Paola Aliaga es una contadora pública con más de 17 años de experiencia en la SUNAT. Es una líder sindical que ha representado a trabajadores en varias organizaciones. Tiene especializaciones en fiscalidad internacional y auditoría tributaria. Ha participado en foros de diálogo social y defensa de derechos laborales. Actualmente es dirigente sindical en ejercicio en SUNAT y coordina enlaces con el Consejo de Alto Nivel Anticorrupción.
En el presente documento se ve cuales fueron los inicios de la política laboral y como en la época colonial lo manejaban de manera de esclavitud, cabe destacar que al pasar los años y los gobiernos se fueron procreando y construyendo nuevas políticas que beneficiarían así al trabajador y trabajadora, como también al empresario con sus políticas en el área de trabajo. El objetivo de la política laboral es proteger y promulgar las normativas y leyes que deben cumplirse dentro de un área de trabajo, El Ivss se encarga de lo que es la protección social de todos sus beneficiarios en este caso serian los trabajadores. El CTV es un encargado del sindicalismo laboral. La Locymat Es la ley orgánica de Prevención, condiciones y Medio Ambiente de Trabajo se basa en las normas y lineamientos que se deben de llevar en un área de trabajo garantizando así la seguridad y bienestar de los trabajadores en su campo laboral. La LOTTT se encarga de llevar a acabo una serie de leyes y obligaciones tanto para el trabajador/a como para el dueño de una empresa son normativas que por obligación se deben respetar, un ejemplo seria en el Titulo III que habla sobre la Justa distribución de las Riquezas y las condiciones de trabajo, en el Articulo 98 se habla del derecho al salario que tiene todo trabajador y trabajadora por la prestación de sus servicios dentro de una empresa, el cual esta protegido por el estado, cuando se genera demoras en los pagos de los sueldos, el trabajador adquiere el beneficio de los intereses. En el Art. 106 de la presente ley se habla sobre la entrega de un recibo de pago al trabajador cada vez que sea cancelado su salario, comisiones, bonificaciones etc. con la finalidad de no presentar inconvenientes ya que el otro quiera tomar ventaja y fomentar que su salario no fue estipulado como se lo merecía...
Herlis Diaz
En el presente documento se ve cuales fueron los inicios de la política laboral y como en la época colonial lo manejaban de manera de esclavitud, cabe destacar que al pasar los años y los gobiernos se fueron procreando y construyendo nuevas políticas que beneficiarían así al trabajador y trabajadora, como también al empresario con sus políticas en el área de trabajo. El objetivo de la política laboral es proteger y promulgar las normativas y leyes que deben cumplirse dentro de un área de trabajo, El Ivss se encarga de lo que es la protección social de todos sus beneficiarios en este caso serian los trabajadores. El CTV es un encargado del sindicalismo laboral. La Locymat Es la ley orgánica de Prevención, condiciones y Medio Ambiente de Trabajo se basa en las normas y lineamientos que se deben de llevar en un área de trabajo garantizando así la seguridad y bienestar de los trabajadores en su campo laboral. La LOTTT se encarga de llevar a acabo una serie de leyes y obligaciones tanto para el trabajador/a como para el dueño de una empresa son normativas que por obligación se deben respetar, un ejemplo seria en el Titulo III que habla sobre la Justa distribución de las Riquezas y las condiciones de trabajo, en el Articulo 98 se habla del derecho al salario que tiene todo trabajador y trabajadora por la prestación de sus servicios dentro de una empresa, el cual esta protegido por el estado, cuando se genera demoras en los pagos de los sueldos, el trabajador adquiere el beneficio de los intereses. En el Art. 106 de la presente ley se habla sobre la entrega de un recibo de pago al trabajador cada vez que sea cancelado su salario, comisiones, bonificaciones etc. con la finalidad de no presentar inconvenientes ya que el otro quiera tomar ventaja y fomentar que su salario no fue estipulado como se lo merecía...
Herlis Diaz
Ponencia dictada en el Hotel Marriot, Panamá, en reunión Regional en Panamá del CISS.
Generalidades sobre los desafíos de la Seguridad Social en Panamá. Las ideas destacadas fueron hechas sobre la realidad de país y su institucionalidad.
La informacion mas completa de Mexico, Oaxaca y la Costa chica. Cumple 18 meses cerrada la Unidad de Neonatales del hospital de Juchitán, Oaxaca. Para los jóvenes de Oaxaca, empleo temporal y mal pagado.
Ponencia dictada en el Hotel Marriot, Panamá, en reunión Regional en Panamá del CISS.
Generalidades sobre los desafíos de la Seguridad Social en Panamá. Las ideas destacadas fueron hechas sobre la realidad de país y su institucionalidad.
La informacion mas completa de Mexico, Oaxaca y la Costa chica. Cumple 18 meses cerrada la Unidad de Neonatales del hospital de Juchitán, Oaxaca. Para los jóvenes de Oaxaca, empleo temporal y mal pagado.
Guía de inclusión productiva y empoderamiento económico para la prevención y erradicación del trabajo infantil, publicada por la OIT, tiene un enfoque productivo-económico,
pero al mismo tiempo reconoce que la eliminación del trabajo infantil es una tarea multisectorial, que involucra
incentivos, regulación, inspección, ampliación del acceso y calidad de servicios públicos como la educación y la
salud, así como concientización y sensibilización.
ERRADICANDO LAS PEORES FORMAS DE TRABAJO INFANTIL EN LA REPÚBLICA DOMINICANA,...FUNDEIMES
derecho laboral infantil, Republica Dominicana, La Constitución es la Norma Básica y Fundamental del Estado; base y fundamento de nuestro ordenamiento jurídico.
Es nulo de pleno derecho, toda ley, decreto, norma, resolución, reglamento que contravenga a la Constitución.
Están sujetos a la Constitución, los órganos y personas que ejerzan potestades públicas.
La Constitución organiza al Estado y está fundamentada en el respeto a la dignidad humana; a través de un régimen de derechos, entre los cuales cita el de la protección de las personas menores de edad.
Documento analisis sobfe leyes presentadas al Congreso de Guatemala 2013Carolina Enríquez García
Documento que analiza cuatro propuestas de ley presentadas al Congreso de la República por parte del Ejecutivo en Enero 2013. El análisis se hace desde la perspectiva de los derechos laborales amenazados en esas leyes.
La discapacidad en las memorias de sostenibilidad.José María
Divulgar el compromiso con el respeto y promoción de los derechos de las personas con discapacidad por parte de las empresas, es uno de los objetivos prioritarios del documento "La discapacidad en las memorias de sostenibilidad".
Oficio n146 solicitamos cese de vinculo laboral funcionarios involucrados en ...Paola Aliaga
Solicitamos Cese de vinculo laboral funcionarios involucrados en actos de corrupción, grupos de poder enquistados y personal contratado por la Sra. Tania Quispe Mansilla
Comunicado n 26 informe 01 2016 de ofelccor y tráfico de influencias en sunatPaola Aliaga
Finalmente, exigimos al Superintendente Nacional, la inmediata SANCIÓN Y DESVINCULACIÓN de los malos directivos identificados y claramente involucradas en estos hechos. De no hacerlo, quedará claro que los compromisos éticos que firman, son solo un papel sin propósito real.
Fallo de la c orte suprema - Arbitraje Potestativo - GanamosPaola Aliaga
Que, de conformidad con la interpretación realizada por el Tribunal Constitucional en la Sentencia recaída en el Expediente Nº 3561-2009-PA/TC, criterio ratificado en el expediente N° 3243-2012-PA/TC, el arbitraje potestativo se encuentra regulado en el artículo 61º de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo; entonces la reglamentación regulada en el artículo 61-A, incorporado por el artículo 1º del D.S. 014-2011-TR, no hace sino precisar, conforme a lo establecido en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, la naturaleza del arbitraje regulado en la citada norma legal, sin cambiar su esencia; de lo que se puede colegir de forma válida, que la citada norma no resulta ilegal o inconstitucional, al no crear una nueva figura de arbitraje, como mal entiende la demandante, en tanto que la misma ya se encontraba regulada en la norma; cumpliendo el mencionado D.S. Nº 014-2011-TR con viabilizar la concreción del artículo 28º numeral 2 de la Constitución Política del Estado, constituyéndose así el arbitraje potestativo, en un mecanismo de solución de conflictos, a través del cual el Estado cumple con su obligación de fomentar la negociación colectiva y promover formas de solución pacífica de conflictos laborales.(considerando vigésimo tercero).
2. Que, el arbitraje potestativo solo procede cuando no se ha llegado a un acuerdo en una primera negociación, lo cual no debe entenderse como una restricción al principio de una negociación libre y voluntaria, sino como una forma de coadyuvar a las partes en el inicio de una negociación, o cuando durante el procedimiento se haya advertido que una de las partes lo ha dilatado o entorpecido, actuando así de mala fe, con lo cual se busca anular cualquier acto tendiente a entorpecer la negociación, buscando así que permanezca abierto el proceso inducir a los trabajadores a recurrir a actos de fuerza.
Comunicado n° 019 no a la repartija basta de impunidadPaola Aliaga
¿A quienes benefician estos requisitos?
Estos requisitos, aparentemente inocuos, conducirían a que los funcionarios que actualmente vienen ocupando puestos directivos, permanezcan en los mismos, en desmedro de los demás trabajadores ya que, al no poder acceder a estos puestos, en modo alguno podríamos acumular experiencia directiva en la SUNAT. Es decir, se pretendería beneficiar a la actual gestión y preservar sus puestos a lo largo del tiempo, en desmedro de los demás trabajadores.
Comunicado n° 019 no a la repartija basta de impunidadPaola Aliaga
Estos requisitos, aparentemente inocuos, conducirían a que los funcionarios que actualmente vienen ocupando puestos directivos, permanezcan en los mismos, en desmedro de los demás trabajadores ya que, al no poder acceder a estos puestos, en modo alguno podríamos acumular experiencia directiva en la SUNAT. Es decir, se pretendería beneficiar a la actual gestión y preservar sus puestos a lo largo del tiempo, en desmedro de los demás trabajadores.
Restitucion cts gobierno observa proyecto de leyPaola Aliaga
Yendo en contra de los intereses de los trabajadores, que parece importarle poco, el Presidente de la República observó la Ley que restituye el derecho de la CTS, devolviéndola al Congreso de la República.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
MODELO ESCRITO JUDICIAL PARA OFRECER MEDIOS DE PRUEBA EXTEMPORÁNEOS - AUTOR J...
Cv paola aliaga 21
1. PAOLA LUISA ALIAGA HUATUCO
Mujer trabajadora, honesta, leal, consecuente y luchadora social.
Contadora Pública con especialización en Fiscalidad Internacional. Con más de 17 años de
experiencia laboral en la SUNAT como Auditor Tributario. Dirigente Sindical en ejercicio en
SUNAT. Fundador y afiliada desde el 18.02.2008. Participó en representación de la Central
Autónoma de Trabajadores del Perú – CATP en el Consejo Nacional del Trabajo y presto
asesoría y seguimiento en el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Coordinador de enlace del sector trabajador – CATP ante el Consejo de Alto Nivel
Anticorrupción –PCM. Ex Secretaria de Relaciones Nacionales e Internacionales de la CATP,
encargada de la coordinación y atención de la problemática de los trabajadores y
organizaciones sindicales, participante en diversos espacios de diálogo con el gobierno
central y punto de enlace con la sociedad civil.
Información personal
Estado civil: Soltera
DNI: 06785143
Lugar y fecha de nacimiento: Lima, 24 de setiembre de 1973
Domicilio: Av. República de Portugal N° 489, Interior F, Breña.
Móvil: 989 248 639
Correo electrónico: paola.aliaga@gmail.com
Twitter: paliaga1
facebook.com/paola.aliaga.3
Educación Superior
Título Profesional en Contabilidad- Universidad Ricardo Palma (1998)
Programa de Especialización
FISCALIDAD INTERNACIONAL- Centro Interamericano de Administraciones Tributarias-CIAT
(2007 - 2008)
Formación complementaria (principal)
CURSO DE ESPECIALIZACIÓN AVANZADA EN DERECHO ADMINISTRATIVO, Centro de
Educación Continua de la Pontificia Universidad Católica del Perú. (2012).
CURSO DE ESPECIALIZACIÓN EN AUDITORIA TRIBUTARIA, Centro Integral de Educación
Continua de la Universidad de Lima. (2012)
Talleres en normas preventivas de la corrupción- SUNAT (2010)
Tributación Internacional y Política Fiscal- UPC Escuela de Posgrado (2007)
Práctica Aduanera Internacional para expertos en tributación internacional- CEDDET (2006)
Presentaciones efectivas- PUCP (2006)
Negociación y manejo de conflictos- Universidad de Lima (2002)
Otros
2. Otros cursos de Formación
Seminario Taller “Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Control (IPERC)”
(2015), organizado por Zaxera – Líderes en Capacitación Empresarial.
Seminario Nacional “Transición hacia economías social y ambientalmente sostenibles”
organizado por la Fundación Laboral Internacional para el Desarrollo Sostenible –
Sustainlabour. (2014).
Primera Academia Latinoamericana - Desarrollo Empresarial Sostenible: Competitividad con
Equidad (Abril 2013). Centro Internacional de Formación de la Organización Internacional
del Trabajo – OIT - Programa de Empresa, microfinanza y desarrollo local.
Experiencia Laboral
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria- SUNAT: Especialista 3. Sección de
Fiscalización (1998- actualidad)
Experiencia Sindical
Fundador (2008), afiliado y dirigente sindical en ejercicio del Sindicato Nacional de
Unidad de Trabajadores de Sunat.
Ejercí el cargo de Secretaria de Relaciones Nacionales e Internacionales en la Central
Autonoma de Trabajadores del Perú – CATP (09-2012 a 09-2015).
Representante de los Trabajadores por la CATP:
o Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo, espacio de dialogo
social tripartito, miembro del Pleno del CNTPE (2012 al 2015). En la actualidad
me desempeño como Consejera en la Comisión Tecnica de Trabajo.
o Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, espacio de dialogo social
tripartito, sindical de nuestro Consejero Nacional. En la actualidad participo de
la comisión técnica que aborda la problemática del Seguro Complementario de
Trabajo de Riesgo – SCRTR.
o Coordinador de Enlace por parte del Sector Trabajador representando a la
CATP en el Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (2014 a la fecha).
Responsable del Sector Público afiliado a la CATP (liderando el grupo de trabajo para
promover el derecho a la Negociación y Libertad Sindical).
Promotora con la Coordinadora de Trabajadores Estatales, de la promulgación por
insistencia por parte del Congreso de la República del P.Ley 2782 con el cual se
restituyó el derecho al depósito de la CTS para los trabajadores del D. Leg. 728 (2015).
Responsable del Plan de Igualdad de Oportunidades 2013-2014 orientado a promover
la participación y posicionamiento de las mujeres en el movimiento sindical en
representación de la Central Autónoma de Trabajadores del Perú.
Representante de los trabajadores del Perú afiliados a la Confederación Sindical
Mundial en las “Reuniones de Alto Nivel con el Banco Mundial y el FMI” en
Washington, 10-12 de febrero de 2015. En donde se abordaron cuestiones de interés
para los sindicatos e incluyeron serias discusiones sobre las políticas del Banco
Mundial y el FMI en diversas áreas.
Promotora, con el apoyo del Colegio de Abogados del Callao, de la interposición de la
acción de inconstitucionalidad contra el art. 6° y la 58 DFT – Ley de Presupuesto 2013.
Demanda que ganaron los trabajadores al reconocer el TC la inconstitucionalidad de la
3. ley de presupuesto al limitar de modo permanente la negociación en materia
económica (2015).
Promotora de la primera queja laboral en el marco del art. 17 del TLC Perú-USA,
obteniendo como resultado la emisión del D. S. N° 014-2011-TR, norma que aclara la
naturaleza del arbitraje potestativo recogido en la Ley de Relaciones colectivas de
trabajo (2011).
Colabora con el grupo de coordinación intersindical que promovió la queja al TLC USA-
PERU, respecto del sector textil y agroindustrial en el marco de la misión del gobierno
de los USA que visito nuestro país en diciembre 2015.
Con el apoyo de la AFLCIO - Federación Estadounidense del Trabajo y Congreso de
Organizaciones Industriales presenté testimonio y denuncias en materia laboral ante
funcionarios del Gobierno de los Estados Unidos y de su Congreso (2011-2015).