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UNIVERSIDAD YACAMBÚ
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO.
TJT-0442
Trabajo ilustrado.
Unidad I
CABUDARE, 20 de Septiembre DE 2022.
Historia de la agricultura
La historia de la agricultura es de lo más extensa, siendo esta la razón de
domesticación tanto de alimentos y ganado. Impresionante sin lugar a duda cuando
vemos como lucían estos en el pasado, el desarrollo en las primeras etapas mostraba
carencias, derivando en que la agricultura se desarrollase de forma independiente en
diferentes regiones del mundo e incluso llegando a tener muchos taxones (grupo de
organismos emparentados)
Periodo Neolítico
Durante el período Neolítico, Hace 12.000 años, el desarrollo de la agricultura creó
una revolución en la historia al cambiar por completo la forma en que vivían las
personas. El cultivo de la tierra como producción de sus propios alimentos ha
permitido a la humanidad lograr cambios trascendentales como el sedentarismo y la
formación de poblaciones que han marcado por completo el devenir de la historia.
Edad Moderna
Desde la época prehispánica, la agricultura venezolana ha tenido dos sistemas de
cultivo muy diferentes: hortalizas y semillas. El sistema agrícola anterior dependía de la
reproducción vegetativa (madera) y era uno de los sistemas agrícolas más
desarrollados en las tierras bajas tropicales húmedas no solo en Las Indias o también
llamada Las Américas, sino también en lugares como África y el sudeste asiático.
 Hortalizas: En este sistema, el cultivo principal es una planta con grandes raíces,
rizomas o tubérculos ricos en almidón y azúcar. Por lo tanto, en estos sistemas, las
proteínas requeridas para la nutrición se obtienen por extracción de fuentes animales.
Los principales cultivos de este sistema son: La yuca, el camote y la okra. La vegetación
de las Américas tropicales se extendió a las regiones templadas y frías de los Andes de
América del Sur a través del cultivo de la papa, que se combina en los lugares más altos
con otros tubérculos comunes del entorno y de la época como lo son la oca, la rakah, el
ulluko, etc.
 Semillas: Este sistema tiene algo que lo diferencia o lo caracteriza, esto es su
adaptación a los trópicos secos y a las regiones subtropicales. En este caso, la
reproducción de las plantas se hace mediante semillas, y los cultivos más
importantes son: el maíz, los granos (Frijoles, caraotas, Arvejas, Lentejas, entre
otros…) las calabazas, etc.
La agricultura venezolana se ve afectada de diferente manera por diversos factores
económicos, ambientales y tecnológicos, pero sobre todo por la política
proteccionista y de puertas abiertas instaurada durante este período y su relación con
el comercio internacional de alimentos. Como resultado, los indicadores económicos de
los establecimientos agropecuarios muestran tendencias muy desiguales tanto en el
tiempo como en el espacio agropecuario nacional.
Revolución Industrial
Actualidad
En la Actualidad, nuestro país es bastante ineficiente, con el 70% de la tierra cultivable
en propiedad del 3% de los ganaderos (una de las más altas de América Latina). Bajo
la Ley de Tierras y Reforma Agraria de 2001 (Misión Zamora), las tierras públicas y
privadas consideradas ilegales o improductivas deben ser redistribuidas. En enero de
2009, el gobierno venezolano donó cerca de 2,7 millones de hectáreas de tierra
deshabitada (6,6 millones de acres, casi un tercio de la superficie terrestre de los
latifundios antes de 1998) a 180.000 familias campesinas sin hogar.
Valoración del conuco como factor sustentable
En algunas regiones, Tanto Templadas como tropicales en toda América Central; los
sistemas agrícolas tradicionales surgieron a través de siglos de evolución cultural y
biológica, así que agricultores locales desarrollaron agroecosistemas adaptados a las
condiciones locales que les permitieron satisfacer sus necesidades básicas.
En general, estos agroecosistemas son muy diversos y manejados con baja
tecnología e insumos producidos localmente. Claro, esto suena muy bien, pero estos
dependen de los recursos locales, la energía de cuidado y la fertilidad natural del
suelo, que generalmente se mantiene mediante leguminosas y fertilizantes orgánicos.
Frente a los desafíos como el espacio limitado, la baja fertilidad del suelo, la sequía,
las plagas, etc., los agricultores de todo el continente han desarrollado sistemas de
gestión únicos para sortear estas limitaciones.
Comercio agrario en Venezuela
Aunque Venezuela ha sido durante mucho tiempo un país de suelos fértiles y rica
vegetación, el comercio y la distribución de productos agrícolas se inició en 1810 y se
extendió a la explotación comercial del petróleo, ya que en ese momento el país
dependía únicamente de los productos de la tierra y la ganadería. Exportando así cacao,
añil, café, algodón y un sinfín de productos agrícolas; a fines del siglo XX, la revolución
industrial en Venezuela vio el mayor éxodo de agricultores gracias a los cambios
económicos y la escasa regulación, lo que obligó a muchos trabajadores agrícolas a
buscar formas de mejorar y enfocarse en ciudades petroleras.
En otro orden de ideas, se trata precisamente de la propiedad agrícola, que
comprende el derecho absoluto que tiene el ser humano, así como el uso, goce y goce
de los frutos de la tierra bajo su protección, aunque no se disfrute. la propiedad se
hereda a los herederos.
. La propiedad civil tiene algunas similitudes con la propiedad que es el uso, uso y goce
absoluto de la propiedad, no considerándose como un acto prohibido por la ley y debe
ser considerado de conformidad con las disposiciones de la ley de propiedad. Tienen
una función social de administrar la propiedad privada y no la atacan de esa manera,
su propósito es alquilar casas vacías, terrenos baldíos porque se asocia erróneamente
con la apropiación de la propiedad. La Constitución Bolivariana de Venezuela en su
artículo 115 establece que “se garantiza el derecho a la propiedad. Toda persona tiene
derecho a usar, usar, usar y disponer de sus bienes. Los bienes inmuebles están sujetos
a las contribuciones, limitaciones y obligaciones prescritas por la ley para el bien público
o el bien común. “
La tenencia de la tierra se estableció en el siglo XVI con la llegada del gobernador
provincial de Venezuela, Don Diego de Osorio, quien legalizó la tenencia ilegal de la
tierra en los territorios ocupados, trayendo consigo un pesado título de propiedad del
almacén. Durante la época colonial, el gobierno del virrey proporcionó tierras para el
cultivo de la familia y, en menor medida, de algunos asalariados. Actualmente existe un
registro de la propiedad registrada denominado SAREN, cuyo objeto es registrar y
certificar actos o transacciones jurídicas relacionadas con nombres de dominio y otros
derechos sobre bienes inmuebles, también es posible investigar y confirmar la
secuencia del título a través del registro público. en que se realicen dichas
negociaciones o compras y la posibilidad de acreditar su legitimidad con la ayuda de
libros y apuntes.
Antecedentes históricos
 Inicios de la Humanidad.
 Nace del derecho Civil como un Derecho de Actividad, no solo de propiedad, sino
como una unidad de organización y del uso de la tierra en la producción agrícola.
 Nace en el siglo XIX en Italia. Extendiéndose en otros países europeos.
Se entiende por derecho agrario las normas, leyes, reglamentos y disposiciones en
general, doctrina y jurisprudencia que se refieren a la propiedad rústica y a las
explotaciones de carácter agrícola que estas llevando como fuentes:
 La Costumbre: Es la sucesión de comportamientos sociales y usos admitidos por
la colectividad de determinada circunscripción territorial.
 La Norma: Es la costumbre sujeta a un sistema invariable.
 La Ley: Es una norma de carácter jurídico elaborada orgánicamente para que se
cumpla con rigidez coercitiva.
 La Jurisprudencia: Es la praxis del caso particular en base de la hermenéutica
legal. Está interpretación, uniformada por tres casos iguales en nuestra
legislación, constituye la jurisprudencia.
Principios Agrarios Constitucionales en Venezuela
El cuerpo normativo agrario de la Constitución Bolivariana de Venezuela aborda como
normas básicas cuatro aspectos de la estructura agraria nacional.
 Primero, la naturaleza sustentable de la agricultura.
 Segundo, la importancia de la seguridad alimentaria.
 Tercero, la participación del Estado en el desarrollo agrario.
 Cuarto, el derecho de propiedad.
El Art.305 establece que el Pilar Bolivariano vincula una estrategia de
desarrollo integral basada en la agricultura sostenible con la seguridad
alimentaria de los pueblos. Esta última se entiende como la disponibilidad
suficiente y estable de alimentos a nivel nacional, así como su acceso
oportuno y continuo a los consumidores. Se entiende como tal la disposición
constitucional que combina la necesidad de un consumo adecuado y
suficiente de alimentos con el autoabastecimiento, que sostiene que la
seguridad alimentaria se logrará desarrollando y apoyando la producción
agropecuaria nacional, proveniente de las actividades agrícolas, pecuarias,
piscícolas y acuícolas.
La constitución boliviana de Venezuela en el Capítulo VII, Art. 115, se
refiere a los derechos económicos, activo de activos. Esta condición
preliminar es parte de lo que Venturini requiere estándares o estándares de
software; Esto significa que la constitución se establece como establecer un
sistema, en este caso, el estado venezolano reconoce la propiedad, como se
pasa en todas las constituciones desde 1811, inspirada en el Código
Napoleón en 1804, que muestra: "Propiedad señaló:" Musería - "Propiedad:"
es el derecho a disfrutar y deshacerse de todo de la manera absoluta,
siempre y cuando no se sufran. Ley o Principio de Prohibición ". Joaquín de
Camps y Arbois señala que las tres prerrogativas de inviolabilidad, santidad
y absolutidad han ayudado a romper con este estándar de propiedad,
disposición asociada a la conocida taxonomía del derecho justiniano.

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  • 1. UNIVERSIDAD YACAMBÚ VICERRECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO. TJT-0442 Trabajo ilustrado. Unidad I CABUDARE, 20 de Septiembre DE 2022.
  • 2. Historia de la agricultura La historia de la agricultura es de lo más extensa, siendo esta la razón de domesticación tanto de alimentos y ganado. Impresionante sin lugar a duda cuando vemos como lucían estos en el pasado, el desarrollo en las primeras etapas mostraba carencias, derivando en que la agricultura se desarrollase de forma independiente en diferentes regiones del mundo e incluso llegando a tener muchos taxones (grupo de organismos emparentados) Periodo Neolítico Durante el período Neolítico, Hace 12.000 años, el desarrollo de la agricultura creó una revolución en la historia al cambiar por completo la forma en que vivían las personas. El cultivo de la tierra como producción de sus propios alimentos ha permitido a la humanidad lograr cambios trascendentales como el sedentarismo y la formación de poblaciones que han marcado por completo el devenir de la historia.
  • 3. Edad Moderna Desde la época prehispánica, la agricultura venezolana ha tenido dos sistemas de cultivo muy diferentes: hortalizas y semillas. El sistema agrícola anterior dependía de la reproducción vegetativa (madera) y era uno de los sistemas agrícolas más desarrollados en las tierras bajas tropicales húmedas no solo en Las Indias o también llamada Las Américas, sino también en lugares como África y el sudeste asiático.  Hortalizas: En este sistema, el cultivo principal es una planta con grandes raíces, rizomas o tubérculos ricos en almidón y azúcar. Por lo tanto, en estos sistemas, las proteínas requeridas para la nutrición se obtienen por extracción de fuentes animales. Los principales cultivos de este sistema son: La yuca, el camote y la okra. La vegetación de las Américas tropicales se extendió a las regiones templadas y frías de los Andes de América del Sur a través del cultivo de la papa, que se combina en los lugares más altos con otros tubérculos comunes del entorno y de la época como lo son la oca, la rakah, el ulluko, etc.
  • 4.  Semillas: Este sistema tiene algo que lo diferencia o lo caracteriza, esto es su adaptación a los trópicos secos y a las regiones subtropicales. En este caso, la reproducción de las plantas se hace mediante semillas, y los cultivos más importantes son: el maíz, los granos (Frijoles, caraotas, Arvejas, Lentejas, entre otros…) las calabazas, etc. La agricultura venezolana se ve afectada de diferente manera por diversos factores económicos, ambientales y tecnológicos, pero sobre todo por la política proteccionista y de puertas abiertas instaurada durante este período y su relación con el comercio internacional de alimentos. Como resultado, los indicadores económicos de los establecimientos agropecuarios muestran tendencias muy desiguales tanto en el tiempo como en el espacio agropecuario nacional. Revolución Industrial
  • 5. Actualidad En la Actualidad, nuestro país es bastante ineficiente, con el 70% de la tierra cultivable en propiedad del 3% de los ganaderos (una de las más altas de América Latina). Bajo la Ley de Tierras y Reforma Agraria de 2001 (Misión Zamora), las tierras públicas y privadas consideradas ilegales o improductivas deben ser redistribuidas. En enero de 2009, el gobierno venezolano donó cerca de 2,7 millones de hectáreas de tierra deshabitada (6,6 millones de acres, casi un tercio de la superficie terrestre de los latifundios antes de 1998) a 180.000 familias campesinas sin hogar. Valoración del conuco como factor sustentable En algunas regiones, Tanto Templadas como tropicales en toda América Central; los sistemas agrícolas tradicionales surgieron a través de siglos de evolución cultural y biológica, así que agricultores locales desarrollaron agroecosistemas adaptados a las condiciones locales que les permitieron satisfacer sus necesidades básicas.
  • 6. En general, estos agroecosistemas son muy diversos y manejados con baja tecnología e insumos producidos localmente. Claro, esto suena muy bien, pero estos dependen de los recursos locales, la energía de cuidado y la fertilidad natural del suelo, que generalmente se mantiene mediante leguminosas y fertilizantes orgánicos. Frente a los desafíos como el espacio limitado, la baja fertilidad del suelo, la sequía, las plagas, etc., los agricultores de todo el continente han desarrollado sistemas de gestión únicos para sortear estas limitaciones. Comercio agrario en Venezuela Aunque Venezuela ha sido durante mucho tiempo un país de suelos fértiles y rica vegetación, el comercio y la distribución de productos agrícolas se inició en 1810 y se extendió a la explotación comercial del petróleo, ya que en ese momento el país dependía únicamente de los productos de la tierra y la ganadería. Exportando así cacao, añil, café, algodón y un sinfín de productos agrícolas; a fines del siglo XX, la revolución industrial en Venezuela vio el mayor éxodo de agricultores gracias a los cambios económicos y la escasa regulación, lo que obligó a muchos trabajadores agrícolas a buscar formas de mejorar y enfocarse en ciudades petroleras. En otro orden de ideas, se trata precisamente de la propiedad agrícola, que comprende el derecho absoluto que tiene el ser humano, así como el uso, goce y goce de los frutos de la tierra bajo su protección, aunque no se disfrute. la propiedad se hereda a los herederos.
  • 7. . La propiedad civil tiene algunas similitudes con la propiedad que es el uso, uso y goce absoluto de la propiedad, no considerándose como un acto prohibido por la ley y debe ser considerado de conformidad con las disposiciones de la ley de propiedad. Tienen una función social de administrar la propiedad privada y no la atacan de esa manera, su propósito es alquilar casas vacías, terrenos baldíos porque se asocia erróneamente con la apropiación de la propiedad. La Constitución Bolivariana de Venezuela en su artículo 115 establece que “se garantiza el derecho a la propiedad. Toda persona tiene derecho a usar, usar, usar y disponer de sus bienes. Los bienes inmuebles están sujetos a las contribuciones, limitaciones y obligaciones prescritas por la ley para el bien público o el bien común. “
  • 8. La tenencia de la tierra se estableció en el siglo XVI con la llegada del gobernador provincial de Venezuela, Don Diego de Osorio, quien legalizó la tenencia ilegal de la tierra en los territorios ocupados, trayendo consigo un pesado título de propiedad del almacén. Durante la época colonial, el gobierno del virrey proporcionó tierras para el cultivo de la familia y, en menor medida, de algunos asalariados. Actualmente existe un registro de la propiedad registrada denominado SAREN, cuyo objeto es registrar y certificar actos o transacciones jurídicas relacionadas con nombres de dominio y otros derechos sobre bienes inmuebles, también es posible investigar y confirmar la secuencia del título a través del registro público. en que se realicen dichas negociaciones o compras y la posibilidad de acreditar su legitimidad con la ayuda de libros y apuntes. Antecedentes históricos  Inicios de la Humanidad.  Nace del derecho Civil como un Derecho de Actividad, no solo de propiedad, sino como una unidad de organización y del uso de la tierra en la producción agrícola.  Nace en el siglo XIX en Italia. Extendiéndose en otros países europeos.
  • 9. Se entiende por derecho agrario las normas, leyes, reglamentos y disposiciones en general, doctrina y jurisprudencia que se refieren a la propiedad rústica y a las explotaciones de carácter agrícola que estas llevando como fuentes:  La Costumbre: Es la sucesión de comportamientos sociales y usos admitidos por la colectividad de determinada circunscripción territorial.  La Norma: Es la costumbre sujeta a un sistema invariable.  La Ley: Es una norma de carácter jurídico elaborada orgánicamente para que se cumpla con rigidez coercitiva.  La Jurisprudencia: Es la praxis del caso particular en base de la hermenéutica legal. Está interpretación, uniformada por tres casos iguales en nuestra legislación, constituye la jurisprudencia.
  • 10. Principios Agrarios Constitucionales en Venezuela El cuerpo normativo agrario de la Constitución Bolivariana de Venezuela aborda como normas básicas cuatro aspectos de la estructura agraria nacional.  Primero, la naturaleza sustentable de la agricultura.  Segundo, la importancia de la seguridad alimentaria.  Tercero, la participación del Estado en el desarrollo agrario.  Cuarto, el derecho de propiedad.
  • 11. El Art.305 establece que el Pilar Bolivariano vincula una estrategia de desarrollo integral basada en la agricultura sostenible con la seguridad alimentaria de los pueblos. Esta última se entiende como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos a nivel nacional, así como su acceso oportuno y continuo a los consumidores. Se entiende como tal la disposición constitucional que combina la necesidad de un consumo adecuado y suficiente de alimentos con el autoabastecimiento, que sostiene que la seguridad alimentaria se logrará desarrollando y apoyando la producción agropecuaria nacional, proveniente de las actividades agrícolas, pecuarias, piscícolas y acuícolas. La constitución boliviana de Venezuela en el Capítulo VII, Art. 115, se refiere a los derechos económicos, activo de activos. Esta condición preliminar es parte de lo que Venturini requiere estándares o estándares de software; Esto significa que la constitución se establece como establecer un sistema, en este caso, el estado venezolano reconoce la propiedad, como se pasa en todas las constituciones desde 1811, inspirada en el Código Napoleón en 1804, que muestra: "Propiedad señaló:" Musería - "Propiedad:" es el derecho a disfrutar y deshacerse de todo de la manera absoluta, siempre y cuando no se sufran. Ley o Principio de Prohibición ". Joaquín de Camps y Arbois señala que las tres prerrogativas de inviolabilidad, santidad y absolutidad han ayudado a romper con este estándar de propiedad, disposición asociada a la conocida taxonomía del derecho justiniano.