1. ASIGNATURA: Legislación Agraria, Forestales y Ambientales.
TEMA: Hecho Social Agrario
DOCENTE: DOC. Richard Olivera Villegas
INTEGRANTES:
Bautista Quispe Nelson
Mendoza Arango Darix
Mayhua Ramos Royer
Hacha Fuentes Luck Diego
Bendezú Huamán Anny Lizeth
Ramos Auccatoma Sara Virginia
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HUANTA
¨Universidad del VRAEM y de la Integración Regional de los Andes¨
FACULTAD DE INGENIERÍA
ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE NEGOCIOS AGRONÓMICOS Y FORESTALES
2. Miguel Apaza Rodríguez, profesor que estuvo a cargo del curso Derecho de Agricultura, Aguas y
Minería. En la Pontificia Universidad Católica del Perú en el año 1921. Donde indicó que el primer
capitulo del cuso se refiere a la significación de la agricultura en la ciencia del Derecho.
Así, la disciplina del derecho agrario fue ganando autonomía como también aumentaba su normativa.
Entonces muchos países, incluyendo el nuestro, vivían profundas modificaciones en el reparto social de
la tierra.
Por ese motivo las obras jurídicas han privilegiado la visión histórica e ideológica de la reforma agraria,
pero no estrictamente jurídica.
3. Este libro es uno de derecho en la cual se ocupa de crear reglas,
como también se preocupa en la disciplina jurídica, que no olvida la
historia
Pero se concentra en la actualidad normativa, de amplio contenido
con múltiples leyes y reglamentos.
4. se refiere a un evento o fenómeno que está
relacionado con la agricultura y la sociedad. Esto
puede incluir aspectos como la producción de
alimentos, las prácticas agrícolas, las relaciones
laborales en el campo, la distribución de tierras
agrícolas y el impacto social y económico de la
actividad agraria en una comunidad o país.
5. DEFINICIÓN DEL TERMINO:
AGRICULTURA, AGRARIO, Y RURAL
AGRICULTURA: Proviene de ¨Agri¨ y ¨Cultura¨
por tanto estos comprenden el cultivo de la tierra, con la finalidad de
producir vegetales y arboles con fines económicos.
AGRARIO: se refiere a todo lo relacionado con la agricultura o la tierra
de cultivo. Puede utilizarse para describir aspectos que tienen que ver con
la tierra, la producción de alimentos, la explotación agrícola, la
distribución de la tierra entre los agricultores.
RURAL: Se refiere a las áreas o zonas que se encuentran fuera de las
ciudades donde se desarrolla actividades agrarias, explotaciones mineras
6. IMPORTANCIA DEL DERECHO AGRARIO
IMPORTANCIA EN LA CIVILIZACION
La agricultura fue la actividad de mayor importancia,
porque con su descubrimiento se dio la primera
revolución neolítica, donde el hombre nómade recolector
paso a ser sedentario productor.
7. IMPORTANCIA SOCIAL
La sociedad se caracteriza por manejar una economía moderna, donde los
productos tecnológicos remplazaron a productos físicos, ante todo esto la
importancia de la agricultura paso a perder en el PBI nacional.
Por lo cual podemos concluir que la cuarta parte de la población
Peruana se ve perjudicado por que depende directamente
de la actividad agrícola para su subsistencia diaria de su familia
8. Importancia económica
La agricultura es el medio de subsistencia de
cerca de tres mil millones de personas en el
mundo.
En tal sentido, la agricultura es una actividad
que rápidamente dinamiza la economía rural,
normalmente la más postergada, por lo que
permite que el dinero fluya de la ciudad al
campo.
9. Importancia en el bienestar
La agricultura tiene incidencia general en la
sociedad, pues la producción agraria y ganadera
sirve para satisfacer una necesidad básica como
es la alimentación (que es derecho humano), por
lo que el Estado debe formular políticas con
miras a garantizar la seguridad alimentaria, que
no es otra cosa que lograr una producción
suficiente, sana y saludable de alimentos para
cubrir las necesidades de la población.
10. BREVE HISTORIA SOCIAL DEL HECHO AGRARIO
3.1. Historia general
Es conocido que las primeras civilizaciones humanas, como Egipto,
Mesopotamia, China, Mesoamérica, Andes y luego Roma se relacionan con
la agricultura, pues la sociedad se construye sobre la base de la tierra y sus
excedentes.
Mientras la plutocracia necesita mano de obra y da origen a la sociedad
esclavista como mecanismo para sostener la producción, la agricultura da
lugar a la civilización, la cultura y el derecho.
La esclavitud desaparece en el medioevo, probablemente por razones de
humanización pero se reemplaza pro la servidumbre. De tal suerte, el
hombre de la época se siente seguro, pues las personas se dividen según el
estamento al que pertenecen: señores, clero. Artesanos, agricultores o
burgueses.
11. Historia del Perú
La historia de la agricultura ha pasado por la deferentes etapas pero siempre vinculada a
los centros de poder mundial.
12. Colonialismo : es cierto que la historiografía discute si la denominación
española constituyo un periodo colonial o de anexión de una corona a otra . La
otra la economía si tuvo una lógica de apropiación colonial pues los privilegios
de la monarquía en alianza con los poderes locales recibieron tierras recursos y
rentas del poder políticos por lo tanto la economía colonialistas no es liberal ni
de mercado sino dependiendo del favor político.
Tradicionalismo : la independencia se inspiro en los principios de la libertad e
igualdad tal como ocurrió con la revolución francesas y norte América . En un
primer momento el decreto de bolívar del 8 de abril de 1824 reconoció que las
tierras de la comunidad correspondía en propiedad a sus ocupante que podía
venderlas de cualquier modo . Posteriormente en una segunda etapa la
liberalización de la tierra se vincula con nuevos instrumentos jurídicos idóneos
para el desarrollo del capitalismo
13. Tradicionalismo con la enclaves de modernización (1920_1968)
Los centros del poder mundial buscaron expandir sus relaciones con los
países periféricos ; sea mediante inversiones directas o mediante alianzas
con poderes locales . Por tal motivo , las tierras de los valles de la costa
fueron adquiridas por empresas vinculadas con el gran capital de
exportación , lo que origino la concentración de la tierra en pocas manos.
La agricultura costeña se dedica a la exportación de la constitución de la
1920 trata de representar esta nueva realidad económica, de insercion en el
mercado internacional.
14. Reforma agraria (1969_1991)
A inicios del siglo xx, la agricultura era la principal actividad económica del Perú con fuerte
dependencia del capital extranjero y de las exportaciones . Además la inmensa mayoría de la
población vivía en el campo y no en la ciudad . La agricultura en forma acelerada ,fue perdiendo
peso en el producto bruto interno con el consiguiente desempleo en el campo. El resultado fue
que la tierra quedo concentrada en pocas manos y a los campesinos Vivian discriminados sin
derechos dependientes del hacendado y en condición deplorables . Por ello, no extraña que en la
década de 1960 hubiese una alta conflictividad social ,con reclamos por tierras movilizaciones y
levantamientos guerrilleros vinculados a la injusticia social en el campo
15. Reforma agraria
A inicios de siglo XX, la agricultura era la principal actividad económica del Perú.
Dicha actividad perdió peso en el producto bruto interno (PBI), debido al
desempleo y a las condiciones de vida.
Favorecía solo a las clases altas con poder económico, social y político, los cuales
fueron: los hacendados, terratenientes.
La tierra quedo concentrada en pocas manos, y los campesinos vivían
discriminados, sin derechos, dependientes del hacendado y en condiciones
deplorables.
1960 se dio el conflicto social, vinculado a la injusticia social en el campo.
Se dio a inicios del año
1969 hasta 1991.
16. La reforma agraria fue un clamor nacional, incluso de sectores del grandes capitales
modernos.
La ley 15037 del 21 de mayo de 1964 fue la 1ra norma de la reforma agraria en el
Perú, el cual establecía limites a la propiedades la tierra, pero excluía a los grandes
complejos agroindustriales de la costa.
Amplio límites de las sociedades con la multiplicación del área por el numero de
socios.
Limitaba a las haciendas de la sierra con feudatarios, lo que resulto ser un sistema de
escaza o nula efectividad.
Se dictó la 2da ley de reforma agraria, mediante el decreto ley 17716, del 24 de junio
de 1969.
Asimismo se logró aprobar el TUO mediante el decreto supremo 265-70-AG del 18
de agosto de 1970. dicha norma tuvo un carácter radical, el cual constituyo un hito
en la historia peruana.
17. a) Distintas causales de afectación y exportación de
la tierra.
Formada en base a complejos agroindustriales, 60 SAIS y 8 empresas de
propiedad social, y que constituyen el 66,5% de las beneficiarias en
cuanto a la adjudicación de tierras el 49% en términos de n° de
beneficiarios.
La adjudicación realizada a los campesinos independientes o la efectuada
indirectamente a poseedores individuales en grupos campesinos (775) y
comunidades campesinas (424) representan la menor parte de lo
ejecutado.
Como complemento, se ha entregado 533 974 hectáreas de tierras a 22
948 familia campesinas se la selva.
Constituido 73 cooperativas, 56 grupos campesinos 3 EPS, además se
adjudico extensiones complementarias de colonización a SAIS.
Los dispositivos legales respecto a las comunidades nativas de la selva (D.
L. 20653 y 22175) permitió la adquisición, por extensión de dominio y
caducidad de títulos de propiedad, 2 863 239 hectáreas de tierras.
Reconoció como propiedad 314 comunidades nativas y 10 641 familias: 1
126 814 hectáreas.
La reforma agraria , 14444 y 15037, que en 16 años de aplicación efectiva
(1963-1979).
18. b) Impedimento de la división de la tierra más allá del mínimo legal.
c) Adjudicación de la tierra abandonada o expropiada a favor de campesinos que trabajan en la tierra.
d) Obligación de explotación de la tierra, por lo que se extingue la propiedad por abandono causado por el
mismo titular durante 2 años, o por prescripción adquisitiva de un tercero, por 5 años.
e) Prohibición de hipoteca, el cual evita la especulación sobre la tierra y se fomenta la conducción directa.
La propiedad privada de la tierra no queda abolida, pero si sujeta a severas restricciones de intervención:
i. Limites máximos y mínimos de los predios.
ii. Limites de explotación del predio.
iii. Limites de la inactividad.
iv. Limites de la disposición.
La reforma agraria redistributiva tuvo un mayor alcance entre 1969-1976.
Hubo graves problemas, como la falta de pago de las indemnizaciones por expropiación. Asimismo, hubo
inconvenientes por la descapitalización que sufrió el agro, la ausencia de crédito, falta de asistencia técnica a
los nuevos propietarios, y la ausencia de integración vertical entre sectores que motivo una caída de
producción y la reproductividad.
El terrorismo, como la urbanización acelerada, contribuyeron a la decadencia del campo.
La reforma fue fundamental, ya que acabo la injusticia social en la tierra, sin embargo tuvo un impacto
negativo en el ámbito económico.
19. globalización
La constitución de 1993 inicia un nuevo periodo de
liberalización, esto coincide con el nacimiento de la
globalización (en 1991, la globalización estaba en
pleno auge, y varios factores contribuyeron a su
aceleración en ese período.)
1. Fin de la Guerra Fría: El colapso de la Unión
Soviética y el final de la Guerra Fría en los años
previos (finales de la década de 1980) permitieron
una mayor apertura y cooperación entre las
naciones, lo que facilitó el flujo de bienes, servicios
y personas en todo el mundo.
2. Avances tecnológicos: Los avances en
tecnología de la información y las comunicaciones,
como la expansión de Internet, hicieron posible una
mayor conectividad global. Esto allanó el camino
para el comercio electrónico y la rápida
transferencia de información a nivel mundial.
20. 3. Liberalización económica: Muchos países
comenzaron a implementar políticas de liberalización
económica, como la reducción de aranceles y
barreras comerciales, fomentando así el comercio
internacional.
4. Inversión extranjera: La inversión extranjera
directa se incrementó a medida que las empresas
buscaban oportunidades en mercados
internacionales y se establecían en diferentes países.
5. Crecimiento de las corporaciones
multinacionales: Las empresas multinacionales se
volvieron más influyentes y globales, operando en
múltiples países y participando en cadenas de
suministro internacionales.
6. Cultura global: La globalización también se reflejó
en la difusión de la cultura global, con la música, la
moda y el entretenimiento occidentales
extendiéndose por todo el mundo.
21. La Ley 26505 en Perú
Promulgada en 1995, estableció políticas de tierras destinadas a la
formalización y regularización de la propiedad de tierras rurales.
Esta ley introdujo importantes disposiciones en el ámbito de la
tenencia de la tierra y la reforma agraria.
1. Formalización de la propiedad: La Ley 26505 promueve la
formalización de la propiedad de tierras rurales, lo que implica
otorgar títulos de propiedad a quienes ocupan y trabajan la
tierra, especialmente comunidades campesinas y nativas.
2. Derecho de propiedad: Reconoce el derecho de las
comunidades campesinas y nativas a la propiedad de sus tierras
y establece procedimientos para su regularización.
3. Delimitación y titulación: Establece el proceso de
delimitación y titulación de las tierras comunales, que es llevado
a cabo por la Superintendencia Nacional de Registros Públicos
(SUNARP) y otras entidades competentes.
22. 4. Registro de predios rurales: La ley
crea el Registro de Predios Rurales,
donde se inscriben las propiedades
rurales, lo que brinda seguridad
jurídica a los propietarios.
5. Seguridad jurídica: Busca brindar
seguridad jurídica a los propietarios
de tierras rurales, lo que a su vez
fomenta la inversión y el desarrollo en
en el sector agrario.
6. Protección de áreas de
conservación: La ley establece
mecanismos para proteger las áreas
de conservación y promover la
gestión sostenible de los recursos
naturales en estas áreas.