Este documento define la huelga como un recurso de los trabajadores para defender sus derechos cuando las negociaciones con los empresarios han fracasado. Explica que la huelga debe realizarse de forma pacífica y sin violencia sobre personas u objetos. Además, clasifica las huelgas en laborales, extralaborales y de solidaridad, e indica que deben seguir un procedimiento legal para ser consideradas legales.