Este documento trata sobre el derecho agrario en Bolivia. Explica que el derecho agrario regula las relaciones de la actividad agraria y corresponde al derecho público. Las tierras son de dominio originario de la nación y el estado se encarga de su distribución. El derecho agrario boliviano surgió de la reforma agraria de 1952 que nacionalizó las tierras. La reforma se basó en que la tierra es para quien la trabaja. La ley INRA establece la estructura del Instituto Nacional de Reforma Agraria
Presentación de la diputada Betty Tejada en el evento de Balance 2010-2011 de la Ley Marco de Autonomías de Bolivia. Evento que se realiza en Santa Cruz, el 5 y 6 de septiembre de 2011.
Presentación de la diputada Betty Tejada en el evento de Balance 2010-2011 de la Ley Marco de Autonomías de Bolivia. Evento que se realiza en Santa Cruz, el 5 y 6 de septiembre de 2011.
Derecho Procesal Civil.
Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada.
http://apuntesdederechoprocesalcivil.blogspot.mx/2013/10/unidad-19-sentencia-y-cosa-juzgada.html
CONTENIDO:
*Posesión civil y agraria
*Diferencias entre posesión agraria y posesión civil
*Basamento legal
* Reforma agraria en Venezuela
*Garantías de permanencia.
Aqui le ofrecemos un modelo simple de proyecto de investigación jurídica, que le ayudará a realizar pequeños trabajos de Derecho (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Evolución del Derecho Agrario en VenezuelaLuis Hera
Evolución del Derecho Agrario en Venezuela, desde la Ley de las XII Tablas hasta el 2005.
En Venezuela específicamente inició en 1936 a partir de la reunión de un grupo de hombres que buscaban trabajar «con y para» los campesinos ante la precaria situación de la producción agrícola
Derecho Procesal Civil.
Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada.
http://apuntesdederechoprocesalcivil.blogspot.mx/2013/10/unidad-19-sentencia-y-cosa-juzgada.html
CONTENIDO:
*Posesión civil y agraria
*Diferencias entre posesión agraria y posesión civil
*Basamento legal
* Reforma agraria en Venezuela
*Garantías de permanencia.
Aqui le ofrecemos un modelo simple de proyecto de investigación jurídica, que le ayudará a realizar pequeños trabajos de Derecho (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Evolución del Derecho Agrario en VenezuelaLuis Hera
Evolución del Derecho Agrario en Venezuela, desde la Ley de las XII Tablas hasta el 2005.
En Venezuela específicamente inició en 1936 a partir de la reunión de un grupo de hombres que buscaban trabajar «con y para» los campesinos ante la precaria situación de la producción agrícola
Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Movimiento C40
En esta sesión de la Constituyente de 1940, comienza la discusión del proyecto constitucional presentado a la Convención.
Se discuten el prologo, artículos 1, 2, 3. Disputa territorial por la Cienaga de Zapata.
2. Page 2
Que es Derecho agrario
Derecho agrario es una rama del derecho
que estudia el conjunto de normas que
regulan las relaciones de actividad
agraria, el derecho agrario corresponde al
derecho público, las normas del derecho
agrario tienen base constitucional en el
precepto que las tierras son de dominio
originario de la nación y corresponde al
estado la distribución, reagrupación,
redistribución de la propiedad agraria,
conforme a las necesidades, económicas
sociales del país de desarrollo rural.
El Derecho Agrario Boliviano es fruto de
una conquista social a través de la
Revolución de 1952 con la promulgación
del D.L. 3464 de Reforma Agraria elevado
a rango de Ley 1956 que tuvo la finalidad
de la NACIONALIZACIÓN del suelo y
sus recursos naturales son de dominio
originario del Estado a partir de esta
concepción el Derecho Agrario deja de
estar dentro del derecho privado. En 1961
se incorpora a la Constitución Política del
Estado El Régimen Agrario quedando en
la división del Derecho Publico
3. Page 3
Cuando se realizo la reforma agraria:
• En 1953 en el gobierno del MNR; inspirada en 4 principios
fundamentales:
1. La función social
2. El trabajo es la fuente para la adquisición y conservación de la
propiedad de la tierra
3. El reconocimiento de la propiedad agraria
4. El derecho originario de la nación sobre la tierra
4. Page 4
Ley INRA
Derecho adjetivo - derecho subjetivo
Art. 1. ley INRA tiene por objeto,
establecer la estructura orgánica y
atribuciones, del Servicio Nacional de
Reforma Agraria (S.N.R.A.)
Art.6: estructura organica:
1.Presidente
2.Ministro de desarrollo rural y medio
ambiente
3.Comisión agraria nacional
4.Instituto nacional de reforma agraria
(INRA)
Art. 17 IMRA. Es el órgano técnico,
ejecutivo en cargado de dirigir, coordinar
y ejecutar las políticas.
1.Ejecutar políticas, programas de
agrupación y redistribución de tierras.
2.Asentamientos humanos comunarios
3.Emitir y distribuir títulos
4.Determinar las tierras fiscales que serán
distribuidas
5.Revertir tierras
Arti. 51. serán revertidas al
dominio originario de la nación
sin indemnización alguna, las
tierras cuyo uso perjudique el
interés colectivo calificado por
esta ley en concordancia con lo
artículos 22 párrafo I,
136,165,166 Y 169 de la CPE.
5. Page 5
Ley INRA
Saneamiento de la propiedad agraria
Art.64. es el procedimiento técnico
jurídico transitorio destinado a regularizar
y perfeccionar el derecho de la propiedad
agraria.
Arti. 66. finalidad.
1.Titulación de las tierras
Decreto supremo N 27572 del 17 de junio
de 2004.
Art.2. regular el proceso de saneamiento
aplicado en el norte amazónico recién par
el año 2016 se regular el saneamiento en
Pando.
6. Page 6
TIPO DE PROPIEDAD
AGRARIA
Art. 2 Ley INRA
ARTI. 3 GARANTISA
CONSTITUCIONALES
7. Page 7
Las que cumplen una función económica
son:
La mediana propiedad y la propiedad
empresarial
La función económico-social en materia
agraria, establecida por el artículo 169[13]de
la Constitución Política del Estado, es el
empleo sostenible de la tierra en el
desarrollo de actividades agropecuarias,
forestales y otras de carácter productivo, así
como en las de conservación y protección de
la biodiversidad, la investigación y el
ecoturismo, conforme a su capacidad de uso
mayor, en beneficio de la sociedad, el
interés colectivo y el de su propietario.
Las TCOS y las propiedades Campesinas
comunidad Bajo el principio de que la tierra
es para el quien la trabaja si no cumple la
función económica la propiedad mediana y
empresarial se revierte al estado.
arias solo deben cumplir una función social,
no se les exige la económica social
Las que cumplen una función
social son:
Las tierras medianas, la propiedad
comunitaria Y pequeña.
La actual Constitución Política del
Estado establece que la función
social "Es el aprovechamiento
sustentable de la tierra por parte de
pueblos y comunidades indígena
originario campesinos, así como el
que se realiza en pequeñas
propiedades, y constituye la fuente
de subsistencia y de bienestar y
desarrollo sociocultural de sus
titulares. En el cumplimiento de la
función social se reconocen las
normas propias de las comunidades.
(Art. 397).