Por el Diputado Guillermo Mata, El Salvador en la 9a Conferencia Centroamericana de Legisladores del Recurso Hídrico, el 23 de noviembre de 2017, Ciudad de Panamá.
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
Avances en la normativa del agua en El Salvador
1. Ley General de Agua
9na Conferencia Centroamericana de Legisladores del Recurso Hídrico
23 de noviembre del 2017, Ciudad de Panamá
Dr. Guillermo Mata Bennett
Presidente de la Comisión de Medio Ambiente y Cambio Climático
Asamblea Legislativa de El Salvador
2. •Deuda histórica: Acceso, calidad,
cantidad, equidad, sostenibilidad,
oportunidad, continuidad del servicio,
igualdad, derecho Constitucional, agua
para todos/as.
•Brecha Urbano-Rural.
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Foro del Agua
3. •Art 1: Estado organizado para la
consecución del bien común.
•Obligación del Estado asegurar a los
habitantes de la República el goce de la
salud y la justicia social.
Antecedentes, Ley General de Aguas :
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4. •Articulo 2: Toda persona tiene derecho
a la vida. (debería sobreentenderse al
agua también, pero no es así)
•Art 65: La salud de los habitantes de la
República constituye un bien público.
Ley General de Aguas
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5. •Articulo 101: el orden económico
debe responder esencialmente a
principios de justicia social que
tiendan a asegurar a los habitantes
del país una existencia digna del ser
humano.
Ley General de Aguas
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6. • Articulo 102 : Se garantiza la libertad económica, en lo
que no se oponga al interés social.
• El agua como materia prima para comercio en gran
escala es incompatible con la Cn y tratados
internacionales así como sentencias sala.
• Sin ley , Explotación indiscriminada del agua con fines
de lucro. Caso NEJAPA. COCA COLA, JUMEX.
• Desviación de ríos, regadíos para monocultivo caña,
urbanizaciones , entre otras prácticas.
Ley General de Aguas
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7. •Articulo 103: el subsuelo pertenece al Estado
•¡No es de privados!
•Articulo 117: Es deber del Estado proteger los
recursos naturales
•Se declara de interés social la protección,
conservación, aprovechamiento racional y
restauración.
Ley General de Aguas
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8. •El Salvador ha ratificado tratados internacionales
en los que directa o indirectamente adquiere
responsabilidad en la gestión integral y
protección del agua, como la declaración de
Dublín, reglas de Berlín, el acuerdo de París y
últimamente los objetivos del desarrollo
sostenible y el convenio de Montevideo sobre
población y desarrollo.
Ley General de Aguas
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9. •Pacto de derechos económicos y sociales de la
ONU.
•JURISPRUDENCIA de Amparo de la Sala 513-2012:
El agua tiene carácter constitucional tomando en
cuenta su carácter vital, aprovisionamiento de agua
es asunto de interés público; cuerpos de agua son
bienes nacionales de uso público cuyo disfrute
pertenece a todos los habitantes sin distinción.
Ley General de Aguas
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10. •Articulo 576 código civil:
•Los ríos y todas las aguas que corren por cauces
naturales son bienes nacionales de uso público .
•El agua es elemento esencial para la vida, el acceso a
la colectividad a la misma no puede ser obstaculizado,
ni puesto en peligro.
•Agua superficial sometida a régimen de dominio
público: bien Nacional de uso público.
Ley General de Aguas
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11. •2013 Resolución de La Procuraduría Derechos
Humanos, condenando a la Asamblea Legislativa
por INCUMPLIMIENTO de deberes al no ratificar El
Derecho Constitucional al Agua.
•16 mayo 2016: visita de el Sr. Leo Heller, relator
especial de Naciones Unidas sobre tema agua,
quien exhorto a la Asamblea a una pronta
aprobación de la Ley de Agua y reconocer El
Derecho Constitucional.
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12. •Informe sobre Recursos Hídricos,
Procuraduría de Derechos Humanos
2017: solicitando una vez más,
aprobación de La Ley General de
Aguas y Ratificación Derecho
Constitucional.
Ley General de Aguas
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13. •2006: Anteproyecto Ley General de Aguas:
Foro del Agua.
•2012: Anteproyecto de Ley del Ejecutivo por
iniciativa del MARN.
•2013: Anteproyecto de Ley de Aguas,
presentado por Asociación de Regantes.
Ley General de Aguas
anteproyectos
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14. •2017: Ley Integral de Agua. ARENA Y
partidos de derecha -ANEP
•2017: Propuesta, Regulación Pública de
Aguas con Participación Ciudadana. UCA
Ley General de Aguas
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15. •Cinco talleres de trabajo en esta gestión
Legislativa: 2015-2017, Comisión de Medio
Ambiente.
•1-8 noviembre 2016: “Estado actual del trabajo
realizado hasta esa fecha”.
•22 de noviembre: Situación actual de las aguas
nacionales y Plan Hídrico Nacional, MARN.
Ley General de Aguas
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16. •29 NOVIEMBRE 2016: Presentación del Plan
Nacional Hídrico, presentado por la Agencia de
Cooperación Española.
•6 de diciembre 2016: Se recibieron a diversos
actores públicos, privados, empresariales,
internacionales, académicos quienes expusieron su
opinión sobre usos del agua y acceso a agua
potable y saneamiento ambiental.
Ley General de Aguas
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17. •13 diciembre 2016: Gobernanza del recurso
hídrico y casos de buena gestión; Dimensión
política, económica, Social y ambiental del
agua;
•Análisis comparado de las más modernas y
representativas Leyes Generales del recurso
hídrico en América Latina y España: Cuencas
transfronterizas
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18. Ley general de aguas
• Legislatura 2012-2015 :
se aprobaron 92 artículos, tomando como base , el anteproyecto
presentado por el ejecutivo por iniciativa del ministerio del medio
ambiente.
Problema : rectoría de la ley
Gestión publica ejercida por el estado vs intento de poner en la junta
directiva de la autoridad mayoría de privados, por parte de los
partidos de derecha representados en la Asamblea.
Resultado: se paro la discusión de la ley desde 2014.
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19. • Después de muchos intentos para
desbloquear la continuación del estudio
de La Ley General del Agua,
entrampada fundamentalmente por la
NO definición de la autoridad hídrica, se
logro avanzar en definir la institución
rectora de la Ley. ( legislatura 2015-18)
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Avances
20. Art. --- Se crea por esta ley la Autoridad Nacional del
Agua, que se podrá llamar ANA, como una institución
oficial autónoma rectora de la Gestión Integral del
Recurso Hídrico, de derecho público, con personalidad
jurídica y patrimonio propio, de duración indefinida, con
autonomía administrativa, técnica, financiera y
presupuestaria para el ejercicio de las atribuciones y
deberes que estipula la presente Ley y otras leyes
vigentes, teniendo competencia en todo el territorio de la
República, adscrita al Órgano Ejecutivo a través del
Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. (12
de septiembre 2017)
Creación de la Autoridad Hídrica
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21. En Comisión de fecha 17 de noviembre,
se llegó al acuerdo de los elementos
coincidentes y no coincidentes de las
propuestas en estudio sobre: “Ley
General de Agua”. Estos elementos
serán considerados para la conformación
de la Autoridad Nacional de Agua, ANA.
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22. Elementos Coincidentes
•Junta Directiva ( sin definir aun representantes)
•Dirección Ejecutiva con sus unidades
especializadas y administrativas
•Organismos Zonales de Cuenca
•Comités Consultivos Zonales de Cuenca
•Tribunal de Apelaciones (TA)
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23. Elementos No Coincidentes
pendientes de discusión
•Dirección de Agua Potable
•Tribunal Sancionador del Agua (TSA)
•Consejo Consultivo
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24. •Diversos actores y personalidades se han pronunciado
por la necesidad urgente de una ley general de aguas,
sin PRIVATIZACION que regule la gestión integral de
recursos hídricos, entre ellos el Papa Francisco; PPDDHH;
Iglesia católica; UCA; sociedad civil organizada.
•Continua al momento la deuda histórica
•Son evidentes los esfuerzos para la aprobación de una
ley, pero no existe voluntad política para concretarla,
ejemplo negar votos para la ratificación del Derecho
Constitucional al Agua.
Conclusiones
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25. •Se han estudiado 92 artículos:
•El bloqueo y choque esta sobre quien
debe ser la autoridad Hídrica y por su
naturaleza y resoluciones de la sala y
la Constitución, debería ser de
carácter público sin mayor discusión.
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26. •Se necesita la participación masiva y
movilización de la población para presionar
a los diputados/as y a la Asamblea como
Órgano de Estado para que apruebe la Ley
General de Agua en concordancia con los
Derechos Humanos esenciales, la
Constitución de la República, la carta de la
ONU y las sentencias de la Sala.
•RECHAZO completo a cualquier intento
privatizador23/11/2017 9na Conferencia Centroamericana de Legisladores del Recurso Hídrico
27. • Experiencias acumuladas en lucha social:
Paramos el intento de privatización de los servicios de salud en 2003.
recientemente Prohibimos toda forma de minería metálica , en todo
el territorio nacional.
Reformamos la ley del sistema de pensiones , con carácter
eminentemente Neoliberal , dándole mas prestaciones a los
trabajadores y menos comisión a las AFPs.
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28. Rechazo completo a la pretensión de privatizar los recursos hídricos.
• Se necesita una normativa que regule la gestión integral de recursos
hídricos y que garantice el acceso , priorice el uso domestico ,
suministro para los distintos rubros según demanda, calidad y
seguridad del agua y que sea manejada como un bien social, de
carácter publico-estatal ; no bien económico y sin participación de
privados , con participación ciudadana en la toma de decisiones
• Es necesario armonizar , la dispersión de reglamentos y leyes ( 30) en
una ley general de aguas y posteriormente una ley de subsectores del
agua.
• No se trata de aprobar cualquier ley .
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