El documento resume los principales aspectos del derecho de aguas en Chile. Explica que las aguas son un bien público y que los derechos de aprovechamiento se constituyen mediante concesión o reconocimiento. La Dirección General de Aguas y las organizaciones de usuarios comparten la administración de las aguas. El derecho de aguas se rige por principios como la unidad de la corriente, la obligatoriedad de constituir derechos bajo ciertas condiciones y la protección de estos derechos como propiedad privada.