Este documento contiene información sobre varios delitos contra el sistema financiero según el Código Penal peruano. Explica los delitos de concentración crediticia, ocultamiento u omisión de información, instituciones financieras ilegales, financiamiento por información fraudulenta y condicionamiento de créditos. Para cada delito define los sujetos activo y pasivo, el bien jurídico protegido, la conducta típica, la tipicidad subjetiva y circunstancias agravantes.
MEDIDAS CAUTELARES EN PERÚ-EMBARGO Y SECUESTRO-AYALA TANDAZO EDUARDOEDUARDO AYALA TANDAZO
Este documento presenta una descripción del proceso cautelar y las medidas cautelares en el derecho procesal civil peruano. Explica los requisitos, características y tipos de medidas cautelares como el embargo, secuestro y anotación preventiva, así como los diferentes tipos de embargo como embargo en depósito, embargo de bienes inscritos y embargo preventivo. También define conceptos clave como la medida cautelar, proceso cautelar y naturaleza de las medidas cautelares.
Este documento clasifica tres tipos de procesos constitucionales: 1) procesos de tutela de derechos como el hábeas corpus, amparo y hábeas data, que protegen derechos constitucionales; 2) procesos de control normativo que protegen la primacía de la constitución sobre otras leyes; y 3) procesos de conflicto competencial que protegen la competencia de los poderes del estado.
DELITOS CONTRA LA CONFIANZA Y LA BUENA FE EN LOS NEGOCIOSCARLOS ANGELES
Este titulo contiene un grupo de figuras delictivas que se aplican a la relación comercial entre deudores y acreedores.
La legislación pena interviene para garantizar el respeto a los procedimientos y la buena fe en las relaciones mercantil y particularmente crediticias.
Este documento resume los conceptos clave de la novación y la compensación según el Código Civil peruano. Define la novación como la sustitución de una obligación por otra, y describe sus diferentes tipos como la novación objetiva, subjetiva activa, subjetiva por cambio de deudor y por expromisión. También cubre los requisitos y efectos de la compensación de obligaciones como su extinción cuando son recíprocas, líquidas y exigibles.
HOSPEDAJE CODIGO CIVIL PERUANO- AYALA TANDAZO JOSE EDUARDO Y JOSE VELASQUEZ P...JOSÉ EDUARDO AYALA TANDAZO
Este documento trata sobre el contrato de hospedaje en el derecho peruano. Brevemente describe que el contrato de hospedaje es regulado por primera vez en el Código Civil de 1984, aunque sus orígenes se remontan a tiempos antiguos. Define el contrato de hospedaje como aquel en que el hospedante se obliga a prestar albergue, alimentación y otros servicios al huésped a cambio de una retribución. Finalmente, explica que este contrato es bilateral con obligaciones recíprocas entre el hospedante y
Este documento presenta una monografía sobre la prueba anticipada. Explica que la prueba anticipada permite realizar determinadas pruebas antes de iniciar un proceso judicial o durante el proceso pero antes de la etapa probatoria, con el fin de asegurar elementos probatorios que podrían perderse. Discute que la prueba anticipada tiene una doble naturaleza, probatoria y cautelar, dependiendo de si busca conservar una prueba o evitar su alteración. Finalmente, detalla los requisitos y procedimientos para solicitar una prue
La división y partición de una herencia involucra la separación y distribución equitativa de los bienes y derechos entre los herederos. Puede realizarse de forma convencional, testamentaria, judicial o mixta. La partición convierte la parte porcentual ideal de cada heredero sobre los bienes en una parte material específica, terminando con las obligaciones comunes sobre la herencia. Existen bienes divisibles e indivisibles, y la división puede suspenderse temporalmente por varios motivos.
El documento describe las personas jurídicas y los delitos que pueden cometerse en su contra o mediante su organización. Menciona que el derecho penal interviene para proteger los intereses patrimoniales de las personas jurídicas frente a sus representantes o administradores. Luego describe varios tipos de personas jurídicas y los delitos de administración fraudulenta, emisión irregular de acciones u otros títulos y contabilidad paralela, indicando los elementos del tipo objetivo, subjetivo y las penas correspondientes.
MEDIDAS CAUTELARES EN PERÚ-EMBARGO Y SECUESTRO-AYALA TANDAZO EDUARDOEDUARDO AYALA TANDAZO
Este documento presenta una descripción del proceso cautelar y las medidas cautelares en el derecho procesal civil peruano. Explica los requisitos, características y tipos de medidas cautelares como el embargo, secuestro y anotación preventiva, así como los diferentes tipos de embargo como embargo en depósito, embargo de bienes inscritos y embargo preventivo. También define conceptos clave como la medida cautelar, proceso cautelar y naturaleza de las medidas cautelares.
Este documento clasifica tres tipos de procesos constitucionales: 1) procesos de tutela de derechos como el hábeas corpus, amparo y hábeas data, que protegen derechos constitucionales; 2) procesos de control normativo que protegen la primacía de la constitución sobre otras leyes; y 3) procesos de conflicto competencial que protegen la competencia de los poderes del estado.
DELITOS CONTRA LA CONFIANZA Y LA BUENA FE EN LOS NEGOCIOSCARLOS ANGELES
Este titulo contiene un grupo de figuras delictivas que se aplican a la relación comercial entre deudores y acreedores.
La legislación pena interviene para garantizar el respeto a los procedimientos y la buena fe en las relaciones mercantil y particularmente crediticias.
Este documento resume los conceptos clave de la novación y la compensación según el Código Civil peruano. Define la novación como la sustitución de una obligación por otra, y describe sus diferentes tipos como la novación objetiva, subjetiva activa, subjetiva por cambio de deudor y por expromisión. También cubre los requisitos y efectos de la compensación de obligaciones como su extinción cuando son recíprocas, líquidas y exigibles.
HOSPEDAJE CODIGO CIVIL PERUANO- AYALA TANDAZO JOSE EDUARDO Y JOSE VELASQUEZ P...JOSÉ EDUARDO AYALA TANDAZO
Este documento trata sobre el contrato de hospedaje en el derecho peruano. Brevemente describe que el contrato de hospedaje es regulado por primera vez en el Código Civil de 1984, aunque sus orígenes se remontan a tiempos antiguos. Define el contrato de hospedaje como aquel en que el hospedante se obliga a prestar albergue, alimentación y otros servicios al huésped a cambio de una retribución. Finalmente, explica que este contrato es bilateral con obligaciones recíprocas entre el hospedante y
Este documento presenta una monografía sobre la prueba anticipada. Explica que la prueba anticipada permite realizar determinadas pruebas antes de iniciar un proceso judicial o durante el proceso pero antes de la etapa probatoria, con el fin de asegurar elementos probatorios que podrían perderse. Discute que la prueba anticipada tiene una doble naturaleza, probatoria y cautelar, dependiendo de si busca conservar una prueba o evitar su alteración. Finalmente, detalla los requisitos y procedimientos para solicitar una prue
La división y partición de una herencia involucra la separación y distribución equitativa de los bienes y derechos entre los herederos. Puede realizarse de forma convencional, testamentaria, judicial o mixta. La partición convierte la parte porcentual ideal de cada heredero sobre los bienes en una parte material específica, terminando con las obligaciones comunes sobre la herencia. Existen bienes divisibles e indivisibles, y la división puede suspenderse temporalmente por varios motivos.
El documento describe las personas jurídicas y los delitos que pueden cometerse en su contra o mediante su organización. Menciona que el derecho penal interviene para proteger los intereses patrimoniales de las personas jurídicas frente a sus representantes o administradores. Luego describe varios tipos de personas jurídicas y los delitos de administración fraudulenta, emisión irregular de acciones u otros títulos y contabilidad paralela, indicando los elementos del tipo objetivo, subjetivo y las penas correspondientes.
El documento describe los conceptos de posesión inmediata, posesión mediata y posesión ilegítima de buena fe según el Código Civil Peruano. La posesión inmediata se refiere a quien posee temporalmente un bien en virtud de un título otorgado por otro, mientras que la posesión mediata corresponde a quien confiere dicho título. La posesión ilegítima de buena fe se da cuando el poseedor cree erróneamente en la legitimidad de su título.
El documento resume las cuestiones probatorias en el derecho procesal civil peruano. Explica que las cuestiones probatorias incluyen las tachas y oposiciones, las cuales pueden plantearse contra diferentes medios de prueba como testigos, documentos, pericias, entre otros. También describe los procedimientos y plazos para formular tachas u oposiciones, y cómo deben resolverse.
La empresa XXXXXXXXXX S.A.C. solicita al Juzgado de Paz Letrado de XXXXXX que dicte una medida cautelar fuera de proceso consistente en el embargo en forma de inscripción por US$10,000 sobre los derechos y acciones que posee el señor XXXXXXXX sobre un inmueble registrado, a fin de asegurar el cobro de una deuda por una letra de cambio por US$XXXX que vence próximamente y sobre la cual no existe garantía de pago. Adjunta documentación probatoria y ofrece contracautela personal.
1. El documento discute el proceso contencioso administrativo, el cual permite impugnar decisiones de la administración pública ante los tribunales.
2. Existen dos tipos de procesos contenciosos administrativos: urgentes y especiales.
3. El proceso busca tutelar efectivamente a los particulares frente a posibles efectos negativos de las actuaciones administrativas.
PROCESO NO CONTENCIOSO, LAUDOS IMPUGNATIVOS EN PROCESO DE LA NUEVA LEY DE...JKB ALIMENTOS SCRL
Este documento presenta información sobre el proceso no contencioso en el derecho procesal laboral peruano. Explica que este tipo de proceso se caracteriza por no tener controversia entre las partes y busca dar solemnidad a ciertos actos o pronunciamientos judiciales. Además, detalla algunos tipos de procesos no contenciosos regulados en la nueva ley procesal del trabajo peruana como la consignación, autorización de ingreso a centros de trabajo y entrega de documentos. Finalmente, indica que los juzgados de p
1. Jonathan Rojas Valdivia presenta una demanda de indemnización por daños y perjuicios contra Sergio Vera Ascue, Renato Salas Cuayla y Vanessa Palomino de Salas.
2. Rojas Valdivia alega haber sufrido lesiones como resultado de un accidente automovilístico causado por la negligencia de Vera Ascue. Solicita una indemnización de 142,000 soles por daños patrimoniales, personales y morales.
3. Como prueba, presenta certificados médicos, su historial laboral y
Este documento presenta los elementos de las obligaciones, incluyendo los sujetos (deudor y acreedor), el objeto, el vínculo y la causa. Explica que una obligación es la relación jurídica entre dos o más personas donde una parte debe realizar una prestación a favor de la otra parte. Describe los diferentes tipos de sujetos que pueden estar involucrados en una obligación, como un solo deudor/acreedor, múltiples deudores/acreedores, o ambos.
El documento describe diferentes formas de autoría y participación en delitos. Define la autoría individual, coautoría, autoría mediata e indirecta. También explica la instigación, complicidad y encubrimiento como formas de participación sin ser autor. Por último, analiza diferentes teorías sobre la noción de autor y distingue la conspiración y proposición de la instigación.
Proceso Contencioso Administrativo (Diplomado)gabogadosv
El documento describe el proceso contencioso administrativo en el Perú. Explica que este proceso permite controlar las actuaciones de la administración pública y tutelar los derechos de los administrados. Señala que el objeto del proceso son las pretensiones de las partes, como declarar la nulidad de actos administrativos o ordenar a la administración realizar una actuación. También establece los requisitos para acumular pretensiones y las facultades del órgano jurisdiccional, como ejercer control difuso de la constitucionalidad.
Ley 27444 - Recurso de Reconsideración y Apelacion AdministrativaSergio stiwall Castro
Este documento describe los recursos administrativos de reconsideración, apelación y revisión establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General. Estos recursos permiten a los administrados impugnar actos administrativos ante la misma autoridad que los dictó o ante autoridades superiores jerárquicas. El recurso de reconsideración requiere presentar nueva prueba, mientras que la apelación y revisión pueden basarse en diferencias en la interpretación de pruebas o cuestiones de derecho. Todos los recursos deben interponerse en un pl
Este documento clasifica y define diferentes tipos de obligaciones. Describe las obligaciones según su objeto, efectos, sujetos y otras características. También cubre obligaciones condicionales, a plazo, modales, de especie o cuerpo cierto y naturales.
Este documento explica el proceso de Hàbeas Data, una garantía constitucional que protege el derecho a acceder y corregir información personal almacenada en bancos de datos. Describe los orígenes de Hàbeas Data en Brasil y Colombia, sus objetivos de asegurar la precisión y actualización de datos personales, y los derechos a la privacidad e intimidad que tutela. Finalmente, resume cómo la Constitución peruana establece Hàbeas Data como una acción de garantía constitucional para proteger los derechos informátic
El documento resume las principales funciones del poder y las formas jurídicas administrativas. Indica que las funciones del poder se materializan a través de la función gubernativa, legislativa, jurisdiccional y administrativa, las cuales son ejercidas por los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. Luego define cada una de las principales formas jurídicas administrativas (acto administrativo, reglamento administrativo, hecho administrativo, contrato administrativo y simple acto de la administración) y brinda ejemplos de cada una. Finalmente, explica
Este documento describe los principios del procedimiento administrativo según la Ley del Procedimiento Administrativo General. Estos principios incluyen aquellos relacionados al debido proceso como legalidad y debido procedimiento; a la celeridad como celeridad y eficacia; y a la participación de los administrados como participación y conducta procedimental. En total, el documento describe 12 principios relacionados al debido proceso, 7 a la celeridad y 2 a la participación de los administrados.
El documento resume los aspectos materiales y procesales del hábeas corpus. Explica que este proceso protege la libertad individual y derechos conexos. Describe los diferentes tipos de hábeas corpus, como el reparador, preventivo y correctivo. Finalmente, detalla el procedimiento, incluyendo quién puede presentar la demanda, ante qué juez y que este debe resolver de manera inmediata.
Este documento describe los conceptos fundamentales de la propiedad. Explica que la propiedad es el derecho real más amplio sobre un bien. Se clasifica en pública, privada, individual, colectiva y por naturaleza en mueble e inmueble. Define las características de la propiedad como un derecho autónomo, exclusivo y perpetuo. Resume los modos de adquirir la propiedad como la ocupación, la prescripción adquisitiva y la accesión.
Este documento presenta una introducción general a los títulos valores en el Perú. Explica que la Ley de Títulos Valores de 2000 fue una de las leyes más importantes promulgadas recientemente en el país. También describe la evolución histórica de la legislación cambiaria peruana y cómo la nueva ley unificó las normas dispersas sobre títulos valores. Además, detalla varios tipos comunes de títulos valores y las reglas generales que los rigen, incluidas sus definiciones, formas de representación, creación
El documento habla sobre la cobranza coactiva en la administración pública. Explica que la administración tiene el principio de autotutela que le permite hacer cumplir sus actuaciones sin necesitar del poder judicial. Detalla las diferentes medidas cautelares que puede dictar un ejecutor coactivo como embargos y su finalidad de asegurar el pago de deudas tributarias. Explica específicamente el embargo en forma de intervención en recaudación, designando un interventor recaudador para que recoja directamente los ingresos de la persona o empresa deudora
El saneamiento en un inicio fue considerado como un efecto del contrato de compraventa, luego se extendió a los contratos traslativos a título oneroso o gratuito.
Este documento presenta una introducción al derecho procesal civil peruano. Explica que el derecho procesal civil se compone de una parte general y una parte especial. La parte general incluye conceptos como la demanda, la contestación de la demanda, las excepciones, los medios probatorios y los medios impugnatorios. La parte especial cubre los diferentes tipos de procesos civiles como el proceso de conocimiento, el proceso abreviado y el proceso sumarísimo. El documento también define algunos términos legales clave relacion
La responsabilidad civil del auditor surge del Código Civil y puede ser contractual u extracontractual. Se responsabiliza al auditor por incumplimientos de obligaciones legales que puedan causar daños patrimoniales, sanciones penales o sanciones profesionales. Actualmente, la ley establece que la responsabilidad civil del auditor será proporcional a su responsabilidad directa y se exigirá de forma personal e individualizada.
Este documento describe la responsabilidad solidaria en materia fiscal en México. Explica que hay dos tipos de responsabilidad: directa del contribuyente y solidaria de terceros. Define la responsabilidad solidaria como la obligación de una persona u organización de cubrir los impuestos de otra si esta no puede pagar. Identifica a 15 tipos de terceros considerados responsables solidarios por ley, como retenedores, liquidadores, socios y adquirentes de negocios. Finalmente, analiza límites y jurisprudencia relacionados con la responsabilidad solidaria
El documento describe los conceptos de posesión inmediata, posesión mediata y posesión ilegítima de buena fe según el Código Civil Peruano. La posesión inmediata se refiere a quien posee temporalmente un bien en virtud de un título otorgado por otro, mientras que la posesión mediata corresponde a quien confiere dicho título. La posesión ilegítima de buena fe se da cuando el poseedor cree erróneamente en la legitimidad de su título.
El documento resume las cuestiones probatorias en el derecho procesal civil peruano. Explica que las cuestiones probatorias incluyen las tachas y oposiciones, las cuales pueden plantearse contra diferentes medios de prueba como testigos, documentos, pericias, entre otros. También describe los procedimientos y plazos para formular tachas u oposiciones, y cómo deben resolverse.
La empresa XXXXXXXXXX S.A.C. solicita al Juzgado de Paz Letrado de XXXXXX que dicte una medida cautelar fuera de proceso consistente en el embargo en forma de inscripción por US$10,000 sobre los derechos y acciones que posee el señor XXXXXXXX sobre un inmueble registrado, a fin de asegurar el cobro de una deuda por una letra de cambio por US$XXXX que vence próximamente y sobre la cual no existe garantía de pago. Adjunta documentación probatoria y ofrece contracautela personal.
1. El documento discute el proceso contencioso administrativo, el cual permite impugnar decisiones de la administración pública ante los tribunales.
2. Existen dos tipos de procesos contenciosos administrativos: urgentes y especiales.
3. El proceso busca tutelar efectivamente a los particulares frente a posibles efectos negativos de las actuaciones administrativas.
PROCESO NO CONTENCIOSO, LAUDOS IMPUGNATIVOS EN PROCESO DE LA NUEVA LEY DE...JKB ALIMENTOS SCRL
Este documento presenta información sobre el proceso no contencioso en el derecho procesal laboral peruano. Explica que este tipo de proceso se caracteriza por no tener controversia entre las partes y busca dar solemnidad a ciertos actos o pronunciamientos judiciales. Además, detalla algunos tipos de procesos no contenciosos regulados en la nueva ley procesal del trabajo peruana como la consignación, autorización de ingreso a centros de trabajo y entrega de documentos. Finalmente, indica que los juzgados de p
1. Jonathan Rojas Valdivia presenta una demanda de indemnización por daños y perjuicios contra Sergio Vera Ascue, Renato Salas Cuayla y Vanessa Palomino de Salas.
2. Rojas Valdivia alega haber sufrido lesiones como resultado de un accidente automovilístico causado por la negligencia de Vera Ascue. Solicita una indemnización de 142,000 soles por daños patrimoniales, personales y morales.
3. Como prueba, presenta certificados médicos, su historial laboral y
Este documento presenta los elementos de las obligaciones, incluyendo los sujetos (deudor y acreedor), el objeto, el vínculo y la causa. Explica que una obligación es la relación jurídica entre dos o más personas donde una parte debe realizar una prestación a favor de la otra parte. Describe los diferentes tipos de sujetos que pueden estar involucrados en una obligación, como un solo deudor/acreedor, múltiples deudores/acreedores, o ambos.
El documento describe diferentes formas de autoría y participación en delitos. Define la autoría individual, coautoría, autoría mediata e indirecta. También explica la instigación, complicidad y encubrimiento como formas de participación sin ser autor. Por último, analiza diferentes teorías sobre la noción de autor y distingue la conspiración y proposición de la instigación.
Proceso Contencioso Administrativo (Diplomado)gabogadosv
El documento describe el proceso contencioso administrativo en el Perú. Explica que este proceso permite controlar las actuaciones de la administración pública y tutelar los derechos de los administrados. Señala que el objeto del proceso son las pretensiones de las partes, como declarar la nulidad de actos administrativos o ordenar a la administración realizar una actuación. También establece los requisitos para acumular pretensiones y las facultades del órgano jurisdiccional, como ejercer control difuso de la constitucionalidad.
Ley 27444 - Recurso de Reconsideración y Apelacion AdministrativaSergio stiwall Castro
Este documento describe los recursos administrativos de reconsideración, apelación y revisión establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General. Estos recursos permiten a los administrados impugnar actos administrativos ante la misma autoridad que los dictó o ante autoridades superiores jerárquicas. El recurso de reconsideración requiere presentar nueva prueba, mientras que la apelación y revisión pueden basarse en diferencias en la interpretación de pruebas o cuestiones de derecho. Todos los recursos deben interponerse en un pl
Este documento clasifica y define diferentes tipos de obligaciones. Describe las obligaciones según su objeto, efectos, sujetos y otras características. También cubre obligaciones condicionales, a plazo, modales, de especie o cuerpo cierto y naturales.
Este documento explica el proceso de Hàbeas Data, una garantía constitucional que protege el derecho a acceder y corregir información personal almacenada en bancos de datos. Describe los orígenes de Hàbeas Data en Brasil y Colombia, sus objetivos de asegurar la precisión y actualización de datos personales, y los derechos a la privacidad e intimidad que tutela. Finalmente, resume cómo la Constitución peruana establece Hàbeas Data como una acción de garantía constitucional para proteger los derechos informátic
El documento resume las principales funciones del poder y las formas jurídicas administrativas. Indica que las funciones del poder se materializan a través de la función gubernativa, legislativa, jurisdiccional y administrativa, las cuales son ejercidas por los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. Luego define cada una de las principales formas jurídicas administrativas (acto administrativo, reglamento administrativo, hecho administrativo, contrato administrativo y simple acto de la administración) y brinda ejemplos de cada una. Finalmente, explica
Este documento describe los principios del procedimiento administrativo según la Ley del Procedimiento Administrativo General. Estos principios incluyen aquellos relacionados al debido proceso como legalidad y debido procedimiento; a la celeridad como celeridad y eficacia; y a la participación de los administrados como participación y conducta procedimental. En total, el documento describe 12 principios relacionados al debido proceso, 7 a la celeridad y 2 a la participación de los administrados.
El documento resume los aspectos materiales y procesales del hábeas corpus. Explica que este proceso protege la libertad individual y derechos conexos. Describe los diferentes tipos de hábeas corpus, como el reparador, preventivo y correctivo. Finalmente, detalla el procedimiento, incluyendo quién puede presentar la demanda, ante qué juez y que este debe resolver de manera inmediata.
Este documento describe los conceptos fundamentales de la propiedad. Explica que la propiedad es el derecho real más amplio sobre un bien. Se clasifica en pública, privada, individual, colectiva y por naturaleza en mueble e inmueble. Define las características de la propiedad como un derecho autónomo, exclusivo y perpetuo. Resume los modos de adquirir la propiedad como la ocupación, la prescripción adquisitiva y la accesión.
Este documento presenta una introducción general a los títulos valores en el Perú. Explica que la Ley de Títulos Valores de 2000 fue una de las leyes más importantes promulgadas recientemente en el país. También describe la evolución histórica de la legislación cambiaria peruana y cómo la nueva ley unificó las normas dispersas sobre títulos valores. Además, detalla varios tipos comunes de títulos valores y las reglas generales que los rigen, incluidas sus definiciones, formas de representación, creación
El documento habla sobre la cobranza coactiva en la administración pública. Explica que la administración tiene el principio de autotutela que le permite hacer cumplir sus actuaciones sin necesitar del poder judicial. Detalla las diferentes medidas cautelares que puede dictar un ejecutor coactivo como embargos y su finalidad de asegurar el pago de deudas tributarias. Explica específicamente el embargo en forma de intervención en recaudación, designando un interventor recaudador para que recoja directamente los ingresos de la persona o empresa deudora
El saneamiento en un inicio fue considerado como un efecto del contrato de compraventa, luego se extendió a los contratos traslativos a título oneroso o gratuito.
Este documento presenta una introducción al derecho procesal civil peruano. Explica que el derecho procesal civil se compone de una parte general y una parte especial. La parte general incluye conceptos como la demanda, la contestación de la demanda, las excepciones, los medios probatorios y los medios impugnatorios. La parte especial cubre los diferentes tipos de procesos civiles como el proceso de conocimiento, el proceso abreviado y el proceso sumarísimo. El documento también define algunos términos legales clave relacion
La responsabilidad civil del auditor surge del Código Civil y puede ser contractual u extracontractual. Se responsabiliza al auditor por incumplimientos de obligaciones legales que puedan causar daños patrimoniales, sanciones penales o sanciones profesionales. Actualmente, la ley establece que la responsabilidad civil del auditor será proporcional a su responsabilidad directa y se exigirá de forma personal e individualizada.
Este documento describe la responsabilidad solidaria en materia fiscal en México. Explica que hay dos tipos de responsabilidad: directa del contribuyente y solidaria de terceros. Define la responsabilidad solidaria como la obligación de una persona u organización de cubrir los impuestos de otra si esta no puede pagar. Identifica a 15 tipos de terceros considerados responsables solidarios por ley, como retenedores, liquidadores, socios y adquirentes de negocios. Finalmente, analiza límites y jurisprudencia relacionados con la responsabilidad solidaria
Este documento resume el sistema financiero nacional y los principales entes reguladores como el BCRP, SBS, SMV e INDECOPI. Explica los conceptos de intermediación financiera directa e indirecta y los medios de pago afectos e inafectos al ITF. También describe el Fondo de Seguro de Depósitos, el secreto bancario, la cobertura que brinda el FSD y el proceso de canje bancario.
El documento resume las principales diferencias entre la banca múltiple y la banca de desarrollo en México. La banca múltiple son instituciones privadas que realizan operaciones de captación y colocación de recursos del público. La banca de desarrollo son entidades de la administración pública que se rigen por su ley orgánica y apoyan el desarrollo del país.
Este documento resume la Ley 1527 de 2012, también conocida como la "Ley de Libranzas". Establece un marco general para la libranza o descuento directo de salarios, pagos, honorarios o pensiones. Define conceptos clave como libranza, empleador, entidad pagadora y entidad operadora. Detalla los requisitos y condiciones para acceder a productos y servicios a través de libranzas, así como los derechos de los beneficiarios y las obligaciones de empleadores y entidades pagadoras en el proceso.
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En los supuestos previstos en el Código Penal, las empresas pueden ser responsables penalmente (art. 31 bis C.P.) pero si el delito fuere cometido quedará exenta de responsabilidad si se cumplen las condiciones del art. 31 bis 2 Código Penal.
El documento resume los principales delitos financieros regulados en el Código Penal peruano en los artículos 244 a 251. Describe delitos como concentración crediticia excesiva, ocultamiento u omisión de información financiera, establecimiento de instituciones financieras ilegales, financiamiento mediante información fraudulenta, condicionamiento de créditos y desvío fraudulento de créditos promocionales. El documento proporciona detalles sobre las penas asociadas con cada uno de estos delitos financieros.
Este documento describe las funciones y atribuciones de la Superintendencia de Seguros de Venezuela. Explica que la Superintendencia supervisa, regula y controla las empresas de seguros para garantizar que brindan los beneficios requeridos a los clientes. También describe las atribuciones del Superintendente, como dictar normas, revisar archivos de las empresas, ordenar suspensiones cuando sea necesario, y otorgar autorizaciones para ciertos cambios en las empresas. El objetivo general es tutelar el interés público en el sector de seguros.
Ley 1902 del 2018 por medio de la cual se establece un marco general par la l...JUAN DIEGO BARRERA ARIAS
Este documento es una ley que establece un marco general para la libranza o descuento directo en Colombia. Modifica varios artículos de la Ley 1527 de 2012 para aclarar definiciones como "entidad operadora", establecer requisitos como que todas las operadoras tengan un departamento de riesgo financiero, e incluir nuevos artículos sobre la venta de cartera de créditos y medidas de protección para los compradores.
Este documento resume la legislación ecuatoriana sobre las instituciones financieras. Detalla los tipos de instituciones financieras públicas y privadas reguladas, incluyendo bancos, cooperativas de ahorro y crédito, y compañías de seguros. También describe la Superintendencia de Bancos como el organismo de control y regulación del sistema financiero, con responsabilidad de supervisar la solvencia y el funcionamiento correcto de las instituciones. Finalmente, resume los pasos para la constitución legal de nuevas instituciones financieras privadas.
Este capítulo describe las limitaciones, prohibiciones y sanciones aplicables a las entidades de seguros y personas involucradas en el sistema de seguros privados. Detalla infracciones como no cumplir con la ley de seguros, realizar actividades no permitidas, cometer fraude, y proporciona sanciones como suspensiones, multas y remociones para quienes incurran en dichas infracciones. Además, establece responsabilidad personal para directores y auditores por declaraciones o informes falsos u ocultamiento de información.
Este documento describe el procedimiento de embargo de cuentas bancarias a favor del fisco para el cobro de créditos fiscales firmes. Las autoridades fiscales como el SAT pueden inmovilizar los fondos de un contribuyente en sus cuentas bancarias para presionar el pago de adeudos. Solo se permite el embargo de cuentas cuando existan créditos fiscales firmes o determinables. Los fondos embargados solo pueden transferirse al fisco una vez que el crédito fiscal relacionado quede firme.
Las instituciones de banca múltiple son sociedades autorizadas por el gobierno para realizar operaciones bancarias como captar depósitos y otorgar préstamos. Están reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y su principal obligación es proteger los intereses del público.
Este documento resume las leyes y resoluciones paraguayas relacionadas con la prevención del lavado de dinero y la financiación del terrorismo. Establece la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes como la autoridad responsable y describe las regulaciones para las entidades financieras sobre el nombramiento de oficiales de cumplimiento, la creación de comités de cumplimiento, y los procedimientos para monitorear transacciones sospechosas y mantener perfiles de clientes actualizados.
Este documento resume las leyes y resoluciones paraguayas relacionadas con la prevención del lavado de dinero y la financiación del terrorismo. Establece la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes como la autoridad responsable y describe las regulaciones para las entidades financieras sobre el nombramiento de oficiales de cumplimiento, la creación de comités de cumplimiento, y los procedimientos para monitorear transacciones sospechosas y mantener perfiles de clientes actualizados.
Pre sentacion de bancaria abc educacion financieramildre_guaran
esta presentracion define algunos términos contables con las letras g, h, i del glosario ABC de educación financiera que proporciona la superintendencia de bancos.
para mayor información consulte la pagina de la SIB.
Este documento presenta información sobre tres organismos reguladores del sistema financiero peruano: la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), el Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) y la Defensoría del Cliente Financiero. Describe las funciones de regulación y supervisión de la SBS y el BCRP. Explica que el FSD protege los depósitos de los clientes de instituciones financieras en quiebra hasta cierto monto máximo. Finalmente, señala que la Defensoría del Cliente Financiero bus
Este documento habla sobre la vulnerabilidad financiera de las empresas y personas físicas debido a su dependencia del capital de trabajo diario. Explica que las autoridades fiscales y el Ministerio Público pueden afectar las cuentas bancarias mediante embargos o inmovilización. También analiza formas de garantizar el interés fiscal para evitar estas medidas, así como la defensa a través del amparo indirecto impugnando la violación al debido proceso y la proporcionalidad de los embargos. Finalmente, declara la inconstitucionalidad
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Evaluación de principales hallazgos de la Historia Clínica utiles en la orientación diagnóstica de Hemorragia Digestiva en el abordaje inicial del paciente.
4. Concertación Crediticia
Art. 244.- El director, gerente, administrador, representante legal, miembro
del consejo de administración, miembro de comité de crédito o funcionario de
una institución bancaria, financiera u otra que opere con fondos del público
que, directa o indirectamente, a sabiendas, apruebe créditos, descuentos u otros
financiamientos por encima de los límites operativos establecidos en la ley de la
materia, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni
mayor de diez años y con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-
multa.
En caso de que los créditos, descuentos u otros financiamientos a que se refiere
el párrafo anterior sean otorgados a favor de directores o trabajadores de la
institución, o de personas vinculadas a accionistas de la propia institución
conforme a los criterios de vinculación normados por la Superintendencia de
Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, el autor será
reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de diez años
y con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa.
5. Si como consecuencia de la aprobación de las operaciones
señaladas en los párrafos anteriores, la Superintendencia de Banca,
Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
resuelve la intervención o liquidación de la institución, el autor será
reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni
mayor de doce años y trescientos sesenta y cinco a setecientos
treinta días-multa.
Los beneficiarios de las operaciones señaladas en el presente
artículo, que hayan participado en el delito, serán reprimidos con la
misma pena que corresponde al autor."
6. TIPICIDAD OBJETIVA
a) Sujeto activo
El sujeto activo que incurra en la conducta descrita en el art.
244, solo puede ser el director, gerente, administrador,
representante legal, miembro del consejo de administración,
miembro de comité de crédito o funcionario de una
institución bancaria, financiera u otra que opere con fondos
del público, es decir, es un tipo especial propio.
7. b) Sujeto pasivo
Teniendo en cuenta que el bien jurídico protegido, es de
carácter colectivo, el sujeto pasivo de esta conducta viene a
ser la colectividad.
8. c) Bien jurídico protegido
Mazuelos Coello, Bramont – Arias Torres, Abanto Vásquez,
Carrillo Florez, e incluso jurisprudencia nacional, han ubicado
en el sistema crediticio al objeto de protección con función
representativa a través de la tipificación de los delitos
financieros.
Hernández Quintero, Reyna Alfaro y Salinas Siccha, conciben
como objeto de protección en los delitos financieros al propio
sistema financiero.
9. d) Conducta típica
APROBAR créditos, descuentos u otros financiamientos, por
encima de los límites operativos establecidos en la ley de la
materia.
(artículos 198 y siguientes de la Ley 26702 - Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros, que parte por establecer que dichos límites se fijan
en función del patrimonio efectivo de cada empresa, es decir no existen
límites Standard aplicables a todas las entidades financieras).
NO es necesario que se haya efectivizado el desembolso del
financiamiento aprobado, o que este haya ocasionado algún
tipo de perjuicio.
10. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES:
Cuando los créditos, descuentos u otros financiamientos, son
otorgados a favor de directores o trabajadores de la
institución, o persona vinculada a accionistas de la propia
institución.
Si como consecuencia del delito la SBS resuelve la
intervención o liquidación de la institución.
EXTENSIÓN DE PUNIBILIDAD:
Los beneficiarios de las operaciones, que hayan participado
en el delito serán reprimidos con la pena del autor.
11. TIPICIDAD SUBJETIVA
El delito de concentración crediticia constituye un delito
doloso, es decir que se requiere la concurrencia de la
conciencia y la voluntad del sujeto activo de realizar el tipo
objetivo, es decir que el o los sujetos activos hayan tenido
conocimiento que la operación crediticia puesta para su
aprobación trasgredía los límites operativos establecidos por
la ley de la materia, y pese a tener dicho conocimiento
hayan decidido aprobarlo.
13. Ocultamiento, Omisión o Falsedad de Información
Art. 245.- El que ejerce funciones de administración o
representación de una institución bancaria, financiera u otra
que opere con fondos del público, que con el propósito de
ocultar situaciones de liquidez o insolvencia de la
institución, omita o niegue proporcionar información o
proporcione datos falsos a las autoridades de control y
regulación, será reprimido con pena privativa de libertad no
menor de cuatro ni mayor de ocho años y con ciento
ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa.
14. TIPICIDAD OBJETIVA
a) Sujeto activo
Este delito requiere del sujeto activo una calidad especial,
toda vez que sólo podrá ser cometido por quien ejerce
funciones de administración o representación de una
institución bancaria, financiera u otra que opere con fondos
del público.
15. b) Sujeto pasivo
Teniendo en cuenta que el bien jurídico protegido, es de
carácter colectivo, el sujeto pasivo de esta conducta viene a
ser la colectividad.
16. c) Bien jurídico protegido
VIVES ANTÓN, señala que se protege el derecho a obtener
una información completa y veraz sobre la situación jurídica o
económica de la entidad como los intereses patrimoniales de
los destinatarios de la información societaria.
17. d) Conducta típica
Ocultar situaciones de liquidez o insolvencia de la institución.
Insolvencia existe cuando la institución bancaria, financiera u
otra se encuentra ante la imposibilidad de cumplir con una
obligación por falta de medios. En cambio, existirá una
situación de iliquidez cuando dicha institución no tenga
dinero en efectivo para cumplir dicha obligación, aunque
tenga bienes para hacerse cargo de ella.
Omita o niegue proporcionar información.
Proporcione datos falsos a las autoridades de control y
regulación.
20. Instituciones financieras ilegales
Art. 246.- El que, por cuenta propia o ajena, se dedica directa
o indirectamente a la captación habitual de recursos del
público, bajo la forma de depósito, mutuo o cualquier
modalidad, sin contar con permiso de la autoridad
competente, será reprimido con pena privativa de libertad
no menor de tres ni mayor de seis años y con ciento ochenta
a trescientos sesenta y cinco días-multa.
Si para dichos fines el agente hace uso de los medios de
comunicación social, será reprimido con pena privativa de
libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y con
ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa.
22. b) Sujeto pasivo
Teniendo en cuenta que el bien jurídico protegido, es de
carácter colectivo, el sujeto pasivo de esta conducta viene a
ser la colectividad.
23. c) Bien jurídico protegido
“El bien jurídico protegido en este tipo de delitos es el sistema
crediticio. En el caso específico de la intermediación
financiera irregular, esta consiste en dedicarse a realizar
operaciones bancarias sin la correspondiente autorización
(…)” [Ejecutoria Superior del 31/03/1998, Exp. N° 8756-97,
Lima).
24. d) Conducta típica
La conducta típica del delito de intermediación financiera
viene configurada básicamente en identidad con un ilícito
administrativo y es que el tipo penal exige que el sujeto
activo haya captado, directa o indirectamente, fondos
públicos sin contar con la autorización de la
Superintendencia de Banca y Seguros. De esta manera, la
ausencia de autorización administrativa se concierte en
elemento esencial del delito de intermediación financiera.
Prevé una modalidad agravada, que se configura cuando el
agente hace uso de los medios de comunicación social.
25. e) Consumación y tentativa
Este delito ha sido construido como un tipo de mera
actividad, por lo que encuentra su punto de consumación
con el acto de captar fondos del público.
28. Financiamiento por medio de información fraudulenta
Art. 247.- El usuario de una institución bancaria, financiera u
otra que opera con fondos del público, o de una cooperativa
de ahorro y crédito que solo opera con sus socios y que no
está autorizada a captar recursos del público u operar con
terceros, inscrita en el Registro Nacional de Cooperativas de
Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del
Público, que, proporcionando información o documentación
falsas o mediante engaños obtiene créditos directos o
indirectos u otro tipo de financiación, será reprimido con
pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de
cuatro años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y
cinco días-multa.
29. Si como consecuencia del crédito así obtenido, la Superintendencia de
Banca, Seguros y AFP resuelve la intervención o liquidación de la
institución bancaria, financiera o de la cooperativa de ahorro y crédito
que solo opera con sus socios y que no está autorizada a captar
recursos del público u operar con terceros, inscrita en el Registro
Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar
Recursos del Público, es reprimido con pena privativa de libertad no
menor de cuatro ni mayor de diez años y con trescientos sesenta y
cinco a setecientos treinta días-multa.
Los accionistas, asociados, directores, gerentes y funcionarios de la
institución que cooperen en la ejecución del delito, serán reprimidos
con la misma pena señalada en el párrafo anterior y, además, con
inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 1, 2 y 4.
30. TIPICIDAD OBJETIVA
a) Sujeto activo
Es un delito especial, que tiene como autor al usuario de una
institución bancaria, financiera u otra que opere con fondos
del público. Por usuario debe entenderse al titular del
derecho real de uso. El que usa ordinaria y frecuentemente
una cosa o un servicio.
Asimismo, se incluye como posibles cooperadores de la
conducta a quienes ostenten la condición de accionistas,
asociados, gerente y funcionario de la institución de la que el
autor es usuario. Esto no quiere decir que se excluya a los
extraneus como posibles cooperadores de la conducta típica.
31. b) Sujeto pasivo
El sujeto pasivo sobre el que recae la acción delictiva es la
entidad financiera, con lo cual genera una alteración del
sistema financiero.
32. c) Bien jurídico protegido
REYNA ALFARO, señala que el objeto de protección es la
transparencia de las operaciones financieras.
33. d) Conducta típica
Proporcionar información o documentación falsas, por la cual
se obtiene créditos directos o indirectos u otro tipo de
financiación.
Informar es comunicar a la entidad financiera, hechos o
situaciones contrarias a la verdad, para obtener créditos.
Asimismo, entregar documentos falsos, que acreditan
supuestamente hechos o situaciones, para obtener créditos.
Además, se puede utilizar el engaño, para hacer creer que
algo es falso o verdadero y de esta forma obtener créditos.
34. e) Consumación y tentativa
El delito de obtención fraudulenta de crédito se consuma, en
el tipo básico, cuando el sujeto activo obtiene el crédito de la
institución financiera, en virtud a las maniobras por él
ejecutadas. Por obtención debe entenderse el efectivo
desplazamiento patrimonial de créditos a favor del agente,
de allí que la simple aprobación de créditos no supone la
consumación de la conducta delictiva, siendo posible que el
sujeto activo pueda desistirse o sea descubierto con
anterioridad a la obtención del crédito, en cuyo caso
estaremos ante un supuesto de tentativa.
35. TIPICIDAD SUBJETIVA
Nos encontramos ante un delito doloso. En la medida
que la conducta requiere que su realización se encuentre
motivada a obtener créditos de forma fraudulenta.
37. Condicionamiento de créditos
Art. 248.- Los directores, gerentes, administradores o
funcionarios de las instituciones bancarias,
financieras y demás que operan con fondos del
público que condicionan, en forma directa o
indirecta, el otorgamiento de créditos a la entrega
por parte del usuario de contraprestaciones
indebidas, serán reprimidos con pena privativa de
libertad no menor de uno ni mayor de tres años y
con noventa a ciento ochenta días-multa.
38. TIPICIDAD OBJETIVA
a) Sujeto activo
Este delito ha sido estructurado como un tipo especial
propio, en la medida que solo puede ser cometido por Los
directores, gerentes, administradores o funcionarios de las
instituciones bancarias, financieras y demás que operan con
fondos del público.
39. b) Sujeto pasivo
El sujeto pasivo de esta conducta viene a ser la colectividad.
40. c) Bien jurídico protegido
Según REYNA ALFARO, la protección penal se encuentra
dirigida a la transparencia de las operaciones financieras.
41. d) Conducta típica
Condicionar, en forma directa o indirecta, el otorgamiento de
créditos a la entrega por parte del usuario de
contraprestaciones.
Condicionar es influir de manera importante en el
comportamiento de alguien o el desarrollo de algo, para
hacerlo depender o mantenerlo supeditado. En este caso, se
influye sobre el usuario, a quien se le exige una
contraprestación, para otorgarle créditos.
Contraprestación es la prestación que debe una parte
contratante por razón de la que ha recibido o debe recibir de
la otra.
42. e) Consumación y tentativa
Este delito ha sido estructurado como un delito de mera
actividad, por eso la consumación viene dada en el momento
en que el sujeto activo de la conducta pone la condición al
usuario de la institución financiera para la concesión del
crédito. Es intrascendente si en realidad la víctima llegó a
entregar al sujeto activo la contraprestación indebida
requerida.
43. TIPICIDAD SUBJETIVA
La conducta descrita en este precepto sólo puede ser
cometida mediante dolo directo. Este delito busca evitar
el favorecimiento económico por parte de los miembros
de alta dirección de las entidades financieras, a costa de
los usuarios, estas se ven precisadas, por exigencia de
dichas personas, a entregar parte de los créditos como
condición para su entrega efectiva.
45. Pánico financiero
Art. 249.- El que a sabiendas produce alarma en la población
propalando noticias falsas atribuyendo a una empresa del sistema
financiero, a una empresa del sistema de seguros, a una sociedad
administradora de fondos mutuos de inversión en valores o de fondos
de inversión, a una administradora privada de fondos de pensiones u
otra que opere con fondos del público, o a una cooperativa de ahorro
y crédito que solo opera con sus socios y que no está autorizada a
captar recursos del público u operar con terceros, inscrita en el
Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas
a Captar Recursos del Público, cualidades o situaciones de riesgo que
generen el peligro de retiros masivos de depósitos o el traslado o la
redención de instrumentos financieros de ahorro o de inversión, es
reprimido con pena privativa de la libertad no menor de tres ni mayor
de seis años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-
multa.
46. La pena es no menor de cuatro ni mayor de ocho años y de trescientos
sesenta a setecientos veinte días-multa si el agente es miembro del
directorio o consejo de administración, gerente o funcionario de una
empresa del sistema financiero, de una empresa del sistema de
seguros, de una sociedad administradora de fondos mutuos de
inversión en valores o de fondos de inversión, de una administradora
privada de fondos de pensiones u otra que opere con fondos del
público, o de una cooperativa de ahorro y crédito que solo opera con
sus socios y que no está autorizada a captar recursos del público u
operar con terceros, inscrita en el Registro Nacional de Cooperativas
de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público; o si
es miembro del directorio o gerente de una empresa auditora, de una
clasificadora de riesgo u otra que preste servicios a alguna de las
empresas antes señaladas, o si es funcionario del Ministerio de
Economía y Finanzas, el Banco Central de Reserva del Perú, la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP o la Superintendencia del
Mercado de Valores.
47. La pena prevista en el párrafo anterior se aplica también a
los ex funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas, el
Banco Central de Reserva del Perú, la Superintendencia de
Banca, Seguros y AFP o la Superintendencia del Mercado de
Valores, siempre que hayan cometido delito dentro de los
seis años posteriores a la fecha de su cese.
48. TIPICIDAD OBJETIVA
a) Sujeto activo
En su tipo base, puede ser cometido por cualquier persona.
En su modalidad agravada del segundo párrafo, el agente
tiene que ser miembro del directorio o consejo de
administración, gerente o funcionario de una empresa del
sistema financiero, de una empresa del sistema de seguros,
de una sociedad administradora de fondos mutuos de
inversión en valores o de fondos de inversión, de una
administradora privada de fondos de pensiones u otra que
opere con fondos del público, o de una cooperativa de ahorro
y crédito.
49. La segunda modalidad agravada exige, que el sujeto activo
tenga la calidad de ex funcionario del Ministerio de Economía
y Finanzas, el Banco Central de Reserva del Perú, la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP o la
Superintendencia del Mercado de Valores.
50. b) Sujeto pasivo
El sujeto pasivo de esta conducta viene a ser la colectividad.
51. c) Bien jurídico protegido
Según REYNA ALFARO, la protección penal se encuentra
dirigida a la transparencia de las operaciones financieras.
52. d) Conducta típica
El comportamiento necesario para la configuración del tipo
objetivo en el delito de pánico financiero viene dado por la
“propalación de noticias falsas”, respecto a situaciones de
riesgo de entidades financieras u otras, que propicien el
peligro de retiros masivos de depósitos o el traslado o la
redención de instrumentos financieros de ahorro o de
inversión.
No se exige que los usuarios efectivamente retiren sus
depósitos, sino que se cree un peligro que podría conllevar a
esa situación.
55. Consideraciones generales
- Nuestra norma fundamental establece que la Ley
determina el sistema monetario de la República y que el
Banco Central de Reserva cumple, por delegación del
Estado, las tareas de emitir billetes y acuñar monedas,
además de regular la moneda, defender la estabilidad
monetaria y administrar las reservas internacionales.
- La correcta funcionalidad del Orden Económico toma
lugar con el intercambio, permanente e incesante, de las
monedas y los billetes, que acontece entre los diversos
agentes económicos.
56. - El comercio, la industria, la exportación y la importación
de bienes y servicios, importa el flujo continuo de entrega
y recepción de monedas y billetes; no obstante, la
introducción de otros instrumentos de pago.
- La integridad, credibilidad y confianza del Sistema
Económico, tiene que ver también con el factor fiduciario
de que las monedas que circulen correspondan al
numerario que se indique en su soporte material, y lo más
importante, que aquellos sean fidedignos, es decir, la
represión penal se dirige fundamentalmente contra
aquellas conductas que suponen la “falsificación de
monedas y billetes”.
- Tales comportamientos disvaliosos generan un clima de
desconfianza en el mercado cambiario.
57. Bien jurídico protegido
- Los medios de cambio y el dinero, como elementos
básicos del sistema monetario, evidencian su importancia
en el marco de las relaciones de mercado.
- La punición de estos comportamientos obedece a la
necesidad estatal de garantizar el correcto
funcionamiento del Orden Monetario, en cuanto a la
veracidad de sus instrumentos y su empleo como medio
de pago, cuya sanción penal no está supeditada a un
resultado lesivo, pues son, en su mayoría, delitos de
peligro.
58. - Los delitos monetarios están encaminados a proteger,
principalmente, la estabilidad económica, monetaria, de
mercado y fiscal.
- Se trata de delitos pluriofensivos, debido a la relevancia
funcional del Orden Monetario en el Sistema Económico.
59. La estabilidad económica
La estabilidad monetaria es un factor importante que
determina la estabilidad económica para alentar la inversión.
Las crisis económicas pueden eliminar puestos de trabajo y
reducir drásticamente los ingresos.
60. La seguridad del tráfico monetario
La seguridad del tráfico monetario es un aspecto importante
de la estabilidad monetaria, siendo prioridad la
implementación de sistemas de seguridad para hacer billetes
y monedas a prueba de falsificaciones.
61. La capacidad de medio de cambio
La moneda es un bien intermediario cuyo valor es
reconocido por todos y puede ser utilizado para el
intercambio de bienes y servicios, constituyendo el medio
generalizador de las actividades cotidianas en el circuito
económico.
62. La fe pública
Importa la confianza del colectivo hacia el tráfico de todos
aquellos instrumentos que son reputados como medio de
pago, de que su contenido y materialidad se ajustan a
términos concretos de veracidad.
63. El interés de la administración pública en el control de los
medios de pago internacionales
Persigue salvaguardar la economía nacional, manteniendo
estable la balanza de pagos, protegiendo la posición de la
moneda en el mercado internacional o las posibilidades del
país para hacer frente a las oportunidades crediticias con el
exterior.