Delitos de Lesiones Personales, aborto y difamación
Lesiones Personales 413-420 CP El aborto Difamación e injuria 442 CP
Es cuando causa daño
corporal o psíquico a una
persona
Siempre y cuando no haya
habido intención de matar
y la lesión le incapacite por
un tiempo de más de
treinta (30) días
Es la muerte del fruto de la
concepción en cualquiera de los
momentos anteriores a la
terminación de la gestación
La interrupción, dolosa o
intencional, del proceso fisiológico
de la preñez o del embarazo
Son delitos contra las personas, se podría
decir que son delitos Contra el Honor
Es acción y efecto de difamar, descrédito,
deshonra, es un delito contra las personas
Objeto material
Se ha causado una lesión
Psíquico o corporal
La muerte del feto o
producto de la
concepción
Animus y ofende la reputación ajena
Bien jurídico protegido con el
delito de aborto es la vida del feto
Bien jurídica exponer a la víctima al
desprecio u odio públicos, u ofensivos a su
honor o reputación
El que sin intención de matar, pero si de
causarle dañó, haya ocasionado a alguna
persona un sufrimiento físico,
Estudiantes
LUIS GONZALEZ
Sujeto activo
Puede ser cualquiera, debe ser una
persona imputable ya que el incapaz
sólo puede ser un instrumento de
que se valga un imputable para
cometer el delito
Mujer que causa su propio
aborto y al facultativo que
abusando de su oficio
Puede ser cualquiera
Lesiones
Aborto
El sujeto pasivo es el
feto
Difamación
Sujeto pasivo
El lesionado La persona que le comete la
difamación e injuria
Naturaleza jurídica
l daño injusto causado en la
integridad física o en la salud
de una persona.
Delito fundamentalmente doloso; debe haber
voluntad criminal, que presupone que el
sujeto activo del hecho punible conozca el
estado de embarazo, que ese estado
realmente exista y que se utilice medios
Es un delito contra las personas, el
perpetrador de este hecho punible posee el
Animus y ofende la reputación ajena mediante
comunicación con otras personas y en
ausencia del agraviado,
Sentencia TSJ
PP11-P-2007-000410 -
Nº 466-06, Expediente Nº LP11-P-2006-
000239 de fecha 16/11/2006
FP01-P-2007-472 -
Estudiantes
LUIS GONZALEZ

DERECHO PENAL

  • 1.
    Delitos de LesionesPersonales, aborto y difamación Lesiones Personales 413-420 CP El aborto Difamación e injuria 442 CP Es cuando causa daño corporal o psíquico a una persona Siempre y cuando no haya habido intención de matar y la lesión le incapacite por un tiempo de más de treinta (30) días Es la muerte del fruto de la concepción en cualquiera de los momentos anteriores a la terminación de la gestación La interrupción, dolosa o intencional, del proceso fisiológico de la preñez o del embarazo Son delitos contra las personas, se podría decir que son delitos Contra el Honor Es acción y efecto de difamar, descrédito, deshonra, es un delito contra las personas Objeto material Se ha causado una lesión Psíquico o corporal La muerte del feto o producto de la concepción Animus y ofende la reputación ajena Bien jurídico protegido con el delito de aborto es la vida del feto Bien jurídica exponer a la víctima al desprecio u odio públicos, u ofensivos a su honor o reputación El que sin intención de matar, pero si de causarle dañó, haya ocasionado a alguna persona un sufrimiento físico, Estudiantes LUIS GONZALEZ
  • 2.
    Sujeto activo Puede sercualquiera, debe ser una persona imputable ya que el incapaz sólo puede ser un instrumento de que se valga un imputable para cometer el delito Mujer que causa su propio aborto y al facultativo que abusando de su oficio Puede ser cualquiera Lesiones Aborto El sujeto pasivo es el feto Difamación Sujeto pasivo El lesionado La persona que le comete la difamación e injuria Naturaleza jurídica l daño injusto causado en la integridad física o en la salud de una persona. Delito fundamentalmente doloso; debe haber voluntad criminal, que presupone que el sujeto activo del hecho punible conozca el estado de embarazo, que ese estado realmente exista y que se utilice medios Es un delito contra las personas, el perpetrador de este hecho punible posee el Animus y ofende la reputación ajena mediante comunicación con otras personas y en ausencia del agraviado, Sentencia TSJ PP11-P-2007-000410 - Nº 466-06, Expediente Nº LP11-P-2006- 000239 de fecha 16/11/2006 FP01-P-2007-472 - Estudiantes LUIS GONZALEZ