El documento trata sobre varios temas relacionados con el derecho penal venezolano como el aborto, el abandono de personas incapaces, la omisión de aviso y socorro, la difamación e injuria. Define cada uno de estos delitos, describe sus elementos y especifica las penas asociadas en la legislación venezolana. También analiza una decisión judicial sobre un caso de difamación.
Este documento resume los principales aspectos legales relacionados con el aborto y otros delitos en Venezuela. Explica que el aborto solo es legal cuando la vida de la madre está en peligro y está tipificado como delito en el código penal. También define los diferentes tipos de aborto reconocidos legalmente y resume las posiciones a favor y en contra de su legalización. Además, resume brevemente los delitos de abandono de personas incapaces, difamación e injuria según lo establecido en el código penal venezolano.
El documento resume los aspectos legales del aborto, el abandono de personas incapaces y la difamación e injuria en Venezuela. Describe los diferentes tipos de aborto contemplados en el código penal, incluyendo el aborto procurado, consentido, sufrido y agravado. También explica brevemente el delito de abandono de personas incapaces y la omisión de aviso y socorro. Finalmente, detalla los requisitos y penalidades de los delitos de difamación e injuria.
Este documento presenta un resumen de la Ley 54 de 15 de agosto de 1989, también conocida como la Ley contra la Violencia Doméstica de Puerto Rico. Reconoce que la violencia doméstica es un problema grave y establece políticas públicas para proteger a las víctimas, rehabilitar a los ofensores y prevenir la violencia. Define violencia doméstica y establece procedimientos para órdenes de protección. También tipifica delitos como maltrato, maltrato agravado, amenazas y agresión sexual conyugal. Finalmente
Este documento trata sobre varios temas legales como el aborto, el abandono de personas incapaces, la omisión de socorro, la difamación y la injuria. Describe las definiciones legales de estos temas en Venezuela y clasifica el aborto como legal e ilegal. También analiza un caso sobre una denuncia por difamación e injuria.
Aborto, abandono a las personas incapaces difamacion e injuriazaidagarmendia
Este documento resume los conceptos clave de varios delitos como el aborto, el abandono de personas incapaces, la difamación y la injuria según la legislación venezolana. Explica las posiciones a favor y en contra de la legalización del aborto y define diferentes tipos de aborto. También describe el delito de abandono de personas incapaces y la omisión de aviso y socorro. Finalmente, distingue entre la difamación y la injuria, indicando sus elementos, penalidades y prescripciones.
Este documento describe los diferentes modos de proceder en un proceso penal en Venezuela, incluyendo la denuncia, querella y acusación. La denuncia puede ser presentada por cualquier persona ante un fiscal o policía e inicia la investigación. La querella solo puede ser presentada por la víctima ante un juez y otorga a la víctima el estado de parte querellante. La acusación es presentada por el fiscal ante un juez cuando se puede afirmar con probabilidad que la conducta delictiva ocurrió y el imputado es responsable.
el aborto, abandono de personas incapaces y difamacion e injuriaCarloscarrillo123
El documento resume los temas del aborto, el abandono de personas incapaces y la difamación e injuria según el Código Penal venezolano. Explica que el aborto se clasifica en sufrido, provocado, consentido y terapéutico, y solo este último es permitido. También describe las penas asociadas con el abandono de personas incapaces y la omisión de aviso. Finalmente, define la difamación e injuria, explica sus diferencias y resume una sentencia del Tribunal Supremo relacionada con estos temas.
El documento describe el procedimiento administrativo para la protección de niños, niñas y adolescentes en Venezuela. El procedimiento inicia con una denuncia ante el Consejo de Protección del niño, niña y adolescente. Luego, el Consejo notifica a las partes interesadas, recaba pruebas, y debe resolver el caso dentro de los 15 días. Las decisiones del Consejo pueden ser apeladas ante un Tribunal de Protección dentro de los 20 días siguientes. El procedimiento se rige por principios como la celeridad, imparcialidad e igualdad de las partes.
Este documento resume los principales aspectos legales relacionados con el aborto y otros delitos en Venezuela. Explica que el aborto solo es legal cuando la vida de la madre está en peligro y está tipificado como delito en el código penal. También define los diferentes tipos de aborto reconocidos legalmente y resume las posiciones a favor y en contra de su legalización. Además, resume brevemente los delitos de abandono de personas incapaces, difamación e injuria según lo establecido en el código penal venezolano.
El documento resume los aspectos legales del aborto, el abandono de personas incapaces y la difamación e injuria en Venezuela. Describe los diferentes tipos de aborto contemplados en el código penal, incluyendo el aborto procurado, consentido, sufrido y agravado. También explica brevemente el delito de abandono de personas incapaces y la omisión de aviso y socorro. Finalmente, detalla los requisitos y penalidades de los delitos de difamación e injuria.
Este documento presenta un resumen de la Ley 54 de 15 de agosto de 1989, también conocida como la Ley contra la Violencia Doméstica de Puerto Rico. Reconoce que la violencia doméstica es un problema grave y establece políticas públicas para proteger a las víctimas, rehabilitar a los ofensores y prevenir la violencia. Define violencia doméstica y establece procedimientos para órdenes de protección. También tipifica delitos como maltrato, maltrato agravado, amenazas y agresión sexual conyugal. Finalmente
Este documento trata sobre varios temas legales como el aborto, el abandono de personas incapaces, la omisión de socorro, la difamación y la injuria. Describe las definiciones legales de estos temas en Venezuela y clasifica el aborto como legal e ilegal. También analiza un caso sobre una denuncia por difamación e injuria.
Aborto, abandono a las personas incapaces difamacion e injuriazaidagarmendia
Este documento resume los conceptos clave de varios delitos como el aborto, el abandono de personas incapaces, la difamación y la injuria según la legislación venezolana. Explica las posiciones a favor y en contra de la legalización del aborto y define diferentes tipos de aborto. También describe el delito de abandono de personas incapaces y la omisión de aviso y socorro. Finalmente, distingue entre la difamación y la injuria, indicando sus elementos, penalidades y prescripciones.
Este documento describe los diferentes modos de proceder en un proceso penal en Venezuela, incluyendo la denuncia, querella y acusación. La denuncia puede ser presentada por cualquier persona ante un fiscal o policía e inicia la investigación. La querella solo puede ser presentada por la víctima ante un juez y otorga a la víctima el estado de parte querellante. La acusación es presentada por el fiscal ante un juez cuando se puede afirmar con probabilidad que la conducta delictiva ocurrió y el imputado es responsable.
el aborto, abandono de personas incapaces y difamacion e injuriaCarloscarrillo123
El documento resume los temas del aborto, el abandono de personas incapaces y la difamación e injuria según el Código Penal venezolano. Explica que el aborto se clasifica en sufrido, provocado, consentido y terapéutico, y solo este último es permitido. También describe las penas asociadas con el abandono de personas incapaces y la omisión de aviso. Finalmente, define la difamación e injuria, explica sus diferencias y resume una sentencia del Tribunal Supremo relacionada con estos temas.
El documento describe el procedimiento administrativo para la protección de niños, niñas y adolescentes en Venezuela. El procedimiento inicia con una denuncia ante el Consejo de Protección del niño, niña y adolescente. Luego, el Consejo notifica a las partes interesadas, recaba pruebas, y debe resolver el caso dentro de los 15 días. Las decisiones del Consejo pueden ser apeladas ante un Tribunal de Protección dentro de los 20 días siguientes. El procedimiento se rige por principios como la celeridad, imparcialidad e igualdad de las partes.
1) El documento trata sobre conceptos legales como acusación, acusador, querella, denuncia y desistimiento en el marco de procesos penales. 2) Define acusación como el cargo formulado contra una persona para que sea sancionada por un delito, y establece los requisitos de una acusación válida. 3) Explica que un querellante puede desistir de su querella en cualquier momento del proceso y que esto impide futuras persecuciones sobre el mismo hecho.
Mapa conceptual sobre los modos de proceder. marie jiménezmariej171
Este documento presenta una denuncia formal ante la Fiscalía General de Venezuela por parte del diputado Ismael Concepción García. La denuncia se basa en un audio filtrado a los medios en el que Mario Silva García, presentador de televisión, conversa con un militar cubano y aparentemente comete varios delitos graves como enriquecimiento ilícito, peculado, abuso de funciones y más. El diputado, cumpliendo su deber legal, entrega el audio a la fiscalía para su investigación y pide que se inicien las pes
Este documento resume los temas 17, 18 y 19 de Sexología Forense. Explica conceptos clave como delitos sexuales, violación y sus elementos jurídicos. También cubre temas como exámenes físicos de víctimas y acusados, enfermedades de transmisión sexual, aborto y otras situaciones particulares relacionadas con delitos sexuales.
Este informe trata sobre el aborto, el abandono de personas incapaces, la difamación y la injuria. Resume la clasificación del aborto, definido como la interrupción del embarazo antes de que el feto pueda vivir fuera del útero. Explica que el abandono de personas incapaces consiste en dejarlas expuestas al peligro. Define la difamación como exponer a alguien al desprecio público mediante la imputación de un hecho, y la injuria como ofender el honor o reputación. Finalmente, analiza una sentencia sobre
EL ABORTO Y ABANDONO DE PERSONAS INCAPACESAna Atencia
El documento resume los tipos de aborto que están consagrados en el Código Penal venezolano: aborto procurado, consentido, sufrido, agravado y terapéutico. Explica brevemente cada uno y las penas asociadas. También discute la actual ilegalidad del aborto en Venezuela y los argumentos a favor y en contra de su legalización.
El documento describe las principales instituciones que reciben denuncias de violencia familiar en Perú y los servicios que ofrecen. La policía recibe la mayoría de denuncias y las remite a la fiscalía para su investigación. La fiscalía representa a las víctimas y demanda ante los juzgados. Otras instituciones como los centros de emergencia, defensorías, casas de refugio y ONGs brindan servicios de apoyo como orientación legal y psicológica. El MIMDES coordina programas nacionales contra la violencia familiar a través de
Este documento resume los principales tipos de delitos sexuales y conductas desviadas según el Código Penal Venezolano, incluyendo la violencia sexual, actos lascivos, esclavitud sexual, acoso sexual y acto carnal con víctima especialmente vulnerable. También describe lesiones como la desfloración, enfermedades de transmisión sexual, el aborto y analiza jurídicamente cuándo el contagio de una enfermedad sexual podría considerarse un delito.
El documento resume los principales tipos de aborto y su tratamiento legal en Venezuela. En 3 oraciones: El aborto es legal solo por razones terapéuticas para salvar la vida de la mujer. Se describen los tipos de aborto procurado, consentido, sufrido, agravado y terapéutico, y las penas asociadas según el Código Penal Venezolano. Finalmente, se menciona el caso de una mujer que recibió una medida cautelar sustitutiva por cometer un aborto provocado usando medicamentos.
El documento resume varios delitos relacionados con la violencia de género y sexual según la legislación venezolana, incluyendo la definición, sujetos, bien jurídico tutelado y naturaleza jurídica de delitos como violación, incesto, prostitución forzada y acoso sexual. También presenta resúmenes de casos judiciales donde se analizan las pruebas y se determina si se encuentra culpable o no al acusado.
El documento describe los procedimientos de la intervención médico forense en casos de violación. Incluye exámenes de la víctima, el acusado y el lugar del delito. En el examen de la víctima se realiza un interrogatorio, inspección y exploración física para determinar la edad, si existe desfloración, signos de violencia y otras pruebas médicas relevantes.
El documento trata sobre el aborto y sus diferentes tipos según la legislación venezolana. Explica que el aborto es la interrupción del embarazo antes de que el feto pueda vivir independientemente y que en Venezuela sólo el aborto terapéutico es legal cuando la vida de la madre corre peligro. También describe los tipos de aborto como procurado, consentido, agravado y terapéutico, así como las penas correspondientes a cada uno según el código penal venezolano.
El documento presenta información sobre el delito de violación según el código penal del estado de Coahuila, México. Define violación como acceso carnal mediante violencia física o moral sin consentimiento. Describe las sanciones por violación simple y agravada, así como por violación conyugal y de personas incapaces. Explica también el examen médico legal de la víctima, incluyendo exploración de genitales, lesiones y pruebas de laboratorio para identificar agresor y coito reciente.
Este documento resume los principales delitos contra la vida tipificados en el Código Penal Ecuatoriano, incluyendo el asesinato, homicidio, suicidio, aborto y aborto letal. Define cada delito, establece las penas correspondientes y circunstancias modificatorias. El objetivo es dar a conocer estos delitos a estudiantes de derecho y justificarlos con ejemplos prácticos.
Derecho penal (delito de acceso sexual en personas dependientes)ELARDABIMAEL
Este documento describe el delito de acceso sexual a personas dependientes y la violación de personas bajo autoridad o vigilancia según el Código Penal. Define el tipo penal, los elementos objetivos como la situación de dependencia, autoridad o vigilancia que aprovecha el sujeto activo, y especifica que el sujeto pasivo puede ser una persona en un hospital, asilo u otro establecimiento similar o detenida. También describe las penas asociadas y circunstancias agravantes.
El documento describe el marco legal de la violencia familiar en Perú. Detalla las leyes que regulan este tema y los cambios incorporados. Explica también las instituciones que intervienen como la policía, el ministerio público y los jueces. Describe los pasos a seguir para denunciar un caso de violencia familiar y las instituciones de ayuda disponibles para las víctimas.
Este documento resume los artículos del Código Penal peruano relacionados con los delitos de violación sexual. Define los tipos penales de violación sexual, violación de persona en estado de inconsciencia o incapacidad de resistir, y violación sexual de menores de edad. También describe las agravantes y penas asociadas con estos delitos, así como el tratamiento terapéutico obligatorio para los condenados.
Legislacion sobre violencia familiar y sexualMrarmando17821
Este documento resume la legislación peruana sobre violación sexual y abuso sexual infantil. Explica que una agresión sexual ocurre cuando un niño es obligado, amenazado o manipulado para tener contacto sexual en contra de su voluntad. Detalla los posibles signos físicos y emocionales de abuso y cómo y dónde denunciar un caso. Además, describe los exámenes médicos y psicológicos obligatorios y gratuitos para las víctimas, y las responsabilidades de la policía, fiscalía y jueces en el proceso
El documento resume diferentes tipos de delitos sexuales como el abuso sexual, violencia sexual y acoso sexual. También describe aspectos anatómicos normales de los órganos sexuales externos como el himen, así como lesiones que pueden ocurrir en casos de violación. Por último, menciona conductas desviadas como la pedofilia y lesiones comunes en niños.
El documento presenta información sobre el procedimiento de extradición en Venezuela. Explica que la extradición es el acto por el cual un Estado entrega a una persona requerida por otro Estado para juzgarla por un delito o ejecutar una pena. Detalla los pasos del procedimiento de extradición activa e indica que el Tribunal Supremo de Justicia es el encargado de decidir sobre las solicitudes de extradición en un plazo máximo de 30 días.
Este documento describe el sistema penal de responsabilidad del adolescente en Venezuela. Explica que la ley solo se aplica a personas de 12 a 18 años y clasifica a los adolescentes en dos grupos: de 12 a 14 años y de 14 a 18 años. También resume las garantías constitucionales, las fases del proceso penal juvenil (preparatoria, intermedia y de juicio), las sanciones aplicables y los roles de los organismos involucrados como el Ministerio Público y la policía de investigación.
Este documento describe los cuerpos geométricos del cilindro y el cono. Explica que el cilindro tiene una superficie lateral curva y dos bases paralelas, y que su volumen se calcula multiplicando el área de la base por la altura. También describe cómo calcular el área de la superficie de un cilindro y proporciona un ejemplo numérico. Finalmente, define el cono como un cuerpo con una superficie curva que termina en un vértice y una base plana.
1) El documento trata sobre conceptos legales como acusación, acusador, querella, denuncia y desistimiento en el marco de procesos penales. 2) Define acusación como el cargo formulado contra una persona para que sea sancionada por un delito, y establece los requisitos de una acusación válida. 3) Explica que un querellante puede desistir de su querella en cualquier momento del proceso y que esto impide futuras persecuciones sobre el mismo hecho.
Mapa conceptual sobre los modos de proceder. marie jiménezmariej171
Este documento presenta una denuncia formal ante la Fiscalía General de Venezuela por parte del diputado Ismael Concepción García. La denuncia se basa en un audio filtrado a los medios en el que Mario Silva García, presentador de televisión, conversa con un militar cubano y aparentemente comete varios delitos graves como enriquecimiento ilícito, peculado, abuso de funciones y más. El diputado, cumpliendo su deber legal, entrega el audio a la fiscalía para su investigación y pide que se inicien las pes
Este documento resume los temas 17, 18 y 19 de Sexología Forense. Explica conceptos clave como delitos sexuales, violación y sus elementos jurídicos. También cubre temas como exámenes físicos de víctimas y acusados, enfermedades de transmisión sexual, aborto y otras situaciones particulares relacionadas con delitos sexuales.
Este informe trata sobre el aborto, el abandono de personas incapaces, la difamación y la injuria. Resume la clasificación del aborto, definido como la interrupción del embarazo antes de que el feto pueda vivir fuera del útero. Explica que el abandono de personas incapaces consiste en dejarlas expuestas al peligro. Define la difamación como exponer a alguien al desprecio público mediante la imputación de un hecho, y la injuria como ofender el honor o reputación. Finalmente, analiza una sentencia sobre
EL ABORTO Y ABANDONO DE PERSONAS INCAPACESAna Atencia
El documento resume los tipos de aborto que están consagrados en el Código Penal venezolano: aborto procurado, consentido, sufrido, agravado y terapéutico. Explica brevemente cada uno y las penas asociadas. También discute la actual ilegalidad del aborto en Venezuela y los argumentos a favor y en contra de su legalización.
El documento describe las principales instituciones que reciben denuncias de violencia familiar en Perú y los servicios que ofrecen. La policía recibe la mayoría de denuncias y las remite a la fiscalía para su investigación. La fiscalía representa a las víctimas y demanda ante los juzgados. Otras instituciones como los centros de emergencia, defensorías, casas de refugio y ONGs brindan servicios de apoyo como orientación legal y psicológica. El MIMDES coordina programas nacionales contra la violencia familiar a través de
Este documento resume los principales tipos de delitos sexuales y conductas desviadas según el Código Penal Venezolano, incluyendo la violencia sexual, actos lascivos, esclavitud sexual, acoso sexual y acto carnal con víctima especialmente vulnerable. También describe lesiones como la desfloración, enfermedades de transmisión sexual, el aborto y analiza jurídicamente cuándo el contagio de una enfermedad sexual podría considerarse un delito.
El documento resume los principales tipos de aborto y su tratamiento legal en Venezuela. En 3 oraciones: El aborto es legal solo por razones terapéuticas para salvar la vida de la mujer. Se describen los tipos de aborto procurado, consentido, sufrido, agravado y terapéutico, y las penas asociadas según el Código Penal Venezolano. Finalmente, se menciona el caso de una mujer que recibió una medida cautelar sustitutiva por cometer un aborto provocado usando medicamentos.
El documento resume varios delitos relacionados con la violencia de género y sexual según la legislación venezolana, incluyendo la definición, sujetos, bien jurídico tutelado y naturaleza jurídica de delitos como violación, incesto, prostitución forzada y acoso sexual. También presenta resúmenes de casos judiciales donde se analizan las pruebas y se determina si se encuentra culpable o no al acusado.
El documento describe los procedimientos de la intervención médico forense en casos de violación. Incluye exámenes de la víctima, el acusado y el lugar del delito. En el examen de la víctima se realiza un interrogatorio, inspección y exploración física para determinar la edad, si existe desfloración, signos de violencia y otras pruebas médicas relevantes.
El documento trata sobre el aborto y sus diferentes tipos según la legislación venezolana. Explica que el aborto es la interrupción del embarazo antes de que el feto pueda vivir independientemente y que en Venezuela sólo el aborto terapéutico es legal cuando la vida de la madre corre peligro. También describe los tipos de aborto como procurado, consentido, agravado y terapéutico, así como las penas correspondientes a cada uno según el código penal venezolano.
El documento presenta información sobre el delito de violación según el código penal del estado de Coahuila, México. Define violación como acceso carnal mediante violencia física o moral sin consentimiento. Describe las sanciones por violación simple y agravada, así como por violación conyugal y de personas incapaces. Explica también el examen médico legal de la víctima, incluyendo exploración de genitales, lesiones y pruebas de laboratorio para identificar agresor y coito reciente.
Este documento resume los principales delitos contra la vida tipificados en el Código Penal Ecuatoriano, incluyendo el asesinato, homicidio, suicidio, aborto y aborto letal. Define cada delito, establece las penas correspondientes y circunstancias modificatorias. El objetivo es dar a conocer estos delitos a estudiantes de derecho y justificarlos con ejemplos prácticos.
Derecho penal (delito de acceso sexual en personas dependientes)ELARDABIMAEL
Este documento describe el delito de acceso sexual a personas dependientes y la violación de personas bajo autoridad o vigilancia según el Código Penal. Define el tipo penal, los elementos objetivos como la situación de dependencia, autoridad o vigilancia que aprovecha el sujeto activo, y especifica que el sujeto pasivo puede ser una persona en un hospital, asilo u otro establecimiento similar o detenida. También describe las penas asociadas y circunstancias agravantes.
El documento describe el marco legal de la violencia familiar en Perú. Detalla las leyes que regulan este tema y los cambios incorporados. Explica también las instituciones que intervienen como la policía, el ministerio público y los jueces. Describe los pasos a seguir para denunciar un caso de violencia familiar y las instituciones de ayuda disponibles para las víctimas.
Este documento resume los artículos del Código Penal peruano relacionados con los delitos de violación sexual. Define los tipos penales de violación sexual, violación de persona en estado de inconsciencia o incapacidad de resistir, y violación sexual de menores de edad. También describe las agravantes y penas asociadas con estos delitos, así como el tratamiento terapéutico obligatorio para los condenados.
Legislacion sobre violencia familiar y sexualMrarmando17821
Este documento resume la legislación peruana sobre violación sexual y abuso sexual infantil. Explica que una agresión sexual ocurre cuando un niño es obligado, amenazado o manipulado para tener contacto sexual en contra de su voluntad. Detalla los posibles signos físicos y emocionales de abuso y cómo y dónde denunciar un caso. Además, describe los exámenes médicos y psicológicos obligatorios y gratuitos para las víctimas, y las responsabilidades de la policía, fiscalía y jueces en el proceso
El documento resume diferentes tipos de delitos sexuales como el abuso sexual, violencia sexual y acoso sexual. También describe aspectos anatómicos normales de los órganos sexuales externos como el himen, así como lesiones que pueden ocurrir en casos de violación. Por último, menciona conductas desviadas como la pedofilia y lesiones comunes en niños.
El documento presenta información sobre el procedimiento de extradición en Venezuela. Explica que la extradición es el acto por el cual un Estado entrega a una persona requerida por otro Estado para juzgarla por un delito o ejecutar una pena. Detalla los pasos del procedimiento de extradición activa e indica que el Tribunal Supremo de Justicia es el encargado de decidir sobre las solicitudes de extradición en un plazo máximo de 30 días.
Este documento describe el sistema penal de responsabilidad del adolescente en Venezuela. Explica que la ley solo se aplica a personas de 12 a 18 años y clasifica a los adolescentes en dos grupos: de 12 a 14 años y de 14 a 18 años. También resume las garantías constitucionales, las fases del proceso penal juvenil (preparatoria, intermedia y de juicio), las sanciones aplicables y los roles de los organismos involucrados como el Ministerio Público y la policía de investigación.
Este documento describe los cuerpos geométricos del cilindro y el cono. Explica que el cilindro tiene una superficie lateral curva y dos bases paralelas, y que su volumen se calcula multiplicando el área de la base por la altura. También describe cómo calcular el área de la superficie de un cilindro y proporciona un ejemplo numérico. Finalmente, define el cono como un cuerpo con una superficie curva que termina en un vértice y una base plana.
Webchance 2013
Ihr Webshop mit den Augen des Kunden betrachtet: User Experience Optimierung am Beispiel von naschlabor
Siegfried Vögele Institut
Internationale Gesellschaft für Dialogmarketing mbH
Laura Lamieri
Senior Consultant
Das Blog der Messe Frankfurt zur Digitalisierung des Geschäftslebens:
http://connected.messefrankfurt.com/de/
Este documento proporciona instrucciones sobre cómo usar diferentes funciones de formato y edición en Microsoft Word. Explica cómo insertar y eliminar saltos de página, usar opciones de pegado, insertar números de página e insertar y eliminar comentarios. También describe cómo controlar dónde Word coloca saltos de página automáticos y cómo prevenir que se dividan filas de tablas o párrafos entre páginas.
El documento discute la metodología etnográfica para observar una institución educativa, incluyendo considerar factores que influyen en las relaciones educativas y el colectivo. También recomienda usar diferentes técnicas como observación, ensayo e entrevistas grupales, destacando las ventajas de cada una. Además, sugiere que la interpretación de los resultados se debe hacer de forma cualitativa y cuantitativa para promover soluciones a problemas visibles e invisibles.
La empresa Candy's Dreams solicita a todo su personal diligenciar el formato de inscripción de la caja de compensación COMPENSAR y anexar copia del documento de identidad y de sus beneficiarios, debido a que la empresa evaluó los servicios de recreación y apoyo familiar y decidió realizar un cambio a dicha caja de compensación. La documentación se debe entregar en la oficina de Recursos Humanos antes del 15 de junio de 2015.
El documento discute el contexto filosófico e histórico de los acuerdos de paz en Colombia a la luz del pensamiento liberal moderno. Explica que Colombia se encuentra en un momento de política, no de justicia, debido a los desacuerdos sustanciales sobre las concesiones a los grupos armados. Sin embargo, la negociación es necesaria para lograr la paz. Concluye que se requiere un espacio público diferente al parlamento para construir consensos que permitan implementar una paz duradera.
La Web 2.0 se refiere a sitios web que fomentan la participación colaborativa de los usuarios a través de comunidades en línea y contenido generado por los usuarios. Algunas características clave incluyen orientarse hacia Internet, facilidad de uso, gratuidad y personalización. Herramientas populares de la Web 2.0 incluyen blogs, redes sociales como Facebook y YouTube, y marcadores sociales.
Este documento proporciona instrucciones en 20 pasos para instalar un dispositivo Android virtual en una PC usando VirtualBox. Describe cómo descargar e instalar VirtualBox, crear una nueva máquina virtual Linux para Android, asignarle recursos, y luego instalar una imagen de Android dentro de la máquina virtual recién creada configurando las particiones requeridas. Finalmente, proporciona un enlace a un video tutorial sobre comandos básicos de la consola de Windows.
Este documento presenta un resumen de las ideas principales de un libro escrito por Yesi Sacpún Pedro para su clase de Comunicación Educativa y Tecnología en el Centro Universitario San Carlos de Guatemala. El libro contiene secciones sobre la importancia de decir no cuando se quiere, vivir en armonía, amarse a uno mismo para poder amar a otros, y enseñar a los niños a ser autosuficientes en lugar de hacer todo por ellos. La última sección enfatiza la necesidad de amar la profesión docente para dar un bu
El documento define la cibercultura como la cultura que surge del uso de ordenadores para comunicación, entretenimiento y comercio electrónico. Describe la cibercultura como un neologismo que combina "cultura" y "ciber", relacionado con la cibernética y la realidad virtual. Explica que las tecnologías de la información y comunicación han generado una revolución en cómo se accede, apropiar y transmitir información, dando lugar a nuevos desarrollos sociales, políticos y económicos.
El documento resume los principales acuerdos comerciales de Colombia con otros países y regiones del mundo, incluyendo tratados de libre comercio con Estados Unidos, México, Chile, los países de la Comunidad Andina, el Salvador, Guatemala y Honduras, así como acuerdos de promoción comercial con Canadá, la Unión Europea y Estados Unidos.
Estrategias en batallas de la historia a.C.Lozano Abidan
Este documento presenta información sobre varias batallas históricas importantes como la Batalla de Megido en el siglo XV a.C., la Batalla de Accio en 31 a.C., la Batalla de Platea en 479 a.C., la Batalla de Cannas en 216 a.C., y la Batalla del Trebia en 218 a.C. También describe tácticas militares como el uso del Caballo de Troya y las formaciones tácticas empleadas por los 300 espartanos en la Batalla de las Termópilas. Se proporcionan enlaces a Wikipedia
El documento contiene 10 certificados otorgados por la Universidad Cesar Vallejo a personas que participaron en el Primer Congreso Internacional de Ingeniería de Sistemas e Informática realizado del 10 al 12 de enero de 2014 en diferentes roles como asistentes, organizadores, invitados y ponente. Los certificados fueron aprobados por la Resolución Rectoral N°11673-2013-R-UCV del 27 de diciembre de 2013.
El documento habla sobre las tecnologías de la información y comunicación (TIC) y la brecha digital. Explica que las TIC permiten procesar y difundir información de manera instantánea y traen ventajas como facilitar la comunicación, eliminar barreras de tiempo y favorecer la cooperación. Sin embargo, también plantean riesgos como la saturación de información. La brecha digital se refiere a las diferencias entre personas en el acceso y uso de las TIC, y puede ocurrir por niveles educativos, empleo, edad u obtenc
El documento describe las herramientas RSS para la gestión del conocimiento. Explica que RSS permite actualizar automáticamente noticias de sitios de interés sin ingresar a cada sitio, y que los lectores RSS funcionan suscribiéndose a sitios mediante enlaces RSS y recibiendo actualizaciones. También menciona algunos lectores RSS populares como FeedDemon, FeedReader y el lector incorporado en Mozilla Firefox.
Este documento describe el índice de masa corporal (IMC), que es una medida de la relación entre el peso y la altura de una persona. Se calcula dividiendo el peso en kilogramos por el cuadrado de la altura en metros. El documento proporciona ejemplos del IMC de tres personas y analiza si tienen peso normal, sobrepeso u obesidad. Recomienda mantener un estilo de vida balanceado con dieta y ejercicio para tener una mejor salud.
El documento describe varios lugares notables del mundo, incluyendo el glaciar Perito Moreno en Argentina, la Catedral de San Basilio en Rusia, el Cristo Redentor en Brasil, y las ruinas incaicas de Machu Picchu en Perú. Proporciona información sobre la ubicación, historia, características arquitectónicas y descripción de cada lugar.
El documento resume varios aspectos legales relacionados con el aborto, el abandono de niños y personas incapaces, la omisión de socorro, la difamación y la injuria según la legislación venezolana. Define cada uno de estos delitos, describe sus elementos constitutivos como sujetos activos y pasivos, y especifica las penas asociadas en el Código Penal Venezolano. También analiza casos jurisprudenciales relevantes y conceptos como el honor y la reputación en relación con los delitos contra la persona.
El documento trata sobre el aborto y los delitos relacionados desde una perspectiva legal en Venezuela. Explica las clasificaciones del aborto, los tipos según el Código Penal venezolano (procurado, consentido, agravado, terapéutico, sufrido), y los requisitos para que exista el delito de aborto. También cubre temas como el abandono de personas, la omisión de aviso y socorro, y la difamación.
El documento trata sobre el aborto y los delitos relacionados desde una perspectiva legal en Venezuela. Explica las clasificaciones del aborto, los tipos según el Código Penal venezolano, los requisitos para que exista el delito de aborto y las atenuantes y agravantes. También cubre temas como el abandono de personas, la omisión de aviso y socorro, y la difamación.
Este documento resume los aspectos legales del aborto, el abandono de personas incapaces, la omisión de socorro, la difamación y la injuria según la legislación venezolana. Define el aborto como la interrupción del embarazo que causa la muerte del feto y explica que en Venezuela el aborto sigue siendo un delito. También describe los diferentes tipos de aborto y los requisitos para que sea considerado un delito según el código penal venezolano.
Este documento presenta información sobre tres temas: el aborto, el abandono de personas incapaces y la difamación e injuria. Resume los tipos de aborto según la legislación venezolana, incluyendo el aborto procurado, consentido, sufrido y terapéutico. También define el abandono y la omisión de aviso y socorro. Finalmente, analiza el supuesto legal de la difamación y sus características como un delito contra el honor que no admite tentativa ni frustración.
Este documento habla sobre los delitos contra el honor como la injuria, calumnia y difamación. Explica que estos delitos protegen el bien inmaterial de la honra y reputación de una persona. También cubre temas como la prueba de la verdad, exclusión de delito, publicación de ofensas, y delitos contra personas jurídicas.
El aborto y el abandono a personas incapacesJohanderlinb
1) El documento discute el aborto y el abandono de personas incapaces desde una perspectiva legal. 2) Examina los tipos de aborto (procurado, consentido, sufrido, agravado y terapéutico) y establece las condiciones y penalidades de cada uno. 3) También analiza el delito de abandono de personas incapaces, incluyendo niños menores de 12 años y personas con discapacidades.
El documento resume los conceptos de aborto, omisión de socorro, difamación e injuria desde una perspectiva legal. Explica que el aborto se refiere a la interrupción del embarazo y que existen diferentes tipos como el procurado, consentido o terapéutico. También define la omisión de socorro, difamación e injuria y compara sus similitudes y diferencias en términos de su tipificación legal y las penas asociadas. Finalmente, concluye explicando brevemente su postura personal sobre el aborto.
El documento resume los conceptos de aborto, omisión de socorro, difamación e injuria desde una perspectiva legal. Explica que el aborto se refiere a la interrupción del embarazo y que existen diferentes tipos. También analiza las leyes sobre el aborto en Venezuela y las posturas a favor y en contra. Expone las definiciones legales de omisión de socorro, difamación e injuria y compara las similitudes y diferencias entre difamación e injuria.
Este documento trata sobre el aborto desde la perspectiva penal en Venezuela. Brevemente resume que el aborto se entiende como la interrupción intencional del embarazo, y analiza los tipos de aborto contemplados en el código penal venezolano, incluyendo el aborto terapéutico, procurado, consentido y sufrido. También aborda delitos como el abandono de personas incapaces y la omisión de socorro.
El aborto. El Abandono de Personas Incapaces. carlos gilgilcarlos26
El documento resume los conceptos jurídicos y tipos de aborto según la legislación venezolana. Define aborto como la interrupción intencional del embarazo y establece que sólo el aborto terapéutico es legal cuando la vida de la madre está en peligro. Describe cuatro tipos de aborto ilegal - procurado, consentido, sufrido y agravado - y las penas asociadas con cada uno. También cubre delitos relacionados como el abandono de personas incapaces y la omisión de aviso y socorro.
El documento presenta definiciones legales relacionadas con delitos sexuales como la violación, violencia sexual, corrupción de menores y aborto. Incluye detalles sobre los elementos que constituyen estos delitos, las penas asociadas y circunstancias agravantes. También presenta síntomas físicos de violación y términos médico-legales relevantes.
Este informe resume varios tipos penales como el aborto, el abandono de personas incapaces y la difamación e injuria. Explica que el aborto es ilegal en Venezuela excepto cuando la vida de la madre está en peligro. Detalla las penas por diferentes tipos de aborto como el procurado, consentido o sufrido. También cubre el delito de abandono de personas incapaces como niños o discapacitados y la omisión de aviso o socorro. Finalmente, indica que la difamación e injuria que daña el honor de otra persona también constituye un
Derecho penal Lesiones, Aborto Difamación e Injuria.RosmyChavez
El documento resume varios temas legales como el aborto, las lesiones, la difamación e injuria. Define el aborto como la interrupción maliciosa del embarazo y tipifica diferentes tipos de abortos penales. Explica que las lesiones constituyen un sufrimiento físico o psíquico que ocasione perjuicio a la salud. Finalmente, señala que la difamación implica comunicar a otras personas, con ánimo de dañar, una acusación falsa sobre un hecho que afecte el honor de una persona.
Este documento describe diferentes formas de violencia contra las mujeres y la Ley de Drogas de Venezuela. Resume las distintas modalidades de violencia contra las mujeres definidas en la ley, como la violencia doméstica, física y psicológica. También describe las atribuciones de los organismos competentes, la responsabilidad civil de los agresores, y las circunstancias agravantes. Respecto a la Ley de Drogas, provee definiciones clave y establece que su objetivo es controlar sustancias ilícitas de manera proporcional.
Este documento resume varios temas de derecho penal especial en Venezuela. Brevemente discute el aborto, indicando que es ilegal salvo por razones médicas, y clasifica diferentes tipos de aborto. También cubre el abandono de personas incapaces, señalando que es un delito abandonar a niños u otras personas que dependen de uno. Por último, define la difamación como comunicar acusaciones falsas que dañen el honor de otra persona.
Este documento resume varios temas de derecho penal especial en Venezuela. Brevemente discute el aborto, indicando que es ilegal salvo por razones médicas, y clasifica diferentes tipos de aborto. También cubre el abandono de personas incapaces, señalando que es un delito abandonar a niños u otras personas que dependen de uno. Por último, define la difamación como comunicar acusaciones falsas que dañen el honor de otra persona.
Presentación sobre delitos contra las buenas costumbres y el buen orden de la...Universidad Fermin Toro
El documento clasifica y describe varios tipos de delitos según el Código Penal Venezolano, incluyendo delitos contra la libertad como la violación, los actos lascivos y la violación de domicilio; delitos contra las buenas costumbres como el incesto, el ultraje al pudor y el adulterio; y delitos contra la administración de justicia como la calumnia, el falso testimonio y la prevaricación. También cubre delitos contra el orden público como el porte ilícito de armas y la instigación a delinquir.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
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Ley y normas del Derecho Penal Unidad III.pptxdylantalvarez40
el archivo habla sobre la ley penal, ley y normal, el principio de legalidad, la interpretación de la ley, los concursos aparentes de las leyes penalesl la validez temporal y espacial y la extradición
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Principios del derecho penal en el peru, asi como sus fines
Informe penal especial
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Integrante:
Génesis Pérez 24.325.976
Sección: SAIA
Barquisimeto, 2015
2. El Aborto
El aborto es la muerte dolosa del feto dentro del útero, o su violenta expulsión
del vientre materno, de la que sigue la muerte del feto. El aborto es la interrupción y
finalización prematura del embarazo. En un sentido más amplio, puede referirse al
fracaso por interrupción o malogramiento de cualquier proceso o actividad.
El Código Penal Venezolano tipifica el Aborto como un delito contra las personas.
En Venezuela se mantiene la tesis de la punibilidad del aborto consentido,
considerando que el ser humano tiene autonomía biológica-jurídica desde su
concepción, y en consecuencia, se reconoce el derecho que tiene el feto a la vida. Por
ende, el bien jurídico protegido con el delito de aborto es la vida del feto. Esto sin
detrimento de la protección que la Ley dispensa a la mujer embarazada.
Tipos De Aborto
• El aborto procurado: La mujer que intencionalmente, dolosamente
abortare, y que para ello se haya valido de medios empleados por ella
misma, o por un tercero, por supuesto que con el consentimiento de la
mujer embaraza, se le castigará con prisión de seis meses a dos año.
En este delito el sujeto activo es la mujer embazada, en ambos casos,
ya sea que ella utilice medios para provocarlo o que preste su
consentimiento para que se lo practique Aborto un tercero.
• El aborto consentido: El que hubiere provocado el aborto de una
mujer, con el consentimiento de esta, será castigado con prisión de
doce a treinta meses. Si por consecuencia del aborto y de los medios
empleados para efectuarlos, sobreviene la muerte de la mujer, la pena
será de presidio de tres a cinco años; y será de cuatro a seis años, si la
muerte sobreviene por haberse válido de medios más peligrosos que
los consentidos por ella.
3. • El aborto sufrido: El aborto sufrido es el provocado por un tercero
imputable sin el consentimiento o, lo que es más grave aún contra la
voluntad de la mujer embarazada. El que haya procurado el aborto de
una mujer, empleando sin su consentimiento o contra la voluntad de
ella, medios dirigidos a producirlo, será castigado con prisión de
quince meses a tres años. Y si el aborto se efectuare, la prisión será de
tres a cinco años.
• El aborto agravado: Cuando el culpable de alguno de los delitos
previstos en los artículos precedentes sea una persona que ejerza el
arte de curar o salud pública, si dicha persona ha indicado, facilitado o
empleado medios con los cuales se ha procurado el aborto, en que ha
sobrevenido la muerte, las penas de ley se aplicarán con el aumento de
una sexta parte.
El sujeto activo de este delito, es calificado. Tiene que tratarse de un
médico o de otra persona que ejerza una profesión o arte
reglamentados en interés de la salud pública. La razón de esta
agravante, radica en que las personas antes dichas tienen como
finalidad ejercer su profesión en interés de la salud pública; y por
ende, estas personas están obligadas en la práctica de impedir el
aborto, excepto el terapéutico.
• El aborto terapéutico: Es aquel justificado por razones médicas. Este es
mundialmente aceptado y no punible ya que es el único que presenta
razones correctas para la interrupción del embarazo.
4. El Abandono De Personas Incapaces
El abandono de personas es un delito de omisión que consiste en poner en
peligro la vida o la salud de una persona incapaz de valerse, derivada de la colocación
en situación de desamparo o del abandono por parte de quien tiene la obligación de
mantenerla o cuidarla. Es un delito doloso, de peligro individual concreto, se
consuma por el hecho de no aportar el numerario económico requerido para la
subsistencia.
Omisión De Aviso y Socorro
Este delito está previsto en el artículo 438 del Código Penal, en los siguientes
términos:
El que habiendo encontrado abandonado o perdido algún niño menor de siete
años o a cualquiera otra persona incapaz, por enfermedad mental o corporal, de
proveer a su propia conservación, haya omitido dar aviso inmediato a la autoridad o a
sus agentes, pudiendo hacerla, será castigado con multa de cincuenta unidades
tributarias (50 U.T.) a quinientas unidades tributarias (500 U.T.).
La misma pena se impondrá al que habiendo encontrado a una persona herida
o en una situación peligrosa o alguna que estuviere o pareciese inanimada, haya
omitido la prestación de su ayuda a dicha persona, cuando ello no lo expone a daño o
peligro personal, o dar el aviso inmediato del caso a la autoridad o a sus agentes.
La omisión de socorro es un delito que entraña una grave infracción del deber
de solidaridad que tiene toda persona para con su prójimo cuando lo encuentra en una
situación precaria o peligrosa. La pena aplicable a quien perpetre este delito es
insignificante y no guarda proporción con la entidad de la infracción.
5. Difamación e Injuria
Toda persona tiene derecho a la protección de su honor, vida privada,
intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación. La Difamación es acción y
efecto de difamar, descrédito, deshonra. Es un delito contra las personas. El
perpetrador de este hecho punible posee el Animus Difamando y ofende a la
reputación ajena mediante comunicación con otras personas y en ausencia del
agraviado. Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona,
menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Solamente serán
constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias,
sean tenidas en el concepto público por graves.
La Difamación: Está establecida en el Art. 442 C.P.V Es un delito contra las
personas que defiende el honor y la reputación, es de acción privada y consiste en
imputar un hecho determinado a alguna persona.
• Art. 442 C.P.V: Quien comunicándose con varias personas, reunidas o
separadas, hubiere imputado a algún individuo un hecho determinado
capaz de exponerlo al desprecio o al odio público, u ofensivo a su
honor o reputación, será castigado con prisión de un año a tres años y
multa de cien unidades tributarias (100 U.T.) a un mil unidades
tributarias (1.000 U.T.)
Si el delito se cometiere en documento público o con
escritos, dibujos divulgados o expuestos al público, o con otros medios
de publicidad, la pena será de dos años a cuatro años de prisión y
multa de doscientas unidades tributarias (200 U.T.) a dos mil unidades
tributarias (2.000 U.T.)
6. Parágrafo único: En caso de que la difamación se produzca en
documento público o con escritos, dibujos divulgados o expuestos al
público o con otros medios de publicidad, se tendrá como prueba del
hecho punible y de la autoría, el ejemplar del medio impreso, o copia
de la radiodifusión o emisión televisiva de la especie difamatoria.
Los elementos del delito de difamación son:
• Sujeto Activo: Una persona Natural, el delito no acepta personas
jurídicas. El sujeto activo tiene que tener la intención de exponer al
desprecio público a otra persona lo que se llama "Animus Difamandi";
es decir, tiene que tener la intención de difamar, si no hay intención,
por ser este un delito doloso, no hay delito.
• Sujeto Pasivo: Puede ser tanto persona natural como persona jurídica;
se puede atacar un ente colegiado y sus miembros tendrán el derecho
de defender su reputación. La personalidad jurídica como ficción
creada para ciertos fines; tienen honor, reputación y,
nuestras leyes amparan tanto el honor y la reputación de las personas
naturales como el de las personas jurídicas.
• El Objeto jurídico: El honor.
• El Objeto Material: La persona sobre la que ha recaído la ofensa, la
difamación.
La Injuria: Consiste en lesionar, a través de una acción, o de una expresión,
la dignidad de una persona perjudicando su reputación, o atentando contra su propia
estima, al imputarle un hecho o cualidad en menoscabo de su fama o autoestima. La
acción de la Injuria puede consistir en atribuir hechos inciertos a una persona, o en
formular juicios de valor sobre alguien.
7. La injuria está establecida en el artículo 444 C.P.V: Todo individuo que en
comunicación con varias personas, juntas o separadas, hubiera ofendido de alguna
manera el honor, la reputación o el decoro de alguna persona, será castigado con
prisión de seis meses a un año y multa de cincuenta unidades tributarias (50 U.T.) a
cien unidades tributarias (100 U.T.).
Si el hecho se ha cometido en presencia del ofendido, aunque esté sólo, o por
medio de algún escrito que se le hubiere dirigido o en lugar público, la pena podrá
elevarse en una tercera parte de la pena a imponer, incluyendo en ese aumento lo
referente a la multa que deba aplicarse, y si con la presencia del ofendido concurre la
publicidad, la pena podrá elevarse hasta la mitad.
Si el hecho se ha cometido haciendo uso de los medios indicados en el primer
aparte del artículo 442, la pena de prisión será por tiempo de un año a dos años de
prisión y multa de doscientas unidades tributarias (200 U.T.) a quinientas unidades
tributarias (500 U.T.).
Parágrafo Único: En caso de que la injuria se produzca en documento público
o con escritos, dibujos divulgados o expuestos al público o con otros medios de
publicidad, se tendrá como prueba del hecho punible y de la autoría el ejemplar del
medio impreso o copia de la radiodifusión o emisión televisiva de la especie
injuriante.
La Exceptio Veritatis
Artículo 443. Al individuo culpado del delito de difamación no se le permitirá
prueba de la verdad o notoriedad del hecho difamatorio, sino en los casos siguientes:
1. Cuando la persona ofendida es algún funcionario público y siempre que el
hecho que se le haya imputado se relacione con el ejercicio de su ministerio; salvo,
sin embargo, las disposiciones de los artículos 222 y 226.
8. 2. Cuando por el hecho imputado se iniciare o hubiere juicio pendiente contra
el difamado.
3. Cuando el querellante solicite formalmente que en la sentencia se pronuncie
también sobre la verdad o falsedad del hecho difamatorio.
Si la verdad del hecho se probare o si la persona difamada quedare, por causa
de la difamación, condenada por este hecho el autor de la difamación estará exento de
la pena salvo el caso de que los medios empleados constituyesen, por si mismos, el
delito previsto en el artículo que sigue.
Diferencias con la Difamación
Las injurias son consideradas, en Derecho penal, un delito contra el honor o la
buena fama y la difamación es la comunicación a una o más personas con ánimo de
dañar, de una acusación que se hace a otra persona física o moral de un hecho cierto o
falso, determinado o indeterminado, que pueda causar o cause a ésta una afectación
en su honor, dignidad o reputación.
9. JUEZ PONENTE: DR. FRANCISCO ÁLVAREZ CHACÍN.
Causa Nº: Aa. FP01- R- 2006- 000220
Recurrido: Tribunal Tercero de Juicio.
Recurrente: Abg. Elba Leonor Molina M.
Imputado: Carlos Mejías, Director- Editor del Diario EL PROGRESO.
Motivo: Apelación de Auto.
Corresponde a esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial
Penal del Estado Bolívar, conocer y solventar respecto del Recurso de
Apelación de Auto, interpuesto por la Abogada ELBA LEONOR MOLINA M.,
de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto
Ordaz, Municipio Autónomo del Caroní, actuando con el carácter de
Representante del ciudadano querellante Francisco Márquez, en la causa
signada con la nomenclatura FP01-R-2006-000220, contra la Decisión dictada
en fecha 10-08-06, por el Tribunal Tercero en Funciones de Juicio del Circuito
Judicial Penal del Estado Bolívar, donde se decretó el sobreseimiento de la
causa a favor del Diario El Progreso, representado por su Director-Editor
CARLOS MEJÍAS, por el delito de Difamación, mediante Auto de
Sobreseimiento de Querella, de conformidad con el artículo 412 del Código
Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 318, Ordinal 1º en su segundo
supuesto.
10. En cuenta la Sala del asunto, se invistió ponente al juez que con tal carácter
refrenda la presente decisión, y de forma subsiguiente se procedió a declarar la
admisibilidad del recurso interpuesto, por no observarse en ninguna de las
causales de inadmisibilidad pautadas en el artículo 437 del Código Orgánico
Procesal Penal.
Atendiendo a todos los trámites procesales, de seguida se pasa a decidir, no sin
antes hacer énfasis en puntos de interés para el epilogo procesal.
DE LA DECISIÓN OBJETO DE LA IMPUGNACIÓN
En fecha 10 de Agosto de 2006, el Juzgado Tercero en Función de Juicio del
Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, mediante Auto de Sobreseimiento
de Querella, decreta el siguiente pronunciamiento:
“(...) DEL AUTO DE SOBRESEIMIENTO DE QUERELLA.
Invoca el Dr. Saúl Andrade en representación del querellado Lic. Carlos
Mejías, el Desistimiento de la Querella, por no haber el querellante promovido
las pruebas conforme al artículo 441 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal
Penal, lo cual debe ser considerado como un desistimiento tácito de la
acusación privada de acuerdo a la tercera parte del artículo 416 Ejusdem,
apoyándose en la doctrina de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de
Justicia de fecha 19 de Julio del año 2005, Sentencia Nº 1794.
Este Tribunal considera que aún cuando la Sentencia citada presenta un caso de
desistimiento de la querella por no haber promovido el querellante conforme a
la oportunidad establecida en el artículo 441 del Código Adjetivo, es opinión de
este Juzgador que conforme al artículo 335 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, la citada Sentencia aún cuando sea respetada por
este Juzgador, la misma no debe tener carácter vinculante ya que en ella no se
interpreta “Principios Constitucionales” razón por la cual respeto de la Máxima
Sala Constitucional este Juzgador considera que las pruebas fueron promovidas
conforme a la ley por cuanto nos encontramos en un procedimiento especial
para delitos de acción privada, sin embargo, no podemos soslayar la norma
supletoria del artículo 371 del Código Orgánico Procesal Penal del
procedimiento ordinario, así las cosas si se le permite al Fiscal del Ministerio
Público presentar los medios probatorios en su escrito acusatorio de acuerdo al
artículo 326 de la norma adjetiva, y luego, el artículo 328 le faculta para
11. promover pruebas antes del vencimiento establecido para la Audiencia
Preliminar, sería discriminatorio que en el procedimiento para los delitos de
acción privada, el acusador privado no le sé (sic) permitiera promover los
medios probatorios con la interposición de la querella, pudiendo promover
igualmente antes del vencimiento del lapso establecido en el artículo 411 otra
prueba que no haya sido ofrecida con anterioridad.-
Como se puede observar del análisis de la citada norma no queda duda en
cuanto a la facultad que tienen las partes para promover las pruebas en dicho
lapso, lo que en lo absoluto no puede entenderse como una obligación, lo que
quiere decir que las pruebas del querellante fueron interpuestas en tiempo
oportuno. Razón por lo cual se declara sin lugar la excepción opuesta por la
defensa.-
DE LA RESOLUCIÓN DE OFICIO.
Revisada la querella interpuesta por el ciudadano Francisco Augusto Márquez,
debidamente asistido por la Abogada Elba Leonor Molina se observa que la
acusación está dirigida contra el periodista Rafael Gámez Martínez y contra el “
Diario El Progreso”, lo que quiere decir que uno de los acusados se trata de una
persona jurídica, es decir, el Diario el Progreso, el cual carece de “voluntad”
para actuar, siendo este un elemento necesario para la determinación del
“dolo”, imposibilitándose la acción delictiva en una persona jurídica, así las
cosas, la sentencia Nº 240, de fecha 25/02/2000 de la Sala de Casación Penal
del Tribunal Supremo de Justicia con ponencia del entonces Magistrado Angulo
Fontiveros en el caso Procter & Gamble de Venezuela vs. Bloque de Armas, en
donde se estableció conforme a la doctrina nacional y extranjera que si bien es
cierto las personas jurídicas pueden ser sujeto pasivo de delito contra las
personas como la Difamación, por protección a su honor y reputación, no
menos cierto es que las personas jurídicas no pueden ser consideradas sujeto
activo de este delito, en consecuencia al no tener capacidad penal no puede
determinarse en ella responsabilidad penal alguna. Razón por lo cual se Declara
con Lugar de Oficio la Excepción establecida en el artículo 28 literal G del
Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con el artículo 32 y 412
Ejusdem y en consecuencia se decreta el Sobreseimiento de La Causa al Diario
El Progreso por el delito de Difamación, conforme al artículo 318 Ordinal 1º en
su segundo supuesto, es decir, por no podérsele atribuir al imputado el hecho. Y
ASÍ SE DECIDE.-
DE LA DISPOSITIVA.
En base a las razones de hecho y de derecho expuestas, este Juzgado Tercero de
Primera Instancia en lo penal en Función de Juicio de la Circunscripción
12. Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes
pronunciamientos: PRIMERO: En cuanto a la excepción de no admisión de la
Querella por desistimiento, este Tribunal declara sin lugar, de conformidad con
el artículo 412 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Decreta el
Sobreseimiento de la Causa al Diario El Progreso por el delito de Difamación,
conforme al artículo 318 Ordinal 1º en su segundo supuesto.(...)”
DEL RECURSO DE APELACIÓN INCOADO AL PROCESO.
En tiempo hábil para ello, la Abogada ELBA LEONOR MOLINA M., de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto
Ordaz, Municipio Autónomo del Caroní, actuando con el carácter de
Representante del ciudadano querellante FRANCISCO MÁRQUEZ, interpuso
formalmente Recurso de Apelación, donde refuta la decisión proferida por el A
quo de la siguiente manera:
“(...) Mediante Auto sobre Sobreseimiento de Querella, dictado de Oficio por
este Tribunal, en fecha 10/08/2006, basado en el contenido de la Sentencia Nº
240 del 25/02/2000 emanada de la Sala de Casación Penal del Tribunal
Supremo de Justicia, se decretó el sobreseimiento de la causa a favor del Diario
El Progreso, representado por su Director-Editor CARLOS MEJIAS,
asegurando el Tribunal que las personas jurídicas pueden ser sujeto pasivo del
delito de Difamación, porque podría ser lesionada su reputación, pero que no
pueden ser sujeto activo del mismo porque no tiene capacidad penal. Debo
obligatoriamente señalar en primer lugar el hecho de que tal circunstancia no
fue alegada por ninguno de los querellados, ni por el representante del Diario El
Progreso, por lo cual el Juez incurrió en ultrapetita, al pronunciarse sobre lo que
no se le ha pedido, favoreciendo al querellado, que es directamente el Director
Editor, pues éste es quien autoriza y revisa lo que va a publicarse en el Diario
por él elegido. Esta declaratoria se sobreseimiento a favor del Diario El
Progreso y por ende a favor de Carlos Mejías, lesiona gravemente los derechos
de mi representado, quien efectivamente fue OFENDIDO EN SU HONOR Y
REPUTACIÓN. Es por esta razón, que amparada en el contenido de los
Ordinales 1 y 3 del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, APELO,
del AUTO DE SOBRESEIMIENTO DE QUERELLA por considerar que el
Juez Tercero en Funciones de Juicio incurrió en Ultrapetita, al pronunciarse
sobre algo que no había sido alegado, violando la igualdad de las partes que
13. debe reinar en el proceso penal. (...)”
IV
La presente causa fue remitida a la Sala Única de la Corte de Apelaciones del
Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, a cargo de los Abogados Francisco
Álvarez Chacín, Gabriela Quiaragua González y Dra. Mariela Casado,
asignándole la ponencia al primero de los mencionados que con tal carácter
suscribe el presente fallo.
DE LA MOTIVACIÓN PARA DECIDIR
Como punto previo y en ejercicio del mandato constitucional que impone a los
jueces darles respuestas a las pretensiones de las partes, esta Corte fija criterio
en cuanto a los motivos que nos llevaron a no considerar el argumento voceado
por los abogados del ciudadano CARLOS MEJIAS relativos a la falta de
cualidad de la recurrente, en efecto y ciertamente dispone el artículo 415 del
Código Orgánico Procesal Penal, que el poder para representar al acusador
privado en el proceso debe ser especial y constituirse con las formalidades de
los poderes para asuntos civiles, ahora, no es menos cierto y así lo admiten los
críticos abogados, que la abogada hoy apelante es designada mediante una
diligencia no cuestionada en tiempos anteriores, dada por válida y aceptada por
el Juez A quo, todo lo cual nos lleva a considerar inocua tal actuación y al no
conculcar derechos de la contraparte se inscribe dentro de las preemisiones del
artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Así
queda expresado.
En cuanto a la ponencia de la recurrente en apelación, es criterio de este Órgano
jurisdiccional colegiado que su suerte deviene inexorablemente en una
declaración sin lugar de acuerdo con los razonamientos de seguidas
escriturados. En primer lugar y como pábulo para el sostén de nuestra respuesta
procesal al interés de las partes, se hace necesario dejar aclaradas ciertas
inquietudes de la censurante en cuanto a la factibilidad del Juez en declarar el
sobreseimiento de la causa y así tenemos que ciertamente el sobreseimiento es
una resolución procesal de efectos análogos a una sentencia absolutoria y a
pesar de incluirse en el contexto de los actos conclusivos en nuestro texto
adjetivo penal, no es menos cierto que el Juez, conocedor del derecho, no puede
en un proceso que interesa al orden público soslayarse de una iniquidad formal
por cuanto el deber de las partes y del Juez, según sostiene CARMELO
BORREGO en su obra sobre las nulidades, es el de denunciar las faltas
14. cometidas a objeto de imponer su correctivo y no permitir, añadimos nosotros,
que se continúe con el daño o lesión percibido en el proceso.
En relación a lo apostillado por la recurrente en lo concerniente a que el
Director del Diario “El Progreso” es responsable por ser éste “quien autoriza y
revisa lo que va a publicarse en el Diario por él dirigido”, en primer lugar
hacemos nuestra y damos por reproducida la filosofía contenida en la Sentencia
N° 240 del 25-02-00, emanada de la Sala Constitucional de nuestro Tribunal
Supremo de Justicia y luego nos remitimos al escrito acusatorio suscrito por el
querellante y su asistente jurídica hoy apelante en donde al acusar señalan “La
desplegada por el periodista RAFAEL GAMEZ MARTINEZ (RAGAM) y por
el Diario “EL PROGRESO”, de tal manera que las partes involucran en tal
señalamiento a un ente jurídico y si su pretensión era maridar al director o
algún otro miembro del medio periodístico con los hechos, las exigencias
formales de nuestro Código procesal son excesivamente expresivas en cuanto a
sus exigencias, teniendo en cuenta lo anterior y supra anunciado, conforme con
la razón y el derecho, la presente apelación debe declararse sin lugar y así se
decide.-
La sentencia examinada cumple con todas estas exigencias, como fue explicado
y por ello lo procedente es la confirmatoria del fallo apelado y así se Decide.-
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas y con base a los fundamentos explanados, esta
Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado
Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de
Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR el Recurso de
Apelación interpuesto por la Abogada ELBA LEONOR MOLINA M., de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto
Ordaz, en su carácter de Representante del ciudadano querellante Francisco
Márquez, impugnación ejercida contra la decisión proferida en fecha 10 de
Agosto de 2006 por el Juzgado Tercero en Función de Juicio del Circuito
Judicial Penal del Estado Bolívar, mediante la cual se decreta el sobreseimiento
de la causa a favor del Diario El Progreso, representado por su Director-Editor
CARLOS MEJÍAS, por el delito de Difamación, mediante Auto de
Sobreseimiento de Querella, de conformidad con el artículo 412 del Código
Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 318, Ordinal 1º en su segundo
supuesto; en consecuencia se confirma la decisión antes descrita.-
Diarícese, Notifíquese, publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sede de la Corte de Apelaciones del Circuito
15. Judicial Penal del Estado Bolívar, en Ciudad Bolívar a los veintisiete ( 27) días
del mes de octubre del año Dos Mil Seis (2006). Años 195° de la
Independencia y 146° de la Federación.
JUEZ PRESIDENTE DE LA CORTE DE APELACIONES
FRANCISCO ALVAREZ CHACIN
GABRIELA QUIARAGUA GONZALEZ
JUEZA SUPERIOR
Dra. MARIELA CASADO ACERO
JUEZA SUPERIOR
EL SECRETARIO DE SALA;
Abog. CARLOS RETTIF
FAC/GQG/MCA/Sa/gilda*
Número de la Resolución: