividades desarrolladas en clase por diferentes grupos sobre est
Este documento describe un proyecto de investigación-acción que busca desarrollar la capacidad de autorreflexión sobre la práctica pedagógica en docentes practicantes y asesores. El proyecto se llevará a cabo durante dos semestres en una escuela de formación de maestros. Los objetivos son que los practicantes identifiquen problemas en el aula, propongan soluciones y las monitoreen, y que los asesores mejoren su rol de orientación. La metodología incluye identificar problemas, indagar te
MICROPLANIFICACION 8 EN EDICIÓN (1).docxJOSE_DURAN
Este documento presenta el plan de proyectos interdisciplinarios de la Escuela de Educación Básica “Juan Raimundo Figueroa” para el período del 23 de mayo al 10 de junio de 2022. El proyecto se titula "Con alegría regreso y conozco mi escuelita" y abarca áreas como lengua y literatura, matemáticas y estudios sociales. El objetivo es que los estudiantes comprendan cómo la historia, la tecnología, la ciencia y el arte se entrelazan para fomentar la curios
Las tres oraciones resumen lo siguiente:
1) El documento presenta el plan de estudios para el primer parcial de cuarto grado en las áreas de matemáticas, lengua y literatura, y ciencias naturales. 2) Los objetivos de aprendizaje en cada área se enfocan en fortalecer conceptos básicos y habilidades a través de actividades prácticas y evaluaciones. 3) El documento incluye diagnósticos, actividades formativas y evaluativas propuestas para cada área.
Este documento proporciona pasos para aprovechar el video educativo en el aula. Explica que el video puede enriquecer la enseñanza al hacerla más dinámica e interactiva. Recomienda que los maestros revisen el video antes de mostrarlo a los estudiantes para seleccionar los segmentos más relevantes, y que preparen actividades antes, durante y después de la reproducción para maximizar el aprendizaje.
Este documento presenta lineamientos para la realización de la evaluación diagnóstica al inicio de los procesos educativos. Explica que la evaluación es un proceso sistémico y sistemático que debe darse en tres momentos: inicial o diagnóstica, durante el proceso formativo y al final. Se enfoca en proveer técnicas e instrumentos de evaluación diagnóstica para las áreas de lenguaje y matemáticas, considerando habilidades de lectura, escritura y producción oral, así como habilidades matemáticas básicas.
Este documento presenta el plan curricular anual de Lengua y Literatura para quinto año de básica. Incluye los objetivos generales y específicos, la carga horaria, los contenidos que se abordarán distribuidos en unidades y las estrategias metodológicas. Se dividirá en cuatro unidades que cubrirán temas como la lengua y cultura, la comunicación oral, la lectura y la escritura. Cada unidad tendrá objetivos, contenidos, destrezas, orientaciones y criterios de evaluación, con el fin de desarrollar
La Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador establece los principios y fines de la educación en el país, incluyendo la equidad, inclusión y obligatoriedad. Reconoce el derecho a la educación y las obligaciones del Estado de garantizar este derecho. También crea un Sistema Nacional de Educación y un Sistema de Educación Intercultural Bilingüe, además de regular aspectos como la carrera docente, el control y sanciones en el sistema educativo.
Este documento presenta las propuestas del Segundo Congreso Nacional de Educación Pública ante la futura Asamblea Constituyente de Ecuador. Propone que la nueva Constitución garantice la educación pública, laica y gratuita para todos como un derecho humano fundamental. También recomienda que al menos el 6% del PIB se destine al sector educativo y que se establezca un sistema nacional de becas.
EXPOSICIÓN DEL 4 GRUPO El Registro anecdoticogeovana111993
El documento describe el registro anecdótico como un instrumento de evaluación que describe situaciones significativas observadas en los estudiantes de manera espontánea o planificada. Explica que consiste en registrar por escrito la conducta observada de manera fiel sin agregar interpretaciones, y provee características y tipos de registros anecdóticos. Proporciona un ejemplo de registro anecdótico de una estudiante.
Los lineamientos son orientaciones generales editadas por el Ministerio de Educación Nacional de Colombia con el objetivo de apoyar a los maestros y dinamizar su labor pedagógica. Los lineamientos curriculares son orientaciones conceptuales, pedagógicas y curriculares definidas por el MEN para apoyar el proceso de fundamentación y planeación de las áreas obligatorias establecidas por la ley educativa. Estas orientaciones sirven de referencia junto con los aportes de las instituciones educativas y maestros para elaborar los proyectos educ
Este documento presenta el plan anual de matemáticas para el quinto año de educación básica en una escuela. Incluye la carga horaria semanal, los objetivos generales y específicos, y cuatro unidades de planificación sobre los números naturales, las operaciones básicas y las figuras geométricas. Cada unidad detalla los objetivos, destrezas y conceptos que los estudiantes aprenderán. El plan busca desarrollar las habilidades matemáticas de los estudiantes para resolver problemas de la vida cotidiana.
P.C.A Y P.U.D - CUARTO DE BASICA 2017-2018Elvira Suarez
Este documento presenta el plan curricular anual para el área de Lengua y Literatura del cuarto año de educación básica elemental. El plan describe los objetivos generales y específicos del área y del grado, la carga horaria, las unidades de planificación y sus contenidos, y los criterios y estrategias de evaluación. El plan busca que los estudiantes se desenvuelvan como usuarios competentes de la lengua escrita, valoren la diversidad lingüística, y produzcan textos para comunicarse y aprender.
Este documento presenta un plan de clase para estudiantes de octavo grado sobre publicidad y campañas sociales. El objetivo es comprender estos temas mediante el análisis de sus elementos, contenido, argumentos y propiedades. Las actividades incluyen escuchar, observar, discutir y analizar diferentes tipos de publicidad para identificar sus características. También se compararán publicidades y se producirán campañas sociales sobre temas ambientales utilizando sus propiedades persuasivas. El plan incluye recursos, técnicas de evaluación
Este documento presenta una rúbrica para evaluar materiales didácticos. La rúbrica contiene tres aspectos principales: introducción, desarrollo y actividades. La sección de introducción evalúa si el material contiene información administrativa y una introducción del tema, así como los objetivos. El desarrollo considera la organización de los contenidos en temas y subtemas y la presentación de la información con recursos diversos. Por último, las actividades son evaluadas en términos de si promueven el aprendizaje colaborativo, la
Este documento proporciona información sobre un recurso educativo para segundo grado de Educación Básica General. El recurso trata sobre el cuerpo humano y los movimientos que puede realizar. Incluye imágenes del cuerpo y ejercicios para que los estudiantes identifiquen partes del cuerpo y articulaciones, y reproduzcan diferentes movimientos corporales. El objetivo es que los estudiantes mejoren su conocimiento sobre el cuerpo y su capacidad de coordinar movimientos.
Currículo de-los-niveles-de-educación-obligatoriaGalo Malo Scryn
El documento discute las consideraciones legales en torno al currículo de la educación obligatoria en Ecuador. La Constitución establece que la educación es un derecho a lo largo de la vida y un deber del Estado. Reconoce que el estudiante es el centro del proceso educativo y que el sistema educativo debe integrar una visión intercultural. La Ley Orgánica de Educación Intercultural garantiza el derecho a una educación de calidad y pertinente y establece que la Autoridad Educativa Nacional debe diseñar y aplicar un currículo n
Este documento describe tres instrumentos utilizados para evaluar el comportamiento y desarrollo de los estudiantes: el registro anecdótico, la lista de control y el diario de clase. El registro anecdótico describe comportamientos observados de los estudiantes en situaciones cotidianas. La lista de control consiste en una serie de ítems que indican si un estudiante demostró o no un comportamiento específico. El diario de clase permite registrar las actividades del grupo, sus evaluaciones y estimula la creatividad y autonomía de los estudiantes.
Plan micro curricular de Ciencias Naturales. Unidad N° 1Walter Chamba
Este documento presenta la planificación microcurricular de una unidad didáctica sobre seres bióticos y abióticos para estudiantes de quinto grado. La unidad abarca objetivos como analizar las características y clasificación de plantas, animales vertebrados e invertebrados, y comprender procesos vitales como la fotosíntesis, nutrición y reproducción. Las actividades propuestas incluyen identificar seres vivos en imágenes, analizar ciclos de vida y tipos de reproducción, y explicar procesos como la f
Este documento presenta los diferentes niveles de concreción curricular (macro, meso y micro) y los distintos documentos que componen la planificación curricular (Plan Curricular Institucional, Plan Curricular Anual y Planificación de Unidad Didáctica). Además, ofrece ejemplos de cómo distribuir los criterios de evaluación, destrezas y criterios de desempeño a través de los grados escolares, así como matrices que muestran objetivos gradados y destrezas gradadas para diferentes bloques curriculares.
El documento habla sobre ítems de pruebas estructuradas. Define un ítem como la unidad básica de observación de una prueba objetiva y describe sus componentes como la base, opciones de respuesta y argumentaciones. Luego discute características, formatos, tipos de ítems según su respuesta y validación de ítems.
Este documento presenta información sobre diferentes aspectos de la planificación curricular en una institución educativa ecuatoriana. En primer lugar, describe brevemente el perfil de salida del bachillerato ecuatoriano. Luego, detalla algunos componentes clave del proyecto educativo institucional como la realidad institucional y el plan de mejoras. También explica los niveles de planificación curricular, incluyendo la planificación curricular institucional, anual y microcurricular. Por último, resume las actividades desarrolladas en clase por diferentes grupos sobre est
Este documento describe un proyecto de investigación-acción que busca desarrollar la capacidad de autorreflexión sobre la práctica pedagógica en docentes practicantes y asesores. El proyecto se llevará a cabo durante dos semestres en una escuela de formación de maestros. Los objetivos son que los practicantes identifiquen problemas en el aula, propongan soluciones y las monitoreen, y que los asesores mejoren su rol de orientación. La metodología incluye identificar problemas, indagar te
MICROPLANIFICACION 8 EN EDICIÓN (1).docxJOSE_DURAN
Este documento presenta el plan de proyectos interdisciplinarios de la Escuela de Educación Básica “Juan Raimundo Figueroa” para el período del 23 de mayo al 10 de junio de 2022. El proyecto se titula "Con alegría regreso y conozco mi escuelita" y abarca áreas como lengua y literatura, matemáticas y estudios sociales. El objetivo es que los estudiantes comprendan cómo la historia, la tecnología, la ciencia y el arte se entrelazan para fomentar la curios
Las tres oraciones resumen lo siguiente:
1) El documento presenta el plan de estudios para el primer parcial de cuarto grado en las áreas de matemáticas, lengua y literatura, y ciencias naturales. 2) Los objetivos de aprendizaje en cada área se enfocan en fortalecer conceptos básicos y habilidades a través de actividades prácticas y evaluaciones. 3) El documento incluye diagnósticos, actividades formativas y evaluativas propuestas para cada área.
Este documento proporciona pasos para aprovechar el video educativo en el aula. Explica que el video puede enriquecer la enseñanza al hacerla más dinámica e interactiva. Recomienda que los maestros revisen el video antes de mostrarlo a los estudiantes para seleccionar los segmentos más relevantes, y que preparen actividades antes, durante y después de la reproducción para maximizar el aprendizaje.
Este documento presenta lineamientos para la realización de la evaluación diagnóstica al inicio de los procesos educativos. Explica que la evaluación es un proceso sistémico y sistemático que debe darse en tres momentos: inicial o diagnóstica, durante el proceso formativo y al final. Se enfoca en proveer técnicas e instrumentos de evaluación diagnóstica para las áreas de lenguaje y matemáticas, considerando habilidades de lectura, escritura y producción oral, así como habilidades matemáticas básicas.
Este documento presenta el plan curricular anual de Lengua y Literatura para quinto año de básica. Incluye los objetivos generales y específicos, la carga horaria, los contenidos que se abordarán distribuidos en unidades y las estrategias metodológicas. Se dividirá en cuatro unidades que cubrirán temas como la lengua y cultura, la comunicación oral, la lectura y la escritura. Cada unidad tendrá objetivos, contenidos, destrezas, orientaciones y criterios de evaluación, con el fin de desarrollar
La Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador establece los principios y fines de la educación en el país, incluyendo la equidad, inclusión y obligatoriedad. Reconoce el derecho a la educación y las obligaciones del Estado de garantizar este derecho. También crea un Sistema Nacional de Educación y un Sistema de Educación Intercultural Bilingüe, además de regular aspectos como la carrera docente, el control y sanciones en el sistema educativo.
Este documento presenta las propuestas del Segundo Congreso Nacional de Educación Pública ante la futura Asamblea Constituyente de Ecuador. Propone que la nueva Constitución garantice la educación pública, laica y gratuita para todos como un derecho humano fundamental. También recomienda que al menos el 6% del PIB se destine al sector educativo y que se establezca un sistema nacional de becas.
Este documento presenta un resumen de la Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador. Establece los principios generales de la educación ecuatoriana como el derecho a la educación, la obligatoriedad desde la educación inicial hasta el bachillerato, y el fortalecimiento de la educación intercultural. También describe los derechos y obligaciones del Estado, estudiantes, docentes, madres/padres y la comunidad en general respecto a la educación. Finalmente, presenta los objetivos y estructura del Sistema Nacional de Educación del Ecuador.
Esta ley establece el marco legal para el sistema educativo nacional en Argentina. Define la educación como un derecho garantizado por el Estado para todos los ciudadanos. Establece cuatro niveles educativos (inicial, primario, secundario y superior) y ocho modalidades, e indica que la educación inicial y primaria son obligatorias. Además, fija los objetivos y principios de la política educativa nacional para asegurar una educación pública, gratuita y de calidad para todos.
La ley establece el marco legal para el sistema educativo nacional en Argentina. Define los principios y objetivos de la educación, como el derecho a una educación pública, gratuita y de calidad para todos. Establece cuatro niveles educativos (inicial, primario, secundario y superior) y ocho modalidades. Asigna responsabilidades al estado nacional, provinciales y de la ciudad de Buenos Aires para garantizar el acceso y financiamiento de la educación.
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Este documento contiene el resumen de una ley orgánica de educación intercultural en Ecuador. Detalla los derechos y obligaciones de los estudiantes y del estado con respecto a la educación. También establece los principios, objetivos y regulaciones del sistema educativo intercultural bilingüe del país. La ley entrará en vigencia una vez publicada en el Registro Oficial.
La Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador establece los principios y objetivos generales de la educación en el país, incluyendo garantizar el derecho a la educación para todos los estudiantes y promover la escolarización de aquellos en situaciones de vulnerabilidad. La ley también define los derechos y obligaciones del Estado, estudiantes, docentes, padres y la comunidad educativa, y establece el Sistema Nacional de Educación, el Consejo Nacional de Educación y el Instituto Nacional de Evaluación Educativa.
La Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador establece los principios y fines de la educación ecuatoriana en el marco del Buen Vivir y la interculturalidad. Reconoce la educación como un derecho humano fundamental y obligación del Estado de garantizar el acceso universal a lo largo de la vida. Crea el Sistema Nacional de Educación y el Sistema de Educación Intercultural Bilingüe para respetar la diversidad cultural y lingüística. También determina los derechos y obligaciones de los estudiantes, docentes y otras dispos
Este documento describe partes de la Ley Orgánica de Educación de Ecuador. Explica los principios generales de la ley, incluyendo los derechos a la educación, las obligaciones del estado y de otros actores educativos. También resume secciones sobre el sistema nacional de educación, la educación intercultural bilingüe, y la carrera educativa.
La ley establece los principios y objetivos generales de la educación en Argentina. Define al derecho a la educación como un derecho personal y social garantizado por el Estado. Establece que la educación es responsabilidad del Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que deben proveer una educación pública, gratuita y de calidad para todos. Además, crea el Sistema Educativo Nacional y define su estructura, compuesta por los niveles de Educación Inicial, Primaria, Secundaria y Superior, así como ocho modal
Este documento resume la Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador. Promueve la inclusión y acceso a la educación de todos los estudiantes, independientemente de su situación. Fortalece la educación intercultural bilingüe y busca superar la discriminación. Asegura el derecho a la educación como un servicio público gratuito y de calidad para todas las personas en Ecuador.
Este documento establece los principios, fines, derechos y obligaciones de la educación intercultural en Ecuador. Define el sistema educativo ecuatoriano, que incluye niveles como inicial, básico y bachillerato, así como educación formal e informal. También describe los roles de la autoridad educativa nacional y otros actores del sistema, incluyendo estudiantes, docentes, comunidades y gobiernos escolares. El objetivo general es garantizar el derecho a una educación intercultural e inclusiva para toda la población ecuatoriana.
Este documento resume los principales aspectos de la educación en Venezuela según la Constitución Nacional y la ley. Describe los objetivos y principios fundamentales de la educación venezolana, como ser un derecho humano y obligación del estado. También cubre los derechos de los estudiantes, como la educación integral, gratuita y obligatoria en todos los niveles desde el maternal hasta el nivel medio diversificado cuando es impartida por instituciones del estado. Finalmente, hace referencia a la autonomía de la administración cultural pública y la protección del patrimonio cultural
Este documento resume la última reforma publicada en el periódico oficial del gobierno del estado de Guanajuato sobre la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato. La ley establece los objetivos y fines de la educación en el estado, así como la integración y funcionamiento del Sistema Educativo Estatal. Además, determina las responsabilidades de las autoridades educativas estatales y municipales en la aplicación de esta ley.
La conferencia internacional "Más allá de las pandillas" se inauguró en Quito para analizar temas relacionados con la violencia, juventud y resistencia en el mundo globalizado. Representantes de 14 países de las Américas y Europa participan en el evento apoyado por el MIES, UNICEF, UNESCO e instituciones no gubernamentales. El viceministro del MIES resaltó la importancia de que diversos actores como la universidad, investigadores y organismos internacionales unan esfuerzos para buscar soluciones a los problemas que afectan a los
Este documento resume la primera conferencia internacional "Más allá de las pandillas" que analiza temas como la violencia, juventud y resistencia en un mundo globalizado. La conferencia se llevó a cabo en Quito, Ecuador del 25 al 27 de octubre con el apoyo de organizaciones como el MIES, UNICEF, UNESCO e instituciones no gubernamentales. Participaron representantes de 14 países de las Américas y Europa para debatir estas problemáticas que afectan a los jóvenes.
Este documento resume la primera conferencia internacional "Más allá de las pandillas" que analiza temas como la violencia, juventud y resistencia en un mundo globalizado. La conferencia se llevó a cabo en Quito, Ecuador del 25 al 27 de octubre con el apoyo de organizaciones como el MIES, UNICEF, UNESCO e instituciones no gubernamentales. Participaron representantes de 14 países de las Américas y Europa para debatir estas problemáticas que afectan a los jóvenes.
LEY GENERAL DE EDUCACION 2008 Uruguay Programa Escala_Universidad de Buenos ...Lidia Barboza Norbis
El documento presenta un resumen de la Constitución de Uruguay y su sistema educativo. Establece que Uruguay es una república unitaria y democrática con tres poderes independientes. La educación es un derecho y deber de los padres y el Estado, y se rige por principios de laicidad, obligatoriedad y gratuidad. El sistema educativo uruguayo se compone de entes y consejos autónomos coordinados por el Ministerio de Educación.
Este documento presenta la Ley de Educación Superior del Ecuador. Establece que el objetivo de la educación superior es la búsqueda de la verdad, el desarrollo cultural y científico a través de la investigación, docencia y vinculación con la comunidad. Crear un sistema nacional de educación superior que incluye universidades públicas y privadas. Garantiza la autonomía de las instituciones de educación superior.
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Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
1. 1
Cuestionario Política Educativa
1) ¿Cuál es la responsabilidad el Estado en el Sistema Educativo?
La responsabilidad el Estado en nuestro sistema educativo consiste en
garantizar la igualdad y gratuidad de la enseñanza, permitiendo el acceso a una
educación de calidad que permita la igualdad de oportunidades a toda la población, sin
ningún tipo de distinción.
Por otra parte, el Estado debe fijar las políticas educativas y controlar su
cumplimiento. Además entre sus deberes se incluye la responsabilidad de la
asignación de los recursos económicos que posibiliten su correcto funcionamiento.
Los fundamentos de los mismos tienen sustento legal a partir de la ley de Educación
N° 1420 del año 1884.
2) ¿Qué dice la Ley 1420? ¿Qué aporta?
Ideada a fines del siglo XIX, dentro un contexto de modernización de la
sociedad argentina intentando insertarse dentro del mercado mundial.
Considerada como la base primordial del Sistema Educativo cuyo eje central es
favorecer y dirigir el desarrollo moral, intelectual y físico de todo niño de 6 a 14 años
de edad (art. 1) mediante instrucción obligatoria, gratuita y gradual, conforme a los
preceptos de higiene (art. 2).
El cuerpo general del capitulo I desarrolla los principios generales de la
enseñanza, y, a lo ya aportado, cabe destacar las responsabilidades de obligatoriedad
traslativa a los padres, tutores y encargados (art. 3), y aquellos lugares adecuados para
la enseñanza (art. 4 y 5). Asimismo, contempla otros conceptos que incluyen: el
minimun de instrucción (art. 6 y 7); la enseñanza religiosa, por fuera del horario de
clases, mediante ministros acorde a cada culto (art. 8); su sistema de gradualidad (art.
9); exclusiva dirección de maestras autorizadas para enseñanza mixta entre 6 y 10 años
(art. 10); Escuelas de enseñanza especiales (Jardines de Infantes, Escuelas para
Adultos y Escuelas Ambulantes) según característica (art. 11 y 12); la inspección
médica obligatoria de higiene y vacunación (art. 13 y 14); intervalos de descanso,
ejercicio físico y canto (art. 15).
El Capítulo II desarrolla conceptos de Estadísticas y Censos, reflejados en los
deberes de cada Distrito Escolar (art. 15 y 16); la obligación de los padres y directores
de escuelas al respecto (art 17 y 18). Los registros de asistencia (art. 19 y 20); las
estadísticas escolares (art. 21 y 22) y las metodologías censales (art. 23).
El capítulo III, reglamenta las condiciones necesarias aplicables a la función
del personal jerárquico y docente escolar (art. 24, 25 y 26); las obligaciones,
prohibiciones y sanciones para los mismos (art. 26, 27, 28 y 29); sus derechos (art. 30,
31, 32,33 y 34).
El Capítulo IV, aborda la temática de Inspecciones Técnicas y Administrativas.
Creación del cargo de Inspector, de sus obligaciones y deberes (art. 35, 36 y 37), el
funcionamiento de un “Consejo Escolar de Distrito” conformado por padres elegidos
por la Dirección General, su organización y funciones (art.38, 39, 40; 41, 42 y 43).
2. 2
Por último, El Capítulo V, Detalla los alcances de Tesoro Común de las
Escuelas y El Fondo Escolar Permanente. (art. 46, 47, 48, 49 y 51).
Como Corolario: Capitulo VI: Dirección Y Administración de Escuelas
Primarias (art. 52 al 60, 63 y 65 Derogadas por Ley N° 22.221) (art. 61, 62, 64).
Capítulo VII: Bibliotecas Populares (art 66) (art 67 al 69 Derogadas por Ley N°
22.221). Capítulo VIII: Escuelas y Colegios Particulares: (art. 70 al 73). Capítulo IX:
disposiciones Complementarias: (art 73 al 82).
3) ¿Qué dicen los artículos 14 y 75 de la CN?
El artículo 14 de la Constitución Nacional en su primer párrafo expresa:
“Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a
las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria
lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer,
transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura
previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar
libremente su culto; de enseñar y aprender”.
El artículo 75 de la Constitución Nacional incorpora en sus incisos:
17 “Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas
argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación
bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la
posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y
regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de
ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar
su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses
que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones”
18 “Proveer lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar
de todas las provincias, y al progreso de la ilustración, dictando planes de
instrucción general y universitaria, y promoviendo la industria, la inmigración, la
construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de
propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la
importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores, por leyes
protectoras de estos fines y por concesiones temporales de privilegios y recompensas
de estímulo.”
19 “Proveer lo conducente al desarrollo humano, al progreso económico con
justicia social, a la productividad de la economía nacional, a la generación de
empleo, a la formación profesional de los trabajadores, a la defensa del valor de
la moneda, a la investigación y al desarrollo científico y tecnológico, su difusión y
aprovechamiento. Proveer al crecimiento armónico de la Nación y al poblamiento
de su territorio; promover políticas diferenciadas que tiendan a equilibrar el
desigual desarrollo relativo de provincias y regiones. Para estas iniciativas, el
Senado será Cámara de origen. Sancionar leyes de organización y de base de la
educación que consoliden la unidad nacional respetando las particularidades
provinciales y locales: que aseguren la responsabilidad indelegable del Estado, la
participación de la familia y la sociedad, la promoción de los valores
3. 3
democráticos y la igualdad de oportunidades y posibilidades sin discriminación
alguna; y que garanticen los principios de gratuidad y equidad de la educación
pública estatal y la autonomía y autarquía de las universidades nacionales. Dictar
leyes que protejan la identidad y pluralidad cultural, la libre creación y circulación de
las obras del autor; el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales. .”
4) ¿Cómo está integrado el Sistema Educativo Nacional?
Conforme a la Ley N° 26.206 Título II “El Sistema Educativo Nacional”,
Capítulo I, Disposiciones Generales que comprende los artículos:
ARTÍCULO 12: El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, de manera concertada y concurrente, son los responsables de la
planificación, organización, supervisión y financiación del Sistema Educativo
Nacional. Garantizan el acceso a la educación en todos los niveles y modalidades,
mediante la creación y administración de los establecimientos educativos de
gestión estatal. El Estado Nacional crea y financia las Universidades Nacionales.
ARTÍCULO 13: El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires reconocen, autorizan y supervisan el funcionamiento de instituciones
educativas de gestión privada, confesionales o no confesionales, de gestión
cooperativa y de gestión social.
ARTÍCULO 14: El Sistema Educativo Nacional es el conjunto organizado
de servicios y acciones educativas reguladas por el Estado que posibilitan el
ejercicio del derecho a la educación. Lo integran los servicios educativos de
gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, de todas las
jurisdicciones del país, que abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de
la educación.
ARTÍCULO 15: El Sistema Educativo Nacional tendrá una estructura
unificada en todo el país que asegure su ordenamiento y cohesión, la organización y
articulación de los niveles y modalidades de la educación y la validez nacional de los
títulos y certificados que se expidan.
ARTÍCULO 16: La obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde
la edad de cinco (5) años hasta la finalización del nivel de la Educación
Secundaria.
El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y las autoridades jurisdiccionales
competentes asegurarán el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de
alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos, que se ajusten a
los requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que
permitan alcanzar resultados de calidad equivalente en todo el país y en todas las
situaciones sociales.
ARTÍCULO 17: La estructura del Sistema Educativo Nacional comprende
cuatro (4) niveles - la Educación Inicial, la Educación Primaria, la Educación
Secundaria y la Educación Superior -, y ocho (8) modalidades.
4. 4
A los efectos de la presente ley, constituyen modalidades del Sistema Educativo
Nacional aquellas opciones organizativas y/o curriculares de la educación común,
dentro de uno o más niveles educativos, que procuran dar respuesta a requerimientos
específicos de formación y atender particularidades de carácter permanente o
temporal, personales y/o contextuales, con el propósito de garantizar la igualdad en el
derecho de la educación y cumplir con las exigencias legales, técnicas y pedagógicas
de los diferentes niveles educativos. Son modalidades: la Educación Técnico
Profesional, la Educación Artística, la Educación Especial, la Educación Permanente
de Jóvenes y Adultos, la Educación Rural, la Educación Intercultural Bilingüe, la
Educación en Contextos de Privación de Libertad y la Educación Domiciliaria y
Hospitalaria.
Las jurisdicciones podrán definir, con carácter excepcional, otras modalidades de la
educación común, cuando requerimientos específicos de carácter permanente y
contextual así lo justifiquen.
5) Política Educativa. ¿Qué dicen los artículos 3, 5 y 6 de la Ley de Educación?
Ley de Educación Nacional N° 26.206
Título I, Disposiciones Generales.
Capítulo I, Principios, Derechos y Garantías.
ARTICULO 3º: La educación es una prioridad nacional y se constituye en
política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad
nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos
humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la
Nación.
ARTÍCULO 4°: El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una
educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la
Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho,
con la participación de las organizaciones sociales y las familias.
ARTÍCULO 5°: El Estado Nacional fija la política educativa y controla su
cumplimiento con la finalidad de consolidar la unidad nacional, respetando las
particularidades provinciales y locales.
ARTÍCULO 6°: El Estado garantiza el ejercicio del derecho constitucional de
enseñar y aprender. Son responsables de las acciones educativas el Estado Nacional,
las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos fijados por el
artículo 4° de esta ley; los municipios, las confesiones religiosas reconocidas
oficialmente y las organizaciones de la sociedad; y la familia, como agente natural y
primario.
5. 5
6) Fines y Objetivos de la Política Educativa. Art. 11.
Ley de Educación Nacional N° 26.206
Título I, Disposiciones Generales.
Capítulo II, Fines y Objetivos de la Política Educativa Nacional
ARTÍCULO 11: Los fines y objetivos de la política educativa nacional son:
a) Asegurar una educación de calidad con igualdad de oportunidades y posibilidades,
sin desequilibrios regionales ni inequidades sociales.
b) Garantizar una educación integral que desarrolle todas las dimensiones de la
persona y habilite tanto para el desempeño social y laboral, como para el acceso a
estudios superiores.
c) Brindar una formación ciudadana comprometida con los valores éticos y
democráticos de participación, libertad, solidaridad, resolución pacífica de conflictos,
respeto a los derechos humanos, responsabilidad, honestidad, valoración y
preservación del patrimonio natural y cultural.
d) Fortalecer la identidad nacional, basada en el respeto a la diversidad cultural y a las
particularidades locales, abierta a los valores universales y a la integración regional y
latinoamericana.
e) Garantizar la inclusión educativa a través de políticas universales y de estrategias
pedagógicas y de asignación de recursos que otorguen prioridad a los sectores más
desfavorecidos de la sociedad.
f) Asegurar condiciones de igualdad, respetando las diferencias entre las personas sin
admitir discriminación de género ni de ningún otro tipo.
g) Garantizar, en el ámbito educativo, el respeto a los derechos de los/as niños/as y
adolescentes establecidos en la Ley N° 26.061.
h) Garantizar a todos/as el acceso y las condiciones para la permanencia y el egreso de
los diferentes niveles del sistema educativo, asegurando la gratuidad de los servicios
de gestión estatal, en todos los niveles y modalidades.
i) Asegurar la participación democrática de docentes, familias y estudiantes en las
instituciones educativas de todos los niveles.
j) Concebir la cultura del trabajo y del esfuerzo individual y cooperativo como
principio fundamental de los procesos de enseñanza-aprendizaje.
k) Desarrollar las capacidades y ofrecer oportunidades de estudio y aprendizaje
necesarias para la educación a lo largo de toda la vida.
6. 6
l) Fortalecer la centralidad de la lectura y la escritura, como condiciones básicas para
la educación a lo largo de toda la vida, la construcción de una ciudadanía responsable
y la libre circulación del conocimiento.
m) Desarrollar las competencias necesarias para el manejo de los nuevos lenguajes
producidos por las tecnologías de la información y la comunicación.
n) Brindar a las personas con discapacidades, temporales o permanentes, una
propuesta pedagógica que les permita el máximo desarrollo de sus posibilidades, la
integración y el pleno ejercicio de sus derechos.
ñ) Asegurar a los pueblos indígenas el respeto a su lengua y a su identidad cultural,
promoviendo la valoración de la multiculturalidad en la formación de todos/as los/as
educandos/as.
o) Comprometer a los medios masivos de comunicación a asumir mayores grados de
responsabilidad ética y social por los contenidos y valores que transmiten.
p) Brindar conocimientos y promover valores que fortalezcan la formación integral de
una sexualidad responsable.
q) Promover valores y actitudes que fortalezcan las capacidades de las personas para
prevenir las adicciones y el uso indebido de drogas.
r) Brindar una formación corporal, motriz y deportiva que favorezca el desarrollo
armónico de todos/as los/as educandos/as y su inserción activa en la sociedad.
s) Promover el aprendizaje de saberes científicos fundamentales para comprender y
participar reflexivamente en la sociedad contemporánea.
t) Brindar una formación que estimule la creatividad, el gusto y la comprensión de las
distintas manifestaciones del arte y la cultura.
u) Coordinar las políticas de educación, ciencia y tecnología con las de cultura, salud,
trabajo, desarrollo social, deportes y comunicaciones, para atender integralmente las
necesidades de la población, aprovechando al máximo los recursos estatales, sociales y
comunitarios.
v) Promover en todos los niveles educativos y modalidades la comprensión del
concepto de eliminación de todas las formas de discriminación.
7) Sistema Educativo Nacional. Art 14 y 15.
Ley de Educación Nacional N° 26.206
Título II, El Sistema Educativo Nacional.
Capítulo I, Disposiciones Generales.
7. 7
ARTÍCULO 14: El Sistema Educativo Nacional es el conjunto organizado de
servicios y acciones educativas reguladas por el Estado que posibilitan el ejercicio del
derecho a la educación. Lo integran los servicios educativos de gestión estatal y
privada, gestión cooperativa y gestión social, de todas las jurisdicciones del país, que
abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de la educación.
ARTÍCULO 15: El Sistema Educativo Nacional tendrá una estructura
unificada en todo el país que asegure su ordenamiento y cohesión, la organización y
articulación de los niveles y modalidades de la educación y la validez nacional de los
títulos y certificados que se expidan.
8) ¿Qué dice la Ley de Educación Superior? (Art. 1, 2, 3, 4, 4a, 4b, 7, 8)
Ley De Educación Superior Nº 24.521
Título I, Disposiciones preliminares
ARTICULO 1º: Están comprendidas dentro de la presente ley las instituciones
de formación superior, sean universitarias o no universitarias, nacionales, provinciales
o municipales, tanto estatales como privadas, todas las cuales forman parte del Sistema
Educativo Nacional regulado por la ley 24.195.
ARTICULO 2º: El Estado, al que le cabe responsabilidad indelegable en la
prestación del servicio de educación superior de carácter público, reconoce y garantiza
el derecho a cumplir con ese nivel de la enseñanza a todos aquellos que quieran
hacerlo y cuenten con la formación y capacidad requeridas.
Y deberá garantizar asimismo la accesibilidad al medio físico, servicios de
interpretación y los apoyos técnicos necesarios y suficientes, para las personas con
discapacidad. (Artículo sustituido por art. 1° de la Ley N° 25.573 B.O. 30/04/2002).
Título II, De la Educación Superior
Capítulo 1, De los fines y objetivos
ARTICULO 3º: La Educación Superior tiene por finalidad proporcionar
formación científica, profesional, humanística y técnica en el más alto nivel, contribuir
a la preservación de la cultura nacional, promover la generación y desarrollo del
conocimiento en todas sus formas, y desarrollar las actitudes y valores que requiere la
formación de personas responsables, con conciencia ética y solidaria, reflexivas,
críticas, capaces de mejorar la calidad de vida, consolidar el respeto al medio
ambiente, a las instituciones de la República y a la vigencia del orden democrático.
ARTICULO 4º: Son objetivos de la Educación Superior, además de los que
establece la ley 24.195 en sus artículos 5º, 6º, 19º y 22º:
a) Formar científicos, profesionales y técnicos, que se caractericen por la solidez de su
formación y por su compromiso con la sociedad de la que forman parte;
8. 8
b) Preparar para el ejercicio de la docencia en todos los niveles y modalidades del
sistema educativo;
Capítulo 2, De la estructura y articulación
ARTICULO 7º: Para ingresar como alumno a las instituciones de nivel
superior, se debe haber aprobado el nivel medio o el ciclo plomado de enseñanza.
Excepcionalmente, los mayores de 25 años que no reúnan esa condición, podrán
ingresar siempre que demuestren, a través de las evaluaciones que las provincias, la
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires o las universidades en su caso
establezcan, que tienen preparación y/o experiencia laboral acorde con los estudios
que se proponen iniciar, así como aptitudes y conocimientos suficientes para cursarlos
satisfactoriamente.
ARTICULO 8º: La articulación entre las distintas instituciones que conforman
el Sistema de Educación Superior, que tienen por fin facilitar el cambio de modalidad,
orientación o carrera, la continuación de los estudios en otros establecimientos,
universitarios o no, así como la reconversión de los estudios concluidos, se garantiza
conforme a las siguientes responsabilidades y mecanismos:
a) Las provincias y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires son las
responsables de asegurar, en sus respectivos ámbitos de competencia, la articulación
entre las instituciones de educación superior que de ellas dependan;
b) La articulación entre institutos de educación superior pertenecientes a distintas
jurisdicciones, se regula por los mecanismos que estas acuerden en el seno del Consejo
Federal de Cultura y Educación; (Expresión "… instituciones de educación superior no
universitaria " sustituida por la expresión "…institutos de educación superior", por art.
133 de la Ley Nº 26.206, B.O. 28/12/2006).
c) La articulación entre institutos de educación superior e instituciones universitarias,
se establece mediante convenios entre ellas, o entre las instituciones Universitarias y la
jurisdicción correspondiente si así lo establece la legislación local; (Expresión "…
instituciones de educación superior no universitaria " sustituida por la expresión
"…institutos de educación superior", por art. 133 de la Ley Nº 26.206, B.O.
28/12/2006).
d) A los fines de la articulación entre diferentes instituciones universitarias, el
reconocimiento de los estudios parciales o asignaturas de las carreras de grado
aprobados en cualquiera de esas instituciones, se hace por convenio entre ellas,
conforme a los requisitos y pautas que se acuerdan en el consejo de Universidades.
9) Estatuto Docente: Art. 7
Título I
Capítulo III, De los Deberes y Derechos de los Docentes
9. 9
ARTÍCULO 7 (Modificado por art. 5 de la Ley N° 6544):
Son derechos del personal docente, sin perjuicio de los que, particularmente, imponen
las leyes, ordenanzas, decretos y resoluciones especiales:
a) La estabilidad en el cargo, jerarquía y ubicación que sólo podrá modificarse en
virtud de resolución adoptada de acuerdo con las disposiciones de este Estatuto.
b) El goce de una remuneración justa y actualizada, establecida con el asesoramiento
de una Comisión Salarial formada por representantes gremiales y las autoridades
correspondientes del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
c) El ascenso de cargo, el aumento de clases semanales o acumulación de cargos, la
concentración de tareas, el traslado, la permuta y la readmisión de acuerdo con sus
antecedentes, con los resultantes de los concursos que se realicen y demás requisitos
establecidos en cada área de la educación en el presente Estatuto.
d) El cambio de función, sin merma en la retribución, cuando sea destinado a tareas
auxiliares por disminución o pérdida de aptitudes. Este derecho se extingue al alcanzar
el docente las condiciones necesarias para obtener la jubilación, de acuerdo con lo
normado en este Estatuto. En este caso, el docente cesará automáticamente sin derecho
a solicitar su permanencia en actividad.
e) El conocimiento de los antecedentes de los/las aspirantes y el de las nóminas
confeccionadas según el orden de mérito, para los ingresos, ascensos, aumentos de
clases semanales o acumulación de cargos o traslados, en que se hubiere inscripto de
conformidad con lo que establezca la reglamentación respectiva.
f) El ejercicio de su función en las mejores condiciones pedagógicas posibles respecto
a local, higiene, material didáctico y número de alumnos.
g) El goce de licencias, justificaciones y franquicias de acuerdo con las disposiciones
de este Estatuto.
h) La libre agremiación para el estudio de los problemas educativos y la defensa de sus
intereses laborales, conforme a las disposiciones que reglamentan esta materia;
i) La participación en el gobierno escolar y en las instancias de participación docente
que se crean en este Estatuto en los casos expresamente determinados
j) La defensa de sus derechos e intereses legítimos, mediante las acciones y cursos
administrativos y judiciales pertinentes.
k) El uso de servicios sociales, cualquiera sea su situación de revista, para todos/as
aquellos/as que efectivicen los correspondientes aportes.
l) El uso de los jardines maternales gratuitos para los/las hijos/as de los/las docentes en
actividad, que progresivamente instale la autoridad competente.
m) El ejercicio de todos los derechos establecidos en la Constitución Nacional;
10. 10
n) La capacitación y actualización integral y gratuita a lo largo de toda la carrera
docente;
ñ) La posibilidad de ascenso en la carrera profesional a través de cargos de desempeño
en el aula.
Reglamentación del artículo 7 (Conforme Decreto 209/22)
a) Sin reglamentar.
b) Sin reglamentar.
c) Sin reglamentar.
d)
1. Este derecho se adquiere a los diez (10) años de servicios docentes en la jurisdicción
y se extingue al alcanzar el docente las condiciones necesarias para obtener la
jubilación ordinaria o por invalidez. Los años exigidos podrán acreditarse con los
servicios prestados en las escuelas transferidas por las Leyes Nacionales Nros. 21.810,
22.368, 24.049 y Actas Complementarias.
2. El pedido de asignación de funciones auxiliares podrá hacerlo el/la interesado/a o,
de manera fundada, la autoridad respectiva.
3. El reconocimiento médico de los docentes será practicado por la Dirección General
Administración de Medicina del Trabajo o el organismo que en futuro la reemplace.
Esta deberá expedirse sobre el cambio de función y tareas que pudiera cumplir el
afectado y si reúne las condiciones para obtener la jubilación por invalidez, siempre
que se encuentre acreditada por la Dirección General Personal Docente y No Docente
o la que en el futuro la reemplace, la antigüedad mencionada en el punto 1. La
asignación de tareas auxiliares por disminución o pérdida de aptitudes no implicará
una reducción de la carga horaria, salvo expresa indicación de la Dirección General
Administración de Medicina del Trabajo o el organismo que en futuro la reemplace.
4. El Ministerio de Educación podrá asignar al personal docente en tareas auxiliares
por disminución o pérdida de aptitudes, el cumplimiento de tareas administrativas o de
interés comunitario vinculadas a su formación docente, respetando su carga horaria,
salvo expresa indicación de la Gerencia Operativa de Medicina del Trabajo o la que en
un futuro la reemplace. Las tareas podrán ser desarrolladas en todo el ámbito del
Gobierno de la Ciudad, tomando en cuenta la facilidad de acceso al mismo por parte
del agente; a tal efecto la Administración se compromete a ofrecer al menos tres
destinos alternativos de los cuales el docente deberá necesariamente seleccionar
alguno en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles. En todos los casos, deberá
contar con la conformidad del/ de la Ministro/a del área que recibe al docente.
5. El personal docente en tareas pasivas que fuere dado de alta por el servicio médico
durante el transcurso de los dos últimos meses del período escolar determinado por la
Agenda Educativa, seguirá afectado en este lapso a las funciones y destino que
oportunamente le hubieren sido asignados, por lo que se reintegrará al servicio activo
al comienzo del período escolar del año siguiente.
e) Sin reglamentar.
f) Sin reglamentar.
11. 11
g) Sin reglamentar.
h) Sin reglamentar.
i) Sin reglamentar.
j) Sin reglamentar.
k) Sin reglamentar.
l) Sin reglamentar.
m) Sin reglamentar.
n) Sin reglamentar.
ñ) Sin reglamentar.
10) Régimen de compatibilidades. Art. 74 y 75 del Estatuto Docente
Capítulo III, Del Régimen de Compatibilidades
ARTÍCULO 74 (Ex Artículo 75):
Los cargos directivos o jerárquicos serán incompatibles entre sí en todos los
niveles o modalidades de la educación nacional, provincial, municipal o privada.
En caso de inexistencia de aspirantes para cubrir cargos directivos o jerárquicos de
carácter interino o suplente, se deberá recurrir al listado de docentes titulares del área,
aunque pertenezcan a otro escalafón que el del cargo a cubrir o al área curricular de
materias especiales, siempre que tengan título docente para el cargo básico del
escalafón del cargo a cubrir.
En defecto de ello, se designará a los docentes comprendidos en el párrafo
primero de acuerdo con el orden de mérito correspondiente, los que cesarán ante la
aparición de aspirantes no incompatibles, siempre que se produzca dentro del período
lectivo y hasta el 31 de octubre de cada año. (Cfr. art. 1 de la Ordenanza N° 45.979).
Reglamentación del artículo 74
Los cargos escalafonados establecidos en el artículo 25 de este estatuto que
resultan incompatibles entre sí, en todos los niveles o modalidades de la educación
nacional, provincial, municipal o privada son: maestro secretario - secretario - jefe
general de educación o de enseñanza práctica - subregente - regente - vicedirector -
director - director itinerante - vicerrector - rector - supervisor adjunto – supervisor -
supervisor coordinador - director adjunto. (Conforme texto art. 1 Decreto N° 2040/03).
ARTÍCULO 75 (Ex Artículo 76):
El personal que desee presentarse a concurso para cargos que le producirían
incompatibilidad por aplicación del artículo 75 (actual artículo 74) podrá hacerlo
previa solicitud de retrogradación de jerarquía al cargo de base del escalafón a que
pertenezca su cargo directivo o jerárquico, condicionada al resultado del concurso.
Producido el mismo, si el optante resultare ganador, la opción quedará firme y no
podrá dejarse sin efecto. (Conforme texto art. 1 de la Ordenanza N° 45.979).
Artículo 75, sin reglamentación.